ISSN 1977-0928 |
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Diario Oficial de la Unión Europea |
C 356 |
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Edición en lengua española |
Comunicaciones e informaciones |
62.° año |
Sumario |
Página |
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II Comunicaciones |
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COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA |
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Comisión Europea |
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2019/C 356/01 |
No oposición a una concentración notificada (Asunto M.9453 — Phillips 66/Fortress Investment Group/United Pacific) ( 1 ) |
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IV Información |
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INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA |
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Comisión Europea |
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2019/C 356/02 |
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2019/C 356/03 |
Nueva cara nacional de las monedas de euro destinadas a la circulación |
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2019/C 356/04 |
Nueva cara nacional de las monedas de euro destinadas a la circulación |
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2019/C 356/05 |
Nueva cara nacional de las monedas de euro destinadas a la circulación |
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2019/C 356/06 |
Nueva cara nacional de las monedas de euro destinadas a la circulación |
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V Anuncios |
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PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA |
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Comisión Europea |
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2019/C 356/07 |
Notificación previa de una concentración (Asunto M.9409 — Aurubis/Metallo Group Holding) ( 1 ) |
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2019/C 356/08 |
Notificación previa de una concentración [Asunto M.9449 — VAG/Varta (Consumer Battery, Charges and Portable Power and Lighting Business)] ( 1 ) |
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OTROS ACTOS |
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Comisión Europea |
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2019/C 356/09 |
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(1) Texto pertinente a efectos del EEE. |
ES |
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II Comunicaciones
COMUNICACIONES PROCEDENTES DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA
Comisión Europea
21.10.2019 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 356/1 |
No oposición a una concentración notificada
(Asunto M.9453 — Phillips 66/Fortress Investment Group/United Pacific)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2019/C 356/01)
El 11 de octubre de 2019, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada que se cita en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado interior. Esta decisión se basa en el artículo 6, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1). El texto íntegro de la decisión solo está disponible en inglés y se hará público una vez que se elimine cualquier secreto comercial que pueda contener. Estará disponible:
— |
en la sección de concentraciones del sitio web de competencia de la Comisión (http://ec.europa.eu/competition/mergers/cases/). Este sitio web permite localizar las decisiones sobre concentraciones mediante criterios de búsqueda tales como el nombre de la empresa, el número de asunto, la fecha o el sector de actividad, |
— |
en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex (http://eur-lex.europa.eu/homepage.html?locale=es) con el número de documento 32019M9453. EUR-Lex da acceso al Derecho de la Unión en línea. |
IV Información
INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA
Comisión Europea
21.10.2019 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 356/2 |
Tipo de cambio del euro (1)
18 de octubre de 2019
(2019/C 356/02)
1 euro =
|
Moneda |
Tipo de cambio |
USD |
dólar estadounidense |
1,1144 |
JPY |
yen japonés |
120,97 |
DKK |
corona danesa |
7,4702 |
GBP |
libra esterlina |
0,86435 |
SEK |
corona sueca |
10,7742 |
CHF |
franco suizo |
1,0996 |
ISK |
corona islandesa |
139,10 |
NOK |
corona noruega |
10,2198 |
BGN |
leva búlgara |
1,9558 |
CZK |
corona checa |
25,659 |
HUF |
forinto húngaro |
330,62 |
PLN |
esloti polaco |
4,2843 |
RON |
leu rumano |
4,7565 |
TRY |
lira turca |
6,4447 |
AUD |
dólar australiano |
1,6278 |
CAD |
dólar canadiense |
1,4639 |
HKD |
dólar de Hong Kong |
8,7396 |
NZD |
dólar neozelandés |
1,7488 |
SGD |
dólar de Singapur |
1,5214 |
KRW |
won de Corea del Sur |
1 314,33 |
ZAR |
rand sudafricano |
16,4566 |
CNY |
yuan renminbi |
7,8941 |
HRK |
kuna croata |
7,4418 |
IDR |
rupia indonesia |
15 773,15 |
MYR |
ringit malayo |
4,6654 |
PHP |
peso filipino |
57,070 |
RUB |
rublo ruso |
71,3066 |
THB |
bat tailandés |
33,761 |
BRL |
real brasileño |
4,6363 |
MXN |
peso mexicano |
21,3875 |
INR |
rupia india |
79,2735 |
(1) Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.
21.10.2019 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 356/3 |
Nueva cara nacional de las monedas de euro destinadas a la circulación
(2019/C 356/03)
Cara nacional de la nueva moneda conmemorativa de 2 euros destinada a la circulación emitida por Portugal
Las monedas de euro destinadas a la circulación son de curso legal en toda la zona del euro. Con el fin de informar a las personas que manejan monedas en el ejercicio de su profesión y al público en general, la Comisión publica las características de todos los nuevos diseños de las monedas (1). De conformidad con las Conclusiones del Consejo de 10 de febrero de 2009 (2), los Estados miembros de la zona del euro y los países que hayan celebrado un acuerdo monetario con la Unión Europea en el que se prevea la emisión de monedas de euro pueden emitir monedas conmemorativas de euro destinadas a la circulación con sujeción a determinadas condiciones, en particular que solo se trate de monedas de 2 euros. Estas monedas tienen las mismas características técnicas que las demás monedas de 2 euros, pero presentan en la cara nacional un diseño conmemorativo de gran simbolismo en el ámbito nacional o europeo.
Estado emisor: Portugal.
Tema de la conmemoración: VI Centenario del descubrimiento del archipiélago de Madeira por los navegantes portugueses Bartolomeu Perestrelo y Tristão Vaz.
Descripción del motivo: El evento, famoso por ser el primer descubrimiento territorial portugués, marcó un hito histórico en la consolidación de Portugal como potencia marítima y dio lugar a la época de los descubrimientos portugueses (1418-1522).
El diseño representa el archipiélago de Madeira y la isla de Porto Santo. Se pueden leer, en semicírculo, las inscripciones «600 anos do Descobrimento da Madeira e de Porto Santo» y «PORTUGAL 2019».
En la corona circular de la moneda figuran las doce estrellas de la bandera europea.
Volumen estimado de emisión (número de monedas emitidas):500 000 monedas.
Fecha de emisión: segundo semestre de 2019.
(1) Las caras nacionales de todas las monedas emitidas en 2002 figuran en el DO C 373 de 28.12.2001, p. 1.
(2) Véanse las Conclusiones del Consejo de Asuntos Económicos y Financieros de 10 de febrero de 2009 y la Recomendación de la Comisión, de 19 de diciembre de 2008, relativa a la fijación de directrices comunes respecto de las caras nacionales y la emisión de monedas en euros destinadas a la circulación (DO L 9 de 14.1.2009, p. 52).
21.10.2019 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 356/4 |
Nueva cara nacional de las monedas de euro destinadas a la circulación
(2019/C 356/04)
Cara nacional de la nueva moneda conmemorativa de 2 euros destinada a la circulación emitida por Portugal
Las monedas de euro destinadas a la circulación son de curso legal en toda la zona del euro. Con el fin de informar a las personas que manejan monedas en el ejercicio de su profesión y al público en general, la Comisión publica las características de todos los nuevos diseños de las monedas (1). De conformidad con las Conclusiones del Consejo de 10 de febrero de 2009 (2), los Estados miembros de la zona del euro y los países que hayan celebrado un acuerdo monetario con la Unión Europea en el que se prevea la emisión de monedas de euro pueden emitir monedas conmemorativas de euro destinadas a la circulación con sujeción a determinadas condiciones, en particular que solo se trate de monedas de 2 euros. Estas monedas tienen las mismas características técnicas que las demás monedas de 2 euros, pero presentan en la cara nacional un diseño conmemorativo de gran simbolismo en el ámbito nacional o europeo.
Estado emisor: Portugal.
Tema de la conmemoración: Se cumplen 500 años de la primera circunnavegación, organizada y capitaneada por el explorador y navegante portugués Fernando de Magallanes.
Descripción del motivo: La expedición española a las Indias Orientales, que empezó en 1519 y terminó en 1522, fue la primera circunnavegación de la Tierra.
El diseño representa la efigie de Fernando de Magallanes. En el lado derecho, en forma semicircular, aparece la inscripción «CIRCUM NAVEGAÇÃO» (circunnavegación) y, debajo de esta, se puede leer «1519 FERNÃO DE MAGALHÃES». En el lado izquierdo, en forma semicircular, se indica el año de emisión, «2019», y el nombre del Estado emisor, «PORTUGAL».
En la corona circular de la moneda figuran las doce estrellas de la bandera europea.
Volumen estimado de emisión (número de monedas emitidas):750 000 monedas.
Fecha de emisión: segundo semestre de 2019.
(1) Las caras nacionales de todas las monedas emitidas en 2002 figuran en el DO C 373 de 28.12.2001, p. 1.
(2) Véanse las Conclusiones del Consejo de Asuntos Económicos y Financieros de 10 de febrero de 2009 y la Recomendación de la Comisión, de 19 de diciembre de 2008, relativa a la fijación de directrices comunes respecto de las caras nacionales y la emisión de monedas en euros destinadas a la circulación (DO L 9 de 14.1.2009, p. 52).
21.10.2019 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 356/5 |
Nueva cara nacional de las monedas de euro destinadas a la circulación
(2019/C 356/05)
Cara nacional de la nueva moneda conmemorativa de 2 euros destinada a la circulación emitida por la República de San Marino
Las monedas de euro destinadas a la circulación son de curso legal en toda la zona del euro. Con el fin de informar a las personas que manejan monedas en el ejercicio de su profesión y al público en general, la Comisión publica las características de todos los nuevos diseños de las monedas (1). De conformidad con las Conclusiones del Consejo de 10 de febrero de 2009 (2), los Estados miembros de la zona del euro y los países que hayan celebrado un acuerdo monetario con la Unión Europea en el que se prevea la emisión de monedas de euro pueden emitir monedas conmemorativas de euro destinadas a la circulación con sujeción a determinadas condiciones, en particular que solo se trate de monedas de 2 euros. Estas monedas tienen las mismas características técnicas que las demás monedas de 2 euros, pero presentan en la cara nacional un diseño conmemorativo de gran simbolismo en el ámbito nacional o europeo.
Estado emisor: República de San Marino.
Tema de la conmemoración: 550° Aniversario de la muerte de Filippo Lippi.
Descripción del motivo: El diseño representa, en el centro, a la Virgen con el Niño, detalle extraído de la obra del artista Filippo Lippi «La Virgen con el Niño y dos Ángeles». En la parte superior, aparecen las inscripciones «SAN MARINO» y «FILIPPO LIPPI» y, a la izquierda, el año «1469» y la letra «R» como abreviatura de Roma. En la parte inferior izquierda se pueden leer las iniciales de la autora Maria Angela Cassol, «M.A.C» y, en el centro, el año, «2019».
En la corona circular de la moneda figuran las doce estrellas de la bandera europea.
Volumen de emisión (número de monedas emitidas):60 500 monedas.
Fecha de emisión: septiembre de 2019.
(1) Las caras nacionales de todas las monedas emitidas en 2002 figuran en el DO C 373 de 28.12.2001, p. 1.
(2) Véanse las Conclusiones del Consejo de Asuntos Económicos y Financieros de 10 de febrero de 2009 y la Recomendación de la Comisión, de 19 de diciembre de 2008, relativa a la fijación de directrices comunes respecto de las caras nacionales y la emisión de monedas en euros destinadas a la circulación (DO L 9 de 14.1.2009, p. 52).
21.10.2019 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 356/6 |
Nueva cara nacional de las monedas de euro destinadas a la circulación
(2019/C 356/06)
Cara nacional de la nueva moneda conmemorativa de 2 euros destinada a la circulación emitida por el Estado de la Ciudad del Vaticano
Las monedas de euro destinadas a la circulación son de curso legal en toda la zona del euro. Con el fin de informar a las personas que manejan monedas en el ejercicio de su profesión y al público en general, la Comisión publica las características de todos los nuevos diseños de las monedas (1). De conformidad con las Conclusiones del Consejo de 10 de febrero de 2009 (2), los Estados miembros de la zona del euro y los países que hayan celebrado un acuerdo monetario con la Unión Europea en el que se prevea la emisión de monedas de euro pueden emitir monedas conmemorativas de euro destinadas a la circulación con sujeción a determinadas condiciones, en particular que solo se trate de monedas de 2 euros. Estas monedas tienen las mismas características técnicas que las demás monedas de 2 euros, pero presentan en la cara nacional un diseño conmemorativo de gran simbolismo en el ámbito nacional o europeo.
Estado emisor: Estado de la Ciudad del Vaticano.
Tema de la conmemoración: Capilla Sixtina: fin de la restauración (1994-2019).
Descripción del motivo: El diseño representa el Juicio Final de la Capilla Sixtina. A la izquierda, en forma de semicírculo, se puede leer la inscripción del país emisor «CITTÀ DEL VATICANO». A la derecha, en semicírculo, aparecen las inscripciones «CAPPELLA SISTINA – FINE DEI RESTAURI» y «1994-2019». En la parte izquierda se aprecia la marca de ceca «R» y, en la parte inferior, el nombre del artista, «D. LONGO».
En la corona circular de la moneda figuran las doce estrellas de la bandera europea.
Volumen de emisión (número de monedas emitidas):91 000 monedas.
Fecha de emisión: martes, 1 de octubre de 2019.
(1) Las caras nacionales de todas las monedas emitidas en 2002 figuran en el DO C 373 de 28.12.2001, p. 1.
(2) Véanse las Conclusiones del Consejo de Asuntos Económicos y Financieros de 10 de febrero de 2009 y la Recomendación de la Comisión, de 19 de diciembre de 2008, relativa a la fijación de directrices comunes respecto de las caras nacionales y la emisión de monedas en euros destinadas a la circulación (DO L 9 de 14.1.2009, p. 52).
V Anuncios
PROCEDIMIENTOS RELATIVOS A LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA DE COMPETENCIA
Comisión Europea
21.10.2019 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 356/7 |
Notificación previa de una concentración
(Asunto M.9409 — Aurubis/Metallo Group Holding)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2019/C 356/07)
1.
El 14 de octubre de 2019, la Comisión recibió la notificación de un proyecto de concentración de conformidad con el artículo 4 del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1).
Dicha notificación se refiere a las empresas siguientes:
— |
Aurubis AG («Aurubis», Alemania). |
— |
Metallo Group Holding N.V. («Metallo», Bélgica). |
Aurubis AG adquiere, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento de concentraciones, el control exclusivo de la totalidad de Metallo Group Holding N.V.
La concentración se realiza mediante adquisición de acciones.
2.
La misma concentración ya fue notificada a la Comisión el 30 de agosto de 2019, pero la notificación fue retirada el 25 de septiembre de 2019.
3.
Las actividades comerciales de las empresas mencionadas son:
— |
Aurubis: empresa proveedora de metales no ferrosos. En particular, Aurubis transforma concentrados y chatarra de cobre; fabrica cátodos de cobre y subproductos de cobre del proceso de refinado de este mineral, así como perfiles de cobre y productos de cobre semiacabado y de aleaciones de cobre, tales como barras, varillas y alambres laminados. |
— |
Metallo: empresa dedicada al reciclado, la transformación y el comercio de metales no ferrosos. En particular, Metallo refina chatarra de cobre para producir cátodos de cobre y subproductos del proceso de refinado de este mineral. |
4.
Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto.
5.
La Comisión invita a los terceros interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre la operación propuesta.
Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación, indicando siempre la referencia siguiente:
M.9409 — Aurubis/Metallo Group Holding
Las observaciones podrán enviarse a la Comisión por correo electrónico, fax o correo postal a la dirección siguiente:
Correo electrónico: COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu
Fax +32 22964301
Dirección postal:
Comisión Europea |
Dirección General de Competencia |
Registro de Concentraciones |
1049 Bruxelles/Brussel |
BELGIQUE/BELGIË |
(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento de concentraciones»).
21.10.2019 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 356/9 |
Notificación previa de una concentración
[Asunto M.9449 — VAG/Varta (Consumer Battery, Charges and Portable Power and Lighting Business)]
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2019/C 356/08)
1.
El 14 de octubre de 2019, la Comisión recibió la notificación de un proyecto de concentración de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 y a raíz de un proceso de remisión con arreglo al artículo 4, apartado 5, del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (1).Dicha notificación se refiere a las empresas siguientes:
— |
Varta Aktiengesellschaft («VAG», Alemania). |
— |
Varta Consumer Battery, Chargers and Portable Power and Lighting Business («Varta Business»), parte de Energizer Holdings, Inc. («Energizer», Estados Unidos). |
VAG adquiere, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3, apartado 1, letra b), del Reglamento de concentraciones, el control exclusivo de la totalidad de Varta Business.
La concentración se realiza mediante adquisición de acciones.
2.
Las actividades comerciales de las empresas mencionadas son:
— |
VAG: fabricación y suministro mayorista de baterías para los mercados automovilístico, industrial y de consumo en la UE y en todo el mundo. |
— |
Varta Business: parte de Energizer que abarca la antigua división Varta de Spectrum de pilas de consumo, cargadores e iluminación y electricidad portátiles en las regiones de Europa, Oriente Próximo y África. |
3.
Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto.
4.
La Comisión invita a los terceros interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre la operación propuesta.Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación, indicando siempre la referencia siguiente:
M.9449 — VAG/Varta (Consumer Battery, Chargers and Portable Power and Lighting Business)
Las observaciones podrán enviarse a la Comisión por correo electrónico, fax o correo postal a la dirección siguiente:
Correo electrónico: COMP-MERGER-REGISTRY@ec.europa.eu
Fax +32 22964301
Dirección postal:
Comisión Europea |
Dirección General de Competencia |
Registro de Concentraciones |
1049 Bruxelles/Brussel |
BELGIQUE/BELGIË |
(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1 («Reglamento de concentraciones»).
OTROS ACTOS
Comisión Europea
21.10.2019 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 356/10 |
Publicación de una solicitud de denominación de origen con arreglo al artículo 50, apartado 2, letra a), del Reglamento (UE) n.o 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios
(2019/C 356/09)
La presente publicación otorga el derecho a oponerse a la solicitud, de conformidad con el artículo 51 del Reglamento (UE) n.o 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo (1), en el plazo de tres meses a partir de la fecha de la presente publicación.
DOCUMENTO ÚNICO
«MOZZARELLA DI GIOIA DEL COLLE»
N.° UE: PDO-IT-02384 – 29.12.2017
DOP ( X )IGP ( )
1. Nombre(s)
«Mozzarella di Gioia del Colle».
2. Estado miembro o tercer país
Italia.
3. Descripción del producto agrícola o alimenticio
3.1 Tipo de producto
Clase 1.3, «Quesos».
3.2. Descripción del producto que se designa con el nombre indicado en el punto 1
La «Mozzarella di Gioia del Colle» es un queso fresco de pasta hilada elaborado exclusivamente con leche entera de vaca y un cultivo suero-injerto. Se caracteriza por:
a) |
La siguiente composición química (valores para el queso fresco): lactosa ≤ 0,6 %, ácido láctico ≥ 0,20 %, humedad 58-65 %, grasa 15-21 % sobre materia húmeda. |
b) |
Un sabor que recuerda a la leche ligeramente agria, con un agradable retrogusto a fermento o suero ácido (más fuerte en el queso recién hecho) y un aroma de ácido lácteo, a veces acompañado de una ligera nota de mantequilla. |
c) |
La ausencia de conservantes, aditivos y coadyuvantes tecnológicos. |
La «Mozzarella di Gioia del Colle» presenta una superficie lisa o ligeramente fibrosa. El queso es lustroso, ni viscoso ni escamado. Es un queso blanco, a veces con un leve matiz de color pajizo dependiendo de la estación. Al corte, el queso debe tener una consistencia elástica y carecer de defectos. Del queso cortado debe brotar una pequeña cantidad de suero blanco.
La «Mozzarella di Gioia del Colle» se elabora bajo tres formas: redonda, en nudo y en trenza. Dependiendo de la forma y del tamaño, el peso de la porción varía entre los 50 y los 1 000 g. El queso se comercializa sumergido en líquido conservante (agua, a veces con sal añadida y ligeramente acidificado).
3.3. Piensos (únicamente en el caso de los productos de origen animal) y materias primas (únicamente en el caso de los productos transformados)
Para hacer este queso se utiliza exclusivamente leche de vaca cruda entera, recogida en dos ordeños distintos. A veces puede estar termizada o pasteurizada.
El queso se fabrica de acuerdo con la práctica tradicional de usar un cultivo de suero-injerto.
La leche que se usa para elaborar la «Mozzarella di Gioia del Colle» proviene de vacas de ganaderías de las razas Bruna, Frisona, Pezzata Rossa o Jersey o de sus cruces, y al menos el 60 % del contenido total de materia seca del pienso que comen las vacas lecheras está compuesto de hierba o heno de prados que presentan una gran variedad de vegetación.
La dieta de las vacas incluye también concentrados, harinas o copos a base de cereales (maíz, cebada, trigo, avena) y leguminosas (soja, habas, haboncillos, guisantes forrajeros), que también se les pueden administrar como pienso complementario. Pueden usarse también algarrobas y subproductos de la transformación de los cereales (salvado y harinillas de trigo común, harinillas de trigo duro), a condición de que no superen el 40 % de la materia seca. Por último, la dieta de las vacas puede complementarse con complejos vitamínicos y minerales.
Para evitar poner en peligro las características cualitativas que confiere a la «Mozzarella di Gioia del Colle» su vinculación con la zona geográfica, al menos el 60 % de los productos utilizados para alimentar las vacas deben proceder de la zona descrita en el punto 4. Este porcentaje obligatorio se alcanza recurriendo a la hierba y al heno de los prados situados en la zona determinada. Es la parte del pienso asociada con la fibra de fácil digestión, definida en general como «forraje» (hierba y heno, pastos, etc.) y es la que tiene una mayor incidencia en las características químicas y organolépticas de la leche.
Debido a sus condiciones geo-edafológicas y climáticas, la zona geográfica nunca ha sido adecuada - ni lo será - para el cultivo de cereales como cultivos como el maíz o de oleaginosas como la soja, de los que se obtienen piensos proteicos. Como no es posible sustituirlos por forrajes de alta calidad procedentes de la propia zona, el uso de concentrados y piensos adicionales procedentes de otros lugares debe permitirse. Estos productos presentan una gran rapidez de degradación y de disolución en el rumen (alimentos de granulometría inferior a 0,8 cm, es decir, incapaces de estimular los movimientos ruminales), por lo que proporcionan energía (principalmente a partir de carbohidratos de reserva, como el almidón) y proteínas rápidamente disponibles para el microbioma ruminal. Sin embargo, puesto que su papel está limitado a la función fisiológica de apoyar el microbioma, no tienen ninguna repercusión en las propiedades de la leche o de la mozzarella. Así pues, los aspectos de la dieta que contribuyen a determinar las propiedades químicas y organolépticas de la materia prima y del producto terminado son el apacentamiento obligatorio durante el tiempo realmente posible (150 días) y la dieta rica en forrajes producidos en la zona. Se trata pues de dos elementos fundamentales que establecen el vínculo entre la materia prima, el producto acabado y el territorio.
3.4. Fases específicas de la producción que deben llevarse a cabo en la zona geográfica definida
Todas las fases del proceso de producción (la cría y el ordeño de las vacas, la recogida y la transformación de la leche, y la propia elaboración del queso) se realizan en la zona geográfica descrita en el punto 4.
3.5. Normas especiales sobre el corte en lonchas, el rallado, el envasado, etc., del producto al que se refiere el nombre registrado
Al tratarse de un producto fresco con tendencia a deteriorarse rápidamente, la «Mozzarella di Gioia del Colle» tiene que envasarse en la misma instalación en la que se ha fabricado, dentro de la zona geográfica definida en el punto 4.
La «Mozzarella di Gioia del Colle» puede comercializarse en envases de diferentes pesos o en porciones individuales. El queso se comercializa sumergido en líquido conservante (agua, a veces con sal añadida y ligeramente acidificado).
3.6. Normas especiales sobre el etiquetado del producto al que se refiere el nombre registrado
El logotipo (figura 1) y la fecha de producción deben figurar impresos en el embalaje utilizado para comercializar la «Mozzarella di Gioia del Colle».
El logotipo que se muestra en la figura 1 debe exhibirse de forma destacada en la parte superior de la etiqueta o del embalaje, así como en los laterales. El logotipo que se muestra en la figura 1 debe ser exhibirse en los dos lados de las porciones envasadas individualmente.
4. Descripción sucinta de la zona geográfica
La zona geográfica de producción abarca los municipios de Acquaviva delle Fonti, Alberobello, Altamura, Casamassima, Cassano delle Murge, Castellana Grotte, Conversano, Gioia del Colle, Gravina in Puglia, Locorotondo, Monopoli, Noci, Putignano, Sammichele di Bari, Santeramo in Colle y Turi en la provincia de Bari; Castellaneta, Crispiano, Laterza, Martina Franca, Massafra y Mottola en la provincia de Tarento; y una parte del municipio de Matera adyacente a los municipios de Altamura, Santeramo in Colle y Laterza, delimitados por las carreteras principales SS 99 y SS 7.
5. Vínculo con la zona geográfica
La zona geográfica en la que se produce este queso abarca partes de las provincias de Bari y Tarento en la meseta de Murgia, donde hay muchas explotaciones de vacas lecheras (las «granjas de vacas» del tiempo de Federico). En esta zona, en la que las explotaciones ganaderas y lecheras se confunden a menudo (muchas incluso comparten instalaciones), se elabora tradicionalmente desde hace mucho tiempo mozzarella a partir de leche de vaca: ya en 1885 se encuentran referencias a la «exquisita mozzarella de Apulia» en una publicación titulada L’ Italia agricola, giornale dedicato al miglioramento morale ed economico delle popolazioni rurali [La Italia agrícola, diario dedicado a la mejora moral y económica de las poblaciones rurales] (Redaelli, Milan). La zona se distingue, además de por determinadas peculiaridades de su geografía, suelo y clima, por su antigua y arraigada tradición de fabricación del queso, que ha resistido el embate del tiempo y ha ido pasando de generación en generación. Estos dos aspectos tienen una profunda incidencia en las características de la leche y del queso y son los principales factores que vinculan la «Mozzarella di Gioia del Colle» con la comarca.
Las características fisicoquímicas y nutritivas de la leche, en particular, están unidas al territorio a través de la dieta que se da a los animales y con el entorno medioambiental en sentido más amplio en el que se crían. Es bien sabido que la composición de la leche está por lo general estrechamente relacionada con el contexto zootécnico en que viven los animales y que el tipo de compuestos volátiles es muy importante para dicha composición. Las características aromáticas de la leche dependen de estas sustancias, que en parte están formadas por el metabolismo del animal y en parte por el entorno. Los compuestos volátiles del entorno pueden integrarse en la leche mediante la digestión (rumia) o a través de los pulmones (inhalación). En la zona geográfica en que se produce la DOP «Mozzarella di Gioia del Colle», las condiciones geográficas, edafológicas y climáticas han llevado a la selección de determinadas variedades de plantas, cultivadas y silvestres, que son resistentes a las condiciones de calor y sequedad típicas de un ambiente estepario. La vegetación silvestre es principalmente xerófila y destacan hierbas aromáticas como el Timus striatus, la Ferula communis y el Foeniculum vulgare). Estas plantas (y la vegetación xerófila en general) son particularmente ricas en polifenoles, terpenos, compuestos de carbonilo y otras sustancias volátiles que pueden influir de forma directa o indirecta en el sabor de la leche. Esta influencia es directa cuando se transfieren sin cambios e indirecta cuando actúan como precursores para otros metabolitos volátiles con un impacto en la fragancia. La presencia constante de los animales en este entorno es propicia para que los principios volátiles con propiedades aromáticas pasen a la leche, en especial en determinadas épocas del año. En general, el apacentamiento obligatorio y la dieta rica en forrajes producidos en la zona son los que garantizan las características nutritivas y funcionales distintivas de la leche, como su perfil lipídico y su contenido de compuestos volátiles. Las condiciones medioambientales locales y las técnicas de la cría del ganado desempeñan un importante papel en la configuración de la microbiota de la leche. Todos estos factores combinados tienen un profundo impacto en las características organolépticas de la «Mozzarella di Gioia del Colle».
En lo tocante a la técnica de elaboración, este es el método tradicional e histórico, que solo permite el uso de leche fresca y la adición del suero local (el cultivo de suero-injerto). El cultivo de suero-injerto que se añade a la leche constituye no obstante otro vínculo con el territorio local, ya que se viene realizando del mismo modo desde hace mucho tiempo: usando el suero del día anterior que se ha dejado acidificar, permitiéndole enriquecerse con las enzimas lácteas características del entorno de la quesería. Estos aspectos garantizan un fuerte vínculo con el territorio, ya que determinan que la mayor parte del componente microbiológico también será autóctono. El componente microbiano desempeña una función importante en las propiedades sensoriales porque es responsable de la formación de los «aromas secundarios» del producto. El perfil microbiológico autóctono del cultivo de suero-injerto está garantizado en parte por las características de la leche de la que procede pero también, y esto es lo que es más importante, por el método de preparación y el ambiente en el que se deja para que madure. La «mezcla de microorganismos autóctonos» contenida en el cultivo de suero-injerto refleja todas las fases del proceso de producción y se transfiere diariamente a la leche y por lo tanto al producto acabado, perpetuando así de forma constante el vínculo con el territorio. Los métodos usados por el quesero para manejar el suero en la cuba, madurar las cuajadas y procesar la mezcla posterior se combinan para conformar otro vínculo distintivo al territorio. De hecho, la combinación de todos los parámetros del tratamiento tiene una clara incidencia en el ecosistema microbiano, que ya es bastante distintivo, dando forma así el progreso de la fermentación. La experiencia del quesero es fundamental en este sentido ya que permite que el conjunto de microbios evolucione de una forma única e irrepetible, que brinda a la mozzarella sus características organolépticas típicas. Por lo que respecta al sabor, esta fermentación crea notas levemente ácidas con un agradable retrogusto a levadura, más definido en el queso recién hecho. El aroma derivado del proceso de elaboración del queso se combina con los aromas derivados de la leche, es decir, del proceso de fermentación («aroma secundario»), que crea notas frescas de leche, mantequilla y suero ácido, y de la materia prima («aroma primario»), con sus características notas delicadas animales y vegetales. Para resumir, los aromas primarios reflejan las condiciones de cría de las vacas, en las que la dieta de forraje local (fresco o heno) desempeña un papel importante y los aromas secundarios están vinculados a la microbiota autóctona.
Al igual que las características específicas determinadas por las técnicas utilizadas en la cría del ganado y la elaboración del queso, también son importantes las influencias del medio ambiente, la historia y la cultura. El paisaje (Natura 2000), la geología local (la región de la meseta de Murgia, en Apulia, con calizas cretácicas, afloramientos rocosos y arcillas reducidas) y el clima son igualmente importantes. Desde el punto de vista histórico y cultural, existe un vínculo profundamente arraigado entre el producto y el tipo de agricultura de la zona: pequeñas y medianas explotaciones agropecuarias que son sobre todo de tipo familiar y están estructuradas de acuerdo con las costumbres locales, en las que el ganado pasa largas temporadas pastando. Por último, existen infinidad de pruebas que demuestran que la mozzarella ha estado siempre presente en la historia de Gioia del Colle, incluido un documental producido por el Istituto Luce en Gioia del Colle el 28 de agosto de 1950. Otros registros muestran que en las primeras décadas del siglo veinte, «un agricultor llamado Clemente Milano que criaba ganado de la raza Bruna alpina en la zona de Gioia del Colle fue el primero en utilizar la leche de sus vacas para elaborar ese producto lácteo de leche fresca tan especial conocido como mozzarella» (de Gioia del Colle, oggi [Gioia del Colle, hoy], editado por Giovanni Bozzo para Japigia Editrice, Bari 1970). En 1922 un artículo firmado por Giovanni Carano Donvito menciona que «[…] la “Mozzarella di Gioia (del Colle)” era muy apreciada, solicitada y bien pagada en los mercados de Roma y Nápoles, así como en Bari, Tarento, Lecce, Foggia y otras ciudades más pequeñas» (La riforma sociale [La reforma social], F.S. Nitti, L. Roux, L. Einaudi — Roux y Viarengo, Turín). Para terminar, hay pruebas de que desde los años 60 del siglo pasado se vienen celebrando muchos eventos locales destinados a dar a conocer la mozzarella.
Referencia a la publicación del pliego de condiciones
(artículo 6, apartado 1, párrafo segundo, del presente Reglamento)
El texto consolidado del pliego de condiciones de producción puede consultarse en la página web: http://www.politicheagricole.it/flex/cm/pages/ServeBLOB.php/L/IT/IDPagina/3335
así como
accediendo directamente a la página inicial del sitio web del Ministero delle politiche agricole alimentari e forestali (www.politicheagricole.it), y pulsando en «Prodotti DOP IGP» (arriba, a la derecha de la pantalla), a continuación en «Prodotti DOP IGP STG» (al lado, a la izquierda de la pantalla) y, por último, en «Disciplinari di Produzione all’esame dell’UE».