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Document 32005R0187
Commission Regulation (EC) No 187/2005 of 2 February 2005 amending for the 43rd time Council Regulation (EC) No 881/2002 imposing certain specific restrictive measures directed against certain persons and entities associated with Usama bin Laden, the Al-Qaida network and the Taliban, and repealing Council Regulation (EC) No 467/2001
Reglamento (CE) n° 187/2005 de la Comisión, de 2 de febrero de 2005, por el que se modifica por 43a vez el Reglamento (CE) n° 881/2002 del Consejo por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con Usamah bin Ladin, la red Al-Qaida y los talibanes y por el que se deroga el Reglamento (CE) n° 467/2001 del Consejo
Reglamento (CE) n° 187/2005 de la Comisión, de 2 de febrero de 2005, por el que se modifica por 43a vez el Reglamento (CE) n° 881/2002 del Consejo por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con Usamah bin Ladin, la red Al-Qaida y los talibanes y por el que se deroga el Reglamento (CE) n° 467/2001 del Consejo
DO L 31 de 4.2.2005, p. 4–5
(ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV) Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales
(BG, RO, HR)
DO L 348M de 24.12.2008, p. 55–57
(MT)
In force
4.2.2005 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 31/4 |
REGLAMENTO (CE) N o 187/2005 DE LA COMISIÓN
de 2 de febrero de 2005
por el que se modifica por 43a vez el Reglamento (CE) no 881/2002 del Consejo por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con Usamah bin Ladin, la red Al-Qaida y los talibanes y por el que se deroga el Reglamento (CE) no 467/2001 del Consejo
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CE) no 881/2002 del Consejo, de 27 de mayo de 2002, por el que se imponen determinadas medidas restrictivas específicas dirigidas contra determinadas personas y entidades asociadas con Usamah bin Ladin, la red Al-Qaida y los talibanes y por el que se deroga el Reglamento (CE) no 467/2001 del Consejo por el que se prohíbe la exportación de determinadas mercancías y servicios a Afganistán, se refuerza la prohibición de vuelos y se amplía la congelación de capitales y otros recursos financieros de los talibanes de Afganistán (1), y, en particular, el primer guión del apartado 1 de su artículo 7,
Considerando lo siguiente:
(1) |
En el anexo I del Reglamento (CE) no 881/2002 figura la lista de las personas, grupos y entidades a los que se aplica el bloqueo de fondos y recursos económicos conforme al mismo Reglamento. |
(2) |
El 28 de enero de 2005 el Comité de Sanciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas decidió modificar la lista de personas, grupos y entidades a los cuales se aplicará el bloqueo de capitales y recursos económicos. Por consiguiente, el anexo I debe ser modificado en consecuencia. |
(3) |
Para que las medidas dispuestas en el presente Reglamento sean eficaces, éste debe entrar en vigor inmediatamente. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El anexo I del Reglamento (CE) no 881/2002 se modificará de conformidad con el anexo del presente Reglamento.
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 2 de febrero de 2005.
Por la Comisión
Benita FERRERO-WALDNER
Miembro de la Comisión
(1) DO L 139 de 29.5.2002, p. 9. Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 14/2005 de la Comisión (DO L 5 de 7.1.2005, p. 10).
ANEXO
El anexo I del Reglamento (CE) no 881/2002 se modificará como sigue:
— |
se añadirá la entrada siguiente en el epígrafe «Personas físicas»: «Sulayman Khalid Darwish (alias Abu Al-Ghadiya). Fecha de nacimiento: a) 1976; b) aproximadamente 1974. Lugar de nacimiento: afueras de Damasco, Siria. Nacionalidad: siria. Pasaporte no: a) 3936712; b) 11012.». |