ISSN 1977-0928 |
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Diario Oficial de la Unión Europea |
C 88 |
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Edición en lengua española |
Comunicaciones e informaciones |
63.° año |
Sumario |
Página |
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II Comunicaciones |
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COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA |
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Comisión Europea |
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2020/C 88/01 |
No oposición a una concentración notificada (Asunto M.9703 — SCP/real) ( 1 ) |
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2020/C 88/02 |
No oposición a una concentración notificada (Asunto M.9739 — AXA/Groupe Crédit Agricole/ELL Luxembourg 2) ( 1 ) |
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2020/C 88/03 |
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IV Información |
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INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA |
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Comisión Europea |
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2020/C 88/04 |
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V Anuncios |
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PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA |
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Comisión Europea |
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2020/C 88/05 |
Notificación previa de una concentración (Asunto M.9742 — Sinopec Group/Joint Stock Company Novatek/Gazprombank/SINOVA Natural Gas Company) Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 ) |
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OTROS ACTOS |
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Comisión Europea |
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2020/C 88/06 |
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2020/C 88/07 |
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2020/C 88/08 |
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(1) Texto pertinente a efectos del EEE. |
ES |
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II Comunicaciones
COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA
Comisión Europea
17.3.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 88/1 |
No oposición a una concentración notificada
(Asunto M.9703 — SCP/real)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2020/C 88/01)
El 4 de marzo de 2020, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado interior. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b) del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1). El texto íntegro de la decisión solo está disponible en inglés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:
— |
en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad, |
— |
en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/homepage.html?locale=es) con el número de documento 32020M9703. EUR-Lex da acceso al Derecho de la Unión en línea. |
17.3.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 88/2 |
No oposición a una concentración notificada
(Asunto M.9739 — AXA/Groupe Crédit Agricole/ELL Luxembourg 2)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2020/C 88/02)
El 5 de marzo de 2020, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado interior. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b) del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1). El texto íntegro de la decisión solo está disponible en inglés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:
— |
en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad, |
— |
en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/homepage.html?locale=es) con el número de documento 32020M9739. EUR-Lex da acceso al Derecho de la Unión en línea. |
17.3.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 88/3 |
COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN
relativa a la autoridad facultada para expedir certificados de autenticidad con arreglo al Reglamento de Ejecución (UE) n.o 481/2012
(2020/C 88/03)
El Reglamento (CE) n.o 617/2009 del Consejo, de 13 de julio de 2009, por el que se abre un contingente arancelario autónomo para las importaciones de carne de vacuno de calidad superior (1), fue modificado por el Reglamento (UE) n.o 464/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo (2).
El Reglamento (CE) n.o 620/2009 de la Comisión, de 13 de julio de 2009, relativo al modo de gestión de un contingente arancelario de importación de carne de vacuno de calidad superior (3), fue derogado y sustituido por el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 481/2012 de la Comisión, de 7 de junio de 2012, por el que se establecen las normas de gestión de un contingente arancelario de carne de vacuno de calidad superior (4).
El artículo 3 del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 481/2012 establece que el despacho a libre práctica de las mercancías importadas al amparo del contingente con número de orden 09.2202, que ha sustituido al contingente con número de orden 09.4449 contemplado en el Reglamento (CE) n.o 620/2009, está condicionado a la presentación de un certificado de autenticidad.
Los organismos emisores que se indican a continuación quedan autorizados para expedir certificados de autenticidad con arreglo al Reglamento de Ejecución (UE) n.o 481/2012.
Department of Agriculture, Fisheries and Forestry (DAFF) of the Australian Government |
18 Marcus Clarke Street |
Canberra City ACT 2601 |
AUSTRALIA |
Contacto: Biosecurity Service Group |
Mr Greg READ, Executive Manager |
Tel. +61 262723594 |
Correo electrónico: pr@aqis.gov.au |
Food Safety and Inspection Service (FSIS) of the United States Department of Agriculture (USDA) |
Washington D.C., 20250 |
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA |
Internet: http://www.fsis.usda.gov
Canadian Food Inspection Agency (CFIA) |
1400 Merivale Road |
Ottawa, Ontario |
K1A 0Y9 |
CANADÁ |
Correo electrónico: bertrand.st-arnaud@inspection.gc.ca
Página web: http://www.inspection.gc.ca
Ministry of Agriculture and Forestry (MAF) |
Pastoral House |
25 The Terrace |
PO Box 2526 |
Wellington 6140 |
NUEVA ZELANDA |
Tel. +64 48940100 |
Fax +64 48940720 |
Correo electrónico: nzfsa.info@maf.govt.nz |
Página web: http://www.maf.govt.nz |
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca |
Dirección General de Servicios Ganaderos |
División Industria Animal |
Ruta 8, km. 17.500 |
Montevideo |
URUGUAY |
Tel. +598 22204000 |
Fax +598 22204000 Ext. 150801 |
Correo electrónico: dgsg@mgap.gub.uy |
Página web: http://www.mgap.gub.uy/unidad-organizativa/direccion-general-de-servicios-ganaderos |
Ministerio de Producción y Trabajo de la República Argentina |
Secretaría de Gobierno de Agroindustria |
Punto focal: Subsecretaría de Mercados Agropecuarios |
Av. Paseo Colón n.° 982 (C1063ACW) CABA |
Buenos Aires |
Argentina |
Tel. +54 1143491625/26 +54 1143492241+54 1143492266 |
Correo electrónico: jesilveyra@magyp.gob.ar / rmartearena@magyp.gob.ar / mdlcarreras@magyp.gob.ar |
Página web: www.argentina.gob.ar/produccion |
(1) DO L 182 de 15.7.2009, p. 1.
(2) DO L 149 de 8.6.2012, p. 1.
IV Información
INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA
Comisión Europea
17.3.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 88/5 |
Tipo de cambio del euro (1)
16 de marzo de 2020
(2020/C 88/04)
1 euro =
|
Moneda |
Tipo de cambio |
USD |
dólar estadounidense |
1,1157 |
JPY |
yen japonés |
117,76 |
DKK |
corona danesa |
7,4731 |
GBP |
libra esterlina |
0,90918 |
SEK |
corona sueca |
10,8998 |
CHF |
franco suizo |
1,0546 |
ISK |
corona islandesa |
151,20 |
NOK |
corona noruega |
11,4765 |
BGN |
leva búlgara |
1,9558 |
CZK |
corona checa |
26,960 |
HUF |
forinto húngaro |
344,97 |
PLN |
esloti polaco |
4,4070 |
RON |
leu rumano |
4,8343 |
TRY |
lira turca |
7,1568 |
AUD |
dólar australiano |
1,8198 |
CAD |
dólar canadiense |
1,5539 |
HKD |
dólar de Hong Kong |
8,6682 |
NZD |
dólar neozelandés |
1,8499 |
SGD |
dólar de Singapur |
1,5868 |
KRW |
won de Corea del Sur |
1 373,34 |
ZAR |
rand sudafricano |
18,5602 |
CNY |
yuan renminbi |
7,8351 |
HRK |
kuna croata |
7,5785 |
IDR |
rupia indonesia |
16 756,20 |
MYR |
ringit malayo |
4,8092 |
PHP |
peso filipino |
57,625 |
RUB |
rublo ruso |
83,5905 |
THB |
bat tailandés |
35,937 |
BRL |
real brasileño |
5,5381 |
MXN |
peso mexicano |
25,4478 |
INR |
rupia india |
82,8075 |
(1) Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.
V Anuncios
PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA
Comisión Europea
17.3.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 88/6 |
Notificación previa de una concentración
(Asunto M.9742 — Sinopec Group/Joint Stock Company Novatek/Gazprombank/SINOVA Natural Gas Company)
Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2020/C 88/05)
1.
El 4 de marzo de 2020, la Comisión recibió la notificación de un proyecto de concentración de conformidad con el artículo 4 del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1).Dicha notificación se refiere a las empresas siguientes:
— |
Sinopec Gas Company Limited («China Sinopec Gas», China), perteneciente a China Petrochemical Corporation («Sinopec Group»), |
— |
Novatek Asia Development Holding PTE. LTD («Novatek Asia», Singapur), bajo el control de Joint Stock Company Novatek («Novatek»), |
— |
Joint Stock Company Gazprombank-Asset Management Combined Closed-End Mutual Fund «GAZPROMBANK – ARCTURUS» («Gazprombank Asset Management», Rusia), bajo el control de Joint Stock Company Gazprobank («Gazprombank»), |
— |
SINOVA Natural Gas Company Limited («JV», China). |
Sinopec Gas, Novatek Asia y Gazprombank Asset Management adquieren, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), y apartado 4, del Reglamento de concentraciones, el control conjunto de la empresa en participación (JV).
La concentración se realiza mediante la adquisición de acciones en una empresa en participación de nueva creación.
2.
Las actividades comerciales de las empresas mencionadas son:
— |
Sinopec Gas se dedica principalmente a la construcción y explotación de proyectos de gas natural y de gas natural licuado («GNL») y a la venta de GNL y gas natural. Sinopec Group tiene actividades en la industria del petróleo y el gas, |
— |
Novatek Asia se dedica principalmente a la participación en el capital de los proyectos de empresas conjuntas de Novatek y a las inversiones en empresas de gas y electricidad o proyectos de infraestructuras en Asia. Novatek se dedica a la prospección, producción, transformación y comercialización de gas natural e hidrocarburos líquidos en Rusia y otros países, |
— |
Gazprombank Asset Management se dedica principalmente a la gestión de activos para inversores institucionales. Gazprombank presta una amplia gama de servicios bancarios y financieros, especialmente en sectores como el gas natural, el petróleo, los productos petroquímicos y la electricidad, |
— |
Se prevé que la empresa en participación (JV) se dedique a la importación, exportación y compraventa de gas natural (entre otros, gas de gasoducto y GNL) y a la inversión en proyectos relacionados con el gas natural en China. |
3.
Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto.En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas operaciones de concentración con arreglo al Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (2), el presente asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento establecido en dicha Comunicación.
4.
La Comisión invita a los terceros interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre la operación propuesta.Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación, indicando siempre la referencia siguiente:
M.9742 — Sinopec Group/Joint Stock Company Novatek/Gazprombank/SINOVA Natural Gas Company
Las observaciones podrán enviarse a la Comisión por correo electrónico, fax o correo postal a la dirección siguiente:
Correo electrónico: COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu
Fax +32 22964301
Dirección postal:
Comisión Europea |
Dirección General de Competencia |
Registro de Concentraciones |
1049 Bruselas |
BÉLGICA |
(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento de concentraciones»).
OTROS ACTOS
Comisión Europea
17.3.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 88/8 |
Publicación de una comunicación de la aprobación de una modificación normal del pliego de condiciones de un nombre del sector vitivinícola, tal como se menciona en el artículo 17, apartados 2 y 3, del Reglamento Delegado (UE) 2019/33 de la Comisión
(2020/C 88/06)
La presente comunicación se publica con arreglo al artículo 17, apartado 5, del Reglamento Delegado (UE) 2019/33 de la Comisión (1).
COMUNICACIÓN DE LA APROBACIÓN DE UNA MODIFICACIÓN NORMAL
«Savennières»
PDO-FR-A0158-AM01
Fecha de la comunicación: 15 de noviembre de 2019
DESCRIPCIÓN Y MOTIVOS DE LA MODIFICACIÓN APROBADA
1. Zona geográfica
La zona geográfica se ha modificado de la siguiente manera: «Todas las fases de producción tienen lugar en la zona geográfica, cuyo perímetro abarca el territorio de los siguientes municipios del departamento de Maine-et-Loire, de acuerdo con el código geográfico oficial de 2018: Bouchemaine, La Possonnière y Savennières.
Se pueden consultar los documentos cartográficos de la zona geográfica en el sitio web del Instituto nacional de origen y calidad.».
Cambio de redacción: La nueva lista de entidades administrativas incorpora las fusiones y otras modificaciones de la zonificación administrativa que se han producido desde la homologación del pliego de condiciones. Para mayor seguridad jurídica, la lista se realiza en comparación con la versión vigente del código geográfico oficial que edita todos los años el INSEE. El perímetro de la zona geográfica se mantiene idéntico.
Por último, se menciona que en el sitio web del INAO están disponibles los documentos cartográficos de la zona geográfica para facilitar más información al público.
El documento único relativo a la zona geográfica se modifica en consecuencia en el punto 6.
2. Zona de proximidad inmediata
En el capítulo I, sección IV, apartado 3, la lista de municipios se sustituye por:
Angers, Beaulieu-sur-Layon, Bellevigne-en-Layon (antiguos territorios de los municipios delegados de Champ-sur-Layon, Faveraye-Mâchelles, Faye-d’Anjou, Rablay-sur-Layon y Thouarcé), Blaison-Saint-Sulpice (antiguos territorios de los municipios delegados de Blaison-Gohier y Saint-Sulpice), Brissac Loire Aubance (antiguos territorios de los municipios delegados de Alleuds, Brissac-Quincé, Charcé-Saint-Ellier-sur-Aubance, Luigné, Saint-Rémy-la-Varenne, Saint-Saturnin-sur-Loire, Saulgé-l’Hôpital, y Vauchrétien), Chalonnes-sur-Loire, Chaudefonds-sur-Layon, Chemillé-en-Anjou (antiguos territorios de los municipios delegados de Chanzeaux y Valanjou), Denée, Doué-en-Anjou (antiguo territorio del municipio delegado de Brigné), Les Garennes sur Loire (antiguos territorios de los municipios delegados de Juigné-sur-Loire y Saint-Jean-des-Mauvrets), Mauges-sur-Loire (antiguo territorio del municipio delegado de Saint-Laurent-de-la-Plaine), Mozé-sur-Louet, Mûrs-Erigné, Rochefort-sur-Loire, Sainte-Gemmes-sur-Loire, Saint-Melaine-sur-Aubance, Soulaines-sur-Aubance, Terranjou (antiguos territorios de los municipios delegados de Chavagnes, Martigné-Briand et Notre-Dame-d’Allençon) y Val-du-Layon (antiguos territorios de los municipios delegados de Saint-Aubin-de-Luigné y Saint-Lambert-du-Lattay).
De este modo se toman en consideración las fusiones de municipios que se han producido desde la última versión del pliego de condiciones. El perímetro de la zona de proximidad inmediata se mantiene idéntico.
El documento único relativo a las condiciones complementarias se modifica consecuentemente en el punto 9.
3. Disposición agroambiental
En el capítulo I, sección VI, apartado 2, se añade: «Es obligatorio que haya una cubierta vegetal controlada, espontánea o sembrada entre las hileras. Si no hay cubierta vegetal, el operador tiene que trabajar el suelo para asegurarse de que la vegetación espontánea está controlada o justificar el uso de productos de control biológico para viticultura homologados por las autoridades públicas. En caso de uso de herbicidas de control biológico en una parcela, queda prohibido el uso de otros herbicidas.»
Esta modificación va de la mano de la evolución actual de las prácticas de los operadores hacia la agroecología en los viñedos angevinos. Refleja la integración de la creciente preocupación medioambiental en los itinerarios técnicos. La modificación, que fomenta la presencia de cubierta vegetal, el desherbado mecánico o el uso de productos de control biológico, contribuye a que se reduzca el uso de herbicidas químicos. Esta reducción de los herbicidas debe servir para reforzar la protección de los suelos vitícolas y conservar sus funcionalidades naturales (fertilidad, biodiversidad y depuración biológica), lo que contribuye a la calidad y a la autenticidad de los vinos y refuerza el concepto de terroir (terruño).
Esta modificación no afecta al documento único.
4. Prohibición de la vendimia
En el capítulo I, sección VII, apartado 1, se elimina la frase «La fecha de inicio de las vendimias se fija de acuerdo con las disposiciones del artículo D. 645-6 del Código rural y de la pesca marítima».
Hoy ya no es necesario fijar una fecha de inicio de las vendimias puesto que los operadores disponen de una gran variedad de herramientas para determinar el grado justo de madurez de la uva. Todos los operadores disponen de una serie de dispositivos y equipos, tanto individuales como colectivos, que permiten determinar con precisión la fecha óptima para iniciar la cosecha de cada parcela, dependiendo de los objetivos de producción.
Esta modificación no afecta al documento único.
5. Capacidad de cocedero
En el capítulo I, sección IX, apartado 1, punto c, la frase: «Todos los operadores deben disponer de una capacidad de cocedero de vinificación de al menos 1,4 veces el rendimiento medio de explotación de los cinco últimos años.» se sustituye por la frase: «Todos los operadores deben disponer de una capacidad de cocedero de vinificación de al menos 1,4 veces el volumen medio vinificado a lo largo de los últimos cinco años.».
En el pliego de condiciones no se hacía referencia a una capacidad de volumen (en hl o en m3) sino a un rendimiento, es decir, a un volumen de cosecha dividido entre la superficie de producción (indicado por ejemplo en hl/ha). Con la modificación propuesta se corrige esta incoherencia en términos de magnitudes sin modificar el fondo (el mínimo se sigue estableciendo en 1,4 veces el volumen medio vinificado en la explotación en las temporadas precedentes).
Esta modificación no afecta al documento único.
6. Puesta en circulación de los vinos
Se elimina el punto b del capítulo I, sección IX, apartado 5, sobre la fecha de puesta en circulación de los vinos entre almacenistas autorizados.
Esta modificación no afecta al documento único.
7. Llevanza de registros
En el capítulo 2, sección II, apartado 3, la palabra «potencial» se sustituye por «natural».
Para mantener la coherencia con la redacción del conjunto de pliegos de condiciones de la zona Anjou Saumur, la formulación «grado alcohólico volumétrico natural» sustituye a las expresiones «grado potencial» o «grado». Estas modificaciones mejoran la legibilidad de los pliegos de condiciones. La armonización de las disposiciones relativas a la llevanza de registros tiene como objetivo facilitar la redacción del plan de inspección y el control de los registros.
Esta modificación no afecta al documento único.
8. Puntos principales de control
Se ha revisado el capítulo 3 para que su redacción vaya en consonancia con los puntos principales de control de los pliegos de condiciones de la zona Anjou Saumur.
Esta modificación no afecta al documento único.
DOCUMENTO ÚNICO
1. Nombre del producto
Savennières
2. Tipo de indicación geográfica
DOP - Denominación de origen protegida
3. Categorías de productos vitivinícolas
1. |
Vino |
4. Descripción del vino o los vinos
Características del producto.
Se trata de vinos blancos tranquilos secos, semisecos, semidulces o dulces que cuentan con las siguientes características analíticas: - Los vinos secos presentan un grado alcohólico volumétrico natural mínimo del 11,5 %. - Los demás vinos presentan un grado alcohólico volumétrico natural mínimo del 12,5 %. - Tras la fermentación, los vinos secos deben presentar un contenido de azúcares fermentables (glucosa + fructosa) inferior o igual a 4 gramos por litro, u 8 gramos por litro cuando el contenido de acidez total, expresado en gramos de ácido tartárico por litro, no sea inferior en más de 2 gramos por litro al contenido de azúcares fermentables. - Tras el enriquecimiento, el grado alcohólico volumétrico total de los vinos secos no debe superar el 13 %. Los contenidos de acidez volátil, acidez total y anhídrido sulfuroso total son los establecidos en la normativa de la Unión Europea.
Características analíticas generales |
|
Grado alcohólico volumétrico total máximo (en % vol.) |
|
Grado alcohólico volumétrico adquirido mínimo (en % vol.) |
11 |
Acidez total mínima |
|
Acidez volátil máxima (en miliequivalentes por litro) |
|
Contenido total de anhídrido sulfuroso (en miligramos por litro): |
|
Descripción
Los vinos son blancos y casi siempre secos. No obstante, a veces pueden presentar azúcares fermentables. Tienen una capa de color entre amarillo pálido y amarillo dorado. En nariz se caracterizan generalmente por olores o notas aromáticas florales (acacia, tilo) mezclados con notas afrutadas de pera, melocotón, membrillo, almendras tostadas, pasas y miel, todo ello aderezado con un toque de mineralidad. En boca son amplios y grasos y revelan toda la complejidad aromática. La nota final es una mezcla entre frescor, mineralidad y una pizca de amargor que aporta armonía y equilibrio. Estos vinos alcanzan su pleno desarrollo tras varios años en botella. Los vinos que tienen azúcares fermentables destacan por su capacidad para el envejecimiento.
5. Prácticas vitivinícolas
a. Prácticas enológicas esenciales
Se prohíbe la utilización de trozos de madera. Tras el enriquecimiento, el grado alcohólico volumétrico total de los vinos secos no debe superar el 13 %.
Para el resto de vinos queda prohibida cualquier operación de enriquecimiento. Además de las disposiciones anteriores, los vinos deben respetar, en materia de prácticas enológicas, las obligaciones impuestas a escala comunitaria y en el Código rural y de pesca marítima.
La crianza de los vinos dura por lo menos hasta el 15 de marzo del año siguiente al de la cosecha.
Práctica de cultivo
Las viñas presentan una densidad mínima de plantación de 4 000 cepas por hectárea. Las hileras de viñas no pueden estar separadas más de 2,50 metros y la separación entre cepas de una misma hilera no puede ser inferior a 1 metro. Las parcelas de viñas que tengan una densidad de plantación inferior a 4 000 cepas por hectárea pero superior o igual a 3 300 cepas por hectárea tienen derecho (en la recolección) a acogerse a la denominación de origen controlada a condición de que respeten las disposiciones relativas a las normas de emparrado y altura del follaje recogidas en el pliego de condiciones. Las hileras de las viñas no pueden estar separadas más de 3 metros y la separación entre cepas de una misma hilera no puede ser inferior a 1 metro.
Práctica de cultivo
Las viñas se podarán como muy tarde el 30 de abril mediante un sistema de poda mixta, con un máximo de 12 yemas francas por cepa y 4 yemas francas en el sarmiento.
La altura del follaje en espaldera será al menos igual a 0,6 veces la separación entre hileras. La altura del follaje en espaldera se medirá desde el límite inferior del follaje (fijado, como mínimo, a 0,40 metros sobre el suelo), hasta el límite superior de recorte (fijado, como mínimo, a 0,20 metros por encima del alambre superior de la espaldera.
Las parcelas de viñas que tengan una densidad de plantación inferior a 4 000 cepas por hectárea, pero superior o igual a 3 300 cepas por hectárea deberán cumplir, además, las siguientes normas de cultivo en espaldera: la parte de las estaquillas que sobresale del suelo tendrá una altura mínima de 1,90 metros, la espaldera constará de cuatro niveles de alambres, y el alambre superior tendrá una altura mínima de 1,85 metros sobre el suelo.
Práctica de cultivo
Se prohíbe el riego.
Práctica de cultivo
Las uvas se recolectarán seleccionando racimos de las cepas. Se prohíbe el uso de máquinas vendimiadoras.
b. Rendimientos máximos
50 hectolitros por hectárea
35 hectolitros por hectárea
6. Zona geográfica delimitada
Todas las fases de producción tendrán lugar en la zona geográfica, cuyo perímetro abarca el territorio de los siguientes municipios del departamento de Maine-et-Loire, de acuerdo con el código geográfico oficial de 2018: Bouchemaine, La Possonnière y Savennières.
7. Principales uvas de vinificación
Chenin B
8. Descripción del (de los) vínculo(s)
1. Datos de la zona geográfica
a)
La zona geográfica se sitúa sobre la margen derecha del Loira, a unos quince kilómetros de la ciudad de Angers. Se caracteriza por un conjunto de colinas con orientación sur/sureste que cubre una extensión de 6 km a lo largo del río Loira y su amplitud varía entre 500 y 1 500 metros. En el norte de la zona geográfica hay una amplia meseta, más fría, expuesta al viento, cuya actividad está principalmente destinada a la cría de ganado y al cultivo de cereales.
El sustrato geológico se caracteriza por formaciones esquistosas y esquistoso-areniscas del Ordovícico superior al Devónico inferior, y localmente por filones volcánicos (riolita y espilita). En la meseta, algunas arenas eólicas del Cuaternario se han depositado en capas más o menos gruesas. En las colinas, la roca madre suele estar muy cerca de la superficie.
La zona geográfica se extiende por el territorio de tres municipios: Bouchemaine, La Possonnière y Savennières.
El clima es oceánico. El macizo de Mauges, situado al oeste de los viñedos, suaviza las características oceánicas debido al efecto Foehn. La pluviometría media anual es de 650 milímetros y caracteriza a un espacio resguardado de los vientos húmedos, mientras que en los cerros de Mauges sobrepasa los 800 milímetros. Esta diferencia de pluviometría es aún más marcada durante el ciclo vegetativo de la vid, sobre todo a partir del mes de junio y hasta el periodo de la vendimia. Las temperaturas medias anuales son relativamente altas (en torno a 12 oC). El río Loira desempeña un papel fundamental en la regulación de las temperaturas de la ladera cercana, asentada bajo los vientos dominantes, manteniendo de este modo unas temperaturas nocturnas elevadas. También desempeña un papel importante a la hora de favorecer, durante la época de la vendimia, la aparición de brumas matinales, esenciales para el desarrollo de la podredumbre noble.
b)
Al principio, el cultivo de la vid estaba limitado a las parcelas cercanas a las grandes abadías de Angers, pero después se extendió por los alrededores de esa ciudad y más tarde a las colinas de Pruniers y Bouchemaine en el siglo IV. Hacia 1130, los monjes de la abadía de San Nicolás de Angers plantaron una ladera situada sobre el Loira, que daría su nombre a «La Roche aux Moines». En 1140, las religiosas benedictinas construyeron un convento llamado «Le Prieuré» en la villa de La Possonnière. Amplios terrenos de viñas rodeaban su edificación. Desde entonces, el vino de «Savennières» ha estado presente en las mesas nobles, y más concretamente en el siglo XV en la mesa de «Renato el Bueno» (Renato I de Anjou). Este rey, durante una parada en la villa probó una copa de vino procedente de una parcela del oeste de la zona y lo calificó de «gota de oro». Desde ese momento, esta parcela se conoce con el nombre de «Clos de la Goutte d’Or».
El viñedo se desarrolló sobre todo durante los siglos XVII y XVIII. Bidet y Duhamel de Monceau, en su «Tratado sobre la naturaleza y el cultivo de la viña», publicado en 1749, decían: «Las laderas que reinan a lo largo del Loira, a ambos lados del río, forman los distintos viñedos de Anjou; dichas laderas están a media legua o a un cuarto de legua de distancia las unas de las otras, comenzando desde Angers y extendiéndose hasta 7 u 8 leguas, hacia Bretaña. No son más que peñascos, antaño completamente estériles, ocupados por maleza, matorrales y árboles viejos, lo que hacía que la región fuera inaccesible e impenetrable, albergando todo tipo de bestias salvajes y animales venenosos. El terreno, muy difícil de desbrozar, ahora está perfectamente cultivado y completamente plantado de viñas, hasta donde comienza a allanarse la ladera y se torna hacia el lado norte, a un cuarto de legua o media legua. Las laderas del lado derecho del Loira, en su descenso hacia Nantes, están al sur, y por consiguiente el vino es mejor y más fuerte que el del lado izquierdo...». Las laderas y las tierras cercanas a la villa de Savennières están cubiertas de viñedos y todas las casas, en el campo, tienen varias parcelas de viñas. En vísperas de la Revolución, en los cuadernos de quejas redactados por los Estados generales se menciona la situación de los viñedos de las laderas. «Savennières: 2460 habitantes, 1/3 en viñedos de un caldo excelente (...) No he visto parroquia con impuestos más elevados que Savennières» escribió entonces el síndico M. Dertrou.
El siglo XIX fue testigo de una profunda metamorfosis en la viticultura gracias a los grandes avances en materia de enología y en la protección de vegetales, con las iniciativas de propietarios como Guillory, preocupado por obtener vinos de calidad y mantener la reputación de los vinos de «Savennières». Por aquella época se hicieron muchos experimentos, por ejemplo probando otras variedades, sobre todo la verdelho de Madeira, con la que, según el profesor Maisonneuve, se cultivaron sesenta cepas en la «Coulée de Serrant»; distribuyendo el terreno en terrazas o probando diferentes tipos de cultivo en espaldera. Sin embargo, la variedad Chenin B sigue siendo la variedad predilecta del viñedo. Jules Guyot, durante una de sus visitas en 1865, describió perfectamente el sistema de conducción, mencionando la poda corta, el desbrote y la recolección cuando «gran parte de la uva está pasada...».
La denominación de origen controlada «Savennières» está reconocida por el Decreto de 8 de diciembre de 1952, que define principalmente los vinos secos con azúcares fermentables. Ese Decreto, con el impulso de los sucesivos presidentes del sindicato de defensa, entre ellos Michèle Bazin de Jessey, ha evolucionado hacia la definición de vinos secos, con la posibilidad de producir vinos secos con azúcares fermentables, lo que refleja las prácticas de la región y la originalidad del entorno.
En 2009 cultivaron los viñedos 34 operadores.
2. Información sobre la calidad y las características del producto
Los vinos son blancos y casi siempre secos. No obstante, a veces pueden presentar azúcares fermentables. Tienen una capa de color entre amarillo pálido y amarillo dorado.
En nariz se caracterizan generalmente por olores o notas aromáticas florales (acacia, tilo...) mezclados con notas afrutadas de pera, melocotón, membrillo, almendras tostadas, pasas y miel, todo ello aderezado con un toque de mineralidad.
En boca son amplios y grasos y revelan toda la complejidad aromática. La nota final es una mezcla entre frescor, mineralidad y una pizca de amargor que aporta armonía y equilibrio.
Estos vinos alcanzan su pleno desarrollo tras varios años en botella. Los vinos que tienen azúcares fermentables destacan por su capacidad para el envejecimiento.
3. Interacciones causales
La zona parcelaria delimitada para la recolección de la uva clasifica, por un lado, las parcelas situadas sobre las laderas a resguardo, bien orientadas al sur, de suelos superficiales desarrollados sobre las formaciones esquistosas o esquistoso-areniscas del macizo primario y, por otro, los suelos poco profundos desarrollados sobre arenas eólicas. Estos suelos, poco fértiles y pedregosos, tienen buena capacidad de drenaje y una reserva hídrica débil.
Estos enclaves vitícolas exigen una gestión optima de la planta y de su potencial de producción, reflejada en la conducción de la viña, las rigurosas normas de poda y una recolección por selección de racimos, también para la producción de vinos secos.
Los conocimientos de los operadores se reflejan en su apego a la variedad Chenin B, una variedad rústica que en esas ubicaciones alcanza toda su originalidad y plenitud. Se han adaptado a sus particularidades y a su riqueza y han diversificado los itinerarios técnicos. Dependiendo del lugar d implantación, la conducción de la viña y las condiciones climáticas de la añada, los vinos elaborados presentan más o menos azúcares fermentables. Cuando las condiciones climáticas de la recolección son favorables gracias al papel termorregulador del Loira, a los vientos canalizados por el río que favorecen mecánicamente el desecado de los frutos, o a la presencia de brumas matinales, los vinos «moelleux» (semidulces) o «doux» (dulces) se elaboran a partir de uvas recogidas después de concentración por pasificación o afectadas por la podredumbre noble debido a la acción de Botrytis cinerea.
Los operadores también han incorporado rápidamente las técnicas que les permiten extraer lo mejor de la uva adecuando sus técnicas de vinificación. Para obtener un vino de aromas complejos se establece un periodo de crianza en barrica después de la fermentación. Para alcanzar ese objetivo, el pliego de condiciones determina un periodo mínimo de crianza que dure hasta el 15 de marzo del año siguiente al de la recolección.
La convergencia de un entorno natural tan particular, una variedad de uva perfectamente adaptada a él y un personal que sabe explotar todo el potencial de ambos, permite obtener vinos originales y singulares de reputación histórica. André Jullien, en 1816, en su «Topografía de todas las regiones vinícolas conocidas» no duda en clasificarlos en la primera categoría, reconociendo su originalidad, calidad y renombre.
Los viñedos de «Savennières», símbolo de la «dulzura angevina» son patrimonio mundial de la humanidad de la UNESCO desde 2001.
9. Condiciones complementarias esenciales (envasado, etiquetado, otros requisitos)
Zona de proximidad inmediata
Marco jurídico:
Legislación de la UE
Tipo de condición complementaria:
Excepción relativa a la producción en la zona geográfica delimitada.
Descripción de la condición:
La zona de proximidad inmediata, definida por la excepción relativa a la vinificación, la elaboración y la crianza de los vinos, está constituida por el territorio de los siguientes municipios, de acuerdo con el código geográfico oficial de 2018: Angers, Beaulieu-sur-Layon, Bellevigne-en-Layon (antiguos territorios de los municipios delegados de Champ-sur-Layon, Faveraye-Mâchelles, Faye-d’Anjou, Rablay-sur-Layon y Thouarcé), Blaison-Saint-Sulpice (antiguos territorios de los municipios delegados de Blaison-Gohier y Saint-Sulpice), Brissac Loire Aubance (antiguos territorios de los municipios delegados de Alleuds, Brissac-Quincé, Charcé-Saint-Ellier-sur-Aubance, Luigné, Saint-Rémy-la-Varenne, Saint-Saturnin-sur-Loire, Saulgé-l’Hôpital, y Vauchrétien), Chalonnes-sur-Loire, Chaudefonds-sur-Layon, Chemillé-en-Anjou (antiguos territorios de los municipios delegados de Chanzeaux y Valanjou), Denée, Doué-en-Anjou (antiguo territorio del municipio delegado de Brigné), Les Garennes sur Loire (antiguos territorios de los municipios delegados de Juigné-sur-Loire y Saint-Jean-des-Mauvrets), Mauges-sur-Loire (antiguo territorio del municipio delegado de Saint-Laurent-de-la-Plaine), Mozé-sur-Louet, Mûrs-Erigné, Rochefort-sur-Loire, Sainte-Gemmes-sur-Loire, Saint-Melaine-sur-Aubance, Soulaines-sur-Aubance, Terranjou (antiguos territorios de los municipios delegados de Chavagnes, Martigné-Briand et Notre-Dame-d’Allençon) y Val-du-Layon (antiguos territorios de los municipios delegados de Saint-Aubin-de-Luigné y Saint-Lambert-du-Lattay).
Etiquetado
Marco jurídico:
Legislación nacional
Tipo de condición complementaria:
Disposiciones complementarias relativas al etiquetado
Descripción de la condición:
En las etiquetas, las indicaciones facultativas deben figurar en caracteres cuyas dimensiones en altura y anchura no sean superiores al doble de las de los caracteres que componen el nombre de la denominación de origen controlada.
El nombre de la DOP se puede completar con la denominación geográfica «Val de Loire» de acuerdo con las normas establecidas en el pliego de condiciones. El tamaño de los caracteres de la denominación «Val de Loire» no será superior, ni en altura ni en anchura, a dos tercios del tamaño de los caracteres que componen el nombre de la denominación de origen controlada.
En los documentos comerciales, títulos de transporte y en el etiquetado, los vinos tienen que llevar obligatoriamente las indicaciones «demi-sec», «moelleux» o «doux», que corresponden al contenido de azúcares fermentables (glucosa y fructosa) presente en el vino, tal y como establece la normativa de la Unión Europea. En las etiquetas, estas indicaciones se colocan en el mismo campo visual que el nombre de la DOC.
En el etiquetado de los vinos que se acogen a la denominación de origen controlada se puede precisar el nombre de una unidad geográfica menor, a condición de que: - se trate de un pago registrado en el catastro; - figure en la declaración de cosecha. El tamaño de los caracteres del pago registrado en el catastro no superará, ni en altura ni en anchura, a la mitad del tamaño de los caracteres que componen el nombre de la DOP.
Enlace al pliego de condiciones
https://info.agriculture.gouv.fr/gedei/site/bo-agri/document_administratif-a87a8bc4-187d-4cf2-82e7-f4a10eb68f12
17.3.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 88/15 |
Publicación de una comunicación de aprobación de una modificación normal del pliego de condiciones de una denominación del sector vitivinícola, tal como se menciona en el artículo 17, apartados 2 y 3, del Reglamento Delegado (UE) 2019/33 de la Comisión
(2020/C 88/07)
La presente comunicación se publica con arreglo al artículo 17, apartado 5, del Reglamento Delegado (UE) 2019/33 de la Comisión (1)
COMUNICACIÓN DE LA APROBACIÓN DE UNA MODIFICACIÓN NORMAL
«RECIOTO DI SOAVE»
PDO-IT-A0465-AM02
Fecha de la comunicación: 2 de diciembre de 2019
DESCRIPCIÓN Y MOTIVOS DE LA MODIFICACIÓN APROBADA
1. Sistemas de conducción de vides
Descripción y motivos
Se amplían los sistemas de conducción de vides con GDC (enrejado de doble cortina Ginebra) y pérgola, en todas sus variantes.
La presente modificación responde a la necesidad de adaptar el pliego de condiciones a la nueva dinámica evolutiva de los sistemas de conducción más modernos e innovadores (en particular, todas las nuevas formas de pérgola) y a la necesidad de atender, desde el punto de vista agronómico, al cambio climático.
Esta modificación afecta al artículo 4 del pliego de condiciones y no modifica el documento único.
2. Densidad de vides por hectárea
Descripción y motivos
Dada la densidad de vides por hectárea (igual o superior a 3 300), se suprime la referencia al Decreto de 7 de mayo de 1998.
Se trata de una modificación formal, ya que las plantaciones nuevas deben tener una densidad igual o superior a 3 300 plantas por hectárea.
Esta modificación formal afecta al artículo 4 del pliego de condiciones y no modifica el documento único.
3. Uso de las unidades geográficas complementarias en el etiquetado de vinos con la DOP «Recioto di Soave»
Descripción y motivos
En el caso de los vinos con la DOP «Recioto di Soave» y «Recioto di Soave Classico», está permitida la referencia a unidades geográficas complementarias más pequeñas de la zona de producción de la denominación que estén situadas dentro de la misma zona de producción y enumeradas en una lista, siempre que el producto se haya vinificado por separado y se indique específicamente en la declaración de producción anual de las uvas.
La finalidad de la referencia a unidades geográficas de especial prestigio, más pequeñas, situadas dentro de la zona de producción delimitada e individualizadas tras un trabajo minucioso de zonificación, es preferible especificar el origen del vino y reforzar así su vínculo con el territorio.
Esta modificación afecta al artículo 7 del pliego de condiciones y a la sección 1.9. «Condiciones complementarias» del documento único.
DOCUMENTO ÚNICO
1. Nombre del producto
«Recioto di Soave»
2. Tipo de indicación geográfica
DOP: Denominación de origen protegida
3. Categorías de productos vitivinícolas
1. |
Vino |
5. |
Vino espumoso de calidad |
4. Descripción del (de los) vino(s)
«Recioto di Soave»
— |
Color: amarillo dorado. |
— |
Olor: intenso y afrutado, con matices de vainilla. |
— |
Sabor: dulce, aterciopelado, redondo, con ocasionales matices de vainilla, y con alegre paso en boca como acostumbra. |
— |
Grado alcohólico volumétrico mínimo: 12,00 % vol. |
— |
Extracto no reductor mínimo: 27,0 g/l. |
— |
Azúcares reductores residuales: mínimo 70,0 g/l. |
Los demás parámetros analíticos que no figuran en el cuadro que aparece a continuación se ajustan a los límites previstos por la normativa italiana y de la UE.
Características analíticas generales |
|
Grado alcohólico volumétrico total máximo (en % vol.) |
|
Grado alcohólico volumétrico adquirido mínimo (en % vol.) |
|
Acidez total mínima |
5 gramos por litro, expresada en ácido tartárico |
Acidez volátil máxima (en miliequivalentes por litro) |
|
Contenido máximo total de anhídrido sulfuroso (en miligramos por litro) |
|
«Recioto di Soave Spumante»
— |
Espuma: fina y persistente. |
— |
Color: amarillo dorado, más o menos intenso. |
— |
Olor: agradable, intenso y afrutado. |
— |
Sabor: semiseco y dulce, aterciopelado, armonioso, con cuerpo. |
— |
Extracto no reductor mínimo: 24,0 g/l. |
— |
Azúcares reductores residuales: mínimo 70,0 g/l. |
Los demás parámetros analíticos que no figuran en el cuadro que aparece a continuación se ajustan a los límites previstos por la normativa italiana y de la UE.
Características analíticas generales |
|
Grado alcohólico volumétrico total máximo (en % vol.) |
|
Grado alcohólico volumétrico adquirido mínimo (en % vol.) |
11,50 |
Acidez total mínima |
5 gramos por litro, expresada en ácido tartárico |
Acidez volátil máxima (en miliequivalentes por litro) |
|
Contenido máximo total de anhídrido sulfuroso (en miligramos por litro) |
|
5. Prácticas de vinificación
a. Prácticas enológicas esenciales
NINGUNA
b. Rendimientos máximos
|
«Recioto di Soave», «Recioto di Soave Classico» |
|
9 000 kilogramos de uvas por hectárea |
|
«Recioto di Soave Spumante» |
|
9 000 kilogramos de uvas por hectárea |
6. Zona geográfica delimitada
A) |
Las uvas aptas para la elaboración de los vinos con DOCG «Recioto di Soave» deben ser producidas en la zona que comprende, total o parcialmente, el territorio de los municipios de Soave, Monteforte d’Alpone, San Martino Buon Albergo, Mezzane di Sotto, Roncà, Montecchia di Crosara, San Giovanni Ilarione, Cazzano di Tramigna, Colognola ai Colli, Caldiero, Illasi y Lavagno, en la provincia de Verona. |
B) |
Las uvas aptas para la elaboración del vino «Recioto di Soave Classico» deben ser producidas en la zona delimitada por el Decreto Ministerial de 23 de octubre de 1931, que abarca parte del territorio de los municipios de Soave y Monteforte d’Alpone. |
7. Principal(es) variedad(es) de uva de vinificación
|
Garganega (B) |
|
Trebbiano di Soave (B): Trebbiano |
8. Descripción del (de los) vínculo(s)
«Recioto di Soave»
Las sustancias minerales presentes en los suelos basálticos de origen volcánico tienen un efecto singular en la fermentación del mosto de la uva garganega, lo que confiere a los vinos su carácter típico sabroso. El método de conducción tradicional de la vid con pérgola favorece el mantenimiento de los precursores aromáticos y el crecimiento de uvas más sanas, lo que facilita el posterior proceso de pasificación en almacén. La formación de una fina capa de moho, conocida como «podredumbre noble», posibilita el desarrollo de aromas intensos. El «Recioto di Soave» es un vino equilibrado: además del componente de dulzor y estructura, presenta notas afrutadas que resaltan el alegre paso en boca que le aporta un elemento ácido importante.
9. Condiciones complementarias esenciales (envasado, etiquetado, otros requisitos)
Uso de las unidades geográficas complementarias
Marco jurídico:
Normativa de la UE
Tipo de condición complementaria:
Disposiciones adicionales relativas al etiquetado
Descripción de la condición:
En la designación y presentación de los vinos «Recioto di Soave» y «Recioto di Soave Classico», está autorizada la referencia a las unidades geográficas complementarias siguientes:
1. |
Brognoligo |
2. |
Broia |
3. |
Ca’ del Vento |
4. |
Campagnola |
5. |
Carbonare |
6. |
Casarsa |
7. |
Castelcerino |
8. |
Castellaro |
9. |
Colombara |
10. |
Corte del Durlo |
11. |
Costalta |
12. |
Costalunga |
13. |
Coste |
14. |
Costeggiola |
15. |
Croce |
16. |
Duello |
17. |
Fittà |
18. |
Froscà |
19. |
Foscarino |
20. |
Menini |
21. |
Monte di Colognola |
22. |
Monte Grande |
23. |
Paradiso |
24. |
Pigno |
25. |
Ponsara |
26. |
Pressoni |
27. |
Roncà - Monte Calvarina |
28. |
Rugate |
29. |
Sengialta |
30. |
Tenda |
31. |
Tremenalto |
32. |
Volpare |
33. |
Zoppega |
Enlace al pliego de condiciones del producto
https://www.politicheagricole.it/flex/cm/pages/ServeBLOB.php/L/IT/IDPagina/14702
17.3.2020 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 88/20 |
Publicación de una comunicación relativa a la aprobación de una modificación normal del pliego de condiciones de una denominación del sector vitivinícola, tal como se menciona en el artículo 17, apartados 2 y 3, del Reglamento Delegado (UE) 2019/33 de la Comisión
(2020/C 88/08)
La presente comunicación se publica con arreglo al artículo 17, apartado 5, del Reglamento Delegado (UE) 2019/33 de la Comisión (1)
COMUNICACIÓN RELATIVA A LA APROBACIÓN DE UNA MODIFICACIÓN NORMAL
«Var»
PGI-FR-A1145-AM01
Fecha de la comunicación: 25 de noviembre de 2019
DESCRIPCIÓN Y MOTIVOS DE LA MODIFICACIÓN APROBADA
1. Descripción organoléptica de los productos
El pliego de condiciones de la IGP «Var» se completó en el punto 3.3 del capítulo I con el fin de aclarar las características organolépticas de los productos para cada categoría de vino y cada color.
Estas aclaraciones se incluyeron también en el documento único bajo la rúbrica «Descripción de los vinos».
2. Zona geográfica
En el punto 4.1 del capítulo I del pliego de condiciones, la descripción de la zona geográfica ha sido objeto de actualizaciones formales.
Se ha precisado la referencia al año del Nomenclátor geográfico, referencia nacional que enumera los municipios de cada departamento, para incluir a los municipios en la composición de cada designación geográfica complementaria. Se trata del Nomenclátor geográfico correspondiente a 2018. Se han corregido algunos nombres de municipios que no suponen una modificación de la composición de la zona geográfica.
Esta modificación no afecta al documento único.
3. Encepamiento
En el punto 5 del capítulo I del pliego de condiciones, el encepamiento definido para la elaboración de los vinos de la IGP «Var» se completa con las 9 variedades siguientes:
«Artaban N, Floreal B, Monarch N, Muscaris B, Prior N, Solaris B, Soreli B, Souvignier gris B, Vidoc N y Voltis B».
Estas variedades son conocidas por ser resistentes a la sequía y a las enfermedades criptogámicas. Permiten una menor utilización de productos fitosanitarios, mientras que corresponden a las variedades utilizadas para la producción de la IGP. No modifican las características de los vinos de la IGP.
La introducción de estas variedades en el encepamiento tiene un impacto en el documento único.
4. Vínculo con la zona geográfica - Características específicas del producto
En el punto 7.2 del capítulo I del pliego de condiciones se suprime la frase siguiente del párrafo noveno:
«En el estado actual de la normativa, estos productos “efervescentes” no pueden comercializarse con una indicación geográfica, lo que innegablemente perjudica a su valor, en particular en el mercado local, que es predominante en el caso de los vinos con indicación geográfica protegida del Var».
Esta frase se suprime al no ser ya pertinente desde el momento del reconocimiento de los vinos espumosos de calidad con indicación geográfica protegida «Var».
La supresión de esta frase en el pliego de condiciones no afecta al documento único.
5. Datos de las autoridades de control competentes
En el capítulo II del pliego de condiciones, se han corregido los datos de contacto del INAO (Institut National de l’Origine et de la Qualité), autoridad de control competente, pero esto no supone ningún cambio.
Estas correcciones en la dirección se han reflejado también en el documento único.
DOCUMENTO ÚNICO
1. Nombre del producto
Var
2. Tipo de indicación geográfica
IGP - Indicación geográfica protegida
3. Categorías de productos vitivinícolas
1. |
Vino |
5. |
Vino espumoso de calidad |
4. Descripción de los vinos
Vinos tranquilos tintos, rosados y blancos
La indicación geográfica protegida «Var» está reservada a vinos tranquilos y a vinos espumosos de calidad tintos, rosados y blancos.
Los vinos, cuyo contenido en azúcares fermentables (glucosa y fructosa) es superior o igual a 45 gramos por litro, presentan, con carácter excepcional, un contenido de acidez volátil fijado conjuntamente por el Ministerio de Consumo y el Ministerio de Agricultura.
En el caso de los vinos tranquilos, el grado alcohólico (umbral o límite) adquirido (solo para los espumosos), el grado alcohólico total, la acidez total, la acidez volátil, el anhídrido sulfuroso y el anhídrido carbónico totales (solo para los espumosos) son los establecidos por la normativa comunitaria.
Los vinos rosados (70 % de la producción) suelen tener un color pálido. Se caracterizan principalmente por su vivacidad y sus aromas afrutados que, por supuesto, cambian según las variedades de vid y las técnicas de vinificación utilizadas.
En general, los vinos tintos son carnosos, con una buena estructura y a veces son potentes en el caso de los vinos más concentrados. Presentan un color que va del rojo rubí al granate profundo, con reflejos violetas.
Los blancos aúnan finura, afrutamiento y vivacidad. Presentan un color amarillo pálido con reflejos verdes o dorados brillante y límpido.
Características analíticas generales |
|
Grado alcohólico volumétrico total máximo (en % vol.) |
|
Grado alcohólico volumétrico adquirido mínimo (en % vol.) |
9 |
Acidez total mínima |
|
Acidez volátil máxima (en miliequivalentes por litro) |
|
Contenido máximo de anhídrido sulfuroso total (en miligramos por litro) |
|
Vinos espumosos de calidad tintos, rosados y blancos
Los vinos espumosos tienen las mismas tonalidades y características organolépticas que los vinos tranquilos, pero con mayor frescura, finura y persistencia aromática, resaltados por una burbuja fina y elegante.
En el caso de los vinos espumosos de calidad, el grado alcohólico (umbral o límite) adquirido, el grado alcohólico total, la acidez total, la acidez volátil, el anhídrido sulfuroso y el anhídrido carbónico totales (solo para los espumosos) son los establecidos por la normativa comunitaria.
Características analíticas generales |
|
Grado alcohólico volumétrico total máximo (en % vol.) |
|
Grado alcohólico volumétrico adquirido mínimo (en % vol.) |
|
Acidez total mínima |
|
Acidez volátil máxima (en miliequivalentes por litro) |
|
Contenido máximo de anhídrido sulfuroso total (en miligramos por litro) |
|
5. Prácticas vitivinícolas
a. Prácticas enológicas esenciales
Práctica enológica específica
Además de las disposiciones anteriores, los vinos deben respetar, en materia de prácticas enológicas, las obligaciones impuestas a escala comunitaria y en el Código rural y de pesca marítima.
b. Rendimientos máximos
120 hectolitros por hectárea
6. Zona geográfica delimitada
La vendimia, la vinificación y la elaboración de los vinos con la indicación geográfica protegida «Var» se llevan a cabo en todos los municipios del departamento de Var.
7. Principales uvas de vinificación
|
Gewürztraminer Rs |
|
Goldriesling B |
|
Gouget N |
|
Sciaccarello N |
|
Segalin N |
|
Seinoir N |
|
Select B |
|
Semebat N |
|
Semillon B |
|
Servanin N |
|
Sylvaner B |
|
Syrah N - Shiraz |
|
Tannat N |
|
Tempranillo N |
|
Téoulier N |
|
Terret blanc B |
|
Terret gris G |
|
Terret noir N |
|
Tibouren N |
|
Tourbat B |
|
Tressot N |
|
Ugni blanc B |
|
Valdiguié N |
|
Varousset N |
|
Velteliner rouge précoce Rs |
|
Verdesse B |
|
Vermentino B - Rolle |
|
Villard blanc B |
|
Villard noir N |
|
Mauzac rose Rs |
|
Mayorquín B |
|
Melon B |
|
Mérille N |
|
Merlot blanc B |
|
Merlot N |
|
Meslier Saint-François B - Gros Meslier |
|
Meunier N |
|
Milgranet N |
|
Molette B |
|
Mollard N |
|
Mondeuse blanche B |
|
Mondeuse N |
|
Monerac N |
|
Montils B |
|
Morrastel N - Minustellu, Graciano |
|
Mourvaison N |
|
Mourvèdre N - Monastrell |
|
Mouyssaguès |
|
Müller-Thurgau B |
|
Muresconu N - Morescono |
|
Muscadelle B |
|
Muscardin N |
|
Muscat à petits grains blancs B - Muscat, Moscato |
|
Muscat à petits grains rouges Rg - Muscat, Moscato |
|
Muscat à petits grains roses Rs - Muscat, Moscato |
|
Muscat cendré B - Muscat, Moscato |
|
Viognier B |
|
Artaban N |
|
Floreal B |
|
Monarch N |
|
Muscaris B |
|
Prior N |
|
Solaris B |
|
Souvignier gris Rs |
|
Vidoc N |
|
Voltis B |
|
Portugais bleu N |
|
Précoce Bousquet B |
|
Précoce de Malingre B |
|
Prunelard N |
|
Raffiat de Moncade B |
|
Riesling B |
|
Riminèse B |
|
Rivairenc blanc B - Aspiran blanc |
|
Rivairenc gris G - Aspiran gris |
|
Rivairenc N - Aspiran noir |
|
Rosé du Var Rs |
|
Roublot B |
|
Roussanne B |
|
Roussette d’Ayze B |
|
Sacy B |
|
Saint Côme B |
|
Saint-Macaire N |
|
Saint-Pierre doré B |
|
Sauvignon B - Sauvignon blanc |
|
Sauvignon gris G - Fié gris |
|
Carignan blanc B |
|
Carignan N |
|
Carmenère N |
|
Castets N |
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César N |
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Chardonnay B |
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Chasan B |
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Chatus N |
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Chenanson N |
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Chenin B |
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Cinsaut N - Cinsault |
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Clairette B |
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Clairette rose Rs |
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Clarin B |
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Claverie B |
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Codivarta B |
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Colombard B |
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Corbeau N - Douce noire |
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Cot N - Malbec |
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Couderc noir N |
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Counoise N |
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Courbu B - Gros Courbu |
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Courbu noir N |
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Couston N |
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Crouchen B - Cruchen |
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Duras N |
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Alicante Henri Bouschet N |
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Aligoté B |
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Alphonse Lavallée N |
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Altesse B |
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Aramon blanc B |
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Aramon gris G |
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Aramon N |
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Aranel B |
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Arbane B |
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Arinarnoa N |
|
Arriloba B |
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Arrouya N |
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Aubin B |
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Aubin vert B |
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Graisse B |
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Gramon N |
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Grassen N - Grassenc |
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Grenache blanc B |
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Grenache gris G |
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Grenache N |
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Gringet B |
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Grolleau gris G |
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Grolleau N |
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Gros Manseng B |
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Gros vert B |
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Joubertin |
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Jurançon blanc B |
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Jurançon noir N - Dame noire |
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Knipperlé B |
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Lauzet B |
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Liliorila B |
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Listan B - Palomino |
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Lledoner pelut N |
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Macabeu B - Macabeo |
|
Mancin N |
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Manseng noir N |
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Maréchal Foch N |
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Marsanne B |
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Marselan N |
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Mauzac B |
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Aubun N - Murescola |
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Auxerrois B |
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Bachet N |
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Barbaroux Rs |
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Baroque B |
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Béclan N - Petit Béclan |
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Béquignol N |
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Biancu Gentile B |
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Blanc Dame B |
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Bouchalès N |
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Bouillet N |
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Bouquettraube B |
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Bourboulenc B - Doucillon blanc |
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Brachet N - Braquet |
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Brun argenté N - Vaccarèse |
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Cabernet franc N |
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Cabernet-Sauvignon N |
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Caladoc N |
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Calitor N |
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Camaralet B |
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Carcajolo blanc B |
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Carcajolo N |
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Muscat d’Alexandrie B - Muscat, Moscato |
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Muscat de Hambourg N - Muscat, Moscato |
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Muscat Ottonel B - Muscat, Moscato |
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Négret de Banhars N |
|
Négrette N |
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Nielluccio N - Nielluciu |
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Noir Fleurien N |
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Oberlin noir N |
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Ondenc B |
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Orbois B |
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Pagadebiti B |
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Pascal B |
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Perdea B |
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Persan N |
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Petit Courbu B |
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Petit Manseng B |
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Petit Meslier B |
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Petit Verdot N |
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Picardan B - Araignan |
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Pineau d’Aunis N |
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Pinot gris G |
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Piquepoul blanc B |
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Piquepoul gris G |
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Piquepoul noir N |
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Plant de Brunel N |
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Plant droit N - Espanenc |
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Portan N |
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Durif N |
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Egiodola N |
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Ekigaïna N |
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Elbling B |
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Etraire de la Dui N |
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Fer N - Fer Servadou, Braucol, Mansois, Pinenc |
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Feunate N |
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Folignan B |
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Folle blanche B |
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Fuella nera N |
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Furmint B |
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Gamaret |
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Gamay de Bouze N |
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Pinot blanc B |
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Soreli B |
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Gamay N |
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Gascon N |
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Genovèse B |
8. Descripción de los vínculos
Especificidad de la zona geográfica
La Var es uno de los departamentos ubicados en la región de Provenza-Alpes-Costa Azul, en el sudeste de Francia. Su nombre procede del río costero Var, que antiguamente marcaba su frontera oriental. Limita al oeste con el departamento de Bouches-du-Rhône, al norte con el departamento de Alpes de Haute Provence, al este con el departamento de los Alpes Marítimos y al sur con el mar Mediterráneo.
La zona geográfica presenta un relieve heterogéneo con dos partes geológicamente diferentes: una parte caliza en el oeste de un eje Toulon-Draguignan y una parte cristalina al este.
A estos dos conjuntos geológicos distintos están asociados dos tipos de vegetación característicos de la región mediterránea, a saber: garriga sobre suelos calizos y monte bajo y bosques (pinos y robles) en los suelos más cristalinos. Ambos tipos de vegetación aportan poco humus. En general, los suelos del Var son pobres, bien drenados, pero sensibles a la erosión. Este terreno favorece el desarrollo de las cepas. Los romanos no se equivocaban cuando, hace 2600 años, introdujeron las vides mediante el desarrollo de la Provincia Romana (Provenza).
Una de las características principales del clima del Var es la insolación. El departamento goza de un clima mediterráneo caracterizado por veranos cálidos y secos e inviernos suaves, con dos períodos lluviosos, en otoño y primavera. Estas condiciones favorecen el cultivo de la vid, y las variaciones de temperatura, a menudo muy destacables, permiten identificar las parcelas que se destinarán a la producción de vinos tintos y rosados.
El viento predominante en la región es el mistral (del norte). Glacial en invierno, después de haberse deslizado sobre la nieve alpina, pero que aporta algo de frescor durante el verano. Aunque a veces es violento, el viticultor presta sobre todo atención a su calidad esencial: preserva la viña de un ambiente demasiado húmedo y de sus nefastas presiones criptogámicas nocivas (mildiu).
Carácter específico del producto
Desde su creación, la producción de la indicación geográfica protegida «Var» (Vin de Pays du Var) ha aumentado de manera constante, para estabilizarse en unos 250 000 hl a principios del siglo XXI.
La producción se concentra principalmente en vinos rosados (70 % por término medio), elaborados principalmente a partir de mezclas.
Si las variedades locales siguen estando muy implantadas (Grenache N, Cinsault N, Carignan N, Syrah N y Mourvèdre N para los vinos de color, y Vermentino B y Ugni blanc B para los blancos), es preciso reconocer que la puerta se ha abierto, gracias a las ayudas comunitarias a la reestructuración, a variedades características de otros viñedos franceses, como Cabernet-sauvignon N, Merlot N, Chardonnay B y, en menor medida, Viognier B. Esta amplia conjunción de variedades ha contribuido a diversificar la expresión de los vinos y, en particular, a consolidar o incluso desarrollar la producción de vinos rosados de calidad.
Una de las características propias de la mayoría de los vinos rosados, su color rosa muy pálido, es el resultado de un verdadero dominio del prensado directo consistente en prensar directamente los racimos enteros o agrietados con prensas neumáticas para que el mosto claro pueda comenzar inmediatamente su fermentación a baja temperatura. Los vinos así obtenidos son vivos, afrutados y de color rosa pálido.
Se utilizan otras técnicas, como el sangrado de la cuba, la maceración con hollejo o la prefermentación (las uvas se mantienen a baja temperatura entre 8 y 24 horas antes del prensado), lo que da lugar a la elaboración de vinos rosados de color más sólido, con una estructura más consistente.
Los vinos tintos (que suponen alrededor del 20 % de los volúmenes solicitados) son a menudo potentes, carnosos y con buena estructura tánica, y provienen principalmente de Grenache N, Syrah N y Cabernet-sauvignon N, a las cuales a menudo se añaden Merlot N y Cinsault N.
Por lo que se refiere a los vinos blancos, con una producción mucho menor (10 % de los volúmenes solicitados), son muy apreciados por los conocedores que estiman tanto los vinos varietales (Rolle B o Vermentino B, Viognier B y Chardonnay B) como los otros, con vinos de mezcla que alían fineza y vivacidad.
En la zona también se producen vinos espumosos de calidad. La elaboración de vinos espumosos no es nueva en Provenza. Se trata de una producción tradicional que representa alrededor de un millón de botellas al año y es obra de unos 50 operadores (productores, elaboradores, comercializadores). A principios del siglo XX, algunas bodegas cooperativas o bodegas como «La Tête Noire» ya intentaron valorizar los vinos espumosos de calidad producidos en Provenza.
Una de las características principales de la indicación geográfica protegida del Var es la de ser elaborada a partir de variedades locales para dar lugar mayoritariamente a vinos rosados, que suponen la mayor producción de vino tranquilo de la región.
Por lo tanto, la indicación geográfica protegida «Var» identificaría a vinos tranquilos asociados a vinos espumosos con perfiles organolépticos relativamente parecidos. Se trata de vinos rosados espumosos, muy afrutados y florales, y con una bonita redondez que no deja de recordar a los vinos rosados tranquilos.
Son precisamente estas características organolépticas (aspecto floral y afrutado asociado a una hermosa redondez) las que distinguen los vinos espumosos producidos en el Var de los elaborados en las otras regiones francesas.
Vínculo causal entre la naturaleza específica de la zona geográfica y la naturaleza específica del producto
El Var tiene un potencial turístico innegable gracias a la calidad de su clima, la diversidad de paisajes, el mar, la riqueza de su patrimonio histórico y cultural, pero también a sus artesanos y tradiciones. Con todos estos activos, el departamento ha desarrollado una fuerte actividad económica en torno al turismo.
Este extraordinario recurso permite atraer a más de 14 millones de turistas al año. Estas personas, que a menudo visitan el departamento varias veces, han aprendido o aprenden, por supuesto, a degustar la cocina y los productos provenzales, entre ellos los vinos del Var, ya sean vinos con denominación de origen controlada o con indicación geográfica protegida.
Así pues, desde su creación en virtud de la anterior situación regulada de «Vin de Pays», la producción de la indicación geográfica protegida «Var» ha construido su reputación en gran medida gracias a la actividad turística de la región, como lo demuestra la fuerte demanda de sus rosados a escala local. Los consumidores saben apreciar y reconocer la calidad de las gamas de vinos propuestos.
Sin embargo, es notable que los productores se hayan mantenido vigilantes para poder seguir avanzando sin cesar en el desarrollo de sus Vins de Pays, de modo que sigan estando más en sintonía con los gustos de los consumidores (por ejemplo: el color de los rosados).
Esto se tradujo a principios de los años 2000 en la participación de los profesionales del Var en la creación de un centro nacional de investigación y experimentación dedicado al vino rosado (situado en Vidauban, Var). Desde entonces se han difundido algunos trabajos iniciales (sobre los matices rosados, por ejemplo), lo que, a su vez, contribuye de forma operativa a la mejora de la calidad de los vinos rosados. Además, el sector ha invertido mucho en dotarse de las herramientas necesarias para el control perfecto en la elaboración de vinos rosados. Esta tecnología controlada dedicada a los vinos rosados y los conocimientos técnicos de los productores benefician, por supuesto, a la producción de vinos con denominación de origen controlada, pero van inseparablemente asociados a los procesos de producción de los vinos amparados por la indicación geográfica protegida.
También es necesario recordar la proximidad de los viñedos del Var a grandes centros urbanos regionales o centros turísticos costeros, lo que supone una enorme ventaja para los productores, que pueden valorizar su oferta y que por ello optan por el envasado en sus propias instalaciones. Actualmente, las ventas directas (botellas o bolsas en cajas) representan aproximadamente el 50 % del volumen y las ventas directas en bodega podrían suponer el 30 % de este volumen.
El Var se encuentra en Provenza, una región muy conocida. Y la imagen de una Provenza vitícola profundamente arraigada en la producción de rosados de calidad (líder mundial en producción de rosados), está perfectamente consolidada y validada mediante encuestas sobre el conocimiento espontáneo (fuente: Cabinet Intelligence Vinitrac, noviembre de 2009).
Esta notoriedad, fuertemente orientada a la producción de vinos rosados, alcanza naturalmente a los vinos tintos, los blancos y los espumosos elaborados por los mismos hombres, a partir de estos viñedos departamentales dentro del mismo entorno geográfico.
Es innegable que el éxito de los vinos rosados ya está impulsando la calidad y la reputación de los demás vinos producidos en el departamento.
9. Condiciones complementarias esenciales (envasado, etiquetado, otros requisitos)
Etiquetado
Marco jurídico:
Legislación nacional
Tipo de condición complementaria:
Disposiciones complementarias relativas al etiquetado
Descripción de la condición:
La indicación geográfica protegida «Var» podrá completarse con:
el nombre de una o varias variedades de vid,
los términos «temprano» o «nuevo». Los términos «temprano» o «nuevo» están reservados para los vinos tranquilos.
La indicación geográfica protegida «Var» podrá completarse con los nombres de las unidades geográficas menores siguientes, con arreglo a las condiciones establecidas en el pliego de condiciones:
|
«Argens», |
|
«Coteaux du Verdon», |
|
«Sainte Baume». |
El logotipo de la IGP de la Unión Europea figurará en el etiquetado cuando la mención «indicación geográfica protegida» sea sustituida por la mención tradicional «Vin de Pays».
Zona de proximidad inmediata
Marco jurídico:
|
Legislación nacional |
|
Tipo de condición complementaria: |
|
Excepción relativa a la producción en la zona geográfica delimitada |
|
Descripción de la condición: |
La zona de proximidad inmediata definida por excepción a la vinificación y la elaboración de los vinos que gozan de la indicación geográfica protegida «Var», complementada o no con el nombre de una unidad geográfica menor («Argens», «Coteaux du Verdon» o «Sainte Baume»), está formada por los distritos vecinos de la zona geográfica, a saber:
al este, el límite con el departamento de los Alpes Marítimos: distrito de Grasse
al oeste, el límite con el departamento de Bouches-du-Rhône: distritos de Aix-en-Provence y Marsella;
al oeste/noroeste, el límite con el departamento de Vaucluse: distrito de Apt;
al norte, el límite con el departamento de Alpes de Haute-Provence: distritos de Forcalquiler, Digne y Castellane.
Enlace al pliego de condiciones
https://info.agriculture.gouv.fr/gedei/site/bo-agri/document_administratif-055c5a5e-f7b9-40dc-ab3a-c1ccb2400c4c