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Documento 32002D0334
2002/334/EC: Council Decision of 2 May 2002 implementing Article 2(3) of Regulation (EC) No 2580/2001 on specific restrictive measures directed against certain persons and entities with a view to combating terrorism and repealing Decision 2001/927/EC
2002/334/CE: Decisión del Consejo, de 2 de mayo de 2002, relativa a la aplicación del apartado 3 del artículo 2 del Reglamento (CE) n° 2580/2001 sobre medidas restrictivas específicas dirigidas a determinadas personas y entidades con el fin de luchar contra el terrorismo y por la que se deroga la Decisión 2001/927/CE
2002/334/CE: Decisión del Consejo, de 2 de mayo de 2002, relativa a la aplicación del apartado 3 del artículo 2 del Reglamento (CE) n° 2580/2001 sobre medidas restrictivas específicas dirigidas a determinadas personas y entidades con el fin de luchar contra el terrorismo y por la que se deroga la Decisión 2001/927/CE
Ú. v. ES L 116, 3.5.2002, p. 33/34
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)
Ya no está vigente, Fecha de fin de validez: 17/06/2002; Zrušil 32002D0460
2002/334/CE: Decisión del Consejo, de 2 de mayo de 2002, relativa a la aplicación del apartado 3 del artículo 2 del Reglamento (CE) n° 2580/2001 sobre medidas restrictivas específicas dirigidas a determinadas personas y entidades con el fin de luchar contra el terrorismo y por la que se deroga la Decisión 2001/927/CE
Diario Oficial n° L 116 de 03/05/2002 p. 0033 - 0034
Decisión del Consejo de 2 de mayo de 2002 relativa a la aplicación del apartado 3 del artículo 2 del Reglamento (CE) n° 2580/2001 sobre medidas restrictivas específicas dirigidas a determinadas personas y entidades con el fin de luchar contra el terrorismo y por la que se deroga la Decisión 2001/927/CE (2002/334/CE) EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Reglamento (CE) n° 2580/2001 del Consejo, de 27 de diciembre de 2001, sobre medidas restrictivas específicas dirigidas a determinadas personas y entidades con el fin de luchar contra el terrorismo(1), y, en particular, el apartado 3 de su artículo 2, Considerando lo siguiente: (1) El 27 de diciembre de 2001, el Consejo adoptó la Decisión 2001/927/CE por la que se establece la lista prevista en el apartado 3 del artículo 2 del Reglamento (CE) n° 2580/2001 del Consejo sobre medidas restrictivas específicas dirigidas a determinadas personas y entidades con el fin de luchar contra el terrorismo(2). Entonces, el Consejo declaró que dicha lista constituía la primera fase de aplicación del Reglamento y que en breve la seguirían otras listas. (2) Conviene adoptar una lista actualizada de personas, grupos y entidades a las que se aplica el Reglamento antes mencionado. DECIDE: Artículo 1 La lista prevista en el apartado 3 del artículo 2 del Reglamento (CE) n.o 2580/2001 del Consejo es la siguiente: 1) PERSONAS 1) AL-MUGHASSIL, Ahmad Ibrahim (alias ABU OMRAN; alias AL-MUGHASSIL, Ahmed Ibrahim) nacido el 26.6.1967 en Qatif-Bab al Shamal, Arabia Saudita; nacional de Arabia Saudita 2) AL-NASSER, Abdelkarim Hussein Mohamed, nacido en Al Ihsa, Arabia Saudií; nacional de Arabia Saudita 3) AL YACOUB, Ibrahim Salih Mohammed, nacido el 16.10.1966 en Tarut, Arabia Saudita; nacional de Arabia Saudita 4) ATWA, Ali (alias BOUSLIM, Ammar Mansour; alias SALIM, Hassan Rostom), Líbano, nacido en 1960 en el Líbano, nacional del Líbano 5) EL-HOORIE, Ali Saed Bin Ali (Alias AL-HOURI, Ali Saed Bin Ali; alias EL-HOURI, Ali Saed Bin Ali) nacido el 10.7.1965 o el 11.7.1965 en El Dibabiya, Arabia Saudita; nacional de Arabia Saudita 6) IZZ-AL-DIN, Hasan (alias GARBAYA, AHMED, alias SA-ID; alias SALWWAN, Samir), Líbano, nacido en 1963 en el Líbano, nacional del Líbano 7) MOHAMMED, Khalid Shaikh (alias ALI, Salem; alias BINKHALID, Fahd Bin Abdallah; alias HENIN, Ashraf Refaat Nabith; alias WADOOD, Khalid Adbul) nacido el 14.4.1965 o el 1.3.1964 en Kuwait; nacional de Kuwait 8) MUGHNIYAH, Imad Fa'iz (alias MUGHNIYAH, Imad Fayiz) alto responsable de información de HEZBOLLAH, nacido el 7.12.1962 en Tayr Dibba, Líbano, pasaporte n° 432298 (Líbano) 2) GRUPOS Y ENTIDADES 1) Aum Shinrikyo (también denominada Verdad Suprema Aum o Alef) 2) Babbar Khalsa 3) Gama'a al-Islamiyya (Grupo Islámico), (también denominado Al-Gama'a al-Islamiyya, IG) 4) Hamas-Izz al-Din al Qassem (ala terrorista de Hamas) 5) Federación Internacional de la Juventud Sikh (ISYF) 6) Partido de los Trabajadores del Kurdistán (PKK) 7) Lashkar e Tayyaba (LET)/Pashan-e-Ahle Hadis 8) Organización Mujahedin-e Khalq (MEK o MKO) [menos el "National Council of Resistance of Iran" (NCRI)](también denominado Ejército de Liberación Nacional de Irán, (NLA, ala militante del MEK), Mujahedin del Pueblo de Irán (PMOI), Consejo Nacional de la Resistencia (NCR), Sociedad de Estudiantes Musulmanes de Irán) 9) Palestinian Islamic Jihad (PIJ)/Yihad Islámica Palestina 10) Ejército Revolucionario de Liberación Popular/Frente/Partido (DHKP/C), (también denominado Devrimci Sol (Izquierda revolucionaria), Dev Sol) 11) Sendero Luminoso (SL) 12) Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) Artículo 2 Queda derogada la Decisión 2001/927/CE del Consejo. Artículo 3 La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial. Surtirá efecto a partir del día de su publicación. Hecho en Bruselas, el 2 de mayo de 2002. Por el Consejo El Presidente J. Piqué I Camps (1) DO L 344 de 28.12.2001, p. 70. (2) DO L 344 de 28.12.2001, p. 83.