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Document 22017D0016
Decision of the EEA Joint Committee No 176/2015 of 10 July 2015 amending Annex I (Veterinary and phytosanitary matters) to the EEA Agreement [2017/16]
Decisión del Comité Mixto del EEE n.° 176/2015, de 10 de julio de 2015, por la que se modifica el anexo I (Cuestiones veterinarias y fitosanitarias) del Acuerdo EEE [2017/16]
Decisión del Comité Mixto del EEE n.° 176/2015, de 10 de julio de 2015, por la que se modifica el anexo I (Cuestiones veterinarias y fitosanitarias) del Acuerdo EEE [2017/16]
DO L 8 de 12.1.2017, p. 3–4
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
12.1.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 8/3 |
DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE
N.o 176/2015
de 10 de julio de 2015
por la que se modifica el anexo I (Cuestiones veterinarias y fitosanitarias) del Acuerdo EEE [2017/16]
EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en lo sucesivo, «Acuerdo EEE», y en particular su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
(1) |
Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/489 de la Comisión, de 23 de marzo de 2015, relativo a la autorización de la selenometionina producida por Saccharomyces cerevisiae NCYC R645 como aditivo en piensos para todas las especies animales (1). |
(2) |
Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/502 de la Comisión, de 24 de marzo de 2015, relativo a la autorización del preparado de Saccharomyces cerevisiae NCYC R 404 como aditivo en la alimentación de vacas lecheras (titular de la autorización: Micro Bio-System Ltd) (2). |
(3) |
Debe incorporarse al Acuerdo EEE el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/518 de la Comisión, de 26 de marzo de 2015, relativo a la autorización del preparado de Enterococcus faecium NCIMB 10415 como aditivo para la alimentación de pollitas para puesta, especies menores de aves de corral para engorde y especies menores de aves de corral para puesta, y por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 361/2011 en lo que respecta a la compatibilidad con los coccidiostáticos (titular de la autorización: DSM Nutrional Products Ltd, representado por DSM Nutritional products Sp. Z o.o) (3). |
(4) |
La presente Decisión se refiere a legislación relativa a cuestiones de alimentación animal. Dicha legislación no se debe aplicar a Liechtenstein mientras la aplicación del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el comercio de productos agrícolas se extienda a dicho país, como se recoge en las adaptaciones sectoriales del anexo I del Acuerdo EEE. La presente Decisión no es, por tanto, aplicable a Liechtenstein. |
(5) |
Procede, por tanto, modificar en consecuencia el anexo I del Acuerdo EEE. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
El capítulo II del anexo I del Acuerdo EEE queda modificado como sigue:
1) |
En el punto 2z [Reglamento de Ejecución (UE) n.o 361/2011 de la Comisión], se añade el siguiente guion: «, modificado por:
|
2) |
Después del punto 127 [Reglamento de Ejecución (UE) 2015/264 de la Comisión], se insertan los puntos siguientes:
|
Artículo 2
Los textos de los Reglamentos de Ejecución (UE) 2015/489, (UE) 2015/502 y (UE) 2015/518 en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 11 de julio de 2015, siempre que se hayan transmitido todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*1).
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 10 de julio de 2015.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Atle LEIKVOLL
(1) DO L 78 de 24.3.2015, p. 5.
(2) DO L 79 de 25.3.2015, p. 57.
(3) DO L 82 de 27.3.2015, p. 75.
(*1) No se han indicado preceptos constitucionales.