CONVOCATORIA DE DATOS

PARA UNA INICIATIVA (sin evaluación de impacto)

Título de la iniciativa

«Plan de Acción de la UE para la igualdad de género y el empoderamiento de la mujer en la acción exterior de la UE 2028-2034 (GAP IV)»

DG principal. Unidad responsable

DG INTPA, Unidad G.1, Igualdad de Género, Derechos Humanos y Gobernanza Democrática

Tipo probable de iniciativa

Comunicación conjunta de la Comisión Europea y de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad al Parlamento Europeo y al Consejo sobre el «Plan de Acción de la UE para la igualdad de género y el empoderamiento de la mujer en la acción exterior de la UE 2028-2034 (GAP IV)»

Calendario orientativo

Primer trimestre de 2027

Información complementaria

Igualdad de género y empoderamiento de las mujeres y las niñas — Comisión Europea.

Igualdad de género. Asociaciones internacionales. Comisión Europea

https://www.eeas.europa.eu/eeas/equality_en

El presente documento tiene una finalidad meramente informativa. No predetermina la decisión final de la Comisión acerca de si se emprenderá esta iniciativa o acerca de su contenido definitivo. Todos los elementos de la iniciativa descritos en el presente documento, incluido el calendario, están sujetos a modificaciones.

Contexto político, definición del problema y control de subsidiariedad

Contexto político

La igualdad de género es un derecho humano reconocido en la normativa internacional sobre derechos humanos, un principio fundamental y un valor común consagrado en el Derecho de la Unión. Constituye, asimismo, un objetivo de desarrollo sostenible (ODS 5) y un elemento fundamental para promover la cohesión social, la prosperidad, la democracia y la resiliencia.

La Unión Europea ha logrado avances significativos en el fomento de la igualdad de género dentro de sus fronteras y a través de su acción exterior. Sin embargo, persisten ciertas desigualdades y surgen otras nuevas, lo que requiere la adopción de políticas que ofrezcan respuestas renovadas. Atendiendo a las orientaciones políticas para 2024-2029 de la presidenta Von der Leyen, la Comisión ha puesto en marcha la hoja de ruta para los derechos de la mujer, de marzo de 2025, y, con ella, reafirma y refuerza su compromiso de empoderar a las mujeres y las niñas y lograr una sociedad plenamente igualitaria en materia de género.

La hoja de ruta, que próximamente se desarrollará en la Estrategia de la Unión Europea para la Igualdad de Género 2026-2030, ha sido aprobada por el Parlamento Europeo y todos los Estados miembros, y establece los principios que deben regir las políticas interiores y exteriores para garantizar avances en materia de igualdad de género. Asimismo, reitera las metas y objetivos del Plan de Acción en materia de Género de la UE 2021-2027 (GAP III) y anticipa la elaboración de su sucesor, el Plan de Acción en materia de Género de la UE 2028-2034 (GAP IV).

En diciembre de 2025, el Consejo invitó a la Comisión a que presentara un ambicioso plan de acción renovado que introdujera la igualdad de género en todas las acciones exteriores de la Unión (Conclusiones del Consejo sobre impulsar asociaciones mutuamente beneficiosas a través de la mejora de la financiación, la igualdad de género, la salud mundial y el comercio, adoptadas el 15 de diciembre de 2025.).

Problema que la iniciativa se propone afrontar

A pesar de los avances que se han logrado desde la adopción histórica de la Declaración de Beijing y Plataforma de Acción de Beijing de 1995, destinadas a promover los derechos de las mujeres y la igualdad de género, persisten desigualdades de género fundamentales en casi todas las regiones y en todos los ámbitos de la vida económica, social y política. Estas desigualdades afectan a mujeres y a niñas en toda su diversidad. Sin embargo, resultan particularmente acusadas para quienes sufren formas interseccionales de discriminación, viven en países de renta baja o en contextos de vulnerabilidad y conflicto, y son víctimas de un incremento alarmante de la violencia sexual y los secuestros relacionados con conflictos (ONU, 2023).

El acceso pleno e igualitario de las mujeres a los derechos humanos está sufriendo cada vez mayores restricciones y unas limitaciones sin precedentes, y los esfuerzos por promover la igualdad de género se ven amenazados por regímenes autoritarios, campañas coordinadas y grupos contrarios a los derechos. El descenso en la financiación procedente de donaciones contribuye a esta involución, lo que supone un retroceso, por ejemplo, en materia de derechos sexuales y reproductivos. Las agencias de las Naciones Unidas y otros analistas independientes advierten de que una interrupción de los programas de maternidad y neonatales aumentará la cifra de muertes evitables; la ONU ha señalado que el descenso en la financiación en 2024 y 2025 ya ha dado lugar a este riesgo en contextos frágiles y humanitarios (UNFPA, 2025).

Al mismo tiempo, existe un amplio consenso internacional que reconoce que la igualdad de género es un potente catalizador del desarrollo, que favorece la democracia, la estabilidad política, la cohesión y la resiliencia de la sociedad y el crecimiento económico sostenible. Por ejemplo, el Banco Mundial estima que, si se eliminara la brecha de género en la próxima década, se doblaría la tasa actual mundial de crecimiento (BM, 2024). La exclusión de las mujeres del entorno digital ha costado, en la última década, 1,5 billones de dólares del producto interior bruto a los países de renta baja y media (ONU Mujeres, 2022). La inacción trae consigo importantes costes económicos, sociales y políticos.

En definitiva, los avances hacia la consecución del Objetivo de Desarrollo Sostenible 5 y de otros objetivos más amplios en materia de igualdad evolucionan con lentitud y de manera desigual. Existe el riesgo de que las tendencias actuales sigan dificultando el progreso a falta de una acción renovada, coordinada y que cuente con los recursos adecuados. Si deseamos lograr la igualdad de género en la generación presente, es necesario adoptar un compromiso político más firme, destinar más financiación e implementar políticas más eficaces y coherentes (ONU Mujeres, 2025).

Base para la actuación de la UE (base jurídica y control de subsidiariedad)

Base jurídica

La igualdad de género constituye uno de los valores fundamentales de la Unión Europea y un objetivo del Tratado. El artículo 2, el artículo 3, apartados 3 y 5, y el artículo 21 del Tratado de la Unión Europea (TUE) y los artículos 8, 19 y 208 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) disponen que la igualdad de género y el fomento de los derechos de las mujeres son principios rectores y transversales en la acción exterior de la Unión.

Necesidad práctica de la actuación de la UE

En el contexto de un entorno mundial cada vez más inestable y cambiante, existen grandes expectativas entre una amplia gama de partes interesadas, como grupos políticos del Parlamento Europeo, Estados miembros de la UE, instituciones de financiación del desarrollo, organizaciones de la sociedad civil y el sector privado, que esperan que la Unión mantenga su rumbo y lidere la igualdad de género a través de su acción exterior, a partir de los logros ya alcanzados y del aprendizaje adquirido tras la aplicación del actual Plan de Acción en materia de Género III, que finaliza en diciembre de 2027.

Como importante actor mundial, la Unión Europea vela por mantener la coherencia en todas las dimensiones de su acción exterior, en los ámbitos de competencia compartida (cooperación al desarrollo, ayuda humanitaria), de competencia exclusiva (comercio) y de carácter intergubernamental (Política Exterior y de Seguridad Común, Política Común de Seguridad y Defensa). La UE cuenta con una presencia considerable en países socios, lo que refuerza aún más su capacidad para establecer alianzas y asociaciones multilaterales. Esta posición estratégica permite a la UE promover la igualdad de género y los avances en materia de derechos de las mujeres, al favorecer la coordinación y coherencia entre los actores de la UE mediante un enfoque del Equipo Europa.

B. Qué se propone conseguir la iniciativa y de qué modo

Guiada por los principios y por la nueva Estrategia de la UE para la Igualdad de Género, la Comunicación conjunta sobre la GAP IV garantizará la coherencia entre las políticas interiores y exteriores. De manera alineada con el instrumento Europa Global propuesto (COM/2025/551 final) y con la propuesta de Reglamento por el que se establece un marco de rendimiento y rastreo del gasto del presupuesto y otras normas horizontales de aplicación a los programas y actividades de la Unión (COM/2025/545 final), y en apoyo de estos, el GAP IV proporcionará el marco operativo y estratégico para que la Unión logre avances en la igualdad de género, el empoderamiento de las mujeres y las niñas y el pleno disfrute de estas de todos los derechos humanos como prioridad horizontal estratégica y objetivo independiente propio de la acción exterior de la Unión Europea, de modo que haga frente a retos globales clave de manera eficaz. 

A partir de los logros ya alcanzados y del aprendizaje adquirido, el próximo GAP IV tiene el objetivo de fomentar avances hacia compromisos y objetivos mundiales en materia de igualdad de género como, por ejemplo, la Agenda 2030, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, la Declaración de Beijing, la Plataforma de Acción de Beijing, el Programa de Acción Beijing+30 y la agenda sobre las mujeres, la paz y la seguridad.

En lo que se refiere a principios, y asimismo considerando las Conclusiones del Consejo sobre impulsar asociaciones mutuamente beneficiosas a través de la mejora de la financiación, la igualdad de género, la salud mundial y el comercio (15 de diciembre de 2025), el GAP IV tiene por objeto continuar «promoviendo la igualdad de género y la salud y los derechos sexuales y reproductivos, de conformidad con el nuevo Consenso Europeo en materia de Desarrollo, así como los derechos de todas las mujeres y niñas y de las personas LGBTI, mediante enfoques transformadores que aborden las causas subyacentes de la desigualdad de género y de las formas múltiples e interseccionales de discriminación, aplicando un enfoque basado en los derechos humanos» (apartado 13).

El plan se centrará, en particular, en formas de:

·impulsar un cambio sistémico abordando las causas políticas, estructurales e interseccionales que subyacen en la desigualdad de género (incluidas las normas discriminatorias, el acceso desigual a los recursos y a la toma de decisiones, y los sistemas económicos y de gobernanza sin perspectiva de género);

·aumentar la eficacia y el impacto de la acción de la Unión mediante el fortalecimiento del enfoque del Equipo Europa y de las asociaciones multilaterales;

·priorizar los objetivos incluidos en la agenda sobre las mujeres, la paz y la seguridad y situarlos como un pilar fundamental de la seguridad y defensa de la Unión, y garantizar que sus pilares de prevención, protección, socorro y recuperación, así como los principios transversales de participar, integrar la perspectiva de género y predicar con el ejemplo, se integran plenamente en todas las fases del ciclo del conflicto, y en particular en contextos frágiles y de alto riesgo;

·promover el empoderamiento económico de las mujeres como un objetivo estratégico de las políticas de inversión y comercio exterior de la Unión, y aprovechar la iniciativa de Global Gateway para colmar las brechas de género relacionadas con el trabajo digno, las finanzas, la digitalización, la energía, los cuidados y el emprendimiento, y promover el liderazgo de las mujeres en las cadenas de valor y los sectores emergentes;

·aplicar a la migración un enfoque basado en derechos y con perspectiva de género, que salvaguarde los derechos de las mujeres y las niñas a lo largo de las rutas migratorias y en contextos de desplazamiento forzoso, abordar los riesgos específicos de género como la violencia, los secuestros y la trata y mejorar el acceso a protección, servicios y soluciones duraderas.

Para lograr estos objetivos, el GAP IV aplicará una estrategia integral que incluirá la integración de la perspectiva de género, acciones específicas y diálogo político. Implicará: un esfuerzo político y diplomático a escala multilateral, regional y bilateral; apoyo al desarrollo democrático, a las reformas legales y el fortalecimiento institucional, a las reformas del entorno empresarial y a la elaboración de presupuestos con perspectiva de género inscrita en un marco de apoyo presupuestario y de reformas de la gestión de las finanzas públicas; financiación y desarrollo de capacidades para las organizaciones de la sociedad civil; apoyo a asociaciones público-privadas con perspectiva de género e inversión en el marco de Global Gateway; el establecimiento de acuerdos comerciales y la adopción de medidas de ayuda para el comercio; la adopción de acuerdos de asociación en materia de seguridad y defensa; y ayuda humanitaria en función de las necesidades.

Repercusiones probables

El GAP IV contribuirá a la consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible y, en particular, del ODS 5 («Lograr la igualdad entre los géneros y empoderar a todas las mujeres y las niñas»). Además, la Agenda 2030 destaca el papel fundamental que desempeña la igualdad de género a la hora de favorecer el desarrollo de un mundo sostenible, equitativo e inclusivo al integrarla en todos los Objetivos de Desarrollo Sostenible, al tiempo que reconoce que el progreso en materia de igualdad de género resulta crucial para alcanzar todos los aspectos del desarrollo sostenible y favorecer la estabilidad, la resiliencia y la prosperidad a largo plazo.

Se espera obtener resultados positivos y generar impacto a nivel global en todos los países asociados y a diferentes escalas:

·a nivel individual, al reforzar las medidas de protección frente a la violencia de género y a las prácticas nocivas, y al garantizar la igualdad de derechos y oportunidades, la autonomía y el liderazgo de mujeres y niñas, en toda su diversidad, incluidas aquellas en situaciones vulnerables o marginadas;

·a nivel social, al reformar las normas discriminatorias y fortalecer la cohesión social, la inclusión y la resiliencia;

·a nivel institucional, al mejorar la gobernanza democrática, la rendición de cuentas y la efectividad del Estado de Derecho, así como la eficacia, la accesibilidad y la calidad de los servicios públicos;

·a nivel económico, al reducir la pobreza y apoyar el crecimiento económico inclusivo y la prosperidad.

Seguimiento futuro

Los resultados del GAP IV se evaluarán y supervisarán a nivel institucional y de elaboración de políticas conforme a las obligaciones de seguimiento y de presentación de información del actual GAP III establecidas en el documento de trabajo relativo a los objetivos e indicadores para enmarcar la aplicación del Plan de Acción en materia de Género III [SWD(2020) 284 final]. 

Los objetivos e indicadores institucionales se actualizarán y adaptarán al nuevo marco del GAP IV cuando resulte oportuno, al tiempo que se garantizará el cumplimiento de las obligaciones de presentación de información establecidas por el Comité de Asistencia para el Desarrollo de la OCDE y las futuras normas en materia de seguimiento del rendimiento y de presentación de información, que se dispondrán en el próximo Reglamento por el que se establece un marco de rendimiento y rastreo del gasto del presupuesto y otras normas horizontales de aplicación a los programas y actividades de la Unión [COM(2025) 545 final].

En cuanto al seguimiento de los resultados de las políticas, se revisarán los objetivos e indicadores fijados para el GAP III incluidos en OPSYS, el sistema institucional de la Comisión para el seguimiento y presentación de información, de modo que se garantice un uso más extendido de indicadores específicos de género y se mejore la presentación de información conforme a los Objetivos de Desarrollo Sostenible, entre otros.

Podrán establecerse disposiciones complementarias para favorecer más todavía la rendición de cuentas pública y el acceso a la información relacionada con la aplicación y los resultados.

C. Mejora de la legislación

Evaluación de impacto

No se requiere ninguna evaluación de impacto para esta iniciativa. La Comunicación conjunta formulará orientaciones políticas estratégicas y establecerá principios rectores de la acción exterior de la Unión Europea sin realizar propuestas legislativas ni comprometerse a adoptar medidas reglamentarias específicas. La iniciativa prevista se basa en los resultados obtenidos del Plan de Acción en materia de Género 2021-2027 (GAP III), que se ha sometido a dos evaluaciones intermedias independientes (en 2023 y 2025). En noviembre de 2023, se publicó un informe intermedio conjunto del GAP III realizado por la Comisión y la alta representante y vicepresidenta basado en los resultados obtenidos a partir de la primera evaluación intermedia y en consultas con las partes interesadas. También se ha incluido, cada año, información sobre los avances hacia la consecución de los objetivos del GAP III en el Informe anual sobre la aplicación de los instrumentos de acción exterior de la Unión Europea. Se organizan anualmente diálogos del GAP III con las ONG y otras partes interesadas, y el diálogo que se mantuvo en diciembre de 2025 se centró en un intercambio de información acerca de la aplicación del Plan así como en prioridades futuras.

Estrategia de consulta

Las actividades de consulta incluyen la convocatoria de datos y las consultas específicas con las partes interesadas. Su objetivo es recabar datos, opiniones y recomendaciones de una amplia gama de partes interesadas, como la sociedad civil, organizaciones internacionales e instituciones de financiación del desarrollo, con respecto a las prioridades, los objetivos, las asociaciones estratégicas y los posibles grupos destinatarios que puedan incluirse en el GAP IV y garantizar la aplicación efectiva del plan.

También invitamos a investigadores científicos y organizaciones académicas, así como a otras organizaciones productoras de conocimiento con experiencia en los ámbitos de las políticas relevantes para la igualdad de género, los derechos de las mujeres y la acción exterior de la Unión Europea, a enviar investigaciones, análisis y datos científicos pertinentes, tanto publicados como en ediciones preliminares. Nos interesa especialmente consultar trabajos que resuman el estado actual de los conocimientos en los ámbitos pertinentes.

Las actividades específicas de consulta con las partes interesadas incluyen:

oConsulta con expertos en igualdad de género de los Estados miembros a través del Grupo de expertos de los Estados miembros en materia de igualdad de género y el grupo informal sobre las mujeres, la paz y la seguridad.

oRepresentantes de organizaciones de la sociedad civil y de las autoridades locales en el marco del Foro Político sobre el Desarrollo.

oDebate específico con instituciones financieras de desarrollo evaluadas por pilares.

oDebate específico con organizaciones internacionales asociadas.