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Agua de buena calidad en Europa (Directiva sobre el agua)

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Directiva 2000/60/CE: marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTA DIRECTIVA?

Establece las normas para detener el deterioro del estado de las masas de agua de la Unión Europea (UE) y conseguir un «buen estado» de los ríos, lagos y aguas subterráneas europeos en 2015.

En particular, esto incluye:

  • la protección de todas las formas de agua (superficiales*, subterráneas* continentales* y de transición*),
  • la regeneración de los ecosistemas de dentro de estas masas de agua y su alrededor,
  • la reducción de la contaminación en las masas de agua,
  • la garantía de un uso sostenible del agua por parte de los particulares y las empresas.

PUNTOS CLAVE

La legislación confiere responsabilidades claras a las autoridades nacionales. Estas deben:

  • especificar las cuencas hidrográficas situadas en su territorio nacional —es decir, los terrenos circundantes que drenan hacia determinados sistemas fluviales;
  • designar a las autoridades que gestionarán estas cuencas en consonancia con la reglamentación de la UE;
  • analizar las características de cada cuenca hidrográfica, incluyendo la incidencia de la actividad humana y un análisis económico del uso de las aguas;
  • analizar el impacto de la actividad humana y una evaluación económica del uso del agua;
  • controlar el estado del agua de cada cuenca,
  • registrar las zonas protegidas, como las que se utilizan para el agua potable, que requieren una especial atención,
  • elaborar y aplicar «planes hidrológicos de cuenca» para evitar el deterioro de las aguas superficiales, proteger y mejorar las aguas subterráneas y conservar las zonas protegidas,
  • garantizar la recuperación de los costes de los servicios relacionados con el agua, de manera que los recursos se utilicen de forma eficiente y que quienes contaminen paguen,
  • proporcionar servicios de información pública y de consulta sobre los planes hidrológicos de cuenca.

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR ESTA DIRECTIVA?

Está en vigor desde el 22 de octubre de 2000 y los Estados miembros de la UE debían incorporarla al Derecho nacional a más tardar el 22 de diciembre de 2003.

ANTECEDENTES

En la UE, el agua está sometida a la creciente presión que supone el continuo aumento de la demanda de agua de buena calidad en cantidades suficientes para los más diversos usos. La presente Directiva tiene por objeto proteger y mejorar la calidad del agua.

Para más información, véase:

TÉRMINOS CLAVE

Aguas superficiales: Todas las aguas continentales, excepto las aguas subterráneas; las aguas de transición y las aguas costeras.
Aguas subterráneas: Todas las aguas que se encuentran bajo la superficie del suelo.
Aguas continentales: Todas las aguas quietas o corrientes en la superficie del suelo.
Aguas de transición: masas de agua superficial próximas a la desembocadura de los ríos que son parcialmente salinas, pero que contienen considerables flujos de agua dulce.

DOCUMENTO PRINCIPAL

Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas (DO L 327 de 22.12.2000, pp. 1–73).

Las modificaciones sucesivas de la Directiva 2000/60/CE se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

DOCUMENTOS CONEXOS

Directiva 2006/118/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a la protección de las aguas subterráneas contra la contaminación y el deterioro (DO L 372 de 27.12.2006, pp. 19–31).

Véase la versión consolidada.

Directiva 2007/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2007, relativa a la evaluación y gestión de los riesgos de inundación (DO L 288 de 6.11.2007, pp. 27–34).

Directiva 2008/105/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, relativa a las normas de calidad ambiental en el ámbito de la política de aguas, por la que se modifican y derogan ulteriormente las Directivas 82/176/CEE, 83/513/CEE, 84/156/CEE, 84/491/CEE y 86/280/CEE del Consejo, y por la que se modifica la Directiva 2000/60/CE (DO L 348 de 24.12.2008, pp. 84–97).

Véase la versión consolidada.

Comunicado de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones: Plan para salvaguardar los recursos hídricos de Europa (COM(2012) 673 final de 14.11.2012).

Comunicado de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo: la Directiva Marco del Agua y la Directiva sobre Inundaciones: medidas para lograr el «buen estado» de las aguas de la UE y para reducir los riesgos de inundación (COM(2015) 120 final de 9.3.2015).

última actualización 09.09.2021

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