Auto del Tribunal de Justicia (Sala Novena) de 15 de abril de 2015 —

Burzio

(Asunto C‑497/14) 1 ( 1 )

«Procedimiento prejudicial — Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea — Artículo 50 — Principio non bis in idem — Legislación nacional que establece una sanción administrativa y una sanción penal por falta de ingreso de retenciones fiscales — Inexistencia de aplicación del Derecho de la Unión — Incompetencia manifiesta»

Cuestiones prejudiciales — Competencia del Tribunal de Justicia — Límites — Petición de interpretación de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión — Objeto del litigio nacional que no presenta ningún elemento de conexión con el Derecho de la Unión — Incompetencia manifiesta del Tribunal de Justicia (Art. 6 TUE, ap. 1; art. 267 TFUE; Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art. 51; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, art. 53, ap. 2) (véanse los apartados 27 a 33)

Fallo

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea es manifiestamente incompetente para responder a la cuestión planteada por el Tribunale ordinario di Torino (Italia), mediante resolución de 27 de octubre de 2014.


( 1 ) DO C 34, de 2.2.2015.


Palabras clave
Parte dispositiva

Palabras clave

Cuestiones prejudiciales 

Competencia del Tribunal de Justicia 

Límites 

Petición de interpretación de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión 

Objeto del litigio nacional que no presenta ningún elemento de conexión con el Derecho de la Unión 

Incompetencia manifiesta del Tribunal de Justicia (Art. 6 TUE, ap. 1; art. 267 TFUE; Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, art. 51; Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia, art. 53, ap. 2) (véanse los apartados 27 a 33)

Parte dispositiva

Fallo

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea es manifiestamente incompetente para responder a la cuestión planteada por el Tribunale ordinario di Torino (Italia), mediante resolución de 27 de octubre de 2014.