Sentencia del Tribunal General (Sala Tercera) de 17 de octubre de 2012 —
Evropaïki Dynamiki/Tribunal de Justicia

(Asunto T-447/10)

«Contratos públicos de servicios — Procedimiento de licitación — Prestación de servicios de mantenimiento, desarrollo y soporte de aplicaciones informáticas — Desestimación de las ofertas de la demandante y adjudicación de los contratos a otro licitador — Criterios de selección — Criterios de adjudicación — Obligación de motivación — Responsabilidad extracontractual»

1.                     Procedimiento judicial — Escrito de interposición del recurso — Requisitos de forma — Determinación del objeto del litigio — Exposición sumaria de los motivos invocados [Estatuto del Tribunal de Justicia, arts. 21, párr. 1, y 53, párr. 1; Reglamento de Procedimiento del Tribunal General, art. 44, ap. 1, letra c)] (véase el apartado 27)

2.                     Contratos públicos de la Unión Europea — Celebración de un contrato mediante licitación — Criterios de selección — Evaluación de la capacidad de los candidatos para prestar los servicios especificados — Criterios de adjudicación — Evaluación comparativa de las características y méritos particulares de cada oferta — Aplicación de un criterio destinado a evaluar la aptitud de los candidatos para ejecutar un contrato en la fase de adjudicación del contrato — Improcedencia [Reglamento (CE, Euratom) nº 1605/2002 del Consejo, art. 97, ap. 1; Reglamento (CE, Euratom) nº 2342/2002 de la Comisión, arts. 137 y 138] (véanse los apartados 35 a 42 y 53)

3.                     Contratos públicos de la Unión Europea — Celebración de un contrato mediante licitación — Facultad de apreciación de las instituciones — Control jurisdiccional — Límites (véanse los apartados 69 y 70)

4.                     Actos de las instituciones — Motivación — Obligación — Alcance — Decisión de descartar una oferta en un procedimiento de adjudicación de un contrato público de servicios — Obligación de comunicar, cuando se solicite por escrito, las características y ventajas relativas de la oferta seleccionada y el nombre del adjudicatario — Obligación de la entidad adjudicadora de facilitar un análisis comparativo minucioso de la oferta seleccionada y de la oferta del licitador eliminado [Art. 296 TFUE; Reglamento (CE, Euratom) nº 1605/2002 del Consejo, art. 100, ap. 2; Reglamento (CE, Euratom) nº 2342/2002 de la Comisión, art. 149] (véanse los apartados 70 a 73, 92, 95, 96, 107 y 110)

5.                     Recurso de anulación — Recurso dirigido contra una decisión de no seleccionar una oferta en el marco de un procedimiento de adjudicación de un contrato público de servicios — Anulación de la decisión controvertida por falta de motivación — Motivo subsidiario de anulación basado en una violación del principio de no discriminación — Realidad de la discriminación que depende del análisis de los motivos de recurso que se formulen contra la decisión que sustituya a la decisión anulada — Carácter prematuro de la pretensión de anulación (véase el apartado 116)

6.                     Responsabilidad extracontractual — Requisitos — Ilegalidad — Perjuicio — Relación de causalidad — Incumplimiento de uno de los requisitos — Desestimación de la totalidad del recurso de indemnización (Art. 340 TFUE, párr. 2) (véanse los apartados 118 y 119)

7.                     Responsabilidad extracontractual — Requisitos — Ilicitud — Perjuicio — Relación de causalidad — Anulación, por defecto de motivación, de una decisión del Tribunal de Justicia por la que se desestima una oferta en un procedimiento de adjudicación de un contrato público de servicios — Carácter prematuro de la pretensión de indemnización (Art. 340 TFUE, párr. 2) (véanse los apartados 123 y 125)

Objeto

Por un lado, pretensión de anulación de la decisión del Tribunal de Justicia de 12 de julio de 2010 por la que se desestiman las ofertas presentadas por la demandante para los lotes n os  1 y 2 del procedimiento de licitación CJ 7/09, de 11 de noviembre de 2009, para el mantenimiento, desarrollo y soporte de aplicaciones informáticas (DO 2009, S 217­312293), y de todas las decisiones relacionadas del Tribunal de Justicia, incluida la de adjudicar los contratos respectivos a los licitadores seleccionados, y, por otro lado, una pretensión de indemnización.

Fallo

1)

Anular la decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 12 de julio de 2010 por la que se desestiman las ofertas presentadas por Evropaïki Dynamiki — Proigmena Systimata Tilepikoinonion Pliroforikis kai Tilematikis AE en el marco del procedimiento de licitación CJ 7/09, de 11 de noviembre de 2009, para el mantenimiento, desarrollo y soporte de aplicaciones informáticas, y por la que se adjudican los contratos a otros licitadores.

2)

Desestimar el recurso en todo lo demás.

3)

Condenar en costas al Tribunal de Justicia.