EUR-Lex Access to European Union law

Back to EUR-Lex homepage

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document C2013/366/10

Notificación previa de una operación de concentración (Asunto COMP/M.7041 — Clariant/Tasnee/JV) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado Texto pertinente a efectos del EEE

DO C 366 de 14.12.2013, p. 36–36 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

14.12.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 366/36


Notificación previa de una operación de concentración

(Asunto COMP/M.7041 — Clariant/Tasnee/JV)

Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2013/C 366/10)

1.

El 6 de diciembre de 2013, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual las empresas Clariant Participations Limited (Suiza), filial al 100 % de Clariant AG («Clariant», Suiza), y Rowad National plastic Co. Ltd («Rowad», Arabia Saudí), filial al 100 % de National Industrialisation Company («Tasnee», Arabia Saudí), adquieren el control conjunto, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento comunitario de concentraciones, de la totalidad de Clariant Masterbatches (Saudi Arabia) Limited («CMBSA», Arabia Saudí) mediante adquisición de acciones.

2.

Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:

Clariant actividades a escala mundial de fabricación y distribución de productos químicos especiales,

Tasnee construye, gestiona, explota y es propietaria de proyectos petroquímicos, químicos, plásticos, de ingeniería y metalúrgicos y presta servicios industriales a escala mundial,

CMBSA actividades de producción y distribución de concentrados de color (masterbatches) principalmente a clientes de la península arábiga.

3.

Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento comunitario de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas concentraciones en virtud del Reglamento comunitario de concentraciones (2), este asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado establecido en dicha Comunicación.

4.

La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax (+32 22964301), por correo electrónico a COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu o por correo, con indicación del número de referencia COMP/M.7041 — Clariant/Tasnee/JV, a la siguiente dirección:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro de Concentraciones

1049 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento comunitario de concentraciones»).

(2)  DO C 56 de 5.3.2005, p. 32 («Comunicación sobre el procedimiento simplificado»).


Top