DICTAMEN

Comité Económico y Social Europeo

Estrategia para la sociedad civil

_____________

Una estrategia de la UE para apoyar, proteger y empoderar a la sociedad civil

(Dictamen solicitado por la Comisión Europea 1 )

SOC/840

Ponentes generales:

Pietro Vittorio BARBIERI

Peter SCHMIDT

Christa SCHWENG

ES

Base jurídica

Artículo 51, apartado 2, del Reglamento interno

Consulta

13/5/2025

Base jurídica

Artículo 304 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea

Sección competente

Empleo, Asuntos Sociales y Ciudadanía

Aprobado en el pleno

17/7/2025

Pleno n.º

598

Resultado de la votación
(a favor/en contra/abstenciones)

152/00/02

1.Conclusiones y recomendaciones

1.1El CESE fue creado en 1957 por el Tratado de Roma como órgano consultivo de las instituciones de la UE. Permite a la sociedad civil organizada expresar su opinión a escala europea y canaliza su voz en el proceso de elaboración de las políticas de la UE. El CESE ha desempeñado un papel importante en el avance del diálogo civil a lo largo de la historia y, con el presente Dictamen, proporcionará a la Comisión Europea un plan rector para una estrategia de la sociedad civil y una propuesta para una plataforma conjunta de la sociedad civil.

1.2El CESE acoge favorablemente la iniciativa de la Comisión Europea de una estrategia global para la sociedad civil y una plataforma de la sociedad civil. Esto es aún más urgente en el panorama actual, en el que la democracia está amenazada y los espacios de la sociedad civil se reducen, tanto en los Estados miembros como a escala mundial.

1.3Una estrategia de la UE para la sociedad civil debería introducir medidas basadas en:

·un entorno seguro y propicio para la sociedad civil;

·sostenibilidad e independencia (a través de la financiación); y

·una mayor participación ciudadana y el diálogo civil (estructurando y reforzando los mecanismos existentes).

1.4La estrategia debería incluir un acuerdo interinstitucional sobre el diálogo civil, facilitado por el CESE, para garantizar unas prácticas coherentes para el diálogo civil en todas las instituciones de la UE.

1.5El CESE también subraya que una estrategia para la sociedad civil y una plataforma de diálogo civil deben ir acompañadas de una cooperación interinstitucional más estrecha y de diálogos más estructurados e inclusivos en relación con las recomendaciones del CESE.

1.6Sobre la base de su experiencia y de su red, el CESE propone poner en marcha un proyecto piloto en colaboración con la Comisión Europea que establezca un amplio diálogo desde la fase inicial del proceso político. La atención se centraría principalmente en cuestiones relacionadas con la democracia, los derechos fundamentales y el Estado de Derecho, que se debatirían en cooperación con el Grupo ad hoc sobre Derechos Fundamentales y Estado de Derecho (Grupo DFED) del CESE. Una vez ejecutado y evaluado el proyecto, podrían proponerse procesos de diálogo amplios similares sobre otros temas clave pertinentes para la sociedad civil.

1.7Esta plataforma:

·orientaría los diálogos (facilitados por los órganos rectores) sobre la democracia, los derechos fundamentales y el Estado de Derecho y, posteriormente, contribuiría a procesos políticos clave, por ejemplo, al programa de trabajo anual de la Comisión;

·organizaría una conferencia anual de diálogo civil para presentar y perfeccionar los proyectos de recomendaciones junto con todas las partes interesadas implicadas;

·supervisaría el diálogo civil a través de un cuadro de indicadores anual, que contribuiría a los informes bienales sobre el diálogo civil; y

·sentaría las bases de un acuerdo interinstitucional sobre el diálogo civil, facilitado por el CESE, a fin de garantizar unas prácticas coherentes de diálogo civil en todas las instituciones de la UE y siguiendo los principios mencionados en el punto 3.7.1.

1.8El CESE recomienda que la Comisión Europea prevea las disposiciones adecuadas para reforzar el diálogo civil europeo a todos los niveles y proporcione financiación para la implantación de la plataforma de la sociedad civil. El proyecto piloto propuesto permitiría a la Comisión poner a prueba la amplia iniciativa de consulta propuesta utilizando recursos adicionales limitados, dado que la mayor parte de las herramientas ya están operativas.

2.Observaciones generales

2.1En su carta de mandato 2 dirigida al comisario propuesto para la cartera de Democracia, Justicia y Estado de Derecho, Michael McGrath, la presidenta de la Comisión Europea indicó que, con el fin de intensificar el compromiso con la sociedad civil en materia de democracia, Estado de Derecho y cuestiones conexas, el Sr. McGrath se encargaría de crear una plataforma de la sociedad civil que apoye un diálogo civil más sistemático y de reforzar la protección de la sociedad civil, los activistas y los defensores de los derechos humanos cuando realizan su labor.

2.2El apartado correspondiente del programa de trabajo de la Comisión para 2025 establece que «las organizaciones de la sociedad civil desempeñan un papel importante en la protección de nuestros sistemas e instituciones democráticos» y que «esta Comisión dará un paso más en su compromiso de apoyar, proteger y empoderar a la sociedad civil». En el marco de las «nuevas iniciativas» del anexo del programa de trabajo, la Comisión establece el compromiso de crear una «estrategia de la UE para apoyar, proteger y empoderar a la sociedad civil (no legislativa, T3 2025)». En su consulta pública en el portal «Díganos lo que piensa», la Comisión Europea anunció que los objetivos clave provisionales de la estrategia serían «reforzar el compromiso significativo con las organizaciones de la sociedad civil que trabajan en una amplia gama de políticas de la UE, así como protegerlas». Además, mencionó que la estrategia «[propondría] iniciativas para apoyar el desarrollo de un entorno propicio, con medidas a escala de la UE para evitar la reducción del espacio cívico. También [plantearía] medidas para que haya un diálogo más fluido entre las autoridades públicas y las organizaciones de la sociedad civil sobre la democracia, el Estado de Derecho y otros temas relacionados. A nivel de la UE, esto [incluiría] la participación a través de una Plataforma de la Sociedad Civil» 3 .

2.3El Tratado de Roma creó el Comité Económico y Social Europeo como órgano consultivo en el que participan representantes de las categorías económicas y sociales y de los intereses generales de los Estados miembros. El artículo 300 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) precisa: «El Comité Económico y Social estará compuesto por representantes de las organizaciones de empresarios, de trabajadores y de otros sectores representativos de la sociedad civil, en particular en los ámbitos socioeconómico, cívico, profesional y cultural». La tarea del CESE consiste en contribuir al proceso de toma de decisiones con sus propios dictámenes independientes sobre cuestiones de su competencia, tal como se define en los Tratados. Entre las numerosas innovaciones que el Tratado de Roma introdujo en el panorama europeo y mundial se encuentran los inicios de la democracia participativa mediante consultas directas y estructuradas con la sociedad civil organizada. El papel del Comité se deriva directamente de la democracia participativa, que permite a los representantes de los interlocutores sociales nacionales y de las organizaciones de la sociedad civil emitir dictámenes sobre la legislación de la UE, trabajando juntos con un espíritu de compromiso y aplicando los principios democráticos, dando voz a la sociedad civil, incluidos los grupos minoritarios, de manera transparente.

2.4El artículo 11 del Tratado de la Unión Europea (TUE), que sienta las bases para un auténtico diálogo civil estructurado a escala europea, aportó perspectivas significativas para seguir desarrollando la democracia participativa. El diálogo civil debe ir acompañado del diálogo social con los interlocutores sociales, garantizando así la participación a largo plazo de la sociedad civil organizada en el proceso decisorio europeo.

2.5Como casa de la democracia participativa, el CESE funciona como una plataforma para la amplia participación de la sociedad civil y como el motor de los esfuerzos para que ocupe su lugar en la UE. El CESE actúa como un faro que orienta a la sociedad civil hacia los procesos de toma de decisiones de la UE. Su función principal es promover, organizar y canalizar la democracia participativa entre las instituciones de la UE.

2.6Desde 1992, el Comité ha elaborado un número considerable de dictámenes, estudios y declaraciones sobre el diálogo civil y la democracia participativa. Todo ello se resume en el compendio «Participatory Democracy: A success story written by the EESC» 4 , que se actualiza continuamente.

2.7A continuación figura una lista de logros y publicaciones que merecen especial mención.

·El documento informativo del CESE sobre «La Europa de los ciudadanos», de 8 de abril de 1992, que abrió el tema del diálogo con los ciudadanos y sus representantes.

·El Dictamen de iniciativa sobre «El papel y la contribución de la sociedad civil organizada en la construcción europea», de 22 de septiembre de 1999, que estimulaba y acompañaba la adopción del artículo 11 del TUE.

·La creación del Grupo de Enlace en 2004 (con las organizaciones y redes europeas de la sociedad civil) con el fin de proporcionar un marco para el diálogo político y la cooperación sobre cuestiones transversales de interés común. El Grupo está compuesto por miembros del CESE y cuarenta y siete organizaciones y redes europeas. Cabe señalar que el CESE fue el primer órgano de la UE en adoptar un proceso de democracia participativa.

·El acto anual de la Semana de la Sociedad Civil organizado por el CESE para colaborar con las organizaciones de la sociedad civil y con la sociedad civil en un sentido más amplio orientado a fomentar el diálogo sobre cuestiones clave a las que se enfrenta Europa. El CESE es la casa de la sociedad civil organizada y ofrece una plataforma para que estos grupos expresen sus opiniones y contribuyan a la elaboración de las políticas de la UE.

·La creación del Grupo ad hoc sobre la Iniciativa Ciudadana Europea (ICE) en 2013, encargado de gestionar la política del CESE sobre la ICE y de formular recomendaciones de medidas institucionales para seguir desarrollando este instrumento. El grupo ad hoc mantiene contactos periódicos tanto con los organizadores de la ICE como con las organizaciones de la sociedad civil que apoyan activamente a la ICE y la ciudadanía activa. Varios de ellos son socios permanentes en el acto anual emblemático del CESE, el Día de la ICE (celebrado durante la Semana de la Sociedad Civil desde 2024).

·Los órganos de relaciones exteriores del CESE, que supervisan las políticas de comercio y desarrollo de la UE mediante el diálogo con las organizaciones de la sociedad civil en los países y regiones no pertenecientes a la UE con los que esta mantiene relaciones formales.

·La creación del Grupo ad hoc sobre Derechos Fundamentales y Estado de Derecho (DFED) en 2018 para contrarrestar el auge del populismo y la reducción de los espacios de la sociedad civil. El Grupo DFED tiene por objeto evaluar la situación de los derechos fundamentales, la democracia y el Estado de Derecho en los Estados miembros. Presta especial atención a los derechos fundamentales para la sociedad civil, incluidos los interlocutores sociales, como la libertad de asociación, la libertad de reunión, la libertad de expresión (incluida la libertad de los medios de comunicación), el derecho a la no discriminación y la situación más general del Estado de Derecho. Su informe final anual contribuye al informe anual de la Comisión sobre el Estado de Derecho.

·El prolongado desarrollo por parte del CESE de una red de consejos económicos y sociales nacionales. Estos vínculos ayudan a generar confianza entre los ciudadanos, la sociedad civil y las autoridades públicas y garantizan la participación de los agentes económicos y sociales en la toma de decisiones públicas.

·El Dictamen SOC/526 del CESE, de octubre de 2016, en el que se planteó por primera vez la posibilidad de convocar un foro anual para que las organizaciones de la sociedad civil debatan sobre la democracia, los derechos fundamentales y el Estado de Derecho. En el Dictamen SOC/627, aprobado en junio de 2019 5 , el CESE reiteró su propuesta de crear un «foro anual de la UE sobre los derechos fundamentales y el Estado de Derecho».

·La propuesta 39 de la Conferencia sobre el Futuro de Europa, celebrada entre 2021 y 2022, que recomienda «[r]eformar el funcionamiento de la Unión Europea mediante una mayor participación de los interlocutores sociales y de la sociedad civil organizada. Reforzar las estructuras existentes para reflejar mejor las necesidades y expectativas de la ciudadanía de la UE en el proceso de toma de decisiones, dada su importancia en la vida democrática europea. En este marco, reforzar el papel institucional del CESE y capacitarlo como facilitador y garante de actividades de democracia participativa, como el diálogo estructurado con las organizaciones de la sociedad civil y los paneles de ciudadanos». Añade que «[u]na sociedad civil activa es crucial para la vida democrática de la Unión Europea». La propuesta 36 recomienda «[i]ncluir a la sociedad civil organizada, a los entes regionales y locales y a las estructuras existentes, como el Comité Económico y Social Europeo (CESE) y el Comité de las Regiones (CDR), en el proceso de participación de la ciudadanía».

·El Dictamen SOC/728 del CESE sobre la «Evaluación de la UE desde el punto de vista de los jóvenes», que es una herramienta diseñada para reforzar la participación de los jóvenes y su integración en la formulación de políticas, sobre la base de consultas, evaluaciones de impacto y medidas de mitigación, lo que convierte al CESE en la primera institución de la UE comprometida con su aplicación. En el CESE, esto implica la participación de representantes de la juventud en los dictámenes. En abril de 2024, la Mesa del CESE aprobó una metodología propuesta por el Grupo sobre la Juventud en el CESE para aplicar la evaluación de la UE desde el punto de vista de los jóvenes en el CESE.

·La creación en 2017 del Grupo ad hoc sobre el Semestre Europeo del CESE, que es un órgano horizontal que refuerza y apoya el trabajo realizado en las secciones del CESE. Se centra en analizar las propuestas de la sociedad civil europea en materia de crecimiento y empleo, garantizando así una contribución continua del CESE al ciclo anual del Semestre Europeo.

·El Dictamen SOC/782 del CESE sobre las «Vías para reforzar el diálogo civil y la democracia participativa en la UE», que es un Dictamen estratégico sobre el diálogo civil aprobado en febrero de 2024 e incluye muchos elementos esenciales para crear una estrategia de diálogo civil.

·La participación del CESE en la organización o facilitación de diferentes contribuciones y plataformas de la sociedad civil, como el Foro Europeo de la Migración, la Plataforma Europea de Partes Interesadas de la Economía Circular (junto con la Comisión) y las mesas redondas de la juventud. Durante la aplicación de la Agenda 2030 de las Naciones Unidas, el CESE facilitó la contribución de la sociedad civil al primer examen voluntario de la UE.

3.Una estrategia de la UE para apoyar, proteger y empoderar a la sociedad civil

3.1El CESE acoge favorablemente la iniciativa de la Comisión Europea de una estrategia global para la sociedad civil y una plataforma de la sociedad civil. Esto es aún más urgente en el panorama actual, en el que la democracia está amenazada y el espacio de la sociedad civil se reduce, tanto en los Estados miembros como a escala mundial. Deben movilizarse todos los recursos de la sociedad para construir una UE resiliente, en particular ante las crisis actuales y teniendo en cuenta el panorama geopolítico general.

3.2El CESE subraya la importancia de poner en marcha una estrategia global para la sociedad civil con el fin de salvaguardar una sociedad civil fuerte y autónoma y crear una plataforma de la sociedad civil a escala de la UE en la que las instituciones europeas puedan entablar una cooperación concreta y significativa con la sociedad civil.

3.3El CESE reitera la importancia de aplicar plenamente el artículo 11 del TUE para complementar las disposiciones actuales relativas a las consultas.

3.4Una estrategia de la UE para la sociedad civil debería introducir medidas basadas en:

·un entorno seguro y propicio para la sociedad civil;

·sostenibilidad e independencia (a través de la financiación); y

·una mayor participación ciudadana y diálogo civil (estructurando y fomentando los mecanismos existentes y, a escala de la UE, a través de una plataforma de la sociedad civil, como se describe a continuación).

3.5La UE debe garantizar un entorno seguro y propicio para la sociedad civil:

·promoviendo y comunicando el papel y las características específicas de la sociedad civil organizada como pilar clave de la democracia, la cohesión, la participación y la innovación social a escala regional, nacional y europea;

·desarrollando un mecanismo de protección para los agentes de la sociedad civil y los defensores de los derechos humanos en la UE;

·reforzando el papel del CESE como centro, puente, canal y facilitador de la sociedad civil organizada a escala de la UE, internacional y nacional; y

·adoptando la propuesta de la Comisión Europea de una Directiva relativa a las asociaciones transfronterizas europeas y debatiendo el desarrollo de un instrumento jurídico similar para las fundaciones.

3.6La UE debe promover la sostenibilidad y la independencia a través de la financiación, garantizando que:

·los agentes de la sociedad civil puedan acceder a una financiación plurianual, coherente y flexible, y que el marco financiero plurianual prevea recursos adecuados;

·las organizaciones de la sociedad civil participen en la ejecución, el seguimiento y la evaluación de los programas de financiación pertinentes para ellas;

·se superen los obstáculos administrativos, reglamentarios y fiscales al acceso a la financiación y las donaciones, también a través de las fronteras;

·todas las leyes que afectan a las organizaciones de la sociedad civil y sus actividades cumplan plenamente las obligaciones jurídicas internacionales y de la UE y respeten los derechos fundamentales, y que se consulte a estas organizaciones sobre los cambios legislativos que les afectan;

·no se apliquen medidas que restrinjan el acceso a la financiación, y que los mecanismos administrativos, jurídicos y financieros no se utilicen indebidamente para restringir la participación pública, la acción cívica o la libertad de los medios de comunicación;

·se anime a las personas a denunciar el acoso o los ataques contra organizaciones de la sociedad civil y defensores de los derechos humanos, y que estas violaciones se registren, investiguen y enjuicien adecuadamente para defender el Estado de Derecho;

·la legislación de la UE en materia de protección de la sociedad civil organizada se aplique adecuadamente, incluso mediante medidas provisionales cuando sea necesario; y

·las organizaciones de la sociedad civil reciban apoyo a través de una financiación sostenible de su trabajo y de mecanismos de desarrollo de capacidades.

3.7La UE debe garantizar una mayor participación ciudadana y diálogo civil promoviendo las condiciones adecuadas, estableciendo valores de referencia y fomentando las estructuras de diálogo a todos los niveles.

3.7.1Promover las condiciones adecuadas y establecer valores de referencia

3.7.1.1Un diálogo civil significativo requiere las condiciones adecuadas para que todas las partes puedan participar, garantizando que cada una de ellas tenga funciones y responsabilidades claras. Asimismo, exige que las instituciones respondan y rindan cuentas, tanto en el marco como al margen de los mecanismos de diálogo, de conformidad con las normas que rigen el derecho a una buena administración. El diálogo civil a escala europea no puede funcionar correctamente sin un diálogo civil bien gestionado a escala nacional. A fin de crear un entorno propicio para un diálogo civil eficaz y constructivo, deben cumplirse determinadas condiciones, como la confianza, la rendición de cuentas, la transparencia y unas condiciones que favorezcan la participación. El Código de buenas prácticas para la participación ciudadana en el proceso de toma de decisiones, adoptado en la Conferencia de OING del Consejo de Europa, recopila unos principios y condiciones fundamentales que pueden servir de guía (véase el anexo I). El CESE propone que la estrategia para la sociedad civil establezca objetivos y defina indicadores con valores de referencia claros para los Estados miembros y las instituciones de la UE en relación con los espacios cívicos y el diálogo civil a escala nacional.

3.7.1.2El CESE recomienda que el diálogo civil a todos los niveles, incluido el de la UE, tenga las siguientes características 6 .

·Debe ser significativo. El diálogo civil debe ser una parte real y concreta del proceso de toma de decisiones que permita verdaderos intercambios y un espacio para que las organizaciones de la sociedad civil expresen sus puntos de vista. Debe ser auténtico, y no solo una fachada de democracia.

·Debe estar orientado a los resultados y garantizar la participación ciudadana, tanto en los debates sobre los objetivos y el contenido de las medidas y disposiciones legislativas que afectan a la sociedad civil como durante las fases de evaluación.

·Debe ser periódico.

·Debe ser transparente, con normas y criterios a disposición del público sobre cómo se seleccionan las partes interesadas y qué abarcará el diálogo, y garantizar que las organizaciones de la sociedad civil tengan acceso a toda la información pertinente.

·Debe ser legítimo. La acreditación de las organizaciones de la sociedad civil debe basarse en una verdadera legitimidad y representatividad. Estas organizaciones deben respetar los principios de democracia interna, autonomía, independencia y transparencia, seguir un modelo sin ánimo de lucro y trabajar al servicio de intereses generales o de grupos de interés concretos.

·Debe permitir que todas las partes compartan ideas. Las organizaciones de la sociedad civil deben poder integrar sus propias iniciativas y prioridades en las agendas de los Estados miembros y de las instituciones europeas y decidir conjuntamente los plazos del diálogo puede aumentar el impacto y evitar problemas de capacidad de todas las partes.

·Debe ser inclusivo y representativo, en particular de los más vulnerables. Garantizar una Unión de la Igualdad implica asegurar que se tengan en cuenta las perspectivas de género, de las personas LGBTIQ+, de los migrantes, de las personas con discapacidad y de los gitanos.

·Debe estar estructurado y coordinado. Un servicio de coordinación debe participar en el trabajo y las propuestas de las organizaciones de la sociedad civil.

·Debe incluir un resultado y un seguimiento. A escala europea, las instituciones de la UE deben reaccionar a las contribuciones de las organizaciones de la sociedad civil a través de un cuadro de indicadores público, detallando las medidas de seguimiento o explicando por qué no se han adoptado medidas. También deben recogerse las observaciones de los participantes.

3.7.1.3Las organizaciones de la sociedad civil deben hablar con una sola voz para reforzar sus acciones.

3.7.2Fomentar y mejorar las estructuras de diálogo a todos los niveles

3.7.2.1En un mundo cada vez más marcado por los conflictos, la desinformación y la polarización social, la UE debe reconsiderar urgentemente el papel de la sociedad civil y reforzar el diálogo civil, no solo como base de la legitimidad institucional, sino también como pilar vital para construir una Europa más resiliente, inclusiva y participativa 7 .

3.7.2.2Una estrategia para la sociedad civil debería abordar todos los tipos de diálogo civil, incluido el diálogo transversal, el diálogo vertical o sectorial y el diálogo horizontal (diálogo entre la propia sociedad civil).

3.7.2.3Garantizar una mayor participación ciudadana y un diálogo civil estructurado requerirá tiempo. Debemos evaluar las prácticas existentes, aprender de ellas y formular principios y directrices que, en última instancia, podrían codificarse en un acuerdo interinstitucional sobre el diálogo civil a escala de la UE. Por consiguiente, el CESE propone la adopción de un acuerdo interinstitucional sobre el diálogo civil, facilitado por el CESE, a fin de garantizar unas prácticas coherentes de diálogo civil en todas las instituciones de la UE, siguiendo los principios mencionados en el punto 3.7.1 del presente Dictamen.

3.7.2.4El CESE también está dispuesto a entablar de forma proactiva un diálogo significativo con las instituciones de la UE. Propone que la Comisión celebre una reunión anual con el Comité para debatir cómo aplica las recomendaciones formuladas en los dictámenes del CESE (además de las observaciones que el CESE ya recibe por escrito) para garantizar un circuito de retroalimentación. El Parlamento Europeo podría invitar al CESE a participar en las reuniones de comisión pertinentes cuando figuren en el orden del día expedientes legislativos o políticos relacionados con sus dictámenes. Del mismo modo, el Consejo podría implicar periódicamente al CESE en el proceso legislativo para examinar y debatir sus recomendaciones.

3.7.2.5Además, el CESE propone iniciar un amplio proceso de diálogo (descrito como parte de un proyecto piloto en el punto 4.3 del presente Dictamen). Esto podría ayudar a establecer la gobernanza y la estructura para el diálogo sectorial más adelante 8 .

3.7.2.6En la actualidad, las prácticas de diálogo civil difieren ampliamente en términos de calidad y cantidad a escala europea. La creación de mecanismos de coordinación entre las instituciones y dentro de ellas probablemente contribuiría a reducir los solapamientos y minimizar el uso de recursos.

3.7.2.7Como se señala en un nuevo estudio del CESE 9 , el reto consiste ahora en garantizar que las unidades pertinentes de las instituciones se atengan a los principios fundamentales: proporcionar un espacio adecuado para que las voces de la sociedad civil sean escuchadas y establecer mecanismos transparentes para incorporar aportaciones significativas a la elaboración de políticas. Aunque hay razones para ser optimistas, aún queda trabajo por hacer. Un acuerdo interinstitucional sobre el diálogo civil podría asignar diferentes funciones y resultados del diálogo según las funciones de las instituciones implicadas, empezando por los mecanismos existentes.

·En el caso del Consejo, debería utilizarse el Semestre Europeo, además de cualquier otro instrumento de diálogo continuo.

·En el caso del Parlamento Europeo, debería reforzarse el papel del vicepresidente delegado y la capacidad de influencia en los grupos y las comisiones parlamentarios.

·En el caso de la Comisión Europea, los esfuerzos del comisario delegado deberían coordinarse con las Direcciones Generales (DG).

·En el caso del CESE, debería reforzarse el papel del Grupo de Enlace.

3.7.2.8Estos puntos, de gran importancia, se refieren al refuerzo de la participación ciudadana mediante la capacitación de las organizaciones de la sociedad civil y la creación de estructuras que apoyen la formación y el desarrollo de capacidades para la participación de la comunidad. Este paso es crucial para concluir toda la estrategia de la mejor manera posible. El CESE considera que se trata de una inversión económica fundamental para el futuro de Europa.

4.Creación de una plataforma de la sociedad civil

4.1Observaciones generales

4.1.1Debe tenerse debidamente en cuenta la diversidad de los agentes de la sociedad civil, las iniciativas locales, las ONG y las plataformas nacionales. Si no se reconocen y contemplan las particularidades de cada uno de ellos, garantizando así una amplia participación, la plataforma no será eficaz ni legítima. El CESE puede desempeñar un papel central a la hora de proporcionar esta legitimidad.

4.2Aprovechar la experiencia y las redes del CESE

4.2.1Cualquier análisis debe comenzar por examinar si existen estructuras o instituciones que podrían y estarían dispuestas a actuar como anfitrionas. El CESE podría y estaría dispuesto a albergar una plataforma de este tipo. Dada su experiencia en la facilitación del diálogo y la consulta, también está en una buena posición para hacerlo. Las propuestas 38 y 39 de la Conferencia sobre el Futuro de Europa parecen apoyar esta idea. De acuerdo con la propuesta 39, «[debe reforzarse] el papel institucional del CESE y capacitarlo como facilitador y garante de actividades de democracia participativa, como el diálogo estructurado con las organizaciones de la sociedad civil y los paneles de ciudadanos».

4.2.2Encargar al CESE que albergue esta plataforma contribuiría a reforzar el mandato, las funciones consultivas y los métodos de trabajo del CESE, permitiéndole servir de enlace con la sociedad civil. Dada su experiencia, sus conocimientos especializados y sus redes, el CESE debe participar desde el principio. Esta experiencia incluye el conocimiento profundo que los miembros del Comité tienen sobre sus respectivos ámbitos, sus conocimientos técnicos en la promoción del desarrollo armonioso de la política de la UE, y una fuerte representatividad, ya que los miembros tienen el mandato oficial de tomar decisiones en nombre de aquellos a quienes representan. El trabajo del Comité se organiza para garantizar la interacción entre las dimensiones «técnicas» o «sectoriales 10 » y los aspectos más «horizontales». Este enfoque garantiza que todos los dictámenes, elaborados por grupos de estudio compuestos por miembros con conocimientos especializados, estén respaldados por un excelente trabajo técnico. También ofrece una especie de filtro democrático en sus secciones permanentes, en las que más de cien miembros debaten el texto, lo que permite aprobar la mayoría de los dictámenes del Comité por unanimidad, lo que refleja el enfoque particular del Comité para lograr el consenso social.

4.2.3El CESE tiene acceso a una red amplia y única. Los miembros del CESE están arraigados en la sociedad civil nacional, lo que les permite contribuir a las políticas de la UE desde la base y llevar los debates europeos a las comunidades locales.

4.3Estructura y gobernanza de la plataforma de la sociedad civil

4.3.1Sobre la base de su experiencia y de su red, el CESE propone poner en marcha un proyecto piloto en colaboración con la Comisión Europea que establezca un amplio diálogo desde la fase inicial del proceso político. La atención se centraría principalmente en cuestiones relacionadas con la democracia, los derechos fundamentales y el Estado de Derecho, que se debatirían en cooperación con el Grupo DFED del CESE. La plataforma de la sociedad civil tendría como objetivo ampliar la participación de las organizaciones de la sociedad civil que se ocupan de la democracia, los derechos fundamentales y el Estado de Derecho, con el fin de detectar las cuestiones que más preocupan a las organizaciones de la sociedad civil desde la base y contribuir a los informes del CESE y de la Comisión Europea sobre estas cuestiones. El CESE propone la creación de un grupo director dentro de la plataforma compuesto por la Comisión Europea, el CESE y el Grupo de Enlace, basado en el modelo del Foro Europeo de la Migración. La plataforma contribuiría a la conferencia anual del CESE sobre el Estado de Derecho y los derechos fundamentales. Las contribuciones de la Semana de la Sociedad Civil también se incorporarían al trabajo de la plataforma, según modalidades que deberá definir el grupo director (por ejemplo, dedicando un día al trabajo de la plataforma).

4.3.2El grupo director sería responsable de poner en marcha el proyecto piloto y acordaría los mecanismos de gobernanza y participación pertinentes. Aún debe desarrollarse una propuesta concreta para el proceso. Tras su ejecución, evaluaría el proyecto y propondría la evolución futura con el fin de facilitar procesos de diálogo amplios similares sobre otros temas clave pertinentes para la sociedad civil. Cada año, el grupo director acordaría los temas y plazos precisos del proyecto.

4.3.3El CESE también considera que la estrategia (incluida la plataforma) podría contribuir en el futuro a:

·un informe, que se elaborará cada dos años, sobre las actividades de la estrategia y todas las actividades de diálogo civil llevadas a cabo a través de la plataforma y por cada DG;

·la creación de un cuadro de indicadores anual, en forma de foro público de debate sobre los resultados de las actividades de seguimiento de los diálogos; y

·un foro anual, organizado en colaboración con la Comisión Europea, que podría formar parte de la Semana de la Sociedad Civil.

4.3.4Este proyecto piloto brindaría la oportunidad de seguir desarrollando y estructurando formalmente el compromiso estructurado existente con las organizaciones de la sociedad civil. El CESE ya ha experimentado diferentes maneras de establecer un compromiso sistémico con las organizaciones de la sociedad civil, en particular a través de: i) el Foro Europeo de la Migración; ii) los «espacios de reunión» facilitados por la Sección de Agricultura, Desarrollo Rural y Medio Ambiente (Sección NAT) del CESE para que las organizaciones de la sociedad civil se reúnan y preparen contribuciones conjuntas destinadas a los procesos internacionales y de la UE; y iii) las aportaciones del Grupo de Enlace a la contribución del CESE al programa de trabajo anual de la Comisión. Estas y otras iniciativas podrían formar parte del proyecto piloto con una única estructura de gobernanza (compuesta por la Comisión Europea, el CESE y el Grupo de Enlace) 11 . Dado que se basa en las estructuras e instrumentos existentes, el proyecto piloto podría ejecutarse rápidamente y sin demora. Al mismo tiempo, su éxito dependería de la provisión de recursos adecuados y de actividades de desarrollo de capacidades dirigidas a las organizaciones de la sociedad civil.

4.3.5Esta plataforma:

·orientaría los diálogos (facilitados por los órganos rectores) sobre la democracia, los derechos fundamentales y el Estado de Derecho y, posteriormente, orientaría las contribuciones a procesos políticos clave, como el programa de trabajo anual de la Comisión Europea;

·organizaría una conferencia anual de diálogo civil, posiblemente durante la Semana Europea de la Sociedad Civil, para presentar y perfeccionar los proyectos de recomendaciones junto con todas las partes interesadas implicadas;

·supervisaría el diálogo civil a través de un cuadro de indicadores anual, que contribuiría a los informes bienales sobre el diálogo civil; y

·contribuiría al acuerdo interinstitucional.

4.3.6La Comisión Europea debería establecer las disposiciones adecuadas para reforzar el diálogo civil europeo a todos los niveles y, más concretamente, proporcionar financiación para poner en marcha el proyecto piloto propuesto. Sin una financiación adecuada, no puede aplicarse una estrategia para la sociedad civil. Al cabo de dos años y medio (la mitad del mandato del CESE), se llevaría a cabo una evaluación entre el CESE, las organizaciones de la sociedad civil y la Comisión Europea con el fin de mejorar el proceso y determinar los próximos pasos para el desarrollo.

Bruselas, 17 de julio de 2025.

El Presidente del Comité Económico y Social Europeo

Oliver RÖPKE

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Nota:    siguen anexos.



Annex I

Code of Good Practice for Civil Participation in the Decision-Making Process by the Council of Europe’s Conference of INGOs 12 .

Four key principles (participation, trust, accountability and transparency, and independence) are needed to foster a constructive relationship with NGOs that ensures participation and allows them to collect and channel the views of citizens. Collaboration with NGOs is invaluable to the political decision-making process, enhancing the quality, understanding and longer-term applicability of policy initiatives.

Open and democratic societies are based on honest interactions between actors and sectors. Although NGOs and public authorities have different roles to play, the shared goal of improving the lives of people can only be satisfactorily reached if the relationship between them is based on trust, which requires transparency, respect and mutual reliability and accountability.

Acting in the public interest requires openness, responsibility, clarity and accountability from both the NGOs and the public authorities, with transparency at all stages.

Independent NGOs must be free to determine their aims, decisions and activities. They have the right to act independently and advocate positions different from the authorities with whom they may otherwise cooperate.

The conditions required to create an enabling environment are:

·the rule of law;

·adherence to fundamental democratic principles;

·political will;

·favourable legislation;

·clear and precise procedures;

·long-term support and resources for a sustainable civil society; and

·shared spaces for dialogue and cooperation.

If these conditions are met, a constructive relationship between NGOs and public authorities can be built on reciprocal trust and mutual understanding.



Annex II – The EESC’s structured civil dialogue models, including internal models that involve innovative institutional measures

The EESC consults civil society organisations – in addition those that are represented by members in the Committee – on a regular basis through various different channels and structures. Below is a list of some of these.

1.The EESC Liaison Group, which is a horizontal dialogue forum consisting of 47 European CSOs and networks. It is a framework for dialogue and cooperation on a wide range of topics between the EESC and these networks.

2.The EESC’s network of national economic and social councils (NESC), which unites 21 bodies representing social and civil dialogue stakeholders at national level. This network aims to facilitate the exchange of information and promote the work of national economic and social councils, including on a collaborative IT platform, to reach a shared vision and recommendations on common concerns. This increases the EESC’s impact in the Member States. This network is increasingly involved in joint events, such as the series of conferences on fighting disinformation initiated in 2023 by the EESC’s External Relations (REX) Section, and the EESC group meetings on the European Semester. To foster a common reflection on shared concerns, the network draws up a yearly policy paper which is endorsed at an annual meeting and subsequently shared with the presidents of EU institutions. The network organises exchanges between EESC and NESC members to reinforce mutual knowledge and expertise on specific topics. In the discharge for the 2023 financial year, the European Parliament called for continued cooperation with the NESCs on topics of common interest and the exchange of good practices, emphasising the vital role that civil society plays in addressing the EU’s current challenges.

3.The EESC’s NAT section, which has, over the years, provided a ‘convening space’ for other CSOs to meet and prepare joint contributions that feed into EU and international processes, and to give visibility to their initiatives on the ground. For example, following requests by the Commission, the NAT section has:

·helped prepare civil society’s contribution to the first  EU Voluntary Review on the SDGs  presented at the High-Level Political Forum in New York in 2023;

·helped prepare targeted contributions for the UNFCCC COP  on the just transition and agri-food systems by combining input from EESC opinions with the views collected from other CSOs in expert hearings;

·hosted several  youth climate and sustainability round tables , allowing youth organisations to make recommendations directly to commissioners;

·co-hosted the European Circular Economy Stakeholder Platform  with the Section for the Single Market, Production and Consumption (INT section). This joint initiative by the European Commission and the EESC is a ‘network of networks’; it goes beyond sectorial activities and highlights cross-sector opportunities. It also provides a meeting place for stakeholders to share and scale up effective solutions and address specific challenges. The platform bridges existing initiatives at local, regional and national levels, and supports the implementation of the circular economy;

·co-organised the annual  EU Organic Awards  with the Commission, the CoR and farmers’ organisations (COPA COGECA and IFOAM); and

·actively contributed to the Rural Pact by organising and hosting thematic Rural Pact debates  with various stakeholders.

4.The EESC’s Section for Employment, Social Affairs and Citizenship (SOC section), which has, over the years, also provided different models to include contributions from other civil society organisations, including, for example, the EMF and the FRRL group.

·The EMF is a platform for dialogue between civil society and the European institutions. It brings together representatives of civil society organisations, local and regional authorities, Member States and EU institutions. It is an opportunity for civil society to express its views, exchange ideas and best practices, and discuss challenges and priorities with decision-makers. Before forum topics are chosen, they are discussed with CSOs. The EMF is jointly organised and has a bureau comprised of six members that are elected by the participants for two-year terms of office. Of these bureau members, one is from the Commission, one is from the EESC, and four are representatives from civil society. The EMF can express positions and produce recommendations through its EMF group.

·The FRRL group is a horizontal body within the EESC tasked with promoting respect for European values and providing a forum for European civil society organisations to meet and share their assessments on the state of fundamental rights, democracy and the rule of law. In its work, the FRRL group focuses on key issues that are particularly relevant to civil society CSOs serve to highlight trends in Europe in order to lay the foundations for constructive dialogue between all stakeholders.

5.The EESC’s REX section, which is tasked with monitoring the EU’s external activities through dialogues with civil society organisations from the non-EU countries and regions with which the EU has formal relations. The section also actively follows the EU’s trade and development policies. A number of external bodies exist within the REX section, including the following.

·Follow-up committees.

·Joint consultative committees (JCCs), which are comprised of EESC members and civil society organisations of countries with which the EU has signed an association agreement or similar accord. Their task is to adopt recommendations put forth by civil society representatives on various aspects to do with bilateral relations. Consultative committees have a similar role, but concern a group of countries rather than one single country.

·Civil society platforms, which are similar to JCCs, but they also include other European civil society organisations in addition to the EESC. They stem from association agreements with Eastern Partners.

·Round tables with the Economic and Social Council of China and that of Brazil.

·Domestic advisory groups (DAGs), which are bodies set up under free trade agreements (FTAs) or free trade chapters within association agreements. They are tasked with advising the Commission’s DG Trade on trade and sustainable development chapters of FTAs.

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(1)    El Dictamen, basado en un punto del programa de trabajo de la Comisión con vistas a la publicación del documento de la Comisión, fue solicitado por esta en su carta de 13 de mayo de 2025.
(2)

   Carta de mandato de Ursula von der Leyen, presidenta de la Comisión Europea, a Michael McGrath, comisario propuesto para la cartera de Democracia, Justicia y Estado de Derecho, 17 de septiembre de 2024, https://commission.europa.eu/document/download/907fd6b6-0474-47d7-99da-47007ca30d02_en?filename=Mission%20letter%20-%20McGRATH.pdf .

(3)    Convocatoria de datos titulada «Estrategia para la Sociedad Civil de la UE» en el portal «Díganos lo que piensa» de la Comisión Europea, publicada el 13 de junio de 2025.
(4)    CESE: Participatory Democracy – A success story written by the EESC, 2020, https://www.eesc.europa.eu/sites/default/files/files/qe-04-19-663-en-n.pdf .
(5)     DO C 282 de 20.8.2019, p. 39 .
(6)    Dictamen del CESE «Vías para reforzar el diálogo civil y la democracia participativa en la UE», DO C, C/2024/2481, 23.4.2024, ELI: https://eur-lex.europa.eu/eli/C/2024/2481/oj .
(7)    CEPS, Mapping civil dialogue in the EU institutions, 2025, estudio encargado por el CESE a petición del Grupo de Organizaciones de la Sociedad Civil.
(8)    Excluido el diálogo social sectorial.
(9)    CEPS, Mapping civil dialogue in the EU institutions, 2025, estudio encargado por el CESE a petición del Grupo de Organizaciones de la Sociedad Civil.
(10)    Esto es diferente del diálogo social sectorial.
(11)    Para ampliar la información puede consultarse el anexo II.
(12)    Council of Europe’s Conference of INGOs: https://rm.coe.int/code-of-good-practice-civil-participation-revised-301019-en/168098b0e2 .