ISSN 1977-0685 |
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Diario Oficial de la Unión Europea |
L 4 |
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Edición en lengua española |
Legislación |
63.° año |
Sumario |
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II Actos no legislativos |
Página |
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REGLAMENTOS |
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Corrección de errores |
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ES |
Los actos cuyos títulos van impresos en caracteres finos son actos de gestión corriente, adoptados en el marco de la política agraria, y que tienen generalmente un período de validez limitado. Los actos cuyos títulos van impresos en caracteres gruesos y precedidos de un asterisco son todos los demás actos. |
II Actos no legislativos
REGLAMENTOS
8.1.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 4/1 |
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2020/7 DE LA COMISIÓN
de 19 de diciembre de 2019
por el que se aprueba una modificación que no es de menor importancia del pliego de condiciones de una denominación inscrita en el Registro de Denominaciones de Origen Protegidas y de Indicaciones Geográficas Protegidas [«Huile d’olive de la Vallée des Baux-de-Provence» (DOP)]
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) n.o 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios (1), y en particular su artículo 52, apartado 2,
Considerando lo siguiente:
(1) |
De conformidad con el artículo 53, apartado 1, párrafo primero, del Reglamento (UE) n.o 1151/2012, la Comisión ha examinado la solicitud de Francia con vistas a la aprobación de una modificación del pliego de condiciones de la denominación de origen protegida «Huile d’olive de la Vallée des Baux-de-Provence», registrada en virtud del Reglamento (CE) n.o 1187/2000 de la Comisión (2). |
(2) |
Al tratarse de una modificación que no se considera de menor importancia, de conformidad con el artículo 53, apartado 2, del Reglamento (UE) n.o 1151/2012, la Comisión ha publicado la solicitud de modificación en el Diario Oficial de la Unión Europea (3), en aplicación del artículo 50, apartado 2, letra a), del citado Reglamento. |
(3) |
Al no haberse notificado a la Comisión ninguna declaración de oposición de conformidad con el artículo 51 del Reglamento (UE) n.o 1151/2012, procede aprobar la modificación del pliego de condiciones. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
Queda aprobada la modificación del pliego de condiciones publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea relativa a la denominación «Huile d’olive de la Vallée des Baux-de-Provence» (DOP).
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 19 de diciembre de 2019.
Por la Comisión,
en nombre de la Presidenta,
Janusz WOJCIECHOWSKI
Miembro de la Comisión
(1) DO L 343 de 14.12.2012, p. 1.
(2) Reglamento (CE) n.o 1187/2000 de la Comisión, de 5 de junio de 2000, que completa el anexo del Reglamento (CE) n.o 2400/96 relativo a la inscripción de determinadas denominaciones en el Registro de Denominaciones de Origen Protegidas y de Indicaciones Geográficas Protegidas establecido en el Reglamento (CEE) n.o 2081/92 del Consejo relativo a la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios (DO L 133 de 6.6.2000, p. 19).
Corrección de errores
8.1.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
L 4/3 |
Corrección de errores del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/... de la Comisión, de 19 de diciembre de 2019, por el que se fija el importe máximo de la ayuda para el almacenamiento privado de aceite de oliva en el marco del procedimiento de licitación abierto por el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1882
( Diario Oficial de la Unión Europea L 330 de 19 de diciembre de 2019 )
En la página 2 del sumario y en la página 48, el título del Reglamento queda redactado como sigue:
«Reglamento de Ejecución (UE) 2019/2187 de la Comisión, de 19 de diciembre de 2019, por el que se fija el importe máximo de la ayuda para el almacenamiento privado de aceite de oliva en el marco del procedimiento de licitación abierto por el Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1882».