ISSN 1977-0928

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 329

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Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

63.° año
5 de octubre de 2020


Sumario

Página

 

IV   Información

 

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Tribunal de Justicia

2020/C 329/01

Últimas publicaciones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el Diario Oficial de la Unión Europea

1


 

V   Anuncios

 

PROCEDIMIENTOS JURISDICCIONALES

 

Tribunal de Justicia

2020/C 329/02

Asunto C-114/19 P: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 11 de junio de 2020 — Comisión Europea / Danilo Di Bernardo (Recurso de casación — Función pública — Oposición general — No admisión a las pruebas — Posibilidad de que la administración complete la motivación de la decisión de inadmisión ante el juez — Requisitos — Casos excepcionales — Concepto de inexistencia de motivación)

2

2020/C 329/03

Asunto C-256/19: Auto del Tribunal de Justicia (Sala Décima) de 2 de julio de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Verwaltungsgericht Wien — Austria) — Procedimiento incoado por S.A.D. Maler und Anstreicher OG (Procedimiento prejudicial — Artículo 53, apartado 2, del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia — Artículo 19 TUE, apartado 1, párrafo segundo — Tutela judicial efectiva en los ámbitos cubiertos por el Derecho de la Unión — Principio de independencia judicial — Artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea — Competencia del Tribunal de Justicia — Artículo 267 TFUE — Admisibilidad — Disposiciones nacionales sobre la asignación de asuntos en el seno de un tribunal — Vía de recurso — Interpretación necesaria para que el órgano jurisdiccional remitente pueda emitir su fallo — Inadmisibilidad manifiesta)

2

2020/C 329/04

Asunto C-192/20: Petición de decisión prejudicial planteada por el Krajský súd Prešov (Eslovaquia) el 5 de mayo de 2020 — Prima Banka Slovensko y otros / HD

3

2020/C 329/05

Asunto C-295/20: Petición de decisión prejudicial planteada por el Lietuvos Aukščiausiasis Teismas (Lituania) el 2 de julio de 2020 — Sanresa UAB / Aplinkos apsaugos departamentas prie Aplinkos ministerijos

4

2020/C 329/06

Asunto C-303/20: Petición de decisión prejudicial planteada por el Sąd Rejonowy w Opatowie (Polonia) el 8 de julio de 2020 — Ultimo Portfolio Investment (Luxembourg) S.A. / KM

5

2020/C 329/07

Asunto C-326/20: Petición de decisión prejudicial planteada por la Administratīvā apgabaltiesa (Letonia) el 22 de julio de 2020 — SIA MONO / Valsts ieņēmumu dienests

5

2020/C 329/08

Asunto C-332/20: Petición de decisión prejudicial planteada por el Consiglio di Stato (Italia) el 22 de julio de 2020 — Roma Multiservizi spa, Rekeep spa / Roma Capitale, Autorità Garante della Concorrenza e del Mercato

6

2020/C 329/09

Asunto C-345/20: Recurso interpuesto el 27 de julio de 2020 — Comisión Europea / República Portuguesa

7

2020/C 329/10

Asunto C-350/20: Petición de decisión prejudicial planteada por la Corte costituzionale (Italia) el 30 de julio de 2020 — O.D., R.I.H.V., B.O., F.G., M.K.F.B., E.S., N.P., S.E.A. / Istituto nazionale della previdenza sociale (INPS)

7

2020/C 329/11

Asunto C-374/20 P: Recurso de casación interpuesto el 7 de agosto de 2020 por Agrochem-Maks d.o.o. contra la sentencia del Tribunal General (Sala Cuarta) dictada el 28 de mayo de 2020 en el asunto T-574/18, Agrochem-Maks / Comisión

8

2020/C 329/12

Asunto C-67/19: Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 29 de junio de 2020 [petición de decisión prejudicial planteada por el Fővárosi Törvényszék (anteriormente Fővárosi Közigazgatási és Munkaügyi Bíróság) — Hungría] — KD / Bevándorlási és Menekültügyi Hivatal

9

2020/C 329/13

Asunto C-209/19: Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 6 de julio de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Landgericht Saarbrücken — Alemania) — SM / Sparkasse Saarbrücken

9

2020/C 329/14

Asunto C-210/19: Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 26 de junio de 2020 [petición de decisión prejudicial planteada por el Fővárosi Törvényszék (anteriormente Fővárosi Közigazgatási és Munkaügyi Bíróság) — Hungría] — TN / Országos Idegenrendészeti Főigazgatóság, anteriormente Bevándorlási és Menekültügyi Hivatal

9

2020/C 329/15

Asunto C-531/19: Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 29 de julio de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha) — PO / Subdelegación del Gobierno en Ciudad Real

10

2020/C 329/16

Asunto C-533/19: Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 24 de julio de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha) — RQ / Subdelegación del Gobierno en Ciudad Real

10

2020/C 329/17

Asunto C-534/19: Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 24 de julio de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha) — SR / Subdelegación del Gobierno en Ciudad Real

10

2020/C 329/18

Asunto C-549/19: Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 16 de julio de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha) — DX / Subdelegación del Gobierno en Toledo

10

2020/C 329/19

Asunto C-560/19: Auto del Presidente de la Sala Octava del Tribunal de Justicia de 25 de junio de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Juzgado de lo Mercantil n.o 3 de Valencia) — GT / Air Nostrum Líneas Aéreas del Mediterráneo, S. A.

11

2020/C 329/20

Asunto C-567/19: Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 17 de julio de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha) — LP / Subdelegación del Gobierno en Toledo

11

2020/C 329/21

Asunto C-740/19: Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 26 de junio de 2020 [petición de decisión prejudicial planteada por el Fővárosi Törvényszék (anteriormente Fővárosi Közigazgatási és Munkaügyi Bíróság) — Hungría] — NJ / Országos Idegenrendészeti Főigazgatóság

11

2020/C 329/22

Asuntos acumulados C-808/19 y C-809/19: Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 15 de julio de 2020 (peticiones de decisión prejudicial planteadas por el Landgericht Gera — Alemania) — DS (C-808/19), ER (C-809/19) / Volkswagen AG

11

2020/C 329/23

Asunto C-905/19: Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 8 de julio de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Verwaltungsgericht Darmstadt — Alemania) — EP / Kreis Groß-Gerau

12

2020/C 329/24

Asunto C-31/20: Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 15 de julio de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por la Audiencia Provincial de Alicante) — Bankia, S. A. / SI

12

2020/C 329/25

Asunto C-44/20: Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 6 de julio de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Consiglio di Stato — Italia) — Autorità di Regolazione per Energia Reti e Ambiente (ARERA) / PC, RE

12

2020/C 329/26

Asunto C-93/20: Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 9 de julio de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Bezirksgericht Schwechat — Austria) — JU / Air France Direktion für Österreich

12

2020/C 329/27

Asunto C-127/20: Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 30 de julio de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Sąd Rejonowy w Gliwicach — Polonia) — D. Spółka Akcyjna / W. Zrt

13

2020/C 329/28

Asunto C-133/20: Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 30 de junio de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Hoge Raad der Nederlanden — Países Bajos) — European Pallet Association eV / PHZ BV

13

2020/C 329/29

Asunto C-138/20: Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 10 de julio de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Landgericht Stuttgart — Alemania) — O. / P. AG

13

 

Tribunal General

2020/C 329/30

Asunto T-110/17: Sentencia del Tribunal General de 8 de julio de 2020 — Jiangsu Seraphim Solar System/Comisión [Dumping — Importaciones de módulos fotovoltaicos de silicio cristalino y componentes clave (a saber, células) originarios o procedentes de la República Popular China — Compromisos — Admisibilidad — Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2146 — Invalidación de facturas del compromiso — Ámbito de aplicación temporal de nuevas disposiciones]

14

2020/C 329/31

Asunto T-578/18: Sentencia del Tribunal General de 8 de julio de 2020 — CA Consumer Finance/BCE [Política económica y monetaria — Supervisión prudencial de las entidades de crédito — Artículo 18, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 1024/2013 — Sanción pecuniaria administrativa impuesta por el BCE a una entidad de crédito — Artículo 26, apartado 3, primer párrafo, del Reglamento (UE) n.o 575/2013 — Violación continua de las exigencias de fondos propios — Infracción negligente — Derecho de defensa — Importe de la sanción — Obligación de motivación]

15

2020/C 329/32

Asunto T-729/19: Sentencia del Tribunal General de 8 de julio de 2020 — Dinamo/EUIPO (Favorit) [Marca de la Unión Europea — Solicitud de marca denominativa de la Unión Favorit — Motivo de denegación absoluto — Falta de carácter distintivo — Artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001]

15

2020/C 329/33

Asunto T-150/20 R: Auto del Presidente del Tribunal General de 30 de junio de 2020 — Tartu Agro/Comisión (Procedimiento sobre medidas provisionales — Ayudas de Estado — Decisión por la que se declara la ayuda incompatible con el mercado interior y se ordena su recuperación — Demanda de suspensión de la ejecución — Inexistencia de urgencia)

16

2020/C 329/34

Asunto T-462/20: Recurso interpuesto el 16 de julio de 2020 — ZU/Comisión

16

2020/C 329/35

Asunto T-487/20: Recurso interpuesto el 4 de agosto de 2020 — Rezon/EUIPO — (imot.bg)

17

2020/C 329/36

Asunto T-490/20: Recurso interpuesto el 2 de agosto de 2020 — CH y CN/Parlamento

18

2020/C 329/37

Asunto T-496/20: Recurso interpuesto el 3 de agosto de 2020 — CRII-GEN y otros/Comisión

19

2020/C 329/38

Asunto T-500/20: Recurso interpuesto el 10 de agosto de 2020 — Selmikeit & Giczella/EUIPO — Boehmert & Boehmert (HALLOWIENER)

19

2020/C 329/39

Asunto T-502/20: Recurso interpuesto el 10 de agosto 2020 — Munich/EUIPO — Tone Watch (MUNICH10A.T.M.)

20

2020/C 329/40

Asunto T-503/20: Recurso interpuesto el 10 de agosto de 2020 — T i D Kontrolni sistemi/EUIPO — Sigmatron (aparatos y dispositivos de señalización)

21

2020/C 329/41

Asunto T-507/20: Recurso interpuesto el 6 de agosto de 2020 — Colombani/SEAE

22

2020/C 329/42

Asunto T-510/20: Recurso interpuesto el 14 de agosto de 2020 — Fachverband Spielhallen y LM/Comisión

23

2020/C 329/43

Asunto T-515/20: Recurso interpuesto el 17 de agosto de 2020 — Puma/EUIPO — Caterpillar (SPEEDCAT)

24

2020/C 329/44

Asunto T-520/20: Recurso interpuesto el 8 de agosto de 2020 — Bonicelli/Empresa Común Fusion for Energy

24

2020/C 329/45

Asunto T-527/20: Recurso interpuesto el 19 de agosto de 2020 — Aldi/EUIPO (CUCINA)

25

2020/C 329/46

Asunto T-530/20: Recurso interpuesto el 21 de agosto de 2020 — Interfloat y GMB/Comisión

26


ES

 


IV Información

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Tribunal de Justicia

5.10.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 329/1


Últimas publicaciones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el Diario Oficial de la Unión Europea

(2020/C 329/01)

Última publicación

DO C 320 de 28.9.2020

Recopilación de las publicaciones anteriores

DO C 313 de 21.9.2020

DO C 304 de 14.9.2020

DO C 297 de 7.9.2020

DO C 287 de 31.8.2020

DO C 279 de 24.8.2020

DO C 271 de 17.8.2020

Estos textos se encuentran disponibles en

EUR-Lex: http://eur-lex.europa.eu


V Anuncios

PROCEDIMIENTOS JURISDICCIONALES

Tribunal de Justicia

5.10.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 329/2


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Primera) de 11 de junio de 2020 — Comisión Europea / Danilo Di Bernardo

(Asunto C-114/19 P) (1)

(Recurso de casación - Función pública - Oposición general - No admisión a las pruebas - Posibilidad de que la administración complete la motivación de la decisión de inadmisión ante el juez - Requisitos - Casos excepcionales - Concepto de «inexistencia de motivación»)

(2020/C 329/02)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Recurrente: Comisión Europea (representantes: B. Mongin y G. Gattinara, agentes)

Otra parte en el procedimiento: Danilo Di Bernardo (representantes: S. Orlandi y T. Martin, avocats)

Fallo

1)

Desestimar el recurso de casación.

2)

Condenar en costas a la Comisión Europea.


(1)  DO C 164 de 13.5.2019.


5.10.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 329/2


Auto del Tribunal de Justicia (Sala Décima) de 2 de julio de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Verwaltungsgericht Wien — Austria) — Procedimiento incoado por S.A.D. Maler und Anstreicher OG

(Asunto C-256/19) (1)

(Procedimiento prejudicial - Artículo 53, apartado 2, del Reglamento de Procedimiento del Tribunal de Justicia - Artículo 19 TUE, apartado 1, párrafo segundo - Tutela judicial efectiva en los ámbitos cubiertos por el Derecho de la Unión - Principio de independencia judicial - Artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea - Competencia del Tribunal de Justicia - Artículo 267 TFUE - Admisibilidad - Disposiciones nacionales sobre la asignación de asuntos en el seno de un tribunal - Vía de recurso - Interpretación necesaria para que el órgano jurisdiccional remitente pueda emitir su fallo - Inadmisibilidad manifiesta)

(2020/C 329/03)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Verwaltungsgericht Wien

Partes en el procedimiento principal

S.A.D. Maler und Anstreicher OG

con intervención de: Magistrat der Stadt Wien, Bauarbeiter Urlaubs- und Abfertigungskasse

Fallo

Declarar la inadmisibilidad de la petición de decisión prejudicial planteada por el Verwaltungsgericht Wien (Tribunal de lo Contencioso-Administrativo de Viena, Austria) mediante resolución de 27 de febrero de 2019.


(1)  DO C 213 de 24.6.2019.


5.10.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 329/3


Petición de decisión prejudicial planteada por el Krajský súd Prešov (Eslovaquia) el 5 de mayo de 2020 — Prima Banka Slovensko y otros / HD

(Asunto C-192/20)

(2020/C 329/04)

Lengua de procedimiento: eslovaco

Órgano jurisdiccional remitente

Krajský súd Prešov

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Prima Banka Slovensko a.s.

Demandada: HD

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Debe interpretarse la Directiva 93/13/CEE (1) sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores (en lo sucesivo, «Directiva 93/13»), en particular, el artículo 6, apartado 1, y el artículo 7, apartado 1, en relación con la interpretación efectuada en la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en los asuntos acumulados C-96/16 y C-94/17, en el sentido de que se opone a una norma como la disposición marco tuitiva del artículo 54, apartado 1, del Občiansky zákonník (Código Civil), que no permite que en el contrato se estipulen condiciones menos favorables para el consumidor que las establecidas por las disposiciones legales, que, en caso de mora del consumidor en el reembolso de un préstamo, contemplan los siguientes derechos del prestamista:

el derecho a los intereses de demora, por un importe limitado mediante decreto gubernativo;

el derecho a la aplicación de otras sanciones al consumidor, que, conjuntamente con los intereses de demora, están limitadas al principal del préstamo pendiente de reembolso;

el derecho a una indemnización en caso de que el daño sufrido por el prestamista sea superior a los intereses de demora, es decir, a una indemnización ilimitada, correspondiente al daño efectivo?

2)

En caso de respuesta afirmativa a la primera cuestión prejudicial, ¿se opone el elevado nivel de protección de los consumidores, con arreglo al artículo 38 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (en lo sucesivo, «Carta») y a los artículos 4 TFUE, apartado 2, y 169 TFUE, apartado 1, a que en caso de mora en el cumplimiento de sus obligaciones contractuales el consumidor pague unos costes del prestamista fijados a tanto alzado y no el equivalente al daño efectivo soportado por este último, aun cuando el daño efectivo sea inferior a los costes a tanto alzado?


(1)  Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores (DO 1993, L 95, p. 29).


5.10.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 329/4


Petición de decisión prejudicial planteada por el Lietuvos Aukščiausiasis Teismas (Lituania) el 2 de julio de 2020 — «Sanresa» UAB / Aplinkos apsaugos departamentas prie Aplinkos ministerijos

(Asunto C-295/20)

(2020/C 329/05)

Lengua de procedimiento: lituano

Órgano jurisdiccional remitente

Lietuvos Aukščiausiasis Teismas

Partes en el procedimiento principal

Recurrente en casación:«Sanresa» UAB

Otra parte en el procedimiento de casación: Aplinkos apsaugos departamentas prie Aplinkos ministerijos

Cuestiones prejudiciales

1.

¿Deben interpretarse el artículo 18, apartado 2, el artículo 56, apartado 1, párrafo primero, letra b) y párrafo segundo, el artículo 58, apartado 1, párrafo primero, letra a), y el artículo 58, apartado 2, párrafo segundo, de la Directiva 2014/24, (1) así como los artículos 3 a 6 y demás disposiciones del Reglamento n.o 1013/2006 (2) (conjuntamente o por separado, pero sin ánimo exhaustivo) en el sentido de que la autorización concedida a un operador económico, necesaria para trasladar residuos de un Estado miembro de la Unión a otro, debe considerarse un requisito para la ejecución de un contrato de servicios y no un requisito relativo a la habilitación para ejercer una actividad?

2.

En caso de que la mencionada autorización para trasladar residuos deba entenderse como un criterio de selección de los proveedores (habilitación para ejercer la actividad profesional), ¿deben interpretarse y aplicarse los principios de transparencia y competencia leal contemplados en el artículo 18, apartado 1, párrafos primero y segundo, y el artículo 58, apartado 1, párrafo primero, y apartado 2, párrafo segundo, de la Directiva 2014/24, la libre circulación de mercancías, personas y servicios consagrada en el artículo 26, apartado 2, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, y los artículos 7 a 9 del Reglamento n.o 1013/2006 (conjuntamente o por separado, pero sin ánimo exhaustivo) en el sentido de que las condiciones de la licitación de los servicios de gestión de residuos y, en especial, las relativas a los plazos de presentación de ofertas, deben permitir la participación de proveedores nacionales o extranjeros que desean transportar residuos a través de las fronteras de los Estados miembros de la Unión sin restricciones, de modo que debe reconocerse a tales proveedores el derecho, entre otros, a presentar la citada autorización en caso de que esta haya sido obtenida una vez concluido el plazo de presentación de ofertas?

3.

En caso de que la citada autorización para trasladar residuos, de conformidad con el artículo 49 y el anexo V, parte C, punto 17, de la Directiva 2014/24 y con el artículo 70 de la misma, deba considerarse un requisito de ejecución de un contrato público, ¿deben interpretarse los principios de contratación pública enunciados en el artículo 18 de la citada Directiva y el procedimiento general de adjudicación de contratos regulado en el artículo 56 de esta en el sentido de que, en una licitación, no puede rechazarse la oferta de un participante que no haya presentado tal autorización?

4.

¿Deben interpretarse el artículo 18, el artículo 56, apartado 1, párrafo primero, letra b), y el artículo 58, apartado 1, párrafo primero, letra a), y apartado 2, de la Directiva 2014/24 en el sentido de que se oponen a una normativa nacional en virtud de la cual los poderes adjudicadores están facultados para establecer de forma anticipada en los pliegos de contratación un procedimiento de evaluación de ofertas en el marco del cual el derecho de los proveedores a ejercer una actividad (habilitación para ejercer la actividad profesional) no se evaluará o solo se verificará de forma parcial aun cuando la posesión de ese derecho constituya un requisito previo para la ejecución legal del contrato público y los poderes adjudicadores sean conscientes con carácter previo de la necesidad de contar con dicho derecho?

5.

¿Deben interpretarse el artículo 18 y el artículo 42, apartado 1, párrafo primero, de la Directiva 2014/24, así como los artículos 2, número 35, 5 y 17 del Reglamento n.o 1013/2006 y sus demás disposiciones en el sentido de que los poderes adjudicadores solo pueden adjudicar lícitamente servicios de gestión de residuos si definen de forma clara y precisa en los pliegos de contratación la cantidad y composición de los residuos y otras condiciones importantes para la ejecución del contrato (por ejemplo, el empaquetado)?


(1)  Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública y por la que se deroga la Directiva 2004/18/CE (DO 2014, L 94, p. 65).

(2)  Reglamento (CE) n.o 1013/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de junio de 2006, relativo a los traslados de residuos (DO 2006, L 190, p. 1).


5.10.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 329/5


Petición de decisión prejudicial planteada por el Sąd Rejonowy w Opatowie (Polonia) el 8 de julio de 2020 — Ultimo Portfolio Investment (Luxembourg) S.A. / KM

(Asunto C-303/20)

(2020/C 329/06)

Lengua de procedimiento: polaco

Órgano jurisdiccional remitente

Sąd Rejonowy w Opatowie (Tribunal de Distrito de Opatowo, Polonia)

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Ultimo Portfolio Investment (Luxembourg) S.A.

Demandada: KM

Cuestión prejudicial

¿Constituye la sanción prevista en el artículo 138c, apartado 1, del Kodeks Wykroczeń (Código de Delitos Leves) polaco para el incumplimiento de la obligación de evaluar la solvencia del consumidor contemplada en el artículo 8, apartado 1, de la Directiva 2008/48/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2008, relativa a los contratos de crédito al consumo y por la que se deroga la Directiva 87/102/CEE del Consejo, una aplicación adecuada y suficiente de la exigencia de establecer en el Derecho nacional sanciones efectivas, proporcionadas y disuasorias para el incumplimiento por el prestamista de la obligación de evaluar la solvencia del consumidor, impuesta a los Estados miembros por el artículo 23 de la Directiva 2008/48/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2008, relativa a los contratos de crédito al consumo y por la que se deroga la Directiva 87/102/CEE del Consejo? (1)


(1)  DO 2008, L 133, p. 66.


5.10.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 329/5


Petición de decisión prejudicial planteada por la Administratīvā apgabaltiesa (Letonia) el 22 de julio de 2020 — SIA MONO / Valsts ieņēmumu dienests

(Asunto C-326/20)

(2020/C 329/07)

Lengua de procedimiento: letón

Órgano jurisdiccional remitente

Administratīvā apgabaltiesa

Partes en el procedimiento principal

Demandante en primera instancia y recurrente en apelación: SIA MONO

Demandada en primera instancia y recurrente en apelación: Valsts ieņēmumu dienests

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Debe interpretarse el artículo 12, apartado 1, de la Directiva 2008/118/CE del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, relativa al régimen general de los impuestos especiales, y por la que se deroga la Directiva 92/12/CEE, (1) en el sentido de que los productos objeto de impuestos especiales destinados a ser usados en el marco de las relaciones diplomáticas y consulares estarán exentos de dichos impuestos con la condición de que esté previsto realizar el pago por esos productos a través de medios distintos del efectivo, de que el pago haya sido realizado de hecho y de que el pago al proveedor haya sido realizado por los destinatarios reales de dichos productos?

2)

¿Debe interpretarse el artículo 12, apartado 2, de la Directiva 2008/118/CE del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, relativa al régimen general de los impuestos especiales, y por la que se deroga la Directiva 92/12/CEE, en el sentido de que los Estados miembros podrán fijar condiciones y límites que, en el marco de las relaciones diplomáticas y consulares, supediten la exención de impuestos especiales para los productos objeto de dichos impuestos al requisito de que el comprador de esos productos haya pagado de hecho por ellos a través de medios distintos del efectivo?


(1)  DO 2009, L 9, p. 12.


5.10.2020   

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C 329/6


Petición de decisión prejudicial planteada por el Consiglio di Stato (Italia) el 22 de julio de 2020 — Roma Multiservizi spa, Rekeep spa / Roma Capitale, Autorità Garante della Concorrenza e del Mercato

(Asunto C-332/20)

(2020/C 329/08)

Lengua de procedimiento: italiano

Órgano jurisdiccional remitente

Consiglio di Stato

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: Roma Multiservizi spa, Rekeep spa

Recurrida: Roma Capitale, Autorità Garante della Concorrenza e del Mercato

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Es conforme con el Derecho [de la Unión Europea] y con una correcta interpretación de los considerandos 14 y 32, así como de los artículos 12 y 18 de la Directiva 24/2014/UE (1) y 30 de la Directiva 23/2014/UE, (2) en relación con el artículo 107 TFUE, el hecho de que, a efectos de la determinación del límite mínimo del 30 % de la participación de un socio privado en una sociedad de economía mixta que ha de constituirse, límite que el legislador nacional ha considerado adecuado en virtud de los principios [de Derecho de la Unión Europea] establecidos en la materia por la jurisprudencia [de la Unión], deba tenerse en cuenta exclusivamente la composición formal/accionarial de dicho socio, o bien la administración que convoque la licitación puede —o más bien debe— tener en cuenta su participación indirecta en el socio privado competidor?

2)

En caso de respuesta afirmativa a la cuestión anterior, ¿es coherente y conforme con los principios [de Derecho de la Unión Europea], y en particular con los principios de competencia, proporcionalidad y adecuación, que la administración que convoca la licitación pueda excluir de la misma al socio privado competidor, cuya efectiva participación en la sociedad de economía mixta que ha de constituirse, como consecuencia de la participación pública directa o indirecta constatada, es de hecho inferior al 30 %?


(1)  Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública y por la que se deroga la Directiva 2004/18/CE (DO 2014, L 94, p. 65).

(2)  Directiva 2014/23/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, relativa a la adjudicación de contratos de concesión (DO 2014, L 94, p. 1).


5.10.2020   

ES

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C 329/7


Recurso interpuesto el 27 de julio de 2020 — Comisión Europea / República Portuguesa

(Asunto C-345/20)

(2020/C 329/09)

Lengua de procedimiento: portugués

Partes

Demandante: Comisión Europea (representantes: W. Mölls y C. Vrignon, agentes)

Demandada: República Portuguesa

Pretensiones de la parte demandante

La Comisión solicita al Tribunal General que:

Declare que la República Portuguesa ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de los artículos 3 y 4 del Reglamento de Ejecución (UE) 2016/480 de la Comisión, de 1 de abril de 2016, por el que se establecen las normas comunes relativas a la interconexión de los registros electrónicos nacionales de las empresas de transporte por carretera y se deroga el Reglamento (UE) n.o 1213/2010, (1) al no haber procedido a la interconexión de su registro electrónico nacional con la nueva versión del Registro europeo de empresas de transporte por carretera (ERRU).

Condene en costas República Portuguesa.

Motivos y principales alegaciones

La interconexión de los registros electrónicos nacionales a la nueva versión del ERRU, que los Estados miembros han de llevar a cabo de conformidad con los procedimientos y requisitos técnicos establecidos en el Reglamento de Ejecución (UE) 2016/480 de la Comisión, tal como exige el artículo 3, párrafo primero, del citado Reglamento, debía tener lugar, a más tardar, el 30 de enero de 2019.


(1)  DO 2016, L 87, p. 4.


5.10.2020   

ES

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C 329/7


Petición de decisión prejudicial planteada por la Corte costituzionale (Italia) el 30 de julio de 2020 — O.D., R.I.H.V., B.O., F.G., M.K.F.B., E.S., N.P., S.E.A. / Istituto nazionale della previdenza sociale (INPS)

(Asunto C-350/20)

(2020/C 329/10)

Lengua de procedimiento: italiano

Órgano jurisdiccional remitente

Corte costituzionale

Partes en el procedimiento principal

Recurrentes: O.D., R.I.H.V., B.O., F.G., M.K.F.B., E.S., N.P., S.E.A.

Recurrida: Istituto nazionale della previdenza sociale (INPS)

Cuestión prejudicial

¿Debe interpretarse el artículo 34 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea proclamada en Niza el 7 de diciembre de 2000 y adaptada en Estrasburgo el 12 de diciembre de 2007, en el sentido de que su ámbito de aplicación comprende el subsidio de natalidad y la asignación por maternidad, sobre la base del artículo 3, apartado 1, letras b) y j), del Reglamento (CE) n.o 883/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, sobre la coordinación de los sistemas de seguridad social, (1) a que se hace mención en el artículo 12, apartado 1, letra e), de la Directiva 2011/98/UE, (2) del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 2011, por la que se establece un procedimiento único de solicitud de un permiso único y, por consiguiente, debe interpretarse el Derecho de la Unión en el sentido de que se opone a una normativa nacional que no extiende a los extranjeros titulares de un permiso único de los que constituyen el objeto de la citada Directiva, las prestaciones antes citadas que sí se conceden a los extranjeros titulares de un permiso de residencia de residente de larga duración-UE?


(1)  DO 2004, L 166, p. 1.

(2)  Directiva 2011/98/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 2011, por la que se establece un procedimiento único de solicitud de un permiso único que autoriza a los nacionales de terceros países a residir y trabajar en el territorio de un Estado miembro y por la que se establece un conjunto común de derechos para los trabajadores de terceros países que residen legalmente en un Estado miembro (DO 2011, L 343, p. 1).


5.10.2020   

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C 329/8


Recurso de casación interpuesto el 7 de agosto de 2020 por Agrochem-Maks d.o.o. contra la sentencia del Tribunal General (Sala Cuarta) dictada el 28 de mayo de 2020 en el asunto T-574/18, Agrochem-Maks / Comisión

(Asunto C-374/20 P)

(2020/C 329/11)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Agrochem-Maks d.o.o. (representantes: S. Pappas y A. Pappas, avocats)

Otras partes en el procedimiento: Comisión Europea, Reino de Suecia

Pretensiones de la parte recurrente

La parte recurrente solicita al Tribunal de Justicia que:

Anule la sentencia recurrida.

Devuelva el asunto al Tribunal General.

Condene a la Comisión a cargar con sus propias costas y con las de la parte recurrente en el presente procedimiento.

Motivos y principales alegaciones

El Tribunal General interpretó y aplicó erróneamente los requisitos del procedimiento relativos a las solicitudes de información adicional en el contexto de la renovación de la aprobación de una sustancia activa.

El Tribunal General incurrió en un error de Derecho al declarar que debe desestimarse por infundada la alegación basada en que (respecto a los siete puntos no resueltos) la existencia de desacuerdos entre la apreciación de la EFSA y la del Estado miembro ponente exige una motivación detallada sobre esta cuestión en lo que atañe al cuarto punto y por inoperante en cuanto a los demás puntos.

El Tribunal incurrió en un error de Derecho al no tener en cuenta todos los elementos pertinentes para el examen relativo a la confianza legítima de la recurrente.

El Tribunal General calificó de manera errónea los hechos e infringió el artículo 6, letra f), del Reglamento n.o 1107/2009, (1) punto 2.2 del anexo II de dicho Reglamento y el principio de proporcionalidad.

El Tribunal cometió un error de Derecho al interpretar y aplicar de manera errónea el principio de cautela.


(1)  Reglamento (CE) n.o 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, relativo a la comercialización de productos fitosanitarios y por el que se derogan las Directivas 79/117/CEE y 91/414/CEE del Consejo (DO 2009, L 309, p. 1).


5.10.2020   

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C 329/9


Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 29 de junio de 2020 [petición de decisión prejudicial planteada por el Fővárosi Törvényszék (anteriormente Fővárosi Közigazgatási és Munkaügyi Bíróság) — Hungría] — KD / Bevándorlási és Menekültügyi Hivatal

(Asunto C-67/19) (1)

(2020/C 329/12)

Lengua de procedimiento: húngaro

El Presidente del Tribunal de Justicia ha resuelto archivar el asunto.


(1)  DO C 139 de 15.4.2019.


5.10.2020   

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C 329/9


Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 6 de julio de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Landgericht Saarbrücken — Alemania) — SM / Sparkasse Saarbrücken

(Asunto C-209/19) (1)

(2020/C 329/13)

Lengua de procedimiento: alemán

El Presidente del Tribunal de Justicia ha resuelto archivar el asunto.


(1)  DO C 206 de 17.6.2019.


5.10.2020   

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C 329/9


Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 26 de junio de 2020 [petición de decisión prejudicial planteada por el Fővárosi Törvényszék (anteriormente Fővárosi Közigazgatási és Munkaügyi Bíróság) — Hungría] — TN / Országos Idegenrendészeti Főigazgatóság, anteriormente Bevándorlási és Menekültügyi Hivatal

(Asunto C-210/19) (1)

(2020/C 329/14)

Lengua de procedimiento: húngaro

El Presidente del Tribunal de Justicia ha resuelto archivar el asunto.


(1)  DO C 182 de 27.5.2019.


5.10.2020   

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C 329/10


Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 29 de julio de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha) — PO / Subdelegación del Gobierno en Ciudad Real

(Asunto C-531/19) (1)

(2020/C 329/15)

Lengua de procedimiento: español

El Presidente del Tribunal de Justicia ha resuelto archivar el asunto.


(1)  DO C 372 de 4.11.2019.


5.10.2020   

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C 329/10


Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 24 de julio de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha) — RQ / Subdelegación del Gobierno en Ciudad Real

(Asunto C-533/19) (1)

(2020/C 329/16)

Lengua de procedimiento: español

El Presidente del Tribunal de Justicia ha resuelto archivar el asunto.


(1)  DO C 372 de 4.11.2019.


5.10.2020   

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C 329/10


Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 24 de julio de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha) — SR / Subdelegación del Gobierno en Ciudad Real

(Asunto C-534/19) (1)

(2020/C 329/17)

Lengua de procedimiento: español

El Presidente del Tribunal de Justicia ha resuelto archivar el asunto.


(1)  DO C 372 de 4.11.2019.


5.10.2020   

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C 329/10


Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 16 de julio de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha) — DX / Subdelegación del Gobierno en Toledo

(Asunto C-549/19) (1)

(2020/C 329/18)

Lengua de procedimiento: español

El Presidente del Tribunal de Justicia ha resuelto archivar el asunto.


(1)  DO C 372 de 4.11.2019.


5.10.2020   

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C 329/11


Auto del Presidente de la Sala Octava del Tribunal de Justicia de 25 de junio de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Juzgado de lo Mercantil n.o 3 de Valencia) — GT / Air Nostrum Líneas Aéreas del Mediterráneo, S. A.

(Asunto C-560/19) (1)

(2020/C 329/19)

Lengua de procedimiento: español

El Presidente de la Sala Octava del Tribunal de Justicia ha resuelto archivar el asunto.


(1)  DO C 372 de 4.11.2019.


5.10.2020   

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C 329/11


Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 17 de julio de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha) — LP / Subdelegación del Gobierno en Toledo

(Asunto C-567/19) (1)

(2020/C 329/20)

Lengua de procedimiento: español

El Presidente del Tribunal de Justicia ha resuelto archivar el asunto.


(1)  DO C 372 de 4.11.2019.


5.10.2020   

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C 329/11


Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 26 de junio de 2020 [petición de decisión prejudicial planteada por el Fővárosi Törvényszék (anteriormente Fővárosi Közigazgatási és Munkaügyi Bíróság) — Hungría] — NJ / Országos Idegenrendészeti Főigazgatóság

(Asunto C-740/19) (1)

(2020/C 329/21)

Lengua de procedimiento: húngaro

El Presidente del Tribunal de Justicia ha resuelto archivar el asunto.


(1)  DO C 95 de 23.3.2020.


5.10.2020   

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C 329/11


Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 15 de julio de 2020 (peticiones de decisión prejudicial planteadas por el Landgericht Gera — Alemania) — DS (C-808/19), ER (C-809/19) / Volkswagen AG

(Asuntos acumulados C-808/19 y C-809/19) (1)

(2020/C 329/22)

Lengua de procedimiento: alemán

El Presidente del Tribunal de Justicia ha resuelto archivar los asuntos.


(1)  DO C 45 de 10.2.2020.


5.10.2020   

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C 329/12


Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 8 de julio de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Verwaltungsgericht Darmstadt — Alemania) — EP / Kreis Groß-Gerau

(Asunto C-905/19) (1)

(2020/C 329/23)

Lengua de procedimiento: alemán

El Presidente del Tribunal de Justicia ha resuelto archivar el asunto.


(1)  DO C 77 de 9.3.2020.


5.10.2020   

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C 329/12


Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 15 de julio de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por la Audiencia Provincial de Alicante) — Bankia, S. A. / SI

(Asunto C-31/20) (1)

(2020/C 329/24)

Lengua de procedimiento: español

El Presidente del Tribunal de Justicia ha resuelto archivar el asunto.


(1)  DO C 161 de 11.5.2020.


5.10.2020   

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C 329/12


Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 6 de julio de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Consiglio di Stato — Italia) — Autorità di Regolazione per Energia Reti e Ambiente (ARERA) / PC, RE

(Asunto C-44/20) (1)

(2020/C 329/25)

Lengua de procedimiento: italiano

El Presidente del Tribunal de Justicia ha resuelto archivar el asunto.


(1)  DO C 161 de 11.5.2020.


5.10.2020   

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C 329/12


Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 9 de julio de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Bezirksgericht Schwechat — Austria) — JU / Air France Direktion für Österreich

(Asunto C-93/20) (1)

(2020/C 329/26)

Lengua de procedimiento: alemán

El Presidente del Tribunal de Justicia ha resuelto archivar el asunto.


(1)  DO C 201 de 15.6.2020.


5.10.2020   

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C 329/13


Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 30 de julio de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Sąd Rejonowy w Gliwicach — Polonia) — D. Spółka Akcyjna / W. Zrt

(Asunto C-127/20) (1)

(2020/C 329/27)

Lengua de procedimiento: polaco

El Presidente del Tribunal de Justicia ha resuelto archivar el asunto.


(1)  DO C 209 de 22.6.2020.


5.10.2020   

ES

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C 329/13


Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 30 de junio de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Hoge Raad der Nederlanden — Países Bajos) — European Pallet Association eV / PHZ BV

(Asunto C-133/20) (1)

(2020/C 329/28)

Lengua de procedimiento: neerlandés

El Presidente del Tribunal de Justicia ha resuelto archivar el asunto.


(1)  DO C 209 de 22.6.2020.


5.10.2020   

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C 329/13


Auto del Presidente del Tribunal de Justicia de 10 de julio de 2020 (petición de decisión prejudicial planteada por el Landgericht Stuttgart — Alemania) — O. / P. AG

(Asunto C-138/20) (1)

(2020/C 329/29)

Lengua de procedimiento: alemán

El Presidente del Tribunal de Justicia ha resuelto archivar el asunto.


(1)  DO C 262 de 10.8.2020.


Tribunal General

5.10.2020   

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C 329/14


Sentencia del Tribunal General de 8 de julio de 2020 — Jiangsu Seraphim Solar System/Comisión

(Asunto T-110/17) (1)

(«Dumping - Importaciones de módulos fotovoltaicos de silicio cristalino y componentes clave (a saber, células) originarios o procedentes de la República Popular China - Compromisos - Admisibilidad - Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2146 - Invalidación de facturas del compromiso - Ámbito de aplicación temporal de nuevas disposiciones»)

(2020/C 329/30)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: Jiangsu Seraphim Solar System Co. Ltd (Changzhou, China) (representante: Y. Melin, abogado)

Demandada: Comisión Europea (representantes: N. Kuplewatzky y T. Maxian Rusche, agentes)

Parte coadyuvante en apoyo de la parte demandada: Consejo de la Unión Europea (representantes: H. Marcos Fraile, agente, asistida por N. Tuominen, abogada)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación parcial del Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2146 de la Comisión, de 7 de diciembre de 2016, por el que se denuncia la aceptación del compromiso de dos productores exportadores con arreglo a la Decisión de Ejecución 2013/707/UE, que confirma la aceptación de un compromiso propuesto en relación con los procedimientos antidumping y antisubvenciones relativos a las importaciones de módulos fotovoltaicos de silicio cristalino y componentes clave (como células) originarios o procedentes de la República Popular China durante el período de aplicación de las medidas definitivas (DO 2016, L 333, p. 4), en cuanto se refiere a la demandante.

Fallo

1)

Anular el artículo 2 del Reglamento de Ejecución (UE) 2016/2146 de la Comisión, de 7 de diciembre de 2016, por el que se denuncia la aceptación del compromiso de dos productores exportadores con arreglo a la Decisión de Ejecución 2013/707/UE, que confirma la aceptación de un compromiso propuesto en relación con los procedimientos antidumping y antisubvenciones relativos a las importaciones de módulos fotovoltaicos de silicio cristalino y componentes clave (como células) originarios o procedentes de la República Popular China durante el período de aplicación de las medidas definitivas, en cuanto se refiere a Jiangsu Seraphim Solar System Co. Ltd.

2)

Condenar a la Comisión Europea a cargar, además de con sus propias costas, con las de Jiangsu Seraphim Solar System.

3)

El Consejo de la Unión Europea cargará con sus propias costas.


(1)  DO C 121 de 18.4.2017.


5.10.2020   

ES

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C 329/15


Sentencia del Tribunal General de 8 de julio de 2020 — CA Consumer Finance/BCE

(Asunto T-578/18) (1)

(«Política económica y monetaria - Supervisión prudencial de las entidades de crédito - Artículo 18, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 1024/2013 - Sanción pecuniaria administrativa impuesta por el BCE a una entidad de crédito - Artículo 26, apartado 3, primer párrafo, del Reglamento (UE) n.o 575/2013 - Violación continua de las exigencias de fondos propios - Infracción negligente - Derecho de defensa - Importe de la sanción - Obligación de motivación»)

(2020/C 329/31)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: CA Consumer Finance (Massy, Francia) (representantes: A. Champsaur y A. Delors, abogadas)

Demandada: Banco Central Europeo (representantes: C. Hernández Saseta, A. Pizzolla y D. Segoin, agentes)

Objeto

Recurso basado en el artículo 263 TFUE por el que se solicita la anulación de la Decisión ECB/SSM/2018-FRCAG-77 del BCE, de 16 de julio de 2018, adoptada con arreglo al artículo 18, apartado 1, del Reglamento (UE) n.o 1024/2013 del Consejo, de 15 de octubre de 2013, que encomienda al Banco Central Europeo tareas específicas respecto de políticas relacionadas con la supervisión prudencial de las entidades de crédito (DO 2013, L 287, p. 63), y por la que se impone a la demandante una sanción pecuniaria administrativa por un importe de 200 000 euros por violación continua de las exigencias de fondos propios previstas en el artículo 26, apartado 3, del Reglamento (UE) n.o 575/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, sobre los requisitos prudenciales de las entidades de crédito y las empresas de inversión, y por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 648/2012 (DO 2013, L 176, p. 1; corrección de errores en DO 2013, L 208, p. 68, y DO 2013, L 321, p. 6).

Fallo

1)

Anular la Decisión ECB/SSM/2018-FRCAG-77 del Banco Central Europeo (BCE), de 16 de julio de 2018, en la medida en que impone a CA Consumer Finance una sanción pecuniaria administrativa por un importe de 200 000 euros.

2)

Desestimar el recurso en todo lo demás.

3)

Condenar a CA Consumer Finance a cargar con sus propias costas.

4)

Condenar al BCE a cargar con sus propias costas.


(1)  DO C 436 de 3.12.2018.


5.10.2020   

ES

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C 329/15


Sentencia del Tribunal General de 8 de julio de 2020 — Dinamo/EUIPO (Favorit)

(Asunto T-729/19) (1)

(«Marca de la Unión Europea - Solicitud de marca denominativa de la Unión Favorit - Motivo de denegación absoluto - Falta de carácter distintivo - Artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001»)

(2020/C 329/32)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Recurrente: Dinamo GmbH (Basilea, Suiza) (representante: C. Weil, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (representante: A. Söder, agente)

Objeto

Recurso interpuesto contra la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la EUIPO de 18 de septiembre de 2019 (asunto R 985/2019-2), relativa a una solicitud de registro del signo denominativo Favorit como marca de la Unión Europea.

Fallo

1)

Desestimar el recurso.

2)

Condenar en costas a Dinamo GmbH.


(1)  DO C 423 de 16.12.2019.


5.10.2020   

ES

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C 329/16


Auto del Presidente del Tribunal General de 30 de junio de 2020 — Tartu Agro/Comisión

(Asunto T-150/20 R)

(«Procedimiento sobre medidas provisionales - Ayudas de Estado - Decisión por la que se declara la ayuda incompatible con el mercado interior y se ordena su recuperación - Demanda de suspensión de la ejecución - Inexistencia de urgencia»)

(2020/C 329/33)

Lengua de procedimiento: estonio

Partes

Demandante: Tartu Agro AS (Tartu, Estonia) (representantes: T. Järviste, T. Kaurov, M. Valberg y M. Peetsalu, abogados)

Demandada: Comisión Europea (representantes: V. Bottka y E. Randvere, agentes)

Objeto

Demanda basada en los artículos 278 TFUE y 279 TFUE por la que se solicita la suspensión de la ejecución de la Decisión C(2020) 252 final de la Comisión, de 24 de enero de 2020, relativa a la ayuda estatal SA.39182 (2017/C) (ex 2017/NN) (ex 2014/CP) concedida por la República de Estonia a la demandante.

Fallo

1)

Desestimar la demanda de medidas provisionales.

2)

Revocar el auto de 30 de marzo de 2020, Tartu Agro/Comisión (T-150/20 R).

3)

Reservar la decisión sobre las costas.


5.10.2020   

ES

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C 329/16


Recurso interpuesto el 16 de julio de 2020 — ZU/Comisión

(Asunto T-462/20)

(2020/C 329/34)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: ZU (representante: C. Bernard-Glanz, abogado)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule las decisiones de la autoridad facultada para proceder a los nombramientos de 5 de septiembre de 2019 por la que se deniega información relevante para su defensa y de 6 de abril de 2020 por la que se desestima su reclamación.

Condene a la demandada a abonar la cuantía de 50 000 euros como indemnización por el daño moral sufrido, más los intereses legales correspondientes hasta que se efectúe el pago íntegro.

Condene en costas a la parte demandada.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su demanda, la parte demandante invoca dos motivos.

1.

Primer motivo, en el que se alega vulneración del derecho de defensa de la parte demandante y de su derecho a la tutela judicial efectiva.

2.

Segundo motivo, basado en que la autoridad facultada para proceder a los nombramientos incurrió en error manifiesto de apreciación al valorar el objeto de la reclamación, al no considerar un motivo fundamental y al mostrar desdén por la posibilidad de un cambio en la situación jurídica de la demandante.


5.10.2020   

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C 329/17


Recurso interpuesto el 4 de agosto de 2020 — Rezon/EUIPO — (imot.bg)

(Asunto T-487/20)

(2020/C 329/35)

Lengua de procedimiento: búlgaro

Partes

Recurrente: Rezon OOD (Sofía, Bulgaria) (representante: M. Yordanova-Harizanova, abogada)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

Marca controvertida: Marca figurativa de la Unión «imot. bg» — Solicitud de registro n.o 18001398

Resolución impugnada: Resolución de la Primera Sala de Recurso de la EUIPO de 2 de junio de 2020 en el asunto R 2270/2019-1

Pretensiones

La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución impugnada y ordene el registro de la marca controvertida.

Condene a la EUIPO a cargar con las costas del presente procedimiento y con las del procedimiento ante la Sala de Recurso.

Motivos invocados

Infracción del artículo 7, apartado 1, letras b) y c), del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Infracción del artículo 94 del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.


5.10.2020   

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C 329/18


Recurso interpuesto el 2 de agosto de 2020 — CH y CN/Parlamento

(Asunto T-490/20)

(2020/C 329/36)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandantes: CH y CN (representante: C. Bernard-Glanz, abogado)

Demandada: Parlamento Europeo

Pretensiones

Los demandantes solicitan al Tribunal General que:

Declare la admisibilidad de su recurso.

Anule las decisiones impugnadas, en la medida en que no se posicionan de forma definitiva sobre la realidad de los hechos de acoso psicológico denunciados.

Condene al demandado a abonar a cada uno de ellos la cantidad de 5 000 euros ex aequo et bono en concepto de resarcimiento por el daño moral causado por el incumplimiento del plazo razonable, cantidad a la que habrán de añadirse los intereses de demora hasta la fecha de su pago íntegro.

Condene al demandado a abonar a cada uno de ellos la cantidad de 100 000 euros ex aequo et bono en concepto de resarcimiento por el daño moral causado por no haberse posicionado de forma definitiva sobre la realidad de los hechos de acoso psicológico denunciados, cantidad a la que habrán de añadirse los intereses de demora hasta la fecha de su pago íntegro.

Condene en costas al demandado.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso contra las decisiones del Parlamento de 13 de septiembre de 2019 por las que la autoridad competente para realizar los contratos de trabajo en dicha institución, en respuesta a sus solicitudes de asistencia, no se posicionó de forma definitiva sobre la realidad de los hechos de acoso psicológico denunciados, los demandantes invocan dos motivos.

1.

Primer motivo, basado en el incumplimiento del deber de asistencia y en la infracción del artículo 24 del Estatuto de los Funcionarios de la Unión Europea (en lo sucesivo, «Estatuto»), por cuanto al no posicionarse de forma definitiva acerca de la existencia de los hechos de acoso psicológico denunciados, la autoridad facultada para celebrar los contratos de trabajo del Parlamento incumplió el deber de asistencia que le incumbe.

2.

Segundo motivo, basado en el incumplimiento del deber de asistencia y protección y en la inobservancia del principio de buena administración, así como en la vulneración del derecho a la dignidad y en la infracción de los artículos 1 y 31 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, por cuanto al no posicionarse de forma definitiva acerca de la existencia de los hechos de acoso psicológico denunciados, la autoridad facultada para celebrar los contratos de trabajo del Parlamento no observó el principio de buena administración e incumplió su deber de asistencia y protección, vulnerando de esta forma el derecho a la dignidad humana de los demandantes.


5.10.2020   

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C 329/19


Recurso interpuesto el 3 de agosto de 2020 — CRII-GEN y otros/Comisión

(Asunto T-496/20)

(2020/C 329/37)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandantes: Comité de recherche et d’information indépendantes sur le génie génétique (CRII-GEN) (París, Francia) y otras 6 partes demandantes (representante: C. Lepage, abogada)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

Las demandantes solicitan al Tribunal que:

Admita a trámite el presente recurso.

Anule la decisión controvertida.

Condene en costas a la Comisión Europea.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso contra la decisión de la Comisión de 17 de junio de 2020 por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto por las demandantes con objeto de que se retire la aprobación dada al glifosato, estas invocan un motivo único basado en la falta de aplicación del principio de cautela. Según las demandantes, el principio de cautela justifica que se adopten medidas restrictivas en lo que concierne a la autorización del glifosato que puedan llevar a un nuevo examen de dicha autorización o incluso a su retirada. A este respecto, aducen que numerosos estudios demuestran el riesgo cancerígeno y perturbador del sistema endocrino del glifosato y de los productos derivados de este. Añaden que el vínculo progresivamente puesto de manifiesto entre los pesticidas que contaminan la atmósfera y la Covid-19 implica necesariamente que ha de procederse a un nuevo examen de la autorización dada al glifosato a la luz de estas nuevas circunstancias.


5.10.2020   

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C 329/19


Recurso interpuesto el 10 de agosto de 2020 — Selmikeit & Giczella/EUIPO — Boehmert & Boehmert (HALLOWIENER)

(Asunto T-500/20)

(2020/C 329/38)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: alemán

Partes

Recurrente: Selmikeit & Giczella GmbH (Osterode, Alemania) (representante: S. Keute, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Boehmert & Boehmert Anwaltspartnerschaft mbB — Patentanwälte Rechtsanwälte (Bremen, Alemania)

Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

Titular de la marca controvertida: Parte recurrente ante el Tribunal General

Marca controvertida: Marca denominativa de la Unión HALLOWIENER — Marca de la Unión n.o 9369489

Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de anulación.

Resolución impugnada: Resolución de la Primera Sala de Recurso de la EUIPO de 27 de mayo de 2020 en el asunto R 1893/2019-1

Pretensiones

La parte recurrente solicita al Tribunal que:

Anule la resolución impugnada y desestime la solicitud de declaración de caducidad de la marca HALLOWIENER, con número de registro n.o 9369489.

Motivo invocado

Infracción del artículo 58, apartado 1, letra a), del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.


5.10.2020   

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C 329/20


Recurso interpuesto el 10 de agosto 2020 — Munich/EUIPO — Tone Watch (MUNICH10A.T.M.)

(Asunto T-502/20)

(2020/C 329/39)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: español

Partes

Demandante: Munich, SL (La Torre de Claramunt, España) (representante: M. Guix Vilanova, abogada)

Demandada: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Tone Watch, SL (Madrid, España)

Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

Titular de la marca controvertida: Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso

Marca controvertida: Marca denominativa MUNICH10A.T.M. — Marca de la Unión Europea n.o 10 727 899

Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de anulación

Resolución impugnada: Resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la EUIPO de 25 de marzo de 2020 en el asunto R 2472/2018-4

Pretensiones

La demandante solicita al Tribunal General que:

Revoque la resolución impugnada y declare la nulidad de la marca comunitaria MUNICH10A.T.M. no 10 727 899, para distinguir productos de las clases 9 (Gafas de sol), 14 (Artículos de relojería e instrumentos cronométricos, estuches para relojes (presentación) y 35 (Venta al por mayor, menor y a través de redes mundiales informáticas de gafas de sol, metales preciosos y sus aleaciones, joyería, bisutería, relojería e instrumentos cronométricos) del Nomenclátor Internacional, titularidad de Importaciones Issar, S.L., confirmando dicha decisión en cuanto declara nula los servicios en clase 35 (Publicidad, gestión de negocios comerciales, administración comercial, trabajos de Oficina), estimando la adhesión al recurso formulada y anulando los productos consistentes en clase 14, esto es, metales preciosos y sus aleaciones productos de estas materias o chapados no comprendidos en otras clases y clase 35, alquiler de distribuidores automáticos, con imposición de costas a la EUIPO.

Motivos invocados

La resolución recurrida niega el renombre de las marcas anteriores que tienen en común el elemento «MUNICH» y concluye indebodamente que no puede aplicarse al caso de autos el artículo 8,5 del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Existe riesgo de confusión por parte del público entre las marcas enfrentadas.

La interpretación que efectúa la resolución recurrida para proceder a rechazar la adhesión presentada por esta parte al Recurso, por no haberse presentado mediante escrito separado, es una exageración formal altamente restrictiva, dado que se puede desprender clara y expresamente que se efectúa dicha adhesión, generando indefensión a esta parte.


5.10.2020   

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C 329/21


Recurso interpuesto el 10 de agosto de 2020 — T i D Kontrolni sistemi/EUIPO — Sigmatron (aparatos y dispositivos de señalización)

(Asunto T-503/20)

(2020/C 329/40)

Lengua en la que ha sido redactado el recurso: búlgaro

Partes

Recurrente: T i D Kontrolni sistemi EOOD (Varna, Bulgaria) (representante: P. Priparzhenski, abogado)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Sigmatron EOOD (Sofía, Bulgaria)

Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

Titular del dibujo o modelo controvertido: Parte recurrente

Dibujo o modelo controvertido: Dibujo o modelo comunitario 3065887-0001 (aparatos y dispositivos de señalización)

Resolución impugnada: Resolución de la Tercera Sala de Recurso de la EUIPO de 30 de abril de 2020 en el asunto R 956/2019-3

Pretensiones

La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

Anule íntegramente la resolución impugnada.

Condene a Sigmatron EOOD a cargar con las costas de la recurrente, que ascienden a 4 700 euros conforme al desglose de gastos anejo al recurso.

Motivos invocados

Infracción de los artículos 28, apartado 1, y 30, apartado 1, del Reglamento n.o 2245/2002 y del artículo 52 del Reglamento n.o 6/2002.

Infracción del artículo 6, apartado 1, letra b), en relación con el artículo 25, apartado 1, letra b), del Reglamento 6/2002, y desviación de la práctica decisoria establecida de la EUIPO para su aplicación.


5.10.2020   

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C 329/22


Recurso interpuesto el 6 de agosto de 2020 — Colombani/SEAE

(Asunto T-507/20)

(2020/C 329/41)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Jean-Marc Colombani (Bruselas, Bélgica) (representante: N. de Montigny, abogada)

Demandada: Servicio Europeo de Acción Exterior

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal que:

Anule la decisión del SEAE por la que se deniega su solicitud de ejecución de la sentencia dictada en el asunto T-372/18, como se reprodujo en la nota del Sr. X el 23 de marzo de 2020 y, en su caso, la decisión del SEAE por la que se desestima su reclamación R/195/20, en la que reitera su solicitud de ejecución de la sentencia dictada en el asunto T-372/18, como se reprodujo en la nota de la Sra. Y el 30 de julio de 2020.

Anule la decisión del SEAE por la que se desestimó su candidatura para el puesto de Chef de la Delegación de la UE en Corea, comunicada mediante una nota de 29 de octubre de 2019, firmada por la Directora de Recursos Humanos, en la medida en que el SEAE se negó a motivar esta decisión y, por otro lado, la decisión por la que se denegó su solicitud de acceso a los documentos, comunicada mediante un correo electrónico de la secretaría del Comité Consultivo para los Nombramientos (CCN) del SEAE, de 24 de enero de 2020.

Anule, por un lado, las decisiones de la autoridad facultada para proceder a los nombramientos (AFPN) del SEAE, de 27 de noviembre de 2019, por las que se desestimó su candidatura para el puesto de Chef de la Delegación de la UE en Uzbekistán y para el puesto de Chef de la Delegación de la UE en Macedonia del Norte, y, por otro lado, la decisión de 21 de febrero de 2020 por la que se denegó su solicitud de acceso a los documentos.

Condene a la parte demandada a pagar a la parte demandante una indemnización por los perjuicios materiales, por importe de 3 500 euros, y psicológicos, por un importe simbólico de 1 euro.

Condene en costas a la parte demandada.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca seis motivos, de los cuales los tres primeros se refieren a la cuestión de la falta de ejecución de la sentencia dictada en el asunto T-372/18, Colombani/SEAE, y los tres últimos, a las decisiones de desestimación de las candidaturas de la parte demandante y a las decisiones de denegación de sus solicitudes de acceso a los documentos.

1.

Primer motivo, basado en la infracción del artículo 266 TFUE y en el comportamiento lesivo en el funcionamiento del servicio.

2.

Segundo motivo, basado en la violación de los principios de igualdad de trato y de no discriminación.

3.

Tercer motivo, basado en la falta de neutralidad, imparcialidad, independencia y equidad.

4.

Cuarto motivo, basado en el incumplimiento de la obligación de motivación.

5.

Quinto motivo, basado en el error de Derecho en la interpretación del concepto de datos personales y en la interpretación de los Reglamentos n.o 2018/1725 y n.o 1049/2001; falta de interpretación del artículo 66 del anexo III del Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea en un sentido compatible con las disposiciones de dichos Reglamentos.

6.

Sexto motivo, basado en la infracción del artículo 52 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en la medida en que la limitación del derecho de acceso a la información viola los principios de buena administración, de derecho a un proceso equitativo, de igualdad de armas, de derecho a la tutela judicial efectiva e impide cualquier control judicial de los actos controvertidos.


5.10.2020   

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C 329/23


Recurso interpuesto el 14 de agosto de 2020 — Fachverband Spielhallen y LM/Comisión

(Asunto T-510/20)

(2020/C 329/42)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Demandantes: Fachverband Spielhallen eV (Berlín, Alemania) y LM (representantes: A. Bartosch y R. Schmidt, abogados)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

Los demandantes solicitan al Tribunal General que:

Declare nula la Decisión impugnada en la medida en que la demandada, por lo que respecta a la medida 3 —es decir, a la reducción del impuesto sobre actividades económicas y del impuesto sobre la renta o del impuesto sobre sociedades como consecuencia de la deducción en la base imponible de tales impuestos en Renania del Norte-Westfalia de las cantidades abonadas en el marco de la realización de beneficios del artículo 14 de la Spielbankgesetz Nordrhein-Westfalen [Ley de Casinos Públicos de Renania del Norte-Westfalia; en lo sucesivo, «SpielbG NRW»]—, desestimó definitivamente la denuncia de los demandantes, negándose con ello a incoar el procedimiento de investigación formal con respecto a dicha medida.

Condene a la demandada a cargar con las costas de los demandantes.

Motivos y principales alegaciones

El presente recurso tiene por objeto que se declare la nulidad de la Decisión C(2019) 8819 final de la Comisión, de 9 de diciembre de 2019, sobre la ayuda estatal SA.44944 (2019/C, ex 2019/FC) — Tratamiento fiscal de los operadores públicos de casinos en Alemania, y la ayuda estatal SA.53552 (2019/C, ex 2019/FC) — Supuesta garantía para los operadores públicos de casinos en Alemania — Alemania.

El recurso se basa en un único motivo, mediante el cual se alega la vulneración de los derechos procesales de los demandantes al haberse negado la Comisión, también respecto de la medida 3, a incoar el procedimiento de investigación formal. Este motivo se divide en cuatro partes:

No se han tenido en cuenta las indicaciones de la jurisprudencia de la Unión al calificar de impuesto la realización de beneficios del artículo 14 de la SpielG NRW (versión antigua) — Establecimiento de una premisa probatoria errónea.

No se ha llevado a cabo la subsunción de la realización de beneficios del artículo 14 de la SpielG NRW (versión antigua) como impuesto de conformidad con las indicaciones pertinentes del Derecho alemán.

Carácter inadecuado de las alegaciones formuladas por la demandada para respaldar la consideración de impuesto de la realización de beneficios.

Distinción entre impuestos generales y especiales sobre los beneficios — Inversión de la relación entre norma y excepción.


5.10.2020   

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C 329/24


Recurso interpuesto el 17 de agosto de 2020 — Puma/EUIPO — Caterpillar (SPEEDCAT)

(Asunto T-515/20)

(2020/C 329/43)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Recurrente: Puma SE (Herzogenaurach, Alemania) (representantes: M. Schunke y P. Trieb, abogados)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Caterpillar Inc. (Peoria, Illinois, Estados Unidos)

Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

Solicitante de la marca controvertida: Parte recurrente ante el Tribunal General

Marca controvertida: Marca denominativa de la Unión SPEEDCAT — Solicitud de registro n.o 16703225

Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de oposición

Resolución impugnada: Resolución de la Segunda Sala de Recurso de la EUIPO de 9 de junio de 2020 en el asunto R 1016/2019-2

Pretensiones

La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución impugnada.

Condene en costas a la EUIPO, incluidas las correspondientes al procedimiento ante la Sala de Recurso.

Motivos invocados

Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Infracción del artículo 8, apartado 5, del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.


5.10.2020   

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C 329/24


Recurso interpuesto el 8 de agosto de 2020 — Bonicelli/Empresa Común Fusion for Energy

(Asunto T-520/20)

(2020/C 329/44)

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: Tullio Bonicelli (Badalona, Barcelona) (representante: N. Lhoëst, abogado)

Demandada: Empresa Común Europea para el ITER y el Desarrollo de la Energía de Fusión

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la decisión de Fusión for Energy, de 24 de octubre de 2019, publicada el mismo día, por la que se establece la lista de miembros del personal promovidos en el ejercicio de promoción de 2019, en la medida en que en ella no aparece el nombre del Sr. Bonicelli.

En la medida en que sea necesario, anule la decisión de Fusion for Energy, de 8 de mayo de 2020, por la que se desestima la reclamación del Sr. Bonicelli presentada el 22 de enero de 2020 contra la lista de miembros del personal promovidos en el ejercicio de promoción de 2019.

Condene a Fusión for Energy a cargar con la totalidad de las costas.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, el demandante invoca cinco motivos.

1.

Primer motivo, basado en un abuso y una desviación de poder y en una violación del principio de buena administración. El demandante invoca a este respecto la negativa sistemática de la demandada a promover a cualquier funcionario al grado AD 14 y considera que esa negativa supera ampliamente la facultad discrecional de que dispone la autoridad facultada para proceder a los nombramientos (en lo sucesivo, «AFPN») en el marco del ejercicio de promoción.

2.

Segundo motivo, basado en una infracción del artículo 45 del Estatuto de los Funcionarios de la Unión Europea (en lo sucesivo, «Estatuto») y en un error manifiesto de apreciación. El demandante alega que la demandada no ha demostrado que hubiese llevado a cabo un examen de los méritos del demandante ni una comparación de sus méritos con los de otros funcionarios clasificados en el grado AD 13.

3.

Tercer motivo, basado en una discriminación del demandante que, en su condición de jefe de unidad, no se beneficia de las disposiciones del artículo 30, apartados 8 y 9, del anexo XIII del Estatuto y, además, es víctima de la negativa de la demandada a promover a cualquier funcionario al grado AD 14. De este modo, algunos funcionarios del mismo grado que el demandante, pero que no son jefes de unidad, pueden percibir una remuneración más alta.

4.

Cuarto motivo, basado en una violación del principio del derecho a la progresión profesional. A este respecto, el demandante invoca sus excelentes informes de calificación, la constancia en la duración de sus méritos, el nivel de las responsabilidades desempeñadas, el uso de varias lenguas en su trabajo, su antigüedad en el grado y la propuesta de su superior jerárquico de promoverle en el marco del ejercicio de promoción de 2019, así como la recomendación en el mismo sentido del Comité Paritario de Promoción.

5.

Quinto motivo, basado en una falta de motivación. El demandante considera, en particular, que la motivación dada por la AFPN para desestimar su reclamación no incluye información específica sobre su caso, lo que equivale a una completa falta de motivación.


5.10.2020   

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C 329/25


Recurso interpuesto el 19 de agosto de 2020 — Aldi/EUIPO (CUCINA)

(Asunto T-527/20)

(2020/C 329/45)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Recurrente: Aldi GmbH & Co. KG (Mülheim an der Ruhr, Alemania) (representantes: N. Lützenrath, C. Fürsen y M. Minkner, abogados)

Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO

Marca controvertida: Marca figurativa de la Unión CUCINA — Solicitud de registro n.o 18135080

Resolución impugnada: Resolución de la Segunda Sala de Recurso de la EUIPO de 19 de junio de 2020 en el asunto R 463/2020-2

Pretensiones

La parte recurrente solicita al Tribunal General que:

Anule la resolución impugnada.

Condene en costas a la EUIPO.

Motivos invocados

Infracción del artículo 7, apartado 1, letra c), del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.

Infracción del artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo.


5.10.2020   

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C 329/26


Recurso interpuesto el 21 de agosto de 2020 — Interfloat y GMB/Comisión

(Asunto T-530/20)

(2020/C 329/46)

Lengua de procedimiento: alemán

Partes

Demandantes: Interfloat Corp. (Ruggell, Liechtenstein) y GMB Glasmanufaktur Brandenburg GmbH (Tschernitz, Alemania) (representantes: U. Karpenstein y R. Sangi, abogados)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

Las demandantes solicitan al Tribunal General que:

Anule la Decisión C(2020) 3287 final de la Comisión, de 26 de mayo de 2020, relativa a las medidas SA.39990 (2016/C) (ex 2016/NN) (ex 2014/FC) (ex 2014/CP) aplicadas por Bélgica a Ducatt NV.

Condene en costas a la demandada.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, las demandantes invocan un único motivo.

Las demandantes alegan que la Comisión no podía concluir el procedimiento de investigación formal incoado a raíz de la denuncia que presentaron. Consideran que el Reglamento (UE) 2015/1589 del Consejo (1) (en lo sucesivo, «Reglamento sobre el procedimiento en materia de ayudas de Estado») establece un procedimiento específico, regulado exhaustivamente, para concluir la investigación formal. En concreto, exige que se ponga fin al procedimiento de investigación formal mediante uno de los cuatro tipos de decisión enumerados taxativamente en el artículo 9 de este Reglamento. Solo se contempla la posibilidad de conclusión de un procedimiento de investigación formal si el Estado miembro de que se trate retira su notificación (artículo 10 de dicho Reglamento). Las demandantes aducen que, en la Decisión impugnada, la Comisión inobservó el tenor, la lógica interna y la finalidad del artículo 108 TFUE, apartado 2, y el Reglamento sobre el procedimiento en materia de ayudas de Estado y vulneró con ello los derechos procesales de las demandantes en el procedimiento de investigación formal. Según ellas, no existe, en realidad, justificación suficiente para concluir el procedimiento.


(1)  Reglamento (UE) 2015/1589 del Consejo, de 13 de julio de 2015, por el que se establecen normas detalladas para la aplicación del artículo 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (DO 2015, L 248, p. 9).