ISSN 1977-0928

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 088I

European flag  

Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

63.° año
17 de marzo de 2020


Sumario

Página

 

IV   Información

 

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

 

Consejo

2020/C 88 I/01

Notificación a la atención de la persona sujeta a las medidas restrictivas establecidas en la Decisión 2013/184/PESC del Consejo y en el Reglamento (UE) n.o 401/2013 del Consejo relativos a medidas restrictivas aplicables a Myanmar/Birmania

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ES

 


IV Información

INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Consejo

17.3.2020   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

CI 88/1


Notificación a la atención de la persona sujeta a las medidas restrictivas establecidas en la Decisión 2013/184/PESC del Consejo y en el Reglamento (UE) n.o 401/2013 del Consejo relativos a medidas restrictivas aplicables a Myanmar/Birmania

(2020/C 88 I/01)

La siguiente información se pone en conocimiento de D. Than Oo, persona que figura en el anexo de la Decisión 2013/184/PESC del Consejo (1) y en el anexo IV del Reglamento (UE) n.° 401/2013 del Consejo (2) relativos a medidas restrictivas aplicables a Myanmar/Birmania.

El Consejo tiene la intención de mantener las medidas restrictivas contra la persona mencionada con una nueva exposición de motivos. Por ello se pone en conocimiento de dicha persona que puede presentar una solicitud al Consejo para obtener la citada exposición de los motivos de su inclusión en la lista, a más tardar el 25 de marzo de 2020, y remitirla a la siguiente dirección:

Consejo de la Unión Europea

Secretaría General

RELEX.1.C

Rue de la Loi/Wetstraat 175

1048 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË

Correo electrónico: sanctions@consilium.europa.eu.

Todas las observaciones recibidas se tendrán en cuenta a efectos de la revisión periódica que efectúa el Consejo de conformidad con el artículo 12 de la Decisión 2013/184/PESC, y con el artículo 4 decies, apartado 4, del Reglamento (UE) n.° 401/2013.

Asimismo se pone en conocimiento de la persona afectada que pueden recurrir la decisión del Consejo ante el Tribunal General de la Unión Europea, conforme a las condiciones establecidas en el artículo 275, párrafo segundo, y en el artículo 263, párrafos cuarto y sexto, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.


(1)  Decisión 2013/184/PESC del Consejo, de 22 de abril de 2013, relativa a medidas restrictivas contra Myanmar/Birmania y por la que se deroga la Decisión 2010/232/PESC (DO L 111 de 23.4.2013, p. 75).

(2)  DO L 121 de 3.5.2013, p. 1.