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Document 32009R1272R(05)

Corrección de errores del Reglamento (UE) n ° 1272/2009 de la Comisión, de 11 de diciembre de 2009 , por el que se establecen disposiciones comunes de aplicación del Reglamento (CE) n ° 1234/2007 del Consejo en lo relativo a la compraventa de productos agrícolas en régimen de intervención pública ( DO L 349 de 29.12.2009 ) (en la redacción dada al mismo por la corrección de errores publicada en el DO L 249 de 23.9.2010 )

DO L 309 de 25.11.2010, p. 31–31 (ES)

ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2009/1272/corrigendum/2010-11-25/oj

25.11.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 309/31


Corrección de errores del Reglamento (UE) no 1272/2009 de la Comisión, de 11 de diciembre de 2009, por el que se establecen disposiciones comunes de aplicación del Reglamento (CE) no 1234/2007 del Consejo en lo relativo a la compraventa de productos agrícolas en régimen de intervención pública

( Diario Oficial de la Unión Europea L 349 de 29 de diciembre de 2009 )

(en la redacción dada al mismo por la corrección de errores publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea L 249 de 23 de septiembre de 2010 )

1.

En la página 38, en el anexo I, en la parte X, en el punto 1:

en lugar de:

«0,4 %

=

porcentaje de tanino a partir del cual se aplica la depreciación, 11 % (1) = depreciación correspondiente al 1 % de taninos referido a materia seca.»,

léase:

«0,4 %

=

porcentaje de tanino a partir del cual se aplica la depreciación, 11 % (6) = depreciación correspondiente al 1 % de taninos referido a materia seca.».

2.

En la página 38, en el anexo I, en la parte X, la nota 6 debe completarse; así pues:

en lugar de:

«d)

diferencia, expresada en porcentaje, entre la energía metabolizable volátil del sorgo con un contenido en taninos del 1,0 % y la del sorgo con un contenido en taninos conforme a la calidad tipo (0,30 %)

Formula

e)

depreciación que corresponde a un contenido en taninos del 1 % referido a materia seca y superior al 0,30 %

Formula»,

léase:

«(6)

Depreciación aplicable al precio del sorgo en función del contenido de taninos calculado sobre 1 000 g de materia seca:

a)

energía metabolizable volátil de 1 000 g de materia seca de sorgo con un contenido teórico de taninos del 0 %: 3 917 kilocalorías;

b)

reducción de la energía metabolizable volátil de 1 000 g de materia seca de sorgo por cada punto porcentual de taninos suplementario: 419 kilocalorías;

c)

diferencia, expresada en puntos porcentuales, entre el contenido máximo de taninos fijado para el sorgo aceptado en intervención y el contenido de taninos fijado para la calidad tipo: 1,0 – 0,30 = 0,70;

d)

diferencia, expresada en porcentaje, entre la energía metabolizable volátil del sorgo con un contenido de taninos del 1,0 % y la del sorgo con un contenido de taninos conforme a la calidad tipo (0,30 %)

Formula

e)

depreciación correspondiente a un contenido de taninos del 1 % referido a materia seca y superior al 0,30 %

Formula»,


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