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Document 31994R0501

Reglamento (Euratom) n° 501/94 de la Comisión de 2 de marzo de 1994 relativo a la celebración por la Comunidad Europea de la Energía Atómica del Protocolo relativo a la aplicación provisional del Acuerdo por el que se establece un Centro internacional para la ciencia y la tecnología

DO L 64 de 8.3.1994, p. 3–3 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT)

Este documento se ha publicado en una o varias ediciones especiales (FI, SV, CS, ET, LV, LT, HU, MT, PL, SK, SL, BG, RO, HR)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/1994/501/oj

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31994R0501

Reglamento (Euratom) n° 501/94 de la Comisión de 2 de marzo de 1994 relativo a la celebración por la Comunidad Europea de la Energía Atómica del Protocolo relativo a la aplicación provisional del Acuerdo por el que se establece un Centro internacional para la ciencia y la tecnología

Diario Oficial n° L 064 de 08/03/1994 p. 0003 - 0003
Edición especial en finés : Capítulo 11 Tomo 29 p. 0110
Edición especial sueca: Capítulo 11 Tomo 29 p. 0110


REGLAMENTO (EURATOM) No 501/94 DE LA COMISIÓN de 2 de marzo de 1994 relativo a la celebración por la Comunidad Europea de la Energía Atómica del Protocolo relativo a la aplicación provisional del Acuerdo por el que se establece un Centro internacional para la ciencia y la tecnología

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica y, en particular, el apartado 2 de su artículo 101,

Considerando que el Protocolo relativo a la aplicación provisional del Acuerdo por el que se establece un Centro internacional para la ciencia y la tecnología se firmó el 27 de diciembre de 1993; que, mediante la decisión de 21 de febrero de 1994, el Consejo aprobó dicho Protocolo a efectos de su celebración por la Comisión en nombre de la Comunidad Europea de la Energía Atómica;

Considerando que el Protocolo debe celebrarse en nombre de la Comunidad Europea de la Energía Atómica,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Se aprueba en nombre de la Comunidad Europea de la Energía Atómica el Protocolo relativo a la aplicación provisional del Acuerdo por el que se establece un Centro internacional para la ciencia y la tecnología.

El texto del Protocolo se adjunta al presente Reglamento (1).

Artículo 2

El presidente de la Comisión, en nombre de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, enviará la notificación prevista en el artículo 1 del Protocolo.

Artículo 3

Serán aplicables los artículos 3 y 4 del Reglamento (Euratom) no 3956/92 de la Comisión (2).

Artículo 4

El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 2 de marzo de 1994.

Por la Comisión

El Presidente

Jacques DELORS

(1) Véase la página 2 del presente Diario Oficial.

(2) DO no L 409 de 31. 12. 1992, p. 10.

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