This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Document 32003R2069
Commission Regulation (EC) No 2069/2003 of 25 November 2003 correcting Regulation (EC) No 2058/2003 fixing the maximum export refund on wholly milled medium grain and long grain A rice to be exported to certain third countries in connection with the invitation to tender issued in Regulation (EC) No 1876/2003
Reglamento (CE) n° 2069/2003 de la Comisión, de 25 de noviembre de 2003, que rectifica el Reglamento (CE) n° 2058/2003 por el que se fija la restitución máxima a la exportación de arroz blanqueado de grano medio y largo A con destino a determinados terceros países en el marco de la licitación contemplada en el Reglamento (CE) n° 1876/2003
Reglamento (CE) n° 2069/2003 de la Comisión, de 25 de noviembre de 2003, que rectifica el Reglamento (CE) n° 2058/2003 por el que se fija la restitución máxima a la exportación de arroz blanqueado de grano medio y largo A con destino a determinados terceros países en el marco de la licitación contemplada en el Reglamento (CE) n° 1876/2003
DO L 309 de 26.11.2003, p. 13–13
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)
Reglamento (CE) n° 2069/2003 de la Comisión, de 25 de noviembre de 2003, que rectifica el Reglamento (CE) n° 2058/2003 por el que se fija la restitución máxima a la exportación de arroz blanqueado de grano medio y largo A con destino a determinados terceros países en el marco de la licitación contemplada en el Reglamento (CE) n° 1876/2003
Diario Oficial n° L 309 de 26/11/2003 p. 0013 - 0013
Reglamento (CE) no 2069/2003 de la Comisión de 25 de noviembre de 2003 que rectifica el Reglamento (CE) n° 2058/2003 por el que se fija la restitución máxima a la exportación de arroz blanqueado de grano medio y largo A con destino a determinados terceros países en el marco de la licitación contemplada en el Reglamento (CE) n° 1876/2003 LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, Visto el Reglamento (CE) n° 3072/95 del Consejo, de 22 de diciembre de 1995, por el que se establece la organización común del mercado del arroz(1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) n° 411/2002 de la Comisión(2), y, en particular, el apartado 3 de su artículo 13, Considerando lo siguiente: (1) El Reglamento (CE) n° 2058/2003 de la Comisión(3) fija la restitución máxima para la exportación de arroz blanqueado de grano medio y largo A con destino a determinados terceros países en el marco de la licitación contemplada en el Reglamento (CE) n° 1876/2003 de la Comisión(4). (2) Una comprobación ha puesto de manifiesto que, de resultas de un error material, el Reglamento no corresponde a las medidas presentadas para el dictamen del Comité de gestión que había previsto, con el fin de llevar una gestión más equilibrada de las cantidades exportadas con restitución, un coeficiente de atribución del 75 % para las ofertas que se sitúen al nivel de la restitución máxima. Es necesario rectificar el Reglamento en cuestión y fijar dicho coeficiente de atribución. HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO: Artículo 1 En el artículo 1 del Reglamento (CE) n° 2058/2003 se añadirá el párrafo siguiente:"Para las ofertas que se sitúen al nivel de la restitución máxima, se fijará un coeficiente de atribución del 75 %.". Artículo 2 El presente Reglamento entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Será aplicable a partir del 22 de noviembre de 2003. El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro. Hecho en Bruselas, el 25 de noviembre de 2003. Por la Comisión Franz Fischler Miembro de la Comisión (1) DO L 329 de 30.12.1995, p. 18. (2) DO L 62 de 5.3.2002, p. 27. (3) DO L 305 de 22.11.2003, p. 10. (4) DO L 275 de 25.10.2003, p. 17.