DICTAMEN

Comité Económico y Social Europeo

Revisión de la Directiva sobre el tratamiento
de las aguas residuales urbanas

_____________

Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo
relativa al tratamiento de las aguas residuales urbanas (refundición)

[COM(2022) 541 final - 2022/0345 (COD)]

NAT/877

Ponente: Stoyan TCHOUKANOV

ES

Consulta

Parlamento Europeo, 19/01/2023

Consejo, 24/01/2023

Base jurídica

Artículo 192, apartado 1, y artículo 304 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea

Sección competente

Agricultura, Desarrollo Rural y Medio Ambiente

Aprobado en sección

03/02/2023

Aprobado en el pleno

22/02/2023

Pleno n.º

576

Resultado de la votación
(a favor/en contra/abstenciones)

198/1/4

1.Conclusiones y recomendaciones

1.1El CESE apoya la visión de la Comisión de actualizar las normas de la UE sobre las aguas residuales urbanas y prepararlas para las próximas dos décadas abordando no solo el tratamiento de las aguas residuales, sino también los aspectos energéticos y de la economía circular, así como la mejora de la gobernanza.

1.2El CESE reconoce que el agua limpia constituye un recurso estratégico para garantizar el funcionamiento de nuestra sociedad y una economía de la UE resiliente, así como para el medio ambiente y la salud humana, por lo que considera que debe tratarse con el cuidado pertinente. Alrededor del 60 % de las demarcaciones hidrográficas de la UE son transfronterizas y requieren cooperación transfronteriza. La reciente catástrofe ecológica del río Oder es un ejemplo que ilustra las consecuencias negativas de la cooperación ineficaz y la falta de transparencia.

1.3El CESE sostiene que la contaminación debe abordarse siempre en primer lugar y ante todo en la fuente, pero reconoce que el tratamiento de las aguas residuales urbanas representa un último filtro importante para proteger las aguas receptoras con beneficios para el medio ambiente, la salud humana y la sociedad.

1.4Los microcontaminantes, como por ejemplo los residuos farmacéuticos, constituyen un motivo de creciente preocupación en lo que atañe a la calidad del agua. Por consiguiente, el CESE acoge favorablemente la propuesta de que determinadas plantas de tratamiento de aguas residuales urbanas instalen sistemas de tratamiento adicionales para su eliminación, y destaca la necesidad de dedicar esfuerzos significativos a «superar» las antiguas prácticas mediante la adopción de métodos de tratamiento innovadores.

1.5Para garantizar la aplicación del principio de que «quien contamina paga» y la asequibilidad de los servicios hídricos, el CESE apoya firmemente la propuesta de una responsabilidad ampliada del productor que obligue a los productores a cubrir el coste de eliminar de las aguas residuales los microcontaminantes derivados de sus productos; son embargo, para que el sistema funcione deben limitarse de manera estricta las exenciones.

1.6Si la Directiva se amplía para cubrir aglomeraciones urbanas a partir de 1 000 equivalentes habitante («e-h»), debe existir margen para soluciones descentralizadas a través de plantas de pequeño tamaño con especial atención a la funcionalidad.

1.7Los desbordamientos del alcantarillado constituyen puntos críticos para la contaminación, en particular por genes de resistencia a los antimicrobianos, microplásticos y sustancias tóxicas que ponen en riesgo la vida acuática, la salud humana y el estado de las aguas recreativas. La Directiva debe establecer un límite máximo a la incidencia de dichos desbordamientos, y la información facilitada al público debe ofrecer una imagen completa de la carga de contaminantes transportada por los desbordamientos. Las escorrentías urbanas, en forma de agua de lluvia contaminada (incluida la nieve fundida) procedente de entornos urbanos, por ejemplo de las vías públicas, deben recogerse y tratarse adecuadamente antes de verterse a las aguas receptoras.

1.8El cambio climático afecta al ciclo del agua, y se prevé que aumente la incidencia de lluvias intensas y de sequías. Las medidas preventivas, como soluciones hídricas ecológicas que captan y retienen el agua de lluvia —por ejemplo, a través de cubiertas verdes o jardines infiltrantes—, reducen la carga de los sistemas de alcantarillado (reduciendo así el riesgo de su desbordamiento) y aportan numerosos beneficios asociados para el entorno urbano.

1.9El CESE expresa su preocupación por que el agua y el saneamiento, que son servicios públicos, sean prestados en ocasiones por empresas privadas. Es necesario establecer normas que garanticen que los servicios públicos no se gestionen con ánimo de lucro y que los ingresos se inviertan en el mantenimiento y la mejora de los servicios.

1.10El CESE destaca que el agua es un recurso vital, pero cada vez más escaso. Dos tercios de los ciudadanos europeos consideran que la calidad o la cantidad del agua en su país constituye un problema grave 1 . Para lograr una aplicación satisfactoria del ODS 6 «Garantizar la disponibilidad de agua y el saneamiento para todos» y evitar futuras crisis, estas preocupaciones deben abordarse con la debida urgencia. Garantizar la asequibilidad del agua debe ser una prioridad para todos los Estados miembros.

1.11El CESE también pide a las instituciones europeas que empiecen a tratar el agua como una prioridad y que desarrollen un «Pacto Azul de la UE»: un esfuerzo radical para anticipar las necesidades, preservar los recursos hídricos y gestionar adecuadamente los retos asociados a través de una hoja de ruta exhaustiva y coordinada que establezca objetivos ambiciosos y acciones vinculadas a los elementos esenciales previamente acordados. El CESE presentará propuestas concretas para un Pacto Azul de la UE a lo largo de 2023.

2.Propuesta de la Comisión

2.1Se propone ampliar el ámbito de aplicación de la Directiva para cubrir aglomeraciones urbanas de 1 000 equivalentes habitante (e-h), lo que significa que las pequeñas ciudades también estarán obligadas a recoger y tratar las aguas residuales urbanas y podrán solicitar financiación de la UE para ello. La Comisión desarrollará nuevas normas para las instalaciones descentralizadas y los Estados miembros tendrán que garantizar un mejor seguimiento e inspección de tales instalaciones.

2.2Se ha comprobado que los desbordamientos del alcantarillado y las escorrentías urbanas son fuentes importantes de aguas residuales urbanas sin tratar que aún existen, y los Estados miembros deberán establecer planes integrados de gestión de las aguas residuales urbanas con el fin de reducir la contaminación procedente de dichas fuentes. Debe otorgarse prioridad a las medidas preventivas, como las soluciones hídricas ecológicas, y a la optimización de los sistemas existentes mediante técnicas digitales.

2.3Para reducir las emisiones de nutrientes se introducirán nuevos límites respecto la eliminación de nitrógeno y de fósforo, como primer paso para las instalaciones más grandes por encima de 100 000 e-h y, posteriormente, para instalaciones medianas por encima de 10 000 e-h en zonas en las que la eutrofización sigue siendo un problema. También se exigirá la eliminación de microcontaminantes en todas las plantas grandes y medianas en las que el medio ambiente o la salud humana corran peligro. Con el fin de reducir la carga de sustancias no tratables, lo que aumentará las posibilidades de circularidad, se imponen nuevas obligaciones a los Estados miembros para que aborden en origen los vertidos no domésticos al alcantarillado.

2.4Para cubrir el coste de la actualización y la vigilancia requeridas para eliminar microcontaminantes e incentivar el desarrollo de productos más respetuosos con el medio ambiente, se establecerá una responsabilidad ampliada del productor que exigirá a los productores de fármacos y productos sujetos a las normas de la UE en materia de cosméticos que contribuyan económicamente a sufragar dicho coste.

2.5Se ha establecido un nuevo objetivo de neutralidad energética para el sector de las aguas residuales de aquí a 2040, lo que significa que la energía consumida por el sector a escala nacional debe ser equivalente a la cantidad de energía renovable que produzca.

2.6La propuesta establece 2040 como fecha límite para el cumplimiento pleno, con plazos provisionales que garanticen los avances en esta dirección.

3.Observaciones generales

3.1El agua limpia es uno de nuestros recursos más preciados, crucial para el funcionamiento de los ecosistemas y nuestra sociedad, así como para la actividad socioeconómica. La agricultura, la producción de energía y el sector turístico dependen en gran medida del acceso al agua limpia. En sus Objetivos de Desarrollo Sostenible, las Naciones Unidas reconocen el acceso al agua limpia y al saneamiento como una necesidad básica para la salud y el bienestar humanos 2 . Sin embargo, el agua dulce se ve sometida a la presión que ejercen diversas actividades, y se prevé que esta presión aumente a raíz del cambio climático.

3.2La Directiva sobre el tratamiento de las aguas residuales urbanas constituye la pieza clave de la legislación de la UE con la que se pretende proteger el medio ambiente de los efectos adversos de las aguas residuales no tratadas. Desde que entró en vigor hace más de treinta años, la calidad del agua de los ríos, lagos y mares europeos ha mejorado en gran medida, aunque dos tercios de las masas de agua superficial siguen sin encontrarse en buen estado. Los países de la UE han establecido sistemas colectores y plantas de tratamiento de aguas residuales con la ayuda de los fondos de la Unión. Existe un alto nivel de cumplimiento de la Directiva en toda la UE, con un 98 % de aguas residuales recogidas y un 92 % tratadas satisfactoriamente de acuerdo con la actual cobertura de la Directiva.

3.3La revisión en curso puede actualizar la Directiva mediante el abordaje de las fuentes restantes de aguas residuales no tratadas y de los nuevos contaminantes, así como la mejora de los aspectos del tratamiento de las aguas residuales relacionados con la energía y la economía circular, en consonancia con el Pacto Verde y la digitalización de Europa. Sin embargo, el CESE pide a las instituciones europeas que aborden las aguas residuales en el marco de una visión más amplia, empiecen a tratar el agua como una prioridad y desarrollen un «Pacto Azul de la UE»: un esfuerzo radical para anticipar las necesidades, preservar los recursos hídricos y gestionar adecuadamente los retos asociados a través de una hoja de ruta exhaustiva y coordinada, que establezca objetivos ambiciosos y acciones vinculadas a los elementos esenciales previamente acordados. El CESE presentará propuestas concretas para un Pacto Azul de la UE a lo largo de 2023.

3.4Se requieren grandes inversiones en el sector del agua. La OCDE estimó que todos los Estados miembros, excepto Alemania, han de elevar el gasto al menos en un 25 % para cumplir los requisitos de la Directiva vigente 3 . Sin embargo, esta estimación no tiene en cuenta el coste del mantenimiento del alcantarillado. Las nuevas normas exigirán inversiones adicionales, y es crucial que la financiación se amplíe más allá de las tarifas del agua y el presupuesto público para incluir también a los sectores que contribuyen a la contaminación de las aguas residuales urbanas, a fin de que el acceso al agua y al saneamiento siga siendo asequible para los hogares.

3.5El tratamiento de las aguas residuales conlleva un coste y requiere la aportación de recursos y energía. La contaminación debe abordarse siempre, ante todo, en origen, y priorizarse por encima de las soluciones situadas al final del proceso. Por tanto, las medidas estratégicas deben restringir en primer lugar y en la medida de lo posible la emisión de sustancias nocivas al medio ambiente y a la sociedad. El tratamiento de aguas residuales urbanas actúa como último filtro para proteger las aguas receptoras y cumplir los objetivos de la legislación europea sobre el agua. Por ello, el CESE pide una mayor sinergia con las estrategias de desarrollo urbano (Agenda Urbana para la UE, Acuerdo de Liubliana, diferentes asociaciones temáticas, etc.).

3.6Deben invertirse más esfuerzos para favorecer el empoderamiento ciudadano en cuestiones relacionadas con la recogida, el tratamiento y la gestión de las aguas residuales urbanas. El público general no solo debe recibir información sobre el tratamiento de las aguas residuales sino tener una participación activa en dicho ámbito: en todos los Estados miembros deben existir mecanismos para que la ciudadanía informe de los fallos observados en la recogida o el tratamiento de las aguas residuales urbanas, con especial atención a los vertidos industriales ilegales.

3.7Europa tiene un gran potencial para convertirse en líder en la provisión de soluciones para el sector del tratamiento de aguas residuales, desde tecnologías avanzadas de tratamiento hasta soluciones energéticas. El desarrollo del sector de las aguas residuales ofrece posibilidades de innovación y tecnología y supone una oportunidad para exportar conocimientos y atraer a jóvenes emprendedores.

4.Observaciones específicas

4.1Las aguas residuales urbanas constituyen una huella de la sociedad y de nuestros patrones de consumo y producción. Contienen una compleja combinación de vertidos domésticos, escorrentías de calles y edificios y efluentes no domésticos industriales y de otro tipo que requieren un tratamiento adecuado para que no representen una amenaza para la salud humana y el medio ambiente ni afecten a las aguas recreativas. Las condiciones laborales y la salud y seguridad de los trabajadores del sistema de aguas residuales urbanas deben ser una prioridad clave.

4.2El objetivo general de aquí a 2040, con objetivos intermedios, establece un itinerario inequívoco para el tratamiento de las aguas residuales durante las próximas dos décadas. Sin embargo, poseemos un conocimiento limitado de los riesgos para la vida acuática que plantean las mezclas de sustancias químicas en las aguas superficiales, y muchas de estas sustancias proceden de productos utilizados en nuestros propios hogares. Además, la construcción, el mantenimiento y la explotación de las instalaciones de recogida y el tratamiento de aguas residuales tienen un elevado coste en términos financieros y de emisión de gases de efecto invernadero. Las revisiones y evaluaciones de partes esenciales de la Directiva sobre el tratamiento de aguas residuales urbanas y la Directiva relativa a los lodos de depuradora brindan la oportunidad de modernizar y mejorar la coherencia en todo el sector y contribuir a hacer realidad las aspiraciones del Pacto Verde Europeo.

4.3La resistencia a los antimicrobianos representa una preocupación cada vez mayor para la sociedad, y las aguas residuales urbanas, tratadas o no, constituyen un punto crítico para su propagación 4 . La resistencia a los antimicrobianos no solo se ve impulsada por el consumo excesivo de antibióticos, sino también por otros agentes antimicrobianos como los fungicidas, los antivirales, los parasiticidas, y algunos desinfectantes y antisépticos, todos ellos utilizados en el entorno urbano, especialmente en los hospitales. Si no se toman medidas, como frenar el uso excesivo de agentes antimicrobianos, se prevé que para 2050 diez millones de personas fallecerán anualmente por infecciones resistentes a los antibióticos a 2050, según se advierte en un informe de las Naciones Unidas 5 .

4.4La escorrentía urbana es una vía significativa para que se introduzcan en los ecosistemas acuáticos contaminantes tóxicos, no biodegradables y emergentes, en particular residuos plásticos, hidrocarburos, detergentes, hormonas, disolventes, patógenos, plaguicidas, metales pesados y nanomateriales artificiales 6 . A pesar de estar contaminadas, las escorrentías urbanas se gestionan a menudo como aguas pluviales limpias debido a la falta de control y no se tratan antes de verterse en las aguas receptoras. Esto representa un notable riesgo para los ecosistemas; por ejemplo, se ha observado una mortalidad aguda en el salmón asociada a una sustancia tóxica (6PPD-quinona) presente en los neumáticos de automóvil 7 .

4.5Los desbordamientos del alcantarillado constituyen un punto crítico para la entrada de microcontaminantes, factores de resistencia a los antimicrobianos 8 , microplásticos y basura en las aguas receptoras. Representan una amenaza para el medio ambiente y la salud humana, pero también para el sector turístico, que depende de unas aguas recreativas limpias. La carga de aguas pluviales en el alcantarillado puede reducirse con la introducción de soluciones hídricas ecológicas que retienen el agua y permiten su infiltración en el suelo, en particular mediante cubiertas verdes, eliminación de superficies impenetrables y jardines infiltrantes. Estas soluciones no solo constituyen una forma rentable de retener el agua de lluvia, sino que también poseen numerosos beneficios asociados para el entorno urbano, como la atenuación del riesgo de inundaciones, la reducción de las islas de calor y el aumento de la biodiversidad y el bienestar en la ciudad. Lograr la transición hacia un tratamiento más eficaz de las aguas residuales y una economía circular requiere cambios no solo en los enfoques normativos e institucionales, sino también en el modo en que los ciudadanos apreciamos nuestras responsabilidades individuales y colectivas respecto a la gestión de las aguas residuales.

4.6El CESE apoya la introducción de planes integrados obligatorios de tratamiento de las aguas residuales urbanas con el objetivo de reducir los desbordamientos del alcantarillado y la contaminación por escorrentías urbanas. Aun cuando la intención de los planes de gestión de aguas residuales urbanas es buena, estos corren el riesgo de quedar en nada ya que su contenido y objetivo (reducir el total combinado de los desbordamientos del alcantarillado al 1 % del caudal en época seca) son meramente orientativos. Una gestión adecuada de las aguas pluviales es crucial no solo para evitar la contaminación de las aguas receptoras, sino también para adaptar las ciudades a un clima cambiante en el que los episodios de lluvia intensa y las olas de calor prolongadas formarán parte de la nueva normalidad, ya que los fenómenos meteorológicos extremos y otros riesgos climáticos son cada vez más frecuentes y graves en toda Europa.

4.7Se ha demostrado que el tratamiento avanzado («cuaternario») reduce la carga de una amplia gama de sustancias nocivas en las aguas receptoras 9 . Los nuevos requisitos para que las plantas grandes y determinadas plantas medianas vigilen y eliminen los microcontaminantes son, pues, bienvenidos. No obstante, debe prestarse atención al coste y a los efectos de eliminación asociados a diferentes técnicas como la ozonización o el carbón activado. Una financiación adecuada para la I+D de las nuevas tecnologías y unos planes de formación del personal operativo armonizados a escala de la UE contribuirán a prevenir y tratar los nuevos contaminantes.

4.8La introducción de la responsabilidad ampliada del productor representa un gran paso adelante para el cumplimiento del principio de que «quien contamina paga» y una respuesta bienvenida a la constatación del Tribunal de Cuentas Europeo de que el coste de la contaminación lo siguen soportando en gran medida los contribuyentes 10 . También está en consonancia con la integración de dicho principio en la legislación medioambiental, reforzando el régimen de responsabilidad medioambiental a escala de la UE y procurando mejor que los fondos de la UE no se utilicen para financiar proyectos que deberían ser financiados por quien contamina.

4.9La eutrofización sigue siendo un problema en la UE, que afecta a más del 30 % de los ríos, los lagos y las aguas costeras y al 81 % de las aguas marinas de la Unión, y respecto al que se han registrado pocos avances en la última década 11 . Por tanto, es positivo que se hayan actualizado y armonizado las disposiciones para garantizar que todas las plantas de gran tamaño tengan que reducir los nutrientes de aquí a 2035 y que las plantas medianas que realicen vertidos en zonas sensibles a la eutrofización deban hacerlo de aquí a 2040. Aunque los plazos son muy ambiciosos en lo que respecta a los retos y la ejecución de las medidas, la capacidad de inversión del sector y la vida útil de los activos existentes, muchos Estados miembros ya han adoptado tales requisitos en materia de eliminación de nutrientes y el CESE acoge favorablemente la armonización en toda la UE.

4.10En la evaluación de la Directiva sobre el tratamiento de las aguas residuales se ha determinado que las pequeñas aglomeraciones representan una parte significativa de las fuentes restantes de aguas residuales no tratadas y ejercen presión sobre las masas de agua 12 . Aunque sería positivo que se tratara una mayor proporción de las aguas residuales, la propuesta viene acompañada de diversos retos, ya que la construcción de nuevas conducciones de alcantarillado representa un coste significativo en zonas escasamente pobladas y debe lograrse con un intenso apoyo financiero. Deben promoverse soluciones descentralizadas y sistemas individuales que funcionen adecuadamente. Los inodoros secos (de compostaje) reducen el consumo de agua potable empleada en cisternas y pueden promover la economía circular al devolver las heces humanas al suelo sin la mediación de sistemas de recogida, bombeo y tratamiento complejos, costosos y de gran consumo energético. A ese respecto, la OMS ha desarrollado directrices para la reutilización segura de aguas residuales, excrementos y aguas grises 13 .

4.11Las fugas del alcantarillado constituyen una fuente de aguas residuales no tratadas que a menudo pasa desapercibida y de la que en gran medida no se informa, y que representa un riesgo las aguas subterráneas. Dichas fugas pueden representar una proporción significativa de la carga de contaminación del medio ambiente procedente de los sistemas urbanos 14 . Es probable que este problema aumente ante el envejecimiento de la red de alcantarillado. Es necesario realizar un seguimiento y una cuantificación adecuados de las fugas del alcantarillado, algo que debe incluirse como requisito en la Directiva.

4.12El tratamiento de las aguas residuales requiere cantidades considerables de energía y, a menudo, puede representar una parte importante de la factura eléctrica de los municipios. Al mismo tiempo, las aguas residuales contienen energía en diversas formas —en particular química, cinética y térmica— que debe aprovecharse para reducir la dependencia de los combustibles fósiles en consonancia con los objetivos de la UE. Es positivo que se aborde la eficiencia energética con el objetivo de alcanzar la neutralidad energética para el sector de aquí a 2040.

4.13El sector de las aguas residuales posee un gran potencial para convertirse en un generador de recursos. Ya existen plantas de tratamiento de aguas residuales en la UE que son energéticamente positivas gracias a las tecnologías de ahorro energético y a la producción de energía renovable, por ejemplo, mediante la digestión anaerobia de los lodos de depuradora y la utilización secundaria del biogás producido 15 . Otro potencial es el que se deriva del doble uso de determinadas zonas de las infraestructuras de tratamiento mediante la cobertura con plantas fotovoltaicas, lo cual debe promoverse.

4.14Diez millones de personas carecen aún de acceso al saneamiento en la UE. Por tanto, se acoge favorablemente que la propuesta exija a los Estados miembros que mejoren el acceso al saneamiento, en particular para los colectivos vulnerables y marginados, incluido el acceso gratuito a inodoros públicos de aquí a 2027. En cualquier caso, el requisito debe reforzarse exigiendo a los Estados miembros que garanticen el acceso al saneamiento para todos en una fase temprana de la planificación urbana y que tengan en cuenta la asequibilidad y el aspecto social de los servicios relacionados con el agua. Esto incluye el prolongado ciclo de vida de los activos de recogida y tratamiento de aguas residuales y su inflexibilidad inherente para la adaptación o la mejora.

4.15Para garantizar la asequibilidad de dichos servicios, las exenciones respecto a los regímenes de responsabilidad ampliada del productor deben limitarse estrictamente. Preferiblemente, debe suprimirse la exención para los productos comercializados en cantidades inferiores a dos toneladas al año, ya que algunas sustancias son potentes incluso en cantidades bajas y, como mínimo, debe aclararse que las dos toneladas se refieren al mercado de la UE y no a los mercados nacionales. También debe garantizarse que la responsabilidad ampliada del productor se aplique a los minoristas en línea.

4.16El coste del tratamiento de las aguas residuales representa una parte importante de las facturas de agua, pero muchos de los usuarios del agua no conocen el servicio que presta el tratamiento de aguas residuales ni hasta qué punto dicho tratamiento se lleva a cabo correctamente en su zona. Por consiguiente, se acoge favorablemente la nueva disposición sobre la comunicación de información al público, ya que garantizaría la difusión de información actualizada sobre el porcentaje de aguas residuales tratadas (y no tratadas) en cada zona, así como la carga de contaminantes vertidos por las plantas de tratamiento de aguas residuales urbanas y los sistemas individuales, y también a través de los desbordamientos del alcantarillado y las escorrentías urbanas.

Bruselas, 22 de febrero de 2023

Christa Schweng

Presidenta del Comité Económico y Social Europeo

_____________

(1)      European Water Association (EWA), Water Manifesto .
(2)    Naciones Unidas, Objetivos de Desarrollo Sostenible, Objetivo 6: Garantizar el acceso al agua y al saneamiento para todos .
(3)    OCDE, Financing Water Supply, Sanitation and Flood Protection .
(4)    PNUMA, Cómo los patógenos resistentes a los medicamentos presentes en el agua podrían desencadenar otra pandemia .
(5)    PNUMA, Environmental Dimensions of Antimicrobial Resistance .
(6)    Lapointe y cols., Sustainable strategies to treat urban runoff needed , Nature Sustainability 5, 2022, pp. 366-369.
(7)    Tian y cols., A ubiquitous tire rubber–derived chemical induces acute mortality in coho salmon Science, vol. 371, 2021,
pp. 185-189.
(8)    EAWAG, Monitoring antibiotic resistance in wastewater .
(9)    Wilhelm y cols., Does wastewater treatment plant upgrade with activated carbon result in an improvement of fish health? , Aquatic Toxicology, vol. 192, 2017, pp. 184-197.
(10)    Informe Especial del TCE 12/2021: Principio de «quien contamina paga»: Aplicación incoherente entre las políticas y acciones medioambientales de la UE .
(11)    Comisión Europea, Informe sobre la aplicación de la Directiva 91/676/CEE del Consejo .
(12)    Comisión Europea, Valoración de la Directiva 91/271/CEE del Consejo .
(13)    OMS, Guidelines for the safe use of wastewater, excreta and greywater .
(14)    Nguyen y Venohr, Harmonised assessment of nutrient pollution from urban systems including losses from sewer exfiltration: a case study in Germany , Environmental Science and Pollution Research, Vol. 28, 2021.
(15)    Véase, por ejemplo, Marselisborg WWTP – from wastewater plant to power plant .