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Document 52012IP0458

Resolución del Parlamento Europeo, de 22 de noviembre de 2012, sobre la función de la Política Común de Seguridad y Defensa en caso de crisis provocadas por el clima y de catástrofes naturales (2012/2095(INI))

DO C 419 de 16.12.2015, p. 153–159 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

16.12.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 419/153


P7_TA(2012)0458

Función de la Política Común de Seguridad y Defensa en caso de crisis provocadas por el clima y de catástrofes naturales

Resolución del Parlamento Europeo, de 22 de noviembre de 2012, sobre la función de la Política Común de Seguridad y Defensa en caso de crisis provocadas por el clima y de catástrofes naturales (2012/2095(INI))

(2015/C 419/23)

El Parlamento Europeo,

Visto el Título V del Tratado de la Unión Europea y, en particular, sus artículos 42 y 43,

Vistos el artículo 196, sobre protección civil, y el artículo 214, sobre ayuda humanitaria, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vistas las conclusiones del Consejo, de 18 de julio de 2011, sobre la diplomacia de la UE en cuanto al clima (1),

Visto el documento de reflexión conjunto de la Comisión y el SEAE de 9 de julio de 2011 sobre la diplomacia de la UE en cuanto al clima (2),

Visto el informe conjunto de 2008 presentado por el Alto Representante, Javier Solana, y la Comisión Europea al Consejo Europeo sobre el cambio climático y la seguridad internacional, así como sus recomendaciones de seguimiento (3),

Visto el informe de la Comisión titulado «Por una fuerza de protección civil europea: Europe aid», de mayo de 2006,

Vistas la Decisión del Consejo, de 8 de noviembre de 2007, por la que se establece un Mecanismo Comunitario de Protección Civil (4), la Comunicación de la Comisión titulada «Una mejor reacción europea en caso de catástrofe: el papel de la protección civil y de la ayuda humanitaria», de 26 de octubre de 2010 (COM(2010)0600) y su Resolución de 27 de septiembre de 2011 (5),

Vista la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a un Mecanismo de Protección Civil de la Unión, de 20 de diciembre de 2011 (COM(2011)0934),

Vista la Comunicación de la Comisión de 208 sobre la Unión Europea y la región ártica (COM(2008)0763) y su Resolución, de 20 de enero de 2011, sobre una política sostenible de la UE para el Alto Norte (6),

Vista su Resolución, de 14 de diciembre de 2011, sobre el impacto de la crisis financiera en el sector de la defensa de los Estados miembros de la UE (7),

Vistas las Conclusiones de la Conferencia celebrada en 2011 en Berlín con el título «From Climate negotiations to Climate diplomacy» y de la celebrada en marzo de 2012 en Londres con el título «A 21st century dialogue on Climate and Security»,

Vista la declaración, de julio de 2011, de la Presidencia del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre el cambio climático y la seguridad internacional (8),

Vistos los informes de 2011 y 2012 del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, titulados «Garantías de subsistencia: cambio climático, conflicto y migración en el Sahel» (9),

Vistos los documentos de las Naciones Unidas sobre la seguridad humana y la responsabilidad de proteger (10),

Vistas las Directrices de las Naciones Unidas sobre la Utilización de Recursos Militares y de la Defensa Civil para las Operaciones de Socorro en Caso de Catástrofe (Directrices de Oslo) (11) y las Directrices del Comité Permanente entre Organismos sobre la utilización de recursos militares y de la defensa civil en apoyo de las actividades humanitarias de las Naciones Unidas en situaciones de emergencia complejas (Directrices MDCA),

Vistas la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (SEC(2007)0781, SEC(2007)0782, COM(2007)0317) y la Declaración conjunta «Hacia un consenso europeo en materia de ayuda humanitaria» (12),

Visto el artículo 48 de su Reglamento,

Visto el informe de la Comisión de Asuntos Exteriores (A7-0349/2012),

Consideraciones generales

1.

Toma nota de la incidencia del cambio climático en la seguridad, la paz y la estabilidad mundiales;

2.

Lamenta que en los últimos cuatro años el cambio climático, que representa la mayor amenaza para la seguridad mundial, se haya visto eclipsado en el debate público por la crisis económica y financiera, que también representa una amenaza mundial inmediata;

3.

Considera que el aumento de los fenómenos meteorológicos extremos en los últimos años supone un coste creciente para la economía global, no solo para los países en desarrollo sino también para el mundo en su conjunto, tanto por los costes directos relacionados con la reconstrucción y la ayuda como por los costes indirectos relacionados con el aumento de las primas de los seguros y los mayores precios de los productos y los servicios; destaca que esos fenómenos también agravan los riegos para la paz internacional y la seguridad humana;

4.

Señala que las catástrofes naturales, exacerbadas por el cambio climático, tienen un efecto altamente desestabilizador, en particular para los Estados vulnerables; observa, no obstante, que hasta la fecha ningún conflicto puede atribuirse exclusivamente al cambio climático; subraya que las poblaciones con acceso en deterioro al agua potable y los alimentos como consecuencia de las catástrofes naturales agravadas por el cambio climático se ven forzadas a emigrar, lo que ejerce una presión excesiva para las capacidades económicas, sociales y administrativas de regiones ya frágiles o Estados desestructurados, dando lugar a conflictos y teniendo efectos negativos para la seguridad general; observa que estos acontecimientos generan competencia entre comunidades y países por unos recursos escasos;

5.

Reconoce que las crisis complejas pueden preverse y deben evitarse mediante la aplicación de un enfoque global que incluya áreas políticas que utilicen plenamente los instrumentos disponibles en el ámbito de la Política Exterior y de Seguridad Común (PESC) y de la Política Común de Seguridad y Defensa (PCSD), así como las políticas de ayuda humanitaria y para el desarrollo; toma nota de que la OTAN fue protagonista de la primera respuesta internacional a los retos en materia de seguridad ambiental que se plantearon en 2004, cuando la Alianza se unió a otras cinco agencias internacionales (13) para crear la Iniciativa de Seguridad y Medio Ambiente (ENVSEC) con objeto de abordar las cuestiones medioambientales que suponen una amenaza para la seguridad en las regiones vulnerables;

6.

Reconoce la importancia de una infraestructura crítica que apoye a la PCSD;

7.

Reconoce que, aunque puede resultar positivo abordar el cambio climático desde el punto de vista de la seguridad, se trata solo de un componente de la acción de la UE en materia de cambio climático que intenta utilizar los instrumentos políticos y económicos para atenuar el cambio climático y adaptarse a él;

8.

Señala que, en sus estrategias, políticas e instrumentos de acción exterior, la UE debería tener en consideración los efectos de las catástrofes naturales y el cambio climático en la seguridad internacional; recuerda además que, en caso de catástrofes naturales o de otro tipo, es importante prestar una atención especial a las mujeres y los niños, que son particularmente vulnerables en situaciones de crisis;

9.

Recuerda, en este sentido, el mandato de la Comisión en materia de ayuda humanitaria y protección civil, y destaca la necesidad de seguir desarrollando y reforzando los instrumentos existentes;

10.

Destaca la importancia en este sentido de la reducción de los riesgos de catástrofe, con vistas a limitar el impacto de las crisis en las poblaciones vulnerables;

11.

Considera que es fundamental integrar el efecto de las crisis provocadas por el clima y de los consiguientes desastres naturales en las estrategias de la PCSD y en los planes operacionales antes, durante y después de cualquier eventual crisis natural o humanitaria y concebir planes de atenuación para las regiones que se enfrentan a mayores riesgos, velando por el respeto de los principios humanitarios establecidos en el Tratado de Lisboa; pide asimismo que exista cooperación en la práctica, por ejemplo ejercicios de cooperación;

12.

Destaca que la formulación de una respuesta eficaz a las repercusiones del cambio climático en materia de seguridad no solo debe reforzar la prevención de los conflictos y la gestión de las crisis, sino también mejorar las capacidades de análisis y de alerta precoz;

13.

Recuerda que el Tratado de Lisboa requiere que la Unión desarrolle capacidades civiles y militares para la gestión de las crisis internacionales en todo el abanico de tareas referidas en su artículo 43, en particular la prevención de conflictos, las labores humanitarias y de rescate, el asesoramiento militar y las tareas de asistencia, el mantenimiento de la paz y la estabilización al término de los conflictos; opina asimismo que debe evitarse la duplicación de instrumentos y establecerse una distinción clara entre los instrumentos situados dentro y fuera de la PCSD, de conformidad con los artículos 196 y 214 del TFUE; recuerda la necesidad de evitar cualquier duplicidad con instrumentos de ayuda humanitaria y protección civil ya existentes que no sean competencia de la PCSD;

14.

Reconoce que las estructuras militares disponen de capacidades y recursos en lo que se refiere a la inteligencia medioambiental, la evaluación del riesgo, la asistencia humanitaria y la asistencia y la evacuación en caso de catástrofe, que desempeñan una función crucial en la alerta precoz, la gestión de las crisis relacionadas con el clima y la respuesta a las catástrofes;

15.

Señala que el Tratado de Lisboa ha introducido nuevas disposiciones (artículos 21 a 23, 27, 39, artículo 41, apartado 3, y artículos 43 a 46 del TUE), en particular las relacionadas con el fondo inicial recogido en el artículo 41, apartado 3, y que dichas disposiciones todavía deben aplicarse

16.

Señala que la UE se debe comprometer en mayor medida con las Naciones Unidas, la Unión Africana (UA) y la OSCE, también en el contexto de la iniciativa ENVSEC, con objeto de compartir los análisis y abordar conjuntamente los retos que plantea el cambio climático;

17.

Destaca el valor de las sinergias entre las vertientes civiles y militares en crisis como las de Haití, Pakistán y Nueva Orleans; opina que estas sinergias han demostrado que las fuerzas armadas pueden prestar una valiosa contribución a las crisis de origen climático y a las catástrofes naturales ofreciendo una ayuda directa y rápida a las zonas y poblaciones afectadas;

18.

Acoge con beneplácito que el cambio climático se haya convertido en un aspecto más central del debate sobre la seguridad global, en particular desde 2007, cuando el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas debatió por primera vez sobre el cambio climático y sus efectos en la seguridad internacional; aplaude los esfuerzos de la UE y de los Gobiernos de los Estados miembros por plantear esta cuestión en el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas de julio de 2011 así como en las conclusiones de la Comisión de Asuntos Exteriores sobre diplomacia climática;

La necesidad de voluntad y acción políticas

19.

Pide a la Vicepresidenta de la Comisión y Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (VP/AR), en cuanto responsable de la aplicación de la Política Exterior y de Seguridad Común de la Unión, que:

a)

cuando proceda, tenga en cuenta el cambio climático y las catástrofes naturales y sus ramificaciones futuras en el ámbito de la seguridad y la defensa al analizar las crisis y los riesgos de conflictos;

b)

evalúe qué países y/o regiones presentan potencialmente un mayor riesgo de conflicto e inestabilidad como consecuencia del cambio climático y de catástrofes naturales; elabore una lista de dichos países y regiones; facilite, como parte de los informes anuales de la PESC, información sobre la aplicación de las políticas y los instrumentos de la UE destinados a abordar estos retos en los países y las regiones que figuran en la lista;

c)

mejore la capacidad práctica de la UE de garantizar la prevención de conflictos, la gestión de la crisis y la reconstrucción posterior; coordine estrechamente con la Comisión, y en el marco de la política de desarrollo de la UE, los esfuerzos relacionados con la necesidad de ayudar a los países socios en lo que se refiere a la resiliencia contra el cambio climático y otras dimensiones de la adaptación a éste;

d)

adapte a tal respecto, en estrecha cooperación con la Comisión, la planificación de la UE a largo plazo de las capacidades y habilidades militares y civiles;

20.

Considera que la UE debe presentar un listado de los retos a los que se enfrenta en zonas como el Ártico, África, el mundo árabe y el Himalaya y la llanura Tibetana (el «Tercer Polo»), en particular debido a la posibilidad de conflictos por las reservas de agua;

21.

Destaca la importancia de continuar e intensificar la ayuda humanitaria y al desarrollo de la UE destinada a la adaptación, la atenuación, la respuesta, la resiliencia, el alivio y el desarrollo posterior en caso de crisis provocadas por el clima y de catástrofes naturales; toma nota de la importancia de iniciativas como las destinadas a reducir el riesgo de catástrofes y a establecer vínculos entre la ayuda de urgencia, la reconstrucción y el desarrollo; y pide a la Comisión que integre estas acciones y programas en su ayuda humanitaria, en particular en la ayuda al desarrollo; se felicita de la propuesta de aumentar la función del mecanismo europeo de protección civil, sobre todo fuera de la Unión Europea;

22.

Se congratula de la Iniciativa de Seguridad y Medio Ambiente (ENVSEC) del PNUD, el PNUMA, la OSCE, la OTAN, la CEPE y REC (14), cuyo objetivo es abordar los retos relacionados con la seguridad de las poblaciones y el entorno natural, ofreciendo a los países de Asia Central, el Cáucaso, y el Sudeste de Europa el conjunto combinado de experiencia y recursos de que disponen; observa que el rendimiento global de la iniciativa ENVSEC es todavía limitado, pero que hasta la fecha ha servido como importante instrumento de coordinación institucional y como punto de entrada para facilitar la integración de los procesos;

23.

Destaca que la UE debe trabajar con las regiones que se enfrentan a un mayor número de riesgos y con los Estados más vulnerables para reforzar su capacidad de acción al respecto; señala que la UE podría integrar aún más la adaptación y resiliencia al cambio climático en las estrategias regionales (por ejemplo, la estrategia UE-África, el Proceso de Barcelona, la Sinergia del Mar Negro, la Estrategia de la UE para Asia Central y el Plan de Acción para Oriente Próximo);

24.

Pide a la VP/AR y a la Comisión que integren la incidencia potencial del cambio climático en la seguridad en las estrategias, los documentos políticos y los instrumentos financieros más importantes para la acción exterior y la PCSD;

25.

Llama la atención sobre el hecho de que la seguridad energética está íntimamente relacionada con el cambio climático; considera que debe mejorarse la seguridad energética reduciendo la dependencia de la UE de combustibles fósiles como los importados de Rusia a través de oleoductos; recuerda que esos oleoductos podrían tener incidencias si se fundiera el permafrost y destaca que la transformación del Ártico es un importante efecto del cambio climático en la seguridad de la UE; destaca la necesidad de hacer frente a este multiplicador del riesgo mediante una estrategia reforzada de la UE para el Ártico y una política más certera de la UE para las energías renovables generadas en la UE y la eficiencia energética, a fin de reducir significativamente la dependencia de la Unión de las fuentes externas y mejorar así su situación de seguridad;

26.

Pide a la Agencia Europea de Defensa (AED) y a las fuerzas armadas de los Estados miembros que desarrollen tecnologías ecológicas y que tengan en cuenta el aspecto energético, explotando en su totalidad el potencial que ofrecen las fuentes de energía renovables;

27.

Acoge con beneplácito los recientes intentos de reforzar la coordinación entre la OTAN y la UE en el ámbito del desarrollo de capacidades; reconoce que es muy necesario identificar las ventajas mutuas de la cooperación al tiempo que se respetan las responsabilidades específicas de ambos organismos; subraya la necesidad de buscar y crear sinergias en lo concerniente a los proyectos de «puesta en común y reparto» y de «defensa inteligente» de la OTAN, pues podrían aplicarse en respuesta a las catástrofes naturales y las crisis de origen climático;

28.

Pide a la VP/AR que, con la máxima urgencia, utilice todo el potencial del Tratado de Lisboa y que presente propuestas para la constitución del fondo inicial (artículo 41, apartado 3, del TUE) en relación con la eventual puesta en común y ejecución conjunta de proyectos, las capacidades compartidas y la utilización común permanente de equipos para operaciones civiles de crisis;

Necesidad de un nuevo espíritu: retos estratégicos y conceptuales

29.

Observa que el efecto negativo del cambio climático y las catástrofes naturales en la paz, la seguridad y la estabilidad podría integrarse en todos documentos estratégicos de la PESC y la PCSD que se utilicen como guías para la planificación y ejecución de políticas y misiones particulares;

30.

Observa que la evaluación temprana y la capacidad de exploración permitirían que la UE respondiera a las crisis utilizando los medios disponibles más adecuados, recurriendo lo antes posible a equipos interdisciplinares, que estarían compuestos por expertos civiles, militares y mixtos;

31.

Destaca que el acceso de la UE a un análisis preciso y oportuno será crucial a la hora de responder a la inseguridad relacionada con el cambio climático y predecirla, y que las capacidades de la PCSD constituyen una buena fuente de información en este sentido; opina que la UE debe tomar medidas para seguir desarrollando las capacidades en materia de recogida de datos y análisis de la información mediante estructuras tales como las delegaciones de la UE, el Centro de Satélites de la UE y la Sala de Situación de la UE;

32.

Considera que la alerta y la acción preventiva tempranas de las consecuencias negativas del cambio climático y las catástrofes naturales dependen de unos recursos humanos y una metodología adecuados para la recogida y el análisis de los datos; toma nota de que las unidades pertinentes del SEAE que se encargan de las políticas de seguridad y los servicios y las oficinas regionales correspondientes deberían integrar en sus trabajos los análisis del impacto de las catástrofes naturales en la seguridad internacional y la estabilidad política; recomienda que el personal del SEAE y de la Comisión reciba formación sobre el seguimiento del impacto de las catástrofes en el desarrollo de las crisis y en la estabilidad y seguridad políticas; reclama la elaboración de criterios comunes para el análisis, la evaluación de riesgos y la creación de un sistema de alerta conjunto;

33.

Alienta a los órganos pertinentes del SEAE y de la Comisión a que refuercen la coordinación del análisis de la situación de seguridad y la planificación política con vistas a un intercambio sistemático de información en materia de cambio climático y catástrofes naturales; insta a los organismos pertinentes del SEAE a que utilicen los canales de comunicación e intercambio de información disponibles con los organismos correspondientes de la Comisión, en particular ECHO, pero también con agencias y programas de las Naciones Unidas, como el PNUMA, y con la OTAN; señala que las estructuras civiles y militares encargadas de responder a las crisis provocadas por el cambio climático y los desastres naturales deben cooperar estrechamente con todas las organizaciones humanitarias y de la sociedad civil, así como con las organizaciones no gubernamentales;

34.

Insta a la Comisión a que desarrolle planes de contingencia para la respuesta de la UE a los efectos de las catástrofes naturales y las crisis provocadas por el clima que se produzcan fuera de la Unión y repercutan directa o indirectamente en la seguridad de la Unión (por ejemplo, la migración por razones climáticas);

35.

Se congratula sobremanera de las medidas adoptadas en 2011 a nivel de ministros de Asuntos exteriores de la UE bajo la Presidencia polaca y en el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas bajo la Presidencia alemana para examinar la interacción entre el cambio climático y sus implicaciones de seguridad;

36.

Considera que podrían adaptarse y modificarse los documentos políticos principales de la PCSD en relación con las consecuencias del cambio climático y de las catástrofes naturales, incluidos el Concepto de la UE para la Planificación Militar al nivel Político-Estratégico (15), el Concepto de la UE para el Mando Militar y el Control (16), el Concepto de la UE para la Generación de Fuerzas (17) y el Concepto de Respuesta Militar Rápida de la UE (18), así como aquellos documentos relevantes para las misiones civiles de la PCSD, como el Concepto de la UE para la Planificación Global, el Concepto de la UE para la Planificación Política y las Orientaciones para la estructura de mando y control de las operaciones civiles de gestión de crisis de la UE (19);

37.

Opina que las capacidades civiles y militares se han de desarrollar de tal manera que puedan aplicarse en respuesta a las catástrofes naturales y las crisis de origen climático; considera que debe prestarse especial atención al desarrollo de las capacidades militares y, en particular al proceso de puesta en común y reparto; pide que la AED desempeñe un cometido más relevante en este ámbito;

Necesidad de creatividad institucional: instrumentos y capacidades

38.

Reitera que a menudo, para ser eficaces, las respuestas a crisis como las catástrofes naturales necesitan poder recurrir tanto a capacidades civiles como militares y exigen una cooperación más estrecha entre ambas vertientes; recuerda que es esencial definir las capacidades y lagunas específicas de cada sector concreto cuando la capacidad militar pueda proporcionar valor añadido;

39.

Señala la necesidad de elaborar una lista específica de las capacidades militares y civiles de la PCSD que revisten especial importancia tanto para responder al cambio climático y las catástrofes naturales como en las misiones de la PCSD; destaca que a la hora de elaborar esta lista debería prestarse una atención particular al trabajo del Grupo consultivo sobre la utilización de recursos militares y de la defensa civil; señala que dichos recursos comprenden, entre otros, capacidades de ingeniería tales como la construcción y el funcionamiento ad hoc de infraestructuras de puertos y aeropuertos, el transporte por aire y mar, las infraestructuras de comunicación, los hospitales móviles con unidades de cuidados intensivos y la gestión del combustible; alienta al Consejo y a la AED a que, como parte de la revisión del programa de desarrollo de capacidades prevista para 2013, sintonicen los catálogos actuales de capacidades civiles y militares con lo necesario para hacer frente a los retos que plantea el cambio climático y que presenten las propuestas pertinentes para remediar cualquier deficiencia existente en dichos catálogos;

40.

Señala la necesidad de examinar, a partir de las capacidades ya existentes, como los grupos de combate de la UE y el Mando de Transporte Aéreo Europeo, la posibilidad de seguir desarrollando capacidades conjuntas relevantes para operaciones de respuesta a las consecuencias del cambio climático o las catástrofes naturales;

41.

Destaca la necesidad de que se examine la manera de mejorar la eficiencia energética y la gestión del medio ambiente en el seno de las fuerzas armadas, tanto a nivel nacional como en el extranjero, aprovechando, entre otros, el potencial que ofrecen las energías renovables; recuerda que las fuerzas armadas de un Estado miembro de la UE consumen la energía de una gran ciudad europea y que las estructuras militares, por consiguiente, deben ser también innovadoras en la reducción de su huella ecológica; se felicita del informe «Ecologización de los Cascos Azules: los recursos naturales, medioambientales y las operaciones de mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas», publicado en mayo de 2012 por el PNUMA, el Departamento de Operaciones de Mantenimiento de la Paz (DOMP) y el Departamento de Apoyo a las Actividades sobre el Terreno (DAAT); destaca que durante varios años las fuerzas armadas estadounidenses (20) han estado desvelándose por aumentar la independencia energética utilizando fuentes de energía sostenibles e incrementado la eficiencia energética en todas las operaciones e infraestructuras del ejército; se felicita en este sentido del reciente proyecto de la AED «GO GREEN», cuyo objetivo es mejorar considerablemente la eficiencia energética y el uso de fuentes de energía renovables; destaca asimismo la necesidad de desarrollar directrices sobre las mejores prácticas en el ámbito de la eficiencia de los recursos y el control de la gestión ambiental para las misiones de la PCSD;

42.

Señala que es necesario, asimismo, armonizar la evolución general en el ámbito de la base tecnológica e industrial de la defensa europea con las necesidades específicas de las crisis provocadas por el clima y las catástrofes naturales; solicita que se mejore la función de la AED en estrecha cooperación con el Comité Militar de la UE en este proceso; pide a ambos organismos de la PCSD que garanticen que en los programas de contratación y de desarrollo de capacidades se destinen medios financieros apropiados y otros recursos a las necesidades específicas que implica la respuesta al cambio climático y las catástrofes naturales;

43.

Pide al ejército que asuma sus responsabilidades en el ámbito de la sostenibilidad medioambiental y a los expertos técnicos que encuentren la manera de ecologizar las acciones, lo que va desde la reducción de las emisiones hasta la mejora de la posibilidad de reciclado;

44.

Subraya la necesidad de mantener y seguir intensificando un enfoque global en el contexto del próximo marco financiero plurianual 2014-2020 que permita atenuar las catástrofes naturales y las crisis provocadas por el clima y hacerles frente utilizando todos los instrumentos pertinentes que se encuentran a disposición de la Unión; acoge favorablemente la propuesta de la Comisión relativa a un Instrumento de Estabilidad renovado que tenga ya en cuenta las repercusiones negativas del cambio climático y las catástrofes naturales en la seguridad, la paz y la estabilidad política;

45.

Pide que se determinen las repercusiones financieras de estas propuestas y que se tengan asimismo en cuenta en la revisión del presupuesto de la UE;

46.

Pide a la VP/AR que envíe expertos en seguridad climática a las delegaciones de la UE en la mayoría de los países y regiones afectados a fin de reforzar la capacidad de la Unión en lo relativo a la alerta temprana y la información sobre los eventuales conflictos que pudieran surgir;

47.

Pide al SEAE que refuerce la coordinación entre la Unión y los Estados vecinos en materia de desarrollo de la capacidad de respuesta en caso de crisis provocadas por el clima;

48.

Pide al SEAE que abogue por que se tengan en cuenta los aspectos relacionados con el cambio climático y la protección del medio ambiente a la hora de planificar y aplicar operaciones civiles, militares y mixtas a nivel mundial;

49.

Acoge con satisfacción la idea de crear un cargo de enviado especial de las Naciones Unidas para la seguridad climática;

50.

Pide que se creen mecanismos de coordinación entre la UE en su conjunto y aquellos Estados miembros que, en un futuro, pudieran actuar de conformidad con las disposiciones de la cooperación estructurada permanente para garantizar la coherencia de sus acciones con el planteamiento global de la UE en este ámbito;

51.

Opina que en el curriculum del Colegio Europeo de Seguridad y Defensa deberían incluirse estudios sobre el impacto de las catástrofes naturales y de las crisis provocadas por el cambio climático en la seguridad europea e internacional;

52.

Pide a la UE que en el diálogo con terceros países, en particular India, China y Rusia, examine las repercusiones del cambio climático en la seguridad; destaca que una respuesta verdaderamente eficaz exigirá un enfoque multilateral e inversiones conjuntas con terceros países, y que la UE podría cooperar con las fuerzas armadas de terceros países mediante misiones conjuntas de desarrollo y formación;

o

o o

53.

Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución a la Vicepresidenta de la Comisión y Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, al Consejo, a la Comisión, a los Parlamentos de los Estados miembros, a la Asamblea Parlamentaria de la OTAN y al Secretario General de la OTAN, a la Asamblea General de las Naciones Unidas y al Secretario General de las Naciones Unidas.


(1)  http://ec.europa.eu/clima/events/0052/council_conclusions_en.pdf

(2)  http://eeas.europa.eu/environment/docs/2011_joint_paper_euclimate_diplomacy_en.pdf

(3)  http://www.consilium.europa.eu/uedocs/cms_data/docs/pressdata/en/reports/99387.pdf

(4)  DO L 314 de 1.12.2007, p. 9.

(5)  Textos Aprobados P7_TA(2011)0404.

(6)  DO C 136 E de 11.5.2012, p. 71.

(7)  Textos Aprobados P7_TA(2011)0574.

(8)  http://www.un.org/News/Press/docs/2011/sc10332.doc.htm

(9)  http://www.unep.org/disastersandconflicts

(10)  Apartados 138 y 139 del Documento Final de la Cumbre Mundial de la ONU de 2005; la Resolución del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, de abril de 2006, S/RES/1674; el informe, de 15 de septiembre de 2009, del Secretario general de las Naciones Unidas Ban Ki-moon, «Hacer efectiva la responsabilidad de proteger»; y la Resolución adoptada por la Asamblea General de la ONU sobre la responsabilidad de proteger. A/RES/63/308 de 7 de octubre de 2009.

(11)  http://www.unhcr.org/refworld/docid/47da87822.html

(12)  Declaración conjunta del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros reunidos en el seno del Consejo, del Parlamento Europeo y de la Comisión Europea (2008/C 25/01)

(13)  El Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE), la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa (CEPE) y el Centro Regional de Medio Ambiente para Europa Central y Oriental (REC).

(14)  El Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), el Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA), la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE), la Organización del Tratado Atlántico Norte (OTAN), la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa (CEPE) y el Centro Regional de Medio Ambiente para Europa Central y Oriental.

(15)  http://register.consilium.europa.eu/pdf/en/08/st10/st10687.en08.pdf

(16)  10688/08 — classified.

(17)  http://register.consilium.europa.eu/pdf/en/08/st10/st10690.en08.pdf

(18)  http://register.consilium.europa.eu/pdf/en/09/st05/st05654.en09.pdf

(19)  doc 13983/05- doc. 6923/1/02 — doc. 9919/07.

(20)  «Powering America’s Defence: Energy and the Risks to National Security» es un informe del Comité Consultivo Militar del CNA en el que se examina el impacto de las decisiones estadounidenses en materia de energía en nuestras políticas nacionales de seguridad, 2009. http://www.cna.org/sites/default/files/Powering%20Americas%20Defense.pdf


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