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Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie C


C/2023/449

1.12.2023

P9_TA(2023)0114

Represión del derecho a la educación y de los activistas por el derecho a la educación en Afganistán, en particular el caso de Matiulah Wesa

Resolución del Parlamento Europeo, de 20 de abril de 2023, sobre la represión del derecho a la educación y de los activistas por el derecho a la educación en Afganistán, en particular el caso de Matiulah Wesa (2023/2648(RSP))

(C/2023/449)

El Parlamento Europeo,

Vistas sus anteriores Resoluciones sobre Afganistán,

Vistos el artículo 144, apartado 5, y el artículo 132, apartado 4, de su Reglamento interno,

A.

Considerando que el activista afgano por el derecho a la educación Matiulah Wesa, líder de la organización PenPath, fue detenido por el régimen talibán junto a varios de sus familiares el 27 de marzo de 2023 y sigue detenido sin acceso a su familia ni posibilidad para impugnar la legalidad de su detención;

B.

Considerando que, desde la toma del poder por los talibanes, las mujeres y las niñas se enfrentan a persecución por motivos de género y a restricciones crecientes de sus derechos fundamentales, especialmente en lo que se refiere a su educación, libertad de circulación y derecho al trabajo; que las mujeres han sido prácticamente eliminadas de todos los ámbitos de la vida pública;

C.

Considerando que los talibanes tienen previsto revisar el plan de estudios nacional para sustituir la educación secular moderna por enseñanzas religiosas y desarrollar una red nacional de escuelas religiosas; que Afganistán es ahora el único país del mundo que se niega a permitir que las mujeres y las niñas reciban una educación superior a la primaria;

1.

Pide a las autoridades de facto de Afganistán que liberen inmediata e incondicionalmente a Matiulah Wesa y a todas las personas encarceladas por ejercer sus derechos fundamentales; pide que se respeten sus derechos, en particular su acceso a los miembros de la familia y a asistencia letrada;

2.

Pide al Servicio Europeo de Acción Exterior y a los Estados miembros que ejerzan presión diplomática directa o indirectamente sobre las autoridades de facto de Afganistán para garantizar la liberación de Matiulah Wesa y otros activistas detenidos arbitrariamente, como Rasul Abdi Parsi, Noorayel Kaliwal y Mortaza Behboudi;

3.

Lamenta la persecución por motivos de género y el tremendo retroceso de los derechos de las mujeres en Afganistán; denuncia la prohibición de la enseñanza secundaria y universitaria, así como del trabajo de mujeres en organizaciones no gubernamentales y en las Naciones Unidas; expresa su solidaridad con las mujeres y las niñas afganas, así como con quienes arriesgan su seguridad para impartirles educación;

4.

Pide a las autoridades de facto de Afganistán que respeten plenamente los derechos y libertades fundamentales de las mujeres y las niñas y que restablezcan su participación plena, equitativa y significativa en la vida pública;

5.

Insta a las autoridades de facto de Afganistán a que cumplan su propia promesa y restablezcan la igualdad de acceso de las niñas y las mujeres a la educación; destaca la necesidad de proporcionar educación a todos los afganos en consonancia con las normas internacionales;

6.

Pide a la Unión y a los Estados miembros que aumenten el apoyo a los grupos afganos que imparten educación a las mujeres y las niñas, incluso a través de opciones alternativas de educación, y que financien programas de asistencia específicos tanto en línea como a través de la educación comunitaria;

7.

Insiste en mantener un compromiso estricto y condicional con los talibanes sobre la base de los cinco criterios de referencia establecidos por el Consejo para colaborar con las autoridades de facto y pedir responsabilidades a los autores de estas graves violaciones de los derechos de las niñas y las mujeres, en particular mediante medidas restrictivas;

8.

Pide a la Comisión y a los Estados miembros que apoyen la labor del relator especial de las Naciones Unidas sobre la situación de los derechos humanos en Afganistán y se comprometan a renovar y reforzar su mandato;

9.

Encarga a su presidenta que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros y a las Naciones Unidas.

ELI: http://data.europa.eu/eli/C/2023/449/oj

ISSN 1977-0928 (electronic edition)