«Artículo 104, apartado 3, del Reglamento de Procedimiento – Marcas – Directiva 89/104/CEE – Artículos 10, apartado 1, y 12, apartado 1 – Caducidad de los derechos del titular de la marca – Concepto de uso efectivo de la marca»
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(Directiva 89/104/CEE del Consejo, arts. 10, ap. 1, y 12, ap. 1)
(Directiva 89/104/CEE del Consejo, art. 12, ap. 1)
AUTO DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Tercera)
de 27 de enero de 2004(1)
«Artículo 104, apartado 3, del Reglamento de Procedimiento – Marcas – Directiva 89/104/CEE – Artículos 10, apartado 1, y 12, apartado 1 – Caducidad de los derechos del titular de la marca – Concepto de uso efectivo de la marca»
En el asunto C-259/02, que tiene por objeto una petición dirigida al Tribunal de Justicia, con arreglo al artículo 234 CE, por la High Court of Justice (England & Wales), Chancery Division (Reino Unido), destinada a obtener, en el litigio pendiente ante dicho órgano jurisdiccional entre La Mer Technology Inc.y
Laboratoires Goemar SA, una decisión prejudicial sobre la interpretación de los artículos 10, apartado 1, y 12, apartado 1, de la Directiva 89/104/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1988, Primera Directiva relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de marcas (DO 1989, L 40, p. 1),EL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Tercera),
oído el Abogado General;
En virtud de todo lo expuesto,
EL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Sala Tercera),
pronunciándose sobre las cuestiones planteadas por la High Court of Justice (England & Wales), Chancery Division, mediante resolución de 19 de diciembre de 2001, declara:
El Secretario |
El Presidente |
R. Grass |
V. Skouris |