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El artículo 49 del Tratado de la Unión Europea (TUE) regula la adhesión de nuevos países a la Unión Europea (UE). Todo país que desee adherirse a la UE:
La categoría de país candidato la concede el Consejo Europeo basándose en un dictamen de la Comisión Europea que esta emite tras haber recibido una solicitud de adhesión presentada por el país en cuestión. La categoría de país candidato no otorga el derecho de adhesión automática a la UE.
Durante el proceso de adhesión, el país candidato demuestra si cumple los criterios de adhesión (Copenhague) y es capaz de cumplir los derechos y las obligaciones derivados de la adhesión a la UE.
En función de la situación concreta, el país candidato tiene que llevar a cabo un proceso de reforma exhaustivo, por ejemplo, mejorando sus infraestructuras y capacidades administrativas con vistas a aplicar una nueva legislación en consonancia con el conjunto de leyes y normas de la UE (conocido como acervo de la Unión). Para que los países candidatos y los candidatos potenciales cumplan las condiciones de adhesión, es necesario centrarse en las reformas fundamentales del Estado de Derecho, la economía y el funcionamiento de las instituciones democráticas y la administración pública. A lo largo del proceso de adhesión, la Comisión examina y acompaña el proceso de reforma del país candidato y candidato potencial con asistencia financiera y técnica, ayudándole a prepararse para la adhesión a la UE.
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