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Document 62010TN0147
Case T-147/10: Action brought on 30 March 2010 — Meda Pharma v OHIM — Nycomed (ALLERNIL)
Asunto T-147/10: Recurso interpuesto el 30 de marzo de 2010 — Meda Pharma/OAMI — Nycomed (ALLERNIL)
Asunto T-147/10: Recurso interpuesto el 30 de marzo de 2010 — Meda Pharma/OAMI — Nycomed (ALLERNIL)
DO C 148 de 5.6.2010, p. 40–41
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
5.6.2010 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 148/40 |
Recurso interpuesto el 30 de marzo de 2010 — Meda Pharma/OAMI — Nycomed (ALLERNIL)
(Asunto T-147/10)
2010/C 148/68
Lengua en la que ha sido redactado el recurso: alemán
Partes
Demandante: Meda Pharma GmbH & Co. KG (Bad Homburg, Alemania) (representantes: G. Würtenberger y R. Kunze, abogados)
Demandada: Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Nycomed GmbH (Constanza, Alemania)
Pretensiones de la parte demandante
— |
Que se anule la resolución adoptada por la Cuarta Sala de Recurso el 29 de septiembre de 2009 en el procedimiento de recurso R 697/2007-4 en lo relativo a la oposición formulada sobre la base de la marca alemana no1 042 583«ALLERGODIL» contra la solicitud de registro de marca comunitaria no4 066 452«ALLERNIL». |
— |
Que se condene en costas a la demandada. |
Motivos y principales alegaciones
Solicitante de la marca comunitaria: Nycomed GmbH
Marca comunitaria solicitada: Marca denominativa «ALLERNIL», para productos de la clase 5 (solicitud de registro no4 066 452)
Titular de la marca o del signo invocados en oposición: La demandante
Marca o signo invocados en oposición: Marca denominativa alemana no1 042 583«ALLERGODIL», para productos de la clase 5
Resolución de la División de Oposición: Desestimación de la oposición
Resolución de la Sala de Recurso: Desestimación del recurso
Motivos invocados:
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Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) no 207/2009, (1) por cuanto no se aplicaron correctamente los principios del Derecho de marcas que se refieren al riesgo de confusión |
— |
Infracción del artículo 75 del Reglamento no 207/2009 por infracción del deber de motivación. |
(1) Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo, de 26 de febrero de 2009, sobre la marca comunitaria (DO 2009, L 78, p. 1).