ISSN 1977-0928

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 95

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Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

65.° año
28 de febrero de 2022


Sumario

Página

 

IV   Información

 

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Tribunal de Justicia de la Unión Europea

2022/C 95/01

Últimas publicaciones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el Diario Oficial de la Unión Europea

1


 

V   Anuncios

 

PROCEDIMIENTOS JURISDICCIONALES

 

Tribunal de Justicia

2022/C 95/02

Asunto C-598/20: Auto del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 1 de diciembre de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por la Satversmes tiesa — Letonia) — Pilsētas zemes dienests AS [Procedimiento prejudicial — Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia — Armonización de las legislaciones fiscales — Sistema común de impuesto sobre el valor añadido (IVA) — Directiva 2006/112/CE — Exenciones — Artículo 135, apartado 1, letra l), y apartado 2 — Arrendamiento y alquiler de bienes inmuebles — Exclusión de la exención del arrendamiento forzoso de un terreno a los propietarios de los inmuebles construidos — Principio de neutralidad fiscal]

2

2022/C 95/03

Asunto C-602/20: Auto del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 17 de noviembre de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Varhoven administrativen sad — Bulgaria) — AKZ — Burgas EOOD / Direktor na Direktsia Obzhalvane i danachno-osiguritelna praktika — Burgas (Procedimiento prejudicial — Cotizaciones a la seguridad social — Restitución de cotizaciones indebidamente pagadas — Limitación de los intereses sobre el reembolso — Autonomía procesal nacional — Principio de equivalencia — Principio de efectividad — Artículos 53, apartado 2, y 94, del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia — Inadmisibilidad manifiesta)

2

2022/C 95/04

Asunto C-647/20: Auto del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 13 de diciembre de 2021 [petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Arbitral Tributário (Centro de Arbitragem Administrativa — CAAD) — Portugal] — XG / Autoridade Tributária e Aduaneira (Procedimiento prejudicial — Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia — Fiscalidad directa — Impuesto sobre las plusvalías inmobiliarias — Artículos 63 TFUE, 64 TFUE y 65 TFUE — Libre circulación de capitales — Carga fiscal superior de las plusvalías inmobiliarias obtenidas por residentes de países terceros)

3

2022/C 95/05

Asunto C-670/20: Auto del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 6 de diciembre de 2021 (Petición de decisión prejudicial del Ráckevei Járásbíróság — Hungría) — EP, TA, FV, TB / ERSTE Bank Hungary Zrt (Procedimiento prejudicial — Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia — Protección de los consumidores — Directiva 93/13/CEE — Cláusulas abusivas en los contratos celebrados con los consumidores — Contrato de préstamo denominado en moneda extranjera — Cláusulas que exponen al prestatario a un riesgo de tipo de cambio — Artículo 4, apartado 2 — Exigencias de inteligibilidad y de transparencia — Falta de relevancia de la declaración del consumidor según la cual este es plenamente consciente de los riesgos potenciales derivados de la suscripción de un préstamo denominado en moneda extranjera — Redacción clara y comprensible de una cláusula contractual)

4

2022/C 95/06

Asunto C-224/21: Auto del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 13 de diciembre de 2021 [petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Arbitral Tributário (Centro de Arbitragem Administrativa — CAAD) — Portugal] — VX / Autoridade Tributária e Aduaneira (Procedimiento prejudicial — Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia — Fiscalidad directa — Impuesto sobre las plusvalías inmobiliarias — Artículos 63 TFUE y 65 TFUE — Libre circulación de capitales — Discriminación — Carga fiscal superior de las plusvalías inmobiliarias obtenidas por no residentes — Elección de tributación según las mismas modalidades que los residentes)

4

2022/C 95/07

Asunto C-273/21: Auto del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 26 de noviembre de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Budapest Környéki Törvényszék — Hungría) — WD / Agrárminiszter [Procedimiento prejudicial — Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia — Agricultura — Política agrícola común — Reglamento (UE) n.o 1307/2013 — Regímenes de ayuda directa — Artículo 4, apartado 1, letras c) y e) — Artículo 32, apartado 2 — Régimen de pago único por superficie — Concepto de hectárea admisible — Terreno calificado como aeródromo según el registro catastral — Utilización efectiva con fines agrícolas]

5

2022/C 95/08

Asunto C-516/21: Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesfinanzhof (Alemania) el 20 de agosto de 2021 — Finanzamt X / Y

6

2022/C 95/09

Asunto C-599/21 P: Recurso de casación interpuesto el 21 de septiembre de 2021 por AM.VI. Srl, Quinam Limited, subrogada en los derechos y obligaciones de Fashioneast Sàrl contra la sentencia del Tribunal General (Sala Tercera) dictada el 14 de julio de 2021 en el asunto T-297/20, Fashioneast y AM.VI. / EUIPO — Moschillo (RICH JOHN RICHMOND)

6

2022/C 95/10

Asunto C-612/21: Petición de decisión prejudicial planteada por el Naczelny Sąd Administracyjny (Polonia) el 30 de septiembre de 2021 — Gmina O. / Dyrektor Krajowej Informacji Skarbowej

6

2022/C 95/11

Asunto C-616/21: Petición de decisión prejudicial planteada por el Naczelny Sąd Administracyjny (Polonia) el 5 de octubre de 2021 — Dyrektor Krajowej Informacji Skarbowej / Gminie L.

7

2022/C 95/12

Asunto C-618/21: Petición de decisión prejudicial planteada por el Sąd Rejonowy dla m.st. Warszawy w Warszawie (Polonia) el 30 de septiembre de 2021 — AR y otros / PK SA y otros

7

2022/C 95/13

Asunto C-628/21: Petición de decisión prejudicial planteada por el Sąd Okręgowy w Warszawie (Polonia) el 11 de octubre de 2021 — TB

9

2022/C 95/14

Asunto C-642/21: Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunalul Bihor (Rumanía) el 18 de octubre de 2021 — P.C.H. / Parchetul de pe lângă Tribunalul Bihor, Parchetul de pe lângă Curtea de Apel Oradea, Ministerul Public — Parchetul de pe lângă Înalta Curte de Casaţie şi Justitie

9

2022/C 95/15

Asunto C-643/21: Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunalul Bihor (Rumanía) el 18 de octubre de 2021 — F.O.L. / Tribunalul Cluj

10

2022/C 95/16

Asunto C-644/21: Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunalul Bihor (Rumanía) el 18 de octubre de 2021 — M.I.A., P.R.-M., V.-C.I-C, F.C.R., P (anteriormente T). Ş-B., D.R., P.E.E., F.I. / Tribunalul Cluj, Tribunalul Mureş, Tribunalul Hunedoara, Tribunalul Suceava, Tribunalul Galaţi

11

2022/C 95/17

Asunto C-645/21: Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunalul Bihor (Rumanía) el 21 de octubre de 2021 — C.C.C., C.R.R., U.D.M. / Tribunalul Cluj, Tribunalul Satu Mare, Tribunalul Bucureşti, Tribunalul Bistriţa Năsăud, Tribunalul Maramureş, Tribunalul Sibiu

12

2022/C 95/18

Asunto C-667/21: Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesarbeitsgericht (Alemania) el 8 de noviembre de 2021 — ZQ / Medizinischer Dienst der Krankenversicherung Nordrhein, Körperschaft des öffentlichen Rechts

13

2022/C 95/19

Asunto C-723/21: Petición de decisión prejudicial planteada por el Verwaltungsgericht Cottbus (Alemania) el 29 de noviembre de 2021 — Stadt Frankfurt (Oder) y FWA Frankfurter Wasser- und Abwassergesellschaft mbH / Landesamt für Bergbau, Geologie und Rohstoffe

14

2022/C 95/20

Asunto C-750/21 P: Recurso de casación interpuesto el 6 de diciembre de 2021 por Pilatus Bank plc contra el auto del Tribunal General (Sala Novena) dictado el 24 de septiembre de 2021 en el asunto T-139/19, Pilatus Bank / BCE

16

2022/C 95/21

Asunto C-751/21: Petición de decisión prejudicial planteada por el Landesgericht Salzburg (Austria) el 7 de diciembre de 2021 — PJ / Eurowings GmbH

17

2022/C 95/22

Asunto C-753/21: Petición de decisión prejudicial planteada por la Cour de cassation (Francia) el 8 de diciembre de 2021 — Instrubel NV / Montana Management Inc. y BNP Paribas Securities Services

18

2022/C 95/23

Asunto C-754/21: Petición de decisión prejudicial planteada por la Cour de cassation (Francia) el 8 de diciembre de 2021 — Montana Management Inc. / Heerema Zwijndrecht BV y BNP Paribas Securities Services

19

2022/C 95/24

Asunto C-772/21: Petición de decisión prejudicial planteada por el Lietuvos vyriausiasis administracinis teismas (Lituania) el 14 de diciembre de 2021 — Brink’s Lithuania UAB / Lietuvos bankas

19

2022/C 95/25

Asunto C-804/21: Petición de decisión prejudicial planteada por el Korkein oikeus (Finlandia) el 20 de diciembre de 2021 — C y CD / Syyttäjä

20

 

Tribunal General

2022/C 95/26

Asunto T-209/15: Sentencia del Tribunal General de 21 de diciembre de 2021 — Gmina Kosakowo/Comisión (Ayudas de Estado — Infraestructuras aeroportuarias — Financiación pública concedida por los ayuntamientos de Gdynia y de Kosakowo para la reconversión del aeropuerto de Gdynia-Kosakowo — Decisión por la que se declara que la ayuda es incompatible con el mercado interior y por la que se ordena su recuperación — Ventaja — Principio del operador privado en una economía de mercado — Afectación de los intercambios comerciales entre Estados miembros — Perjuicio para la competencia — Recuperación — Obligación de motivación)

21

2022/C 95/27

Asunto T-263/15 RENV: Sentencia del Tribunal General de 21 de diciembre de 2021 — Gmina Miasto Gdynia y Port Lotniczy Gdynia-Kosakowo/Comisión (Ayudas de Estado — Infraestructuras aeroportuarias — Financiación pública concedida por los municipios de Gdynia y Kosakowo en favor de la reconversión del aeropuerto de Gdynia-Kosakowo — Decisión mediante la que se declara la ayuda incompatible con el mercado interior y se ordena su recuperación — Ventaja — Principio del operador privado en una economía de mercado — Efecto sobre los intercambios entre Estados miembros — Perjuicio a la competencia — Recuperación — Revocación de una decisión — Falta de reapertura del procedimiento de investigación formal — Derechos procedimentales de las partes interesadas — Derecho de defensa — Obligación de motivación)

21

2022/C 95/28

Asunto T-177/17: Sentencia del Tribunal General de 21 de diciembre de 2021 — EKETA/Comisión (Cláusula compromisoria — Contrato Ask-it celebrado dentro del sexto programa marco — Gastos subvencionables — Nota de adeudo emitida por la Comisión para el reintegro de los importes anticipados — Fiabilidad de las relaciones de datos temporales — Conflicto de intereses — Subcontratación)

22

2022/C 95/29

Asunto T-189/17: Sentencia del Tribunal General de 21 de diciembre de 2021 — EKETA/Comisión (Cláusula compromisoria — Contrato Humabio celebrado dentro del sexto programa marco — Gastos subvencionables — Nota de adeudo emitida por la Comisión para el reintegro de los importes anticipados — Fiabilidad de las relaciones de datos temporales — Conflicto de intereses)

23

2022/C 95/30

Asunto T-190/17: Sentencia del Tribunal General de 21 de diciembre de 2021 — EKETA/Comisión (Cláusula compromisoria — Contrato Cater celebrado dentro del sexto programa marco — Gastos subvencionables — Nota de adeudo emitida por la Comisión para el reintegro de los importes anticipados — Fiabilidad de las relaciones de datos temporales — Conflicto de intereses)

23

2022/C 95/31

Asuntos acumulados T-721/18 y T-81/19: Sentencia del Tribunal General de 21 de diciembre de 2021 — Apostolopoulou y Apostolopoulou-Chrysanthaki/Comisión (Responsabilidad extracontractual — Acuerdos de subvención en el marco de diversos programas de la Unión — Violación de las estipulaciones contractuales por la sociedad beneficiaria — Gastos subvencionables — Investigación de la OLAF — Liquidación de la sociedad — Cobro a los socios de dicha sociedad — Ejecución forzosa — Alegaciones formuladas por los representantes de la Comisión ante los órganos jurisdiccionales nacionales — Identificación de la parte demandada — Incumplimiento de los requisitos de forma — Inadmisibilidad parcial — Infracción suficientemente caracterizada de una norma jurídica que confiere derechos a los particulares)

24

2022/C 95/32

Asunto T-158/19: Sentencia del Tribunal General de 15 de diciembre de 2021 — Breyer/REA [Acceso a los documentos — Reglamento (CE) n.o 1049/2001 — Programa Marco de Investigación e Innovación Horizonte 2020 (2014-2020) — Reglamento (UE) n.o 1290/2013 — Documentos relativos al proyecto de investigación iBorderCtrl: Intelligent Portable Border Control System — Excepción relativa a la protección de los intereses comerciales de terceros — Denegación parcial de acceso — Interés público superior]

24

2022/C 95/33

Asunto T-703/19: Sentencia del Tribunal General de 21 de diciembre de 2021 — DD/FRA (Recurso de indemnización — Función pública — Agentes temporales — Inicio de una investigación administrativa — Artículo 86, apartado 2, del Estatuto — Obligación de información — Duración del procedimiento — Plazo razonable — Deber de motivación — Error manifiesto de apreciación — Confidencialidad de la investigación administrativa — Deber de asistencia y protección — Perjuicio moral — Relación de causalidad)

25

2022/C 95/34

Asunto T-795/19: Sentencia del Tribunal General de 21 de diciembre de 2021 — HB/Comisión (Contratos públicos de servicios — Prestación de servicios de asistencia técnica al Consejo Superior del Poder Judicial — Decisión de reducir el importe del contrato y de reclamar los importes ya abonados — Recurso de anulación y de indemnización — Acto que se inscribe en un marco puramente contractual del que es indisociable — Inexistencia de cláusula compromisoria — Inadmisibilidad — Inexistencia de prejuicios separables del contrato)

26

2022/C 95/35

Asunto T-796/19: Sentencia del Tribunal General de 21 de diciembre de 2021 — HB/Comisión (Contratos públicos de servicios — Prestación de servicios de asistencia técnica a las autoridades ucranianas — Decisión de reducción del importe del contrato público y de recuperación de los importes ya abonados — Recurso de anulación y de indemnización — Acto que se inscribe en un marco puramente contractual del que es indisociable — Inexistencia de cláusula compromisoria — Inadmisibilidad — Inexistencia de perjuicio no vinculado al contrato)

27

2022/C 95/36

Asunto T-870/19: Sentencia del Tribunal General de 21 de diciembre de 2021 — Worldwide Spirits Supply/EUIPO — Melfinco (CLEOPATRA QUEEN) [Marca de la Unión Europea — Procedimiento de nulidad — Marca figurativa de la Unión CLEOPATRA QUEEN — Marca nacional denominativa anterior CLEOPATRA MELFINCO — Artículos 15 y 57 del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículos 18 y 64 del Reglamento (UE) 2017/1001] — Prueba del uso efectivo de la marca anterior — Declaración de nulidad]

27

2022/C 95/37

Asunto T-6/20: Sentencia del Tribunal General de 21 de diciembre de 2021 — Dr. Spiller/EUIPO — Rausch (Alpenrausch Dr. Spiller) [Marca de la Unión Europea — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca denominativa de la Unión Alpenrausch Dr. Spiller — Marca denominativa anterior de la Unión RAUSCH — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001]]

28

2022/C 95/38

Asunto T-369/20: Sentencia del Tribunal General de 21 de diciembre de 2021 — EFFAS/EUIPO — CFA Institute (CEFA Certified European Financial Analyst) [Marca de la Unión Europea — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca denominativa de la Unión CEFA Certified European Financial Analyst — Marca denominativa anterior de la Unión CFA — Motivo de denegación relativo — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001]]

29

2022/C 95/39

Asunto T-381/20: Sentencia del Tribunal General de 21 de diciembre de 2021 — Datax/REA [Cláusula compromisoria — Séptimo Programa Marco para acciones de investigación, desarrollo tecnológico y demostración (2007-2013) — Acuerdos de subvención HELP y GreenNets — Investigación de la OLAF — Gastos de personal — Carga de la prueba — Fiabilidad de los extractos de tiempo — Carácter no subvencionable de los costes declarados por el beneficiario — Petición de cobro — Notas de adeudo — Prescripción — Plazo razonable — Proporcionalidad]

29

2022/C 95/40

Asunto T-549/20: Sentencia del Tribunal General de 21 de diciembre de 2021 — Magic Box Int. Toys/EUIPO — KMA Concepts (SUPERZINGS) [Marca de la Unión Europea — Procedimiento de nulidad — Marca denominativa de la Unión SUPERZINGS — Marca internacional figurativa anterior ZiNG — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001]]

30

2022/C 95/41

Asunto T-587/20: Sentencia del Tribunal General de 21 de diciembre de 2021 — MO/Consejo (Función pública — Funcionarios — Cambio de destino efectuado de oficio — Ejercicio de evaluación 2019 — Derecho a ser oído — Responsabilidad)

30

2022/C 95/42

Asunto T-598/20: Sentencia del Tribunal General de 21 de diciembre de 2021 — Skechers USA/EUIPO (ARCH FIT) [Marca de la Unión Europea — Solicitud de marca denominativa de la Unión ARCH FIT — Motivos de denegación absolutos — Falta de carácter distintivo — Carácter descriptivo — Artículo 7, apartado 1, letras b) y c), del Reglamento (UE) 2017/1001]

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2022/C 95/43

Asunto T-699/20: Sentencia del Tribunal General de 21 de diciembre de 2021 — Fashion Energy/EUIPO — Retail Royalty (1st. AMERICAN) [Marca de la Unión Europea — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca figurativa de la Unión 1st AMERICAN — Marca figurativa anterior de la Unión que representa un águila u otra ave de presa — Motivo de denegación relativo — Riesgo de confusión — Similitud entre los signos desde el punto de vista fonético — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001] — Artículo 72, apartado 6, del Reglamento 2017/1001 — Artículo 94, apartado 1, del Reglamento 2017/1001]

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2022/C 95/44

Asunto T-159/21: Sentencia del Tribunal General de 21 de diciembre de 2021 — Bustos/EUIPO — Bicicletas Monty (motwi) [Marca de la Unión Europea — Procedimiento de oposición — Solicitud de marca figurativa de la Unión motwi — Marca nacional denominativa anterior MONTY — Motivo de denegación relativo — Inexistencia de riesgo de confusión — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001]

32

2022/C 95/45

Asunto T-194/21: Sentencia del Tribunal General de 21 de diciembre de 2021 — Fidia farmaceutici/EUIPO — Stelis Biopharma (HYALOSTEL ONE) [Marca de la Unión Europea — Procedimiento de oposición — Registro internacional en el que se designa a la Unión Europea de una marca figurativa — Marca figurativa HYALOSTEL ONE — Marcas denominativa anterior de la Unión HYALISTIL y figurativa anterior de la Unión HyalOne — Marca internacional denominativa anterior HYALO — Motivo de denegación relativo — Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001 — Obligación de motivación]

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2022/C 95/46

Asunto T-195/21: Sentencia del Tribunal General de 21 de diciembre de 2021 — Klymenko/Consejo (Política exterior y de seguridad común — Medidas restrictivas adoptadas habida cuenta de la situación en Ucrania — Inmovilización de fondos — Lista de personas, entidades y organismos a los que se aplica la inmovilización de fondos y de recursos económicos — Mantenimiento del nombre del demandante en la lista — Obligación del Consejo de comprobar que la resolución de una autoridad de un Estado tercero se ha adoptado respetando el derecho de defensa y el derecho a la tutela judicial efectiva)

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2022/C 95/47

Asunto T-495/14: Auto del Tribunal General de 17 de diciembre de 2021 — Theodorakis y Theodoraki/Consejo (Responsabilidad extracontractual — Política económica y monetaria — Programa de apoyo a la estabilidad de Chipre — Declaraciones del Eurogrupo de 16 y 25 de marzo de 2013 relativas a Chipre — Declaración del Presidente del Eurogrupo de 21 de marzo de 2013 relativa a Chipre — Designación errónea de la parte demandada — Inadmisibilidad manifiesta)

34

2022/C 95/48

Asunto T-496/14: Auto del Tribunal General de 17 de diciembre de 2021 — Berry Investments/Consejo (Responsabilidad extracontractual — Política económica y monetaria — Programa de apoyo a la estabilidad de Chipre — Declaraciones del Eurogrupo de 16 y 25 de marzo de 2013 relativas a Chipre — Declaración del Presidente del Eurogrupo de 21 de marzo de 2013 relativa a Chipre — Designación errónea de la parte demandada — Inadmisibilidad manifiesta)

35

2022/C 95/49

Asunto T-355/19 INTP: Auto del Tribunal General de 30 de noviembre de 2021 — CE/Comité de las Regiones (Procedimiento — Interpretación de sentencia — Inadmisibilidad)

36

2022/C 95/50

Asunto T-620/20: Auto del Tribunal General de 8 de diciembre de 2021 — Alessio y otros/BCE (Recurso de anulación — Unión económica y monetaria — Unión bancaria — Reestructuración y resolución de entidades de crédito — Medidas de actuación temprana — Decisión del BCE de someter a Banca Carige a administración provisional — Decisiones posteriores de prórroga — Plazo de recurso — Extemporaneidad — Inadmisibilidad)

36

2022/C 95/51

Asunto T-303/21: Auto del Tribunal General de 2 de diciembre de 2021 — FC/EASO (Recurso de anulación — Función pública — Agentes temporales — Procedimiento disciplinario — Peticiones de suspensión — Convocatoria a una audiencia ante el Consejo de disciplina — Aplazamiento de la fecha de la audiencia — Inexistencia de acto lesivo — Recurso prematuro — Inadmisibilidad manifiesta)

37

2022/C 95/52

Asunto T-722/21 R: Auto del Presidente del Tribunal General de 8 de diciembre de 2021 — D’Amato y otros/Parlamento (Procedimiento sobre medidas provisionales — Miembros del Parlamento — Condiciones de acceso a los edificios del Parlamento Europeo en sus tres lugares de trabajo — Demanda de suspensión de la ejecución — Inexistencia de urgencia)

37

2022/C 95/53

Asunto T-723/21 R: Auto del Presidente del Tribunal General de 8 de diciembre de 2021 — Rooken y otros/Parlamento (Demanda sobre medidas provisionales — Condiciones de acceso a los edificios del Parlamento Europeo en sus tres lugares de trabajo vinculadas a la crisis sanitaria — Demanda de suspensión de la ejecución — Inexistencia de urgencia)

38

2022/C 95/54

Asunto T-724/21 R: Auto del Presidente del Tribunal General de 8 de diciembre de 2021 — IL y otros/Parlamento (Procedimiento sobre medidas provisionales — Función pública — Condiciones de acceso a los edificios del Parlamento Europeo en sus tres lugares de trabajo vinculadas a la crisis sanitaria — Demanda de suspensión de la ejecución — Inexistencia de urgencia)

38

2022/C 95/55

Asunto T-764/21: Recurso interpuesto el 8 de diciembre de 2021 — Atesos medical y otros/Comisión

39

2022/C 95/56

Asunto T-780/21: Recurso interpuesto el 14 de diciembre de 2021 — Lila Rossa Engros/EUIPO (LiLAC)

40

2022/C 95/57

Asunto T-16/22: Recurso interpuesto el 10 de enero de 2022 — NV/BEI

40

2022/C 95/58

Asunto T-19/22: Recurso interpuesto el 11 de enero de 2022 — Piaggio & C./EUIPO — Zhejiang Zhongneng Industry (Forma de un escúter)

41

2022/C 95/59

Asunto T-20/22: Recurso interpuesto el 12 de enero de 2022 — NW/Comisión

42

2022/C 95/60

Asunto T-21/22: Recurso interpuesto el 12 de enero de 2022 — NY/Comisión

43

2022/C 95/61

Asunto T-23/22: Recurso interpuesto el 11 de enero de 2022 — Grail/Comisión

43

2022/C 95/62

Asunto T-25/22: Recurso interpuesto el 17 de enero de 2022 — Canai Technology/EUIPO — WE Brand (HE&ME)

44

2022/C 95/63

Asunto T-848/19: Auto del Tribunal General de 20 de diciembre de 2021 — HS/Comisión

45

2022/C 95/64

Asunto T-765/20: Auto del Tribunal General de 16 de diciembre de 2021 — The Floow/Comisión

45

2022/C 95/65

Asunto T-46/21: Auto del Tribunal General de 7 de diciembre de 2021 — El Corte Inglés/EUIPO — Yajun (PREMILITY)

45

2022/C 95/66

Asunto T-519/21: Auto del Tribunal General de 8 de diciembre de 2021 — VY/Comisión

46


ES

 


IV Información

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Tribunal de Justicia de la Unión Europea

28.2.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 95/1


Últimas publicaciones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el Diario Oficial de la Unión Europea

(2022/C 95/01)

Última publicación

DO C 84 de 21.2.2022

Recopilación de las publicaciones anteriores

DO C 73 de 14.2.2022

DO C 64 de 7.2.2022

DO C 51 de 31.1.2022

DO C 37 de 24.1.2022

DO C 24 de 17.1.2022

DO C 11 de 10.1.2022

Estos textos se encuentran disponibles en

EUR-Lex: http://eur-lex.europa.eu


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PROCEDIMIENTOS JURISDICCIONALES

Tribunal de Justicia

28.2.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 95/2


Auto del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 1 de diciembre de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por la Satversmes tiesa — Letonia) — «Pilsētas zemes dienests» AS

(Asunto C-598/20) (1)

(Procedimiento prejudicial - Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia - Armonización de las legislaciones fiscales - Sistema común de impuesto sobre el valor añadido (IVA) - Directiva 2006/112/CE - Exenciones - Artículo 135, apartado 1, letra l), y apartado 2 - Arrendamiento y alquiler de bienes inmuebles - Exclusión de la exención del arrendamiento forzoso de un terreno a los propietarios de los inmuebles construidos - Principio de neutralidad fiscal)

(2022/C 95/02)

Lengua de procedimiento: letón

Órgano jurisdiccional remitente

Satversmes tiesa

Partes en el procedimiento principal

Demandante:«Pilsētas zemes dienests» AS

Con intervención de: Latvijas Republikas Saeima

Fallo

El artículo 135, apartados 1, letra l), y 2, de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, debe interpretarse en el sentido de que no se opone a una normativa nacional en virtud de la cual el alquiler de terrenos bajo un régimen de contrato obligatorio está excluido de la exención del impuesto sobre el valor añadido.


(1)  DO C 35 de 1.2.2021.


28.2.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 95/2


Auto del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 17 de noviembre de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Varhoven administrativen sad — Bulgaria) — «AKZ — Burgas» EOOD / Direktor na Direktsia «Obzhalvane i danachno-osiguritelna praktika» — Burgas

(Asunto C-602/20) (1)

(Procedimiento prejudicial - Cotizaciones a la seguridad social - Restitución de cotizaciones indebidamente pagadas - Limitación de los intereses sobre el reembolso - Autonomía procesal nacional - Principio de equivalencia - Principio de efectividad - Artículos 53, apartado 2, y 94, del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia - Inadmisibilidad manifiesta)

(2022/C 95/03)

Lengua de procedimiento: búlgaro

Órgano jurisdiccional remitente

Varhoven administrativen sad

Partes en el procedimiento principal

Demandante:«AKZ — Burgas» EOOD

Demandada: Direktor na Direktsia «Obzhalvane i danachno-osiguritelna praktika» — Burgas

con intervención de: Varhovna administrativna prokuratura na Republika Bulgaria

Fallo

La petición de decisión prejudicial planteada por el Varhoven administrativen sad (Tribunal Supremo de lo Contencioso-Administrativo, Bulgaria), mediante resolución de 30 de septiembre de 2020, es manifiestamente inadmisible.


(1)  DO C 28 de 25.1.2021.


28.2.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 95/3


Auto del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 13 de diciembre de 2021 [petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Arbitral Tributário (Centro de Arbitragem Administrativa — CAAD) — Portugal] — XG / Autoridade Tributária e Aduaneira

(Asunto C-647/20) (1)

(Procedimiento prejudicial - Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia - Fiscalidad directa - Impuesto sobre las plusvalías inmobiliarias - Artículos 63 TFUE, 64 TFUE y 65 TFUE - Libre circulación de capitales - Carga fiscal superior de las plusvalías inmobiliarias obtenidas por residentes de países terceros)

(2022/C 95/04)

Lengua de procedimiento: portugués

Órgano jurisdiccional remitente

Tribunal Arbitral Tributário (Centro de Arbitragem Administrativa — CAAD)

Partes en el procedimiento principal

Demandante: XG

Demandada: Autoridade Tributária e Aduaneira

Fallo

El artículo 63 TFUE y el artículo 65 TFUE, apartado 1, deben interpretarse en el sentido de que se oponen a una normativa de un Estado miembro relativa al impuesto sobre la renta de las personas físicas que somete las plusvalías resultantes de la venta de bienes inmuebles situados en ese Estado miembro por un residente de un país tercero a una carga fiscal superior a la que se aplicaría, en este mismo tipo de operación, a las plusvalías obtenidas por un residente de dicho Estado miembro.


(1)  DO C 53 de 15.2.2021.


28.2.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 95/4


Auto del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 6 de diciembre de 2021 (Petición de decisión prejudicial del Ráckevei Járásbíróság — Hungría) — EP, TA, FV, TB / ERSTE Bank Hungary Zrt

(Asunto C-670/20) (1)

(Procedimiento prejudicial - Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia - Protección de los consumidores - Directiva 93/13/CEE - Cláusulas abusivas en los contratos celebrados con los consumidores - Contrato de préstamo denominado en moneda extranjera - Cláusulas que exponen al prestatario a un riesgo de tipo de cambio - Artículo 4, apartado 2 - Exigencias de inteligibilidad y de transparencia - Falta de relevancia de la declaración del consumidor según la cual este es plenamente consciente de los riesgos potenciales derivados de la suscripción de un préstamo denominado en moneda extranjera - Redacción clara y comprensible de una cláusula contractual)

(2022/C 95/05)

Lengua de procedimiento: húngaro

Órgano jurisdiccional remitente

Ráckevei Járásbíróság

Partes en el procedimiento principal

Demandantes: EP, TA, FV, TB

Demandada: ERSTE Bank Hungary Zrt

Fallo

El artículo 4, apartado 2, de la Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores, debe interpretarse en el sentido de que solo se cumple la exigencia de transparencia de las cláusulas de un contrato de préstamo denominado en moneda extranjera, que hacen recaer sobre el prestatario un riesgo del tipo de cambio, cuando el profesional ha proporcionado a este información exacta y suficiente sobre el riesgo del tipo de cambio que permita a un consumidor medio, normalmente informado y razonablemente atento y perspicaz, valorar el riesgo de las consecuencias económicas, potencialmente significativas, de tales cláusulas sobre sus obligaciones financieras durante toda la vida del contrato. A este respecto, la circunstancia de que el consumidor declare ser plenamente consciente de los riesgos potenciales derivados de la celebración de dicho contrato carece, en sí misma, de relevancia para apreciar si dicho profesional ha cumplido la mencionada exigencia de transparencia.


(1)  DO C 98 de 22.3.2021.


28.2.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 95/4


Auto del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 13 de diciembre de 2021 [petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Arbitral Tributário (Centro de Arbitragem Administrativa — CAAD) — Portugal] — VX / Autoridade Tributária e Aduaneira

(Asunto C-224/21) (1)

(Procedimiento prejudicial - Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia - Fiscalidad directa - Impuesto sobre las plusvalías inmobiliarias - Artículos 63 TFUE y 65 TFUE - Libre circulación de capitales - Discriminación - Carga fiscal superior de las plusvalías inmobiliarias obtenidas por no residentes - Elección de tributación según las mismas modalidades que los residentes)

(2022/C 95/06)

Lengua de procedimiento: portugués

Órgano jurisdiccional remitente

Tribunal Arbitral Tributário (Centro de Arbitragem Administrativa — CAAD)

Partes en el procedimiento principal

Demandante: VX

Demandada: Autoridade Tributária e Aduaneira

Fallo

El artículo 63 TFUE y el artículo 65 TFUE, apartado 1, deben interpretarse en el sentido de que se oponen a una normativa de un Estado miembro relativa al impuesto sobre la renta de las personas físicas que, con respecto a las plusvalías resultantes de la venta de bienes inmuebles situados en ese Estado miembro, impone sistemáticamente a los no residentes una carga fiscal superior a la que se aplicaría, en este mismo tipo de operación, a las plusvalías obtenidas por residentes, sin perjuicio de la facultad ofrecida a los no residentes de optar por el régimen aplicable a los residentes.


(1)  DO C 252 de 28.6.2021.


28.2.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 95/5


Auto del Tribunal de Justicia (Sala Sexta) de 26 de noviembre de 2021 (petición de decisión prejudicial planteada por el Budapest Környéki Törvényszék — Hungría) — WD / Agrárminiszter

(Asunto C-273/21) (1)

(Procedimiento prejudicial - Artículo 99 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia - Agricultura - Política agrícola común - Reglamento (UE) n.o 1307/2013 - Regímenes de ayuda directa - Artículo 4, apartado 1, letras c) y e) - Artículo 32, apartado 2 - Régimen de pago único por superficie - Concepto de «hectárea admisible» - Terreno calificado como aeródromo según el registro catastral - Utilización efectiva con fines agrícolas)

(2022/C 95/07)

Lengua de procedimiento: húngaro

Órgano jurisdiccional remitente

Budapest Környéki Törvényszék

Partes en el procedimiento principal

Demandante: WD

Demandada: Agrárminiszter

Fallo

El artículo 4, apartado 1, letras c) y e), y el artículo 32, apartado 2, del Reglamento (UE) n.o 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen normas aplicables a los pagos directos a los agricultores en virtud de los regímenes de ayuda incluidos en el marco de la Política Agrícola Común y por el que se derogan los Reglamentos (CE) n.o 637/2008 y (CE) n.o 73/2009 del Consejo, deben interpretarse en el sentido de que una superficie, catalogada en el registro catastral como aeródromo, pero en la que no tiene lugar ninguna actividad asociada con un aeródromo, debe considerarse superficie agraria utilizada a efectos agrícolas cuando se utilice efectivamente como superficie de pasto permanente para la cría de animales.


(1)  DO C 252 de 28.6.2021.


28.2.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 95/6


Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesfinanzhof (Alemania) el 20 de agosto de 2021 — Finanzamt X / Y

(Asunto C-516/21)

(2022/C 95/08)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Bundesfinanzhof

Partes en el procedimiento principal

Demandada y recurrente en casación: Finanzamt X

Demandante y recurrida en casación: Y

Cuestión prejudicial

¿La sujeción al impuesto del arrendamiento de herramientas y maquinaria de instalación fija prevista en el artículo 135, apartado 2, letra c), de la Directiva 2006/112/CE (1) comprende

únicamente el arrendamiento (independiente) aislado de ese tipo de herramientas y maquinaria, o también

el arrendamiento de ese tipo de herramientas y maquinaria, que está exento con arreglo al artículo 135, apartado 1, letra l), de la Directiva 2006/112/CE en virtud del arrendamiento rústico de edificios concertado entre las mismas partes contratantes (al constituir una prestación accesoria del mismo)?


(1)  Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido (DO 2006, L 347, p. 1).


28.2.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 95/6


Recurso de casación interpuesto el 21 de septiembre de 2021 por AM.VI. Srl, Quinam Limited, subrogada en los derechos y obligaciones de Fashioneast Sàrl contra la sentencia del Tribunal General (Sala Tercera) dictada el 14 de julio de 2021 en el asunto T-297/20, Fashioneast y AM.VI. / EUIPO — Moschillo (RICH JOHN RICHMOND)

(Asunto C-599/21 P)

(2022/C 95/09)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrentes: AM.VI. Srl, Quinam Limited, subrogada en los derechos y obligaciones de Fashioneast Sàrl (representantes: A. Camusso, M. Baghetti, avvocati, A. Boros, ügyvéd)

Otra parte en el procedimiento: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea

Mediante auto de 17 de enero de 2022 el Tribunal de Justicia (Sala de admisión a trámite de recursos de casación) resuelve no admitir a trámite el recurso de casación. AM.VI. Srl y Quinam Limited cargarán con sus propias costas.


28.2.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 95/6


Petición de decisión prejudicial planteada por el Naczelny Sąd Administracyjny (Polonia) el 30 de septiembre de 2021 — Gmina O. / Dyrektor Krajowej Informacji Skarbowej

(Asunto C-612/21)

(2022/C 95/10)

Lengua de procedimiento: polaco

Órgano jurisdiccional remitente

Naczelny Sąd Administracyjny

Partes en el procedimiento principal

Parte recurrente en casación: Gmina O.

Parte recurrida en casación: Dyrektor Krajowej Informacji Skarbowej

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Deben interpretarse las disposiciones de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, (1) en particular sus artículos 2, apartado 1, 9, apartado 1, y 13, apartado 1, en el sentido de que un municipio (una autoridad pública) actúa como sujeto pasivo del impuesto sobre el valor añadido cuando ejecuta un proyecto destinado a aumentar la cuota de las fuentes de energía renovables al obligarse, en virtud de un contrato de Derecho privado celebrado con propietarios de inmuebles, a la ejecución e instalación de sistemas de energía renovables en sus propiedades, y, después de un determinado período de tiempo, a transferir la propiedad de esos sistemas a los propietarios de los inmuebles?

2)

En caso de respuesta afirmativa a la primera cuestión, ¿deben incluirse en la base imponible las subvenciones procedentes de fondos europeos recibidas por el municipio (una autoridad pública) para la ejecución de proyectos relativos a fuentes de energía renovables, en el sentido del artículo 73 de dicha Directiva?


(1)  DO 2006, L 347, p. 1.


28.2.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 95/7


Petición de decisión prejudicial planteada por el Naczelny Sąd Administracyjny (Polonia) el 5 de octubre de 2021 — Dyrektor Krajowej Informacji Skarbowej / Gminie L.

(Asunto C-616/21)

(2022/C 95/11)

Lengua de procedimiento: polaco

Órgano jurisdiccional remitente

Naczelny Sąd Administracyjny

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Dyrektor Krajowej Informacji Skarbowej

Demandada: Gmina L.

Cuestión prejudicial

¿Deben interpretarse las disposiciones de la Directiva 2006/112/CE del Consejo, de 28 de noviembre de 2006, (1) relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido y, en particular, los artículos 2, apartado 1, 9, apartado 1, y 13, apartado 1, de dicha Directiva, en el sentido de que debe considerarse sujeto pasivo del IVA a un municipio (autoridad pública) en lo relativo a la ejecución de un programa de retirada del amianto que se encuentre en inmuebles del territorio de dicho municipio, que son propiedad de residentes que no soportan ningún gasto por este concepto? ¿O constituye dicha actividad una actividad del municipio como autoridad pública, emprendida para cumplir sus fines, para proteger la salud y la vida de los residentes y proteger el medioambiente, sin que tenga el municipio la consideración de sujeto pasivo de IVA por dicha actividad?


(1)  DO 2006, L 347, p. 1.


28.2.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 95/7


Petición de decisión prejudicial planteada por el Sąd Rejonowy dla m.st. Warszawy w Warszawie (Polonia) el 30 de septiembre de 2021 — AR y otros / PK SA y otros

(Asunto C-618/21)

(2022/C 95/12)

Lengua de procedimiento: polaco

Órgano jurisdiccional remitente

Sąd Rejonowy dla m.st. Warszawy w Warszawie

Partes en el procedimiento principal

Demandantes: AR y otros

Demandadas: PK SA y otros

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Debe interpretarse el artículo 18 de la Directiva 2009/103/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009, relativa al seguro de la responsabilidad civil que resulta de la circulación de vehículos automóviles, así como al control de la obligación de asegurar esta responsabilidad, (1) en relación con el artículo 3 de la misma Directiva, en el sentido de que se opone a una normativa nacional conforme a la cual el perjudicado que ostenta una acción directa en orden a la reparación de los daños sufridos en su vehículo en el ámbito de la circulación de vehículos automóviles frente a la empresa de seguros que cubre a la persona responsable en lo que respecta a la responsabilidad civil puede obtener de la empresa de seguros únicamente una indemnización por el valor real y actual de la pérdida sufrida en su patrimonio, a saber, la diferencia entre el valor del vehículo en su estado anterior al accidente y el valor del vehículo dañado, más los gastos justificados efectivamente soportados por la reparación del vehículo y otros gastos justificados efectivamente soportados resultantes del accidente, mientras que si ejercitase la acción directamente frente a la persona responsable podría optar por reclamarle la restitución del vehículo a su estado anterior al daño (mediante su reparación, bien directamente por la persona responsable, bien por un taller mecánico sufragado por ella) en lugar de una indemnización?

2)

En caso de respuesta afirmativa a la cuestión prejudicial anterior, ¿debe interpretarse el artículo 18 de la Directiva 2009/103/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009, relativa al seguro de la responsabilidad civil que resulta de la circulación de vehículos automóviles, así como al control de la obligación de asegurar esta responsabilidad, en relación con el artículo 3 de la misma Directiva, en el sentido de que se opone a una normativa nacional conforme a la cual el perjudicado que ostenta una acción directa en orden a la reparación de los daños sufridos en su vehículo en el ámbito de la circulación de vehículos automóviles frente a la empresa de seguros que cubre a la persona responsable en lo que respecta a la responsabilidad civil puede obtener de la empresa de seguros, en lugar de una indemnización por el valor real y actual de la pérdida sufrida en su patrimonio, a saber, la diferencia entre el valor del vehículo en su estado anterior al accidente y el valor del vehículo dañado, más los gastos justificados efectivamente soportados por la reparación del vehículo y otros gastos justificados efectivamente soportados resultantes del accidente, únicamente los importes equivalentes a los gastos de restitución del vehículo a su estado anterior al daño, mientras que si ejercitase la acción directamente frente a la persona responsable podría optar por reclamarle la restitución del vehículo al estado anterior al daño (y no solo el pago de las correspondientes cantidades a tal fin) en lugar de una indemnización?

3)

En caso de respuesta afirmativa a la cuestión prejudicial primera y negativa a la cuestión prejudicial segunda, ¿debe interpretarse el artículo 18 de la Directiva 2009/103/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009, relativa al seguro de la responsabilidad civil que resulta de la circulación de vehículos automóviles, así como al control de la obligación de asegurar esta responsabilidad, en relación con el artículo 3 de la misma Directiva, en el sentido de que se opone a una normativa nacional conforme a la cual la empresa de seguros, a la que el propietario de un automóvil que haya sufrido daños en el ámbito de la circulación de vehículos automóviles haya reclamado gastos hipotéticos que no haya soportado, pero que debería haber soportado si hubiese decidido restituir el vehículo a su estado anterior al accidente, puede:

a)

condicionar el pago a la acreditación por el perjudicado de que realmente pretende reparar el vehículo de un modo determinado, con un determinado mecánico, por un precio también determinado de las piezas y del servicio, y entregar las cantidades destinadas a tal reparación directamente a ese mecánico (o, en su caso, al vendedor de las piezas necesarias para la reparación), reservándose el derecho a su devolución si no se cumple la finalidad para la que tales cantidades hayan sido desembolsadas, o bien,

b)

condicionar el pago a que el consumidor se comprometa a acreditar en el plazo establecido que ha utilizado las cantidades desembolsadas para reparar el automóvil o a devolverlas a la empresa de seguros, o bien,

c)

tras desembolsar dichas cantidades, indicando el fin al que están destinadas (la forma de su utilización), una vez transcurrido el tiempo necesario para que el perjudicado haya podido reparar el vehículo pedirle que acredite que esas cantidades se han destinado a la reparación de que se trate o que se ha procedido a su devolución, a fin de eliminar la posibilidad de que el perjudicado se enriquezca con el daño?

4)

En caso de respuesta afirmativa a la cuestión prejudicial primera y negativa a la cuestión prejudicial segunda, ¿debe interpretarse el artículo 18 de la Directiva 2009/103/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009, relativa al seguro de la responsabilidad civil que resulta de la circulación de vehículos automóviles, así como al control de la obligación de asegurar esta responsabilidad, en relación con el artículo 3 de la misma Directiva, en el sentido de que se opone a una normativa nacional conforme a la cual el perjudicado que ya no sea propietario del automóvil dañado, por haberlo vendido a cambio de una suma de dinero y no tener, por tanto, la posibilidad de repararlo, no puede consecuentemente reclamar a la empresa de seguros que cubre a la persona responsable en lo que respecta a la responsabilidad civil el pago de los gastos de la reparación que habría sido necesaria para restituir el vehículo dañado a su estado anterior al daño, de modo que solo puede ejercitar una acción a fin de reclamar a la empresa de seguros una indemnización por el valor real y actual de la pérdida sufrida en su patrimonio, a saber, la diferencia entre el valor del vehículo en su estado anterior al accidente y el importe obtenido por la venta del vehículo, más los gastos justificados efectivamente soportados por la reparación del vehículo y otros gastos justificados efectivamente soportados resultantes del accidente?


(1)  DO 2009, L 263, p. 11.


28.2.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 95/9


Petición de decisión prejudicial planteada por el Sąd Okręgowy w Warszawie (Polonia) el 11 de octubre de 2021 — TB

(Asunto C-628/21)

(2022/C 95/13)

Lengua de procedimiento: polaco

Órgano jurisdiccional remitente

Sąd Okręgowy w Warszawie

Partes en el procedimiento principal

Solicitante: TB

Intervinientes: Castorama Polska Sp. z o.o., y «Knor» Sp. z o.o.

Cuestiones prejudiciales

1.

¿Debe interpretarse el artículo 8, apartado 1, en relación con el artículo 4, apartado 1, de la Directiva 2004/48/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativa al respeto de los derechos de propiedad intelectual, (1) en el sentido de que se refiere a una medida de protección de los derechos de propiedad intelectual aplicable únicamente si se atribuye en este u otro procedimiento el derecho de propiedad intelectual al titular del derecho?

2.

En caso de respuesta negativa a la primera cuestión prejudicial, ¿debe interpretarse el artículo 8, apartado 1, en relación con el artículo 4, apartado 1, de la Directiva 2004/48/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, relativa al respeto de los derechos de propiedad intelectual, en el sentido de que resulta suficiente que existan probabilidades razonables de que la medida se refiera a un derecho de propiedad intelectual existente, en lugar de probar este hecho, sobre todo en una situación en la que una solicitud de información sobre el origen y las redes de distribución de las mercancías o los servicios precede a la presentación de reclamaciones de pago de las indemnizaciones por infracción de derechos de propiedad intelectual?


(1)  DO 2004, L 157, p. 45.


28.2.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 95/9


Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunalul Bihor (Rumanía) el 18 de octubre de 2021 — P.C.H. / Parchetul de pe lângă Tribunalul Bihor, Parchetul de pe lângă Curtea de Apel Oradea, Ministerul Public — Parchetul de pe lângă Înalta Curte de Casaţie şi Justitie

(Asunto C-642/21)

(2022/C 95/14)

Lengua de procedimiento: rumano

Órgano jurisdiccional remitente

Tribunalul Bihor

Partes en el procedimiento principal

Demandante: P.C.H.

Demandadas: Parchetul de pe lângă Tribunalul Bihor, Parchetul de pe lângă Curtea de Apel Oradea y Ministerul Public — Parchetul de pe lângă Înalta Curte de Casaţie şi Justitie

con intervención de: Consiliului Național pentru Combaterea Discriminării

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Deben interpretarse el artículo 9, apartado 1, de la Directiva 2000/78/C[E] del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación, (1) por lo que respecta a la garantía de la existencia de procedimientos judiciales «para todas las personas que se consideren perjudicadas por la no aplicación, en lo que a ellas se refiere, del principio de igualdad de trato», así como el artículo 47 [párrafo primero] de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en lo que atañe a la garantía del derecho a «la tutela judicial efectiva y a un juez imparcial», en el sentido de que se oponen a una normativa nacional como la contenida en el artículo 211, letra c), de la Legea dialogului social nr. 62/2011 (Ley n.o 62/2011, del Diálogo social), que establece que el plazo de tres años para presentar la demanda de indemnización empieza a correr «desde la fecha en que se produce el perjuicio» con independencia de si el demandante ha tenido o no conocimiento de que se ha producido el perjuicio (y del alcance de este)?

2)

¿Deben interpretarse el artículo 2, apartados 1 y 2, así como el artículo 3, apartado 1, letra c), in fine, de la Directiva 2000/78/C[E] del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación, en el sentido de que se oponen a una normativa nacional como la contenida en el artículo 1, apartado 2, de la Legea-cadru nr. 330 din 5 noiembrie 2009 privind salarizarea unitară a personalului plătit din fonduri publice (Ley marco n.o 330, de 5 de noviembre 2009, relativa a la retribución unitaria del personal remunerado con fondos públicos), tal como fue interpretada por la sentencia n.o 7/2019 (publicada en el Monitorul Oficial al României n.o 343 de 06/05/2019) dictada por la Înalta Curte de Casație și Justiție (Tribunal Supremo, Rumanía) en un recurso de casación para la unificación de doctrina, habida cuenta de que el demandante no ha tenido la posibilidad legal de solicitar el incremento del complemento de destino en el momento en que accedió a la Magistratura, con posterioridad a la entrada en vigor de la Legea [nr.] 330 din 2009 (Ley n.o 330 de 2009), que preveía expresamente que los derechos retributivos son y siguen siendo exclusivamente los que se establecen en ella, existiendo por lo tanto una discriminación retributiva en comparación con sus compañeros, incluso por razón de edad, lo que de hecho implica que solo los magistrados de mayor edad que fueron nombrados para sus cargos con anterioridad al mes de enero de 2010 (que habían obtenido resoluciones judiciales en su favor en el período comprendido entre 2006 y 2009, cuyos fallos fueron aclarados durante el año 2019 en virtud de la sentencia n.o 7/2019 [de la Înalta Curte de Casație și Justiție]), percibieron, durante los meses de diciembre de 2019 y enero de 2020, el pago retroactivo de los derechos retributivos (similares a los solicitados mediante la demanda objeto del presente procedimiento) correspondientes al período transcurrido entre 2010 y 2015, aunque durante dicho período el demandante también ostentó el cargo de fiscal y desempeñó el mismo trabajo, en las mismas condiciones y en la misma institución?

3)

¿Debe interpretarse la Directiva 2000/78/CE en el sentido de que solo se opone a la discriminación cuando esta última se basa en alguno de los motivos enumerados por su artículo 1 o, por el contrario, tal Directiva, completada en su caso con otras disposiciones del Derecho europeo, se opone con carácter general a que un trabajador sea tratado de manera distinta a otro por lo que respecta a la retribución, en circunstancias en que desempeña el mismo trabajo, para el mismo empleador, [en] el mismo período y en las mismas condiciones?


(1)  DO 2000, L 303, p. 16.


28.2.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 95/10


Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunalul Bihor (Rumanía) el 18 de octubre de 2021 — F.O.L. / Tribunalul Cluj

(Asunto C-643/21)

(2022/C 95/15)

Lengua de procedimiento: rumano

Órgano jurisdiccional remitente

Tribunalul Bihor

Partes en el procedimiento principal

Demandante: F.O.L.

Demandada: Tribunalul Cluj

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Deben interpretarse el artículo 9, apartado 1, de la Directiva 2000/78/C[E] del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación, (1) por lo que respecta a la garantía de la existencia de procedimientos judiciales «para todas las personas que se consideren perjudicadas por la no aplicación, en lo que a ellas se refiere, del principio de igualdad de trato», así como el artículo 47 [párrafo primero] de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en lo que atañe a la garantía del derecho a «la tutela judicial efectiva y a un juez imparcial», en el sentido de que se oponen a una normativa nacional como la contenida en el artículo 211, letra c), de la Legea dialogului social nr. 62/2011 (Ley n.o 62/2011, del Diálogo social), que establece que el plazo de tres años para presentar la demanda de indemnización empieza a correr «desde la fecha en que se produce el perjuicio» con independencia de si el demandante ha tenido o no conocimiento de que se ha producido el perjuicio (y del alcance de este)?

2)

¿Deben interpretarse el artículo 2, apartados 1 y 2, así como el artículo 3, apartado 1, letra c), in fine, de la Directiva 2000/78/C[E] del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación, en el sentido de que se oponen a una normativa nacional como la contenida en el artículo 1, apartado 2, de la Legea-cadru nr. 330 din 5 noiembrie 2009 privind salarizarea unitară a personalului plătit din fonduri publice (Ley marco n.o 330, de 5 de noviembre 2009, relativa a la retribución unitaria del personal remunerado con fondos públicos), tal como fue interpretada por la sentencia n.o 7/2019 (publicada en el Monitorul Oficial al României n.o 343 de 06/05/2019) dictada por la Înalta Curte de Casație și Justiție (Tribunal Supremo, Rumanía) en un recurso de casación para la unificación de doctrina, habida cuenta de que el demandante no ha tenido la posibilidad legal de solicitar el incremento del complemento de destino en el momento en que accedió a la Magistratura, con posterioridad a la entrada en vigor de la Legea [nr.] 330 din 2009 (Ley n.o 330 de 2009), que preveía expresamente que los derechos retributivos son y siguen siendo exclusivamente los que se establecen en ella, existiendo por lo tanto una discriminación retributiva en comparación con sus compañeros, incluso por razón de edad, lo que de hecho implica que solo los magistrados de mayor edad que fueron nombrados para sus cargos con anterioridad al mes de enero de 2010 (que habían obtenido resoluciones judiciales en su favor en el período comprendido entre 2006 y 2009, cuyos fallos fueron aclarados durante el año 2019 en virtud de la sentencia n.o 7/2019 [de la Înalta Curte de Casație și Justiție]), percibieron, durante los meses de diciembre de 2019 y enero de 2020, el pago retroactivo de los derechos retributivos (similares a los solicitados mediante la demanda objeto del presente procedimiento) correspondientes al período transcurrido entre 2010 y 2015, aunque durante dicho período el demandante también ostentó el cargo de juez y desempeñó el mismo trabajo, en las mismas condiciones y en la misma institución?

3)

¿Debe interpretarse la Directiva 2000/78/CE en el sentido de que solo se opone a la discriminación cuando esta última se basa en alguno de los motivos enumerados por su artículo 1 o, por el contrario, tal Directiva, completada en su caso con otras disposiciones del Derecho europeo, se opone con carácter general a que un trabajador sea tratado de manera distinta a otro por lo que respecta a la retribución, en circunstancias en que desempeña el mismo trabajo, para el mismo empleador, [en] el mismo período y en las mismas condiciones?


(1)  DO 2000, L 303, p. 16.


28.2.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 95/11


Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunalul Bihor (Rumanía) el 18 de octubre de 2021 — M.I.A., P.R.-M., V.-C.I-C, F.C.R., P (anteriormente T). Ş-B., D.R., P.E.E., F.I. / Tribunalul Cluj, Tribunalul Mureş, Tribunalul Hunedoara, Tribunalul Suceava, Tribunalul Galaţi

(Asunto C-644/21)

(2022/C 95/16)

Lengua de procedimiento: rumano

Órgano jurisdiccional remitente

Tribunalul Bihor

Partes en el procedimiento principal

Demandantes: M.I.A., P.R.-M., V.-C.I-C, F.C.R., P (anteriormente T). Ş-B., D.R., P.E.E. y F.I.

Demandadas: Tribunalul Cluj, Tribunalul Mureş, Tribunalul Hunedoara, Tribunalul Suceava y Tribunalul Galaţi

con intervención de: Consiliului Național pentru Combaterea Discriminării

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Deben interpretarse el artículo 9, apartado 1, de la Directiva 2000/78/C[E] del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación, (1) por lo que respecta a la garantía de la existencia de procedimientos judiciales «para todas las personas que se consideren perjudicadas por la no aplicación, en lo que a ellas se refiere, del principio de igualdad de trato», así como el artículo 47 [párrafo primero] de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en lo que atañe a la garantía del derecho a «la tutela judicial efectiva y a un juez imparcial», en el sentido de que se oponen a una normativa nacional como la contenida en el artículo 211, letra c), de la Legea dialogului social nr. 62/2011 (Ley n.o 62/2011, del Diálogo social), que establece que el plazo de tres años para presentar la demanda de indemnización empieza a correr «desde la fecha en que se produce el perjuicio» con independencia de si los demandantes han tenido o no conocimiento de que se ha producido el perjuicio (y del alcance de este)?

2)

¿Deben interpretarse el artículo 2, apartados 1 y 2, así como el artículo 3, apartado 1, letra c), in fine, de la Directiva 2000/78/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación, en el sentido de que se oponen a una normativa nacional como la contenida en el artículo 1, apartado 2, de la Legea-cadru nr. 330 din 5 noiembrie 2009 privind salarizarea unitară a personalului plătit din fonduri publice (Ley marco n.o 330, de 5 de noviembre 2009, relativa a la retribución unitaria del personal remunerado con fondos públicos), tal como fue interpretada por la sentencia n.o 7/2019 (publicada en el Monitorul Oficial al României n.o 343 de 06/05/2019) dictada por la Înalta Curte de Casație și Justiție (Tribunal Supremo, Rumanía) en un recurso de casación para la unificación de doctrina, habida cuenta de que los demandantes no han tenido la posibilidad legal de solicitar el incremento del complemento de destino en el momento en que accedieron a la Magistratura, con posterioridad a la entrada en vigor de la Legea [nr.] 330 din 2009 (Ley n.o 330 de 2009), que preveía expresamente que los derechos retributivos son y siguen siendo exclusivamente los que se establecen en ella, existiendo por lo tanto una discriminación retributiva en comparación con sus compañeros, incluso por razón de edad, lo que de hecho implica que solo los magistrados de mayor edad que fueron nombrados para sus cargos con anterioridad al mes de enero de 2010 (que habían obtenido resoluciones judiciales en su favor en el período comprendido entre 2006 y 2009, cuyos fallos fueron aclarados durante el año 2019 en virtud de la sentencia n.o 7/2019 [de la Înalta Curte de Casație și Justiție]), percibieron, durante los meses de diciembre de 2019 y enero de 2020, el pago retroactivo de los derechos retributivos (similares a los solicitados mediante la demanda objeto del presente procedimiento) correspondientes al período transcurrido entre 2010 y 2015, aunque durante dicho período los demandantes también ostentaron el cargo de juez y desempeñaron el mismo trabajo, en las mismas condiciones y en la misma institución?

3)

¿Debe interpretarse la Directiva 2000/78/CE en el sentido de que solo se opone a la discriminación cuando esta última se basa en alguno de los motivos enumerados por su artículo 1 o, por el contrario, tal Directiva, completada en su caso con otras disposiciones del Derecho europeo, se opone con carácter general a que un trabajador sea tratado de manera distinta a otro por lo que respecta a la retribución, en circunstancias en que desempeña el mismo trabajo, para el mismo empleador, [en] el mismo período y en las mismas condiciones?


(1)  DO 2000, L 303, p. 16.


28.2.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 95/12


Petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunalul Bihor (Rumanía) el 21 de octubre de 2021 — C.C.C., C.R.R., U.D.M. / Tribunalul Cluj, Tribunalul Satu Mare, Tribunalul Bucureşti, Tribunalul Bistriţa Năsăud, Tribunalul Maramureş, Tribunalul Sibiu

(Asunto C-645/21)

(2022/C 95/17)

Lengua de procedimiento: rumano

Órgano jurisdiccional remitente

Tribunalul Bihor

Partes en el procedimiento principal

Demandantes: C.C.C., C.R.R. y U.D.M.

Demandadas: Tribunalul Cluj, Tribunalul Satu Mare, Tribunalul Bucureşti, Tribunalul Bistriţa Năsăud, Tribunalul Maramureş y Tribunalul Sibiu

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Deben interpretarse el artículo 9, apartado 1, de la Directiva 2000/78/C[E] del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación, (1) por lo que respecta a la garantía de la existencia de procedimientos judiciales «para todas las personas que se consideren perjudicadas por la no aplicación, en lo que a ellas se refiere, del principio de igualdad de trato», así como el artículo 47 [párrafo primero] de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en lo que atañe a la garantía del derecho a «la tutela judicial efectiva y a un juez imparcial», en el sentido de que se oponen a una normativa nacional como la contenida en el artículo 211, letra c), de la Legea dialogului social nr. 62/2011 (Ley n.o 62/2011, del Diálogo social), que establece que el plazo de tres años para presentar la demanda de indemnización empieza a correr «desde la fecha en que se produce el perjuicio» con independencia de si los demandantes han tenido o no conocimiento de que se ha producido el perjuicio (y del alcance de este)?

2)

¿Deben interpretarse el artículo 2, apartados 1 y 2, así como el artículo 3, apartado 1, letra c), in fine, de la Directiva 2000/78/C[E] del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación, en el sentido de que se oponen a una normativa nacional como la contenida en el artículo 1, apartado 2, de la Legea-cadru nr. 330 din 5 noiembrie 2009 privind salarizarea unitară a personalului plătit din fonduri publice (Ley marco n.o 330, de 5 de noviembre 2009, relativa a la retribución unitaria del personal remunerado con fondos públicos), tal como fue interpretada por la sentencia n.o 7/2019 (publicada en el Monitorul Oficial al României n.o 343 de 06/05/2019) dictada por la Înalta Curte de Casație și Justiție (Tribunal Supremo, Rumanía) en un recurso de casación para la unificación de doctrina, habida cuenta de que los demandantes no han tenido la posibilidad legal de solicitar el incremento del complemento de destino en el momento en que accedieron a la Magistratura, con posterioridad a la entrada en vigor de la Legea [nr.] 330 din 2009 (Ley n.o 330 de 2009), que preveía expresamente que los derechos retributivos son y siguen siendo exclusivamente los que se establecen en ella, existiendo por lo tanto una discriminación retributiva en comparación con sus compañeros, incluso por razón de edad, lo que de hecho implica que solo los magistrados de mayor edad que fueron nombrados para sus cargos con anterioridad al mes de enero de 2010 (que habían obtenido resoluciones judiciales en su favor en el período comprendido entre 2006 y 2009, cuyos fallos fueron aclarados durante el año 2019 en virtud de la sentencia n.o 7/2019 [de la Înalta Curte de Casație și Justiție]), percibieron, durante los meses de diciembre de 2019 y enero de 2020, el pago retroactivo de los derechos retributivos (similares a los solicitados mediante la demanda objeto del presente procedimiento) correspondientes al período transcurrido entre 2010 y 2015, aunque durante dicho período el demandantes también ostentaron el cargo de juez y desempeñaron el mismo trabajo, en las mismas condiciones y en la misma institución?

3)

¿Debe interpretarse la Directiva 2000/78/CE en el sentido de que solo se opone a la discriminación cuando esta última se basa en alguno de los motivos enumerados por su artículo 1 o, por el contrario, tal Directiva, completada en su caso con otras disposiciones del Derecho europeo, se opone con carácter general a que un trabajador sea tratado de manera distinta a otro por lo que respecta a la retribución, en circunstancias en que desempeña el mismo trabajo, para el mismo empleador, [en] el mismo período y en las mismas condiciones?


(1)  DO 2000, L 303, p. 16.


28.2.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 95/13


Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesarbeitsgericht (Alemania) el 8 de noviembre de 2021 — ZQ / Medizinischer Dienst der Krankenversicherung Nordrhein, Körperschaft des öffentlichen Rechts

(Asunto C-667/21)

(2022/C 95/18)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Bundesarbeitsgericht

Partes en el procedimiento principal

Demandante: ZQ

Demandada: Medizinischer Dienst der Krankenversicherung Nordrhein, Körperschaft des öffentlichen Rechts

Cuestiones prejudiciales

1.

¿Debe interpretarse el artículo 9, apartado 2, letra h), del Reglamento (UE) 2016/679 (1) (Reglamento general de protección de datos; en lo sucesivo, «RGPD») en el sentido de que prohíbe a un servicio médico de una caja de seguro de enfermedad tratar datos relativos a la salud de un trabajador de dicho servicio, cuando son indispensables para la evaluación de la capacidad laboral de ese trabajador?

2.

En caso de respuesta negativa del Tribunal de Justicia a la primera cuestión prejudicial, de manera que conforme a lo dispuesto en el artículo 9, apartado 2, letra h), del RGPD habría que considerar la posibilidad de que exista una excepción a la prohibición de tratamiento de datos relativos a la salud establecida en el artículo 9, apartado 1, del RGPD, ¿deben respetarse en un caso como el de autos, además de los requisitos establecidos en el artículo 9, apartado 3, del RGPD, exigencias añadidas en materia de protección de datos y, en su caso, cuáles serían?

3.

En caso de respuesta negativa del Tribunal de Justicia a la primera cuestión prejudicial, de manera que conforme a lo dispuesto en el artículo 9, apartado 2, letra h), del RGPD habría que considerar la posibilidad de que exista una excepción a la prohibición de tratamiento de datos relativos a la salud establecida en el artículo 9, apartado 1, del RGPD, ¿depende en un caso como el de autos la admisibilidad o la licitud del tratamiento de datos relativos a la salud de que se cumpla, además, al menos una de las condiciones señaladas en el artículo 6, apartado 1, del RGPD?

4.

¿Tiene el artículo 82, apartado 1, del RGPD naturaleza preventiva especial o general y debe tenerse ello en cuenta en detrimento del responsable o del encargado del tratamiento al cuantificar el importe de los daños y perjuicios inmateriales que deben indemnizarse con base en el artículo 82, apartado 1, del RGPD?

5.

¿Es relevante el grado de culpa del responsable o del encargado del tratamiento al cuantificar el importe de los daños y perjuicios inmateriales que deben indemnizarse con base en el artículo 82, apartado 1, del RGPD? En particular, ¿puede tenerse en cuenta a favor del responsable o del encargado del tratamiento la inexistencia de culpa o la existencia de culpa leve por su parte?


(1)  Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) (DO 2016, L 119, p. 1).


28.2.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 95/14


Petición de decisión prejudicial planteada por el Verwaltungsgericht Cottbus (Alemania) el 29 de noviembre de 2021 — Stadt Frankfurt (Oder) y FWA Frankfurter Wasser- und Abwassergesellschaft mbH / Landesamt für Bergbau, Geologie und Rohstoffe

(Asunto C-723/21)

(2022/C 95/19)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Verwaltungsgericht Cottbus

Partes en el procedimiento principal

Demandantes: Stadt Frankfurt (Oder) y FWA Frankfurter Wasser- und Abwassergesellschaft mbH

Demandada: Landesamt für Bergbau, Geologie und Rohstoffe

Cuestiones prejudiciales

1.

a.

¿Debe interpretarse el artículo 7, apartado 3, de la Directiva 2000/60/CE (1) en el sentido de que todos los miembros del público directamente afectado por un proyecto están legitimados para actuar en vía judicial contra los incumplimientos de la obligación de

i)

evitar el deterioro de la calidad de las masas de agua que sirvan para la producción de agua potable,

ii)

contribuir a reducir el nivel del tratamiento de purificación necesario para la producción de agua potable,

invocando la protección de terceros en el marco de la prohibición de deterioro que rige en materia de aguas subterráneas (véanse las sentencias del Tribunal de Justicia de 28 de mayo de 2020, Land Nordrhein-Westfalen, C-535/18, (2) apartados 132 y 133, y de 3 de octubre de 2019, Wasserleitungsverband Nördliches Burgenland y otros, C-197/18, (3) apartados 40 y 42)?

b.

En caso de respuesta negativa a la letra a):

¿Están legitimados para actuar contra el incumplimiento de los mandatos y las prohibiciones del artículo 7, apartado 3, de la Directiva 2000/60/CE, en cualquier caso, aquellos demandantes a los que se les haya encomendado la producción de agua potable y el tratamiento de purificación?

2.

En el caso de las masas de agua situadas fuera de los perímetros de protección en el sentido del artículo 7, apartado 3, segunda frase, de la Directiva 2000/60/CE, ¿contiene el artículo 7, apartado 3, de la Directiva 2000/60/CE además del mandato para planificaciones a largo plazo mediante planes hidrológicos y programas de medidas, de un modo similar al artículo 4 de la Directiva 2000/60/CE, también la obligación de denegar la autorización para proyectos concretos debido al incumplimiento de la prohibición de deterioro (véase la sentencia del Tribunal de Justicia de 28 de mayo de 2020, Land Nordrhein-Westfalen, C-535/18, apartado 75)?

3.

Partiendo del hecho de que el artículo 7, apartado 3, de la Directiva 2000/60/CE no establece criterios propios para el examen de la prohibición de deterioro, contrariamente a lo que se hace en el anexo V respecto del artículo 4 de la Directiva 2000/60/CE:

a.

¿En qué condiciones debe considerarse que se produce un deterioro de la masa de agua y, de un modo subsiguiente, un aumento del nivel del tratamiento de purificación necesario para la producción de agua potable?

b.

¿Podrían ser los umbrales fijados en el anexo I de la Directiva 98/83/CE (4) la referencia pertinente para el aumento del nivel del tratamiento de purificación y, por tanto, para la prohibición de deterioro prevista en el artículo 7, apartado 3, de la Directiva 2000/60/CE, como sugiere el artículo 7, apartado 2, in fine, de la Directiva 2000/60/CE?

c.

En caso de respuesta afirmativa a la letra b):

¿Puede existir un incumplimiento de la prohibición de deterioro establecida en el artículo 7, apartado 3, de la Directiva 2000/60/CE, si el único valor significativo no es un umbral de las partes A o B del anexo I, sino un parámetro indicador conforme a la parte C del anexo I?

4.

¿Cuándo debe concluirse que se ha incumplido la prohibición de deterioro en el ámbito del agua potable establecida en el artículo 7, apartado 3, de la Directiva 2000/60/CE (véanse, acerca del criterio de la prohibición de deterioro del artículo 4 de la Directiva 2000/60/CE: sentencia del Tribunal de Justicia de 28 de mayo de 2020, Land Nordrhein-Westfalen, C-535/18, apartado 119, y la anterior sentencia de 1 de julio de 2015, Bund für Umwelt und Naturschutz Deutschland, C-461/13, (5) apartado 52)?

a.

Para concluir que se ha producido un incumplimiento, ¿basta cualquier deterioro

o bien

b.

debe ser probable que no se respete el parámetro indicador de 250 mg/l aplicable al sulfato,

o bien

c.

debe existir la amenaza de medidas correctivas en el sentido del artículo 8, apartado 6, de la Directiva 98/83/CE que incrementen el coste del tratamiento de depuración para la producción de agua potable?

5.

¿Contiene el artículo 7, apartado 3, de la Directiva 2000/60/CE, además del criterio de control material, también exigencias relativas al procedimiento administrativo de autorización, de modo que la jurisprudencia del Tribunal de Justicia relativa al artículo 4 de la Directiva 2000/60/CE es igualmente aplicable al alcance del control con arreglo al artículo 7, apartado 3, de la Directiva 2000/60/CE (véase la sentencia del Tribunal de Justicia de 28 de mayo de 2020, Land Nordrhein-Westfalen, C-535/18, segunda cuestión prejudicial)?

6.

¿Debe realizarse por parte del promotor del proyecto un estudio pericial del posible menoscabo del artículo 7, apartado 3, de la Directiva 2000/60/CE en cuanto el proyecto pueda incumplir lo exigido por dicha disposición?

7.

¿Debe considerarse también en esta situación que el estudio debe constar en el momento de la decisión en materia de aguas y que, por consiguiente, un estudio efectuado a posteriori, durante el procedimiento judicial, no puede subsanar la ilegalidad de la autorización al amparo de la legislación de aguas (véase la sentencia del Tribunal de Justicia de 28 de mayo de 2020, Land Nordrhein-Westfalen, C-535/18, apartados 76, 80 y siguientes)?

8.

¿Es posible que resulten relegados a un segundo plano los mandatos y las prohibiciones del artículo 7, apartado 3, de la Directiva 2000/60/CE con ocasión de la ponderación en el marco de la autorización, prevaleciendo el objetivo perseguido por el proyecto, en particular cuando el coste del tratamiento de depuración sea reducido o el objetivo del proyecto particularmente importante?

9.

¿Se aplica el artículo 4, apartado 7, al artículo 7, apartado 3, de la Directiva 2000/60/CE?

10.

¿Qué obligaciones que van más allá del artículo 4 de la Directiva 2000/60/CE deben deducirse del artículo 7, apartado 2, de dicha Directiva, con la consecuencia de que deben ser tenidas en cuenta en el marco de un procedimiento de autorización de un proyecto?


(1)  Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2000, por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas (DO 2000, L 327, p. 1).

(2)  EU:C:2020:391.

(3)  EU:C:2019:824.

(4)  Directiva 98/83/CE del Consejo de 3 de noviembre de 1998 relativa a la calidad de las aguas destinadas al consumo humano (DO 1998, L 330, p. 32).

(5)  EU:C:2015:433.


28.2.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 95/16


Recurso de casación interpuesto el 6 de diciembre de 2021 por Pilatus Bank plc contra el auto del Tribunal General (Sala Novena) dictado el 24 de septiembre de 2021 en el asunto T-139/19, Pilatus Bank / BCE

(Asunto C-750/21 P)

(2022/C 95/20)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente en casación: Pilatus Bank plc (representante: O. Behrends, Rechtsanwalt)

Otra parte en el procedimiento: Banco Central Europeo (BCE)

Pretensiones de la parte recurrente en casación

El recurrente en casación solicita al Tribunal de Justicia que:

Anule el auto recurrido.

Declare nula y sin valor, con arreglo al artículo 264 TFUE, la Decisión del BCE de 21 de diciembre de 2018 por la que este declaró al recurrente en casación que ya no era competente para asegurar su supervisión prudencial directa y para adoptar las medidas correspondientes.

Devuelva el asunto al Tribunal General para que este se pronuncie sobre el recurso de anulación, en la medida en que el Tribunal de Justicia no pueda pronunciarse sobre el fondo.

Condene al BCE a cargar con las costas del recurrente en casación y con las costas del presente procedimiento.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, el recurrente en casación invoca dos motivos.

Primer motivo de casación, basado en que el Tribunal General interpretó erróneamente lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.o 1024/2013 del Consejo, (1) al suponer, de manera errónea, que el BCE ya no tenía competencia respecto del recurrente en casación como consecuencia de la revocación de la autorización de este.

Segundo motivo de casación, basado en que el Tribunal General no examinó adecuadamente los motivos del recurrente en casación no referidos a la supuesta falta de competencia del BCE.


(1)  Reglamento (UE) n.o 1024/2013 del Consejo, de 15 de octubre de 2013, que encomienda al Banco Central Europeo tareas específicas respecto de políticas relacionadas con la supervisión prudencial de las entidades de crédito (DO 2013, L 287, p. 63).


28.2.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 95/17


Petición de decisión prejudicial planteada por el Landesgericht Salzburg (Austria) el 7 de diciembre de 2021 — PJ / Eurowings GmbH

(Asunto C-751/21)

(2022/C 95/21)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Landesgericht Salzburg

Partes en el procedimiento principal

Demandante: PJ

Demandada: Eurowings GmbH

Cuestiones prejudiciales

1.

¿Existe también una «denegación de embarque» en el sentido de los artículos 4 y 2, letra j), del Reglamento (CE) n.o 261/2004 (1) cuando se deniega el embarque a los pasajeros del vuelo de que se trate, no una vez llegados a la puerta de embarque (puerta de salida), sino en el propio mostrador de facturación, motivo por el cual ni siquiera llegan a la puerta de embarque (puerta de salida)?

2.

¿Es suficiente para cumplir los requisitos del artículo 3, apartado 2, letra a), del Reglamento (CE) n.o 261/2004 que el pasajero, en el caso de un vuelo con hora de salida a las 6.20 horas, cuyo embarque [se cierra] a las 5.50 horas y el «gate closure» (cierre de puerta) es a las 6.05 horas (información resultante de la tarjeta de embarque), tras llegar al aeropuerto en taxi a las 5.14 horas, inmediatamente después (es decir, aproximadamente a las 5.16 horas) se presente en el mostrador de facturación de la parte demandada? Todo ello, considerando, en particular, que el propio día del vuelo, a las 3.14 horas, la parte demandada advirtió al pasajero del elevado número de reservas para ese vuelo y que el equipaje de mano debía facturarse en el mostrador de facturación. También deberá tenerse en cuenta que, según ha informado la parte demandada, el mostrador de facturación en Hamburgo estuvo abierto desde dos horas antes de la salida del vuelo y hasta 40 minutos antes de la salida del vuelo.

3.

¿Constituye una «denegación de embarque» en el sentido de los artículos 4 y 2, letra j), del Reglamento (CE) n.o 261/2004, el hecho de que en el propio mostrador de facturación de la parte demandada el demandante y su familia sean remitidos a las 5.16 horas directamente a las máquinas de autofacturación de equipajes del aeropuerto de Hamburgo para que facturen allí su equipaje, cuando dichas máquinas están fuertemente concurridas y a pesar de la ayuda del personal de la parte demandada o del operador del aeropuerto no funcionan sin incidencias, y sean enviados a continuación a otras máquinas de autofacturación, en las que fracasa de nuevo el intento de facturar, de modo que a las 5.40 horas funciona por primera vez una máquina que reconoce el equipaje, pero que a las 5.41 horas deniega la facturación remitiendo al demandante de nuevo al mostrador de facturación de la parte demandada, donde se le comunica que ha perdido el vuelo?

4.

¿Existe culpa concurrente del demandante y, por tanto, también de sus acompañantes, por el hecho de que, a la vista de las dificultades asociadas a la autofacturación del equipaje, simplemente siguieran las instrucciones del personal y de las máquinas y al hacerlo no se dieran cuenta que se aproximaba la hora límite del plazo para facturar y para llegar a la puerta de salida? ¿Debe reprocharse al demandante y a sus acompañantes que, habida cuenta de las dificultades encontradas durante la facturación, no consideraran a tiempo la posibilidad de que el equipaje les fuera enviado a posteriori? ¿Habría sido razonablemente exigible que el grupo de viajeros se separara, es decir, por ejemplo, que el demandante permaneciera [en tierra] con el equipaje, de modo que las demás personas hubieran podido llegar a la puerta de salida? Todo ello considerando, en particular, el hecho de que la hija del demandante que a raíz de una cirugía de rodilla usaba muletas y la suegra del demandante por su edad y artrosis eran personas con movilidad reducida.

5.

En caso de respuesta negativa a las cuestiones prejudiciales primera a tercera: ¿debe interpretarse el artículo 2, letra j), del Reglamento (CE) n.o 261/2004 en el sentido de que se produce una «denegación de embarque» a efectos del artículo 2, letra j), de este Reglamento en una situación en la que, debido a deficiencias organizativas de la compañía aérea (por ejemplo, número insuficiente de mostradores de facturación abiertos, falta de personal, falta de información a los pasajeros por medio de sistemas de altavoces) y/o debido a incidencias en el aeropuerto (defectos en las máquinas de autofacturación de equipajes), los pasajeros, a pesar de haberse personado en la cola del mostrador de facturación cerca de una hora antes de la salida, no acceden al mostrador de facturación hasta un momento determinado (al cierre del mostrador de check in) en el que, por ese motivo, no pueden ser transportados?


(1)  Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, por el que se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, y se deroga el Reglamento (CEE) n.o 295/91 (DO 2004, L 46, p. 1).


28.2.2022   

ES

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C 95/18


Petición de decisión prejudicial planteada por la Cour de cassation (Francia) el 8 de diciembre de 2021 — Instrubel NV / Montana Management Inc. y BNP Paribas Securities Services

(Asunto C-753/21)

(2022/C 95/22)

Lengua de procedimiento: francés

Órgano jurisdiccional remitente

Cour de cassation

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: Instrubel NV

Recurridas: Montana Management Inc. y BNP Paribas Securities Services

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Deben interpretarse el artículo 4, apartados 2, 3 y 4, y el artículo 6 del Reglamento (CE) n.o 1210/2003, (1) en su versión modificada, en el sentido de que:

los capitales y recursos económicos bloqueados siguen siendo, hasta adoptarse la decisión de transferirlos al mecanismo establecido por el Gobierno de Irak para sustituir al Fondo de Desarrollo para Irak, propiedad de las personas físicas y jurídicas, entidades y organismos asociados con el régimen del antiguo Presidente Sadam Husein, a los que afecta el bloqueo de capitales y recursos económicos,

o son dichos capitales bloqueados propiedad del mecanismo establecido por el Gobierno de Irak para sustituir al Fondo de Desarrollo para Irak ya desde la entrada en vigor del Reglamento que designó, en los anexos III y IV, a las personas físicas y jurídicas, entidades y organismos asociados con el régimen del antiguo Presidente Sadam Husein, a los que afecta el bloqueo de capitales y recursos económicos?

2)

En el supuesto de que se responda a la cuestión 1) que los capitales y recursos económicos bloqueados son propiedad del mecanismo establecido por el Gobierno de Irak para sustituir al Fondo de Desarrollo para Irak, ¿deben interpretarse los artículos 4, apartados 2, 3 y 4, y 6 del Reglamento n.o 1210/2003, en su versión modificada, en el sentido de que se oponen a que, sin autorización previa de la autoridad nacional competente, se dé curso en relación con activos bloqueados a medidas carentes de efecto atributivo que prevé el Código francés de Procedimientos Civiles de Ejecución, como pueden ser garantías constituidas por orden judicial o embargos preventivos? ¿O bien se interpretan dichas disposiciones en el sentido de que solo exigen la autorización de dicha autoridad nacional en el momento de la liberación de los capitales bloqueados?


(1)  Reglamento (CE) n.o 1210/2003 del Consejo, de 7 de julio de 2003, relativo a determinadas restricciones específicas aplicables a las relaciones económicas y financieras con Iraq y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 2465/96 del Consejo (DO 2003, L 169, p. 6).


28.2.2022   

ES

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C 95/19


Petición de decisión prejudicial planteada por la Cour de cassation (Francia) el 8 de diciembre de 2021 — Montana Management Inc. / Heerema Zwijndrecht BV y BNP Paribas Securities Services

(Asunto C-754/21)

(2022/C 95/23)

Lengua de procedimiento: francés

Órgano jurisdiccional remitente

Cour de cassation

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: Montana Management Inc.

Recurridas: Heerema Zwijndrecht BV y BNP Paribas Securities Services

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Deben interpretarse el artículo 4, apartados 2, 3 y 4, y el artículo 6 del Reglamento (CE) n.o 1210/2003, (1) en su versión modificada, en el sentido de que:

los capitales y recursos económicos bloqueados siguen siendo, hasta adoptarse la decisión de transferirlos al mecanismo establecido por el Gobierno de Irak para sustituir al Fondo de Desarrollo para Irak, propiedad de las personas físicas y jurídicas, entidades y organismos asociados con el régimen del antiguo Presidente Sadam Husein, a los que afecta el bloqueo de capitales y recursos económicos,

o son dichos capitales bloqueados propiedad del mecanismo establecido por el Gobierno de Irak para sustituir al Fondo de Desarrollo para Irak ya desde la entrada en vigor del Reglamento que designó, en los anexos III y IV, a las personas físicas y jurídicas, entidades y organismos asociados con el régimen del antiguo Presidente Sadam Husein, a los que afecta el bloqueo de capitales y recursos económicos?

2)

En el supuesto de que se responda a la cuestión 1) que los capitales y recursos económicos son propiedad del mecanismo establecido por el Gobierno de Irak para sustituir al Fondo de Desarrollo para Irak, ¿deben interpretarse los artículos 4 y 6 del Reglamento n.o 1210/2003, en su versión modificada, en el sentido de que la ejecución de un embargo sobre los activos bloqueados está supeditada a la autorización previa de la autoridad nacional competente? ¿O bien se interpretan dichas disposiciones en el sentido de que solo exigen la autorización de dicha autoridad nacional en el momento de la liberación de los capitales bloqueados?


(1)  Reglamento (CE) n.o 1210/2003 del Consejo, de 7 de julio de 2003, relativo a determinadas restricciones específicas aplicables a las relaciones económicas y financieras con Iraq y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 2465/96 del Consejo (DO 2003, L 169, p. 6).


28.2.2022   

ES

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C 95/19


Petición de decisión prejudicial planteada por el Lietuvos vyriausiasis administracinis teismas (Lituania) el 14 de diciembre de 2021 — «Brink’s Lithuania» UAB / Lietuvos bankas

(Asunto C-772/21)

(2022/C 95/24)

Lengua de procedimiento: lituano

Órgano jurisdiccional remitente

Lietuvos vyriausiasis administracinis teismas

Partes en el procedimiento principal

Recurrente:«Brink’s Lithuania» UAB

Recurrida: Lietuvos bankas

Cuestiones prejudiciales

1.

¿Debe interpretarse el artículo 6, apartado 2, de la Decisión BCE/2010/14 (1) en el sentido de que una entidad que maneja efectivo y realiza comprobaciones automáticas de la aptitud de los billetes en euros está sujeta a las normas mínimas mencionadas en dicho precepto?

2.

En caso de que, de conformidad con el artículo 6, apartado 2, de la Decisión BCE/2010/14, las normas mínimas mencionadas en dicho artículo sean aplicables exclusivamente a los fabricantes de máquinas de tratamiento de billetes (y no a las entidades que manejan efectivo), ¿debe interpretarse el citado artículo 6, apartado 2, en relación con el artículo 3, apartado 5, de la misma Decisión, en el sentido de que se opone a una disposición de Derecho nacional en virtud de la cual las entidades que manejan efectivo están sujetas a la obligación de cumplir tales normas mínimas?

3.

Las normas mínimas de comprobación automática de la aptitud de los billetes en euros por máquinas de tratamiento de billetes, habida cuenta de que están publicadas en la dirección del BCE en Internet, ¿son acordes con el principio de seguridad jurídica y con el artículo 297 TFUE, apartado 2? ¿Son de obligado cumplimiento para las entidades que manejan efectivo? ¿Pueden invocarse frente a dichas entidades?

4.

El artículo 6, apartado 2, de la Decisión BCE/2010/14, en la medida en que establece que las normas mínimas de comprobación automática de la aptitud de los billetes en euros, junto con sus oportunas modificaciones, se publiquen en la dirección del BCE en Internet, ¿es contrario al principio de seguridad jurídica y al artículo 297 TFUE, apartado 2, y, por lo tanto, inválido?


(1)  Decisión del Banco Central Europeo, de 16 de septiembre de 2010, sobre la comprobación de la autenticidad y aptitud de los billetes en euros y sobre su recirculación (BCE/2010/14) (2010/597/EU) (DO 2010, L 267, p. 1).


28.2.2022   

ES

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C 95/20


Petición de decisión prejudicial planteada por el Korkein oikeus (Finlandia) el 20 de diciembre de 2021 — C y CD / Syyttäjä

(Asunto C-804/21)

(2022/C 95/25)

Lengua de procedimiento: finés

Órgano jurisdiccional remitente

Korkein oikeus

Partes en el procedimiento principal

Demandantes: C y CD

Demandada: Syyttäjä

Cuestiones prejudiciales

1)

Cuando una persona detenida no es entregada en plazo, ¿exige el artículo 23, apartado 3, de la Decisión Marco 2002/584/JAI, (1) en relación con el artículo 23, apartado 5, de esta misma Decisión Marco, que sea la autoridad judicial de ejecución mencionada en el artículo 6, apartado 2, de dicha Decisión Marco la que fije una nueva fecha de entrega y compruebe la existencia de circunstancias ajenas al control de alguno de los Estados miembros afectados, así como la concurrencia de los requisitos de detención, o acaso también es compatible con la Decisión Marco un procedimiento en el que el juez solo examina estos elementos a instancia de las partes? Si la ampliación del plazo exige la intervención de la autoridad judicial, ¿implica la falta de tal intervención necesariamente que los plazos previstos en la Decisión Marco han expirado y que, por lo tanto, la persona detenida debe ser puesta en libertad, con arreglo al artículo 23, apartado 5, de esta misma Decisión Marco?

2)

¿Debe interpretarse el artículo 23, apartado 3, de la Decisión Marco 2002/584/JAI en el sentido de que el concepto de circunstancia ajena al control de alguno de los Estados miembros afectados comprende también las trabas jurídicas a la entrega basadas en la legislación nacional del Estado miembro de ejecución, como la prohibición de la ejecución mientras esté en curso el procedimiento jurisdiccional o el derecho del solicitante de asilo a residir en el Estado miembro de ejecución hasta que se decida sobre su solicitud de asilo?


(1)  Decisión Marco 2002/584/JAI del Consejo, de 13 de junio de 2002, relativa a la orden de detención europea y a los procedimientos de entrega entre Estados miembros — Declaraciones realizadas por algunos Estados miembros con ocasión de la adopción de la Decisión Marco (DO 2002, L 190, p. 1).


Tribunal General

28.2.2022   

ES

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C 95/21


Sentencia del Tribunal General de 21 de diciembre de 2021 — Gmina Kosakowo/Comisión

(Asunto T-209/15) (1)

(«Ayudas de Estado - Infraestructuras aeroportuarias - Financiación pública concedida por los ayuntamientos de Gdynia y de Kosakowo para la reconversión del aeropuerto de Gdynia-Kosakowo - Decisión por la que se declara que la ayuda es incompatible con el mercado interior y por la que se ordena su recuperación - Ventaja - Principio del operador privado en una economía de mercado - Afectación de los intercambios comerciales entre Estados miembros - Perjuicio para la competencia - Recuperación - Obligación de motivación»)

(2022/C 95/26)

Lengua de procedimiento: polaco

Partes

Demandante: Gmina Kosakowo (Polonia) (representante: M. Leśny, abogado)

Demandada: Comisión Europea (representantes: S. Noë, K. Herrmann y A. Stobiecka-Kuik, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación de la Decisión (UE) 2015/1586 de la Comisión, de 26 de febrero de 2015, relativa a la medida SA.35388 (13/C) (ex 13/NN y ex 12/N) — Polonia — Creación del aeropuerto de Gdynia-Kosakowo (DO 2015, L 250, p. 165).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Gmina Kosakowo cargará con sus propias costas y con las de la Comisión Europea.


(1)  DO C 205 de 22.6.2015.


28.2.2022   

ES

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C 95/21


Sentencia del Tribunal General de 21 de diciembre de 2021 — Gmina Miasto Gdynia y Port Lotniczy Gdynia-Kosakowo/Comisión

(Asunto T-263/15 RENV) (1)

(«Ayudas de Estado - Infraestructuras aeroportuarias - Financiación pública concedida por los municipios de Gdynia y Kosakowo en favor de la reconversión del aeropuerto de Gdynia-Kosakowo - Decisión mediante la que se declara la ayuda incompatible con el mercado interior y se ordena su recuperación - Ventaja - Principio del operador privado en una economía de mercado - Efecto sobre los intercambios entre Estados miembros - Perjuicio a la competencia - Recuperación - Revocación de una decisión - Falta de reapertura del procedimiento de investigación formal - Derechos procedimentales de las partes interesadas - Derecho de defensa - Obligación de motivación»)

(2022/C 95/27)

Lengua de procedimiento: polaco

Partes

Demandantes: Gmina Miasto Gdynia (Polonia), Port Lotniczy Gdynia-Kosakowo sp. z o.o. (Gdynia, Polonia) (representantes: T. Koncewicz, M. Le Berre, K. Gruszecka-Spychała y P. Rosiak, abogados)

Demandada: Comisión Europea (representantes: K. Herrmann, D. Recchia y S. Noë, agentes)

Parte coadyuvante en apoyo de las demandantes: República de Polonia (representantes: B. Majczyna, M. Rzotkiewicz y S. Żyrek, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación de los artículos 2 a 5 de la Decisión (UE) 2015/1586 de la Comisión, de 26 de febrero de 2015, relativa a la medida SA.35388 (13/C) (ex 13/NN y ex 12/N) — Polonia — Reconversión del aeropuerto de Gdynia-Kosakowo (DO 2015, L 250, p. 165).

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Gmina Miasto Gdynia y Port Lotniczy Gdynia-Kosakowo sp. z o.o. cargarán con sus propias costas y con las de la Comisión Europea ante el Tribunal de Justicia en el marco del asunto C-56/18 P y ante el Tribunal General en el marco de los asuntos T-263/15 y T-263/15 RENV.

3)

La República de Polonia cargará con sus propias costas.


(1)  DO C 254 de 3.8.2015.


28.2.2022   

ES

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C 95/22


Sentencia del Tribunal General de 21 de diciembre de 2021 — EKETA/Comisión

(Asunto T-177/17) (1)

(«Cláusula compromisoria - Contrato Ask-it celebrado dentro del sexto programa marco - Gastos subvencionables - Nota de adeudo emitida por la Comisión para el reintegro de los importes anticipados - Fiabilidad de las relaciones de datos temporales - Conflicto de intereses - Subcontratación»)

(2022/C 95/28)

Lengua de procedimiento: griego

Partes

Demandante: Ethniko Kentro Erevnas kai Technologikis Anaptyxis (EKETA) (Tesalónica, Grecia) (representante: V. Christianos, abogado)

Demandada: Comisión Europea (representantes: A. Katsimerou, T. Adamopoulos y J. Estrada de Solà, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 272 TFUE por el que se solicita que se declare, por una parte, que el crédito que consta en la nota de adeudo n.o 3241615292 de la Comisión, de 29 de noviembre de 2016, con arreglo a la cual el demandante debía reintegrarle el importe de 211 185,95 euros procedente de la subvención que había percibido por un estudio sobre un proyecto de investigación denominado Ask-it, carece de fundamento en lo que respecta a un importe de 89 126,11 euros, y, por otra parte, que dicho importe corresponde a gastos subvencionables que el demandante no está obligado a reintegrar.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Ethniko Kentro Erevnas kai Technologikis Anaptyxis.


(1)  DO C 151 de 15.5.2017.


28.2.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 95/23


Sentencia del Tribunal General de 21 de diciembre de 2021 — EKETA/Comisión

(Asunto T-189/17) (1)

(«Cláusula compromisoria - Contrato Humabio celebrado dentro del sexto programa marco - Gastos subvencionables - Nota de adeudo emitida por la Comisión para el reintegro de los importes anticipados - Fiabilidad de las relaciones de datos temporales - Conflicto de intereses»)

(2022/C 95/29)

Lengua de procedimiento: griego

Partes

Demandante: Ethniko Kentro Erevnas kai Technologikis Anaptyxis (EKETA) (Tesalónica, Grecia) (representante: V. Christianos, abogado)

Demandada: Comisión Europea (representantes: A. Katsimerou, O. Verheecke, T. Adamopoulos y J. Estrada de Solà, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 272 TFUE por el que se solicita que se declare, por una parte, que el crédito que consta en la nota de adeudo n.o 3241615288 de la Comisión, de 29 de noviembre de 2016, con arreglo a la cual el demandante debía reintegrarle el importe de 64 720,19 euros procedente de la subvención que había percibido por un estudio sobre un proyecto de investigación denominado Humabio, carece de fundamento en lo que respecta a un importe de 10 436,36 euros, y, por otra parte, que dicho importe corresponde a gastos subvencionables que el demandante no está obligado a reintegrar.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Ethniko Kentro Erevnas kai Technologikis Anaptyxis.


(1)  DO C 151 de 15.5.2017.


28.2.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 95/23


Sentencia del Tribunal General de 21 de diciembre de 2021 — EKETA/Comisión

(Asunto T-190/17) (1)

(«Cláusula compromisoria - Contrato Cater celebrado dentro del sexto programa marco - Gastos subvencionables - Nota de adeudo emitida por la Comisión para el reintegro de los importes anticipados - Fiabilidad de las relaciones de datos temporales - Conflicto de intereses»)

(2022/C 95/30)

Lengua de procedimiento: griego

Partes

Demandante: Ethniko Kentro Erevnas kai Technologikis Anaptyxis (EKETA) (Tesalónica, Grecia) (representante: V. Christianos, abogado)

Demandada: Comisión Europea (representantes: A. Katsimerou, T. Adamopoulos y J. Estrada de Solà, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 272 TFUE por el que se solicita que se declare, por una parte, que el crédito que consta en la nota de adeudo n.o 3241615289 de la Comisión, de 29 de noviembre de 2016, con arreglo a la cual el demandante debía reintegrarle el importe de 172 992,15 euros procedente de la subvención que había percibido por un estudio sobre un proyecto de investigación denominado Cater, carece de fundamento en lo que respecta a un importe de 28 520,08 euros, y, por otra parte, que dicho importe corresponde a gastos subvencionables que el demandante no está obligado a reintegrar.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Ethniko Kentro Erevnas kai Technologikis Anaptyxis.


(1)  DO C 151 de 15.5.2017.


28.2.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 95/24


Sentencia del Tribunal General de 21 de diciembre de 2021 — Apostolopoulou y Apostolopoulou-Chrysanthaki/Comisión

(Asuntos acumulados T-721/18 y T-81/19) (1)

(«Responsabilidad extracontractual - Acuerdos de subvención en el marco de diversos programas de la Unión - Violación de las estipulaciones contractuales por la sociedad beneficiaria - Gastos subvencionables - Investigación de la OLAF - Liquidación de la sociedad - Cobro a los socios de dicha sociedad - Ejecución forzosa - Alegaciones formuladas por los representantes de la Comisión ante los órganos jurisdiccionales nacionales - Identificación de la parte demandada - Incumplimiento de los requisitos de forma - Inadmisibilidad parcial - Infracción suficientemente caracterizada de una norma jurídica que confiere derechos a los particulares»)

(2022/C 95/31)

Lengua de procedimiento: griego

Partes

Demandantes: Zoï Apostolopoulou (Atenas, Grecia), Anastasia Apostolopoulou-Chrysanthaki (Atenas) (representante: D. Gkouskos, abogado)

Demandada: Comisión Europea (representantes: J. Estrada de Solà y T. Adamopoulos, agentes)

Objeto

Recursos basados en el artículo 268 TFUE por los que se solicita esencialmente la reparación del perjuicio supuestamente sufrido por las demandantes a causa de las alegaciones formuladas por los representantes de la Comisión en el marco del procedimiento de oposición a la ejecución forzosa frente a ellas de las sentencias de 16 de julio de 2014, Isotis/Comisión (T-59/11, EU:T:2014:679), y de 4 de febrero de 2016, Isotis/Comisión (T-562/13, no publicada, EU:T:2016:63), ante el Protodikeio Athinon (Tribunal de Primera Instancia de Atenas, Grecia) y el Efeteio Athinon (Tribunal de Apelación de Atenas, Grecia).

Fallo

1)

Desestimar los recursos.

2)

Condenar en costas a la Sra. Zoï Apostolopoulou y a la Sra. Anastasia Apostolopoulou-Chrysanthaki.


(1)  DO C 54 de 11.2.2019.


28.2.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 95/24


Sentencia del Tribunal General de 15 de diciembre de 2021 — Breyer/REA

(Asunto T-158/19) (1)

(«Acceso a los documentos - Reglamento (CE) n.o 1049/2001 - Programa Marco de Investigación e Innovación “Horizonte 2020” (2014-2020) - Reglamento (UE) n.o 1290/2013 - Documentos relativos al proyecto de investigación “iBorderCtrl: Intelligent Portable Border Control System” - Excepción relativa a la protección de los intereses comerciales de terceros - Denegación parcial de acceso - Interés público superior»)

(2022/C 95/32)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Demandante: Patrick Breyer (Kiel, Alemania) (representante: J. Breyer, abogado)

Demandada: Agencia Ejecutiva Europea de Investigación (representantes: S. Payan-Lagrou y V. Canetti, agentes, asistidas por R. van der Hout y C. Wagner, abogados)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación de la decisión de la REA de 17 de enero de 2019 [ARES (2019) 266593], relativa al acceso parcial a determinados documentos.

Fallo

1)

Anular la decisión de la Agencia Ejecutiva Europea de Investigación (REA) de 17 de enero de 2019 [ARES (2019) 266593], en primer lugar, en la medida en que la REA no se pronunció sobre la solicitud de acceso del Sr. Patrick Breyer a los documentos relativos a la autorización del proyecto iBorderCtrl y, en segundo lugar, en la medida en que la REA denegó el acceso íntegro al documento D 1.3, un acceso parcial a los documentos D 1.1, D 1.2, D 2.1, D 2.2 y D 2.3, y un acceso más amplio a los documentos D 3.1, D 7.3 y D 7.8, en la medida en que estos documentos incluyen información no amparada por la excepción contemplada en el artículo 4, apartado 2, primer guion, del Reglamento (CE) n.o 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2001, relativo al acceso del público a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión.

2)

Desestimar el recurso en todo lo demás.

3)

Condenar al Sr. Breyer a cargar con sus propias costas correspondientes a la presentación de su escrito de 23 de marzo de 2021 y con las costas de la REA relativas a la presentación de sus observaciones de 20 de mayo de 2021.

4)

Condenar al Sr. Breyer a cargar con la mitad de sus propias costas que no sean las correspondientes a la presentación de su escrito de 23 de marzo de 2021.

5)

Condenar a la REA a cargar con sus propias costas, con excepción de las relativas a la presentación de sus observaciones de 20 de mayo de 2021, y con la mitad de las costas del Sr. Breyer que no sean las correspondientes a la presentación de su escrito de 23 de marzo de 2021.


(1)  DO C 206 de 17.6.2019.


28.2.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 95/25


Sentencia del Tribunal General de 21 de diciembre de 2021 — DD/FRA

(Asunto T-703/19) (1)

(«Recurso de indemnización - Función pública - Agentes temporales - Inicio de una investigación administrativa - Artículo 86, apartado 2, del Estatuto - Obligación de información - Duración del procedimiento - Plazo razonable - Deber de motivación - Error manifiesto de apreciación - Confidencialidad de la investigación administrativa - Deber de asistencia y protección - Perjuicio moral - Relación de causalidad»)

(2022/C 95/33)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: DD (representantes: inicialmente L. Levi y M. Vandenbussche, abogadas, posteriormente L. Levi, abogada)

Demandada: Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (representantes: M. O’Flaherty, agente, asistido por B. Wägenbaur, abogado)

Objeto

Recurso interpuesto con arreglo a artículo 270 TFUE por el que, en lo esencial, se reclama el resarcimiento de los daños morales que el demandante alega haber sufrido, estimado, ex aequo y bono, en 50 000 euros, ocasionados por el inicio y la tramitación de un procedimiento administrativo en la FRA.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

DD cargará con sus propias costas y con las de la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (FRA).


(1)  DO C 432 de 23.12.2019.


28.2.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 95/26


Sentencia del Tribunal General de 21 de diciembre de 2021 — HB/Comisión

(Asunto T-795/19) (1)

(«Contratos públicos de servicios - Prestación de servicios de asistencia técnica al Consejo Superior del Poder Judicial - Decisión de reducir el importe del contrato y de reclamar los importes ya abonados - Recurso de anulación y de indemnización - Acto que se inscribe en un marco puramente contractual del que es indisociable - Inexistencia de cláusula compromisoria - Inadmisibilidad - Inexistencia de prejuicios separables del contrato»)

(2022/C 95/34)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: HB (representante: L. Levi, abogada)

Demandada: Comisión Europea (representantes: J. Baquero Cruz, J. Estrada de Solà y A. Katsimerou, agentes)

Objeto

Por un lado, pretensión basada en el artículo 263 TFUE por la que se solicita la anulación de la Decisión C(2019) 7319 final de la Comisión, de 15 de octubre de 2019, sobre reducción de importes adeudados por el contrato CARDS/2008/166429 y recuperación de importes abonados indebidamente, y, por otro, pretensión basada en el artículo 340 TFUE, párrafo segundo, por la que se solicita, primero, el reembolso de todos los importes en su caso devueltos a la Comisión con arreglo a dicha Decisión y el pago de la última factura emitida, más intereses de demora, segundo, la liberación de la garantía bancaria y la indemnización de los daños sufridos por la demandante por el retraso de dicha liberación y, tercero, la indemnización simbólica de los daños morales sufridos por la demandante.

Fallo

1)

Declarar la inadmisibilidad del recurso en la medida en que solicita la anulación de la Decisión C(2019) 7319 final de la Comisión, de 15 de octubre de 2019, sobre reducción de importes adeudados por el contrato CARDS/2008/166 429 y recuperación de importes abonados indebidamente.

2)

Desestimar el recurso por infundado en la medida en que solicita que se declare la responsabilidad extracontractual de la Unión Europea.

3)

Condenar en costas a la Comisión Europea, incluidas las del procedimiento de medidas provisionales.


(1)  DO C 10 de 13.1.2020.


28.2.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 95/27


Sentencia del Tribunal General de 21 de diciembre de 2021 — HB/Comisión

(Asunto T-796/19) (1)

(«Contratos públicos de servicios - Prestación de servicios de asistencia técnica a las autoridades ucranianas - Decisión de reducción del importe del contrato público y de recuperación de los importes ya abonados - Recurso de anulación y de indemnización - Acto que se inscribe en un marco puramente contractual del que es indisociable - Inexistencia de cláusula compromisoria - Inadmisibilidad - Inexistencia de perjuicio no vinculado al contrato»)

(2022/C 95/35)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: HB (representante: L. Levi, abogada)

Demandada: Comisión Europea (representantes: J. Baquero Cruz, J. Estrada de Solà y A. Katsimerou, agentes)

Objeto

En primer lugar, pretensión basada en el artículo 263 TFUE, por la que se solicita la anulación de la Decisión C(2019) 7318 final de la Comisión, de 15 de octubre de 2019, relativa a la reducción de los importes adeudados a título del contrato TACIS/2006/101-510 y a la recuperación de los importes indebidamente abonados y, en segundo lugar, pretensión basada en el artículo 340 TFUE, párrafo segundo, por la que se solicita, por una parte, el reembolso de todos los importes recuperados por la Comisión sobre la base de dicha decisión más los correspondientes intereses de demora y, por otra parte, la reparación simbólica del daño moral sufrido por la demandante.

Fallo

1)

Declarar inadmisible el recurso, en la medida en que está dirigido a la anulación de la Decisión C(2019) 7318 final de la Comisión, de 15 de octubre de 2019, relativa a la reducción de los importes adeudados a título del contrato TACIS/2006/101-510 y a la recuperación de los importes indebidamente abonados.

2)

Desestimar el recurso por infundado, en la medida en que está dirigido a que se determine la responsabilidad extracontractual de la Unión Europea.

3)

La Comisión Europea cargará con las costas, incluidas las del procedimiento de medidas provisionales.


(1)  DO C 10 de 13.1.2020.


28.2.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 95/27


Sentencia del Tribunal General de 21 de diciembre de 2021 — Worldwide Spirits Supply/EUIPO — Melfinco (CLEOPATRA QUEEN)

(Asunto T-870/19) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de nulidad - Marca figurativa de la Unión CLEOPATRA QUEEN - Marca nacional denominativa anterior CLEOPATRA MELFINCO - Artículos 15 y 57 del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículos 18 y 64 del Reglamento (UE) 2017/1001] - Prueba del uso efectivo de la marca anterior - Declaración de nulidad»)

(2022/C 95/36)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Worldwide Spirits Supply, Inc. (Tórtola, Islas Vírgenes Británicas) (representante: S. Demetriou, abogada)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: A. Folliard-Monguiral y V. Ruzek, agentes)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO, coadyuvante ante el Tribunal General: Melfinco S.A. (Schaan, Liechtenstein) (representante: M. Gioti, abogada)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la EUIPO de 21 de octubre de 2019 (asunto R 1820/2018-4), relativa a un procedimiento de nulidad entre Melfinco y Worldwide Spirits Supply.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Worldwide Spirits Supply, Inc. cargará, además de con sus propias costas, con las de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO).

3)

Melfinco S.A. cargará con sus propias costas.


(1)  DO C 77 de 9.3.2020.


28.2.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 95/28


Sentencia del Tribunal General de 21 de diciembre de 2021 — Dr. Spiller/EUIPO — Rausch (Alpenrausch Dr. Spiller)

(Asunto T-6/20) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de oposición - Solicitud de marca denominativa de la Unión Alpenrausch Dr. Spiller - Marca denominativa anterior de la Unión RAUSCH - Motivo de denegación relativo - Riesgo de confusión - Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001]»)

(2022/C 95/37)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Recurrente: Dr. Spiller GmbH (Siegsdorf, Alemania) (representantes: J. Stock y M. Geitz, abogados)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: M. Eberl, J. Schäfer, A. Söder y D. Walicka, agentes)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO, coadyuvante ante el Tribunal General: Rausch AG Kreuzlingen (Kreuzlingen, Suiza) (representantes: F. Stangl y S. Pilgram, abogados)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la EUIPO de 8 de octubre de 2019 (asunto R 2206/2015-1), relativa a un procedimiento de oposición entre Rausch Kreuzlingen y Dr. Spiller.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Dr. Spiller GmbH.


(1)  DO C 68 de 2.3.2020.


28.2.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 95/29


Sentencia del Tribunal General de 21 de diciembre de 2021 — EFFAS/EUIPO — CFA Institute (CEFA Certified European Financial Analyst)

(Asunto T-369/20) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de oposición - Solicitud de marca denominativa de la Unión CEFA Certified European Financial Analyst - Marca denominativa anterior de la Unión CFA - Motivo de denegación relativo - Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001]»)

(2022/C 95/38)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: European Federation of Financial Analysts’ Societies (EFFAS) (Fráncfort del Meno, Alemania) (representantes: S. Merico, G. Macías Bonilla y F. Miazzetto, abogados)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: P. Villani, J. Crespo Carrillo y V. Ruzek, agentes)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO, coadyuvante ante el Tribunal General: CFA Institute (Charlottesville, Virginia, Estados Unidos) (representantes: G. Engels y W. May, abogados)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Quinta Sala de Recurso de la EUIPO de 31 de marzo de 2020 (asunto R 1082/2019-5), relativa a un procedimiento de oposición entre CFA Institute y EFFAS.

Fallo

1)

Anular la resolución de la Quinta Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 31 de marzo de 2020 (asunto R 1082/2019-5).

2)

La EUIPO cargará con sus propias costas y con las de European Federation of Financial Analysts’ Societies (EFFAS).

3)

CFA Institute cargará con sus propias costas.


(1)  DO C 255 de 3.8.2020.


28.2.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 95/29


Sentencia del Tribunal General de 21 de diciembre de 2021 — Datax/REA

(Asunto T-381/20) (1)

(«Cláusula compromisoria - Séptimo Programa Marco para acciones de investigación, desarrollo tecnológico y demostración (2007-2013) - Acuerdos de subvención HELP y GreenNets - Investigación de la OLAF - Gastos de personal - Carga de la prueba - Fiabilidad de los extractos de tiempo - Carácter no subvencionable de los costes declarados por el beneficiario - Petición de cobro - Notas de adeudo - Prescripción - Plazo razonable - Proporcionalidad»)

(2022/C 95/39)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Datax sp. z o.o. (Breslavia, Polonia) (representante: J. Bober, abogado)

Demandada: Agencia Ejecutiva de Investigación (representantes: S. Payan-Lagrou y V. Canetti, agentes, asistidas por M. Le Berre, abogado)

Objeto

Recurso basado en el artículo 272 TFUE por el que se solicita, en primer lugar, que se declare el carácter subvencionable de los gastos de personal del investigador, en segundo lugar, que se declare infundada la obligación de pagar la indemnización por daños y perjuicios y, en tercer lugar, que se ordene a la REA que no emprenda ninguna otra acción contra la demandante en relación con los gastos de personal del investigador relativos a los acuerdos de subvención HELP y GreenNets.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar a Datax sp. z o.o. al pago de las costas, incluidas las correspondientes al procedimiento sobre medidas provisionales.


(1)  DO C 297 de 7.9.2020.


28.2.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 95/30


Sentencia del Tribunal General de 21 de diciembre de 2021 — Magic Box Int. Toys/EUIPO — KMA Concepts (SUPERZINGS)

(Asunto T-549/20) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de nulidad - Marca denominativa de la Unión SUPERZINGS - Marca internacional figurativa anterior ZiNG - Motivo de denegación relativo - Riesgo de confusión - Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001]»)

(2022/C 95/40)

Lengua de procedimiento: español

Partes

Recurrente: Magic Box Int. Toys, S. L. U. (Sant Cugat del Vallès, Barcelona) (representantes: J. L. Rivas Zurdo y E. López Leiva, abogados)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representante: J. Crespo Carrillo, agente)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO, coadyuvante ante el Tribunal General: KMA Concepts Ltd. (Mahé, Seychelles) (representantes: C. Duch Fonoll e I. Osinaga Lozano, abogadas)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la EUIPO de 29 de junio de 2020 (asunto R 2511/2019-4), relativa a un procedimiento de nulidad entre KMA Concepts y Magic Box Int. Toys.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar a Magic Box Int. Toys, S. L. U., a cargar con sus propias costas y con las de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) y las de KMA Concepts Ltd.


(1)  DO C 348 de 19.10.2020.


28.2.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 95/30


Sentencia del Tribunal General de 21 de diciembre de 2021 — MO/Consejo

(Asunto T-587/20) (1)

(«Función pública - Funcionarios - Cambio de destino efectuado de oficio - Ejercicio de evaluación 2019 - Derecho a ser oído - Responsabilidad»)

(2022/C 95/41)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: MO (representante: A. Guillerme, abogada)

Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: M. Bauer, M. Alver y K. Kouri, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 270 TFUE por el que se solicita, por una parte, la anulación de la Decisión del Consejo, de 19 de noviembre de 2019 de trasladar a la demandante a la unidad [confidencial] así como del informe de evaluación de la demandante para el ejercicio de 2019 y, por otra parte, la indemnización por diversos perjuicios materiales y morales que este supuestamente sufrió.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a MO.


(1)  DO C 433 de 14.12.2020.


28.2.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 95/31


Sentencia del Tribunal General de 21 de diciembre de 2021 — Skechers USA/EUIPO (ARCH FIT)

(Asunto T-598/20) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Solicitud de marca denominativa de la Unión ARCH FIT - Motivos de denegación absolutos - Falta de carácter distintivo - Carácter descriptivo - Artículo 7, apartado 1, letras b) y c), del Reglamento (UE) 2017/1001»)

(2022/C 95/42)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Skechers USA, Inc. II (Manhattan Beach, California, Estados Unidos) (representantes: T. Holman, A. Reid, Solicitors, J. Bogatz e Y. Stone, abogadas)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: S. Scardocchia y V. Ruzek, agentes)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Primera Sala de Recurso de la EUIPO de 29 de julio de 2020 (asunto R 2631/2019-1), relativa a una solicitud de registro del signo denominativo ARCH FIT como marca de la Unión Europea.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Skechers USA, Inc. II.


(1)  DO C 390 de 16.11.2020.


28.2.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 95/32


Sentencia del Tribunal General de 21 de diciembre de 2021 — Fashion Energy/EUIPO — Retail Royalty (1st. AMERICAN)

(Asunto T-699/20) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de oposición - Solicitud de marca figurativa de la Unión 1st AMERICAN - Marca figurativa anterior de la Unión que representa un águila u otra ave de presa - Motivo de denegación relativo - Riesgo de confusión - Similitud entre los signos desde el punto de vista fonético - Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 [actualmente artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001] - Artículo 72, apartado 6, del Reglamento 2017/1001 - Artículo 94, apartado 1, del Reglamento 2017/1001»)

(2022/C 95/43)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Fashion Energy Srl (Milán, Italia) (representantes: T. Müller y F. Togo, abogados)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: L. Rampini y V. Ruzek, agentes)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO, coadyuvante ante el Tribunal General: Retail Royalty Co. (Las Vegas, Nevada, Estados Unidos) (representantes: J. Bogatz e Y. Stone, abogadas)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la EUIPO de 10 de septiembre de 2020 (asunto R 426/2020-4), relativa a un procedimiento de oposición entre Retail Royalty y Fashion Energy.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Fashion Energy Srl.


(1)  DO C 28 de 25.1.2021.


28.2.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 95/32


Sentencia del Tribunal General de 21 de diciembre de 2021 — Bustos/EUIPO — Bicicletas Monty (motwi)

(Asunto T-159/21) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de oposición - Solicitud de marca figurativa de la Unión motwi - Marca nacional denominativa anterior MONTY - Motivo de denegación relativo - Inexistencia de riesgo de confusión - Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001»)

(2022/C 95/44)

Lengua de procedimiento: español

Partes

Recurrente: Dante Ricardo Bustos (Wenling, China) (representante: A. I. Lorente Berges, abogada)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: R. Raponi y J. F. Crespo Carrillo, agentes)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO: Bicicletas Monty, S. A. (Sant Feliu de Llobregat, Barcelona)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Quinta Sala de Recurso de la EUIPO de 21 de enero de 2021 (asunto R 289/2020-5), relativa a un procedimiento de oposición entre Bicicletas Monty y el Sr. Bustos.

Fallo

1)

Anular la resolución de la Quinta Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 21 de enero de 2021 (asunto R 289/2020-5).

2)

Desestimar el recurso en todo lo demás.

3)

Condenar en costas a la EUIPO.


(1)  DO C 182 de 10.5.2021.


28.2.2022   

ES

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C 95/33


Sentencia del Tribunal General de 21 de diciembre de 2021 — Fidia farmaceutici/EUIPO — Stelis Biopharma (HYALOSTEL ONE)

(Asunto T-194/21) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Procedimiento de oposición - Registro internacional en el que se designa a la Unión Europea de una marca figurativa - Marca figurativa HYALOSTEL ONE - Marcas denominativa anterior de la Unión HYALISTIL y figurativa anterior de la Unión HyalOne - Marca internacional denominativa anterior HYALO - Motivo de denegación relativo - Artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001 - Obligación de motivación»)

(2022/C 95/45)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Fidia farmaceutici SpA (Abano Terme, Italia) (representantes: R. Kunz-Hallstein y H. P. Kunz-Hallstein, abogados)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representantes: E. Sliwinska y V. Ruzek, agentes)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la EUIPO: Stelis Biopharma Ltd (Karnataka, India)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Quinta Sala de Recurso de la EUIPO de 27 de enero de 2021 (asunto R 831/2020-5), relativa a un procedimiento de oposición entre Fidia Farmaceutici y Stelis Biopharma.

Fallo

1)

Anular la resolución de la Quinta Sala de Recurso de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) de 27 de enero de 2021 (asunto R 831/2020-5).

2)

Condenar a la EUIPO a cargar, además de con sus propias costas, con las causadas por Fidia farmaceutici SpA en el presente procedimiento.


(1)  DO C 217 de 7.6.2021.


28.2.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 95/34


Sentencia del Tribunal General de 21 de diciembre de 2021 — Klymenko/Consejo

(Asunto T-195/21) (1)

(«Política exterior y de seguridad común - Medidas restrictivas adoptadas habida cuenta de la situación en Ucrania - Inmovilización de fondos - Lista de personas, entidades y organismos a los que se aplica la inmovilización de fondos y de recursos económicos - Mantenimiento del nombre del demandante en la lista - Obligación del Consejo de comprobar que la resolución de una autoridad de un Estado tercero se ha adoptado respetando el derecho de defensa y el derecho a la tutela judicial efectiva»)

(2022/C 95/46)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Oleksandr Viktorovych Klymenko (Moscú, Rusia) (representante: M. Phelippeau, abogada)

Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: S. Lejeune y A. Vitro, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación de la Decisión (PESC) 2021/394 del Consejo, de 4 de marzo de 2021, por la que se modifica la Decisión 2014/119/PESC relativa a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania (DO 2021, L 77, p. 29), y del Reglamento de Ejecución (UE) 2021/391 del Consejo, de 4 de marzo de 2021, por el que se aplica el Reglamento (UE) n.o 208/2014 relativo a las medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania (DO 2021, L 77, p. 2), en la medida en que estos actos mantienen el nombre del demandante en la lista de personas, entidades y organismos a los que se aplican dichas medidas restrictivas.

Fallo

1)

Anular la Decisión (PESC) 2021/394 del Consejo, de 4 de marzo de 2021, por la que se modifica la Decisión 2014/119/PESC relativa a medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania, y el Reglamento de Ejecución (UE) 2021/391 del Consejo, de 4 de marzo de 2021, por el que se aplica el Reglamento (UE) n.o 208/2014 relativo a las medidas restrictivas dirigidas contra determinadas personas, entidades y organismos habida cuenta de la situación en Ucrania, en la medida en que se mantuvo el nombre del Sr. Oleksandr Viktorovych Klymenko en la lista de personas, entidades y organismos a los que se aplican dichas medidas restrictivas.

2)

Condenar en costas al Consejo de la Unión Europea.


(1)  DO C 206 de 31.5.2021.


28.2.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 95/34


Auto del Tribunal General de 17 de diciembre de 2021 — Theodorakis y Theodoraki/Consejo

(Asunto T-495/14) (1)

(«Responsabilidad extracontractual - Política económica y monetaria - Programa de apoyo a la estabilidad de Chipre - Declaraciones del Eurogrupo de 16 y 25 de marzo de 2013 relativas a Chipre - Declaración del Presidente del Eurogrupo de 21 de marzo de 2013 relativa a Chipre - Designación errónea de la parte demandada - Inadmisibilidad manifiesta»)

(2022/C 95/47)

Lengua de procedimiento: griego

Partes

Demandantes: Georgios Theodorakis (La Canea, Grecia), Maria Theodoraki (La Canea) (representante: V. Christianos, abogado)

Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: A. de Gregorio Merino, E. Chatziioakeimidou y E. Dumitriu-Segnana, agentes)

Parte coadyuvante en apoyo de la demandada: Comisión Europea (representantes: B. Smulders, J.-P. Keppenne, M. Konstantinidis y S. Delaude, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 268 TFUE por el que se solicita la reparación del daño supuestamente sufrido por los demandantes por las declaraciones del Eurogrupo de 16 y 25 de marzo de 2013 y por la declaración del Presidente del Eurogrupo de 21 de marzo de 2013.

Fallo

1)

Declarar la inadmisibilidad manifiesta del recurso.

2)

El Sr. Georgios Theodorakis y la Sra. Maria Theodoraki cargarán con sus propias costas y con las del Consejo de la Unión Europea.

3)

La Comisión Europea cargará con sus propias costas.


(1)  DO C 292 de 1.9.2014.


28.2.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 95/35


Auto del Tribunal General de 17 de diciembre de 2021 — Berry Investments/Consejo

(Asunto T-496/14) (1)

(«Responsabilidad extracontractual - Política económica y monetaria - Programa de apoyo a la estabilidad de Chipre - Declaraciones del Eurogrupo de 16 y 25 de marzo de 2013 relativas a Chipre - Declaración del Presidente del Eurogrupo de 21 de marzo de 2013 relativa a Chipre - Designación errónea de la parte demandada - Inadmisibilidad manifiesta»)

(2022/C 95/48)

Lengua de procedimiento: griego

Partes

Demandante: Berry Investments, Inc. (Monrovia, Liberia) (representante: V. Christianos, abogado)

Demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: A. de Gregorio Merino, E. Chatziioakeimidou y E. Dumitriu-Segnana, agentes)

Parte coadyuvante en apoyo de la demandada: Comisión Europea (representantes: J.-P. Keppenne, M. Konstantinidis, B. Smulders y S. Delaude, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 268 TFUE por el que se solicita la reparación del daño supuestamente sufrido por la demandante por las declaraciones del Eurogrupo de 16 y 25 de marzo de 2013 y por la declaración del Presidente del Eurogrupo de 21 de marzo de 2013.

Fallo

1)

Declarar la inadmisibilidad manifiesta del recurso.

2)

Berry Investments, Inc., cargará con sus propias costas y con las del Consejo de la Unión Europea.

3)

La Comisión Europea cargará con sus propias costas.


(1)  DO C 292 de 1.9.2014.


28.2.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 95/36


Auto del Tribunal General de 30 de noviembre de 2021 — CE/Comité de las Regiones

(Asunto T-355/19 INTP) (1)

(«Procedimiento - Interpretación de sentencia - Inadmisibilidad»)

(2022/C 95/49)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: CE (representante: M. Casado García-Hirschfeld, abogada)

Demandada: Comité de las Regiones (representantes: M. Esparrago Arzadun y S. Bachotet, agentes, asistidos por B. Wägenbaur, abogado)

Objeto

Demanda de interpretación de la sentencia de 16 de junio de 2021, CE/Comité de las Regiones (T-355/19, EU:T:2021:369).

Fallo

1)

Declarar inadmisible la demanda de interpretación.

2)

Condenar en costas a CE.


(1)  DO C 255 de 29.7.2019.


28.2.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 95/36


Auto del Tribunal General de 8 de diciembre de 2021 — Alessio y otros/BCE

(Asunto T-620/20) (1)

(«Recurso de anulación - Unión económica y monetaria - Unión bancaria - Reestructuración y resolución de entidades de crédito - Medidas de actuación temprana - Decisión del BCE de someter a Banca Carige a administración provisional - Decisiones posteriores de prórroga - Plazo de recurso - Extemporaneidad - Inadmisibilidad»)

(2022/C 95/50)

Lengua de procedimiento: italiano

Partes

Demandantes: Roberto Alessio (Turín, Italia) y otros 56 demandantes cuyos nombres figuran en anexo al auto (representantes: M. Condinanzi, L. Boggio, M. Cataldo y A. Califano abogados)

Demandada: Banco Central Europeo (representantes: C. Hernández Saseta y A. Pizzolla, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación, por una parte, de la decisión del BCE de 1 de enero de 2019 por la que se sometió a Banca Carige SpA a administración provisional y, por otra parte, de su decisión de 29 de marzo de 2019 por la que se prorrogó la duración de la administración provisional y de las ulteriores decisiones de prórroga.

Fallo

1)

Declarar la inadmisibilidad del recurso.

2)

Sobreseer la demanda de intervención de la Comisión Europea.

3)

El Sr. Roberto Alessio y las demás partes demandantes cuyos nombres figuran en anexo cargarán con sus propias costas y con las del Banco Central Europeo (BCE).

4)

La Comisión Europea cargará con sus propias costas correspondientes a la demanda de intervención.


(1)  DO C 390 de 16.11.2020.


28.2.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 95/37


Auto del Tribunal General de 2 de diciembre de 2021 — FC/EASO

(Asunto T-303/21) (1)

(«Recurso de anulación - Función pública - Agentes temporales - Procedimiento disciplinario - Peticiones de suspensión - Convocatoria a una audiencia ante el Consejo de disciplina - Aplazamiento de la fecha de la audiencia - Inexistencia de acto lesivo - Recurso prematuro - Inadmisibilidad manifiesta»)

(2022/C 95/51)

Lengua de procedimiento: griego

Partes

Demandante: FC (representante: V. Christianos, abogado)

Demandada: Oficina Europea de Apoyo al Asilo (representantes: P. Eyckmans y M. Stamatopoulou, agentes, asistidos por T. Bontinck, A. Guillerme y L. Burguin, abogados)

Objeto

Recurso basado en el artículo 270 TFUE por el que se solicita la anulación del acto adoptado por el presidente del Consejo de disciplina de la EASO el [confidencial] mediante el que la audiencia de la demandante, en el marco del procedimiento disciplinario incoado en su contra, fue fijada el [confidencial].

Fallo

1)

Declarar la inadmisibilidad manifiesta del recurso.

2)

Condenar a FC a cargar con sus propias costas y con las de la Oficina Europea de Apoyo al Asilo (EASO).


(1)  DO C 289 de 19.7.2021.


28.2.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 95/37


Auto del Presidente del Tribunal General de 8 de diciembre de 2021 — D’Amato y otros/Parlamento

(Asunto T-722/21 R)

(«Procedimiento sobre medidas provisionales - Miembros del Parlamento - Condiciones de acceso a los edificios del Parlamento Europeo en sus tres lugares de trabajo - Demanda de suspensión de la ejecución - Inexistencia de urgencia»)

(2022/C 95/52)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandantes: Rosa D’Amato (Tarento, Italia), Claude Gruffat (Mulsans, Francia), Damien Carême (Argenteuil, Francia) y Benoît Biteau (Sablonceaux, Francia) (representantes: P. de Bandt, M. Gherghinaru, y L. Panepinto, abogados)

Demandada: Parlamento Europeo (representantes: S. Alves y A.-M. Dumbrăvan, agentes)

Objeto

Demanda basada en los artículos 278 TFUE y 279 TFUE por el que se solicita la suspensión de la ejecución de la Decisión de la Mesa del Parlamento Europeo, de 27 de octubre de 2021, sobre normas excepcionales en materia de salud y seguridad por las que se regula el acceso a los edificios del Parlamento Europeo en sus tres lugares de trabajo.

Fallo

1)

Desestimar la demanda de medidas provisionales.

2)

Revocar el auto de 15 de noviembre de 2021, D’Amato y otros/Parlamento (T-722/21 R).

3)

Reservar la decisión sobre las costas.


28.2.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 95/38


Auto del Presidente del Tribunal General de 8 de diciembre de 2021 — Rooken y otros/Parlamento

(Asunto T-723/21 R)

(«Demanda sobre medidas provisionales - Condiciones de acceso a los edificios del Parlamento Europeo en sus tres lugares de trabajo vinculadas a la crisis sanitaria - Demanda de suspensión de la ejecución - Inexistencia de urgencia»)

(2022/C 95/53)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandantes: Robert Jan Rooken (Muiderberg, Países Bajos) y los otros 8 demandantes cuyos nombres figuran en anexo al auto (representantes: P. de Bandt, M. Gherghinaru y L. Panepinto, abogados)

Demandada: Parlamento Europeo (representantes: S. Alves et A.-M. Dumbrăvan, agentes)

Objeto

Demanda basada en los artículos 278 TFUE y 279 TFUE por la que se solicita la suspensión de la decisión de la Mesa del Parlamento Europeo de 27 de octubre de 2021 sobre reglas excepcionales en materia de salud y seguridad por las que se regula el acceso a los edificios del Parlamento Europeo en sus tres lugares de trabajo.

Fallo

1)

Desestimar la demanda de medidas provisionales.

2)

Revocar el auto de 15 de noviembre de 2021, Rooken y otros/Parlamento (T-723/21 R).

3)

Reservar la decisión sobre las costas.


28.2.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 95/38


Auto del Presidente del Tribunal General de 8 de diciembre de 2021 — IL y otros/Parlamento

(Asunto T-724/21 R)

(«Procedimiento sobre medidas provisionales - Función pública - Condiciones de acceso a los edificios del Parlamento Europeo en sus tres lugares de trabajo vinculadas a la crisis sanitaria - Demanda de suspensión de la ejecución - Inexistencia de urgencia»)

(2022/C 95/54)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandantes: IL y los otros 81 demandantes cuyos nombres figuran en anexo al auto (representantes: P. de Bandt, M. Gherghinaru y L. Panepinto, abogados)

Demandada: Parlamento Europeo (representantes: D. Boytha, S. Bukšek Tomac y L. Darie, agentes)

Objeto

Demanda basada en los artículos 278 TFUE y 279 TFUE por la que se solicita la suspensión de la decisión de la Mesa del Parlamento Europeo de 27 de octubre de 2021 sobre reglas excepcionales en materia de salud y seguridad por las que se regula el acceso a los edificios del Parlamento Europeo en sus tres lugares de trabajo.

Fallo

1)

Desestimar la demanda de medidas provisionales.

2)

Revocar el auto de 15 de noviembre de 2021, IL y otros/Parlamento (T-724/21 R).

3)

Reservar la decisión sobre las costas.


28.2.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 95/39


Recurso interpuesto el 8 de diciembre de 2021 — Atesos medical y otros/Comisión

(Asunto T-764/21)

(2022/C 95/55)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandantes: Atesos medical AG (Aarau, Suiza) y otras 7 partes demandantes (representantes: M. Meulenbelt, B. Natens e I. Willemyns, abogados)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

Las partes demandantes solicitan al Tribunal General que:

Anule la decisión no publicada que la parte demandada adoptó en fecha desconocida en la que erróneamente se declara la expiración de la designación de Schweizerische Vereinigung für Qualitäts — und Management Systeme («SQS») como organismo de evaluación de la conformidad de los productos sanitarios con arreglo a la Directiva n.o 93/42/CEE sobre productos sanitarios y mediante la cual, con efectos de 28 de septiembre de 2021, se excluye a SQS de la base de datos Notified and Designated Organizations de la Comisión Europea.

Condene en costas a la parte demandada.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, las partes demandantes invocan cuatro motivos.

1.

Primer motivo, basado en la infracción por parte de la Comisión del artículo 296 TFUE y de los artículos 5 TUE, apartados 1 y 2, y 13 TUE, apartado 2.

2.

Segundo motivo, basado en la desviación de poder por parte de la demandada.

3.

Tercer motivo, basado en la infracción por la demandada del artículo 218 TFUE, apartado 9, y de los artículos 8, 18, 19 y 21 del «Acuerdo de Reconocimiento Mutuo UE-Suiza», (1) la vulneración del derecho a ser oído según se establece en el artículo 41, apartado 2, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, del derecho de defensa y del principio general fraus omnia corrumpit.

4.

Cuarto motivo, basado en que la parte demandada infringió el artículo 120 del Reglamento (UE) 2017/745 (2) y los artículos 1 (en relación con el artículo 20) y 5 del «Acuerdo de Reconocimiento Mutuo UE-Suiza» y vulneró los principios generales de efectividad, seguridad jurídica y protección de la confianza legítima.


(1)  Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el reconocimiento mutuo en materia de evaluación de la conformidad — Acta final — Declaraciones conjuntas — Información relativa a la entrada en vigor de los siete acuerdos con la Confederación Suiza en los sectores siguientes: libre circulación de personas, transporte aéreo y por carretera, contratos públicos, cooperación científica, reconocimiento mutuo en materia de evaluación de la conformidad y agricultura (DO 2002, L 114, p. 369), en su versión modificada por la Decisión n.o 2/2017 del Comité creado de conformidad con el Acuerdo entre la Comunidad Europea y la Confederación Suiza sobre el reconocimiento mutuo en materia de evaluación de la conformidad, de 22 de diciembre de 2017, relativa a la modificación del capítulo 2 sobre equipos de protección individual, el capítulo 4 sobre productos sanitarios, el capítulo 5 sobre aparatos de gas y calderas, y el capítulo 19 sobre las instalaciones de transporte por cable [2018/403] (DO 2018, L 72, p. 24).

(2)  Reglamento (UE) 2017/745 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de abril de 2017, sobre los productos sanitarios, por el que se modifican la Directiva 2001/83/CE, el Reglamento (CE) n.o 178/2002 y el Reglamento (CE) n.o 1223/2009 y por el que se derogan las Directivas 90/385/CEE y 93/42/CEE del Consejo (Texto pertinente a efectos del EEE) (DO 2017, L 117, p. 1).


28.2.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 95/40


Recurso interpuesto el 14 de diciembre de 2021 — Lila Rossa Engros/EUIPO (LiLAC)

(Asunto T-780/21)

(2022/C 95/56)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: rumano

Partes

Recurrente: Lila Rossa Engros SRL (Voluntari, Rumanía) (representante: O. Anghel, abogada)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

Marca controvertida: Marca figurativa de la Unión que incluye los elementos denominativos «LiLAC» en negro — Solicitud de registro n.o 18243487

Resolución impugnada: Resolución de la Quinta Sala de Recurso de la EUIPO de 10 de septiembre de 2021 en el asunto R 441/2021-5

Pretensiones

La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

Admita el presente recurso.

Anule la resolución impugnada.

Admita la solicitud de registro de la marca n.o 18243487 LiLAC para todos los productos y servicios solicitados.

Condene en costas a la EUIPO.

Motivos invocados

Infracción del artículo 7, apartado 1, letras b) y c), del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Aplicación errónea de los criterios de análisis de los motivos de denegación absolutos establecidos por la jurisprudencia.


28.2.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 95/40


Recurso interpuesto el 10 de enero de 2022 — NV/BEI

(Asunto T-16/22)

(2022/C 95/57)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: NV (representante: L. Levi, abogada)

Demandada: Banco Europeo de Inversiones

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Declare el presente recurso admisible y fundado.

En consecuencia:

Anule la decisión de 5 de febrero de 2021 en la que se califican de irregulares las ausencias de la demandante durante los períodos siguientes: del 29 de mayo de 2020 al 15 de septiembre de 2020, del 30 de junio de 2020 al 30 de septiembre de 2020, del 7 de septiembre de 2020 al 7 de noviembre de 2020 y del 3 de noviembre de 2020 al 8 de enero de 2021.

En la medida en que sea necesario, anule la decisión de 1 de octubre de 2021 por la que se desestima el recurso administrativo presentado el 1 de abril de 2021 contra la decisión de 5 de febrero de 2021.

Anule la decisión de 20 de abril de 2021 en la que se califica de irregular la ausencia de la demandante entre el 8 de enero de 2021 y el 8 de abril de 2021.

Anule la decisión de 3 mayo de 2021 en la que se califica de irregular la ausencia de la demandante entre el 8 de abril de 2021 y el 8 de junio de 2021.

En la medida en que sea necesario, anule la decisión de 27 de octubre de 2021 por la que se desestima el recurso administrativo presentado el 18 de junio de 2021 contra las decisiones de 20 abril de 2021 y de 3 de mayo de 2021.

Condene al BEI al pago de las remuneraciones correspondientes a los períodos que van del 29 de mayo de 2020 al 8 de enero de 2021, del 8 de enero de 2021 al 8 de abril de 2021 y de 8 de abril de 2021 al 8 de junio de 2021, remuneraciones que habrán de incrementarse con los intereses de demora, para cuya fijación se atenderá al tipo de interés del Banco Central Europeo incrementado en dos puntos.

Condene al BEI a indemnizar los perjuicios sufridos por la demandante.

Condene al BEI a cargar con la totalidad de las costas.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca tres motivos.

1.

Primer motivo, basado en la infracción de los artículos 2, punto 3, y 3, puntos 3, 4 y 6, del anexo X de las disposiciones administrativas, en la infracción del artículo 34 de la Carta en relación con los artículos 2, punto 3, y 3, puntos 3, 4 y 6, de las disposiciones administrativas, en un error manifiesto de apreciación, en la vulneración del deber de asistencia y en un abuso de Derecho.

2.

Segundo motivo, basado en vulneración de la obligación y del deber de diligencia, en la infracción del artículo 41 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y en un error manifiesto de apreciación.

3.

Tercer motivo, basado en la infracción del artículo 33 ter del Reglamento de personal y del artículo 11 de las disposiciones administrativas.


28.2.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 95/41


Recurso interpuesto el 11 de enero de 2022 — Piaggio & C./EUIPO — Zhejiang Zhongneng Industry (Forma de un escúter)

(Asunto T-19/22)

(2022/C 95/58)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: italiano

Partes

Recurrente: Piaggio & C. SpA (Pontedera, Italia) (representantes: F. Jacobacci y B. La Tella, abogados)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Zhejiang Zhongneng Industry Co. Ltd (Taizhou City, China)

Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

Titular de la marca controvertida: Parte recurrente ante el Tribunal General

Marca controvertida: Marca tridimensional de la Unión (Forma de un escúter) — Marca de la Unión n.o 11686482

Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de nulidad

Resolución impugnada: Resolución de la Quinta Sala de Recurso de la EUIPO de 25 de octubre de 2021 en el asunto R 359/2021-5

Pretensiones

La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución impugnada.

Con carácter subsidiario, que:

Anule la resolución impugnada y devuelva el asunto a las Salas de Recurso, para que indiquen con claridad en qué países la MUE n.o 11686482 del recurrente es válida y ha adquirido capacidad y, por el contrario, en qué países no ha adquirido tal capacidad distintiva, en base a las pruebas aportadas por el titular.

En cualquier caso, que:

Ordene que la parte recurrida cargue con las costas procesales relativas al procedimiento sustanciado ante la Sala de Recurso, con arreglo al artículo 190 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal General.

Condene a la EUIPO y a la posible coadyuvante al pago de todas las costas del presente procedimiento.

Motivos invocados

Infracción del artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 207/2009 del Consejo.

Infracción o interpretación errónea del artículo 7, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 207/2009 del Consejo y apreciación incorrecta de las pruebas aportadas por el titular de la MUE.


28.2.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 95/42


Recurso interpuesto el 12 de enero de 2022 — NW/Comisión

(Asunto T-20/22)

(2022/C 95/59)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: NW (representante: M. Velardo, abogada)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

El demandante solicita al Tribunal General que:

Anule las decisiones impugnadas en la medida en que conllevan la recuperación de las cantidades abonadas al demandante.

Ordene a la Comisión que devuelva al demandante las cantidades ya recuperadas.

Condene a la Comisión a cargar con las costas del procedimiento.

Con carácter subsidiario, anule las decisiones impugnadas en la medida en que conllevan la recuperación de la cantidad de 3 986,72 euros.

El demandante solicita, por otra parte, el pago de intereses sobre cualquier cantidad de la que resulte acreedor desde el momento en el que habría debido pagársele cada cantidad y hasta el pago efectivo.

En el supuesto de que el Tribunal desestime el presente recurso —si se tienen en cuenta las numerosas irregularidades cometidas por la Oficina de gestión y liquidación de los derechos individuales (en lo sucesivo, «PMO») a lo largo del tiempo, el hecho de que «la deducción fiscal no es fácilmente detectable en la nómina», las garantías ofrecidas por la PMO al demandante, la buena fe del demandante, admitida por la administración, y el hecho de que el demandante (sin ningún motivo para dudar de su nivel salarial) ha asumido obligaciones económicas proporcionadas a tal nivel durante estos años (como la suscripción de un préstamo hipotecario para la compra de una vivienda para su familia)—, el demandante considera que, en aras de la equidad, el Tribunal debería condenar a la Comisión a cargar al menos con sus propias costas y con las del demandante, en virtud del artículo 135 del Reglamento de Procedimiento del Tribunal General.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso contra las decisiones de la Comisión de 6 y 9 de abril de 2021 y de 4 de mayo de 2021 de proceder a la recuperación de las cantidades que le habían sido indebidamente abonadas en concepto de deducción fiscal por sus hijos, el demandante invoca tres motivos.

1.

Primer motivo, basado en un error en la interpretación y la aplicación del artículo 85 del Estatuto de los Funcionarios de la Unión Europea. El demandante estima a este respecto que no se cumplen los requisitos que establece el artículo 85 para permitir la devolución de las cantidades percibidas en exceso.

2.

Segundo motivo, basado en la violación del principio de confianza legítima, ya que, a su juicio, en el presente asunto se cumplen los tres requisitos de la confianza legítima con arreglo a la jurisprudencia aplicable.

3.

Tercer motivo, basado en la falta de motivación.


28.2.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 95/43


Recurso interpuesto el 12 de enero de 2022 — NY/Comisión

(Asunto T-21/22)

(2022/C 95/60)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: NY (representantes: A. Champetier y S. Rodrigues, abogados)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Declare el presente recurso admisible y fundado.

Anule la primera decisión impugnada y, de ser necesario, también la segunda decisión impugnada.

Condene en costas a la demandada.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso contra la decisión de la Comisión de 14 de abril de 2021 por la que se deniega la reclamación de indemnización presentada el 22 de diciembre de 2020, la parte demandante invoca tres motivos.

1.

Primer motivo, basado en la violación del derecho a una buena administración y del principio de imparcialidad. La parte demandante estima que, en el marco de la instrucción de la reclamación de indemnización, no se respetó la exigencia de imparcialidad tanto en su vertiente subjetiva como en su vertiente objetiva.

2.

Segundo motivo, basado en la violación del derecho a la integridad y a la dignidad y en la existencia de varios errores manifiestos de apreciación. La parte demandante alega que la parte demandada incumplió la obligación que le incumbía de preservar y proteger su dignidad y su integridad frente a las agresiones que sufrió a manos de determinados agentes de seguridad y cuyo informe adolece de errores manifiestos de apreciación.

3.

Tercer motivo, basado en el incumplimiento del deber de protección por cuanto no disfrutó de todo el apoyo que podía esperar de la demandada.


28.2.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 95/43


Recurso interpuesto el 11 de enero de 2022 — Grail/Comisión

(Asunto T-23/22)

(2022/C 95/61)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Grail LLC (Menlo Park, California, Estados Unidos) (representantes: D. Little, Solicitor, J. Ruiz Calzado, J. M. Jiménez-Laiglesia Oñate y A. Giraud, abogados)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la Decisión de la Comisión de 29 de octubre de 2021 por la que se adoptan medidas provisionales en virtud del artículo 8, apartado 5, letra a), del Reglamento 139/2004 («Reglamento de la Unión sobre concentraciones») en el asunto COMP/M.10493 — Illumina/GRAIL.

Condene a la Comisión a cargar con las costas del procedimiento.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca dos motivos.

1.

Primer motivo, basado en la incompetencia de la Comisión para adoptar la Decisión. La Comisión no es competente para adoptar una decisión en virtud del artículo 8, apartado 5, letra a), del Reglamento de la Unión sobre concentraciones, si el Tribunal declara en el asunto T-227/21 que las seis decisiones de remisión adoptadas por la Comisión el 19 de abril de 2021 en virtud del artículo 22, apartado 3, del Reglamento de la Unión sobre concentraciones eran ilegales.

2.

Segundo motivo, basado en que la Comisión incurrió en errores de hecho y de Derecho en la interpretación, aplicación y razonamiento de los requisitos legales para la adopción de la Decisión con arreglo al artículo 8, apartado 5, letra a), del Reglamento de la Unión sobre concentraciones.

La Decisión adolece del error de no tener en cuenta que los compromisos de separación de activos adoptados y notificados por Illumina a la Comisión después de la adquisición por parte de Illumina de las acciones de GRAIL Inc. impidieron a las partes llevar a cabo la concentración en el sentido del artículo 7 del Reglamento de la Unión sobre concentraciones.

La Decisión no contiene ninguna discusión significativa sobre las condiciones de competencia existentes en el momento de su adopción y no demuestra cómo la adquisición de las acciones de GRAIL Inc. por parte de Illumina había reducido la competencia efectiva o reduciría la competencia efectiva antes de que la Comisión pudiera adoptar una decisión final en cuanto al fondo.

La Decisión no identifica urgencia alguna que justifique la adopción de medidas cautelares, ya que en los pocos meses transcurridos entre la adopción de la Decisión y la adopción de la decisión sustantiva sobre la concentración no podía suceder nada importante en términos de efectos sobre la competencia en los mercados afectados.

La Decisión adolece de un error de Derecho al suponer que el artículo 8, apartado 5, letra a), del Reglamento de la Unión sobre concentraciones faculta a la Comisión para adoptar medidas provisionales con el fin de garantizar la eficacia de una hipotética decisión futura en virtud del artículo 8, apartado 4, del mismo Reglamento.

La imposición de una obligación particular a GRAIL es incompatible con el artículo 8, apartado 5, letra a), del Reglamento de la Unión sobre concentraciones. Tampoco resulta necesaria ni proporcionada.


28.2.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 95/44


Recurso interpuesto el 17 de enero de 2022 — Canai Technology/EUIPO — WE Brand (HE&ME)

(Asunto T-25/22)

(2022/C 95/62)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés

Partes

Recurrente: Canai Technology Co. Ltd (Guangzhou, China) (representantes: J. Gallego Jiménez, E. Sanz Valls, P. Bauzá Martínez, Y. Hernández Viñes y C. Marí Aguilar, abogados)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: WE Brand Sàrl (Luxemburgo)

Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

Solicitante de la marca controvertida: Parte recurrente ante el Tribunal General

Marca controvertida: Registro internacional que designa a la Unión Europea de la marca figurativa HE&ME — Registro internacional que designa a la Unión Europea n.o 1426777

Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de oposición

Resolución impugnada: Resolución de la Primera Sala de Recurso de la EUIPO de 16 de noviembre de 2021 en el asunto R 1390/2020-1

Pretensiones

La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución impugnada.

Condene a la EUIPO (y si interviene, a la otra parte en el procedimiento ante la EUIPO) a cargar con las costas.

Motivo invocado

Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.


28.2.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 95/45


Auto del Tribunal General de 20 de diciembre de 2021 — HS/Comisión

(Asunto T-848/19) (1)

(2022/C 95/63)

Lengua de procedimiento: inglés

El Presidente de la Sala Cuarta ha resuelto archivar el asunto.


(1)  DO C 271 de 17.8.2020.


28.2.2022   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 95/45


Auto del Tribunal General de 16 de diciembre de 2021 — The Floow/Comisión

(Asunto T-765/20) (1)

(2022/C 95/64)

Lengua de procedimiento: inglés

El Presidente de la Sala Quinta ha resuelto archivar el asunto.


(1)  DO C 88 de 15.3.2021.


28.2.2022   

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C 95/45


Auto del Tribunal General de 7 de diciembre de 2021 — El Corte Inglés/EUIPO — Yajun (PREMILITY)

(Asunto T-46/21) (1)

(2022/C 95/65)

Lengua de procedimiento: español

El Presidente de la Sala Quinta ha resuelto archivar el asunto.


(1)  DO C 88 de 15.3.2021.


28.2.2022   

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C 95/46


Auto del Tribunal General de 8 de diciembre de 2021 — VY/Comisión

(Asunto T-519/21) (1)

(2022/C 95/66)

Lengua de procedimiento: francés

El Presidente de la Sala Séptima ha resuelto archivar el asunto.


(1)  DO C 422 de 18.10.2021.