Auto del Tribunal de Primera Instancia (Sala Cuarta) de 18 de septiembre de 2006 — Wirtschaftskammer Kärnten y best connect Ampere Strompool/Comisión

(Asunto T‑350/03)

«Recurso de anulación — Competencia — Decisión por la que se declara que una operación de concentración es compatible con el mercado común — Personas jurídicas — Actos que les afectan individualmente — Inadmisibilidad»

Recurso de anulación — Personas físicas o jurídicas — Actos que les afectan directa e individualmente — Decisión por la que se declara la compatibilidad de una operación de concentración con el mercado común [Art. 230 CE, párr. 4; Reglamento (CEE) nº 4064/89 del Consejo, arts. 4, ap. 3, y 11, ap. 1] (véanse los apartados 24 a 33 y 43 a 63)

Objeto

Recurso de anulación de la Decisión 2004/271/CE de la Comisión, de 11 de junio de 2003, por la que se declara la compatibilidad de una concentración con el mercado común y el Acuerdo EEE (Asunto COMP/M.2947 — Verbund/EnergieAllianz) (DO 2004, L 92, p. 91).

Fallo

 

Declarar la inadmisibilidad del recurso.

 

Las demandantes cargarán con sus propias costas y, solidariamente, con las costas en las que hayan incurrido la Comisión y las partes coadyuvantes Österreichische Elektrizitätswirtschafts-AG, EVN AG, Wien Energie GmbH, Energie AG Oberösterreich, Burgenländische Elektrizitätswirtschafts-AG y Linz AG für Energie, Telekommunikation, Verkehr und Kommunale Dienste.

 

La parte coadyuvante Ampere AG cargará con sus propias costas.