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Document 22018D0367

    Decisión del Comité Mixto del EEE, n.° 145/2016, de 8 de julio de 2016, por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE [2018/367]

    DO L 73 de 15.3.2018, p. 18–18 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2018/367/oj

    15.3.2018   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 73/18


    DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE

    N.O 145/2016

    de 8 de julio de 2016

    por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE [2018/367]

    EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

    Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo, «Acuerdo EEE», y en particular su artículo 98,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/305 de la Comisión, de 3 de marzo de 2016, por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 37/2010 en lo relativo a la sustancia «gentamicina» (1).

    (2)

    Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/312 de la Comisión, de 4 de marzo de 2016, que modifica el Reglamento (UE) n.o 37/2010 por lo que respecta a la sustancia «tilvalosina» (2).

    (3)

    Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo II del Acuerdo EEE.

    HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

    Artículo 1

    En el punto 13 [Reglamento (UE) n.o 37/2010 de la Comisión] del capítulo XIII del anexo II del Acuerdo EEE, se añaden los siguientes guiones:

    «—

    32016 R 0305: Reglamento de Ejecución (UE) 2016/305 de la Comisión, de 3 de marzo de 2016 (DO L 58 de 4.3.2016, p. 35),

    32016 R 0312: Reglamento de Ejecución (UE) 2016/312 de la Comisión, de 4 de marzo de 2016 (DO L 60 de 5.3.2016, p. 3).».

    Artículo 2

    Los textos de los Reglamentos de Ejecución (UE) 2016/305 y (UE) 2016/312 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

    Artículo 3

    La presente Decisión entrará en vigor el 9 de julio de 2016, siempre que se hayan efectuado todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*1).

    Artículo 4

    La presente Decisión se publicará en la Sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

    Hecho en Bruselas, el 8 de julio de 2016.

    Por el Comité Mixto del EEE

    La Presidenta

    Bergdís ELLERTSDÓTTIR


    (1)  DO L 58 de 4.3.2016, p. 35.

    (2)  DO L 60 de 5.3.2016, p. 3.

    (*1)  No se han indicado preceptos constitucionales.


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