Elija las funciones experimentales que desea probar

Este documento es un extracto de la web EUR-Lex

Desarrollo rural

La política de desarrollo rural constituye el segundo pilar de la política agrícola común (PAC) de la Unión Europea (UE). Trata de ofrecer apoyo a las zonas rurales de la UE para afrontar retos económicos, medioambientales y sociales. Tiene tres objetivos a largo plazo:

  • fomentar la competitividad de la agricultura y la silvicultura;
  • gestionar los recursos naturales de forma sostenible y poner en marcha medidas relativas a la acción por el clima;
  • conseguir un desarrollo territorial equilibrado en las zonas rurales, incluyendo la creación y conservación de empleo.

El Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) pone a disposición fondos de la UE para el desarrollo rural. El presupuesto del Feader para el período 2021-2027 asciende a 95 500 millones EUR, lo que incluye una inyección de 8 100 millones EUR para la siguiente generación del instrumento de recuperación de la UE encaminado a abordar los retos planteados por la pandemia de la COVID-19.

La política se pondrá en marcha a través de programas de desarrollo rural de una duración de siete años elaborados en colaboración con la UE. Estos programas se centran en seis prioridades:

  • transferencia de conocimientos e innovación;
  • competitividad de todos los tipos de agricultura y gestión sostenible de los bosques;
  • fomento de la organización de la cadena alimentaria;
  • recuperación, conservación y mejora de los ecosistemas;
  • fomento del uso eficiente de los recursos y la transición a una economía de bajas emisiones de carbono;
  • fomento de la inclusión social, la reducción de la pobreza y el desarrollo económico en las zonas rurales.

Los principios, las normas y los estándares de la ejecución del Feader, al igual que para los otros Fondos Estructurales y de Inversión Europeos, se recogen en el Reglamento (UE) n.o 1303/2013.

Las normas del gasto en desarrollo rural durante el período 2021-2022 se recogen en el Reglamento transitorio de la política agrícola común, adoptado el . El Reglamento amplía en gran medida las normas existentes (inicialmente en vigor para el período 2014-2020) con algunos elementos adicionales encaminados a garantizar una transición fluida hacia la futura legislación de la PAC, cuyo inicio está previsto para 2023.

VÉASE TAMBIÉN:

Arriba