91/631/CECA: Decisión de la Comisión, de 6 de septiembre de 1991, relativa a la celebración de un protocolo sobre el comercio y la cooperación comercial y económica entre la Comunidad Europea del Carbón y del Acero ( CECA ) por una parte, y la República de Hungría, por otra
Diario Oficial n° L 340 de 11/12/1991 p. 0039 - 0039
DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 6 de septiembre de 1991 relativa a la celebración de un protocolo sobre el comercio y la cooperación comercial y económica entre la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (CECA) por una parte, y la República de Hungría, por otra (91/631/CECA) LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS, Visto el Tratado constitutivo de la CECA y, en particular, su artículo 95, Considerando que, como resultado de la Decisión del Consejo de 8 de febrero de 1990, la Comisión ha celebrado negociaciones con la República de Hungría que han finalizado en un protocolo sobre el comercio y la cooperación comercial y económica en lo que respecta a los productos CECA; Considerando que la celebración del presente acuerdo es indispensable para la consecución de los objetivos de la Comunidad definidos, en particular, en los artículos 2 y 3 del Tratado CECA; Considerando que la presente Decisión no afecta a la competencia de los Estados miembros en materia de política comercial a que se refiere el artículo 71 del Tratado; Después de haber consultado al Comité consultivo CECA y tras dictamen conforme del Consejo, que resolvió por unanimidad, HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN: Artículo 1 Aprobar en nombre de la CECA el protocolo relativo al comercio y la cooperación comercial y económica entre la CECA por una parte, y la República de Hungría, por otra. El texto del protocolo se adjunta a la presente Decisión. Artículo 2 Con el fin de comprometer a la CECA, la Comisión designa a aquél de sus miembros que está facultado para firmar el protocolo. Artículo 3 La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas. Hecho en Bruselas, el 6 de septiembre de 1991. Por la Comisión F. H. J. J. ANDRIESSEN Vicepresidente