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Document 52011XG0709(01)

Comunicación del Ministerio de Medio Ambiente de la República Checa con arreglo al artículo 3, apartado 2, de la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos

DO C 203 de 9.7.2011, p. 19–19 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

9.7.2011   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 203/19


Comunicación del Ministerio de Medio Ambiente de la República Checa con arreglo al artículo 3, apartado 2, de la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos

2011/C 203/10

El Ministerio de Medio Ambiente de la República Checa anuncia que ha recibido una solicitud de establecimiento de una zona de exploración con vistas a la prospección y la exploración de yacimientos de hidrocarburos en el noreste de Chequia (región de Trutnov); esta zona queda delimitada según lo indicado en el mapa del anexo 1.

Vistas las disposiciones de la Directiva mencionada en el asunto, así como el artículo 11 de la Ley no 44/1988 Rec. relativa a la protección y explotación de los recursos minerales (Ley de minería) y el artículo 4d de la Ley no 62/1988 Rec. del Consejo Nacional de Actividades Geológicas checo, en su versión vigente, el Ministerio de Medio Ambiente de la República Checa invita a las personas físicas o jurídicas habilitadas para ejercer actividades de minería (promotores) a presentar su solicitud de concurso al efecto del establecimiento de una zona de exploración con vistas a la prospección y la exploración de yacimientos de hidrocarburos en el noreste de Chequia (región de Trutnov).

La autoridad competente para adoptar la decisión es el Ministerio de Medio Ambiente de la República Checa. Los criterios, condiciones y requisitos establecidos en el artículo 5, apartados 1 y 2, y el artículo 6, apartado 2, de la Directiva mencionada se han incorporado en su totalidad al Derecho checo mediante la versión vigente de la Ley no 62/1988 Rec. del Consejo Nacional de Actividades Geológicas checo.

Las solicitudes pueden presentarse en un plazo de trece semanas a partir de la publicación de la presente notificación en el Diario Oficial de la Unión Europea y deben dirigirse a la siguiente dirección:

M. Martin Holý

Director del Servicio de Protección del Suelo y el Subsuelo

Ministerio de Medio Ambiente de la República Checa

Vršovická 65

100 10 Praha 10

ČESKÁ REPUBLIKA

No se aceptarán las solicitudes que se reciban una vez transcurrido el plazo. La decisión sobre las solicitudes se adoptará a más tardar doce meses después de finalizar el plazo.

Puede solicitarse más información llamando al Sr. D. Jaroslav Česnek al número de teléfono +420 267122652.


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