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Document 22014D0213

Decisión del Comité Mixto del EEE no 213/2014 de 24 de octubre de 2014 por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE [2015/1437]

DO L 230 de 3.9.2015, p. 8–9 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2015/1437/oj

3.9.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 230/8


DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE

No 213/2014

de 24 de octubre de 2014

por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE [2015/1437]

EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo denominado «el Acuerdo EEE», y, en particular, su artículo 98,

Considerando lo siguiente:

(1)

Debe incorporarse al Acuerdo EEE la Directiva 2014/31/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre la armonización de las legislaciones de los Estados miembros en materia de comercialización de instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático (1).

(2)

Debe incorporarse al Acuerdo EEE la Directiva 2014/32/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre la armonización de las legislaciones de los Estados miembros en materia de comercialización de instrumentos de medida (2).

(3)

La Directiva 2014/31/UE deroga, con efecto a partir del 20 de abril de 2016, la Directiva 2009/23/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, relativa a los instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático (3), incorporada al Acuerdo EEE y que, en consecuencia, debe suprimirse del mismo con efecto a partir del 20 de abril de 2016.

(4)

La Directiva 2014/32/UE deroga, con efecto a partir del 20 de abril de 2016, la Directiva 2004/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, relativa a los instrumentos de medida (4), incorporada al Acuerdo EEE y que, en consecuencia, debe suprimirse del mismo con efecto a partir del 20 de abril de 2016.

(5)

Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo II del Acuerdo EEE.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El capítulo IX del anexo II del Acuerdo EEE queda modificado como sigue:

1)

Después del punto 27c (Directiva 2007/45/CE del Parlamento Europeo y del Consejo), se añaden los puntos siguientes:

«27d.

32014 L 0031: Directiva 2014/31/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre la armonización de las legislaciones de los Estados miembros en materia de comercialización de instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático (DO L 96 de 29.3.2014, p. 107).

27e.

32014 L 0032: Directiva 2014/32/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre la armonización de las legislaciones de los Estados miembros en materia de comercialización de instrumentos de medida (DO L 96 de 29.3.2014, p. 149).».

2)

Se suprime, con efecto a partir del 20 de abril de 2016, el texto de los puntos 27 (Directiva 2009/23/CE del Parlamento Europeo y del Consejo) y 27b (Directiva 2004/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo).

Artículo 2

Los textos de las Directivas 2014/31/UE y 2014/32/UE en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

Artículo 3

La presente Decisión entrará en vigor el 1 de noviembre de 2014, siempre que se hayan transmitido al Comité Mixto del EEE todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (5).

Artículo 4

La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 24 de octubre de 2014.

Por el Comité Mixto del EEE

El Presidente

Kurt JÄGER


(1)  DO L 96 de 29.3.2014, p. 107.

(2)  DO L 96 de 29.3.2014, p. 149.

(3)  DO L 122 de 16.5.2009, p. 6.

(4)  DO L 135 de 30.4.2004, p. 1.

(5)  No se han indicado preceptos constitucionales.


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