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Document 22012D0179(01)

Decisión del Comité Mixto del EEE n o  179/2012, de 28 de septiembre de 2012 , por la que se modifica el anexo XIII (Transportes) del Acuerdo EEE

DO L 341 de 13.12.2012, p. 33–33 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (HR)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2012/179(2)/oj

13.12.2012   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 341/33


DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE

No 179/2012

de 28 de septiembre de 2012

por la que se modifica el anexo XIII (Transportes) del Acuerdo EEE

EL COMITE MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en la redacción dada al mismo por el Protocolo por el que se adapta el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en lo sucesivo denominado «el Acuerdo»), y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1)

El anexo XIII del Acuerdo fue modificado por la Decisión del Comité Mixto del EEE no 135/2012, de 13 de julio de 2012 (1).

(2)

Debe incorporarse al Acuerdo el Reglamento de Ejecución (UE) no 1147/2011 de la Comisión, de 11 de noviembre de 2011, que modifica el Reglamento (UE) no 185/2010, y por el que se desarrollan las normas básicas comunes sobre la seguridad de la aviación civil en lo que respecta al uso de escáneres de seguridad en los aeropuertos de la UE (2).

(3)

Debe incorporarse al Acuerdo la Decisión 2011/8042/UE de la Comisión, de 14 de noviembre de 2011, que modifica la Decisión 2010/774/UE de la Comisión, de 13 de abril de 2010, por la que se establecen medidas detalladas para la aplicación de las normas básicas comunes de seguridad aérea, en lo que respecta al uso de escáneres de seguridad en los aeropuertos de la UE.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El anexo XIII del Acuerdo se modifica como sigue:

1)

En el punto 66he [Reglamento (UE) no 185/2010 de la Comisión], se añade el guion siguiente:

«—

32011 R 1147: Reglamento de Ejecución (UE) no 1147/2011 de la Comisión, de 11 de noviembre de 2011 (DO L 294 de 12.11.2011, p. 7).».

2)

En el punto 66hf [Decisión C(2010) 774 final de la Comisión] se añade el guion siguiente:

«—

32011 D 8042: Decisión 2011/8042/UE de la Comisión, de 14 de noviembre de 2011, que modifica la Decisión 2010/774/UE de la Comisión, de 13 de abril de 2010, por la que se establecen medidas detalladas para la aplicación de las normas básicas comunes de seguridad aérea, en lo que respecta al uso de escáneres de seguridad en los aeropuertos de la UE.».

Artículo 2

Los textos del Reglamento de Ejecución (UE) no 1147/2011 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 1 de noviembre de 2012, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE (3) todas las notificaciones establecidas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo.

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 28 de septiembre de 2012.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

Atle LEIKVOLL


(1)  DO L 309 de 8.11.2012, p. 16.

(2)  DO L 294 de 12.11.2011, p. 7.

(3)  No se han indicado preceptos constitucionales.


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