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Document 52004DC0043

    Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo - Comunicación sobre el futuro desarrollo de la Iniciativa de la UE para el agua y las modalidades de creación de un Fondo para el agua para los países ACP

    /* COM/2004/0043 final */

    52004DC0043

    Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo - Comunicación sobre el futuro desarrollo de la Iniciativa de la UE para el agua y las modalidades de creación de un Fondo para el agua para los países ACP /* COM/2004/0043 final */


    COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL CONSEJO Y AL PARLAMENTO EUROPEO - Comunicación sobre el futuro desarrollo de la Iniciativa de la UE para el agua y las modalidades de creación de un Fondo para el agua para los países ACP

    ÍNDICE

    1. LOS DESAFÍOS EN EL ÁMBITO DEL AGUA

    2. Antecedentes de las políticas de la UE

    3. TRANSFORMAR LAS POLÍTICAS EN ACCIÓN: INICIATIVA DE LA UE PARA EL AGUA

    África: una prioridad urgente

    Caribe y Pacífico

    Otros componentes regionales en la Iniciativa de la UE para el agua

    Desarrollo futuro de la Iniciativa de la UE para el agua y del proceso multilateral

    Reto financiero y necesidad de mecanismos innovadores

    4. FONDO PARA EL AGUA PARA LOS PAÍSES ACP

    4.1. PRINCIPIOS

    4.2. ACTIVIDADES QUE DEBEN FINANCIARSE CON CARGO AL FONDO PARA EL AGUA

    Proyectos de desarrollo institucional y de AT no relacionada con las inversiones

    Apoyo a los proyectos de inversión y AT relacionada

    5. GESTIÓN DEL FONDO ACP-UE PARA EL AGUA

    5.1. Proyectos de desarrollo institucional y de inversiones relacionadas con la AT

    5.2. Proyectos de inversión y AT relacionada

    6. MOVILIZACIÓN DE LOS FONDOS

    6.1. Falta de recursos no asignados

    6.2. Contexto de los mil millones condicionales

    6.3. Evaluación de los compromisos y desembolsos

    6.4. Propuesta relativa a la liberación de los mil millones condicionales

    7. CONCLUSIÓN

    ANEXOS

    ANNEX 1: Recursos de FED para países ACP - situación a 31-10-2003

    ANEXO 2: Proyecto de Decisión del Consejo relativa a la liberación del importe condicional de mil millones de euros con cargo al noveno Fondo Europeo de Desarrollo para la cooperación con África y los países del Caribe y del Pacífico

    ANEXO 3.1: Nota a los miembros del Comité del FED sobre el incremento de la dotación entre los países ACP para una contribución al Fondo ACP-UE para el agua

    ANEXO 3.2: Proyecto de Decisión de la Comisión por la que se modifica la Decisión n° C(2001)1578/2 de la Comisión de 15-6-2001 sobre las asignaciones a programas regionales y a la cooperación entre los países ACP en virtud del Protocolo Financiero del Acuerdo de Asociación ACP-CEE

    ANEXO 4: Proyecto de Decisión del Consejo relativa a la posición que la Comunidad deberá adoptar en el Consejo de Ministros ACP-CE sobre la utilización de las reservas de la dotación para el desarrollo a largo plazo así como de recursos del instrumento de inversión del noveno Fondo Europeo de Desarrollo para la creación de un Fondo ACP-UE para el agua

    ANEXO 5: Lista de siglas

    COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL CONSEJO Y AL PARLAMENTO EUROPEO - Comunicación sobre el futuro desarrollo de la Iniciativa de la UE sobre el agua y las modalidades de creación de un Fondo para del agua para los países ACP

    En general, en la Unión Europea se da por supuesto un suministro de agua potable limpia y unas instalaciones sanitarias de buena calidad, pero gran parte de los países en desarrollo no tiene tanta suerte. En la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible (CMDS), la UE puso en marcha una Iniciativa en el ámbito del agua diseñada para contribuir a la realización de los Objetivos de Desarrollo del Milenio respecto del agua potable y el saneamiento. La iniciativa de la UE sobre el agua está diseñada para reunir a la Comunidad y los Estados miembros, la sociedad civil y las instituciones financieras, con la colaboración de expertos y el potencial de inversión de la industria del agua de la UE.

    La iniciativa de la UE sobre el agua se basa en el principio de que nuestros objetivos para el agua potable y el saneamiento se logren en el contexto de un planteamiento integrado de la gestión de las cuencas fluviales. Inicialmente, esta iniciativa se centró en África y dio lugar a la firma en Johannesburgo de la Asociación estratégica UE-África. Después de la CMDS, se han desarrollado iniciativas regionales para Europa del Este, el Cáucaso y Asia central, el Mediterráneo y América Latina, habiéndose logrado grandes progresos en el primer año. Sin embargo, para que contribuya eficazmente a la realización de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM) es necesario investir mayores cantidades a las ya muy importantes invertidas anualmente a través de los programas de desarrollo de la UE.

    En abril de 2003, a raíz de la propuesta presentada por el Presidente Prodi a los Jefes de Estado de la UE, la Comisión propuso incrementar el importe de la financiación comunitaria disponible para apoyar la Iniciativa del agua en la región ACP, asignándole los «1 000 millones de euros condicionales» del 9º Fondo Europeo de Desarrollo. En mayo de 2003, el CAGRE tomó nota de la iniciativa política según la cual el Presidente Prodi, en su carta de 3 de abril de 2003, asigna importantes recursos del FED a tal efecto, y de la Comunicación de la Comisión sobre la creación de un Fondo Europeo para el Agua, cuya función es servir de catalizador y de instrumento para atraer otras fuentes de financiación. El Consejo invitó a la Comisión a proponer modalidades de aplicación específicas que debían ser discutidas por los organismos pertinentes del Consejo de la UE y el Consejo de Ministros ACP-CE.

    El objetivo de la presente Comunicación es explicar el desarrollo futuro de la Iniciativa de la UE para el agua y proponer las modalidades de creación de un Fondo ACP-UE para el agua, que adoptarán mediante codicisión los órganos de la UE y ACP competentes.

    1. LOS DESAFÍOS EN EL ÁMBITO DEL AGUA

    El agua dulce es un recurso limitado y valioso indispensable para mantener la vida, para emprender actividades productivas desde el punto de vista económico y para el medio ambiente. El agua es indispensable para lograr un desarrollo sostenible y la solución de los problemas relacionados con el agua significa obtener avances en todos los pilares del desarrollo sostenible: económico, social y ambiental.

    Ninguna estrategia de reducción de la pobreza puede ignorar la necesidad vital de agua que tienen los seres humanos, y las políticas en materia de desarrollo sostenible deben abordar la necesidad de la gestión equitativa y sostenible de los recursos hídricos en interés del conjunto de la sociedad. La crisis mundial del agua amenaza la vida humana, el desarrollo sostenible e incluso la paz y la seguridad.

    En los últimos años ha habido hitos fundamentales en el debate internacional sobre el agua (Conferencias de La Haya, Bonn, Johannesburgo y Kioto), y se ha llegado a un amplio consenso sobre lo que hay que hacer. Reconociendo la importancia crítica del agua para el desarrollo, los Objetivos de Desarrollo para el Milenio incluyen uno específico en este ámbito: reducir a la mitad, para 2015, el porcentaje de las personas sin acceso sostenible al agua potable.

    La Conferencia Mundial sobre Desarrollo Sostenible, celebrada en Johannesburgo en 2002, tomó una medida particularmente importante al adoptar un nuevo objetivo internacional, con el fuerte apoyo de la UE: reducir a la mitad, para 2015, el porcentaje de las personas sin acceso a instalaciones de saneamiento, como complemento del objetivo sobre el agua potable. La adopción de un nuevo objetivo al elaborar los planes de gestión integrada de los recursos hídricos también fue un avance positivo. El acceso al agua y al saneamiento es fundamental también para conseguir otros Objetivos de Desarrollo del Milenio, como el que se refiere a la mortalidad infantil. Un suministro de agua y de saneamiento adecuados podría reducir los casos de algunas enfermedades hasta un 75 %.

    * Mayor acceso de la población al agua y las instalaciones sanitarias

    El suministro inadecuado de agua es al mismo tiempo una causa y un efecto de la pobreza. Invariablemente, quienes carecen de un suministro de agua adecuado a precios asequibles son los más pobres de la sociedad. Los efectos de un suministro de agua inadecuado --enfermedades, tiempo y energía gastados en la recogida diaria, etc. -- agravan el ciclo de la pobreza. Los donantes, los países receptores y los sectores interesados deben colaborar para mejorar el acceso a los servicios hídricos. Es necesario poner en marcha actividades para lograr el objetivo de ofrecer unos servicios hídricos a precios asequibles, garantizando al mismo tiempo la sostenibilidad del sector. Un mayor acceso a los servicios y su mejora tienen, por consiguiente, efectos transectoriales y requieren la interacción con otros sectores: la sanidad, la educación y el desarrollo rural y urbano. El suministro de agua, el saneamiento y la salud están estrechamente interrelacionados. Una de las causas fundamentales de la contaminación del agua es el vertido inadecuado o incorrecto de los excrementos humanos (y animales). A menudo se desencadena un ciclo de infección y de contaminación que sigue siendo una de las causas principales de enfermedad y de muerte en el mundo en desarrollo. Hay que prestar más atención al saneamiento para poder avanzar en este sector a menudo descuidado. Con este fin, hay que mejorar el comportamiento en materia de higiene, así como el saneamiento ambiental y el suministro de agua, que son elementos esenciales de los programas de promoción de la salud pública.

    Responder al reto de la urbanización: la insuficiencia de los sistemas y de las estructuras de gestión existentes para hacer frente a la demanda creciente de servicios hídricos y de saneamiento limita el acceso a estos servicios en los centros urbanos. Los recién llegados, a menudo en situación ilegal, carecen totalmente de tales servicios y para cubrir sus necesidades es necesario hacer grandes inversiones de capitales y encontrar soluciones innovadoras. Una buena política local y nacional de asentamientos urbanos consistiría en la regulación y planificación del crecimiento de las ciudades para optimizar los recursos disponibles y el suministro de servicios hídricos y de saneamiento.

    El reto en las zonas rurales: Se estima que las mujeres de África y Asia caminan unos 6 km diarios para recoger agua, lo que las mantiene alejadas de la escuela y de la actividad económica. Los habitantes más pobres y vulnerables de las zonas rurales son especialmente sensibles a la falta de agua de una calidad aceptable.

    En la mayoría de los países en desarrollo, el desarrollo económico rural constituye un requisito indispensable para el crecimiento económico general. La producción de alimentos sigue siendo la principal actividad económica, que exige la gestión sostenible de los recursos hídricos y la mejora del uso del agua en la agricultura, que es el sector que más utiliza el agua dulce.

    * Gestión integrada de los recursos hídricos

    El crecimiento demográfico y la rápida urbanización, los cambios del estilo de vida y el desarrollo económico han aumentado la presión sobre los recursos hídricos en todas partes, pero especialmente en los países en vías de desarrollo. A falta de acciones eficaces, esta situación empeorará; las Naciones Unidas estiman que para 2025 dos tercios de la población mundial no dispondrán de agua suficiente.

    Las necesidades de gestión de los recursos hídricos deben plantearse a todos los niveles, incluidas las aguas de los ríos, los lagos y las capas freáticas. La gestión integrada de estos recursos, junto a la participación de las partes interesadas, el incremento de la asistencia a los pobres y una sensibilidad respecto a las cuestiones de género, constituyen elementos clave para asegurar la integración de los servicios hídricos en un marco global de gestión del agua. La gestión integrada de los recursos hídricos proporciona también un marco para promover la paz y la seguridad en los cursos de agua transfronterizos. Como tal, la UE confirma también su apoyo a las iniciativas que promueven la cooperación regional y el desarrollo económico en las cuencas transfronterizas.

    La puesta en práctica debe garantizar el equilibrio entre las necesidades humanas de agua y las del medio ambiente, ya que la salud de los ecosistemas es clave para la salud humana, el desarrollo sostenible y la reducción de la pobreza, y viceversa. Las mejoras de la eficiencia y la sostenibilidad del uso del agua y la gestión de las cuencas fluviales deben contribuir al objetivo de frenar o invertir la actual pérdida de recursos naturales y de biodiversidad para el 2015.

    Gracias a la reciente reforma de la política de la UE sobre el agua y a la nueva Directiva marco en el sector del agua, la UE cuenta con una de las políticas hidrológicas más avanzadas del mundo y puede aportar gran experiencia y asesoramiento en la materia.

    2. ANTECEDENTES DE LAS POLÍTICAS DE LA UE

    En mayo de 2002 se aprobó una Resolución del Consejo refrendando la Comunicación sobre la política de gestión del agua en los países en desarrollo [1], que subrayaba la necesidad de integrar la gestión sostenible del agua en las estrategias de desarrollo nacionales y regionales, y de ayudar a los países socios a encontrar soluciones viables. El marco político general de la UE está constituido por la «Gestión Integrada de los Recursos Hídricos» (GIRH), basada en un enfoque a nivel de las cuencas fluviales. La GIRH, unido a una fuerte participación pública, la transparencia y la responsabilidad, puede desempeñar un papel fundamental. Es particularmente importante para el desarrollo sostenible y la prevención de conflictos en el caso de las cuencas fluviales transfronterizas.

    [1] COM(2002)132 de 12 de marzo de 2002, «Política de gestión del agua en los países en desarrollo y prioridades de la cooperación de la Unión Europea al desarrollo». http://register.consilium.eu.int/pdf/fr/ 02/st08/08958f2.pdf

    La Comunicación y las Conclusiones del Consejo identifican una serie de prioridades claras:

    * Garantizar un suministro de agua potable suficiente y de buena calidad, el saneamiento y la higiene adecuados para cada ser humano, especialmente los más pobres, haciendo hincapié en las necesidades de las mujeres y los niños, con el objetivo general de reducir la pobreza y mejorar la salud, la calidad de vida y las posibilidades de conseguir medios de subsistencia;

    * Desarrollar una gestión de los recursos hídricos transfronterizos sostenible y equitativa que tenga en cuenta todos los intereses pertinentes, integrando las necesidades divergentes de los distintos usuarios y facilitando la cooperación Sur-Sur;

    * Aplicar la coordinación transectorial para garantizar la distribución equitativa, sostenible y adecuada del agua entre usuarios de diverso tipo. Esto requiere la inclusión de principios generales sobre la gestión del agua en los ámbitos políticos correspondientes.

    El marco político de la UE sobre el agua y el desarrollo hace hincapié en que para lograr resultados hay que avanzar en muchas áreas distintas; se necesitan buena gobernanza y reformas políticas y sectoriales; asimismo, son esenciales las actividades de sensibilización, consolidación institucional y capacitación para apoyar la planificación y la toma de decisiones, garantizando a su vez la participación de todos los interesados y la asunción de las medidas y estrategias.

    Deben fomentarse las asociaciones entre los agentes públicos, privados y de la sociedad civil y garantizar que tales asociaciones sean equitativas, responsables y transparentes, defiendan los intereses de los consumidores e inversores y mantengan un alto nivel de protección del medio ambiente. La Comunidad Europea mantiene una postura neutra por lo que se refiere a la propiedad de los servicios públicos, como confirma la Comunicación de la Comisión sobre la reforma de las empresas públicas en los países en desarrollo, con especial atención en los servicios públicos [2]. La tarificación de los servicios de distribución del agua debe asegurar la sostenibilidad financiera, aunque para cubrir las necesidades básicas de los más pobres y vulnerables hay que elaborar un sistema de tarifas y de recaudación adecuado.

    [2] COM(2003) 326 final y conclusiones del Consejo

    Este marco político demuestra que existe un planteamiento europeo coherente, que se consolidará con su aplicación en la práctica, que sirve de orientación a nivel de la UE sobre el modo de ayudar a los países socios a encontrar soluciones para garantizar el acceso viable y equitativo al agua y el saneamiento.

    3. CONCRETIZACIÓN DE LAS POLÍTICAS: INICIATIVA DE LA UE PARA EL AGUA

    Basada en esta resolución del Consejo sobre la gestión del agua, la UE lanzó la Iniciativa de la UE para el agua en la Cumbre Mundial para el Desarrollo Sostenible (CMDS), con objeto de que sirva de catalizador y de base de las actividades encaminadas a lograr los Objetivos de Desarrollo del Milenio en materia de agua y saneamiento.

    Los elementos clave de la Iniciativa son los siguientes:

    * Reforzar el compromiso político de actuar y conceder mayor importancia a las cuestiones relacionadas con el agua y el saneamiento en el contexto de las actividades de reducción de la pobreza;

    * Promover mejores acuerdos para la gestión del agua, mediante una cooperación más estrecha entre el sector público y el privado y los agentes locales; desarrollar las capacidades institucionales a nivel regional, nacional y local proporcionando servicios de expertos y promocionando buenas prácticas; mejorar las asociaciones para compartir tecnologías, información, investigación y conocimientos, y fomentar la sensibilización;

    * Mejorar la coordinación y la cooperación en la elaboración y aplicación de las intervenciones relacionadas con el agua, para lo cual hay que pasar de los proyectos individuales a enfoques sectoriales. También es necesario crear procesos multilaterales para promover las asociaciones y la colaboración y la cooperación Sur-Sur;

    * Fomentar la cooperación regional y local en las cuestiones relacionadas con la gestión del agua aplicando un enfoque de gestión integrada de los recursos hídricos. Como parte de la Iniciativa, la UE apoyará el desarrollo de los planes de gestión integrada de la CMDS y para la eficiencia hídrica, incluida la adopción de procesos políticos y de planificación y gestión de las cuencas fluviales para 2005;

    * Lograr financiación adicional creando mecanismos de financiación nuevos, flexibles e innovadores para atraer nuevos socios y apoyando la creación de condiciones propicias para el crecimiento de las inversiones.

    Para dar peso a estos elementos, los socios de la Iniciativa de la UE sobre el agua se han comprometido a elaborar un programa de acción coordinado dotado de una estrategia de financiación a largo plazo; el ejercicio consiste en hacer un balance de la situación existente en los distintos países y regiones y llevar a cabo un análisis de las principales carencias y necesidades financieras, así como el establecimiento de un mecanismo de control e información para calibrar los progresos realizados en materia de aplicación y orientar las acciones futuras.

    Sería conveniente, de acuerdo con una opinión generalizada, pasar rápidamente a la elaboración y aplicación de programas visibles y que produzcan resultados. De conformidad con la aceptación del enfoque de asociación, y en reconocimiento de la importancia de la apropiación local de las intervenciones para que tengan éxito, se ha establecido como primera prioridad el inicio de negociaciones con los gobiernos, el sector privado y la sociedad civil de los países y regiones en desarrollo que hayan expresado su interés por la iniciativa de la UE. Para llevar adelante la iniciativa, este proceso cuenta con la implicación efectiva de los Estados miembros de la UE, la Comisión Europea, el Banco Europeo de Inversiones, el sector privado y la sociedad civil. En los últimos 12 meses se han logrado avances significativos en el desarrollo de la Iniciativa de la UE para el agua; a continuación figura una reseña de los progresos realizados en distintas regiones.

    África: una prioridad urgente

    La Unión Europea ha identificado África como una región prioritaria por lo que se refiere a la consecución de los Objetivos de Desarrollo del Milenio. Por este motivo, al mismo tiempo que se lanzaba la Iniciativa del agua en la Cumbre Mundial para el Desarrollo Sostenible, los Presidentes de la Comisión y del Consejo de la UE y los Presidentes de Nigeria y Sudáfrica firmaron una nueva Asociación estratégica UE-África sobre agua y saneamiento.

    A raíz de la firma de la «asociación estratégica», se crearon dos grupos de trabajo multilaterales. El primero, dirigido por Dinamarca por lo que respecta a la parte europea, se ocupa del suministro de agua y de saneamiento. El segundo grupo, dirigido por Francia por lo que respecta a la parte europea, se ocupa de la cuestión de la gestión integrada de los recursos hídricos a nivel nacional y transfronterizo. Estos grupos, que incluyen a todas las partes interesadas, ya han terminado las evaluaciones y han sacado conclusiones detalladas. Por parte africana, los interlocutores principales son la Conferencia Ministerial Africana sobre el Agua (AMCOW) y su comité consultivo técnico, en estrecha colaboración con el NEPAD. Ha habido importantes intercambios de información técnica entre los socios europeos y africanos, a través de una discusión detallada durante la semana del agua celebrada en agosto en Estocolmo, en las reuniones del AMCOW celebradas en Ouagadougou en octubre y en la Conferencia Panafricana sobre el agua de Addis Abeba en diciembre de 2003, con objeto de definir un plan estratégico y un programa de trabajo que sirva de base para la puesta en práctica de la Asociación África-UE para el agua y el saneamiento en 2004 y 2005. La Declaración conjunta adoptada por las dos partes en Addis Abeba subraya este compromiso.

    Caribe y Pacífico

    En colaboración con los Estados miembros, los países socios y otras partes interesadas, la Comisión han empezado a evaluar también los retos en materia de agua potable y de estructuras de saneamiento en las regiones del Caribe y del Pacífico. Dependiendo del resultado de estas evaluaciones, la Comisión tomará la iniciativa de crear foros consultivos multilaterales también para estas regiones.

    Otros componentes regionales de la Iniciativa de la UE para el agua

    Para los países de Europa Oriental, el Cáucaso y Asia central (EECCA), durante la CMDS de Johannesburgo se ultimó también una asociación estratégica UE-EECCA sobre el agua para el desarrollo sostenible. El modus operandi para proseguir la iniciativa es idéntico al utilizado para el componente africano, es decir, se ha creado un grupo de trabajo multilateral, dirigido por Dinamarca por lo que respecta a la parte europea. Este grupo ha trabajado intensivamente con los asociados EECCA y actualmente realiza tareas de identificación de los elementos más relevantes.

    Por lo que se refiere a la región mediterránea, un grupo de trabajo dirigido por Grecia está ultimando la puesta a punto de este componente regional. España y Portugal están desarrollando, en estrecha cooperación con México, un componente latinoamericano. Hay que estudiar su expansión a otras regiones (Asia), dada la importancia de la gestión del agua en estas regiones (enorme presión hídrica y catástrofes).

    Además de estos componentes regionales, la Iniciativa para el agua de la UE también incluye una evaluación general de las necesidades financieras, dirigida por el Reino Unido, así como un grupo de trabajo dirigido por la Comisión sobre la contribución de la investigación a la solución de los problemas de gestión del agua. Por último, se ha creado recientemente un subgrupo multilateral para abordar la cuestión de la supervisión.

    Desarrollo futuro de la Iniciativa de la UE para el agua y el proceso multilateral

    Por lo que respecta a las estructuras, la coordinación y la creación de redes, la Iniciativa de la UE para el agua ha realizado grandes avances en los últimos 12 meses. Sin embargo, no hay duda de que los acuerdos actualmente existentes son ad hoc y que se necesita un planteamiento más completo, sistemático y transparente. Asimismo, hay que definir con precisión la relación entre la Iniciativa de la UE para el agua y las demás organizaciones, programas y agentes que intervienen en el sector.

    La participación en la Iniciativa de la UE para el agua de todos los agentes pertinentes tanto de la UE como de los países socios aporta energía y dinamismo al proceso y proporciona al desarrollo un planteamiento coherente y simplificado del uso de los recursos. No obstante, este proceso no puede en modo alguno poner en cuestión el proceso de decisión existente en las instituciones de la UE. Un foro multilateral (FM) debe tener un papel consultivo y aportar elementos de reflexión a la Comisión, los Estados miembros y más en general a todos los participantes en el proceso. En la Fig. 1 se indica la posible estructura del foro y su relación con las otras instituciones, organizaciones, etc. Las disposiciones finales deberán acordarse con los socios correspondientes.

    >REFERENCIA A UN GRÁFICO>

    En general, los foros regionales, que han de crearse en el ámbito del foro multilateral, deberán desarrollar una visión común sobre el modo de gestionar los recursos hídricos de forma más eficiente en cada región y en cada cuenca fluvial a fin de cumplir los Objetivos de Desarrollo del Milenio y los de la Conferencia Mundial sobre Desarrollo Sostenible. Los foros regionales tratarán de aprovechar al máximo las ayudas concedidas en el marco de la Iniciativa de la UE para el agua, determinarán los campos de acción prioritarios, facilitarán el intercambio de conocimientos y buenas prácticas, así como la coordinación de las tareas y el reparto de éstas entre los distintos socios. La Comisión u otros socios presidirán/copresidirán el foro multilateral, en el que estarán representados una amplia gama de participantes. Los grupos temáticos/horizontales fomentarán el intercambio de conocimientos dentro de las regiones y entre éstas. El foro multilateral general asegurará un funcionamiento coherente de los diversos foros regionales y grupos de expertos. Se espera que la opinión de los foros regionales y de los grupos de expertos será tomada en consideración por la Comisión, los Estados miembros, los países beneficiarios, el FMI, las IFI, el sector privado y los demás agentes al elaborar sus políticas y programas y tomar las decisiones políticas y de inversión. La Comisión aportará la orientación general para todo el proceso multilateral.

    Reto financiero y necesidad de mecanismos innovadores

    La UE es ya el mayor proveedor de financiación de la ayuda al desarrollo y la cooperación científica en el sector del agua. Además de las intervenciones llevadas a cabo en el contexto de los programas nacionales y regionales, también se realizan actividades relacionadas con el agua en el marco de la ayuda humanitaria, la cofinanciación de las organizaciones no gubernamentales, los microproyectos y la cooperación descentralizada, así como en la ayuda humanitaria.

    En Johannesburgo, recordando sus compromisos alcanzados en la Conferencia internacional sobre la Financiación para el Desarrollo de marzo de 2002, la UE se mostró dispuesta a aumentar y suministrar recursos a países que den prioridad al agua y el saneamiento en las estrategias nacionales de desarrollo sostenible y de reducción de la pobreza. La UE deberá utilizar todos los mecanismos financieros ya disponibles para los proyectos hídricos e intentar determinar las carencias y aportar soluciones.

    Se reconoce la necesidad de que haya un aumento significativo de la financiación para agua y saneamiento a fin de lograr los objetivos, así como mejores mecanismos para utilizar las ayudas al desarrollo para atraer otras fuentes de financiación (sector privado, bancos de desarrollo, instituciones financieras, contribuciones de usuarios, transferencias, etc.).

    En especial, el trabajo realizado en el ámbito del grupo de trabajo Finanzas de la Iniciativa sobre el agua de la UE y el Grupo mundial de expertos sobre la financiación de infraestructuras del agua (Informe Camdessus), demuestran que el nivel actual de financiación no es suficiente para hacer frente a las necesidades de inversión para cumplir los objetivos, y se necesitan urgentemente nuevos mecanismos de financiación innovadores y flexibles para utilizar el máximo el efecto multiplicador de la ayudas públicas al desarrollo y atraer más recursos de una amplia gama de fuentes (públicas y privadas, locales e internacionales).

    El informe Camdessus «Financing water for all» afirma que será necesario duplicar, aproximadamente, los fondos y que todas las fuentes de financiación deben colaborar en este incremento. En el ámbito del 9º FED se asignan 555 millones de euros al agua en los informes estratégicos nacionales de 14 países ACP. Un instrumento adicional de mil millones de euros, que se utilice con un gran efecto multiplicador, permitiría potenciar los programas existentes y ampliar la ayuda a un mayor número de países ACP que todavía no hayan dado prioridad a los recursos hídricos en sus informes estratégicos. Para futuras actividades relacionadas con el agua en otras regiones se han asignado los siguientes importes: 38 millones de euros para EECCA --35 millones de euros para Asia --95,6 millones de euros para América Latina --315 millones de euros para la región mediterránea.

    La iniciativa del agua de la UE ha realizados progresos significativos desde la reunión de la CMDS de Johannesburgo. La coordinación reforzada aplicada hasta ahora, entre los Estados miembros y con los países socios, y el proceso multilateral que reúne a todas las partes, facilitarán un planteamiento más coherente, integrado y rentable para la planificación y la puesta en práctica de programas en el sector del agua. Sin embargo, las mejoras del proceso no serán suficientes. Para aportar una contribución significativa a la realización de los objetivos en materia de agua potable y saneamiento habrá que aumentar los recursos financieros sensiblemente. Para dirigir los esfuerzos de la manera más eficiente posible, es necesario identificar las prioridades. La Comisión propone, por consiguiente, que el primer paso sea asignar cantidades importantes de fondos adicionales para abordar el problema del agua en los países ACP. El resto de la presente Comunicación se refiere a la propuesta de creación de un Fondo ACP-UE para el agua.

    4. FONDO PARA EL AGUA PARA LOS PAÍSES ACP

    4.1. PRINCIPIOS

    * Gobernanza

    El Fondo buscará el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo para el Milenio y de la Cumbre Mundial para el Desarrollo Sostenible y concentrará sus actividades en aquellos países que cuenten con una política nacional sólida en materia de recursos hídricos, o que se hayan comprometidos seriamente a desarrollarla, basada en principios de buena gobernanza, que conceda prioridad al gasto en sectores sociales (teniendo en cuenta la economía rural y suburbana) y que haya definido los indicadores pertinentes como parte del proceso de la estrategia de lucha contra la pobreza. El Fondo para el agua ayudará a los países a crear un marco institucional y reglamentario con objeto de atraer recursos financieros adicionales.

    * Titularidad

    Se trata de un concepto central del planteamiento del Fondo para el agua debido a que está totalmente motivado por la demanda

    - a nivel ACP: las prioridades temáticas se derivan de la asociación UE-África -- formalmente aprobada en el ámbito del Diálogo UE-África -- y el Fondo se propone tender puentes y estimular el diálogo con instituciones africanas bien de carácter global como el NEPAD y la UA o sectorial como el AMCOW, y el African Water Facility. En la Conferencia Panafricana sobre el agua celebrada en Addis Abeba en diciembre de 2003 el AMCOW emitió una resolución de apoyo al Fondo ACP-UE para el agua. El Fondo se ajusta también a los objetivos de los planes de acción del G8 relativos al agua y a África. Se están elaborando procesos similares para las regiones del Caribe y del Pacífico.

    - a nivel de país: las acciones de apoyo se derivan del proceso de Estrategia para la Reducción de la Pobreza (ERP) en curso y son coherentes con las políticas y los compromisos nacionales. Se reconoce que es necesario incorporar la dimensión del agua, el saneamiento y la higiene en los documentos de ERP y, tras las revisiones a medio plazo, en los NIP y los RIP.

    * Innovación y flexibilidad

    Debe obtenerse el máximo efecto multiplicador mediante:

    - una combinación creativa de subvenciones y otras fuentes para financiar las infraestructuras de base;

    - subvenciones que aporten capital inicial para elaborar proyectos y desarrollar un entorno favorable a las inversiones;

    - nuevas asociaciones entre las comunidades, las ONG, los sectores público y privado;

    - información y apoyo a los proveedores de servicios locales y europeos, interesados en invertir en el sector.

    El principal papel del Fondo es servir de catalizador (promoviendo iniciativas, facilitando información, centralizando los datos y reforzando la capacidad de investigación y de gestión en los países ACP), por una parte, y de instrumento que pueda proporcionar el vínculo necesario, e inexistente, para la financiación de proyectos y actividades viables, por otra. Hay muchos planes y propuestas en materia de agua potable y saneamiento pero, como indica el Informe Camdessus, la mayoría no pueden realizarse debido a la rigidez de los instrumentos existentes.

    El flujo de capitales privados al sector del agua se ha limitado, especialmente para África. Las subvenciones por sí solas no pueden solucionar los problemas y el gran reto sigue siendo cómo lograr la coparticipación del sector privado. Los préstamos comerciales son a menudo demasiado costosos para aportar fondos a este sector, principalmente a causa de los tipos de riesgos percibidos y de la incertidumbre respecto a la posibilidad de obtener un rendimiento adecuado del capital invertido. Por lo tanto, dependiendo de las actividades de que se trate, para suplir la insuficiencia de financiación puede ser necesario combinar distintos niveles de financiación, como subvenciones, préstamos a bajo interés, garantías de préstamo, fondos rotatorios, financiación de microcréditos para acciones a escala reducida, etc. El Fondo propuesto ha de ser capaz de responder con gran flexibilidad a una amplia gama de situaciones.

    La movilización de recursos adecuados debe incluir también:

    - una cofinanciación óptima con distintas fuentes de financiación (locales/internacionales, privadas/públicas), teniendo en cuenta sus respectivos puntos fuertes y débiles. Se ofrecería cofinanciación a las autoridades de los países ACP, actuando conjuntamente con el BEI y con otras instituciones financieras públicas de la UE y los organismos responsables del desarrollo de los Estados miembros e implicando, en su caso, a operadores privados y públicos de estos países o de la UE. En este contexto, en especial para proyectos de base, pueden desempeñar un papel importante las organizaciones de la sociedad civil, los organismos descentralizados y las asociaciones de emigrantes de la UE.

    - la búsqueda de nuevos instrumentos financieros, que garanticen y multipliquen la movilización de fondos procedentes de una amplia gama de fuentes, teniendo en cuenta los principios de transparencia, responsabilidad financiera y conveniencia para los contextos socioeconómicos específicos.

    Actualmente existen diversas iniciativas, por países individuales o por grupos de países, que financian actividades de asesoramiento y actividades conexas para el desarrollo de asociaciones público-privadas. En principio, el Fondo ACP-UE para el agua propuesto no debería competir con estas iniciativas existentes, y no debe financiar aquellas actividades del sector privado que ofrecen un rendimiento razonable del capital invertido. El Fondo proporcionaría sobre todo subvenciones que, por su propia naturaleza, tienen mayor efecto multiplicador que los préstamos y se sumarían a otros instrumentos financieros de la UE e internacionales. El acceso a la cofinanciación del Fondo se ampliaría a otras instituciones financieras internacionales, especialmente al Banco Africano de Desarrollo y al grupo del Banco Mundial (incluida la Cooperación Financiera Internacional y el Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones).

    4.2. ACTIVIDADES QUE DEBEN FINANCIARSE CON CARGO AL FONDO PARA EL AGUA

    Pueden distinguirse dos tipos de actividades principales [3]:

    [3] El Fondo propuesto no cubre las actividades hídricas y de saneamiento realizadas en el contexto de la ayuda humanitaria o la respuesta a los conflictos armados y los desastres naturales, mientras que constituye un buen punto de partida para las estrategias de vinculación de la ayudas de emergencia, rehabilitación y desarrollo en este sector.

    * Proyectos de desarrollo institucional y de AT no relacionada con las inversiones

    * Proyectos de inversión y AT relacionada.

    Desde el punto de vista financiero, el elemento de inversión será con mucho la principal actividad del Fondo para el agua.

    desarrollo institucional y AT no relacionada con las inversiones

    Actividades de promoción

    La creación del Fondo para el agua (FA) debe difundirse ampliamente, y los países ACP y los organismos participantes deben conocer su existencia y el modo de acceso a los instrumentos de financiación. Las actividades de promoción pueden efectuarse en forma de boletín, creación de un logotipo, folletos, sitio Internet, participación y organización de talleres/seminarios, etc.

    La promoción puede realizarse también a mayor escala, es decir, promoviendo la Iniciativa para el agua propiamente dicha y garantizando que se preste atención suficiente al agua, el saneamiento y la gestión integrada de los recursos hídricos en los programas de ERP y los informes estratégicos sobre los países.

    Los ONG pueden desempeñar un papel importante en las actividades de promoción.

    Desarrollo institucional y apoyo a la reforma sectorial

    Se concederá apoyo en primer lugar a los países que hayan logrado avanzar en la reforma de sus políticas sectoriales. La Iniciativa para el agua asistirá a los países socios en la elaboración de buenos proyectos sostenibles diseñados sobre la base del principio de la máxima recuperación de los costes. Esto sin embargo no excluye que el FA pueda ayudar a otros países a reformar el sector del agua y el saneamiento, reforzar las instituciones y aumentar la capacidad del sector para crear un entorno propicio a las inversiones, así como capacidad de funcionamiento y mantenimiento para mejorar la sostenibilidad. El FA puede proporcionar ayuda a estos países a través de AT, apoyo de ONG, así como apoyando la cooperación entre las instituciones públicas ACP y UE.

    En el ámbito de esta actividad, es posible reunir los fondos y las iniciativas existentes de las IFI y de los Estados miembros, como por ejemplo el instrumento en el ámbito de las infraestructuras y del desarrollo del sector privado (Public Private Infrastructure Advisory Facility - PPIAF) y de la asociación global de la ayuda basada en la producción (GPOBA).

    Gestión integrada de los recursos hídricos

    Esta actividad se centra en la ayuda al desarrollo de la gestión integrada de los recursos con especial atención a nivel nacional y de las cuencas fluviales en los países ACP. Por lo que se refiere a los cursos de agua transfronterizos (en el continente africano), en un principio la identificación de las actividades prioritarias en cuencas determinadas se lleva a cabo bajo la dirección del AMCOW, apoyado por el grupo de trabajo de IWRM de la Iniciativa para el agua. En la Conferencia Panafricana sobre el agua de diciembre de 2003 se aprobó un proyecto de programa de trabajo, para el que está en marcha la preparación conjunta de la estrategia y el programa de trabajo detallados de 2004-2005.

    Las actividades de apoyo pueden encaminarse a la preparación de planes IWRM, la mejora de la recopilación y la difusión de datos en las cuencas fluviales, la supervisión de la calidad del agua, el apoyo a organizaciones regionales (como CEDEAO y el SADC), las iniciativas existentes en las cuencas fluviales, la ayuda al desarrollo de la capacidad de investigación conexa y la utilización de la cooperación UE-ACP en materia de investigación, y realizarse en colaboración con instrumentos existentes como la Asociación global del agua (GWP)

    Control y evaluación

    Se realizarán una supervisión y una evaluación periódicas de los proyectos financiados por el Fondo para el agua, que incluye también la evaluación y asistencia a los comités directivos de los fondos y los instrumentos a los que podría unirse el Fondo para el agua. Podrían también incluir ayudas a los países ACP para mejorar su capacidad de supervisión, en el marco de procesos internacionales establecidos para supervisar el sector del agua y del saneamiento y la realización de los ODM.

    Apoyo a los proyectos de inversión y AT relacionada

    En este campo es donde el Fondo utilizará métodos flexibles, y siempre que sea posible innovadores, para financiar proyectos y programas relacionados con el agua y el saneamiento. Se dará prioridad a los países que tienen un programa sectorial bien formulado o que lo estén elaborando. Idealmente todos los programas deberían inscribirse en un enfoque sectorial, dirigido por el país beneficiario.

    La cofinanciación del programa de inversión del sector público con los Estados miembros, los bancos de desarrollo de los Estados miembros de la UE (EDFI) y las IFI representará una parte importante de esta actividad. La mayoría de los proyectos se financiarán con una mezcla de subvenciones y préstamos. El análisis financiero y económico y la consideración social determinarán el nivel de subvención para que los proyectos puedan ser sostenibles. Se utilizarán fundamentalmente Las subvenciones del FA se utilizarán principalmente para cofinanciar proyectos y programas encaminados a proporcionar el acceso al agua y el saneamiento a las personas con rentas bajas y las zonas socialmente desfavorecidas (áreas periféricas, ciudades pequeñas y pueblos). El sector público no se limita sólo al Gobierno central sino que comprende también organismos de las colectividades, como administraciones locales, municipios y organismos responsables de la gestión del agua.

    Para estimular las inversiones del sector privado, el Fondo para el agua puede contribuir a las asociaciones público-privadas (PPP) o a iniciativas con participación del sector privado (PSP), tanto a nivel internacional como local a través de la creación de nuevos instrumentos de ingeniería financiera. Existen múltiples maneras innovadoras de obtener financiación privada y comercial y la Comisión está discutiendo actualmente con los Estados miembros, el BEI, los bancos de desarrollo de los Estados miembros de la UE (EDFI) y las instituciones financieras internacionales (IFI) el modo de lograr los mejores resultados. Entre las posibilidades encontradas figuran: apoyo al fondo de inversión del BEI para los proyectos de alto riesgo y a los EDFI a través de cofinanciaciones, fondos de garantía contra los riesgos (de tipo de cambio [4], políticos) fondos de garantía, asesoramiento sobre las transacciones, estudios preparatorios.

    [4] Véase también el instrumento de asistencia de devaluación de la liquidez (Devaluation Liquidity Backstopping Facility) del Informe Camdessus.

    Existen también numerosos fondos en el sector de las inversiones a los que podría contribuir el Fondo para el agua; entre ellos figuran: GuarantCo, el Fondo de infraestructura para el África emergente y el Fondo africano para el agua (AWF). Dadas sus semejanzas con el Fondo para el agua, el Fondo africano del agua merece especial atención y apoyo. Ha sido creado por el Consejo ministerial africano sobre el agua (AMCOW) y lo gestionará el Banco Africano de Desarrollo.

    5. GESTIÓN DEL FONDO ACP-UE PARA EL AGUA

    Para poder reaccionar de manera adecuada ante necesidades y expectativas en rápido crecimiento, hay que concebir un procedimiento de identificación-valoración-decisión pragmático y flexible.

    La gestión deberá incorporar el enfoque político global que constituye la base del Fondo para el agua. En primer lugar, es esencial que los socios ACP asuman los programas y su derecho de iniciativa. En segundo lugar, el procedimiento de aplicación debe ceñirse al importante objetivo de contribuir a la realización de los ODM, en especial para promover el acceso de los pobres al agua y el saneamiento. Esto requiere, en tercer lugar, el uso óptimo de las subvenciones y la búsqueda del máximo efecto multiplicador. Esto significa que el elemento de subvención del proyecto se debe limitar a las necesidades de financiación que no puedan cubrirse con las financiaciones de otro tipo (Banco Europeo de Inversiones (BEI), bancos europeos de desarrollo (EDFI), instituciones financieras internacionales (IFI), préstamos comerciales, inversiones privadas, los recursos públicos locales).

    Por otra parte, en la preparación y puesta en práctica de los proyectos que financie el Fondo para el agua, se utilizarán al máximo los conocimientos disponibles fuera de la Comisión, en especial a través de grupos de expertos de la UE y de los ACP, colaboración con el BEI y otros institutos financieros de desarrollo y, en su caso, el sector privado y ONG. El uso de consultores externos no debe en ningún caso disminuir el papel y las responsabilidades de la Comisión.

    La Comisión consultará y servirá de enlace con los grupos consultivos multilaterales creados en el contexto de la Iniciativa para el agua de la UE sobre las prioridades globales para el uso del Fondo para el agua y sobre cualquier otra cuestión de naturaleza política y estratégica.

    El Fondo para el agua se utilizará para cofinanciar proyectos de inversión y la cooperación técnica relacionada, así como el desarrollo institucional y otras operaciones de asistencia técnica no vinculadas a los proyectos para llevar a cabo la mejora necesaria de las estrategias, la reglamentación y las instituciones del sector hídrico, la gestión integrada de las cuencas fluviales, las actividades de promoción, la supervisión y la evaluación, etc.

    5.1. Proyectos de desarrollo institucional y AT no vinculada a las inversiones

    Una parte del Fondo se reservará para este tipo de asistencia técnica. Las actividades se programarán en el contexto de la iniciativa del agua, centrándose en las medidas prioritarias para su puesta en práctica. Estas medidas incluyen las actividades encaminadas a definir las políticas sectoriales y el marco reglamentario adecuados, los programas de desarrollo institucional, el apoyo a la reforma sectorial, la gestión integrada de las cuencas fluviales, las actividades de promoción, la supervisión y la evaluación. El programa será elaborado por el Comisión en estrecha cooperación con los socios ACP en el contexto de la Nueva Estrategia de Cooperación para el Desarrollo Africano (NEPAD), la UA, la Conferencia Ministerial Africana sobre el Agua (AMCOW), las organizaciones económicas regionales, así como organizaciones similares para el Caribe y el Pacífico, y se discutirá con los Estados miembros en el contexto de la Iniciativa para el agua.

    El Comité del FED aprobará y aplicará una propuesta de financiación del programa general de AT, utilizando para cada operación el organismo ACP responsable de la aplicación más adecuado (Banco Africano de Desarrollo, Banco Interamericano de Desarrollo, NGO). La puesta en práctica será supervisada por la Delegación CE competente.

    Por último, no debe excluirse la posibilidad de asociar los recursos del Fondo para el agua de la UE/ACP con los de instrumentos o fondos existentes, como el Fondo africano para el agua, el Fondo de infraestructura para el África emergente, etc.

    5.2. Proyectos de inversión y AT relacionada

    Está prevista la aplicación del Fondo para el agua a través de la selección de proyectos o programas más amplios, en vez de mediante una programación minuciosa. Los proyectos y programas seleccionados tendrán que ser propuestos por un organismo público de uno de los estados ACP (promotor) y ser coherentes con las políticas sectoriales nacionales y/o los sistemas más amplios de gestión de las cuencas fluviales existentes.

    Sobre la base de los principios generales expuestos en la presente Comunicación, el procedimiento previsto puede describirse del modo siguiente:

    (1) La Comisión publicará una o varias convocatorias de propuestas, que entre otras cosas:

    a) identificarán los distintos tipos de intervenciones que pueden financiarse;

    b) definirán los criterios de admisibilidad;

    c) definirán los criterios de selección, entre los cuales se tendrán en cuenta cinco elementos principales:

    * Realización de los objetivos de la CMDS y los Objetivos de Desarrollo para el Milenio y la política de la UE relativa a la gestión del agua en los países en desarrollo (acceso de los pobres al agua, el saneamiento y la higiene básicos), que incluye un impacto social, económico y ambiental.

    * Coherencia con la política sectorial y con los sistemas integrados de gestión de las cuencas fluviales.

    * Máximo efecto de las subvenciones para obtener el máximo rendimiento (es decir, reducción de la pobreza) de los fondos disponibles.

    * Capacidad de actuación de los socios.

    * Madurez de la intervención.

    d) se consultará al Comité del FED sobre la convocatoria de propuestas antes de su publicación.

    (2) Pueden presentar propuestas los poderes públicos de uno (o más, en caso de actividades regionales) de los Estados ACP («promotor»). Están incluidas las administraciones locales, municipales, regionales, nacionales y transfronterizas. Se informará al Ordenador Nacional pero no es necesario que dé su aprobación formal.

    - Idealmente cada propuesta de proyecto incluye a un socio europeo. Puede ser el BEI y/o un banco de desarrollo europeo, una empresa privada, una ONG o una administración local (para los proyectos de base comunitaria y descentralizados). Sin embargo, esto no excluiría a los proyectos con un socio regional o local que hayan demostrado capacidad de elaboración y aplicación de proyectos. El socio debe comprometerse a asistir al promotor para idear el proyecto y cofinanciar su realización. La propuesta de proyecto incluirá una descripción del proyecto previsto y de sus resultados, así como el esquema de un plan financiero. Demostrará la necesidad de una contribución en forma de subvención para lograr los objetivos de reducción de la pobreza del proyecto. El plan financiero distinguirá entre los costes de la preparación del proyecto y de la aplicación propiamente dicha.

    - Un proyecto ya completamente elaborado y listo para la puesta en práctica se puede presentar también para cofinanciación. En este caso se puede omitir la primera fase (preparación del proyecto).

    - El promotor puede presentar una propuesta de proyecto sin que los socios estén identificados, en cuyo caso el Fondo para el agua podría actuar bien como la cámara de compensación o bien financiar el coste de las transacciones necesarias para realizar el proyecto.

    (3) Las propuestas recibidas tras la invitación se analizan para desarrollar una serie de proyectos.

    El análisis lo realizará un grupo de expertos independientes que presentarán los resultados a la Comisión; se basará en los méritos técnicos y el impacto social (por ejemplo la creación de empleo) y ambiental, así como en la propuesta de financiación, e incluirá una evaluación sobre el importe de la subvención que parezca justificada para la preparación final del proyecto y/o la realización del proyecto propiamente dicha. En principio tanto la preparación como la realización del proyecto tendrán que ser cofinanciadas por la autoridad nacional responsable y/o el socio.

    En principio, en este proceso se pueden identificar tres tipos de proyectos, que por orden de prioridad son los siguientes:

    (a) Proyectos listos para su puesta en práctica inmediata, en los que el Fondo para el agua cofinancia la puesta en práctica y tal vez una parte de los costes de gestión y supervisión.

    (b) Proyectos de diseño y construcción, en los que el Fondo para el agua podría cofinanciar a un tiempo la preparación, el diseño y la puesta en práctica propiamente dicha. En una primera fase se toma solamente una decisión sobre la cofinanciación de la AT para la preparación del proyecto.

    (c) AT transaccional, cuando haya necesidad de ayudar al promotor a determinar los aspectos técnicos, financieros y organizativos óptimos del proyecto, así como a encontrar a socios adecuados para su puesta en práctica. Una vez que esta fase se acaba y el promotor y el socio han acordado la idea del proyecto, se puede presentar una propuesta de cofinanciación (a o b).

    La Comisión, basándose en la evaluación de expertos independientes, negociará el proyecto propuesto y su plan de financiación con los socios responsables de la aplicación, a fin de potenciar su impacto social y ambiental. Sobre esa base, se celebra con los socios un acuerdo de cooperación, que estipule las disposiciones y los compromisos para la puesta en práctica, así como el acuerdo de financiación necesario para la cofinanciación de la fase preliminar y, en su caso, un acuerdo de principio con objeto de estudiar la posibilidad de que, en una segunda fase, se cofinancie la realización. El acuerdo de financiación contemplará asimismo las condiciones usuales de la ayuda financiera de la Comisión. De la preparación y la aplicación del proyecto serán responsables los organismos estatales o de las colectividades nacionales pertinentes y el promotor socio. El compromiso de la Comisión de cofinanciar la realización estará supeditado a que se lleve a término la preparación del proyecto.

    De conformidad con los procedimientos usuales, se pedirá al Comité del FED un dictamen sobre cada propuesta de cofinanciación de una serie de proyectos de inversión, una vez concluidas las negociaciones de cofinanciación.

    La Comisión celebrará acuerdos de cofinanciación con los socios responsables de la ejecución (nacionales/locales e instituciones financieras/ONG). Estos acuerdos remiten a los acuerdos de cooperación celebrados y contemplarán las condiciones de pago de la financiación comunitaria. El acuerdo de cofinanciación definirá además los requisitos para la supervisión y la auditoria de las operaciones por la Comisión, así como los procedimientos de licitación aplicables para la realización del proyecto. Estos procedimientos tendrán que respetar siempre los procedimientos de licitación, igualdad de acceso y rentabilidad establecidos.

    El pago de la financiación comunitaria se basará en determinados criterios clave definidos en el Acuerdo de cofinanciación. En su caso, puede preverse la financiación de la «ayuda basada en los resultados» [5]. La entrega final solamente se efectuará una vez completado el proyecto, de conformidad con las estipulaciones comunes.

    [5] El desembolso de financiación pública está vinculado a la prestación de los servicios o el suministro de los insumos.

    (4) Se elaborarán disposiciones especiales para la cofinanciación de proyectos menores de base comunitaria. En primer lugar, la convocatoria de propuestas deberá incluir condiciones adecuadas para este tipo de proyectos. Habrá que adaptar los criterios y los acuerdos de financiación al tipo de socios interesados. Cuando sea de aplicación, la creación de empleo se fomentará a través de métodos de alta intensidad de mano de obra. En el caso de África, se puede contemplar la gestión de este tipo de proyectos en el contexto del Fondo africano para el agua creado recientemente por el AMCOW y gestionado por el Banco Africano de Desarrollo.

    Disposiciones organizativas

    La estructura organizativa de la gestión del Fondo para el agua radicará en la Comisión, su plantilla estará compuesta por funcionarios y existirá la posibilidad de acoger a expertos externos. Los funcionarios serán responsables, en estrecha cooperación con sus colegas de las Delegaciones de la CE, de negociar los acuerdos de cofinanciación y finalizar las propuestas de financiación.

    Se tiene intención de que en esta fase la gestión del FA se llevará a cabo utilizando los recursos humanos existentes en los servicios correspondientes.

    En esta fase, se tienen intención de.

    Un pequeño porcentaje del Fondo se utilizará para contribuir a la financiación de los gastos administrativos de la gestión del Fondo para el agua ACP/UE, incluidas, entre otras cosas: la contratación de expertos exteriores, las actividades de promoción, la organización de seminarios, las tareas de supervisión y evaluación, etc.

    6. MOVILIZACIÓN DE LOS FONDOS

    La única posibilidad de financiar el Fondo para el agua en el ámbito del FED es liberar los mil millones condicionales con cargo al 9º FED. Los recursos disponibles en virtud del 6º, 7º, 8º y 9º FED se han asignado casi completamente a los países, las regiones, la cooperación entre los países ACP y el Fondo de inversión. El estado de ejecución de los recursos del FED en 2003 y las previsiones para el período 2004 - 2007 muestran que los recursos disponibles no se asignarán definitivamente hasta finales de 2007. Se prevé una reconstitución del Fondo para el agua a partir de 2008 con cargo al sucesor del 9º FED, es decir, el presupuesto comunitario -- en caso de previsión de fondos para el FED.

    6.1. Falta de recursos no asignados

    Aunque haya disponibles cantidades relativamente importantes para la cooperación con los países ACP, estos recursos sólo se pueden utilizar para fines concretos. Con anterioridad a los compromisos (y las decisiones de financiación), los recursos del FED se reservan en forma de asignaciones, que de hecho constituyen compromisos firmes (importes fijados en el Acuerdo de Cotonú, mediante notificación de la Comunidad a los beneficiarios o mediante decisiones del Consejo de Ministros ACP-CE). Como se indica en el anexo 1, la mayoría de los recursos del 6º al 9º FED (un importe total de 44 900 millones de euros) han sido asignados. Solamente quedan 199 millones actualmente disponibles en reservas para las nuevas asignaciones (véase la columna del anexo 1 «asignación total», apartado «reservas para el desarrollo a largo plazo»). En el futuro se prevé una liberación suplementaria, con cargo a los instrumentos horizontales, de aproximadamente 150 millones de euros, que reconstituya las reservas. Se están elaborando propuestas relativas al empleo de estos fondos, como la creación de un instrumento de apoyo de la paz (125 millones de euros de recursos no asignados y un importe similar procedente del recorte de las asignaciones nacionales), la financiación de la desconcentración (devolución de responsabilidades a las Delegaciones de la Comisión, 90 millones de euros) y recursos adicionales para la cooperación regional/entre los países ACP.

    Los recursos disponibles para nuevas asignaciones son por lo tanto insuficientes para financiar el Fondo para el agua.

    6.2. Contexto de los mil millones condicionales

    El noveno Fondo Europeo de Desarrollo (FED) para los países ACP tiene tres componentes: subvenciones en el ámbito de la dotación para la ayuda al desarrollo a largo plazo (10 000 millones de euros), subvenciones en el ámbito de la dotación para la cooperación y la integración regionales (1 300 millones de euros) y el Fondo de inversión (2 200 millones de euros) [6]. Del importe total de 13 500 millones de euros, los Estados miembros de la UE han decidido mantener en reserva 1 000 millones hasta que se realice una evaluación del grado de realización de los compromisos y desembolsos de los recursos del FED. Esta evaluación de funcionamiento está prevista para 2004 [7]. En las cuentas del FED los 1 000 millones de euros condicionales son resultado de la reducción proporcional de las tres dotaciones. Los importes efectivamente disponibles a partir de la entrada en vigor del 9º FED son por consiguiente 9 259 millones de euros para el desarrollo a largo plazo, 1 204 millones para la cooperación regional y 2 037 millones para el Fondo de inversión.

    [6] Protocolo Financiero del Anexo I del Acuerdo de Asociación ACP-CE firmado en Cotonú el 23 de junio de 2000.

    [7] De conformidad con la declaración XVIII adjunta al acta final del Acuerdo de Cotonú y con el Acuerdo interno entre representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, sobre la financiación y la administración de la ayuda comunitaria en virtud del Protocolo Financiero del Acuerdo de Asociación ACP-UE, apartado 2 del artículo 2.

    Dado que el 9º FED solamente entró en vigor el 1 de abril de 2003, su grado de aplicación es aún relativamente escaso. No obstante, en el Protocolo Financiero del 9º FED se especifica que los recursos del 9º FED, junto con los remanentes del FED precedente, cubrirán el período hasta finales de 2007. La evaluación del funcionamiento debería por lo tanto centrarse no sólo en el grado de respeto de los compromisos y desembolsos sino también tener en cuenta las necesidades hasta finales de 2007.

    6.3. Evaluación de los compromisos y desembolsos

    A principios del año 2003, el importe total del 6º, 7º y 8º FED era de 32 389 millones de euros. De este importe, 29 600 millones se habían comprometido, dejando disponibles para nuevos compromisos un importe de 2 750 millones. Junto a los nuevos recursos del 9º FED -- 12 500 millones disponible a partir de abril de 2003 -- el importe total disponible para nuevos compromisos en el período 2003-2007 era por consiguiente de 15 250 millones de euros. Desde la entrada en vigor del Acuerdo de Cotonú, los recursos no asignados en virtud de los FED anteriores se han transferido al 9º FED (hasta ahora 2 240 millones de euros), pero gran parte de estos recursos permanecen asignados a los mismos países y regiones (y a la cooperación entre los países ACP) que bajo los FED precedentes. Como ya se ha indicado, en las reservas quedan disponibles solamente 199 millones de euros.

    Durante las negociaciones precedentes a la celebración del Acuerdo interno entre los Estados miembros -- en las que se fijó el importe del 9º FED -- la Comisión anunció su intención de alcanzar un nivel de aplicación (compromisos y desembolsos) del orden de 3 000 millones de euros por año. La Comisión confirma este objetivo para el período 2003-2007 y considera que su realización es posible. El siguiente cuadro muestra las previsiones de los compromisos y desembolsos del 6º, 7º, 8º y 9º FED, basadas en la Comunicación de la Comisión «Fondo Europeo de Desarrollo (FED) -- Estimación de las decisiones, los desembolsos y las contribuciones que los Estados miembros deberán abonar para los ejercicios 2003 y 2004» (COM/2003/720) [8].

    [8] Los datos sobre los compromisos y desembolsos de la Comunicación COM /2003/720 hacen referencia al FED general, incluidos los recursos para los países ACP, los Países y Territorios de Ultramar y los costes de aplicación. Los recursos para los países ACP representan el 98,3 % de la totalidad de los recursos del FED. Las previsiones de los compromisos y desembolsos para los países ACP se obtienen aplicando un multiplicador 0,983 a los importes mencionados en la Comunicación.

    Cuadro 1: Ejecución de los recursos del FED

    >SITIO PARA UN CUADRO>

    El cuadro muestra que de acuerdo con las previsiones actuales, los recursos del 9º FED para los países ACP serán plenamente absorbidos [9] durante el período 2003-2007. Las previsiones para 2003 están confirmadas por los datos relativos a la ejecución real en 2003, que indican un nivel de compromisos de 3 700 millones de euros y de pagos de 2 400 millones [10].

    [9] Los compromisos que figuran en el cuadro son los compromisos globales, excluidos los que no llegan a utilizarse, lo que explica el importe negativo «no comprometido» en 2007.

    [10] Primeros datos a 5-1-2004. Las cuentas del FED para 2003 se cierran a finales de enero de 2004. Los datos actualizados, incluidos los del anexo 1 adjunto a la presente Comunicación están disponibles tras el cierre de las cuentas.

    6.4. Propuesta relativa a la liberación de los mil millones condicionales

    >REFERENCIA A UN GRÁFICO>

    Sobre la base del análisis anteriormente mencionado y de conformidad con el apartado 2 del artículo 2 del Acuerdo interno para el 9º FED, la Comisión propone que se liberen los mil millones condicionales. Por lo que se refiere a las disposiciones del Protocolo Financiero del 9º FED, así como del apartado 1 del artículo 2 del Acuerdo interno, los mil millones condicionales deben repartirse proporcionalmente entre las tres dotaciones (741 millones para el desarrollo a largo plazo, 96 millones para la cooperación regional, 163 millones para el instrumento de inversión).

    Por su naturaleza, El Fondo para el agua propuesto debe ser un instrumento horizontal y se debe financiar por lo tanto con cargo a la cooperación entre los países ACP, que forma parte de la dotación para la cooperación regional. A fin de crear el Fondo para el agua de 1 000 millones de euros, hay que seguir los pasos siguientes:

    * Tras una decisión positiva del Consejo de la UE sobre el desembolso de los mil millones condicionales, consulta del grupo de países ACP sobre el principio de la utilización de estos recursos para el Fondo para el agua.

    * De conformidad con el artículo 12 del anexo IV del Acuerdo de Cotonú, la Comunidad puede destinar otros 96 millones de euros de la dotación para la cooperación regional a la cooperación entre los países ACP e informar en consecuencia al Consejo de Ministros ACP. Esto implica una decisión de la Comisión previa consulta a los Estados miembros de la UE a través del Comité del FED. Esta decisión agotará la dotación regional para la cooperación y establecerá por lo tanto la base jurídica para la siguiente fase.

    * Sobre la base del apartado 8 del Protocolo Financiero (anexo 1 del Acuerdo de Cotonú), el Consejo de Ministros ACP-CE decide transferir los recursos adicionales de la dotación de desarrollo a largo plazo (741 millones de euros) y el Fondo de inversión (163 millones de euros) a la dotación para la cooperación regional y utilizar estos recursos para la cooperación entre los países ACP, lo cual conlleva los pasos siguientes: i) propuesta de la Comisión sobre un proyecto de decisión que debe adoptar el Consejo de Ministros ACP-UE, ii) adopción por el Consejo de la UE, iii) adopción por el Consejo de Ministros ACP-UE. Esta decisión debe contener también una solicitud de financiación formal para el Fondo para el agua, que es una prerrogativa del Consejo de Ministros ACP, de conformidad con el apartado 2 del artículo 13 del anexo IV del Acuerdo de Cotonú.

    * Una vez acordadas las fases anteriormente mencionadas, la Comisión presentará al comité de FED una propuesta de financiación con modalidades de aplicación detalladas y tomará una decisión de financiación para la creación del Fondo para el agua. Puede actuar como organismo responsable de la ejecución, de conformidad con el apartado 2 del artículo 14 del anexo IV del Acuerdo de Cotonú.

    7. CONCLUSIÓN

    Sobre la base de las justificaciones que figuran en la presente Comunicación y a fin de apoyar el futuro desarrollo de la Iniciativa para el agua de la UE en los países ACP, la Comisión pide al Consejo de la UE que apruebe sus recomendaciones y decida:

    - la liberación de los mil millones de euros condicionales del 9º FED, adoptando el proyecto de Decisión que figura en el anexo 2.

    - la posición que debe adoptar la Comunidad en el Consejo de Ministros ACP/UE sobre la creación del Fondo ACP-UE para el agua, mediante un acuerdo de principio [11] sobre el proyecto de Decisión contemplado en el anexo 4.

    [11] El proyecto de Decisión del anexo 4 solamente se puede adoptar tras la Decisión de la Comisión que figura en el anexo 3, que sigue a la Decisión del Consejo de la UE sobre los mil millones condicionales del anexo 2.

    ANEXOS

    Los ANEXOS 3.1, 3.2 y 4 se incluyen a título informativo; no prejuzgan los proyectos de Decisión que la Comisión presentará formalmente tras la Decisión del Consejo relativa a la liberación del importe condicional de mil millones de euros (anexo 2).

    Anexo 1: Recursos del FED para los países ACP - situación a 31-10-2003

    Anexo 2: Proyecto de propuesta de Decisión del Consejo relativa a la liberación de un importe de mil millones condicionales en virtud del noveno Fondo Europeo de Desarrollo para la cooperación con los países de África, del Caribe y del Pacífico.

    Anexo 3.1: Nota a los miembros del Comité del FED sobre el incremento de la dotación entre los países ACP para una contribución al Fondo ACP-UE para el agua.

    Anexo 3.2: Proyecto de propuesta de Decisión de la Comisión por la que se modifica la Decisión n° C(2001)1578/2 de la Comisión de 15 de junio de 2001 sobre las asignaciones a programas regionales y a la cooperación entre los países ACP en virtud del Protocolo Financiero del Acuerdo de Asociación ACP-CE.

    Anexo 4: Proyecto de propuesta de Decisión del Consejo sobre la posición de debe adoptar la Comunidad en el Consejo de Ministros ACP/UE con vistas a una Decisión sobre la utilización de la reserva de la dotación para el desarrollo a largo plazo, así como los recursos del instrumento de inversión del noveno Fondo Europeo de Desarrollo para la creación de un Fondo ACP-UE para el agua.

    Anexo 1: Recursos del FED para países ACP - situación a 31-10-2003

    >SITIO PARA UN CUADRO>

    ANEXO 2

    Bruselas,

    COM (2004)

    Propuesta de

    DECISIÓN DEL CONSEJO

    relativa a la liberación del importe condicional de mil millones de euros en virtud del noveno Fondo Europeo de Desarrollo para la cooperación con los países de África, del Caribe y del Pacífico

    EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

    1. Introducción

    El Protocolo Financiero adjunto como anexo 1 del Acuerdo de Asociación ACP-CE, firmado en Cotonú el 23 de junio 2000, establece en su apartado 2 un noveno FED para los países de África, del Caribe y del Pacífico por un importe de 13 500 millones de euros. Según lo especificado en la Declaración de la UE sobre el Protocolo Financiero -- Declaración XVIII con arreglo al Acta final del Acuerdo de Asociación ACP-CE --, tras la entrada en vigor del Protocolo Financiero (1 de abril de 2003), del importe global de 13 500 millones de euros disponibles sólo se liberaron 12 500. La liberación de los 1 000 millones de euros restantes se efectuará en función de la evaluación de funcionamiento del FED que determine el nivel de realización de los compromisos y los desembolsos. Esta evaluación de funcionamiento se llevará a cabo en 2004, sobre la base de una propuesta de la Comisión, de conformidad con la Declaración XVIII adjunta al Acuerdo de Asociación ACP-CE, así como del apartado 2 del artículo 1 del Acuerdo interno entre representantes de los Gobiernos de los Estados miembros relativo a la financiación y a la gestión de las ayudas de la Comunidad en el marco del Protocolo Financiero del Acuerdo de Asociación ACP-CE.

    La Comisión propone que se libere el importe condicional de 1 000 millones de euros y se utilice para crear un Fondo ACP-UE para el agua.

    2. Evaluación de los compromisos y los desembolsos

    A principios del año 2003, el importe total del 6º, 7º y 8º FED era de 32 389 millones de euros. De este importe, se habían comprometido 29 600 millones, dejando disponibles para nuevos compromisos un importe de 2 750 millones. Junto con los nuevos recursos del 9º FED -- 12 500 millones disponibles a partir de abril de 2003 -- el importe total disponible para los nuevos compromisos en el período 2003-2007 era por consiguiente de 15 250 millones de euros. Desde la entrada en vigor del Acuerdo de Cotonú, los recursos no comprometidos con arreglo a los FED anteriores se han transferido al 9º FED (hasta ahora 2 240 millones), pero la mayoría de estos recursos siguen asignados a los mismos países y regiones (y a la cooperación entre los países ACP) que en los FED anteriores. Solamente 199 millones de euros están aún disponibles en las reservas.

    Durante las negociaciones previas a la celebración del Acuerdo interno entre los Estados miembros -- en las que se fijó el importe del 9º FED -- la Comisión anunció su intención de alcanzar un nivel de aplicación de entre 3 000 y 3 500 millones de euros al año. La Comisión confirma este objetivo para el período 2003-2007 y considera que su realización es posible. El cuadro siguiente muestra las previsiones de los compromisos y los desembolsos con cargo al 6º, 7º, 8º y 9º FED, basadas en la Comunicación de la Comisión «Fondo Europeo de Desarrollo (FED) -- Estimación de las decisiones, los desembolsos y las contribuciones que los Estados miembros deberán abonar para los ejercicios 2003 y 2004» (COM/2003/720 de 21-11-2003) [12].

    [12] Los datos relativos a los compromisos y los desembolsos de la Comunicación COM/2003/720 hacen referencia al FED general, incluidos los recursos para los países ACP, los Países y Territorios de Ultramar y los costes de aplicación. Los recursos para los países ACP representan el 98,3 % del total de los recursos del FED. Las previsiones de los compromisos y los desembolsos para los países ACP se obtienen aplicando un multiplicador 0,983 a los importes mencionados en la Comunicación.

    Cuadro 1: Aplicación de los recursos del FED (importes en miles de millones de euros)

    >SITIO PARA UN CUADRO>

    El cuadro muestra que de conformidad con las previsiones actuales, los recursos del 9º FED para los países ACP se absorberán totalmente [13] durante el período 2003-2007. Las previsiones para 2003 están confirmadas por los datos sobre la aplicación real de los recursos en 2003, que indican un nivel de compromisos de 4 000 millones de euros y de pagos de 2 400 millones [14].

    [13] Los compromisos que figuran en el cuadro son compromisos brutos, sin contar las liberaciones, lo que explica el importe negativo «sin comprometer» en 2007.

    [14] Véase la nota a pie de página 8.

    3. Propuesta sobre la liberación de los mil millones condicionales

    Sobre la base del análisis mencionado y de conformidad con el apartado 2 del artículo 2 del Acuerdo interno para el 9º FED, la Comisión propone que los mil millones condicionales se liberen y se utilicen para la creación del Fondo ACP-UE para el agua. Por lo que se refiere a las disposiciones del 9º Protocolo Financiero del FED, así como las del artículo 2 del Acuerdo interno, los mil millones condicionales deberían distribuirse proporcionalmente entre las tres dotaciones (741 millones para el desarrollo a largo plazo, 96 millones para la cooperación regional, 163 millones para el instrumento de inversión).

    Por su naturaleza, el Fondo para el agua propuesto debe ser un instrumento horizontal y por consiguiente debe financiarse con cargo a la cooperación entre los países ACP, que forma parte de la dotación para la cooperación regional. Para crear el Fondo para el agua de 1 000 millones de euros, se deben seguir las etapas siguientes:

    * Tras una decisión positiva del Consejo de la UE sobre la liberación de los mil millones condicionales, consulta del grupo de países ACP sobre el principio de utilizar estos recursos para el Fondo para el agua.

    * De conformidad con el artículo 12 del anexo IV del Acuerdo de Cotonú, la Comunidad destina los 96 millones adicionales de la dotación para la cooperación regional a la cooperación entre los países ACP e informa en consecuencia al Consejo de Ministros ACP. Esto implica una decisión de la Comisión tras consultar a los Estados miembros de la UE a través del comité del FED. Esta decisión agotará la dotación de cooperación regional y creará por lo tanto el fundamento jurídico para la fase siguiente.

    * Sobre la base del apartado 8 del Protocolo Financiero (anexo 1 del Acuerdo de Cotonú), el Consejo de Ministros ACP-CE puede decidir transferir los recursos adicionales de la dotación para el desarrollo a largo plazo (741 millones) y el instrumento de inversión (163 millones) a la dotación para la cooperación regional y utilizar estos recursos para la cooperación entre los países ACP. Esto implica los siguientes pasos: i) propuesta de la Comisión sobre un proyecto de decisión que debe tomar el Consejo de Ministros ACP-UE, ii) adopción por el Consejo de la UE, iii) adopción por el Consejo de Ministros ACP-UE. Esta decisión debe contener también una solicitud formal de financiación del Fondo para el agua, que es una prerrogativa del Consejo de Ministros ACP, de conformidad con el apartado 2 del artículo 13 del anexo IV del Acuerdo de Cotonú.

    * Una vez acordados los pasos mencionados, la Comisión presentará una propuesta de financiación con disposiciones de aplicación detalladas al comité del FED y tomará una decisión de financiación para la creación del Fondo para el agua. Puede actuar como organismo de ejecución, de conformidad con el apartado 2 del artículo 14 del anexo IV del Acuerdo de Cotonú.

    Propuesta de

    DECISIÓN DEL CONSEJO

    relativa a la liberación del importe condicional de mil millones de euros con cargo al noveno Fondo Europeo de Desarrollo para la cooperación con África y los países del Caribe y del Pacífico

    EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y, en particular, su artículo 310, conjuntamente con el segundo párrafo del apartado 2 de su artículo 300,

    Visto el Acuerdo de Asociación ACP-CE firmado en Cotonú el 23 de junio de 2000,

    Visto el Acuerdo interno, de 18 de septiembre de 2000, relativo a la financiación y la administración de la ayuda comunitaria con arreglo al Protocolo Financiero del Acuerdo de Asociación ACP-CE, y, en particular, el apartado 2 de su artículo 2,

    Vista la propuesta de la Comisión,

    Considerando lo siguiente:

    (1) De conformidad con el apartado 1 del Protocolo Financiero del Acuerdo de Asociación ACP-CE, el Protocolo Financiero cubre un período de cinco años que comienza el 1 de marzo de 2000. El apartado 5 del Protocolo Financiero sin embargo especifica que su importe global, integrado por los saldos transferidos de los FED anteriores, cubrirá el período 2000-2007.

    (2) De conformidad con el apartado 2 del artículo 2 del Acuerdo interno, así como la Declaración de la UE sobre el Protocolo Financiero, adjunta como la Declaración XVIII del Acuerdo de Asociación ACP-CE, del importe total de 13 500 millones de euros del noveno Fondo Europeo de Desarrollo (FED) para África y los países del Caribe y del Pacífico (ACP), tras la entrada en vigor del Protocolo Financiero del Acuerdo de Asociación ACP-CE el 1 de abril de 2003 solamente se liberaron 12 500 millones. Este importe se desglosa en tres dotaciones: 9 259 millones de euros para el desarrollo a largo plazo, 1 204 millones para la cooperación y la integración regionales y 2 037 millones para el instrumento de inversión.

    (3) De conformidad con el apartado 2 del artículo 2 del Acuerdo interno, un importe de 1 000 millones se podrá liberar sólo tras la realización de una evaluación de funcionamiento que el Consejo de la UE llevará a cabo en 2004, sobre la base de una propuesta de la Comisión. El apartado 7 del Protocolo Financiero del Acuerdo de Asociación ACP-CE, así como la Declaración XVIII especifican que esta evaluación de funcionamiento consistirá en una evaluación del grado de realización de los compromisos y los desembolsos.

    (4) El nivel de los compromisos y los desembolsos a finales del año 2003, juntamente con las previsiones para el período 2004-2007 presentadas por la Comisión Europea, indican que se puede comprometer la totalidad de los recursos del noveno FED para los países ACP.

    (5) El 19 de mayo de 2003 el Consejo de la UE reconoció la necesidad de movilizar una cantidad significativa de los recursos para el agua y el saneamiento y pidió a la Comisión que elaborara propuestas prácticas para examinarlas en el seno de la UE y del Consejo de Ministros ACP-CE.

    DECIDE:

    Artículo 1

    El importe de 1 000 millones de euros mencionado en el apartado 2 del artículo 2 del Acuerdo interno se liberará y distribuirá del modo siguiente:

    (1) 741 millones de euros para la dotación destinada a apoyar el desarrollo a largo plazo mencionado en la letra a) del apartado 1 del artículo 2 del Acuerdo interno, así como en la letra a) del apartado 3 del Protocolo Financiero, lo que eleva esta dotación a un importe total de 10 000 millones de euros.

    (2) 96 millones de euros para la dotación destinada a la cooperación e integración regionales mencionadas en la letra b) del apartado 1 del artículo 2 del Acuerdo interno, así como en la letra b) del apartado 3 del Protocolo Financiero, lo que eleva esta dotación a un importe total de 1 300 millones de euros.

    (3) 163 millones de euros para el instrumento de inversión mencionado en la letra c) del apartado 1 del artículo 2 del Acuerdo interno, así como en la letra c) del apartado 3 del Protocolo Financiero, lo que eleva esta dotación a un importe total de 2 200 millones de euros.

    Artículo 2

    El Consejo invita a la Comisión a preparar las propuestas necesarias para la creación de un Fondo ACP-UE para el agua por un importe de 1 000 millones de euros con cargo al noveno FED.

    Artículo 3

    La presente Decisión se transmitirá al Consejo de Ministros ACP.

    Artículo 4

    La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

    Hecho en Bruselas, el

    Por el Consejo

    El Presidente

    Anexo 3.1

    >REFERENCIA A UN GRÁFICO>

    // COMISIÓN EUROPEA

    DG DESARROLLO

    Director General

    Bruselas,

    A1*2(04) D/

    Nota a los miembros del Comité del FED

    Asunto: Utilización del FED para nuevas iniciativas - incremento de la asignación para la cooperación entre los países ACP en virtud del 9º FED para una contribución al Fondo ACP-UE para el agua

    Introducción

    La metodología que determina las asignaciones para la cooperación regional en virtud del Acuerdo de Asociación ACP-CE se discutió en la reunión de noviembre de 2000 y también en las de abril y mayo de 2001. Desde entonces, de conformidad con la metodología adoptada, la Comisión ha notificado a las regiones de programación asignaciones por un importe total de 700 millones de euros. Ha notificado también al Consejo de Ministros ACP un importe de 300 millones de euros para la cooperación entre los países ACP.

    En junio de 2002, el Comité del FED aceptó una propuesta de la Comisión de aumentar la asignación para la cooperación entre los países ACP en 60 millones de euros, procedentes de las reservas del 6º y 7º FED, para financiar una contribución al fondo global de lucha contra el HIV/SIDA, la malaria y la tuberculosis.

    En noviembre de 2002, la Comisión comunicó al Comité del FED sus intenciones de utilizar fondos del FED para nuevas iniciativas. Como primer paso, después de haber consultado al Comité del FED, la Comisión decidió en mayo de 2003 utilizar la dotación para la cooperación regional del 9º FED para un segundo incremento de la asignación para la cooperación entre los países ACP, de 204 millones de euros, destinados a iniciativas en el sector sanitario y el desarrollo de capacidades. Además, en mayo de 2003 el Consejo de Ministros ACP-CE decidió transferir 335 millones de euros de la reserva de la dotación del 9º FED para el desarrollo a largo plazo a la asignación para la cooperación entre los países ACP, destinados a una iniciativa de reducción de la deuda. Como tercer paso, ahora la Comisión propone otro incremento de la asignación para la cooperación entre los países ACP de 96 millones de euros procedentes de la reserva de la dotación para la cooperación y la integración regionales del 9º FED. (Esta reserva se ha nutrido con el mismo importe mediante una Decisión del Consejo de la UE relativa a la liberación de los mil millones condicionales con arreglo al 9º FED.)

    Propuesta

    La Comunidad Europea desempeña un papel activo en la Iniciativa del agua de la UE puesta en marcha en la CMDS, encaminada a aportar importantes contribuciones a la reducción de la pobreza, que es el principal objetivo tanto del Acuerdo de Asociación ACP-CE firmado en Cotonú el 23 de junio de 2000 como de la política de desarrollo de la Comunidad. El elemento central es la realización de los Objetivos de Desarrollo del Milenio fijados en la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Sostenible (CMDS) con respecto al acceso de los pobres al agua potable y el saneamiento básico.

    Como el Fondo Europeo de Desarrollo es la principal fuente de financiación de las ayudas de la Comunidad a los países ACP, de él deberá proceder cualquier contribución (adicional) a las iniciativas en beneficio de dichos países. El importe del 9º FED destinado a la cooperación entre los países ACP es muy limitado para cubrir todas las iniciativas, por lo que deberían movilizarse las reservas del 9º FED.

    La Comisión propone al Comité del FED asegurar el apoyo de la Comunidad a la Iniciativa para el agua transfiriendo los fondos que permanecen en la reserva del 9º FED para la cooperación regional (96 millones de euros) a la asignación para la cooperación entre los países ACP y utilizar estos fondos para crear un Fondo ACP-UE para el agua. El objetivo de este Fondo es aumentar de manera significativa la financiación para lograr el objetivo por lo que se refiere al acceso al agua y el saneamiento de los pobres en los países ACP, y utilizar la ayuda al desarrollo como catalizador para obtener recursos financieros adicionales. El incremento propuesto de la asignación para la cooperación entre los países ACP de 96 millones de euros llevará a la absorción completa de la dotación para la cooperación e integración regionales.

    Paralelamente, será necesario un incremento posterior de la asignación para la cooperación entre los países ACP a fin de hacer frente a las necesidades del propuesto Fondo ACP-UE para el agua. Esto solamente se puede hacer movilizando los recursos de las reservas de la dotación para el desarrollo a largo plazo y recursos del fondo de inversión, que también se han nutrido mediante la Decisión del Consejo de la UE sobre la liberación de los mil millones condicionales con cargo al 9º FED. A tal fin, se está elaborando una Decisión del Consejo de Ministros ACP-CE sobre la transferencia de 741 millones de euros de la dotación para el desarrollo a largo plazo de las reservas del 9º FED y de 163 millones del fondo de inversión del 9º FED a la asignación para la cooperación entre los países ACP, que debe utilizarse para la creación de un Fondo ACP-UE para el agua. El importe total para el Fondo para el agua se elevará así a 1 000 millones de euros. Se elaborará una propuesta de financiación detallada que se presentará para dictamen al Comité de FED, de conformidad con las disposiciones del Acuerdo interno.

    Si el dictamen del Comité del FED es positivo, la Comisión tomará una decisión formal sobre el aumento de la dotación para la cooperación entre los países ACP de 96 millones de euros y comunicará esta cantidad suplementaria al Consejo de Ministros ACP.

    Anexo 3.2

    Proyecto de

    DECISIÓN DE LA COMISIÓN

    de [...]

    por la que se modifica la Decisión n° C(2001)1578/2 de la Comisión de 15 de junio de 2001 sobre las asignaciones a programas regionales y a la cooperación entre los países ACP en virtud del Protocolo Financiero del Acuerdo de Asociación ACP-CE

    MEMORÁNDUM PARA LA COMISIÓN

    La Comunidad Europea desempeña un papel activo en la Iniciativa para el agua de la UE puesta en marcha durante la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Sostenible (CMDS), encaminada a aportar una contribución importante a la reducción de la pobreza, que es el principal objetivo tanto del Acuerdo de Asociación ACP-CE firmado en Cotonú el 23 de junio de 2000 como de la política de desarrollo de la Comunidad.

    De conformidad con el Acuerdo de Cotonú y el Acuerdo interno entre los Estados miembros de la UE, los servicios de la Comisión han propuesto al Comité del FED garantizar el apoyo de la Comunidad a la Iniciativa para el agua transfiriendo los recursos no asignados para la cooperación regional que habían quedado en la reserva del 9º FED (96 millones de euros) a la dotación para la cooperación entre los países ACP y utilizar estos fondos para una contribución al Fondo ACP-UE para el agua. El Comité del FED emitió dictamen favorable sobre esta propuesta en su... reunión de... 2004.

    Mediante la Decisión C(2001)1578/2 de 15 de junio de 2001, la Comisión estableció las asignaciones a los programas regionales y a la cooperación entre los países ACP con arreglo al Protocolo Financiero del Acuerdo de Asociación ACP-CE. De conformidad con esta Decisión, se reservaron 700 millones de euros para asignaciones indicativas de recursos a las regiones y 300 millones para la cooperación entre los países ACP. 204 millones se mantuvieron como reserva general [15].

    [15] El Protocolo Financiero del 9º FED destina 1 300 millones de euros a la cooperación regional. Sin embargo, teniendo en cuenta que la disponibilidad de 1 000 millones de euros del importe total del 9º FED (13 500 millones de euros) depende de la evaluación de funcionamiento que se efectuará en 2004, el importe real disponible para la cooperación regional asciende a 1 204 millones de euros solamente. La reserva real es por lo tanto de 204 millones de euros y no 300 millones como figura en la correspondiente Decisión de la Comisión.

    Mediante la Decisión C(2002)2567 de 11 de julio de 2002, la Comisión decidió aumentar la asignación para la cooperación entre los países ACP en virtud del Acuerdo de Asociación ACP-CE en 60 millones de euros, procedentes de las reservas generales del 6º y el 7º FED. Esta asignación suplementaria ha permitido tomar una decisión de financiación con cargo a la contribución del FED al Fondo global de lucha contra el HIV/SIDA, la malaria y la tuberculosis.

    Mediante la Decisión C(2003)1508 de 12 de mayo de 2003, la Comisión decidió proceder a un segundo incremento de la asignación para la cooperación entre los países ACP de 204 millones, procedentes de los recursos no asignados de la reserva del 9º FED para la cooperación y la integración regionales, permitiendo una contribución a nuevas iniciativas en el sector sanitario y de desarrollo de capacidades.

    Mediante la Decisión n° 2/2003 de 16 de mayo de 2003, el Consejo de Ministros ACP-CE decidió transferir 335 millones de euros de los recursos no asignados de la reserva del 9º FED para el desarrollo a largo plazo a la asignación para la cooperación entre los países ACP, permitiendo una nueva contribución a la iniciativa de reducción de la deuda a favor de los países pobres altamente endeudados.

    El proyecto de Decisión adjunto propone un cuarto incremento de la asignación para la cooperación entre los países ACP de 96 millones de euros, procedente de los recursos no asignados de la reserva para la cooperación y la integración regionales del 9º FED. (Esta reserva se alimentó con el mismo importe mediante una Decisión del Consejo de la UE sobre la liberación de los mil millones condicionales con cargo al 9º FED.) Llevará a la plena absorción de la dotación para la cooperación regional.

    En estas circunstancias, el Consejo de Ministros ACP-CE puede tomar las medidas apropiadas de conformidad con el apartado 8 del Protocolo Financiero del 9º FED, aplicable cuando se agotan los fondos previstos en cualesquiera de los instrumentos del Acuerdo de Cotonú. Paralelamente se ha preparado una propuesta de Decisión del Consejo de Ministros ACP-CE sobre la transferencia de 741 millones de euros de la reserva del 9º FED para el desarrollo a largo plazo y 163 millones del instrumento de inversión del 9º FED a la dotación para la cooperación entre los países ACP, que se utilizará para la creación de un Fondo ACP-UE para el agua.

    Se invita a la Comisión a que adopte la Decisión adjunta sobre un incremento de la asignación entre los países ACP de 96 millones de euros.

    Proyecto de

    DECISIÓN DE LA COMISIÓN

    por la que se modifica la Decisión n° C(2001)1578/2 de la Comisión de 15 de junio de 2001 sobre las asignaciones a programas regionales y a la cooperación entre los países ACP en virtud del Protocolo Financiero del Acuerdo de Asociación ACP-CE

    LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

    Visto el Acuerdo de Asociación ACP-CE firmado en Cotonú el 23 de junio de 2000,

    Visto el Acuerdo interno, de 18 de septiembre de 2000, relativo a la financiación y la administración de la ayuda comunitaria con arreglo al Protocolo Financiero del Acuerdo de Asociación ACP-CE, y, en particular, su artículo 1,

    Considerando lo siguiente:

    (1) Mediante la Decisión C(2002)2567, de 11 de julio de 2002, la Comisión aprobó un incremento de 60 millones de euros de la asignación para la cooperación entre los países ACP, de conformidad con el Acuerdo de Asociación ACP-CE, procedentes de los recursos no asignados del 6º y el 7º FED.

    (2) Mediante la Decisión C(2003)1508, de 12 de mayo de 2003, la Comisión aprobó un incremento de 204 millones de euros de la asignación para la cooperación entre los países ACP procedente de los recursos son asignar de la reserva para la cooperación y la integración regionales del 9º FED.

    (3) Mediante la Decisión n° 2/2003, de 16 de mayo de 2003, el Consejo de Ministros ACP-CE decidió transferir 335 millones de euros de los recursos sin asignar de la reserva para el desarrollo a largo plazo del 9º FED a la cooperación entre los países ACP.

    (4) El Acuerdo interno entre los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, sobre la financiación y la gestión de la ayuda comunitaria con arreglo al Protocolo Financiero del Acuerdo de Asociación ACP-CE otorga un mandato a la Comisión para establecer las dotaciones indicativas concedidas a las regiones sobre la base de los criterios definidos en el Acuerdo de Asociación ACP-CE. De conformidad con el artículo 16 del Acuerdo interno, se ha consultado al Comité del FED sobre un aumento de 96 millones de euros de la asignación para la cooperación entre los países ACP procedentes de la reserva para la cooperación y la integración regionales en virtud del 9º FED.

    HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

    Artículo 1

    La primera frase del artículo 2 de la Decisión n° C(2001)1578/2 se sustituirá por el texto siguiente:

    «Se reserva un importe de 660 millones de euros para la cooperación entre los países ACP, de los cuales 600 millones proceden del 9º FED y 60 millones de los recursos sin asignar del 6º y 7º FED.»

    Artículo 2

    La presente Decisión entrará en vigor el día de su adopción.

    Hecho en Bruselas, el [... ]

    Por la Comisión

    Miembro de la Comisión

    ANEXO 4

    Propuesta de

    DECISIÓN DEL CONSEJO

    relativa a la posición que la Comunidad deberá adoptar en el Consejo de Ministros ACP-CE con vistas a una decisión sobre la utilización de las reservas de la dotación para el desarrollo a largo plazo así como los recursos del instrumento de inversión del noveno Fondo Europeo de Desarrollo para la creación de un Fondo ACP-UE para el agua

    (presentada por la Comisión)

    MEMORÁNDUM PARA LA COMISIÓN

    La Comunidad Europea desempeña un papel activo en la Iniciativa para el agua de la UE puesta en marcha en la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible (CMDS). Esta iniciativa está encaminada a aportar una contribución importante a la reducción de la pobreza, que es el principal objetivo tanto del Acuerdo de Asociación ACP-CE firmado en Cotonú el 23 de junio de 2000 como de la política de desarrollo de la Comunidad.

    De conformidad con el Acuerdo de Cotonú y el Acuerdo interno entre los Estados miembros de la UE, los servicios de la Comisión han propuesto al Comité del FED garantizar el apoyo de la Comunidad a la Iniciativa para el agua transfiriendo los recursos no asignados que habían quedado en la reserva del 9º FED para la cooperación regional (96 millones de euros) a la asignación para la cooperación entre los países ACP y utilizar estos fondos para una contribución al Fondo ACP-UE para el agua. El Comité del FED emitió dictamen favorable sobre esta propuesta en su... reunión de... 2004.

    Esta propuesta lleva a la plena absorción de la dotación para la cooperación regional. En estas circunstancias, el Consejo de Ministros ACP-CE puede tomar las medidas apropiadas de conformidad con el apartado 8 del Protocolo Financiero del 9º FED, aplicable cuando se agotan los fondos previstos en cualesquiera de los instrumentos del Acuerdo de Cotonú.

    En este contexto, la Comisión propone que el Consejo adopte la Decisión adjunta sobre la transferencia de 741 millones de euros con cargo a los recursos no asignados de la dotación para el desarrollo a largo plazo de la reserva del 9º FED y 163 millones del instrumento de inversión del 9º FED a la asignación para la cooperación entre los países ACP, que debe utilizarse para crear un Fondo ACP-UE para el agua. Junto al mencionado incremento de 96 millones de euros de la asignación para la cooperación entre los países ACP, el importe total para el Fondo del agua ascenderá a 1 000 millones.

    Se adjunta al presente memorándum una propuesta de Decisión del Consejo sobre la posición que debe adoptar la Comunidad en el Consejo de Ministros ACP-CE con respecto a la utilización de los recursos no asignados de la dotación del desarrollo a largo plazo de la reserva del 9º FED, así como de recursos del instrumento de inversión del 9º FED. Se invita a la Comisión a que adopte esta propuesta de Decisión del Consejo para poder realizar las actividades mencionadas.

    Propuesta de

    DECISIÓN DEL CONSEJO

    relativa a la posición que la Comunidad deberá adoptar en el Consejo de Ministros ACP-CE con vistas a una decisión sobre la utilización de las reservas de la dotación para el desarrollo a largo plazo así como los recursos del instrumento de inversión del noveno Fondo Europeo de Desarrollo para la creación de un Fondo ACP-UE para el agua

    (presentada por la Comisión)

    EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

    La Comunidad Europea desempeña un papel activo en la Iniciativa del agua de la UE puesta en marcha en la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible, encaminada a aportar una contribución importante a la reducción de la pobreza, que es el principal objetivo tanto del Acuerdo de Asociación ACP-CE firmado en Cotonú el 23 de junio de 2000 como de la política de desarrollo de la Comunidad

    Como el Fondo Europeo de Desarrollo es la principal fuente de financiación de las ayudas de la Comunidad a los países ACP, de él deberá proceder cualquier contribución (adicional) a las iniciativas en beneficio de dichos países. El importe destinado a la cooperación entre los países ACP con cargo al 9º FED es muy limitado para cubrir todas las iniciativas, por lo que deberían movilizarse las reservas del 9º FED.

    De conformidad con el Acuerdo de Cotonú y el Acuerdo interno entre los Estados miembros de la UE, los servicios de la Comisión han propuesto al Comité del FED garantizar el apoyo de la Comunidad a la Iniciativa para el agua transfiriendo los recursos no asignados para la cooperación regional que habían quedado en la reserva del 9º FED (96 millones de euros) a la dotación para la cooperación entre los países ACP y utilizar estos fondos para una contribución al Fondo ACP-UE para el agua. El Comité del FED ha emitido un dictamen favorable sobre esta propuesta en su... reunión de... 2004.

    Esta propuesta lleva a la plena absorción de la dotación para la cooperación regional. En estas circunstancias, el Consejo de Ministros ACP-CE puede tomar las medidas adecuadas de conformidad con el apartado 8 del Protocolo Financiero del 9º FED, aplicable cuando se agotan los fondos previstos en cualesquiera de los instrumentos del Acuerdo de Cotonú.

    En este contexto, la Comisión propone que el Consejo adopte la decisión adjunta sobre la posición que debe adoptar la Comunidad en el Consejo de Ministros ACP-CE sobre la transferencia de 741 millones de euros de la reserva (recursos no asignados) de la dotación para el desarrollo a largo plazo del 9º FED y 163 millones del instrumento de inversión del 9º FED a la dotación para la cooperación entre los países ACP, que debe utilizarse para la creación de un Fondo ACP-UE para el agua.

    Propuesta de

    DECISIÓN DEL CONSEJO

    relativa a la posición que la Comunidad deberá adoptar en el Consejo de Ministros ACP-CE con vistas a una decisión sobre la utilización de las reservas de la dotación para el desarrollo a largo plazo así como los recursos del instrumento de inversión del noveno Fondo Europeo de Desarrollo para la creación de un Fondo ACP-UE para el agua

    EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

    Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y, en particular, su artículo 310, conjuntamente con el segundo párrafo del apartado 2 de su artículo 300,

    Vista la propuesta de la Comisión,

    Considerando lo siguiente:

    1) En su 2509ª sesión, celebrada el 19 de mayo de 2003, el Consejo de la UE reconoció la necesidad de movilizar un volumen importante de recursos para el agua y el saneamiento y pidió a la Comisión que elaborara propuestas concretas para su discusión en el seno de la UE y del Consejo de Ministros ACP-CE.

    2) El artículo 15 del Acuerdo de Asociación ACP-CE firmado en Cotonú el 23 de junio de 2000 establece un Consejo de Ministros ACP-CE habilitado para adoptar decisiones de conformidad con el Acuerdo, y el apartado 8 del anexo I de este Acuerdo (Protocolo Financiero) autoriza al Consejo de Ministros a tomar las medidas adecuadas si se agotan los fondos previstos en cualesquiera de los instrumentos del Acuerdo.

    3) Los recursos de la dotación para cooperación e integración regionales del 9º Fondo Europeo de Desarrollo están agotados. Debe establecerse por lo tanto la postura de la Comunidad en el Consejo de Ministros ACP-CE con objeto de que éste adopte una decisión sobre la contribución de la Comunidad a la creación de un Fondo ACP-UE para el agua, con cargo a la reserva para el desarrollo a largo plazo y al instrumento de inversión del noveno FED.

    DECIDE:

    Artículo 1

    Por lo que respecta a la utilización, a efectos de la creación de un Fondo ACP-UE para el agua, de la reserva de la dotación para el desarrollo a largo plazo y los recursos del instrumento de inversión del 9º FED, en el Consejo de Ministros ACP-CE la Comunidad adoptará la siguiente posición, basada en el proyecto de Decisión adjunto del Consejo de Ministros ACP-CE.

    Hecho en Bruselas, [...]

    Por el Consejo El Presidente

    ANEXO

    Propuesta de

    DECISIÓN DEL CONSEJO DE MINISTROS ACP-CE

    sobre la utilización de la reserva de la dotación para el desarrollo a largo plazo así como recursos del instrumento de inversión del 9º FED para la creación de un Fondo ACP-UE para el agua

    EL CONSEJO DE MINISTROS ACP-CE,

    Visto el Acuerdo de Asociación ACP-CE firmado en Cotonú el 23 de junio de 2000, y, en particular, el apartado 8 de su anexo I,

    Considerando lo siguiente:

    (1) La Comisión Europea ha notificado al Consejo de Ministros ACP un incremento de 96 millones de euros de la asignación para la cooperación entre los países ACP en virtud del 9º FED y ha propuesto que estos recursos se utilicen para una contribución al Fondo ACP-UE para el agua.

    (2) Para asegurar el apoyo a la puesta en práctica de la Iniciativa del agua de la UE en los países ACP, es preciso asignar recursos suplementarios a la cooperación entre los países ACP por un importe total de 904 millones de euros. Sin embargo, la dotación para la cooperación y la integración regionales definidas en la letra b) del apartado 3 del anexo I (Protocolo Financiero) del Acuerdo de Asociación ACP-CE está agotada. Los recursos necesarios se deben por lo tanto transferir de los recursos no asignados de la dotación para el desarrollo a largo plazo y el instrumento de inversión del 9º FED, a que hacen referencia las letras b) y c) del apartado 3 del Protocolo Financiero.

    (3) El artículo 15 del Acuerdo de Asociación ACP-CE firmado en Cotonú el 23 de junio de 2000 establece un Consejo de Ministros ACP-CE con poder de tomar decisiones de conformidad con el Acuerdo.

    DECIDE:

    Artículo 1 - Creación de un Fondo ACP-UE para el agua

    Se transferirá a la asignación para la cooperación entre los países ACP, y se utilizará para la creación de un Fondo ACP-UE para el agua, un importe de 904 millones de euros, constituido por 741 millones de euros procedentes de la reserva de la dotación para el desarrollo a largo plazo y 163 millones de euros del instrumento de inversión del 9° FED, con cargo a la dotación para la cooperación y la integración regionales.

    Artículo 2

    De conformidad con el apartado 2 del artículo 13 del anexo IV del Acuerdo de Asociación ACP-CE, el Consejo de Ministros ACP pide a la Comisión que financie la ayuda concedida al Fondo ACP-UE para el agua con recursos para la cooperación entre los países ACP, por un importe total de 1 000 millones de euros.

    Hecho en ...

    Por el Consejo de Ministros ACP-CE

    El Presidente

    ANEXO 5

    LISTA DE SIGLAS

    ACP África Caribe Pacífico

    AT Asistencia técnica

    AWF Fondo africano para el agua

    AMCOW Conferencia Ministerial Africana sobre el Agua

    BAD Banco Africano de Desarrollo

    BEI Banco Europeo de Inversiones

    CAGRE Consejo de Asuntos Generales y Relaciones Exteriores

    CE Comisión Europea

    CEDEAO Comunidad Económica de los Estados del África Occidental

    CMDS Cumbre Mundial sobre Desarrollo Sostenible

    FA Fondo para el agua

    FED Fondo Europeo de Desarrollo

    EDFI Bancos de desarrollo de los Estados miembros de la UE

    EECCA Países de Europa Oriental, el Cáucaso y Asia central

    ERP Estrategia para la Reducción de la Pobreza

    GPOBA Asociación global de la ayuda basada en la producción (Global Partnership on Output Based Aid)

    IFI Instituciones Financieras Internacionales

    IFM Instituciones Financieras Multilaterales

    ODM Objetivos de Desarrollo del Milenio

    NEPAD Nueva Estrategia de Cooperación para el Desarrollo Africano

    ONG Organizaciones no Gubernamentales

    PIN Programa Indicativo Nacional

    PIR Programa Indicativo Regional

    SADC Comunidad para el Desarrollo del Africa Austral

    UA Unión Africana

    UE Unión Europea

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