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Convenio relativo a garantías internacionales sobre elementos de equipo móvil

 

SÍNTESIS DE LOS DOCUMENTOS:

Convenio relativo a garantías internacionales sobre elementos de equipo móvil

Protocolo sobre cuestiones específicas de los elementos de equipo aeronáutico, del Convenio relativo a garantías internacionales sobre elementos de equipo móvil

Protocolo sobre cuestiones específicas de los elementos de material rodante ferroviario, del Convenio relativo a garantías internacionales sobre elementos de equipo móvil y Decisión 2009/940/CE relativa a la firma del Protocolo

Decisión 2009/370/CE relativa a la adhesión de la Comunidad Europea al Convenio relativo a garantías internacionales sobre elementos de equipo móvil y su Protocolo sobre cuestiones específicas de los elementos de equipo aeronáutico

Decisión 2014/888/UE relativa a la aprobación del Protocolo sobre cuestiones específicas de los elementos de material rodante ferroviario del Convenio relativo a garantías internacionales sobre elementos de equipo móvil

Decisión (UE) 2022/1022 relativa a la firma del Protocolo sobre cuestiones específicas de los elementos de equipo minero, agrícola y de construcción del Convenio relativo a garantías internacionales sobre elementos de equipo móvil (Protocolo MAC)

Protocolo sobre cuestiones específicas de los elementos de equipo minero, agrícola y de construcción del Convenio relativo a garantías internacionales sobre elementos de equipo móvil (Protocolo MAC)

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DEL CONVENIO, DEL PROTOCOLO Y DE LAS DECISIONES?

  • El Convenio relativo a garantías internacionales sobre elementos de equipo móvil (Convenio de Ciudad de Cabo) establece normas para la constitución y los efectos de garantías internacionales relativas a determinadas categorías de elementos de equipo móvil especificados en sus protocolos: equipo aeronáutico, material rodante ferroviario, activos espaciales, equipo minero, agrícola y de construcción (MAC).
  • La Decisión 2009/370/CE autoriza la adhesión de la Unión Europea (UE) al Convenio de Ciudad del Cabo y su Protocolo sobre elementos de equipo aeronáutico.
  • La Decisión 2009/940/CE autoriza la firma por parte de la UE del Protocolo al Convenio, que establece normas específicas para los elementos de material rodante ferroviario.
  • La Decisión 2014/888/UE autoriza la aprobación del Protocolo sobre elementos de material rodante ferroviario en nombre de la UE.
  • La Decisión (UE) 2022/1022 autoriza la firma del Protocolo al Convenio que establece normas específicas para los elementos de equipos MAC.

PUNTOS CLAVE

Convenio de la Ciudad del Cabo

  • El Convenio de la Ciudad del Cabo trata de resolver el problema relativo a la obtención de derechos ciertos y oponibles sobre equipos móviles de gran valor, en particular:
    • equipo aeronáutico,
    • material rodante ferroviario,
    • activos espaciales.
  • Los distintos sistemas jurídicos tienen diferentes enfoques en materia de garantías, acuerdos de retención de la titularidad y contratos de arrendamiento financiero, lo cual crea incertidumbre para las entidades de crédito y provoca que estén menos dispuestas a financiar dichos activos.
  • El Tratado crea normas internacionales para el registro de los contratos de venta (incluidas las agencias de registro especializadas), las garantías de seguridad (privilegios), los arrendamientos y los contratos de venta condicional.
  • Además, incluye vías de recurso por impago en los acuerdos de financiación, incluida la recuperación y el efecto del Derecho Concursal de determinados Estados.

Protocolo sobre elementos de equipo aeronáutico

Los elementos de equipo aeronáutico abarcan el fuselaje de aviones, los motores de aviación y los helicópteros.

El Protocolo establece cómo se aplica el Convenio específicamente a las ventas internacionales de dichos equipos, incluso en términos de:

  • las formalidades, los efectos y el registro de los contratos de venta;
  • los recursos, como en caso de insolvencia, y las normas para deudores;
  • la creación de un registro internacional relativo a las garantías internacionales sobre partes de las aeronaves;
  • las normas de competencia y ley aplicable.

Protocolo sobre el material rodante ferroviario

El material rodante ferroviario abarca los vehículos móviles sobre una vía ferroviaria fija o directamente sobre, por encima o por debajo de un carril-guía, junto con otros elementos como sistemas de tracción, motores, frenos, ejes y otros componentes, equipos y partes, instalados en los vehículos o incorporados a ellos.

El Protocolo establece cómo se aplica el Convenio específicamente a las ventas internacionales de dicho material rodante, incluso en términos de:

  • la identificación del material rodante ferroviario;
  • los recursos, como en caso de insolvencia;
  • la creación de un registro internacional relativo a las garantías internacionales sobre material rodante ferroviario;
  • las normas de competencia y ley aplicable.

Protocolo sobre equipos mineros, agrícolas y de construcción

El Protocolo establece cómo se aplica el Convenio específicamente a las ventas internacionales de dichos equipos, incluso en términos de:

  • la identificación del equipo;
  • la asociación con bienes inmuebles;
  • los recursos, como en caso de insolvencia;
  • la creación de un registro internacional relativo a los equipos MAC;
  • las normas de competencia y ley aplicable.

FECHA DE ENTRADA EN VIGOR

  • El Convenio y el Protocolo sobre elementos de equipo aeronáutico entraron en vigor el 1 de marzo de 2006.
  • Los protocolos sobre material rodante ferroviario y equipos MAC aún no han entrado en vigor.

DOCUMENTOS PRINCIPALES

Convenio relativo a garantías internacionales sobre elementos de equipo móvil (DO L 121 de 15.5.2009, pp. 8-24).

Protocolo sobre cuestiones específicas de los elementos de equipo aeronáutico, del Convenio relativo a garantías internacionales sobre elementos de equipo móvil (DO L 121 de 15.5.2009, pp. 25-36).

Decisión 2009/370/CE del Consejo, de 6 de abril de 2009, relativa a la adhesión de la Comunidad Europea al Convenio relativo a garantías internacionales sobre elementos de equipo móvil y su Protocolo sobre cuestiones específicas de los elementos de equipo aeronáutico, adoptados conjuntamente en Ciudad del Cabo el 16 de noviembre de 2001 (DO L 121 de 15.5.2009, pp. 3-7).

Decisión 2009/940/CE del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, relativa a la firma por la Comunidad Europea del Protocolo sobre cuestiones específicas de los elementos de material rodante ferroviario, del Convenio relativo a garantías internacionales sobre elementos de equipo móvil, adoptado en Luxemburgo el 23 de febrero de 2007 (DO L 331 de 16.12.2009, pp. 1-3).

Decisión 2014/888/UE del Consejo, de 4 de diciembre de 2014, relativa a la aprobación, en nombre de la Unión Europea, del Protocolo sobre cuestiones específicas de los elementos de material rodante ferroviario del Convenio relativo a garantías internacionales sobre elementos de equipo móvil, adoptado en Luxemburgo el 23 de febrero de 2007 (DO L 353 de 10.12.2014, pp. 9-12).

Decisión (UE) 2022/1022 del Consejo, de 9 de junio de 2022, relativa a la firma, en nombre de la Unión Europea, del Protocolo sobre cuestiones específicas de los elementos de equipo minero, agrícola y de construcción del Convenio relativo a garantías internacionales sobre elementos de equipo móvil (Protocolo MAC) (DO L 172 de 29.6.2022, pp. 1-3).

Propuesta de decisión del Consejo relativa a la firma, en nombre de la Unión Europea, del Protocolo sobre cuestiones específicas de los elementos de equipo minero, agrícola y de construcción del Convenio relativo a garantías internacionales sobre elementos de equipo móvil (Protocolo MAC) [COM(2021) 746 final de 3.12.2021].

DOCUMENTOS CONEXOS

Versión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea — Tercera parte — Políticas y acciones internas de la Unión — Título V — Espacio de libertad, seguridad y justicia — Capítulo 3 — Cooperación judicial en materia civil — Artículo 81 (antiguo artículo 65 TUE) (DO C 202 de 7.6.2016, pp. 78-79).

Versión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea — Quinta parte — Acción exterior de la Unión — Título V — Acuerdos internacionales — Artículo 218 (antiguo artículo 300 del TCE) (DO C 202 de 7.6.2016, pp. 144-146).

Reglamento (UE) n.o 1215/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2012, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil (refundición) (DO L 351 de 20.12.2012, pp. 1-32).

Véase la versión consolidada.

última actualización 12.01.2023

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