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CONVOCATORIA DE DATOS PARA UNA INICIATIVA (sin evaluación de impacto) |
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El presente documento tiene por objeto informar al público y las partes interesadas acerca de la labor de la Comisión, de modo que puedan formular observaciones y participar de manera efectiva en las actividades de consulta. Solicitamos a estos grupos que expongan sus puntos de vista sobre el modo en que la Comisión percibe el problema y sobre las posibles soluciones, y nos faciliten cualquier información pertinente que posean. |
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Título de la iniciativa |
Revisión específica del Reglamento (UE) 2021/782, sobre los derechos y las obligaciones de los viajeros de ferrocarril |
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DG principal. Unidad responsable |
DG Movilidad y Transportes - B.5 |
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Tipo probable de iniciativa |
Legislativa (propuesta de Reglamento) |
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Calendario orientativo |
T4-2025 |
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Información complementaria |
https://ec.europa.eu/info/law/better-regulation/have-your-say/initiatives/14691-Targeted-revision-of-Regulation-EU-2021-782-on-rail-passengers-rights-and-obligations_es |
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El presente documento tiene una finalidad meramente informativa. No predetermina la decisión final de la Comisión acerca de si se emprenderá esta iniciativa o acerca de su contenido definitivo. Todos los elementos de la iniciativa descritos en el presente documento, incluido el calendario, están sujetos a modificaciones. |
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Contexto político, definición del problema y control de subsidiariedad |
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Contexto político |
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En su informe sobre el mercado único, Enrico Letta señaló el papel fundamental de los ferrocarriles en la unión de la UE y en el avance de la descarbonización del transporte. Al mismo tiempo, los consumidores se enfrentan a dificultades a la hora de reservar múltiples trayectos de viaje por ferrocarril y no tienen una cobertura suficiente de los derechos de los viajeros de ferrocarril, como destaca Mario Draghi en su informe sobre el futuro de la competitividad europea. En las orientaciones políticas 2024-2029, la presidenta Von der Leyen subrayó que debe facilitarse a las personas la transición hacia opciones de viaje más sostenibles, en particular el ferrocarril transfronterizo. Esto es fundamental para alcanzar los objetivos climáticos de la UE. A tal fin, las personas deben poder realizar viajes ferroviarios transeuropeos con varios proveedores y disfrutar de los derechos de los viajeros durante todo su viaje. Esta iniciativa está estrechamente vinculada a las iniciativas para un Reglamento sobre un sistema único de venta y reserva de billetes y el Reglamento sobre los servicios digitales de movilidad multimodal y, por lo tanto, estará en consonancia con ellas, también con respecto a los plazos. |
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Problema que la iniciativa se propone afrontar |
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El transporte transfronterizo, de larga distancia y regional por ferrocarril dentro de la UE exige a menudo que los viajeros compren y combinen billetes de diferentes operadores ferroviarios. El atractivo de los viajes transfronterizos, de larga distancia y regionales por ferrocarril con enlaces se ve limitado por la escasa disponibilidad de «billetes combinados» (billetes únicos) que cubren servicios de enlace con plenos derechos de los viajeros (reembolso o conducción por una vía alternativa, asistencia e indemnización). Como se destaca en el Plan de acción de la Comisión para impulsar el transporte ferroviario de pasajeros de larga distancia y transfronterizo y en el estudio que lo acompaña, el uso de estos billetes sigue siendo limitado. El Reglamento (UE) 2021/782, sobre los derechos y las obligaciones de los viajeros de ferrocarril, introdujo por primera vez la obligación de que las empresas ferroviarias ofrezcan billetes combinados, pero solo para los servicios regionales o de larga distancia de una «única empresa ferroviaria», es decir, un operador ferroviario o varios operadores ferroviarios que formen parte de la misma empresa ferroviaria. En el caso de los servicios ferroviarios que no estén sujetos a la obligación de ofrecer billetes combinados, las empresas ferroviarias deben hacer todos los esfuerzos razonables para ofrecer billetes combinados y cooperar entre sí a tal efecto. Cuando una empresa ferroviaria vende, por iniciativa propia, una combinación de billetes para un viaje en el que participan operadores que no forman parte de la misma empresa ferroviaria, y lo hace en una única transacción comercial, existe una presunción general de que se trata de un billete combinado, a menos que la empresa informe al viajero, antes de la compra, de que los billetes constituyen contratos de transporte separados. En la actualidad, la cooperación entre las empresas ferroviarias para ofrecer billetes combinados es limitada y se produce caso por caso. Algunas empresas ferroviarias han celebrado acuerdos sectoriales multilaterales voluntarios para ayudar a los viajeros en caso de que pierdan un enlace [por ejemplo, el «Acuerdo sobre la continuación del viaje» (AJC, por sus siglas en inglés), o «Súbase al siguiente tren disponible» (HOTNAT, por sus siglas en inglés)]. Sin embargo, estas iniciativas no son ampliamente conocidas y ofrecen servicios y asistencia limitados. Por estas razones, los billetes combinados a menudo no están cubiertos por los derechos de los viajeros, ni siquiera cuando se compran en una única transacción a través de una única plataforma. En consecuencia, los pasajeros que compran una combinación de billetes como parte de la misma transacción pero pierden un enlace entre servicios operados por diferentes operadores ferroviarios, debido a un retraso o a una cancelación en un enlace anterior, no tienen derecho a reembolso, conducción por una vía alternativa, indemnización o asistencia con arreglo al Derecho de la Unión. Esto los expone al riesgo de quedar bloqueados durante su viaje y de incurrir en costes adicionales para continuar su viaje y proveerse de alojamiento y refrigerios, con posibilidades limitadas de recuperarlos o de recibir una indemnización por las molestias sufridas. Sin una actuación a escala de la UE, los viajeros de ferrocarril en la UE seguirán teniendo un apoyo y unas posibilidades limitados de recuperación de costes e indemnización por la pérdida de enlaces cuando el servicio sea prestado por diferentes empresas ferroviarias, a pesar de comprar billetes en una única transacción a un proveedor de billetes o a una empresa ferroviaria. |
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Base para la actuación de la UE (base jurídica y control de subsidiariedad) |
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Base jurídica |
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El Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) confiere a las instituciones de la UE la competencia para establecer disposiciones apropiadas en el sector de los transportes (artículo 91 y artículo 100, apartado 2, del TFUE). |
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Necesidad práctica de la actuación de la UE |
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Esta iniciativa aborda los viajes regionales, de larga distancia y transfronterizos por ferrocarril (y, si no están exentos por el Estado miembro de que se trate, también los viajes locales por ferrocarril) adquiridos como parte de la misma transacción en una plataforma de billetes. La iniciativa tiene por objeto proteger los derechos de los viajeros en toda la UE mediante la modificación del Reglamento (UE) 2021/782 de manera específica. |
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B. Qué se propone conseguir la iniciativa y de qué modo |
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Esta iniciativa tiene por objeto garantizar que se concedan a los viajeros sus derechos cuando viajen con múltiples empresas ferroviarias, con billetes adquiridos como parte de una única transacción en una plataforma de billetes. Esto es especialmente importante cuando se pierden enlaces entre servicios ferroviarios debido a un retraso o a la cancelación del servicio anterior. Deben respetarse los tiempos de conexión mínimos. |
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Repercusiones probables |
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En términos de repercusiones económicas, los consumidores que compraran billetes en una sola transacción en una única plataforma y que no pudieran comprar un billete combinado para su viaje se beneficiarían de unos costes reducidos en comparación con los actuales en caso de pérdida de enlaces debido a una cancelación o un retraso. No tendrían que comprar otro billete con las tarifas aplicables ese día para llegar a su destino final. Si el siguiente enlace fuera al día siguiente, también se ahorrarían los gastos de alojamiento. Además, los pasajeros que perdieran un enlace recibirían una indemnización adecuada por las molestias ocasionadas, salvo en caso de fuerza mayor. La industria y los intermediarios que venden billetes de tren podrían experimentar un aumento de las ventas de billetes, ya que los pasajeros percibirían la compra de billetes en una única transacción en una única plataforma como algo fiable y atractivo, gracias a la mejora de los derechos de los pasajeros. Por otro lado, estos derechos reforzados podrían generar un aumento de los precios de los billetes, ya que las empresas ferroviarias podrían prever posibles costes adicionales para su aplicación. Las autoridades públicas podrían experimentar un aumento de los costes para hacer cumplir estos derechos reforzados. Lo mismo se aplica, de forma más limitada, a los pasajeros protegidos por acuerdos voluntarios de las empresas ferroviarias (HOTNAT y AJC). Estos solo están protegidos contra la pérdida de enlaces, pero no tienen otros derechos de los pasajeros en tales situaciones, como los de información, cuidados y asistencia, o indemnización. En términos de repercusiones sociales, se espera que la iniciativa aumente el bienestar de los ciudadanos cuando viajen en tren. Los pasajeros que realizaran viajes en tren con varios operadores y compraran el billete en una única transacción en una única plataforma se beneficiarían de una mayor protección. En términos de impacto ambiental, se espera que la mejora de los derechos de los viajeros de ferrocarril y de la confianza en el transporte ferroviario en general aumente su atractivo, y puede hacer que se utilicen menos otras alternativas de transporte menos respetuosas con el medio ambiente. La iniciativa contribuye así al Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS) n.º 13 relativo a la acción por el clima. Es probable que la repercusión de esta iniciativa se extienda a todos los Estados miembros de la UE con ferrocarriles en su territorio, en particular en los viajes transfronterizos. |
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Seguimiento futuro |
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El seguimiento de las repercusiones de esta iniciativa se garantizará mediante la recogida de datos para los mismos indicadores ya establecidos en el artículo 32 del Reglamento (UE) 2021/782. |
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C. Mejora de la legislación |
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Evaluación de impacto |
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La iniciativa irá acompañada de un documento de trabajo que definirá el problema, presentará la solución propuesta y sus repercusiones, así como las pruebas subyacentes. No se prevé ninguna evaluación de impacto, ya que la medida propuesta ya se evaluó en la evaluación de impacto realizada en 2017. El documento de trabajo se basará en esa evaluación y se complementará con nuevas pruebas. |
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Estrategia de consulta |
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La Comisión realizará consultas de la forma más amplia posible para recabar información clave y garantizar que el interés público general de la UE, en particular el de los operadores ferroviarios e intermediarios, se refleje en el diseño de la iniciativa. La convocatoria de datos, que se prolongará durante 8 semanas, permite tanto al público en general como a las partes interesadas expresar sus opiniones y aportar datos y pruebas. La Comisión también celebrará consultas específicas con los Estados miembros y otras partes interesadas pertinentes. Las principales partes interesadas identificadas como susceptibles de verse afectadas son la sociedad civil, las empresas y las autoridades nacionales. |