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Document 22018D0426

    Decisión del Comité Mixto del EEE n.° 168/2016, de 23 de septiembre de 2016, por la que se modifica el anexo I (Cuestiones veterinarias y fitosanitarias) del Acuerdo EEE [2018/426]

    DO L 80 de 22.3.2018, p. 8–8 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2018/426/oj

    22.3.2018   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 80/8


    DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE

    N.o 168/2016

    de 23 de septiembre de 2016

    por la que se modifica el anexo I (Cuestiones veterinarias y fitosanitarias) del Acuerdo EEE [2018/426]

    EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

    Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo, «Acuerdo EEE», y en particular su artículo 98,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    Debe incorporarse al acuerdo EEE la Decisión de Ejecución (UE) 2016/600 de la Comisión, de 15 de abril de 2016, por la que se modifica la Decisión 2007/453/CE en lo relativo a la situación de Rumanía con respecto a la EEB (1).

    (2)

    La presente Decisión se refiere a legislación relativa a cuestiones veterinarias. Dicha legislación no se aplicará a Liechtenstein mientras la aplicación del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el comercio de productos agrícolas se extienda a Liechtenstein, como se recoge en las adaptaciones sectoriales del anexo I del Acuerdo EEE. La presente Decisión no es, por tanto, aplicable a Liechtenstein.

    (3)

    Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo I del Acuerdo EEE.

    HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

    Artículo 1

    En el punto 49 (Decisión 2007/453/CE de la Comisión) de la parte 7.2 del capítulo I del anexo I del Acuerdo EEE, se añade el siguiente guion:

    «—

    32016 D 0600: Decisión de Ejecución (UE) 2016/600 de la Comisión, de 15 de abril de 2016 (DO L 103 de 19.4.2016, p. 41).».

    Artículo 2

    El texto de la Decisión de Ejecución (UE) 2016/600 en lenguas islandesa y noruega, que se publicará en el Suplemento del EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, es auténtico.

    Artículo 3

    La presente Decisión entrará en vigor el 24 de septiembre de 2016, siempre que se hayan transmitido todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*1).

    Artículo 4

    La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

    Hecho en Bruselas, el 23 de septiembre de 2016.

    Por el Comité Mixto del EEE

    La Presidenta

    Bergdís ELLERTSDÓTTIR


    (1)  DO L 103 de 19.4.2016, p. 41.

    (*1)  No se han indicado preceptos constitucionales.


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