Choose the experimental features you want to try

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 22017D1813

    Decisión del Comité Mixto del EEE n.o 302/2015, de 11 de diciembre de 2015, por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE [2017/1813]

    DO L 263 de 12.10.2017, p. 13–13 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

    Legal status of the document In force

    ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2017/1813/oj

    12.10.2017   

    ES

    Diario Oficial de la Unión Europea

    L 263/13


    DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE

    N.o 302/2015

    de 11 de diciembre de 2015

    por la que se modifica el anexo II (Reglamentaciones técnicas, normas, ensayos y certificación) del Acuerdo EEE [2017/1813]

    EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,

    Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo «Acuerdo EEE», y en particular su artículo 98,

    Considerando lo siguiente:

    (1)

    Debe incorporarse al Acuerdo EEE la Decisión de Ejecución (UE) 2015/1751 de la Comisión, de 29 de septiembre de 2015, relativa a los términos y condiciones de autorización de un biocida que contiene bromadiolona remitidos por el Reino Unido de conformidad con el artículo 36 del Reglamento (UE) n.o 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo (1).

    (2)

    Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo II del Acuerdo EEE.

    HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

    Artículo 1

    Después del punto 12nno [Decisión de Ejecución (UE) 2015/1737 de la Comisión] del capítulo XV del anexo II del Acuerdo EEE se inserta el punto siguiente:

    «12nnp.

    32015 D 1751: Decisión de Ejecución (UE) 2015/1751 de la Comisión, de 29 de septiembre de 2015, relativa a los términos y condiciones de autorización de un biocida que contiene bromadiolona remitidos por el Reino Unido de conformidad con el artículo 36 del Reglamento (UE) n.o 528/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 256 de 1.10.2015, p. 15).».

    Artículo 2

    Los textos de la Decisión de Ejecución (UE) 2015/1751 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.

    Artículo 3

    La presente Decisión entrará en vigor el 12 de diciembre de 2015, siempre que se hayan transmitido todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*1).

    Artículo 4

    La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.

    Hecho en Bruselas, el 11 de diciembre de 2015.

    Por el Comité Mixto del EEE

    La Presidenta

    Oda SLETNES


    (1)  DO L 256 de 1.10.2015, p. 15.

    (*1)  No se han indicado preceptos constitucionales.


    Top