ISSN 1977-0928 |
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Diario Oficial de la Unión Europea |
C 191A |
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Edición en lengua española |
Comunicaciones e informaciones |
62.° año |
Sumario |
Página |
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V Anuncios |
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PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS |
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Oficina Europea de Selección de Personal (EPSO) |
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2019/C 191 A/01 |
ES |
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V Anuncios
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
Oficina Europea de Selección de Personal (EPSO)
6.6.2019 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
CA 191/1 |
CONVOCATORIA DE OPOSICIÓN GENERAL
EPSO/AD/374/19 — ADMINISTRADORES (AD 7) EN LOS ÁMBITOS SIGUIENTES:
1. Derecho de la competencia
2. Derecho financiero
3. Derecho de la unión económica y monetaria
4. Normas financieras aplicables al presupuesto de la UE
5. Protección de las monedas de euro contra la falsificación
(2019/C 191 A/01)
Plazo de presentación de candidaturas: 9 de julio de 2019 a las 12.00 horas del mediodía, hora central europea (CET).
La Oficina Europea de Selección de Personal (EPSO) convoca una oposición general, mediante el sistema de concurso-oposición, con vistas a la constitución de listas de reserva de las que la Comisión Europea podrá contratar nuevos funcionarios en la categoría de administradores (grupo de funciones AD).
La presente convocatoria de oposición y sus anexos constituyen el marco jurídico vinculante de estos procesos de selección.
Véanse, en el ANEXO III, las normas generales aplicables a las oposiciones generales.
Número de candidatos que se pretende seleccionar:
1. Derecho de la competencia: 60
2. Derecho financiero: 33
3. Derecho de la unión económica y monetaria: 13
4. Normas financieras aplicables al presupuesto de la UE: 38
5. Protección de las monedas de euro contra la falsificación: 12
La presente convocatoria se refiere a cinco ámbitos. Cada candidato solo podrá presentar su candidatura para uno de ellos. Deberá escoger la opción que le interese en el momento de la presentación de la candidatura en línea y no podrá modificar dicha elección una vez haya validado el formulario de candidatura en línea.
NATURALEZA DE LAS FUNCIONES
1. Derecho de la competencia
Como responsables de políticas o gestores de casos, que serán contratados principalmente por una unidad de la Dirección General de Competencia (DG COMP) o el Servicio Jurídico (SJ) de la Comisión Europea, los candidatos contratados deberán ser operativos inmediatamente y, bajo la supervisión de sus superiores, trabajar en equipos que se encargan de analizar los mercados, teniendo en cuenta el marco legislativo existente de normas y procedimientos en materia de competencia.
Forman parte de este trabajo, sin que la relación sea exhaustiva, las siguientes funciones:
— |
realizar investigaciones: entrevistas a participantes en el mercado, elaboración y análisis de cuestionarios de investigación del mercado y examen de documentos internos; |
— |
realizar análisis jurídicos y económicos; |
— |
elaborar decisiones y propuestas; |
— |
presentar casos y ofrecer orientaciones a los superiores y al comisario/a; |
— |
asistir o representar al Servicio Jurídico de la Comisión Europea en los litigios ante los tribunales de la Unión Europea; |
— |
participar en diversos grupos de trabajo sobre cuestiones estratégicas, legislación, etc. |
2. Derecho financiero
Como responsables de políticas, que serán contratados principalmente por una unidad de la Dirección General de Estabilidad Financiera, Servicios Financieros y Unión de los Mercados de Capitales (DG FISMA) o el Servicio Jurídico (SJ) de la Comisión Europea, los candidatos contratados deberán ser operativos inmediatamente y, bajo la supervisión de sus superiores, redactar documentos sobre el ámbito material de sus funciones y asistir a reuniones con los Estados miembros y otras partes interesadas a fin de explicar o hacer valer la posición de la Comisión Europea.
Como juristas financieros, que serán contratados principalmente por la DG FISMA, la Dirección General de Asuntos Económicos y Financieros (DG ECFIN) o el Servicio Jurídico (SJ), los candidatos contratados deberán ser operativos inmediatamente y, bajo la supervisión de sus superiores, redactar legislación y controlar la conformidad de las normativas nacionales con el Derecho de la UE en el ámbito material de sus funciones. Dependiendo de la unidad en la que vayan a trabajar, también deberán redactar decisiones y documentos de trabajo. Asimismo, formarán parte de sus funciones representar a su unidad en las reuniones con otros servicios de la Comisión y responder a las preguntas del público y de los diputados al Parlamento Europeo. También deberán contribuir a la elaboración de informes para su comisario/a, director/a general o director/a, cuando proceda.
3. Derecho de la unión económica y monetaria (UEM)
Como juristas especializados en Derecho de la unión económica y monetaria, que serán contratados principalmente por la Dirección General de Asuntos Económicos y Financieros (DG ECFIN) o el Servicio Jurídico (SJ) de la Comisión Europea, los candidatos contratados deberán ser operativos inmediatamente y, bajo la supervisión de sus superiores, desempeñar fundamentalmente las funciones siguientes:
— |
redactar y negociar actos legislativos relativos al funcionamiento de la unión económica y monetaria; |
— |
evaluar la compatibilidad de las normativas nacionales con los requisitos del marco de la UE; |
— |
preparar y gestionar procedimientos de infracción cuando se tenga conocimiento de actuaciones nacionales que infrinjan los requisitos del Derecho de la UE; |
— |
preparar el capítulo sobre la UEM del informe de convergencia en los procesos de ingreso en la zona del euro y participar en los debates del capítulo sobre la UEM en el contexto de las negociaciones de adhesión a la UE; |
— |
elaborar evaluaciones, notas informativas y notas para intervenciones orales de sus superiores políticos y administrativos en el ámbito material de sus funciones; |
— |
preparar evaluaciones sobre cuestiones relacionadas con el Derecho económico y monetario de la UE; |
— |
asistir o representar al SJ de la Comisión Europea en los litigios ante los tribunales de la Unión Europea. |
También deberán representar a su unidad o a la Comisión en reuniones con otros servicios de la Comisión, Estados miembros, bancos centrales, el Parlamento Europeo o cualquier otra parte interesada pertinente.
4. Normas financieras aplicables al presupuesto de la UE
Como juristas especializados en las normas financieras aplicables al presupuesto de la UE, que serán contratados principalmente por la Dirección General de Presupuestos (DG BUDG) o el Servicio Jurídico (SJ) de la Comisión Europea, los candidatos contratados deberán ser operativos inmediatamente y, bajo la supervisión de sus superiores, desempeñar las funciones siguientes:
— |
asesorar a los servicios de la Comisión y a las instituciones y organismos de la UE acerca de la aplicación e interpretación del Reglamento Financiero y otros programas sectoriales específicos (subvenciones, contratación pública, instrumentos financieros, otras formas de contribución, fondos fiduciarios, acuerdos internacionales, etc.); |
— |
impartir formación, desarrollar herramientas y elaborar directrices para la aplicación de estas normas y para el apoyo (servicio de asistencia) a los servicios de la Comisión y a las instituciones y organismos de la UE; |
— |
prestar asistencia en la elaboración de decisiones financieras y de modelos contractuales estándar, en particular en el ámbito de las subvenciones y la contratación pública electrónicas; |
— |
prestar asesoramiento jurídico para resolver problemas relativos a la gestión financiera de los proyectos; |
— |
prestar asistencia y asesoramiento a los servicios de la Comisión en la negociación y aplicación de los nuevos actos de base de los programas de gastos para el período posterior a 2020; |
— |
asistir o representar al Servicio Jurídico de la Comisión Europea en los litigios ante los tribunales de la Unión Europea. |
5. Protección de las monedas de euro contra la falsificación
Como analistas en la Dirección General de Asuntos Económicos y Financieros (DG ECFIN) de la Comisión Europea, los candidatos contratados deberán ser operativos inmediatamente y trabajar, en particular, en el Centro Técnico y Científico Europeo (CTCE).
Forman parte de este trabajo las siguientes funciones principales:
— |
realizar todos los análisis técnicos que procedan de las monedas sospechosas, clasificar los nuevos tipos de monedas de euro falsificadas y prestar asistencia técnica a las autoridades de los Estados miembros; |
— |
preparar información relacionada con las falsificaciones de monedas de euro para su uso por las autoridades policiales; |
— |
garantizar y supervisar la mejora de la capacidad técnica y operativa de los Estados miembros y de la competencia de estos para hacer frente a la falsificación de monedas; |
— |
proponer y organizar seminarios de formación para expertos de los Estados miembros y de terceros países; |
— |
facilitar la aplicación de la legislación de la UE en el ámbito de la protección del euro contra el fraude y la falsificación; |
— |
coordinar las actividades técnicas entre los centros nacionales de análisis de monedas (CNAM) de los Estados miembros; |
— |
representar a la Comisión y al CTCE en los comités, grupos de trabajo y reuniones con otras instituciones y el sector privado; |
— |
preparar y elaborar informes estadísticos y técnicos, notas internas, notas informativas y otros documentos pertinentes. |
Véase, en el ANEXO I, más información sobre las funciones habituales que deben desempeñarse.
CONDICIONES DE ADMISIÓN
Los candidatos deberán reunir TODAS las condiciones generales y específicas que se indican a continuación en la fecha límite fijada para la presentación de candidaturas en línea:
1) Condiciones generales
— |
Estar en plena posesión de sus derechos como ciudadanos de un Estado miembro de la UE. |
— |
Cumplir cuantas obligaciones les imponga la legislación nacional aplicable en materia de servicio militar. |
— |
Reunir las garantías de integridad requeridas para el ejercicio de las funciones previstas. |
2) Condiciones específicas: lenguas
Los candidatos deberán tener conocimientos de al menos dos lenguas oficiales de la UE , una con un nivel mínimo de C1 (conocimiento profundo) y la otra con un nivel mínimo de B2 (conocimiento satisfactorio).
Téngase en cuenta que los niveles mínimos exigidos más arriba se aplican a cada una de las aptitudes lingüísticas (expresión oral, expresión escrita, comprensión escrita y comprensión oral) solicitadas en el formulario de candidatura. Esas aptitudes corresponden a las del Marco común europeo de referencia para las lenguas (https://europass.cedefop.europa.eu/es/resources/european-language-levels-cefr).
En la presente convocatoria de oposición, se hará referencia a las lenguas según el esquema siguiente:
— |
Lengua 1: lengua utilizada para las pruebas de opciones múltiples por ordenador. |
— |
Lengua 2: lengua utilizada para la selección basada en cualificaciones (talent screener o evaluador de talentos), para las pruebas del centro de evaluación y para la comunicación entre la EPSO y los candidatos que hayan presentado un formulario de candidatura válido. Esta lengua deberá ser distinta de la lengua 1. |
La lengua 2 deberá ser el alemán, el francés, el inglés o el italiano .
Los candidatos seleccionados contratados para estos ámbitos particulares deben poseer un conocimiento satisfactorio (nivel mínimo de B2) del alemán, el francés, el inglés o el italiano. Si bien el conocimiento de otras lenguas puede constituir una ventaja, los servicios de la Comisión en cuestión emplean un número limitado de lenguas para el trabajo analítico, la comunicación interna y la redacción de decisiones, informes y otros documentos. Estos servicios contactan frecuentemente con los Estados miembros, partes interesadas externas y las principales instituciones con competencias en los ámbitos considerados (por ejemplo, el BCE, el BEI y la ABE), ubicadas principalmente en Bélgica, Luxemburgo, Francia y Alemania.
Más específicamente, las actividades realizadas en los ámbitos de la economía, las finanzas y la competencia conllevan contactos frecuentes con los Estados miembros (por ejemplo, en el marco del Semestre Europeo), con el sector de los servicios financieros y los mercados de capitales y con los agentes económicos, incluidas empresas de sectores tales como la banca, las finanzas, los seguros o la fabricación (por ejemplo, para la aplicación del Derecho de la UE en materia de competencia, en particular las inspecciones in situ).
Se trata de una elección motivada por el buen funcionamiento del servicio, ya que está comprobado que las lenguas antes mencionadas son las que más se usan en estos ámbitos. Algunas de dichas lenguas son especialmente importantes en algunos ámbitos en materia de competencia, lo que implica que solo los candidatos con un conocimiento satisfactorio del alemán, el francés, el inglés o el italiano, además de su lengua 1, serían operativos inmediatamente.
3) Condiciones específicas: cualificaciones y experiencia laboral
1. Derecho de la competencia:
— |
tener un nivel de formación correspondiente a un ciclo completo de estudios universitarios de al menos cuatro años de duración , acreditado por un título de Derecho, seguido de un mínimo de seis años de experiencia profesional relacionada con la aplicación de las normas y procedimientos en materia de competencia, |
o
— |
tener un nivel de formación correspondiente a un ciclo completo de estudios universitarios de al menos tres años de duración , acreditado por un título de Derecho, seguido de un mínimo de siete años de experiencia profesional relacionada con la aplicación de las normas y procedimientos en materia de competencia, |
o
— |
tener un nivel de formación correspondiente a un ciclo completo de estudios universitarios de al menos cuatro años de duración , acreditado por un título de otro ámbito, seguido de un mínimo de ocho años de experiencia profesional relacionada con la aplicación de las normas y procedimientos en materia de competencia, |
o
— |
tener un nivel de formación correspondiente a un ciclo completo de estudios universitarios de al menos tres años de duración , acreditado por un título de otro ámbito, seguido de un mínimo de nueve años de experiencia profesional relacionada con la aplicación de las normas y procedimientos en materia de competencia. |
2. Derecho financiero:
— |
tener un nivel de formación correspondiente a un ciclo completo de estudios universitarios de al menos cuatro años de duración , acreditado por un título de Derecho, seguido de un mínimo de seis años de experiencia profesional relacionada con la aplicación de las normas y procedimientos financieros, |
o
— |
tener un nivel de formación correspondiente a un ciclo completo de estudios universitarios de al menos tres años de duración , acreditado por un título de Derecho, seguido de un mínimo de siete años de experiencia profesional relacionada con la aplicación de las normas y procedimientos financieros. |
3. Derecho de la unión económica y monetaria:
— |
tener un nivel de formación correspondiente a un ciclo completo de estudios universitarios de al menos cuatro años de duración , acreditado por un título de Derecho, seguido de un mínimo de seis años de experiencia profesional relacionada con la aplicación de las normas y procedimientos de la UEM, |
o
— |
tener un nivel de formación correspondiente a un ciclo completo de estudios universitarios de al menos tres años de duración , acreditado por un título de Derecho, seguido de un mínimo de siete años de experiencia profesional relacionada con la aplicación de las normas y procedimientos de la UEM. |
4. Normas financieras aplicables al presupuesto de la UE:
— |
tener un nivel de formación correspondiente a un ciclo completo de estudios universitarios de al menos cuatro años de duración , acreditado por un título de Derecho, seguido de un mínimo de seis años de experiencia profesional relacionada con las normas y procedimientos financieros aplicables al presupuesto de la UE, |
o
— |
tener un nivel de formación correspondiente a un ciclo completo de estudios universitarios de al menos tres años de duración , acreditado por un título de Derecho, seguido de un mínimo de siete años de experiencia profesional relacionada con las normas y procedimientos financieros aplicables al presupuesto de la UE, |
o
— |
tener un nivel de formación correspondiente a un ciclo completo de estudios universitarios de al menos cuatro años de duración , acreditado por un título de otro ámbito, seguido de un mínimo de ocho años de experiencia profesional relacionada con las normas y procedimientos financieros aplicables al presupuesto de la UE, |
o
— |
tener un nivel de formación correspondiente a un ciclo completo de estudios universitarios de al menos tres años de duración , acreditado por un título de otro ámbito, seguido de un mínimo de nueve años de experiencia profesional relacionada con las normas y procedimientos financieros aplicables al presupuesto de la UE. |
5. Protección de las monedas de euro contra la falsificación:
— |
tener un nivel de formación correspondiente a un ciclo completo de estudios universitarios de al menos cuatro años de duración , acreditado por un título, seguido de un mínimo de seis años de experiencia profesional relacionada con la protección del euro contra la falsificación, |
o
— |
tener un nivel de formación correspondiente a un ciclo completo de estudios universitarios de al menos tres años de duración , acreditado por un título, seguido de un mínimo de siete años de experiencia profesional relacionada con la protección del euro contra la falsificación. |
Véanse, en el ANEXO IV, ejemplos de titulaciones mínimas exigidas.
PROCESO DE SELECCIÓN
1) Presentación de candidaturas
Al cumplimentar su formulario de candidatura, los candidatos deberán seleccionar una lengua 1 y una lengua 2. La lengua 1 podrá ser cualquiera de las 24 lenguas oficiales de la UE y la lengua 2 tendrá que ser el alemán, el francés, el inglés o el italiano. Además, se pedirá a los candidatos que confirmen el cumplimiento de las condiciones de admisión para el ámbito elegido y que faciliten otros datos pertinentes para el ámbito elegido de la oposición (por ejemplo, titulaciones, experiencia laboral y respuestas a las preguntas relacionadas con el ámbito en la pestaña talent screener).
Los candidatos pueden escoger cualquiera de las 24 lenguas oficiales de la UE para cumplimentar su formulario de candidatura, con excepción de la pestaña talent screener, que deberá cumplimentarse en la lengua 2 por los motivos siguientes: el talent screener es objeto de una evaluación comparativa por el tribunal de la oposición —el cual lo emplea además como documento de referencia durante la entrevista relacionada con el ámbito en el centro de evaluación— y se utiliza a efectos de contratación si el candidato aprueba la oposición. Redunda por tanto en interés del servicio y de los candidatos que el talent screener se cumplimente en la lengua 2.
Los candidatos deben tener en cuenta que accederán a todas las secciones de su formulario de candidatura el tribunal (durante la oposición) y los servicios de recursos humanos de las instituciones europeas (para la contratación de los candidatos seleccionados), que trabajan en un número limitado de lenguas vehiculares.
En caso de que aprueben la oposición y pasen a figurar en la lista de reserva, se solicitará a los candidatos que, si han utilizado otra lengua para cumplimentar el formulario de candidatura, faciliten a los servicios de contratación una traducción del formulario a la lengua 2 (alemán, francés, inglés o italiano).
Al validar su formulario de candidatura, los candidatos declaran por su honor que cumplen todas las condiciones mencionadas en la sección «Condiciones de admisión». Una vez validado su formulario, los candidatos no podrán hacer ninguna modificación posterior. Es responsabilidad de los candidatos cerciorarse de que han cumplimentado y validado sus formularios de candidatura dentro del plazo fijado .
2) Pruebas de opciones múltiples por ordenador
Si el número de candidatos para cada ámbito supera un determinado umbral fijado por el director de la EPSO en su condición de autoridad facultada para proceder a los nombramientos, todos los candidatos que hayan validado su formulario de candidatura dentro del plazo fijado serán convocados a una serie de pruebas de opciones múltiples por ordenador en uno de los centros acreditados de la EPSO.
Salvo indicación en contrario, los candidatos deberán reservar una fecha para las pruebas de opciones múltiples por ordenador, siguiendo las instrucciones que la EPSO facilite al efecto. Por lo general, se ofrecerán a los candidatos varias fechas en las que podrán realizar las pruebas, en diversos lugares. Los períodos de reserva y de realización de pruebas son limitados .
Si, en cambio, el número de candidatos está por debajo de dicho umbral , estas pruebas se celebrarán en el centro de evaluación (véase la sección 5).
Las pruebas de opciones múltiples por ordenador se organizarán del modo siguiente:
Pruebas |
Lengua |
Preguntas |
Duración |
Puntuación |
Puntuación mínima exigida |
Razonamiento verbal |
Lengua 1 |
20 preguntas |
35 minutos |
Nota sobre 20 puntos |
10 sobre 20 |
Razonamiento numérico |
Lengua 1 |
10 preguntas |
20 minutos |
Nota sobre 10 puntos |
Razonamiento numérico + razonamiento abstracto combinados: 10 sobre 20 |
Razonamiento abstracto |
Lengua 1 |
10 preguntas |
10 minutos |
Nota sobre 10 puntos |
Estas pruebas son eliminatorias, pero no se contabilizarán junto con las demás pruebas que se realizarán en el centro de evaluación.
3) Comprobación del cumplimiento de las condiciones de admisión
Las condiciones de admisión establecidas en la sección «Condiciones de admisión»se compararán con los datos facilitados en el formulario de candidatura en línea de los candidatos. La EPSO comprobará el cumplimiento de las condiciones generales y el tribunal de oposición el de las condiciones específicas según lo consignado en las secciones «diplomas y formación», «experiencia profesional»y «conocimientos lingüísticos»del formulario de candidatura en línea.
Pueden darse dos situaciones:
— |
En caso de que las pruebas de opciones múltiples por ordenador se hayan organizado previamente , se comprobará que los expedientes de los candidatos cumplen las condiciones de admisión, siguiendo un orden decreciente de la puntuación obtenida en esas pruebas hasta que el número de candidatos admisibles alcance el umbral fijado antes de las pruebas por el director de la EPSO en su condición de autoridad facultada para proceder a los nombramientos. No se examinarán los demás expedientes. |
— |
En caso de que las pruebas de opciones múltiples por ordenador no se hayan organizado previamente , se comprobará que todos los expedientes de los candidatos que hayan validado sus candidaturas antes del plazo cumplen las condiciones de admisión. |
4) Selección basada en cualificaciones (talent screener)
Para que el tribunal de oposición pueda llevar a cabo una comparación objetiva de los méritos de todos los candidatos de manera estructurada, todos los candidatos en el mismo ámbito de esta oposición deberán responder al mismo conjunto de preguntas en la pestaña talent screener del formulario de candidatura. La selección basada en cualificaciones se efectuará, únicamente respecto de aquellos candidatos que se considere que cumplen las condiciones de admisión conforme a lo descrito anteriormente en la sección 3, utilizando exclusivamente la información facilitada en la pestaña talent screener. Por lo tanto, los candidatos deberán incluir en ella toda la información pertinente, aunque ya se mencione en otras secciones del formulario de candidatura. Las preguntas se basan en los criterios de selección establecidos en la presente convocatoria.
Véase, en el ANEXO II, la lista de criterios.
Para realizar esta selección basada en cualificaciones, el tribunal de oposición asignará a cada criterio de selección un coeficiente de ponderación que refleje su importancia relativa (de 1 a 3) y atribuirá entre 0 y 4 puntos a cada una de las respuestas de los candidatos. La puntuación atribuida a cada respuesta se multiplicará por el coeficiente de ponderación asignado a la pregunta correspondiente y la suma total de todas las respuestas determinará los candidatos cuyo perfil responda mejor a las funciones que han de desempeñarse.
Solo los candidatos que hayan obtenido las puntuaciones totales más elevadas en la selección basada en cualificaciones accederán a la fase siguiente.
5) Centro de evaluación
Se convocará a participar en esta fase a un número máximo de tres veces el número de candidatos que se pretende seleccionar para cada ámbito. Los candidatos que cumplan las condiciones de admisión conforme a los datos consignados en su candidatura en línea y que hayan obtenido una de las puntuaciones totales más elevadas en la selección basada en cualificaciones serán convocados a participar en un centro de evaluación durante uno o dos días (muy probablemente en Bruselas ), en el que realizarán pruebas en su lengua 2 .
En el caso de que las pruebas de opciones múltiples por ordenador descritas en la sección 2 no se hayan organizado previamente , los candidatos las realizarán en el centro de evaluación. Estas pruebas son eliminatorias, pero la puntuación obtenida en ellas no se sumará a la de las demás pruebas del centro de evaluación para el cálculo de la puntuación total.
Salvo que se indique otra cosa, los candidatos deberán llevar a su centro de evaluación una memoria USB que contenga copias escaneadas de los documentos justificativos. La EPSO descargará los archivos de los candidatos durante las pruebas del centro de evaluación y les devolverá la memoria USB ese mismo día.
En el centro de evaluación se examinarán ocho competencias generales y las competencias relacionadas con el ámbito exigidas para cada uno de ellos, mediante cuatro pruebas (entrevista sobre competencias generales, entrevista relacionada con el ámbito, ejercicio en grupo y estudio de caso), como se indica en los cuadros siguientes:
Competencia |
Pruebas |
|||
|
Ejercicio en grupo |
Estudio de caso |
||
|
Estudio de caso |
Entrevista sobre competencias generales |
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|
Estudio de caso |
Entrevista sobre competencias generales |
||
|
Ejercicio en grupo |
Entrevista sobre competencias generales |
||
|
Ejercicio en grupo |
Estudio de caso |
||
|
Ejercicio en grupo |
Entrevista sobre competencias generales |
||
|
Ejercicio en grupo |
Entrevista sobre competencias generales |
||
|
Ejercicio en grupo |
Entrevista sobre competencias generales |
Puntuaciones mínimas exigidas: 3 sobre 10 para cada competencia y 40 sobre 80 en total
Competencia |
Prueba |
Puntuación mínima exigida |
Competencias relacionadas con el ámbito |
Entrevista relacionada con el ámbito |
50 sobre 100 |
6) Lista de reserva
Tras comprobar los documentos justificativos y las cualificaciones de los candidatos (talent screener), el tribunal elaborará una lista de reserva para cada ámbito —hasta alcanzar el número de candidatos que se pretende seleccionar— con los nombres de los candidatos que cumplan las condiciones de admisión y que hayan obtenido todas las puntuaciones mínimas exigidas y las puntuaciones totales más elevadas una vez concluido el centro de evaluación. Los nombres se incluirán en la lista por orden alfabético.
Tanto la lista de reserva como los pasaportes de competencias de los candidatos aprobados, mediante los que el tribunal proporciona información cualitativamente pertinente, se pondrán a disposición de las instituciones de la UE para los procesos de contratación y el desarrollo profesional futuro. El hecho de que un nombre figure en una lista de reserva no constituirá ni un derecho ni una garantía de contratación .
IGUALDAD DE OPORTUNIDADES Y ADAPTACIONES
La EPSO hace todo lo posible por aplicar una política de igualdad de oportunidades, de trato y de acceso a todos los candidatos.
Todo candidato que tenga una discapacidad o una situación médica que pueda afectar a su capacidad para realizar las pruebas deberá indicarlo en el formulario de candidatura y comunicar el tipo de adaptaciones que necesite.
Para obtener más información sobre nuestra política de igualdad de oportunidades y sobre el procedimiento para solicitar adaptaciones, consulte nuestro sitio web (https://epso.europa.eu/how-to-apply/equal-opportunities_es) y las normas generales adjuntas a la presente convocatoria (punto 1.3. Igualdad de oportunidades y adaptaciones).
PRESENTACIÓN DE CANDIDATURAS: PLAZO Y LUGAR
Para poder presentar la candidatura, es necesario crear primero una cuenta EPSO. Téngase en cuenta que únicamente debe crearse una cuenta para todas las candidaturas de la EPSO.
Las candidaturas deberán presentarse en línea en el sitio web de la EPSO (https://epso.europa.eu/job-opportunities_es) hasta el:
9 de julio de 2019 a las 12.00 horas del mediodía, hora central europea (CET).
ANEXO I
FUNCIONES
1. Derecho de la competencia
La Comisión Europea está buscando responsables de políticas o gestores de casos con conocimientos y experiencia sólidos en Derecho europeo de la competencia (antitrust, concentraciones y/o ayudas estatales) y experiencia confirmada en la aplicación de las normas y procedimientos en materia de competencia. Los candidatos deberán poseer una capacidad acreditada de análisis de casos de competencia, teniendo debidamente en cuenta los aspectos económicos, llevar a cabo evaluaciones jurídicas con arreglo a las normas y los procedimientos en materia de competencia y presentar proyectos legislativos.
Las principales funciones son realizar análisis relacionados con la política europea en materia de antitrust, concentraciones y ayudas estatales, y llevar a cabo tareas administrativas, consultivas y supervisoras relacionadas con las actividades de la política de competencia de la Unión Europea.
Las funciones de los responsables de políticas o de los gestores de casos variarán en función de si trabajan en el ámbito de la defensa de la competencia, las concentraciones o las ayudas estatales o en el Servicio Jurídico. No obstante, entre sus funciones podrán figurar, por ejemplo, las siguientes:
— |
evaluar si un acuerdo entre empresas o un comportamiento determinado podría constituir una infracción de los artículos 101 o 102 del TFUE; |
— |
evaluar si una operación de concentración notificada daría lugar a un obstáculo significativo de la competencia efectiva, en el sentido del artículo 2, apartados 2 y 3, del Reglamento (CE) n.o 139/2004 del Consejo (el «Reglamento de concentraciones») y si los compromisos ofrecidos por las partes eliminarían los problemas de competencia detectados al hilo de una operación de concentración; |
— |
evaluar las cuestiones jurisdiccionales que se pueden presentar durante las fases de un asunto, tales como si una operación constituye una concentración con dimensión europea que entre en el ámbito de aplicación del Reglamento de concentraciones; |
— |
evaluar las cuestiones procedimentales, en particular en el contexto de la concesión de acceso a los expedientes; |
— |
evaluar si una medida determinada puede calificarse de ayuda estatal de acuerdo con la definición establecida en el artículo 107, apartado 1, del TFUE; |
— |
analizar la evaluación de la compatibilidad de una medida de ayuda estatal con arreglo a las normas vigentes; |
— |
realizar investigaciones de mercado, en particular a través de cuestionarios y entrevistas a los participantes en el mercado; |
— |
preparar y redactar notas internas, decisiones de la Comisión y otros documentos procedimentales (como pliegos de cargos); |
— |
preparar y redactar legislación, comunicaciones de la Comisión y otros documentos en el ámbito de la política de la UE en materia de defensa de la competencia, concentraciones y ayudas estatales; |
— |
asistir o representar al Servicio Jurídico de la Comisión Europea en los litigios ante los tribunales de la Unión Europea. |
2. Derecho financiero
La Comisión Europea está buscando juristas con conocimientos y experiencia sólidos en Derecho financiero [principalmente, regulación bancaria, reestructuración y resolución bancarias, Derecho sobre servicios financieros (para los consumidores), Derecho aplicable a los valores, infraestructura de los mercados financieros, mercados de capitales y para actividades de postnegociación, sociedades y fondos de inversión, Derecho en materia de seguros y fondos de pensión, Derecho en materia de insolvencia y Derecho financiero de sociedades] y experiencia confirmada en la aplicación de la legislación pertinente o en el asesoramiento sobre esta.
Los juristas deben poseer una capacidad acreditada de elaborar dictámenes jurídicos, instrumentos jurídicos y otros documentos, analizar casos, realizar evaluaciones jurídicas y prestar asesoramiento.
Algunas de las principales funciones de los juristas son la preparación, redacción y negociación de la legislación de la Unión Europea, el seguimiento de la aplicación de dicha legislación y de su transposición en el ordenamiento jurídico nacional, la realización de tareas consultivas, administrativas y coordinadoras y la participación en foros internacionales en los ámbitos pertinentes. Las funciones de los juristas podrán variar según el ámbito del Derecho financiero en el que trabajen y podrán consistir en:
— |
contribuir a la definición de las políticas y al desarrollo de ámbitos específicos de la legislación de la Unión Europea en materia de servicios financieros y facilitar el proceso de toma de decisiones, en particular prestando asesoramiento jurídico y realizando aportaciones pertinentes; |
— |
desarrollar la legislación de la Unión Europea, en particular mediante la redacción de propuestas legislativas de la Comisión en ámbitos diversos del Derecho financiero, y garantizar la solidez y la coherencia jurídicas de los actos legislativos propuestos, incluidos los elaborados por las autoridades europeas de supervisión y refrendados por la Comisión Europea; |
— |
participar en las negociaciones interinstitucionales para la adopción de la legislación de la Unión Europea y asistir a reuniones en el Consejo y el Parlamento Europeo, presentando propuestas legislativas a las entidades reguladoras nacionales, las partes interesadas, los grupos de interés y otras instituciones de la Unión; |
— |
llevar a cabo investigaciones jurídicas exhaustivas sobre Derecho nacional, internacional o de la Unión Europea, incluida la jurisprudencia, proporcionar análisis pormenorizados de los temas asignados y elaborar dictámenes jurídicos, instrumentos jurídicos y documentos relativos a la aplicación y la interpretación de las normas y procedimientos en el ámbito de los servicios financieros, así como de cualquier otra disposición legal aplicable; |
— |
hacer un seguimiento de la conformidad del Derecho nacional con el Derecho de la Unión Europea (mantener contactos con las Administraciones nacionales, responder a preguntas de los ciudadanos, las empresas y las autoridades públicas, gestionar preguntas parlamentarias, peticiones al Parlamento Europeo y solicitudes de acceso a documentos, tramitar reclamaciones y gestionar las fases precontenciosas de una infracción del Derecho de la Unión Europea); |
— |
desempeñar tareas en el contexto de las fases de un litigio, como la asistencia en la elaboración de las tomas de posición/observaciones dirigidas al Tribunal de Justicia de la Unión Europea o el Tribunal General; |
— |
participar en las negociaciones de acuerdos internacionales o contribuir al trabajo de los organismos internacionales de normalización (como, por ejemplo, el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea, la Asociación Internacional de Inspectores de Seguros, el Consejo de Estabilidad Financiera, etc.), en particular para garantizar la convergencia de los marcos reglamentarios y de supervisión; |
— |
asistir a las reuniones preparatorias y servir de enlace con los homólogos pertinentes de las autoridades de supervisión del Sistema Europeo de Supervisión Financiera, contribuir al trabajo emprendido en otros grupos de trabajo internacionales pertinentes y participar en seminarios y conferencias sobre legislación en materia de servicios financieros; |
— |
cooperar con expertos y homólogos de las instituciones de la UE (Comisión Europea, Parlamento Europeo, Consejo de la UE, Banco Central Europeo), autoridades nacionales y otras partes interesadas; |
— |
preparar notas informativas y comunicados de prensa y representar a la Comisión en reuniones con los Estados miembros y las partes interesadas (inversores, sector, reguladores); |
— |
asistir o representar al Servicio Jurídico de la Comisión Europea en los litigios ante los tribunales de la Unión Europea. |
3. Derecho de la unión económica y monetaria
La Comisión Europea está buscando juristas con una experiencia sólida en el marco jurídico de la unión económica y monetaria y experiencia confirmada en este ámbito.
Los candidatos deben poseer una capacidad acreditada para evaluar las cuestiones jurídicas derivadas de la aplicación del capítulo del Tratado dedicado a la UEM y/o del Derecho derivado adoptado sobre la base de este. Deben ser capaces de contribuir a la preparación de propuestas legislativas y análisis en este ámbito y de proporcionar asesoramiento adecuado a la dirección.
Entre las funciones de los candidatos seleccionados podrán figurar, por ejemplo, las siguientes:
— |
evaluar la compatibilidad de las normas de los bancos centrales con los requisitos del Tratado; |
— |
preparar la parte jurídica del informe de convergencia que se contempla en el artículo 140 del Tratado (TFUE); |
— |
llevar a cabo una evaluación jurídica de la compatibilidad de la normativa nacional con el marco de la UE para la adhesión a la Unión; |
— |
gestionar las contribuciones a los procedimientos de infracción en el ámbito de la UEM; |
— |
contribuir a la redacción legislativa y a la negociación legislativa/intergubernamental de la normativa en el ámbito de la UEM; |
— |
asistir o representar al Servicio Jurídico de la Comisión Europea en los litigios ante los tribunales de la Unión Europea. |
4. Normas financieras aplicables al presupuesto de la UE
La Comisión Europea está buscando juristas con conocimientos y experiencia sólidos en lo relativo a las normas y procedimientos financieros aplicables al presupuesto de la UE (principalmente, el Reglamento Financiero; las normas sectoriales aplicables a la financiación de la UE en régimen de gestión compartida, a las políticas internas o a las relaciones exteriores; las normas sobre instrumentos financieros y garantías presupuestarias financiados con cargo al presupuesto de la UE; las normas sobre la lucha contra el fraude, como el sistema de exclusión y detección precoz) y experiencia confirmada en la aplicación de la legislación pertinente o en el asesoramiento sobre esta.
Los juristas deben poseer una capacidad acreditada de elaborar dictámenes jurídicos, instrumentos jurídicos y otros documentos, analizar casos, realizar evaluaciones jurídicas y prestar asesoramiento.
Algunas de las principales funciones de los juristas son la preparación, redacción y negociación de la legislación de la Unión Europea, el seguimiento de la aplicación de dicha legislación y de su transposición en el ordenamiento jurídico nacional, la realización de tareas consultivas, administrativas y coordinadoras y la participación en foros internacionales en los ámbitos pertinentes. Las funciones de los juristas podrán variar según el ámbito jurídico en el que trabajen y podrán consistir en:
— |
contribuir a la definición de las políticas y al desarrollo de ámbitos específicos de las normas y procedimientos financieros de la Unión Europea aplicables al presupuesto de la UE y facilitar el proceso de toma de decisiones, en particular prestando asesoramiento jurídico y realizando aportaciones pertinentes; |
— |
desarrollar la legislación de la Unión Europea, en particular mediante la redacción de propuestas legislativas de la Comisión en ámbitos diversos de las normas financieras aplicables al presupuesto de la UE y garantizar la solidez y la coherencia jurídicas de los actos legislativos propuestos, incluidos los elaborados por otras instituciones, organismos, agencias ejecutivas o asociaciones público-privadas de la UE; |
— |
asesorar sobre las normas y procedimientos financieros relativos a la ejecución del presupuesto de la Unión y, en particular, de los programas de gasto mediante diferentes instrumentos jurídicos (contratación pública, subvenciones, premios, gestión indirecta incluidos los acuerdos de delegación, instrumentos financieros y garantías presupuestarias), así como sobre la aplicación de normas sobre la lucha contra el fraude, como el sistema de exclusión y detección precoz; |
— |
redactar documentos jurídicos normalizados (en especial, contratos tipo y correspondencia jurídica) y orientaciones (vademécum y circulares) e impartir cursos de formación; |
— |
participar en las negociaciones interinstitucionales para la adopción de la legislación de la Unión Europea y asistir a reuniones en el Consejo y el Parlamento Europeo, presentando propuestas legislativas a las partes interesadas, los grupos de interés y otras instituciones de la Unión; |
— |
llevar a cabo investigaciones jurídicas exhaustivas sobre Derecho nacional, internacional o de la Unión Europea, incluida la jurisprudencia, proporcionar análisis pormenorizados de los temas asignados y elaborar dictámenes jurídicos, instrumentos jurídicos y documentos relativos a la aplicación y la interpretación de las normas y procedimientos en el ámbito de las normas financieras aplicables al presupuesto de la UE, así como de cualquier otra disposición legal aplicable; |
— |
hacer un seguimiento de la conformidad de las normas nacionales e internacionales con las normas y procedimientos financieros aplicables al presupuesto de la UE (mantener contactos con las Administraciones nacionales, responder a preguntas de los ciudadanos, las empresas y las autoridades públicas, gestionar preguntas parlamentarias, peticiones al Parlamento Europeo y solicitudes de acceso a documentos, tramitar reclamaciones y gestionar las fases precontenciosas de una infracción del Derecho de la Unión Europea); |
— |
desempeñar tareas en el contexto de las fases de un litigio, como la asistencia en la elaboración de las tomas de posición/observaciones dirigidas al Tribunal de Justicia de la Unión Europea o el Tribunal General; |
— |
participar en las negociaciones de acuerdos internacionales, especialmente para garantizar la convergencia con las normas financieras aplicables al presupuesto de la UE; |
— |
asistir a las reuniones preparatorias y servir de enlace con los homólogos pertinentes de las instituciones, organismos, agencias ejecutivas o asociaciones público-privadas de la UE o de organizaciones internacionales, y participar en seminarios y conferencias sobre las normas financieras aplicables al presupuesto de la UE; |
— |
colaborar con expertos y homólogos de las instituciones, organismos, agencias ejecutivas o asociaciones público-privadas de la UE, de organizaciones internacionales, de autoridades nacionales y de partes interesadas; |
— |
preparar notas informativas y comunicados de prensa y representar a la Comisión en reuniones con los Estados miembros y las partes interesadas; |
— |
asistir o representar al Servicio Jurídico de la Comisión Europea en los litigios ante los tribunales de la Unión Europea. |
5. Protección de las monedas de euro contra la falsificación
La Comisión Europea está buscando analistas con conocimientos y experiencia sólidos en la protección de las monedas de euro contra la falsificación. Los candidatos deben poseer una capacidad acreditada de llevar a cabo análisis técnicos y clasificaciones de las monedas de euro que se sospeche que se han falsificado. Una experiencia demostrada de tipo policial en la lucha contra la falsificación del euro representa una ventaja.
Entre las funciones de los candidatos seleccionados podrán figurar las siguientes:
— |
realizar análisis técnicos de las monedas de euro que se sospeche que se han falsificado y clasificar los nuevos tipos de monedas en euro falsificadas de conformidad con el Reglamento (CE) n.o 1338/2001 del Consejo; |
— |
preparar información relacionada con las falsificaciones de monedas de euro para su uso por autoridades policiales especializadas; |
— |
prestar asistencia a los centros nacionales de análisis de monedas (CNAM), y coordinar a estos, en el análisis de las monedas de euro falsificadas y en el refuerzo de la protección del euro contra el fraude y la falsificación; |
— |
contribuir a la aplicación de la política de la Comisión para la protección del euro contra la falsificación, en particular mediante la organización y realización de actividades de formación en el marco del programa «Pericles 2020», de conformidad con el Reglamento (UE) n.o 331/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo; |
— |
facilitar la aplicación del Reglamento (UE) n.o 1210/2010 del Parlamento Europeo y del Consejo y del Reglamento (CE) n.o 2182/2004 del Consejo; |
— |
coordinar los recursos pertinentes de la Casa de la Moneda de París, sita en Pessac, de conformidad con la Decisión (UE) 2017/1507 de la Comisión; |
— |
colaborar con las instituciones de la UE, las autoridades nacionales y otras partes interesadas pertinentes en la formulación de una política eficaz de protección del euro contra la falsificación; |
— |
organizar reuniones periódicas del Grupo de Expertos en Falsificación de Moneda y de su subgrupo, y asistir a dichas reuniones; |
— |
preparar y elaborar informes estadísticos y técnicos, notas internas, notas informativas y otros documentos pertinentes sobre las monedas de euro; |
— |
representar a la Comisión y al CTCE en los comités, grupos de trabajo y reuniones con otras instituciones y el sector privado; |
— |
realizar presentaciones en el marco de conferencias y reuniones internacionales. |
Fin del ANEXO I: pulse aquí para regresar al texto principal.
ANEXO II
CRITERIOS DE SELECCIÓN
El tribunal de oposición tendrá en consideración los criterios siguientes para la selección basada en cualificaciones:
1. Derecho de la competencia
1) |
Experiencia profesional con la aplicación de las normas y procedimientos del Derecho de la competencia de la UE o del Derecho de la competencia de los Estados miembros adquirida en un bufete de abogados. |
2) |
Experiencia profesional con la aplicación de las normas y procedimientos del Derecho de la competencia de la UE o del Derecho de la competencia de los Estados miembros adquirida en una autoridad nacional o internacional en materia de competencia. |
3) |
Experiencia profesional con la aplicación de las normas y procedimientos del Derecho de la competencia de la UE o del Derecho de la competencia de los Estados miembros adquirida en una o más de las siguientes entidades:
|
4) |
Experiencia profesional con la aplicación de las normas y procedimientos del Derecho de la competencia de la UE o del Derecho de la competencia de los Estados miembros en los siguientes ámbitos específicos:
|
5) |
Experiencia profesional en un bufete de abogados, en una empresa como abogado en plantilla, en un organismo público nacional o internacional o en un órgano jurisdiccional nacional o internacional en uno de los ámbitos siguientes:
|
6) |
Experiencia profesional, en el ámbito del Derecho de la competencia, en una consultoría estratégica y/o en una consultoría económica. |
7) |
Máster y/o doctorado con especialización en Derecho de la competencia. |
8) |
Experiencia relativa al Derecho de la competencia (antitrust: acuerdos restrictivos, posición dominante, cárteles; concentraciones; y/o ayudas estatales) en una o más de las actividades siguientes:
|
2. Derecho financiero
1) |
Experiencia profesional en Derecho financiero, tal como se describe en la naturaleza de las funciones, adquirida en una o más de las siguientes entidades:
|
2) |
Experiencia profesional en la redacción de actos legislativos o de documentos, decisiones y dictámenes sobre asuntos relacionados con el Derecho financiero. |
3) |
Experiencia profesional en relación con aspectos de Derecho privado de las finanzas (es decir, Derecho contractual o de los fondos fiduciarios, Derecho del capital de inversión, estructuración de la financiación de deuda y Derecho de las inversiones). |
4) |
Experiencia profesional relacionada con el Derecho financiero en un contexto internacional. |
5) |
Máster y/o doctorado con especialización en ámbitos del Derecho financiero y/o del Derecho de la Unión Europea. |
6) |
Experiencia profesional relacionada con el Derecho financiero [principalmente, regulación bancaria, reestructuración y resolución bancarias, Derecho sobre servicios financieros (para los consumidores), Derecho aplicable a los valores, infraestructura de los mercados financieros, mercados de capitales y para actividades de posnegociación, sociedades y fondos de inversión, Derecho en materia de seguros y fondos de pensión, Derecho en materia de insolvencia y Derecho financiero de sociedades] en una de las actividades siguientes o en ambas:
|
7) |
Experiencia profesional relacionada con el Derecho financiero [principalmente, regulación bancaria, reestructuración y resolución bancarias, Derecho sobre servicios financieros (para los consumidores), Derecho aplicable a los valores, infraestructura de los mercados financieros, mercados de capitales y para actividades de posnegociación, sociedades y fondos de inversión, Derecho en materia de seguros y fondos de pensión, Derecho en materia de insolvencia y Derecho financiero de sociedades] en una de las actividades siguientes o en ambas:
|
8) |
Experiencia profesional en negociaciones internacionales de actos normativos y/u otros documentos (como recomendaciones o directrices) emitidos por organizaciones y organismos internacionales. |
3. Derecho de la unión económica y monetaria (UEM)
1) |
Experiencia profesional en cuestiones jurídicas relacionadas con la UEM (principalmente, análisis jurídicos, preparación de las decisiones del Consejo de Gobierno y asesoramiento jurídico al gobernador) en un banco central de la UE. |
2) |
Experiencia profesional en cuestiones jurídicas relacionadas con la UEM (principalmente, análisis jurídicos, preparación o negociación de textos jurídicos relacionados con la UEM y preparación de la posición jurídica de la institución u organismo de la UE sobre cuestiones jurídicas de la UEM) en una institución u organismo de la UE. |
3) |
Experiencia profesional en cuestiones jurídicas relacionadas con la UEM (principalmente, análisis jurídicos, participación directa en la negociación de textos jurídicos de la UEM y preparación de las posiciones nacionales sobre asuntos jurídicos de la UEM) en un Ministerio de Finanzas de la UE. |
4) |
Experiencia profesional relacionada con el Derecho de la UEM adquirida en una de las actividades siguientes o en ambas:
|
5) |
Máster y/o doctorado con especialización en Derecho de la UEM. |
6) |
Experiencia profesional relacionada con el Derecho de la UEM adquirida en un contexto internacional. |
7) |
Experiencia profesional en mandatos relacionados con la UEM adquirida en un bufete de abogados. |
4. Normas financieras aplicables al presupuesto de la UE
Téngase en cuenta que las menciones del Reglamento Financiero que aparecen en los criterios 1, 2 y 7 se refieren al Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo (1).
1) |
Experiencia profesional con las normas y procedimientos financieros aplicables al presupuesto de la UE [principalmente: a) Reglamento Financiero; b) normas y procedimientos financieros específicos para los organismos, las agencias ejecutivas o las asociaciones público-privadas de la Unión; c) normas y procedimientos financieros sectoriales aplicables a la financiación de la UE en régimen de gestión compartida; d) normas y procedimientos financieros aplicables a la financiación de la UE para políticas internas o relaciones exteriores; e) normas sobre subvenciones o contratación pública; f) normas sobre instrumentos financieros y garantías presupuestarias financiadas con cargo al presupuesto de la UE; g) normas sobre la lucha contra el fraude (por ejemplo, sistema de exclusión y detección precoz)], adquirida en una o más de las siguientes organizaciones de la UE:
|
2) |
Experiencia profesional con las normas y procedimientos financieros aplicables al presupuesto de la UE [principalmente en los ámbitos siguientes: a) Reglamento Financiero; b) normas financieras específicas para los organismos, las agencias ejecutivas o las asociaciones público-privadas de la Unión; c) normas sectoriales aplicables a la financiación de la UE en régimen de gestión compartida, a las políticas internas o a las relaciones exteriores; d) normas sobre subvenciones o contratación pública; e) normas sobre instrumentos financieros y garantías presupuestarias financiadas con cargo al presupuesto de la UE; f) normas sobre la lucha contra el fraude (por ejemplo, sistema de exclusión y detección precoz)], adquirida en una o más de las siguientes entidades:
|
3) |
Experiencia profesional en la redacción de actos legislativos, decisiones, dictámenes y otros documentos sobre asuntos relacionados con las normas y procedimientos financieros aplicables al presupuesto de la UE. |
4) |
Experiencia profesional en los aspectos de Derecho privado de las normas y procedimientos financieros aplicables al presupuesto de la UE (principalmente, contratación pública, acuerdos de subvención, instrumentos financieros y garantías presupuestarias, Derecho contractual o de los fondos fiduciarios, aspectos del Derecho del capital de inversión y estructuración de la financiación de la deuda). |
5) |
Experiencia profesional en negociaciones de actos normativos y/u otros documentos (como recomendaciones o directrices) emitidos por organizaciones y organismos internacionales o instituciones financieras. |
6) |
Máster y/o doctorado con especialización en Derecho de la Unión Europea y/o Derecho mercantil. |
7) |
Experiencia profesional con las normas y procedimientos financieros aplicables al presupuesto de la UE [principalmente en los ámbitos siguientes: a) Reglamento Financiero; b) normas financieras específicas para los organismos, las agencias ejecutivas o las asociaciones público-privadas de la Unión; c) normas sectoriales aplicables a la financiación de la UE en régimen de gestión compartida, a las políticas internas o a las relaciones exteriores; d) normas sobre subvenciones o contratación pública; e) normas sobre instrumentos financieros y garantías presupuestarias financiadas con cargo al presupuesto de la UE; f) normas sobre la lucha contra el fraude (por ejemplo, sistema de exclusión y detección precoz)], adquirida en una o más de las siguientes entidades:
|
5. Protección de las monedas de euro contra la falsificación
1) |
Experiencia profesional en la aplicación de las normas y procedimientos del Derecho nacional y/o de la UE sobre la protección del euro contra la falsificación. Esta experiencia profesional deberá haberse adquirido trabajando en una de las entidades siguientes o en ambas:
|
2) |
Experiencia profesional en el análisis técnico de monedas de euro falsificadas. |
3) |
Experiencia profesional en la clasificación de monedas de euro falsificadas. |
4) |
Experiencia de tipo policial en la lucha contra la falsificación del euro. |
5) |
Experiencia profesional en el uso de herramientas informáticas específicas para el análisis y la clasificación de monedas de euro falsificadas, principalmente el Sistema de Control de Falsificaciones. |
6) |
Experiencia profesional con la aplicación de los Reglamentos (UE) n.o 1210/2010 y/o (CE) n.o 2182/2004. |
7) |
Experiencia profesional en la elaboración de informes estadísticos y técnicos. |
8) |
Experiencia profesional en cooperación internacional dentro de la UE o con terceros países en el ámbito de la protección del euro contra la falsificación. |
9) |
Experiencia profesional en la concepción y organización de reuniones, conferencias, cursos técnicos o talleres de la UE o internacionales, o en la participación en ellos como ponente. |
10) |
Participación en cursos de formación sobre detección, análisis o clasificación de monedas falsificadas.
Fin del ANEXO II: pulse aquí para regresar al texto principal. |
(1) Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 1296/2013, (UE) n.o 1301/2013, (UE) n.o 1303/2013, (UE) n.o 1304/2013, (UE) n.o 1309/2013, (UE) n.o 1316/2013, (UE) n.o 223/2014 y (UE) n.o 283/2014 y la Decisión n.o 541/2014/UE y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) n.o 966/2012 (DO L 193 de 30.7.2018, p. 1).
ANEXO III
NORMAS GENERALES APLICABLES A LAS OPOSICIONES GENERALES
INFORMACIÓN GENERAL
En el marco de los procesos de selección organizados por la EPSO, cualquier referencia a personas de un determinado género se entiende también hecha a los demás.
En caso de que haya varios candidatos con la misma puntuación para el último puesto en cualquier fase de la oposición, todos ellos accederán a la siguiente fase. Todos los candidatos que sean readmitidos en virtud de la estimación de un recurso serán asimismo convocados a la siguiente fase.
En caso de que haya varios candidatos con la misma nota para el último puesto disponible en la lista de reserva, todos ellos serán incluidos en la lista. Todos los candidatos que sean readmitidos en virtud de la estimación de un recurso en esta fase del proceso serán asimismo añadidos a la lista de reserva.
1. CONDICIONES DE ADMISIÓN
1.1. Condiciones generales y específicas
Las condiciones generales y específicas (incluido el conocimiento de lenguas) para cada ámbito o perfil se indican en la sección «Condiciones de admisión».
Las condiciones específicas relativas a las cualificaciones y experiencia profesional y al conocimiento de lenguas varían en función del perfil solicitado. En su candidatura, conviene que los candidatos aporten la máxima información posible en lo que se refiere a sus cualificaciones y experiencia profesional (cuando sea necesario) de interés para las funciones del puesto , tal como se describe en la sección «Condiciones de admisión»de la presente convocatoria.
a) |
Títulos y diplomas: Las titulaciones, hayan sido expedidas en países pertenecientes a la UE o no, deberán ser homologadas por un organismo oficial de un Estado miembro de la UE, por ejemplo el Ministerio de Educación de un Estado miembro. A este respecto, el tribunal tomará en consideración las diferencias entre los sistemas de enseñanza.
En el caso de las titulaciones de enseñanza superior y de formación técnica, profesional o especializada, los candidatos deberán indicar las materias cursadas, la duración y si se trató de cursos a tiempo completo o a tiempo parcial, o de estudios nocturnos. |
b) |
La experiencia profesional (cuando sea necesario) solo se tendrá en cuenta si se corresponde con las funciones del puesto y cumple las condiciones siguientes:
|
1.2. Documentos justificativos
Los candidatos deberán presentar, en momentos diferentes del proceso de selección, un documento oficial acreditativo de su nacionalidad (por ejemplo, el pasaporte o el documento de identidad) que deberá estar en vigor en la fecha límite de presentación del formulario de candidatura (fecha límite de presentación de la primera parte del formulario de candidatura, en el caso de que el formulario tenga que presentarse en dos partes).
Todos los períodos de actividad profesional deberán acreditarse mediante originales o fotocopias certificadas de los documentos siguientes:
— |
referencias del empleador o empleadores anteriores y del empleador o empleadores actuales que indiquen la naturaleza y el nivel de las funciones ejercidas y las fechas de inicio y finalización, con el membrete y el sello oficiales de la empresa y el nombre y la firma del responsable, o |
— |
el contrato o los contratos de trabajo, la primera nómina y la última, con una descripción detallada de las funciones desempeñadas; |
— |
(en el caso de actividades profesionales por cuenta propia, por ejemplo trabajadores autónomos, profesiones liberales, etc.), las facturas u órdenes de pedido que especifiquen las actividades ejercidas o cualquier otro documento acreditativo oficial pertinente; |
— |
(en el caso de los intérpretes de conferencias a quienes se exija experiencia profesional) documentos que certifiquen el número de días y las lenguas de interpretación (lengua de partida y lengua meta), relacionados específicamente con la interpretación de conferencias. |
En general, no se exigirá ningún documento acreditativo de los conocimientos lingüísticos, salvo para determinados perfiles lingüísticos o especializados.
Se podrá pedir a los candidatos información o documentación adicional en cualquier fase del proceso. La EPSO comunicará a los candidatos qué documentos acreditativos deberán presentar y el plazo para hacerlo.
1.3. Igualdad de oportunidades y adaptaciones
Si los candidatos tienen una discapacidad o una situación médica que pueda afectar a su capacidad para realizar las pruebas, deberán indicarlo en el formulario de candidatura y comunicar el tipo de adaptaciones que necesiten. Si la discapacidad o la situación médica sobrevienen después de haber validado el formulario de candidatura, los candidatos deberán informar a la EPSO lo antes posible, utilizando la información que se indica a continuación.
Los candidatos deberán enviar a la EPSO un certificado expedido por la autoridad nacional de su país o un certificado médico para que sus solicitudes puedan ser tenidas en cuenta. Los documentos acreditativos se examinarán para que se puedan realizar, dentro de lo razonable, las adaptaciones necesarias.
En caso de problemas de accesibilidad o si necesitan más información, los candidatos podrán ponerse en contacto con el equipo de accesibilidad de la EPSO a través de los medios siguientes:
— |
correo electrónico (EPSO-accessibility@ec.europa.eu); |
— |
fax +32 22998081, o |
— |
correo postal: |
Oficina Europea de Selección de Personal (EPSO) |
Accesibilidad EPSO |
Avenue de Cortenbergh/Kortenberglaan 25 |
1049 Bruxelles/Brussel |
BELGIQUE/BELGIË |
2. ÓRGANOS DE EVALUACIÓN
Se ha nombrado un tribunal de oposición para comparar y seleccionar a los mejores candidatos en función de sus competencias, aptitudes y cualificaciones, de conformidad con las condiciones establecidas en la presente convocatoria de oposición. El tribunal determinará el nivel de dificultad de las pruebas y aprobará su contenido sobre la base de las propuestas de la EPSO.
A fin de garantizar la independencia del tribunal, queda prohibido terminantemente a los candidatos o a cualquier persona ajena al tribunal intentar ponerse en contacto con alguno de sus miembros, excepto en el marco de las pruebas que exijan la interacción directa entre los candidatos y el tribunal.
Los candidatos que deseen manifestar sus observaciones o hacer valer sus derechos deberán hacerlo por escrito, y remitirán su correspondencia dirigida al tribunal de oposición a la EPSO, que la transmitirá a dicho tribunal. Queda prohibida, so pena de descalificación, toda intervención directa o indirecta de los candidatos que no se atenga a dichos procedimientos.
La existencia de un vínculo de parentesco o una relación jerárquica entre un miembro del tribunal de oposición y un candidato dará lugar, en particular, a un conflicto de interés. Se pedirá a los tribunales de oposición que declaren esta circunstancia a la EPSO tan pronto como tengan conocimiento de ella. La EPSO evaluará cada caso individualmente y adoptará las medidas oportunas. El incumplimiento de estas normas podrá exponer a los miembros del tribunal a una sanción disciplinaria y acarrear la descalificación de los candidatos de la oposición (véase la sección 4.4).
Los nombres de los miembros del tribunal se publican en el sitio web de la EPSO (https://epso.europa.eu/home_es) antes del comienzo de la fase o centro de evaluación.
3. COMUNICACIÓN
3.1. Comunicación con la EPSO
Se recomienda a los candidatos consultar su cuenta EPSO como mínimo dos veces por semana para mantenerse al corriente de su progreso en la oposición. En caso de que no puedan hacerlo debido a un problema técnico de la EPSO, deberán informar de ello a la EPSO de inmediato, exclusivamente a través del sitio web de la EPSO (https://epso.europa.eu/help_es).
La EPSO se reserva el derecho a no facilitar información que ya se indique claramente en la convocatoria de oposición, en sus anexos o en el sitio web de la EPSO, incluida su sección de «Preguntas frecuentes».
En toda la correspondencia relativa a una candidatura, los candidatos deberán indicar su nombre y apellidos (tal como figuren en su cuenta EPSO), su número de candidatura y el número de referencia del proceso de selección.
La EPSO aplica los principios del Código de buena conducta administrativa https://ec.europa.eu/info/about-european-union/principles-and-values/ethics-and-integrity/code-conduct-eu-staff_es, publicado en el Diario Oficial. En consecuencia, la EPSO se reserva el derecho a poner fin a cualquier intercambio de correspondencia inadecuada, es decir, que sea repetitiva, ofensiva o no pertinente.
3.2. Acceso a la información
Los candidatos tienen derechos específicos de acceso a determinada información que les atañe personalmente, los cuales se otorgan en virtud de la obligación de motivación para permitir recurrir contra las decisiones denegatorias.
Esta obligación de motivación debe conciliarse con el respeto de la confidencialidad de las actuaciones del tribunal, que garantiza su independencia y la objetividad de la selección. Esa confidencialidad implica que no podrán divulgarse las posturas adoptadas por los distintos miembros de los tribunales de oposición o las evaluaciones comparativas de los candidatos.
Estos derechos de acceso a la información corresponden exclusivamente a los candidatos de cada oposición general concreta y la legislación sobre el acceso público a los documentos no podrá dar lugar a derechos distintos de los indicados en la presente sección.
3.2.1. Comunicación automática
Los candidatos recibirán automáticamente la información siguiente a través de su cuenta EPSO después de cada fase del proceso de selección organizado para una oposición concreta:
— |
pruebas de opciones múltiples por ordenador: sus resultados y un cuadro con sus respuestas y las respuestas correctas por número o letra de referencia. El acceso a la formulación de las preguntas y respuestas está expresamente excluido; |
— |
cumplimiento de las condiciones de admisión: si han sido admitidos; en caso contrario, las condiciones de admisión no cumplidas; |
— |
«talent screener»(evaluador de talentos): sus resultados y un cuadro con la ponderación de las respuestas, la puntuación atribuida a sus respuestas y su puntuación total; |
— |
pruebas preliminares: sus resultados; |
— |
pruebas intermedias: sus resultados si no están entre los candidatos admitidos a la siguiente fase; |
— |
fase o centro de evaluación: si no han sido excluidos, su pasaporte de competencias, en el que figurarán su puntuación global para cada competencia y las observaciones del tribunal de la oposición, que proporcionan información cuantitativa y cualitativa sobre su prestación en la fase o centro de evaluación. |
En general, la EPSO no comunicará a los candidatos los textos originales o los ejercicios de las pruebas, por estar prevista su reutilización en futuras oposiciones. No obstante, en el caso de determinados ejercicios podrá publicar excepcionalmente los textos o funciones originales en su sitio web si:
— |
las pruebas han finalizado; |
— |
los resultados se han determinado y comunicado a los candidatos, y |
— |
no está previsto reutilizar los textos originales o los ejercicios en futuras oposiciones. |
3.2.2. Solicitudes de información
Los candidatos podrán solicitar una copia no corregida de sus respuestas a las pruebas escritas en los casos en que no esté previsto reutilizar su contenido en futuras oposiciones, quedando excluidas expresamente las respuestas a los estudios de caso.
Los documentos con las respuestas de los candidatos corregidas y los detalles de la puntuación están amparados, en particular, por el secreto de las actuaciones del tribunal de oposición y no se divulgarán.
La EPSO se esforzará por facilitar la máxima información posible a los candidatos, de conformidad con su obligación de motivación, el carácter secreto de las actuaciones de los tribunales de oposición y las normas relativas a la protección de los datos personales. Todas las solicitudes de información se evaluarán en consonancia con estas obligaciones.
Las solicitudes de información deberán presentarse a través de la sección «Contacte con nosotros»del sitio web de la EPSO (https://epso.europa.eu/help_es) en el plazo de diez días naturales a partir de la fecha de publicación de los resultados de los candidatos en su cuenta EPSO.
4. RECLAMACIONES Y ANOMALÍAS
4.1. Anomalías técnicas y organizativas
Si los candidatos observan un problema grave de carácter técnico u organizativo en cualquier fase del proceso de selección, deberán informar de ello a la EPSO, exclusivamente a través de su sitio web (https://epso.europa.eu/help_es), a fin de que esta pueda investigar el asunto y adoptar medidas correctoras.
En toda la correspondencia de los candidatos, estos deberán indicar su nombre y apellidos (tal como figuren en su cuenta EPSO), su número de candidatura y el número de referencia del proceso de selección.
Si el problema se plantea en un centro de pruebas, los candidatos deberán:
— |
avisar a los vigilantes de inmediato para que se pueda buscar una solución en el propio centro. En cualquier caso, deberán pedirles que registren su reclamación por escrito, y |
— |
deberán ponerse en contacto con la EPSO en un plazo de tres días naturales después de las pruebas a través de su sitio web (https://epso.europa.eu/help_es) con una breve descripción del problema. |
Si el problema se plantea fuera de un centro de pruebas (principalmente en relación con los procesos de reserva de pruebas), los candidatos deberán seguir las instrucciones de su cuenta EPSO y del sitio web de la EPSO o ponerse en contacto inmediatamente con la EPSO a través de su sitio web (https://epso.europa.eu/help_es).
Para los problemas con su candidatura, los candidatos deberán ponerse en contacto con la EPSO inmediatamente, y en cualquier caso, antes de la fecha límite para la presentación de candidaturas, a través del sitio web de la EPSO (https://epso.europa.eu/help_es). Es posible que las preguntas enviadas menos de cinco días hábiles antes de la fecha límite para la presentación de candidaturas no se contesten antes de que finalice el plazo.
4.2. Procedimientos internos de revisión
4.2.1. Errores en las pruebas de opciones múltiples por ordenador
La base de datos de las pruebas de opciones múltiples por ordenador está sujeta a un control de calidad exhaustivo permanente por parte de la EPSO y los tribunales de oposición.
Si los candidatos consideran que un error en una o varias de las pruebas de opciones múltiples por ordenador ha afectado a su capacidad de respuesta, tendrán el derecho a solicitar que el tribunal de oposición examine la pregunta o preguntas (en el marco del procedimiento de «neutralización»).
Con arreglo a ese procedimiento, el tribunal de oposición podrá decidir anular la pregunta errónea y repartir los puntos entre las restantes preguntas de la prueba. Únicamente los candidatos que hayan recibido esta pregunta se verán afectados por el nuevo cálculo. La puntuación de las pruebas se mantendrá según lo indicado en las secciones correspondientes de la presente convocatoria de oposición.
Los trámites que deben seguirse en las reclamaciones relativas a las pruebas de opciones múltiples por ordenador son los siguientes:
— |
procedimiento: póngase en contacto con la EPSO únicamente a través de su sitio web (https://epso.europa.eu/help_es); |
— |
lengua: se empleará la lengua 2 elegida para la oposición en cuestión; |
— |
plazo: tres días naturales a partir de la fecha de realización de las correspondientes pruebas de opciones múltiples por ordenador; |
— |
información adicional: los candidatos deberán describir el contenido de la pregunta o preguntas impugnadas a fin de identificarla(s), y explicar la naturaleza del supuesto error de la forma más clara posible. |
No se tendrán en cuenta las reclamaciones recibidas fuera de plazo o que no describan claramente la pregunta o preguntas impugnadas y el supuesto error.
En particular, no se tendrán en cuenta las reclamaciones que simplemente aleguen problemas de traducción sin especificarlos claramente.
Se aplicará el mismo procedimiento de revisión en lo que respecta a los errores que se produzcan en el ejercicio de bandeja electrónica.
4.2.2. Solicitudes de revisión
Los candidatos podrán presentar una solicitud de revisión de cualquier decisión adoptada por el tribunal de oposición o por la EPSO que establezca sus resultados o determine si acceden a la siguiente fase de la oposición o si quedan excluidos.
Las solicitudes de revisión podrán basarse en:
— |
una irregularidad sustancial en el proceso de oposición, y/o |
— |
el incumplimiento por el tribunal de oposición o por la EPSO del Estatuto de los funcionarios, la convocatoria de oposición, sus anexos y/o la jurisprudencia. |
Los candidatos han de tener en cuenta que no estarán autorizados a impugnar la validez de la evaluación del tribunal de oposición en lo que respecta a la calidad de su prestación en una prueba o a la pertinencia de sus cualificaciones y experiencia profesional. Esta evaluación es un juicio de valor realizado por el tribunal de oposición y el desacuerdo de los candidatos con la evaluación por dicho tribunal de sus pruebas, experiencia o cualificaciones no supondrá que el tribunal haya cometido un error. Las solicitudes de revisión presentadas sobre esta base no obtendrán una respuesta positiva.
Los trámites que deben seguirse en las solicitudes de revisión son los siguientes:
— |
procedimiento: póngase en contacto con la EPSO únicamente a través de su sitio web (https://epso.europa.eu/help_es); |
— |
lengua: se empleará la lengua 2 elegida para la oposición en cuestión; |
— |
plazo: diez días naturales a partir de la fecha en que la decisión impugnada haya sido publicada en la cuenta EPSO del candidato; |
— |
información adicional: los candidatos deberán indicar claramente la decisión que desean impugnar y los motivos de la impugnación. |
Las solicitudes recibidas fuera de plazo no se tomarán en consideración.
Los candidatos que soliciten la revisión recibirán un acuse de recibo en el plazo de quince días hábiles. El órgano que adoptó la decisión impugnada (el tribunal de oposición o la EPSO) analizará la solicitud del candidato y este recibirá una respuesta motivada en el plazo más breve posible.
En caso de que el resultado sea positivo, el candidato será readmitido en el proceso de selección en la fase en la que haya sido excluido, con independencia de cuánto haya avanzado el proceso de la oposición hasta el momento de la readmisión.
4.3. Otras formas de impugnación
4.3.1. Reclamaciones administrativas
Los candidatos de las oposiciones generales tienen derecho a presentar una reclamación administrativa ante el director de la EPSO, en su calidad de autoridad facultada para proceder a los nombramientos.
Podrán presentar una reclamación contra una decisión, o la no adopción de una decisión, que afecte directa e inmediatamente a su situación jurídica como candidatos, únicamente si las normas que regulan el proceso de selección han sido claramente vulneradas. El director de la EPSO no podrá invalidar un juicio de valor realizado por un tribunal de oposición (véase la sección 4.2.2).
Los trámites que deben seguirse en las reclamaciones administrativas son los siguientes:
— |
procedimiento: póngase en contacto con la EPSO únicamente a través de su sitio web (https://epso.europa.eu/help_es); |
— |
lengua: se empleará la lengua 2 elegida para la oposición en cuestión; |
— |
plazo: tres meses a partir de la notificación de la decisión impugnada o de la fecha en que debería haberse tomado una decisión; |
— |
información adicional: los candidatos deberán indicar claramente la decisión que desean impugnar y los motivos de la impugnación. |
Las solicitudes recibidas fuera de plazo no se tomarán en consideración.
4.3.2. Recursos judiciales
Los candidatos de las oposiciones generales tienen derecho a interponer un recurso judicial ante el Tribunal General, de conformidad con el artículo 270 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y el artículo 91 del Estatuto de los funcionarios.
Los candidatos han de tener en cuenta que los recursos interpuestos contra decisiones adoptadas por la EPSO y no por el tribunal de oposición solo serán admisibles ante el Tribunal General si se ha presentado previamente una reclamación administrativa en virtud del artículo 90, apartado 2, del Estatuto de los funcionarios (véase la sección 4.3.1). Así ocurre, en particular, con las decisiones relativas a las condiciones de admisión generales, que son adoptadas por la EPSO y no por el tribunal de oposición.
Los trámites que deben seguirse en los recursos judiciales son los siguientes:
— |
procedimiento: véase el sitio web del Tribunal General (http://curia.europa.eu/jcms/). |
4.3.3. Defensor del Pueblo Europeo
Cualquier ciudadano de la UE o residente en ella puede presentar una reclamación ante el Defensor del Pueblo Europeo.
Antes de presentar una reclamación ante el Defensor del Pueblo Europeo, los candidatos deberán haber efectuado los trámites administrativos pertinentes ante las instituciones u organismos correspondientes (véanse las secciones 4.1 a 4.3).
La presentación de una reclamación ante el Defensor del Pueblo Europeo no ampliará los plazos para la presentación de reclamaciones administrativas o recursos judiciales.
Los trámites que deben seguirse en las reclamaciones ante el Defensor del Pueblo Europeo son los siguientes:
— |
procedimiento: véase el sitio web del Defensor del Pueblo Europeo (http://www.ombudsman.europa.eu/). |
4.4. Descalificación del proceso de selección
Los candidatos podrán ser descalificados en cualquier fase del proceso de selección, si la EPSO descubre que:
— |
han creado más de una cuenta EPSO; |
— |
han presentado candidaturas a ámbitos o perfiles incompatibles entre sí; |
— |
no cumplen todas las condiciones de admisión; |
— |
han realizado declaraciones falsas o no sustentadas en documentos adecuados; |
— |
no han reservado sus pruebas o no se han presentado a una o más de ellas; |
— |
han cometido fraude en las pruebas; |
— |
no han señalado en su formulario de candidatura las lenguas exigidas en la presente convocatoria de oposición, o el nivel mínimo requerido para dichas lenguas; |
— |
han intentado ponerse en contacto con un miembro del tribunal de oposición de forma no autorizada; |
— |
no han informado a la EPSO de un posible conflicto de interés con un miembro del tribunal de oposición; |
— |
han presentado su candidatura en una lengua distinta de las especificadas en la presente convocatoria de oposición (podrá admitirse el uso de otra lengua en lo que respecta a nombres propios, títulos oficiales y denominaciones de los puestos de trabajo que se indiquen en los documentos acreditativos o en los membretes o denominaciones de los títulos), y/o |
— |
han firmado o han realizado una marca distintiva en las pruebas escritas o prácticas corregidas de forma anónima. |
Los candidatos que deseen ser contratados por las instituciones de la UE deberán demostrar la máxima integridad. Cualquier fraude o intento de fraude podrá dar lugar a una sanción y poner en peligro su admisión a futuras oposiciones.
Fin del ANEXO III: pulse aquí para volver al texto principal.
ANEXO IV
EJEMPLOS DE TITULACIONES MÍNIMAS POR PAÍS Y POR GRADO QUE CORRESPONDEN, EN PRINCIPIO, A LAS EXIGIDAS POR LAS CONVOCATORIAS DE OPOSICIÓN
Pulse aquí para acceder a una versión de lectura fácil de estos ejemplos.
PAÍS |
AST-SC 1 a AST-SC 6 AST 1 a AST 7 |
AST 3 a AST 11 |
AD 5 a AD 16 |
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Enseñanza secundaria (que dé acceso a la enseñanza superior) |
Enseñanza superior (ciclo superior no universitario o ciclo universitario corto de una duración legal mínima de dos años) |
Enseñanza de nivel universitario (de una duración legal mínima de tres años) |
Enseñanza de nivel universitario (de una duración legal mínima de cuatro años) |
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Belgique — België — Belgien |
Certificat de l’enseignement secondaire supérieur (CESS)/Diploma secundair onderwijs Diplôme d’aptitude à accéder à l’enseignement supérieur (DAES)/Getuigschrift van hoger secundair onderwijs Diplôme d’enseignement professionnel/Getuigschrift van het beroepssecundair onderwijs |
Candidature/Kandidaat Graduat/Gegradueerde Bachelor/Professioneel gerichte Bachelor |
Bachelor académique (180 crédits) Academisch gerichte Bachelor (180 ECTS) |
Licence/Licentiaat Master Diplôme d’études approfondies (DEA) Diplôme d’études spécialisées (DES) Diplôme d’études supérieures spécialisées (DESS) Gediplomeerde in de Voortgezette Studies (GVS) Gediplomeerde in de Gespecialiseerde Studies (GGS) Gediplomeerde in de Aanvullende Studies (GAS) Agrégation/Aggregaat Ingénieur industriel/Industrieel ingenieur Doctorat/Doctoraal diploma |
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България |
Диплома за завършено средно образование |
Специалист по … |
|
Диплома за висше образование Бакалавър Магистър |
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Česká republika |
Vysvědčení o maturitní zkoušce |
Vysvědčení o absolutoriu (Absolutorium) + diplomovaný specialista (DiS.) |
Diplom o ukončení bakalářského studia (Bakalář) |
Diplom o ukončení vysokoškolského studia Magistr Doktor |
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Danmark |
Bevis for: Studentereksamen Højere Forberedelseseksamen (HF) Højere Handelseksamen (HHX) Højere Afgangseksamen (HA) Bac pro: Bevis for Højere Teknisk Eksamen (HTX) |
Videregående uddannelser = Bevis for = Eksamensbevis som (erhvervsakademiuddannelse AK) |
Bachelorgrad (BA eller BS) Professionsbachelorgrad Diplomingeniør |
Kandidatgrad/Candidatus Master/Magistergrad (mag.art) Licenciatgrad ph.d.-grad |
||||||||||||
Deutschland |
Abitur/Zeugnis der allgemeinen Hochschulreife Fachabitur/Zeugnis der Fachhochschulreife |
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Fachhochschulabschluss Bachelor |
Hochschulabschluss/ Fachhochschulabschluss/ Master Magister Artium/Magistra Artium Staatsexamen/Diplom Erstes Juristisches Staatsexamen Doktorgrad |
||||||||||||
Eesti |
Gümnaasiumi lõputunnistus + riigieksamitunnistus Lõputunnistus kutsekeskhariduse omandamise kohta |
Tunnistus keskhariduse baasil kutsekeskhariduse omandamise kohta |
Bakalaureusekraad (min 120 ainepunkti) Bakalaureusekraad (< 160 ainepunkti) |
Rakenduskõrghariduse diplom Bakalaureusekraad (160 ainepunkti) Magistrikraad Arstikraad Hambaarstikraad Loomaarstikraad Filosoofiadoktor Doktorikraad (120–160 ainepunkti) |
||||||||||||
Éire/Ireland |
Ardteistiméireacht, Grád D3, I 5 ábhar/Leaving Certificate Grade D3 in 5 subjects Gairmchlár na hArdteistiméireachta (GCAT)/Leaving Certificate Vocational Programme (LCVP) |
Teastas Náisiúnta/National Certificate Gnáthchéim bhaitsiléara/Ordinary bachelor degree Dioplóma náisiúnta (ND, Dip.)/National diploma (ND, Dip.) Ardteastas (120 ECTS)/Higher Certificate (120 ECTS) |
Céim onóracha bhaitsiléara (3 bliana/180 ECTS) (BA, B.Sc, B.Eng)/Honours bachelor degree (3 years/180 ECTS) (BA, B.Sc, B.Eng) |
Céim onóracha bhaitsiléara (4 bliana/240 ECTS)/Honours bachelor degree (4 years/240 ECTS) Céim ollscoile/University degree Céim mháistir (60-120 ECTS)/Master’s degree (60-120 ECTS) Dochtúireacht/Doctorate |
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Ελλάδα |
Απολυτήριο Γενικού Λυκείου Απολυτήριο Κλασικού Λυκείου Απολυτήριο Τεχνικού Επαγγελματικού Λυκείου Απολυτήριο Ενιαίου Πολυκλαδικού Λυκείου Απολυτήριο Ενιαίου Λυκείου Απολυτήριο Τεχνολογικού Επαγγελματικού Εκπαιδευτηρίου |
Δίπλωμα επαγγελματικής κατάρτισης (ΙΕΚ) |
|
Πτυχίο ΑΕΙ (πανεπιστημίου, πολυτεχνείου, ΤΕΙ) Μεταπτυχιακό Δίπλωμα Ειδίκευσης (2ος κύκλος) Διδακτορικό Δίπλωμα (3ος κύκλος) |
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España |
Bachillerato + Curso de Orientación Universitaria (COU) Bachillerato BUP Diploma de Técnico especialista |
FP grado superior (Técnico superior) |
Diplomado/Ingeniero técnico |
Licenciatura Máster Ingeniero Título de Doctor |
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France |
Baccalauréat Diplôme d’accès aux études universitaires (DAEU) Brevet de technicien |
Diplôme d’études universitaires générales (DEUG) Brevet de technicien supérieur (BTS) Diplôme universitaire de technologie (DUT) Diplôme d’études universitaires scientifiques et techniques (DEUST) |
Licence |
Maîtrise Maîtrise des sciences et techniques (MST), maîtrise des sciences de gestion (MSG), diplôme d’études supérieures techniques (DEST), diplôme de recherche technologique (DRT), diplôme d’études supérieures spécialisées (DESS), diplôme d’études approfondies (DEA), master 1, master 2 professionnel, master 2 recherche Diplôme des grandes écoles Diplôme d’ingénieur Doctorat |
||||||||||||
Hrvatska |
Svjedodžba o državnoj maturi Svjedodžba o završnom ispitu |
Stručni pristupnik/pristupnica |
Baccalaureus/Baccalaurea (sveučilišni prvostupnik/prvostupnica) |
Baccalaureus/Baccalaurea (sveučilišni prvostupnik/prvostupnica) Stručni specijalist Magistar struke Magistar inženjer/magistrica inženjerka (mag. ing) Doktor struke Doktor umjetnosti |
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Italia |
Diploma di maturità (vecchio ordinamento) Perito ragioniere Diploma di superamento dell’esame di Stato conclusivo dei corsi di studio di istruzione secondaria superiore |
Diploma universitario (DU) Certificato di specializzazione tecnica superiore Attestato di competenza (4 semestri) |
Diploma di laurea – L (breve) |
Diploma di laurea (DL) Laurea specialistica (LS) Master di I livello Dottorato di ricerca (DR) |
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Κύπρος |
Απολυτήριο |
Δίπλωμα = Programmes offered by Public/Private Schools of Higher Education (for the latter accreditation is compulsory) Higher Diploma |
|
Πανεπιστημιακό Πτυχίο/Bachelor Master Doctorat |
||||||||||||
Latvija |
Atestāts par vispārējo vidējo izglītību Diploms par profesionālo vidējo izglītību |
Diploms par pirmā līmeņa profesionālo augstāko izglītību |
Bakalaura diploms (min. 120 kredītpunktu) |
Bakalaura diploms (160 kredītpunktu) Profesionālā bakalaura diploms Maģistra diploms Profesionālā maģistra diploms Doktora grāds |
||||||||||||
Lietuva |
Brandos atestatas |
Aukštojo mokslo diplomas Aukštesniojo mokslo diplomas |
Profesinio bakalauro diplomas Aukštojo mokslo diplomas |
Aukštojo mokslo diplomas Bakalauro diplomas Magistro diplomas Daktaro diplomas Meno licenciato diplomas |
||||||||||||
Luxembourg |
Diplôme de fin d’études secondaires et techniques |
BTS Brevet de maîtrise Brevet de technicien supérieur Diplôme de premier cycle universitaire (DPCU) Diplôme universitaire de technologie (DUT) |
Bachelor Diplôme d’ingénieur technicien |
Master Diplôme d’ingénieur industriel DESS en droit européen |
||||||||||||
Magyarország |
Gimnáziumi érettségi bizonyítvány Szakközépiskolai érettségi-képesítő bizonyítvány |
Felsőfokú szakképesítést igazoló bizonyítvány (Higher Vocational Programme) |
Főiskolai oklevél Alapfokozat (Bachelor degree 180 credits) |
Egyetemi oklevél Alapfokozat (Bachelor degree 240 credits) Mesterfokozat (Master degree) (Osztatlan mesterképzés) Doktori fokozat |
||||||||||||
Malta |
Advanced Matriculation or GCE Advanced level in 3 subjects (2 of them grade C or higher) Matriculation certificate (2 subjects at Advanced level and 4 at Intermediate level including Systems of Knowledge with overall grade A-C) + Passes in the Secondary Education Certificate examination at Grade 5 2 A Levels (passes A-C) + a number of subjects at Ordinary level, or equivalent |
MCAST diplomas/certificates Higher National Diploma |
Bachelor’s degree |
Bachelor’s degree Master of Arts Doctorate |
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Nederland |
Diploma VWO Diploma staatsexamen (2 diploma’s) Diploma staatsexamen voorbereidend wetenschappelijk onderwijs (Diploma staatsexamen VWO) Diploma staatsexamen hoger algemeen voortgezet onderwijs (Diploma staatsexamen HAVO) |
Kandidaatsexamen Associate degree (AD) |
Bachelor (WO) HBO bachelor degree Baccalaureus of «Ingenieur» |
HBO/WO Master’s degree Doctoraal examen/Doctoraat |
||||||||||||
Österreich |
Matura/Reifeprüfung Reife- und Diplomprüfung Berufsreifeprüfung |
Kollegdiplom/Akademiediplom |
Fachhochschuldiplom/Bakkalaureus/Bakkalaurea |
Universitätsdiplom Fachhochschuldiplom Magister/Magistra Master Diplomprüfung, Diplom-Ingenieur Magisterprüfungszeugnis Rigorosenzeugnis Doktortitel |
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Polska |
Świadectwo dojrzałości Świadectwo ukończenia liceum ogólnokształcącego |
Dyplom ukończenia kolegium nauczycielskiego Świadectwo ukończenia szkoły policealnej |
Licencjat/Inżynier |
Magister/Magister inżynier Dyplom doktora |
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Portugal |
Diploma de Ensino Secundário Certificado de Habilitações do Ensino Secundário |
|
Bacharel Licenciado |
Licenciado Mestre Doutorado |
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România |
Diplomă de bacalaureat |
Diplomă de absolvire (colegiu universitar) Învățământ preuniversitar |
Diplomă de licență |
Diplomă de licență Diplomă de inginer Diplomă de urbanist Diplomă de master Certificat de atestare (studii academice postuniversitare) Diplomă de doctor |
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Slovenija |
Maturitetno spričevalo (spričevalo o poklicni maturi) (spričevalo o zaključnem izpitu) |
Diploma višje strokovne šole |
Diploma o pridobljeni visoki strokovni izobrazbi |
Univerzitetna diploma Magisterij Specializacija Doktorat |
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Slovensko |
Vysvedčenie o maturitnej skúške |
Absolventský diplom |
Diplom o ukončení bakalárskeho štúdia (Bakalár) |
Diplom o ukončení vysokoškolského štúdia Bakalár (Bc.) Magister Magister/Inžinier ArtD. |
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Suomi/Finland |
Ylioppilastutkinto tai peruskoulu + kolmen vuoden ammatillinen koulutus - Studentexamen eller grundskola + treårig yrkesinriktad utbildning Todistus yhdistelmäopinnoista (Betyg över kombinationsstudier) |
Ammatillinen opistoasteen tutkinto - Yrkesexamen på institutnivå |
Kandidaatin tutkinto - Kandidatexamen/Ammattikorkeakoulututkinto - Yrkeshögskoleexamen (min. 120 opintoviikkoa - studieveckor) |
Maisterin tutkinto - Magisterexamen/ Ammattikorkeakoulututkinto - Yrkeshögskoleexamen (min. 160 opintoviikkoa - studieveckor) Tohtorin tutkinto (Doktorsexamen) joko 4 vuotta tai 2 vuotta lisensiaatin tutkinnon jälkeen - antingen 4 år eller 2 år efter licentiatexamen Lisensiaatti/Licentiat |
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Sverige |
Slutbetyg från gymnasieskolan (3-årig gymnasial utbildning) |
Högskoleexamen (80 poäng) Högskoleexamen, 2 år, 120 högskolepoäng Yrkeshögskoleexamen/Kvalificerad yrkeshögskoleexamen, 1–3 år |
Kandidatexamen (akademisk examen omfattande minst 120 poäng, varav 60 poäng fördjupade studier i ett ämne + uppsats motsvarande 10 poäng) Meriter på grundnivå: Kandidatexamen, 3 år, 180 högskolepoäng (Bachelor) |
Magisterexamen (akademisk examen omfattande minst 160 poäng, varav 80 poäng fördjupade studier i ett ämne + uppsats motsvarande 20 poäng eller två uppsatser motsvarande 10 poäng vardera)
Meriter på avancerad nivå:
Meriter på forskarnivå:
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United Kingdom |
General Certificate of Education Advanced level — 2 passes or equivalent (grades A to E) BTEC National Diploma General National Vocational Qualification (GNVQ), advanced level Advanced Vocational Certificate of Education, A level (VCE A level) |
Higher National Diploma/Certificate (BTEC)/SCOTVEC Diploma of Higher Education (DipHE) National Vocational Qualifications (NVQ) Scottish Vocational Qualifications (SVQ) level 4 |
(Honours) Bachelor degree Nota: Master’s degree in Scotland |
Honours Bachelor degree Master’s degree (MA, MB, MEng, MPhil, MSc) Doctorate |
Fin del ANEXO IV: pulse aquí para regresar al texto principal.