ISSN 1977-0928

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 119A

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Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

61.° año
5 de abril de 2018


Número de información

Sumario

Página

 

V   Anuncios

 

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

 

Consejo

2018/C 119 A/01

Anuncio de vacante CONS/AD/136/18

1

2018/C 119 A/02

Anuncio de vacante CONS/AD/137/18

20

2018/C 119 A/03

Anuncio de vacante CONS/AD/138/18

39

2018/C 119 A/04

Anuncio de vacante CONS/AD/139/18

57

2018/C 119 A/05

Anuncio de vacante CONS/AD/140/18

76


ES

 


V Anuncios

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

Consejo

5.4.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

CA 119/1


ANUNCIO DE VACANTE CONS/AD/136/18

(2018/C 119 A/01)

INFORMACIÓN GENERAL

Servicio

Dirección General C — Asuntos Exteriores, Ampliación y Protección Civil

Dirección 2 — Ampliación, Seguridad, Protección Civil, Apoyo al Consejo de Asuntos Exteriores

Lugar de trabajo

Bruselas

Denominación del puesto

Director

Categoría y grado

AD 14

Habilitación de seguridad exigida

EU SECRET

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE CANDIDATURAS

25/04/2018

QUIÉNES SOMOS

La Secretaría General del Consejo (SGC) brinda asistencia al Consejo Europeo y al Consejo de la UE así como a sus órganos preparatorios en todos sus ámbitos de actividad. Presta asesoramiento y apoyo a los miembros del Consejo Europeo y del Consejo, así como a sus presidentes en todos los ámbitos de actividad, lo que incluye el asesoramiento jurídico y político, la coordinación con otras instituciones, la elaboración de transacciones, la redacción así como todos los aspectos prácticos que son necesarios para la correcta preparación y funcionamiento del Consejo Europeo y del Consejo.

Su departamento de Asuntos Exteriores, Ampliación y Protección Civil (DG C) apoya las actividades del Consejo, en particular a las Presidencias tanto rotatorias como permanentes de las formaciones del Consejo correspondientes, para todo el ámbito de las relaciones exteriores de la UE.

La DG C consta de dos Direcciones: la Dirección 1, responsable de Comercio, Desarrollo, Cuestiones Horizontales y Apoyo al Consejo de Asuntos Exteriores, y la Dirección 2, responsable de Ampliación, Seguridad, Protección Civil, y Apoyo al Consejo de Asuntos Exteriores.

La Dirección 2, para la cual queremos contratar a un director, apoya el trabajo del Consejo y de sus órganos subordinados, así como del Consejo Europeo y su presidente en los ámbitos de la política europea de vecindad, la ampliación y las relaciones con los países afectados, la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC) y el Espacio Económico Europeo (EEE), la Política Común de Seguridad y Defensa (PCSD) de la UE, la gestión de crisis y el Dispositivo Integrado de Respuesta Política a las Crisis (DIRPC).

Se advierte a los candidatos que la futura reorganización de la Secretaría podría dar lugar a modificaciones de las funciones de los puestos que solicitan.

QUÉ TIPO DE PERSONA BUSCAMOS

Buscamos un gestor (M/F) capaz de dirigir y motivar a un equipo compuesto por casi cincuenta personas que trabajan en un contexto política e institucionalmente complejo. Bajo la autoridad del director general, el director será responsable de tres unidades, asesorará a sus superiores y, en caso necesario, al presidente del Consejo Europeo y a su equipo, tanto en cuanto a contenido como a procedimiento. Planificará el aprovechamiento óptimo y sucesivo desarrollo de la plantilla de su Dirección y representará a la SGC ante la Presidencia, el Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE), la Comisión, el Parlamento Europeo y otras entidades exteriores.

Se exige a los candidatos al puesto un vasto conocimiento de las políticas de la UE, especialmente en el ámbito de las relaciones exteriores. El candidato seleccionado deberá proveer, de modo regular, información y asesoría de alta calidad, inclusive a corto plazo y de alto nivel político, ser capaz de adaptarse con flexibilidad a unos objetivos políticos cambiantes y a las situaciones de crisis y trabajar en un horario irregular.

El puesto requiere una gran capacidad de organización y planificación, una excelente comprensión de las cuestiones políticas e institucionales y unas aptitudes interpersonales sobresalientes.

Dado que la SGC fomenta una cultura de movilidad entre su personal directivo, al que se exige una dilatada experiencia, los aspirantes deben estar dispuestos y capacitados para trabajar en diferentes ámbitos de actividad a lo largo de su carrera profesional en la SGC.

Como directivo de la SGC, se espera del candidato que asesore a sus superiores y a las partes interesadas, administre a su plantilla y represente a la SGC. En el anexo I se describe con mayor detalle el perfil horizontal de los directivos de la SGC.

DESCRIPCIÓN GENERAL DEL PUESTO

Gestionar su Dirección y prestar asesoramiento, bajo la autoridad del Director General, en los ámbitos correspondientes al mandato de la Dirección.

Proporcionar asesoramiento de alto nivel sobre actuaciones y procedimientos, verbalmente y por escrito, al Consejo Europeo, al Consejo, al Coreper, a sus presidencias y al secretario general en todos los aspectos de los expedientes comprendidos en el mandato de la dirección.

Ayudar a la presidencia en las negociaciones y garantizar una comunicación y una cooperación eficaces con las instituciones, las agencias y otros órganos en este ámbito.

FUNCIONES

Bajo la autoridad del director general, dirigir su Dirección, organizar sus actividades y respaldar y motivar al personal en su trabajo.

Definir los objetivos que deben alcanzarse y contribuir a su logro mediante la elaboración del programa de trabajo de la Dirección, velando por controlar adecuadamente la aplicación del mismo.

Representar a su servicio a nivel de directores, tanto dentro como fuera de la SGC, especialmente en sus relaciones con la Presidencia rotatoria, así como en sus relaciones con las demás instituciones.

Participar en negociaciones y sesiones informativas o prestar asistencia a las mismas con el fin de lograr compromisos y soluciones.

Garantizar la calidad de los servicios y productos que facilite la Dirección.

Garantizar una comunicación y cooperación efectivas, tanto dentro de la Dirección como con otros servicios de la SGC.

Garantizar la gestión profesional de los recursos de la Dirección.

Asesorar al Consejo Europeo, al Consejo, al Coreper y sus presidencias y al secretario general en todos los aspectos de los expedientes con el fin de contribuir a encontrar soluciones.

Analizar los expedientes como preparación de las decisiones del secretario general.

Mantener contactos con interlocutores externos y representar a la SGC en los foros exteriores.

Velar por que se respeten las normas y procedimientos que deban aplicarse en los ámbitos pertinentes de la Dirección.

Contribuir a garantizar el cumplimiento de las normas y procedimientos aplicables al ámbito correspondiente.

Coordinar la presentación al Consejo de las propuestas de las que la SGC sea responsable.

CONDICIONES DE TRABAJO

Exigencia de presencia fuera del horario laboral normal para atender las necesidades del servicio así como para las reuniones del Consejo Europeo y sesiones del Consejo relativas a asuntos que correspondan al mandato de la Dirección.

Misiones en el extranjero, incluso al exterior de la UE (aproximadamente ocho al año en promedio).

Misiones periódicas a Luxemburgo, en abril, junio y octubre.

COMPETENCIAS ESPECÍFICAS

Competencias profesionales

Dado que el francés y el inglés se utilizan de forma generalizada con fines de comunicación interna en la SGC, se requiere un conocimiento excelente de una de las dos lenguas y un buen conocimiento de la otra. Se valorará el conocimiento de otras lenguas oficiales de la UE.

Se valorará especialmente para el puesto la experiencia profesional en el ámbito de los asuntos exteriores, inclusive las relaciones con las presidencias del Consejo.

Muy buen conocimiento de la estructura y el funcionamiento del Consejo y de la relación con las demás instituciones

Muy buena percepción del entorno político.

Vasto conocimiento de las políticas y aspectos institucionales de la UE.

Capacidad de manejar información con discreción.

Capacidad para hallar y proponer soluciones a los problemas; la competencia «buen criterio y aptitudes de solución de problemas» es esencial para este trabajo.

Realización de tareas y obtención de resultados

La competencia general «Planificar y organizar» es esencial para este trabajo.

Cumplir plazos críticos o delicados.

Cualidades personales

La competencia general «Sentido de la responsabilidad» es esencial para este trabajo.

Capacidad de anticipar y detectar posibles problemas y resolverlos.

La competencia general «Capacidad de adaptación» es esencial para este trabajo.

Aptitudes interpersonales

La competencia general «Comunicación interpersonal» es esencial para este trabajo.

Ser capaz de dirigir y motivar a equipos multidisciplinarios y multiculturales.

Competencias de gestión

Gestión del trabajo y de los recursos, conciencia organizativa, capacidad de decisión, liderazgo y desarrollo del equipo.

CONDICIONES DE ADMISIÓN

El aspirante deberá cumplir las siguientes condiciones en el momento de presentar su candidatura:

a)

Condiciones generales

ser nacional de uno de los Estados miembros de la Unión Europea;

estar en plena posesión de sus derechos civiles;

encontrarse en situación regular respecto de la legislación aplicable en materia de servicio militar.

b)

Condiciones específicas

haber realizado un ciclo completo de enseñanza universitaria acreditado por un título (1);

un mínimo de quince años de experiencia profesional pertinente, de los cuales al menos tres en un puesto directivo al frente de una entidad administrativa con responsabilidades de gestión y organizativas, o en un puesto con responsabilidades importantes de coordinación.

OBSERVACIONES

La Secretaría General del Consejo mantiene un compromiso de igualdad de oportunidades (véase el anexo II) y acoge activamente las solicitudes de todos los candidatos y aptos procedentes de los entornos más variados y del ámbito geográfico más amplio posible de los Estados miembros de la UE. Con el fin de promover la igualdad entre hombres y mujeres, la SGC fomenta las candidaturas femeninas, actualmente infrarrepresentadas en el ámbito directivo.

La Dirección de Recursos Humanos puede prestar asistencia a las personas con discapacidad durante los procedimientos de contratación. Pueden realizarse adaptaciones razonables del puesto de trabajo para las personas con discapacidad. La SGC ofrece asimismo diversas medidas de conciliación de la vida profesional con la vida privada. Para más información al respecto, póngase en contacto con la Oficina de Igualdad de Oportunidades (egalite-des-chances@consilium.europa.eu).

Este puesto exige una habilitación de seguridad que dé acceso a documentos clasificados (nivel/EU SECRET). Se entiende que los aspirantes aceptarán someterse a una investigación de seguridad de conformidad con la Decisión 2013/488/UE del Consejo (2). El nombramiento para el puesto solo tendrá efecto a condición de que el candidato seleccionado haya obtenido un certificado de habilitación de seguridad válido. A los candidatos sin habilitación de seguridad se les ofrecerá un contrato temporal hasta que se obtengan los resultados de la investigación de seguridad.

La persona solicitante deberá estar dispuesta a seguir, en caso necesario, el programa de formación en gestión de la SGC.

Vacante publicada de conformidad con el artículo 29, apartado 2, del Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea (3) (vacante de altos funcionarios).

El puesto ha sido publicado también en todas las instituciones de la Unión Europea.

Al elegir al candidato seleccionado, la autoridad facultada para proceder a los nombramientos estará asistida por un comité consultivo de selección. El comité consultivo de selección estará respaldado por un centro de evaluación. Los informes redactados por el centro de evaluación dejarán de ser válidos dos años después de la fecha en que se llevaron a cabo los ejercicios correspondientes, o en el momento de la resolución del contrato marco entre la SGC y el centro de evaluación de que se trate, si esta fecha fuese anterior.

El comité consultivo de selección evaluará y comparará inicialmente las cualificaciones, la experiencia y la motivación de todos los candidatos a tenor de sus candidaturas. Basándose en esa evaluación comparativa, el comité consultivo de selección elaborará la lista de candidatos preseleccionados que a su juicio sean más adecuados, que serán invitados a una primera entrevista. Puesto que esta primera selección se basa en una evaluación comparativa de las solicitudes, el cumplimiento de los requisitos de la presente convocatoria no garantiza que se sea invitado a la primera entrevista. Entre los candidatos entrevistados, el comité consultivo de selección preseleccionará a unos candidatos que acudirán a un centro de evaluación gestionado por consultores externos de selección de personal y mantendrán una segunda entrevista con el comité consultivo de selección.

La planificación provisional de la selección es la siguiente:

está previsto que los candidatos seleccionados para las entrevistas reciban la notificación a principios de junio de 2018;

las primeras entrevistas están programadas para junio de 2018;

está previsto que el centro de evaluación sea convocado en junio de 2018;

la segunda ronda de entrevistas está programada para finales de junio de 2018.

CÓMO PRESENTAR LA CANDIDATURA

La fecha límite para presentar las candidaturas es el 25 de abril de 2018.

Las candidaturas deberán enviarse por correo electrónico a la dirección selection.of.officials-applications.management.posts@consilium.europa.eu, a más tardar en la fecha límite.

Para ser válidas, las candidaturas deberán incluir:

a)

el formulario de candidatura (Anexo V) debidamente cumplimentado y fechado; el formulario de candidatura electrónico puede encontrarse en la sede electrónica del Consejo con el siguiente enlace: http://www.consilium.europa.eu/en/general-secretariat/jobs/job-opportunities/

b)

una carta de motivación, que destaque la experiencia, los conocimientos y las capacidades relacionados con el puesto, acompañada de un curriculum vitae detallado, en inglés o en francés, preferentemente en formato Europass (http://europass.cedefop.europa.eu), que abarque la totalidad de la carrera del aspirante y en el que se enumeren, entre otros, las cualificaciones del solicitante, su conocimiento de idiomas, su experiencia y las funciones que desempeña actualmente; y

c)

fotocopias de los títulos que acrediten la formación y fotocopias de los documentos y de los certificados relativos a la experiencia profesional. Los documentos justificantes de la experiencia profesional deberán haber sido expedidos por terceros, sin que sea suficiente el envío del curriculum vitae indicado en la letra b).

Todos los documentos justificantes adjuntados a la candidatura deberán enviarse en formato Word, pdf o jpg, ir nombrados (en inglés o francés) y estar numerados consecutivamente (anexo 1, anexo 2, etc.). Deberá adjuntarse asimismo una lista de todos los anexos. No se tendrán en cuenta las candidaturas enviadas a través de soluciones de almacenamiento de datos basadas en la nube ni en plataformas de puesta en común de ficheros.

Se pedirá a los aspirantes seleccionados para el puesto que presenten los originales de dichos documentos.

REVISIÓN DE LAS CANDIDATURAS

Los procedimientos aplicables a las solicitudes de revisión, las vías de recurso y las reclamaciones al Defensor del Pueblo Europeo figuran en el anexo III de la presente convocatoria.

PROTECCIÓN DE DATOS

Las normas que regulan el tratamiento de datos personales en relación con el presente procedimiento de selección figuran en el anexo IV de la presente convocatoria.


(1)  El artículo 5, apartado 3, letra c), del Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea requiere que los aspirantes posean al menos:

i)

un nivel de educación correspondiente a estudios universitarios completos, acreditados por un título, cuando la duración normal de la enseñanza universitaria sea como mínimo de cuatro años, o

ii)

un nivel de educación correspondiente a estudios universitarios completos, acreditados por un título, y una experiencia profesional adecuada de un año como mínimo, cuando la duración normal de la enseñanza universitaria sea como mínimo de tres años.

(2)  DO L 274 de 15.10.2013, p. 1.

(3)  Estatuto de los funcionarios y régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea, establecidos por el Reglamento (CEE, Euratom, CECA) n.o 259/68 del Consejo y modificados en último lugar por el Reglamento (UE) n.o 1023/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2013. http://eur-lex.europa.eu.


ANEXO I

El perfil horizontal de los directivos de la SGC

Como directivo de la SGC, su valor añadido consiste en actuar en calidad tanto de asesor como de directivo, y representa siempre a la SGC.

En el desempeño de estas funciones, se espera de Ud.:

Como representante

Que actúe con integridad, tanto en el ámbito externo como en el interno.

Que actúe en interés del Consejo Europeo y del Consejo así como de la Unión en su totalidad. Que se asegure que las diferencias sean identificadas y resueltas.

Que cree relaciones de confianza, responsabilidad y apertura, y que sea creador de redes activo.

Que se centre en la obtención de resultados y sea influyente, y al mismo tiempo respetuoso y con vocación de servicio.

Como asesor

Que contribuya al desarrollo de la Unión. Que sea proactivo y creativo. Que sea anticipativo y planifique las novedades futuras. Que aporte soluciones.

Que asesore a nuestras partes interesadas para facilitar el cumplimiento de sus objetivos y en interés de ambas instituciones. Que sea objetivo y justo.

Que sea consciente de la interacción entre la toma de decisiones y el debate público. Que se asegure de que su asesoramiento tenga en cuenta la situación política de las partes interesadas y tenga en cuenta la problemática de la comunicación.

Que facilite las decisiones legítimas mediante la cooperación, unas buenas relaciones de trabajo y el compromiso entre los Estados miembros y con las instituciones y otras partes interesadas.

Que se mantenga informado de las novedades de su ámbito de responsabilidad, también más allá del trabajo inmediato del Consejo Europeo y del Consejo. Que tenga presente la situación general.

Como directivo

Que capacite a su plantilla, delegue y confíe, apoye y motive, facilite información y orientación y fomente la iniciativa y el valor para salir de los caminos trillados; que reduzca al mínimo la jerarquización y el control manteniendo la calidad.

Que se exprese con claridad con respecto a los objetivos y las expectativas y garantice que la información fluya hacia, desde y en el interior de su plantilla así como con otras direcciones generales, direcciones y unidades.

Que actúe siempre en interés de la totalidad de la SGC, y no solo de su propia DG, dirección o unidad, y garantice que se cumpla con las demás partes interesadas. Que suprima los compartimentos estancos.

Que tenga el valor de hacer frente a los conflictos, a la insuficiencia profesional y demás dificultades de manera puntual, garantice el bienestar y el desarrollo de su plantilla y cumpla el deber de diligencia con la misma.

Que, al guiar y facilitar los cambios, implique a su plantilla con el fin de lograr que la SGC se mantenga al tanto de los acontecimientos y sea más dinámica, flexible y colaborativa. Que predique con el ejemplo.

Que asuma la responsabilidad del aprovechamiento óptimo de los recursos humanos y financieros de la SGC.


ANEXO II

Igualdad de oportunidades en la Secretaría General del Consejo

En su calidad de empleador, la SGC es responsable de garantizar la igualdad entre hombres y mujeres y la prohibición de discriminación de cualquier tipo.

Los objetivos principales de la política de igualdad de oportunidades son las siguientes:

garantizar que sus políticas de recursos humanos y de gestión de personal respeten los principios de igualdad y no discriminación;

lograr una representación equilibrada de hombres y mujeres, especialmente en los puestos directivos;

mejorar la situación de las personas con discapacidad en términos de accesibilidad a sus edificios y un entorno de trabajo inclusivo y adaptado a sus necesidades:

La adaptación a las personas con discapacidad («ajustes razonables») puede incluir la reorganización de deberes y responsabilidades, la prestación de ayudas técnicas y otros ajustes del entorno de trabajo. Dichas medidas se adoptarán a menos que impongan una carga desproporcionada para los recursos de la institución;

proteger al personal del acoso en el trabajo;

tener en cuenta las necesidades del personal de lograr un equilibrio entre su vida de trabajo y sus compromisos familiares ofreciendo un buen conjunto de medidas favorables a la familia, entre las que se incluyen el tiempo de trabajo flexible, el teletrabajo y el trabajo compartido.

Medidas de equilibrio entre el trabajo y la vida privada

En todos los servicios de la SGC está en funcionamiento un sistema de horario flexible basado en 40 horas semanales; el personal que no tiene funciones directivas puede disponer de jornadas de permiso en concepto de recuperación. En muchos puestos se puede acordar un horario de trabajo individual dentro del marco horario comprendido entre las 7:00 y las 20:00.

Se puede conceder la posibilidad de trabajo a tiempo parcial, por ejemplo para ocuparse de un hijo dependiente hasta la edad de 12 años, o de 14 cuando el funcionario tenga una familia monoparental.

El permiso de maternidad estatutario consiste en 20 semanas y, a la vuelta al trabajo, se puede conceder hasta dos horas al día para la lactancia materna. Los padres tienen derecho a un permiso de paternidad retribuido de 10 días. Existe un permiso parental de hasta seis meses por hijo, que puede concederse con una prestación a tanto alzado. En caso de enfermedad grave o discapacidad de un hijo, los permisos por maternidad o paternidad o parental son más largos. También es posible acogerse a una licencia familiar con una prestación a tanto alzado cuando hay miembros de la familia con enfermedades graves o discapacidad.

Se concede una licencia especial en casos como el matrimonio, el nacimiento o la adopción de un hijo y el fallecimiento o enfermedad grave de un familiar. En circunstancias excepcionales se puede conceder una excedencia voluntaria por motivos personales (CCP).

En función de las tareas y de las características del puesto, es posible el teletrabajo en las condiciones del régimen normal de teletrabajo (por ejemplo 2 días en la oficina y 3 en casa a la semana) o del régimen de teletrabajo ocasional (hasta 60 días en casa al año).

Se dispone de las siguientes instalaciones de guardería para el personal con hijos pequeños, con arreglo a criterios de prioridad:

una guardería de la SGC para niños de 0 a 4 años, guarderías postescolares e instalaciones de acogida para los días de vacaciones organizadas por la Comisión Europea y actividades extraescolares en las Escuelas Europeas.

Para más información, puede enviar un correo electrónico a egalite-des-chances@consilium.europa.eu.


ANEXO III

SOLICITUD DE REVISIÓN-VÍAS DE RECURSO

RECLAMACIONES AL DEFENSOR DEL PUEBLO EUROPEO

En todas las etapas del procedimiento de selección, el aspirante que considere que una decisión le es perjudicial podrá hacer uso de los medios siguientes:

Solicitud de revisión de las decisiones adoptadas por el comité consultivo de selección

Dentro del plazo de diez días a partir de la fecha de la carta de notificación de la decisión adoptada por el comité consultivo de selección, puede presentar una solicitud de revisión de la citada decisión en forma de escrito motivado dirigido a:

Consejo de la Unión Europea

Oficina de Selección de Funcionarios

Rue de la Loi, 175

B-1048 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË

Correo electrónico: service.recrutement.consad104@consilium.europa.eu

Procedimiento de recurso

Puede presentar una reclamación contra la decisión de la autoridad facultada para proceder a los nombramientos, al amparo del artículo 90, apartado 2, del Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea, dentro de los tres meses siguientes a la notificación de la decisión, dirigida a:

Consejo de la Unión Europea

Asesores jurídicos de la Unidad de Administración, DGA 1

Rue de la Loi, 175

B-1048 BRUSELAS

Correo electrónico: unite.conseillers.dga1@consilium.europa.eu

Puede presentar un recurso, al amparo del artículo 91 del Estatuto de los funcionarios, dirigido a:

Tribunal General de la Unión Europea

Rue du Fort Niedergrünewlad

L-2925 Luxembourg

LUXEMBOURG

Reclamaciones al Defensor del Pueblo Europeo

Como cualquier otro ciudadano de la Unión, puede presentar una reclamación dirigida a:

Defensor del Pueblo Europeo

1, avenue du Président Robert Schuman — BP 403

67001 Estrasburgo Cedex

FRANCE

de conformidad con el artículo 228, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y en las condiciones establecidas en la Decisión 94/262/CECA, CE, Euratom del Parlamento Europeo, de 9 de marzo de 1994, sobre el estatuto del Defensor del Pueblo y las condiciones generales del ejercicio de sus funciones, publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea L 113 de 4 de mayo de 1994.

Obsérvese que la presentación de una reclamación ante el Defensor del Pueblo Europeo no interrumpe el plazo establecido en el artículo 90, apartado 2, y el artículo 91 del Estatuto de los funcionarios para presentar una reclamación o interponer recurso ante el Tribunal de la Unión Europea al amparo del artículo 270 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.


ANEXO IV

PROTECCIÓN DE DATOS

En su calidad de institución encargada de organizar el procedimiento de selección, la Secretaría General del Consejo garantiza que los datos personales de los aspirantes se tratarán conforme a lo dispuesto en el Reglamento (CE) n.o 45/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2000, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones y los organismos comunitarios y a la libre circulación de estos datos (1).

La base jurídica para el procedimiento de selección está constituida por el Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea y la Decisión del Consejo, de 23 de septiembre de 2013, sobre las normas de seguridad para la protección de la información clasificada de la UE (2013/488/UE). El procedimiento de selección se desarrolla bajo la responsabilidad de la Dirección de Recursos Humanos (DG A 1), Unidad de Personal y Movilidad, y el responsable del tratamiento de datos es el jefe de dicha unidad. La información facilitada por los aspirantes estará a disposición de los miembros del personal de la Oficina de Contratación y su jerarquía, de los miembros del comité consultivo de selección y, en caso necesario, de la unidad de consejeros jurídicos. La información administrativa que permita la identificación del aspirante y/o la organización práctica del procedimiento podrá transmitirse a un centro de evaluación.

La finalidad del tratamiento es recopilar datos con objeto, por una parte, de identificar a todos los aspirantes a un puesto en la Secretaría General del Consejo y, por otra, de proceder a una selección entre dichos aspirantes.

Los datos en cuestión son:

los datos personales que permiten identificar a los aspirantes (apellidos, nombre, fecha de nacimiento, sexo, nacionalidad);

la información proporcionada por los aspirantes para facilitar la organización práctica del procedimiento (dirección postal, dirección de correo electrónico, número de teléfono);

la información facilitada por los aspirantes para poder evaluar si reúnen las condiciones de admisión establecidas en el anuncio de vacante (nacionalidad; lenguas; titulación de los candidatos y año de obtención, denominación del título o diploma, nombre de la institución que lo expidió, experiencia profesional);

cuando proceda, la información sobre el tipo y duración de la habilitación de seguridad del aspirante;

los resultados de las pruebas de selección a las que se sometan los aspirantes, incluidas las evaluaciones efectuadas por los asesores del centro de evaluación para el comité de selección.

El tratamiento da comienzo en la fecha de recepción de la candidatura. Las candidaturas recibidas se archivan y almacenan en expedientes durante dos años.

Todos los aspirantes pueden ejercer el derecho de acceso y de rectificación de sus datos de carácter personal. Para ello, enviarán una solicitud motivada por correo electrónico a la Oficina de Selección de Funcionarios a la dirección: selection.of.officials@consilium.europa.eu.

Los aspirantes tienen derecho a recurrir al Supervisor Europeo de Protección de Datos en cualquier momento (edps@edps.europa.eu).


(1)  DO L 8 de 12.1.2001, p. 1.


ANEXO V

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5.4.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

CA 119/20


ANUNCIO DE VACANTE CONS/AD/137/18

(2018/C 119 A/02)

INFORMACIÓN GENERAL

Servicio

Cuestiones de Política General e Interinstitucional

Dirección 2 — Relaciones Interinstitucionales

Lugar de trabajo

Bruselas

Denominación del puesto

Director

Categoría y grado

AD 14

Habilitación de seguridad exigida

No se precisa

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE CANDIDATURAS

25 de abril de 2018

QUIÉNES SOMOS

La Secretaría General del Consejo (SGC) presta asistencia al Consejo Europeo y al Consejo y a sus órganos preparatorios en todos sus ámbitos de actividad. Proporciona asesoramiento y apoyo a los miembros del Consejo Europeo y al Consejo y a sus presidentes en todos los ámbitos de actividad, incluido el asesoramiento jurídico y político, la coordinación con las demás instituciones, la elaboración de soluciones transaccionales, las labores de redacción, así como todos los aspectos prácticos necesarios para la buena preparación y funcionamiento del Consejo Europeo y del Consejo.

Su Departamento de Política General e Institucional depende directamente del secretario general. Bajo la autoridad de un director general adjunto, presta servicios de secretaría al Consejo Europeo, al Consejo de Asuntos Generales y al Comité de Representantes Permanentes (Coreper, 1.a y 2.a parte), además de responsabilizarse de las relaciones interinstitucionales y del procedimiento legislativo ordinario (codecisión).

La Política General e Institucional se articula sobre una unidad y dos direcciones: la Unidad del Consejo Europeo y la Planificación Estratégica, la Dirección de Política General (DPG) y la Dirección de Relaciones Interinstitucionales (DRI). Esta última, para la cual queremos contratar a un director, es responsable, en particular, de las relaciones interinstitucionales. Apoya a las presidencias rotatorias y al presidente del Consejo Europeo en sus obligaciones para con el PE e informa de todas las actividades del PE (debates en pleno y en comisión, grupos políticos e interventores principales). Asimismo la DRI sigue el procedimiento legislativo en su totalidad, facilitando la programación de las herramientas legislativas, y garantiza una información e investigación suficientes del contexto político del Parlamento Europeo, a la vez que maneja los expedientes políticamente sensibles.

Se advierte a los candidatos de que la futura reorganización de la Secretaría podría dar lugar a modificaciones de las funciones de los puestos que solicitan.

QUÉ TIPO DE PERSONA BUSCAMOS

Buscamos un gestor (H/M) capaz de dirigir y motivar a un equipo compuesto por casi 30 personas que trabajan en un contexto jurídica y políticamente complejo. Bajo la autoridad del subdirector general, el director de la DRI debe tener un sentido político agudo y mostrar capacidad para entender el contexto político y desarrollar una red adecuada con los interventores principales en el Parlamento Europeo y asesorar a sus superiores en consecuencia. El director asumirá la responsabilidad de ofrecer una perspectiva general de la actividad legislativa en su totalidad. Es preciso poseer un buen conocimiento del procedimiento legislativo. Por ello se exige a los candidatos al puesto un vasto conocimiento de las políticas y de los asuntos institucionales de la UE. Se espera del candidato seleccionado que represente a la SGC en el ámbito interinstitucional y en cuanta ocasión sea necesario.

El puesto requiere una gran capacidad de organización y planificación, una excelente comprensión de las cuestiones políticas e institucionales y unas aptitudes interpersonales sobresalientes.

Dado que la SGC fomenta una cultura de movilidad entre su personal directivo, al que se exige una dilatada experiencia, los aspirantes deben estar dispuestos y capacitados para trabajar en diferentes ámbitos de actividad a lo largo de su carrera profesional en la SGC.

Como directivo de la SGC, se espera del candidato que asesore a sus superiores y a las partes interesadas, administre a su plantilla y represente a la SGC. En el anexo 1 se describe con mayor detalle el perfil horizontal de los directivos de la SGC.

DESCRIPCIÓN GENERAL DEL PUESTO

Gestionar su Dirección y prestar asesoramiento, bajo la autoridad del Director General Adjunto, en los ámbitos correspondientes al mandato de la Dirección.

Proporcionar asesoramiento de alto nivel sobre actuaciones y procedimientos, verbalmente y por escrito, al Consejo Europeo, al Consejo, al Coreper, a sus presidencias y al Secretario General (SG) en todos los aspectos de los expedientes comprendidos en el mandato de la dirección.

Ayudar a la presidencia en las negociaciones y garantizar una comunicación y una cooperación eficaces con las instituciones, las agencias y otros órganos en este ámbito.

FUNCIONES

Bajo la autoridad del Director General Adjunto, dirigir su Dirección, organizar sus actividades y respaldar y motivar al personal en su trabajo.

Definir los objetivos que deben alcanzarse y contribuir a su logro mediante la elaboración del programa de trabajo de la Dirección, velando por controlar adecuadamente la aplicación del mismo.

Representar a su servicio a nivel de directores, tanto dentro como fuera de la SGC, especialmente en sus relaciones con la Presidencia rotatoria, así como en sus relaciones con las demás instituciones.

Garantizar la calidad de los servicios y productos que facilite la Dirección.

Garantizar la gestión profesional de los recursos de la Dirección.

Garantizar una comunicación y cooperación efectivas, tanto dentro de la Dirección como con otros servicios de la SGC y con otras instituciones.

Asesorar y asistir al SG en el desempeño de sus obligaciones, en particular dando apoyo al presidente del Consejo Europeo y a su Gabinete y enlazando con la presidencia rotatoria y con la Alta Representante.

Analizar, coordinar y presentar expedientes con el fin de el Secretario General pueda adoptar decisiones.

Ser el enlace operativo entre el Gabinete y las Direcciones Generales en la preparación, publicación y seguimiento de las decisiones del Secretario General.

Mantener contactos con interlocutores externos y representar a la SGC en los foros exteriores.

CONDICIONES DE TRABAJO

Exigencia de presencia fuera del horario laboral normal, según los requisitos del servicio así como por ejemplo en el contexto de las sesiones plenarias del PE relativas a asuntos que correspondan al mandato de la Dirección.

Misiones en el extranjero, normalmente en la UE y aproximadamente entre seis y ocho veces al año.

Misiones a Estrasburgo.

COMPETENCIAS ESPECÍFICAS

Competencias profesionales

Dado que el francés y el inglés se utilizan de forma generalizada con fines de comunicación interna en la SGC, se requiere un conocimiento excelente de una de las dos lenguas y un buen conocimiento de la otra. Se valorará el conocimiento de otras lenguas oficiales de la UE.

Contar con experiencia profesional de trabajo con las presidencias rotatorias del Consejo se considerará una ventaja para la obtención el puesto.

Muy buen conocimiento de la estructura y el funcionamiento del Consejo y de la relación con las demás instituciones.

Muy buena percepción del entorno político.

Un amplio conocimiento del funcionamiento y de los procedimientos de la UE.

Capacidad de manejar información con discreción.

Capacidad de detectar los problemas fundamentales y darles prioridad.

Capacidad para definir y proponer soluciones a los problemas.

Realización de tareas y obtención de resultados.

Capacidad para trabajar de forma organizada y con precisión.

Cumplir plazos críticos o delicados.

Cualidades personales

Gran sentido de la responsabilidad (competencia esencial).

Capacidad de anticipar y detectar posibles problemas y resolverlos.

Capacidad de trabajo en diferentes ámbitos de actividad a lo largo de la carrera profesional en la SGC.

Flexibilidad para gestionar diversos expedientes.

Aptitudes interpersonales

Capacidad de comunicarse eficazmente.

Capacidad de establecer y mantener buenas relaciones de trabajo con diversos interlocutores (competencia esencial).

Competencias de gestión

Gestión del trabajo y de los recursos, conciencia organizativa, capacidad de decisión, liderazgo y desarrollo del equipo.

CONDICIONES DE ADMISIÓN

El aspirante deberá cumplir las siguientes condiciones en el momento de presentar su candidatura:

a)

Condiciones generales

ser nacional de uno de los Estados miembros de la Unión Europea;

estar en plena posesión de sus derechos civiles;

encontrarse en situación regular respecto de la legislación aplicable en materia de servicio militar.

b)

Condiciones específicas

haber realizado un ciclo completo de enseñanza universitaria acreditado por un título (1);

tener un mínimo de 15 años de experiencia profesional pertinente, de los cuales al menos tres en un puesto directivo al frente de una entidad administrativa con responsabilidades de gestión y organizativas, o en un puesto con responsabilidades importantes de coordinación.

OBSERVACIONES

La Secretaría General del Consejo mantiene un compromiso de igualdad de oportunidades (véase el anexo 2) y acoge activamente las solicitudes de todos los candidatos aptos procedentes de los entornos más variados y del ámbito geográfico más amplio posible de los Estados miembros de la UE. Con el fin de promover la igualdad entre hombres y mujeres, la SGC fomenta las candidaturas femeninas, actualmente infrarrepresentadas en el ámbito directivo.

La Dirección de Recursos Humanos puede prestar asistencia a las personas con discapacidad durante los procedimientos de contratación. Pueden realizarse adaptaciones razonables del puesto de trabajo para las personas con discapacidad. La SGC ofrece asimismo diversas medidas de conciliación de la vida profesional con la vida privada. Para más información al respecto, póngase en contacto con la Oficina de Igualdad de Oportunidades (egalite-des-chances@consilium.europa.eu).

La persona solicitante deberá estar dispuesta a seguir, en caso necesario, el programa de formación en gestión de la SGC.

Vacante publicada de conformidad con el artículo 29, apartado 2, del Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea (2) (vacante de altos funcionarios).

El puesto ha sido publicado también en todas las instituciones de la Unión Europea.

Al elegir al candidato seleccionado, la autoridad facultada para proceder a los nombramientos estará asistida por un comité consultivo de selección. El comité consultivo de selección estará respaldado por un centro de evaluación. Los informes redactados por el centro de evaluación dejarán de ser válidos dos años después de la fecha en que se llevaron a cabo los ejercicios correspondientes, o en el momento de la resolución del contrato marco entre la SGC y el centro de evaluación de que se trate, si esta fecha fuese anterior.

El comité consultivo de selección evaluará y comparará inicialmente las cualificaciones, la experiencia y la motivación de todos los candidatos a tenor de sus candidaturas. Basándose en esa evaluación comparativa, el comité consultivo de selección elaborará la lista de candidatos preseleccionados que a su juicio sean más adecuados, que serán invitados a una primera entrevista. Puesto que esta primera selección se basa en una evaluación comparativa de las solicitudes, el cumplimiento de los requisitos de la presente convocatoria no garantiza que se sea invitado a la primera entrevista. Entre los candidatos entrevistados, el comité consultivo de selección preseleccionará a unos candidatos que acudirán a un centro de evaluación gestionado por consultores externos de selección de personal y mantendrán una segunda entrevista con el comité consultivo de selección.

La planificación provisional de la selección es la siguiente:

está previsto que los candidatos seleccionados para las entrevistas reciban la notificación a principios de junio de 2018;

las primeras entrevistas están programadas para junio de 2018;

está previsto que el centro de evaluación sea convocado en junio de 2018;

la segunda ronda de entrevistas está programada para finales de junio de 2018.

CÓMO PRESENTAR LA CANDIDATURA

La fecha límite para presentar las candidaturas es el 25 de abril de 2018.

Las candidaturas deberán enviarse por correo electrónico a la dirección selection.of.officials-applications.management.posts@consilium.europa.eu, a más tardar en la fecha límite.

Para ser válidas, las candidaturas deberán incluir:

a)

el formulario de candidatura (anexo 5) debidamente cumplimentado y fechado; el formulario de candidatura electrónico puede encontrarse en la sede electrónica del Consejo con el siguiente enlace: http://www.consilium.europa.eu/en/general-secretariat/jobs/job-opportunities/

b)

una carta de motivación acompañada de un currículum vítae detallado, en inglés o en francés, preferentemente en formato Europass (http://europass.cedefop.europa.eu), que abarque la totalidad de la carrera del aspirante y en el que se enumeren, entre otros, las cualificaciones del solicitante, su conocimiento de idiomas, su experiencia y las funciones que desempeña actualmente, y

c)

fotocopias de los títulos que acrediten la formación y fotocopias de los documentos y de los certificados relativos a la experiencia profesional. Los documentos justificantes de la experiencia profesional deberán haber sido expedidos por terceros, sin que sea suficiente el envío del currículum vítae indicado en la letra b).

Todos los documentos justificantes adjuntados a la candidatura deberán enviarse en formato Word, pdf o jpg, ir nombrados (en inglés o francés) y estar numerados consecutivamente (anexo 1, anexo 2, etc.). Deberá adjuntarse asimismo una lista de todos los anexos. No se tendrán en cuenta las candidaturas enviadas a través de soluciones de almacenamiento de datos basadas en la nube ni en plataformas de puesta en común de ficheros.

Se pedirá a los aspirantes seleccionados para el puesto que presenten los originales de dichos documentos.

REVISIÓN DE LAS CANDIDATURAS

Los procedimientos aplicables a las solicitudes de revisión, las vías de recurso y las reclamaciones al Defensor del Pueblo Europeo figuran en el anexo 3 de la presente convocatoria.

PROTECCIÓN DE DATOS

Las normas que regulan el tratamiento de datos personales en relación con el presente procedimiento de selección figuran en el anexo 4 de la presente convocatoria.


(1)  El artículo 5, apartado 3, letra c), del Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea requiere que los aspirantes posean al menos:

i)

un nivel de educación correspondiente a estudios universitarios completos, acreditados por un título, cuando la duración normal de la enseñanza universitaria sea como mínimo de cuatro años, o

ii)

un nivel de educación correspondiente a estudios universitarios completos, acreditados por un título, y una experiencia profesional adecuada de un año como mínimo, cuando la duración normal de la enseñanza universitaria sea como mínimo de tres años.

(2)  Estatuto de los funcionarios y régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea, establecidos por el Reglamento (CEE, Euratom, CECA) n.o 259/68 del Consejo y modificados en último lugar por el Reglamento (UE) n.o 1023/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2013 — http://eur-lex.europa.eu.


ANEXO I

El perfil horizontal de los directivos de la SGC

Como directivo de la SGC, su valor añadido consiste en actuar en calidad tanto de asesor como de directivo, y representa siempre a la SGC.

En el desempeño de estas funciones, se espera de Ud.:

Como representante

Que actúe con integridad, tanto en el ámbito externo como en el interno.

Que actúe en interés del Consejo Europeo y del Consejo así como de la Unión en su totalidad. Que se asegure que las diferencias sean identificadas y resueltas.

Que cree relaciones de confianza, responsabilidad y apertura, y que sea creador de redes activo.

Que se centre en la obtención de resultados y sea influyente, y al mismo tiempo respetuoso y con vocación de servicio.

Como asesor

Que contribuya al desarrollo de la Unión. Que sea proactivo y creativo. Que sea anticipativo y planifique las novedades futuras. Que aporte soluciones.

Que asesore a nuestras partes interesadas para facilitar el cumplimiento de sus objetivos y en interés de ambas instituciones. Que sea objetivo y justo.

Que sea consciente de la interacción entre la toma de decisiones y el debate público. Que se asegure que su asesoramiento tenga en cuenta la situación política de las partes interesadas y tenga en cuenta la problemática de la comunicación.

Que facilite las decisiones legítimas mediante la cooperación, unas buenas relaciones de trabajo y el compromiso entre los Estados miembros y con las instituciones y otras partes interesadas.

Que se mantenga informado de las novedades de su ámbito de responsabilidad, también más allá del trabajo inmediato del Consejo Europeo y del Consejo. Que tenga presente la situación general.

Como directivo

Que capacite a su plantilla, delegue y confíe, apoye y motive, facilite información y orientación y fomente la iniciativa y el valor para salir de los caminos trillados; que reduzca al mínimo la jerarquización y el control manteniendo la calidad.

Que se exprese con claridad con respecto a los objetivos y las expectativas y garantice que la información fluya hacia, desde y en el interior de su plantilla así como con otras direcciones generales, direcciones y unidades.

Que actúe siempre en interés de la totalidad de la SGC, y no solo de su propia DG, dirección o unidad, y garantice que se cumpla con las demás partes interesadas. Que suprima los compartimentos estancos.

Que tenga el valor de hacer frente a los conflictos, a la insuficiencia profesional y demás dificultades de manera puntual, garantice el bienestar y el desarrollo de su plantilla y cumpla el deber de diligencia para con la misma.

Que, al guiar y facilitar los cambios, implique a su plantilla con el fin de lograr que la SGC se mantenga al tanto de los acontecimientos y sea más dinámica, flexible y colaborativa. Que predique con el ejemplo.

Que asuma la responsabilidad del aprovechamiento óptimo de los recursos humanos y financieros de la SGC.


ANEXO II

Igualdad de oportunidades en la Secretaría General del Consejo

En su calidad de empleador, la SGC es responsable de garantizar la igualdad entre hombres y mujeres y la prohibición de discriminación de cualquier tipo.

Los objetivos principales de la política de igualdad de oportunidades son las siguientes:

garantizar que sus políticas de recursos humanos y de gestión de personal respeten los principios de igualdad y no discriminación;

lograr una representación equilibrada de hombres y mujeres, especialmente en los puestos directivos;

mejorar la situación de las personas con discapacidad en términos de accesibilidad a sus edificios y un entorno de trabajo inclusivo y adaptado a sus necesidades:

La adaptación a las personas con discapacidad («ajustes razonables») puede incluir la reorganización de deberes y responsabilidades, la prestación de ayudas técnicas y otros ajustes del entorno de trabajo. Dichas medidas se adoptarán a menos que impongan una carga desproporcionada para los recursos de la institución.

proteger al personal del acoso en el trabajo;

tener en cuenta las necesidades del personal de lograr un equilibrio entre su vida de trabajo y sus compromisos familiares ofreciendo un buen conjunto de medidas favorables a la familia, entre las que se incluyen el tiempo de trabajo flexible, el teletrabajo y el trabajo compartido.

Medidas de equilibrio entre el trabajo y la vida privada

En todos los servicios de la SGC está en funcionamiento un sistema de horario flexible basado en 40 horas semanales; el personal que no tiene funciones directivas puede disponer de jornadas de permiso en concepto de recuperación. En muchos puestos se puede acordar un horario de trabajo individual dentro del marco horario comprendido entre las 7.00 y las 20.00 horas.

Se puede conceder la posibilidad de trabajo a tiempo parcial, por ejemplo para ocuparse de un hijo dependiente hasta la edad de 12 años, o de 14 cuando el funcionario tenga una familia monoparental.

El permiso de maternidad estatutario consiste en 20 semanas y, a la vuelta al trabajo, se puede conceder hasta dos horas al día para la lactancia materna. Los padres tienen derecho a un permiso de paternidad retribuido de 10 días. Existe un permiso parental de hasta seis meses por hijo, que puede concederse con una prestación a tanto alzado. En caso de enfermedad grave o discapacidad de un hijo, los permisos por maternidad o paternidad o parental son más largos. También es posible acogerse a una licencia familiar con una prestación a tanto alzado cuando hay miembros de la familia con enfermedades graves o discapacidad.

Se concede una licencia especial en casos como el matrimonio, el nacimiento o la adopción de un hijo y el fallecimiento o enfermedad grave de un familiar. En circunstancias excepcionales se puede conceder una excedencia voluntaria por motivos personales (CCP).

En función de las tareas y de las características del puesto, es posible el teletrabajo en las condiciones del régimen normal de teletrabajo (por ejemplo 2 días en la oficina y 3 en casa a la semana) o del régimen de teletrabajo ocasional (hasta 60 días en casa al año).

Se dispone de las siguientes instalaciones de guardería para el personal con hijos pequeños, con arreglo a criterios de prioridad:

una guardería de la SGC para niños de 0 a 4 años, guarderías postescolares e instalaciones de acogida para los días de vacaciones organizadas por la Comisión Europea y actividades extraescolares en las Escuelas Europeas.

Para más información, puede enviar un correo electrónico a egalite-des-chances@consilium.europa.eu.


ANEXO III

SOLICITUD DE REVISIÓN-VÍAS DE RECURSO

RECLAMACIONES AL DEFENSOR DEL PUEBLO EUROPEO

En todas las etapas del procedimiento de selección, el aspirante que considere que una decisión le es perjudicial podrá hacer uso de los medios siguientes:

Solicitud de revisión de las decisiones adoptadas por el comité consultivo de selección

Dentro del plazo de diez días a partir de la fecha de la carta de notificación de la decisión adoptada por el comité consultivo de selección, puede presentar una solicitud de revisión de la citada decisión en forma de escrito motivado dirigido a:

Consejo de la Unión Europea

Oficina de Selección de Funcionarios

Rue de la Loi/Wetstraat, 175

1048 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË

Correo electrónico: service.recrutement.consad104@consilium.europa.eu

Procedimiento de recurso

Puede presentar una reclamación contra la decisión de la autoridad facultada para proceder a los nombramientos, al amparo del artículo 90, apartado 2, del Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea, dentro de los tres meses siguientes a la notificación de la decisión, dirigida a:

Consejo de la Unión Europea

Asesores jurídicos de la Unidad de Administración, DGA 1

Rue de la Loi/Wetstraat, 175

1048 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË

Correo electrónico: unite.conseillers.dga1@consilium.europa.eu

Puede presentar un recurso, al amparo del artículo 91 del Estatuto de los funcionarios, dirigido a:

Tribunal General de la Unión Europea

Rue du Fort Niedergrünewlad

L-2925 Luxembourg

LUXEMBOURG

Reclamaciones al Defensor del Pueblo Europeo

Como cualquier otro ciudadano de la Unión, puede presentar una reclamación dirigida a:

Defensor del Pueblo Europeo

1, avenue du Président Robert Schuman — BP 403

F-67001 Estrasburgo Cedex

FRANCE

de conformidad con el artículo 228, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y en las condiciones establecidas en la Decisión del Parlamento Europeo, de 9 de marzo de 1994, sobre el estatuto del Defensor del Pueblo y las condiciones generales del ejercicio de sus funciones, publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea L 113 de 4 de mayo de 1994.

Obsérvese que la presentación de una reclamación ante el Defensor del Pueblo Europeo no interrumpe el plazo establecido en el artículo 90, apartado 2, y el artículo 91 del Estatuto de los funcionarios para presentar una reclamación o interponer recurso ante el Tribunal de la Unión Europea al amparo del artículo 270 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.


ANEXO IV

PROTECCIÓN DE DATOS

En su calidad de institución encargada de organizar el procedimiento de selección, la Secretaría General del Consejo garantiza que los datos personales de los aspirantes se tratarán conforme a lo dispuesto en el Reglamento (CE) n.o 45/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2000, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones y los organismos comunitarios y a la libre circulación de estos datos (1).

La base jurídica para el procedimiento de selección está constituida por el Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea y la Decisión del Consejo, de 23 de septiembre de 2013, sobre las normas de seguridad para la protección de la información clasificada de la UE (2013/488/UE). El procedimiento de selección se desarrolla bajo la responsabilidad de la Dirección de Recursos Humanos (DG A 1), Unidad de Personal y Movilidad, y el responsable del tratamiento de datos es el jefe de dicha unidad. La información facilitada por los aspirantes estará a disposición de los miembros del personal de la Oficina de Contratación y su jerarquía, de los miembros del comité consultivo de selección y, en caso necesario, de la unidad de consejeros jurídicos. La información administrativa que permita la identificación del aspirante y/o la organización práctica del procedimiento podrá transmitirse a un centro de evaluación.

La finalidad del tratamiento es recopilar datos con objeto, por una parte, de identificar a todos los aspirantes a un puesto en la Secretaría General del Consejo y, por otra, de proceder a una selección entre dichos aspirantes.

Los datos en cuestión son:

los datos personales que permiten identificar a los aspirantes (apellidos, nombre, fecha de nacimiento, sexo, nacionalidad);

la información proporcionada por los aspirantes para facilitar la organización práctica del procedimiento (dirección postal, dirección de correo electrónico, número de teléfono);

la información facilitada por los aspirantes para poder evaluar si reúnen las condiciones de admisión establecidas en el anuncio de vacante (nacionalidad; lenguas; titulación de los candidatos y año de obtención, denominación del título o diploma, nombre de la institución que lo expidió, experiencia profesional);

cuando proceda, la información sobre el tipo y duración de la habilitación de seguridad del aspirante;

los resultados de las pruebas de selección a las que se sometan los aspirantes, incluidas las evaluaciones efectuadas por los asesores del centro de evaluación para el comité de selección.

El tratamiento da comienzo en la fecha de recepción de la candidatura. Las candidaturas recibidas se archivan y almacenan en expedientes durante dos años.

Todos los aspirantes pueden ejercer el derecho de acceso y de rectificación de sus datos de carácter personal. Para ello, enviarán una solicitud motivada por correo electrónico a la Oficina de Selección de Funcionarios a la dirección: selection.of.officials@consilium.europa.eu.

Los aspirantes tienen derecho a recurrir al Supervisor Europeo de Protección de Datos en cualquier momento (edps@edps.europa.eu).


(1)  DO L 8 de 12.1.2001, p. 1.


ANEXO V

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5.4.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

CA 119/39


ANUNCIO DE VACANTE CONS/AD/138/18

(2018/C 119 A/03)

INFORMACIÓN GENERAL

Servicio

Servicio Jurídico

Dirección 7-Calidad de la legislación

Lugar de trabajo

Bruselas

Denominación del puesto

Director

Categoría y grado

AD 14

Habilitación de seguridad exigida

EU SECRET

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE CANDIDATURAS

25 de abril de 2018

QUIÉNES SOMOS

La Secretaría General del Consejo (SGC) presta asistencia al Consejo Europeo y al Consejo de la UE y a sus órganos preparatorios en todos los ámbitos de sus actividades. Ofrece asesoramiento y apoyo a los miembros del Consejo Europeo y del Consejo y a sus presidentes en todos los sectores de actividad, incluido el asesoramiento político y jurídico, coordinación con otras instituciones, elaboración de acuerdos transaccionales, redacción, así como todas las funciones necesarias para la correcta preparación y el buen desarrollo del Consejo Europeo y del Consejo.

El Servicio Jurídico es el asesor jurídico del Consejo Europeo y del Consejo, y asiste al Consejo Europeo, al Consejo y a sus órganos preparatorios, a la Presidencia y a la Secretaría General para garantizar la legalidad y claridad en la redacción de sus actos. En cooperación con otros servicios del Consejo, contribuye a la búsqueda de soluciones jurídicamente correctas y políticamente aceptables y adopta una orientación creativa cuando procede. Para ello, formula dictámenes completamente imparciales — bien orales, bien escritos, a instancias del Consejo o por propia iniciativa — sobre todo tipo de cuestiones de naturaleza jurídica. El Servicio Jurídico representa asimismo al Consejo Europeo y al Consejo en asuntos presentados ante los tribunales de la Unión.

El objetivo constante del Servicio Jurídico del Consejo consiste en facilitar en el momento oportuno contribuciones que se distingan por el pleno respeto de la legalidad, por su imparcialidad y por su claridad.

El Servicio Jurídico está compuesto por seis direcciones temáticas que abarcan todos los ámbitos de actividad de la Unión y una dirección encargada de la calidad de la legislación. La Dirección 7 se encarga de comprobar la calidad de la redacción de los actos jurídicos del Consejo Europeo y del Consejo, y vela por la coherencia lingüística de todos los textos jurídicos publicados en todas las lenguas oficiales de la Unión. Se trata de una dirección multilingüe con cerca de 200 personas (juristas-lingüistas, sus asistentes, coordinación y equipo del Diario Oficial, equipo de rectificaciones y equipo de gestión).

Los aspirantes deben ser conscientes de que futuras reorganizaciones de la Secretaría podrían ocasionar modificaciones en las competencias de los puestos a los que se presentan.

QUÉ TIPO DE PERSONA BUSCAMOS

El Servicio Jurídico del Consejo contrata a un director para la Dirección 7. Buscamos un jurista con capacidades de gestión y con buenos conocimientos y experiencia práctica en los ámbitos que abarca la descripción del puesto. El aspirante seleccionado tendrá la oportunidad de gestionar una grande dirección multilingüe en el Servicio Jurídico del Consejo y cooperará con interlocutores internos, interinstitucionales y externos.

Dado que la Secretaría General del Consejo (SGC) fomenta una cultura de movilidad de su personal directivo, al que se exige una dilatada experiencia, los aspirantes deben estar dispuestos y capacitados para trabajar en diferentes ámbitos de actividad a lo largo de su carrera profesional en la SGC.

En calidad de gestor de la SGC se espera que asesore a su jerarquía y a las partes interesadas, que se encargue de la gestión del personal y represente a la SGC. Para más detalles sobre el perfil de los gestores horizontales de la SGC véase el anexo I.

FINALIDAD GENERAL DEL PUESTO

Gestionar su Dirección, bajo la autoridad del director general, y prestar asesoramiento en los ámbitos correspondientes al mandato de la Dirección. Facilitar asesoramiento jurídico de alto nivel, en forma escrita o verbal, en los ámbitos incluidos en el mandato de la Dirección.

FUNCIONES

Bajo la autoridad del director general, dirigir su Dirección, organizar sus actividades y respaldar y motivar al personal en su trabajo

Facilitar asesoramiento y dictámenes verbales o escritos de alto nivel sobre cuestiones jurídicas e institucionales al Consejo, al Coreper u otros órganos preparatorios, así como al Secretario General del Consejo, previa solicitud o por propia iniciativa

Asesorar a la Presidencia y/o a la Secretaría General del Consejo sobre los aspectos jurídicos de los expedientes, con miras a hallar soluciones que resulten jurídicamente correctas y aceptables por el órgano de que se trate, y llevar a cabo estudios especializados de alto nivel en los ámbitos comprendidos en el mandato de la Dirección

Representar a su servicio a nivel de directores, tanto dentro como fuera de la Secretaría General del Consejo, especialmente en sus relaciones con la Presidencia, así como en sus relaciones con las demás instituciones

Garantizar la calidad de los servicios y productos que facilite la Dirección.

Garantizar la gestión profesional de los recursos de la Dirección.

Garantizar la eficaz comunicación y cooperación tanto en el seno de la Dirección como con otras Direcciones, al igual que con otros servicios de la Secretaría General del Consejo

Definir los objetivos que se han de cumplir en los ámbitos pertinentes de la Dirección, garantizar su aplicación a través de medidas adecuadas, y asegurar la planificación de las tareas.

Garantizar la aplicación de una política consistente en lograr unos textos de la Unión de alta calidad

Velar por que se respeten las normas y procedimientos que deban aplicarse en los ámbitos pertinentes de la Dirección

COMPETENCIAS ESPECÍFICAS

Competencias profesionales

Como en gran medida el francés y el inglés son las lenguas utilizadas para comunicarse en la SGC y con otras instituciones, se exige un excelente conocimiento de una de las dos lenguas y un buen conocimiento de la otra lengua. Se valorará el conocimiento de otras lenguas oficiales de la UE.

Amplio conocimiento del Derecho de la UE

Amplio conocimiento del funcionamiento y de los procedimientos de la UE

El conocimiento del ámbito de actividad resulta fundamental para el puesto.

Realización de tareas y obtención de resultados

Cualidades personales

Actuar de manera adecuada por propia iniciativa

Capacidad de dar muestras de creatividad

Capacidad de trabajar en un entorno internacional y multicultural.

Aptitudes interpersonales

Capacidad de demostrar aptitudes diplomáticas y de comunicación.

La competencia general «comunicación interpersonal» es una competencia esencial para el puesto

Capacidad de mantener buenas relaciones de trabajo con toda una gama de interlocutores

Ser capaz de dirigir y motivar a equipos multiculturales.

Competencias de gestión

Gestión del trabajo y de los recursos, conciencia organizativa, capacidad de decisión, liderazgo y desarrollo del equipo.

CONDICIONES DE ADMISIÓN

El aspirante deberá cumplir las siguientes condiciones en el momento de presentar su candidatura:

a)

Condiciones generales

ser nacional de uno de los Estados miembros de la Unión Europea;

estar en plena posesión de sus derechos civiles;

encontrarse en situación regular respecto de la legislación aplicable en materia de servicio militar.

b)

Condiciones específicas

Estar en posesión de una licenciatura en Derecho que permita el acceso a estudios de doctorado o que tengan una cualificación profesional equivalente (1).

Tener al menos quince años de experiencia profesional prestando asesoramiento jurídico y al menos tres años desempeñando efectivamente responsabilidades de gestión y organización.

Cinco años ocupando un puesto con responsabilidades significativas en términos de coordinación jurídica equivaldrían a la experiencia de gestión requerida.

OBSERVACIONES

La Secretaría General del Consejo aplica una política de igualdad de oportunidades (véase el anexo II) y fomenta activamente la presentación de solicitudes por todos los aspirantes cualificados con experiencias distintas y procedentes del espectro geográfico más amplio posible entre los Estados miembros de la UE. Para fomentar la igualdad entre hombres y mujeres, la SGC alienta candidaturas femeninas, que se encuentran en la actualidad infrarrepresentadas en funciones de gestión.

La Dirección de Recursos Humanos puede prestar asistencia a las personas con discapacidad durante los procedimientos de contratación. Se pueden realizar adaptaciones razonables a las personas con discapacidad en el puesto de trabajo. La SGC también ofrece numerosas medidas de conciliación de la vida profesional con la vida privada. Para más información al respecto, póngase en contacto con la Oficina de Igualdad de Oportunidades (egalite-des-chances@consilium.europa.eu).

Este puesto exige una habilitación de seguridad que dé acceso a documentos clasificados (nivel SECRET EU/EU SECRET). Se entiende que los aspirantes aceptarán someterse a una investigación de seguridad de conformidad con la Decisión 2013/488/UE del Consejo (2). El nombramiento para el puesto solo tendrá efecto a condición de que el candidato seleccionado haya obtenido un certificado de habilitación de seguridad válido. A los candidatos sin habilitación de seguridad se les ofrecerá un contrato temporal hasta que se obtengan los resultados de la investigación de seguridad.

El aspirante debe estar dispuesto a asistir, en su caso, al programa de formación en materia de gestión de la SGC.

Vacante publicada de conformidad con el artículo 29, apartado 2, del Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea (3) (vacante de altos funcionarios).

La vacante también se ha publicado en todas las instituciones de la Unión Europea.

Al elegir al candidato seleccionado, la autoridad facultada para proceder a los nombramientos estará asistida por un comité consultivo de selección. El comité consultivo de selección estará respaldado por un centro de evaluación. Los informes redactados por el centro de evaluación dejarán de ser válidos dos años después de la fecha en que se llevaron a cabo los ejercicios correspondientes, o en el momento de la resolución del contrato marco entre la SGC y el centro de evaluación de que se trate, si esta fecha fuese anterior.

El comité consultivo de selección evaluará y comparará inicialmente las cualificaciones, la experiencia y la motivación de todos los candidatos a tenor de sus candidaturas. Basándose en esa evaluación comparativa, el comité consultivo de selección elaborará la lista de candidatos preseleccionados que a su juicio sean más adecuados, que serán invitados a una primera entrevista. Puesto que esta primera selección se basa en una evaluación comparativa de las solicitudes, el cumplimiento de los requisitos de la presente convocatoria no garantiza que se sea invitado a la primera entrevista. Entre los candidatos entrevistados, el comité consultivo de selección preseleccionará a unos candidatos que acudirán a un centro de evaluación gestionado por consultores externos de selección de personal y mantendrán una segunda entrevista con el comité consultivo de selección.

La planificación provisional de la selección es la siguiente:

Está previsto que los candidatos seleccionados para las entrevistas reciban la notificación a principios de junio de 2018.

Las primeras entrevistas están previstas en junio de 2018;

Se espera que el centro de evaluación tenga lugar en junio de 2018;

La segunda ronda de entrevistas está programada en julio de 2018.

CÓMO PRESENTAR LA CANDIDATURA

La fecha límite para presentar las candidaturas es el 25 de abril de 2018.

Las candidaturas deberán enviarse por correo electrónico, a más tardar en dicha fecha, a la dirección Selection.of.Officials-Applications.Management.Posts@consilium.europa.eu.

Para ser válidas, las candidaturas deberán incluir:

a)

el formulario de candidatura (anexo V) debidamente cumplimentado y fechado; el formulario de candidatura electrónico puede encontrarse en la sede electrónica del Consejo con el siguiente enlace: http://www.consilium.europa.eu/en/general-secretariat/jobs/job-opportunities/

b)

una carta de motivación, en la que se exponga la experiencia, los conocimientos y las cualificaciones del aspirante pertinentes para el puesto, acompañada de un curriculum vitae detallado, en inglés o en francés, preferentemente en formato Europass (http://europass.cedefop.europa.eu), que abarque la totalidad de la carrera del aspirante y en el que se enumeren, entre otros, las cualificaciones del solicitante, su conocimiento de idiomas, su experiencia y las funciones que desempeña actualmente; y

c)

fotocopias de los títulos que acrediten la formación y fotocopias de los documentos y de los certificados relativos a la experiencia profesional. Los documentos justificantes de la experiencia profesional deberán haber sido expedidos por terceros, sin que sea suficiente el envío del curriculum vitae indicado en la letra b).

Todos los documentos justificantes adjuntados a la candidatura deberán enviarse en formato Word, pdf o jpg, ir nombrados (en inglés o francés) y estar numerados consecutivamente (anexo 1, anexo 2, etc.). Deberá adjuntarse asimismo una lista de todos los anexos. No se tendrán en cuenta las candidaturas enviadas a través de soluciones de almacenamiento de datos basadas en la nube ni en plataformas de puesta en común de ficheros.

Se pedirá a los aspirantes seleccionados para el puesto que presenten los originales de dichos documentos.

REVISIÓN DE LAS CANDIDATURAS

Los procedimientos aplicables a las solicitudes de revisión, las vías de recurso y las reclamaciones al Defensor del Pueblo Europeo figuran en el anexo III de la presente convocatoria.

PROTECCIÓN DE DATOS

Las normas que regulan el tratamiento de datos personales en relación con el presente procedimiento de selección figuran en el anexo IV de la presente convocatoria.


(1)  El artículo 5, apartado 3, letra c), del Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea requiere que los aspirantes posean al menos:

i)

un nivel de educación correspondiente a estudios universitarios completos, acreditados por un título, cuando la duración normal de la enseñanza universitaria sea como mínimo de cuatro años, o

ii)

un nivel de educación correspondiente a estudios universitarios completos, acreditados por un título, y una experiencia profesional adecuada de un año como mínimo, cuando la duración normal de la enseñanza universitaria sea como mínimo de tres años.

(2)  DO L 274 de 15.10.2013, p. 1.

(3)  Estatuto de los funcionarios y régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea, establecidos por el Reglamento (CEE, Euratom, CECA) n.o 259/68 del Consejo y modificados en último lugar por el Reglamento (UE) n.o 1023/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2013. http://eur-lex.europa.eu


ANEXO I

Perfil de gestor horizontal de la SGC

En calidad de gestor de la SGC, tiene un valor añadido al actuar a la vez como asesor y como gestor, y siendo siempre un representante de la SGC.

Al desempeñar estas funciones se espera que:

Como representante

Actúe con integridad, tanto externa como internamente.

Actúe en interés del Consejo Europeo y del Consejo, así como de la Unión en su conjunto. Vele por que se detecte y se resuelva adecuadamente cualquier divergencia.

Cree una clima de confianza, fiabilidad y apertura y sea un trabajador en red activo.

Obtenga resultados y sea influyente, a la vez que respetuoso y con sentido de servicio.

Como asesor

Contribuya al desarrollo de la Unión. Sea proactivo y creativo. Piense con sentido de futuro y se anticipe a nuevos acontecimientos. Actúe para encontrar soluciones.

Asesore a nuestras partes interesadas para facilitar el logro de sus objetivos y en interés de nuestras dos instituciones. Sea objetivo y justo.

Sea consciente de la interacción entre proceso decisorio y debate público. Vele por que su asesoramiento tenga en cuenta la situación política de nuestros interlocutores e integre consideraciones de comunicación.

Facilite una toma de decisión legítima a través de la cooperación, unas buenas relaciones de trabajo y un compromiso entre los Estados miembros y con las instituciones y otras partes interesadas.

Esté bien informado de los acontecimientos dentro de su ámbito de responsabilidad, incluso más allá de los trabajos inmediatos del Consejo Europeo y del Consejo. Tenga presente la situación de conjunto.

Como gestor

Faculte al personal, delegue y confíe, apoye y motive, haga un seguimiento y oriente, aliente la iniciativa y una forma de pensar diferente; reduzca la jerarquía y el control a lo mínimo, a la vez que mantiene la calidad.

Comunique claramente sobre objetivos y expectativas, y garantice que la información fluya hacia, desde y entre su personal, así como con otras DG, direcciones y unidades.

Actúe siempre en interés del conjunto de la SGC, no solo en interés de su DG, dirección o unidad, y vele por que el resultado llegue a nuestras partes interesadas. Rompa el aislamiento.

Tenga el coraje de abordar conflictos, bajo rendimiento y otras dificultades a su debido tiempo; garantice el bienestar y el desarrollo de su personal, y cumpla su función de atención a su personal.

Al impulsar y facilitar cambios, implique a su personal para asegurar que la SGC sigue los acontecimientos y es más dinámica, flexible y colaboradora. Predique con el ejemplo.

Asuma responsabilidad para la utilización óptima de los recursos financieros y humanos de la SGC.


ANEXO II

Igualdad de oportunidades en la Secretaría General del Consejo

En su calidad de empleador, la SGC es responsable de garantizar la igualdad entre hombres y mujeres y la prohibición de discriminación de cualquier tipo.

Los objetivos principales de la política de igualdad de oportunidades son las siguientes:

garantizar que sus políticas de recursos humanos y de gestión de personal respeten los principios de igualdad y no discriminación;

lograr una representación equilibrada de hombres y mujeres, especialmente en los puestos directivos;

mejorar la situación de las personas con discapacidad en términos de accesibilidad de los edificios de la SGC y de creación de un entorno de trabajo inclusivo y adaptado a sus necesidades:

Las adaptaciones para las personas con discapacidad («ajustes razonables») pueden incluir la reorganización de deberes y responsabilidades, la prestación de ayudas técnicas y otros ajustes del entorno de trabajo. Tales medidas se tomarán salvo que supongan una carga indebida para los recursos de la institución.

proteger al personal del acoso en el trabajo;

tener en cuenta las necesidades del personal de lograr un equilibrio entre su vida de trabajo y sus compromisos familiares ofreciendo un buen conjunto de medidas favorables a la familia, entre las que se incluyen el horario de trabajo flexible, el teletrabajo y el trabajo compartido.

Medidas de equilibrio entre el trabajo y la vida privada

En todos los servicios de la SGC está en funcionamiento un sistema de horario flexible basado en unas prestaciones de 40 horas semanales; el personal que no tiene funciones directivas puede recuperar horas extras prestadas. En muchos puestos se puede acordar un horario de trabajo individual dentro del marco horario comprendido entres las 7:00 y las 20:00.

Se puede conceder la posibilidad de trabajo a tiempo parcial, por ejemplo para ocuparse de un hijo dependiente hasta la edad de 12 años, o de 14 cuando el funcionario tenga una familia monoparental.

El permiso de maternidad estatutario tiene una duración de 20 semanas y, a la vuelta al trabajo, se puede conceder hasta dos horas al día para la lactancia materna. Los padres tienen derecho a un permiso de paternidad retribuido de 10 días. Existe un permiso parental de hasta seis meses por hijo, que puede concederse con una prestación a tanto alzado. En caso de enfermedad grave o discapacidad de un hijo, los permisos por maternidad o paternidad o parental son más largos. También es posible acogerse a una licencia familiar con una prestación a tanto alzado cuando hay miembros de la familia con enfermedades graves o discapacidad.

Se concede una licencia especial en casos como el matrimonio, el nacimiento o la adopción de un hijo y el fallecimiento o enfermedad grave de un miembro de la familia. En circunstancias excepcionales se puede conceder una excedencia voluntaria por motivos personales (CCP).

Dependiendo de las funciones y el entorno laboral es posible teletrabajar con arreglo al régimen de teletrabajo habitual (por ejemplo 2 días en el despacho y 3 en casa a la semana) o con arreglo al régimen de teletrabajo ocasional (hasta 50 días en casa al año).

Se dispone de las siguientes instalaciones de guardería para el personal con hijos pequeños, con arreglo a criterios de prioridad:

una guardería de la SGC para niños de 0 a 4 años, guarderías postescolares e instalaciones de acogida para los días de vacaciones organizadas por la Comisión Europea y actividades extraescolares en las Escuelas Europeas.

Para más información, puede enviar un correo electrónico a egalite-des-chances@consilium.europa.eu


ANEXO III

SOLICITUD DE REVISIÓN-VÍAS DE RECURSO

RECLAMACIONES AL DEFENSOR DEL PUEBLO EUROPEO

En todas las etapas del procedimiento de selección, el aspirante que considere que una decisión le es perjudicial podrá hacer uso de los medios siguientes:

Solicitud de revisión de las decisiones adoptadas por el comité consultivo de selección

Dentro del plazo de diez días a partir de la fecha de la carta de notificación de la decisión adoptada por el comité consultivo de selección, puede presentar una solicitud de revisión de la citada decisión en forma de escrito motivado dirigido a:

Consejo de la Unión Europea

Oficina de Selección de Funcionarios

Rue de la Loi, 175

1048 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË

Correo electrónico: service.recrutement.consad104@consilium.europa.eu

Procedimiento de recurso

Puede presentar una reclamación contra la decisión de la autoridad facultada para proceder a los nombramientos, al amparo del artículo 90, apartado 2, del Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea, dentro de los tres meses siguientes a la notificación de la decisión, dirigida a:

Consejo de la Unión Europea

Asesores jurídicos de la Unidad de Administración, DGA 1

Rue de la Loi, 175

1048 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË

Correo electrónico: unite.conseillers.dga1@consilium.europa.eu

Puede presentar un recurso, al amparo del artículo 91 del Estatuto de los funcionarios, dirigido a:

Tribunal General de la Unión Europea

Rue du Fort Niedergrünewlad

L-2925 Luxembourg

LUXEMBOURG

Reclamaciones al Defensor del Pueblo Europeo

Como cualquier otro ciudadano de la Unión, puede presentar una reclamación dirigida a:

Defensor del Pueblo Europeo

1, avenue du Président Robert Schuman — BP 403

67001 Strasbourg Cedex

FRANCE

de conformidad con el artículo 228, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y en las condiciones establecidas en la Decisión 94/262/CECA, CE, Euratom del Parlamento Europeo, de 9 de marzo de 1994, sobre el estatuto del Defensor del Pueblo y las condiciones generales del ejercicio de sus funciones, publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea L 113 de 4 de mayo de 1994.

Obsérvese que la presentación de una reclamación ante el Defensor del Pueblo Europeo no interrumpe el plazo establecido en el artículo 90, apartado 2, y el artículo 91 del Estatuto de los funcionarios para presentar una reclamación o interponer recurso ante el Tribunal de la Unión Europea al amparo del artículo 270 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.


ANEXO IV

PROTECCIÓN DE DATOS

En su calidad de institución encargada de organizar el procedimiento de selección, la Secretaría General del Consejo garantiza que los datos personales de los aspirantes se tratarán conforme a lo dispuesto en el Reglamento (CE) n.o 45/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2000, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones y los organismos comunitarios y a la libre circulación de estos datos (1).

La base jurídica para el procedimiento de selección está constituida por el Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea y la Decisión del Consejo, de 23 de septiembre de 2013, sobre las normas de seguridad para la protección de la información clasificada de la UE (2013/488/UE). El procedimiento de selección se desarrolla bajo la responsabilidad de la Dirección de Recursos Humanos (DG A 1), Unidad de Personal y Movilidad, y el responsable del tratamiento de datos es el jefe de dicha unidad. La información facilitada por los aspirantes estará a disposición de los miembros del personal de la Oficina de Contratación y su jerarquía, de los miembros del comité consultivo de selección y, en caso necesario, de la unidad de consejeros jurídicos. La información administrativa que permita la identificación del aspirante y/o la organización práctica del procedimiento podrá transmitirse a un centro de evaluación.

La finalidad del tratamiento es recopilar datos con objeto, por una parte, de identificar a todos los aspirantes a un puesto en la Secretaría General del Consejo y, por otra, de proceder a una selección entre dichos aspirantes.

Los datos en cuestión son:

los datos personales que permiten identificar a los aspirantes (apellidos, nombre, fecha de nacimiento, sexo, nacionalidad);

la información proporcionada por los aspirantes para facilitar la organización práctica del procedimiento (dirección postal, dirección de correo electrónico, número de teléfono);

la información proporcionada por los aspirantes para facilitar la evaluación de si cumplen las condiciones de admisión establecidas en la convocatoria (nacionalidad; lenguas; las cualificaciones de los aspirantes y el año en que las obtuvieron, el tipo de diploma/grado, el nombre de la institución que los concedió, la experiencia profesional);

cuando proceda, la información sobre el tipo y duración de la habilitación de seguridad del aspirante;

los resultados de las pruebas de selección a las que se sometan los aspirantes, incluidas las evaluaciones efectuadas por los asesores del centro de evaluación para el comité de selección.

El tratamiento da comienzo en la fecha de recepción de la candidatura. Las candidaturas recibidas se archivan y almacenan en expedientes durante dos años.

Todos los aspirantes pueden ejercer el derecho de acceso y de rectificación de sus datos de carácter personal. Para ello, enviarán una solicitud motivada por correo electrónico a la Oficina de Selección de Funcionarios a la dirección: selection.of.officials@consilium.europa.eu.

Los aspirantes tienen derecho a recurrir al Supervisor Europeo de Protección de Datos en cualquier momento (edps@edps.europa.eu).


(1)  DO L 8 de 12.1.2001, p. 1.


ANEXO V

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5.4.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

CA 119/57


ANUNCIO DE VACANTE CONS/AD/139/18

(2018/C 119 A/04)

INFORMACIÓN GENERAL

Servicio

Servicio Jurídico

Dirección 2 (Empleo, Asuntos Sociales, Educación, Agricultura y Pesca)

Lugar de trabajo

Bruselas

Denominación del puesto

Director

Categoría y grado

AD 14

Habilitación de seguridad exigida

EU SECRET

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE CANDIDATURAS

25 de abril de 2018

QUIÉNES SOMOS

La Secretaría General del Consejo presta asistencia al Consejo Europeo y al Consejo de la UE y a sus órganos preparatorios en todos los ámbitos de sus actividades. Ofrece asesoramiento y apoyo a los miembros del Consejo Europeo y del Consejo y a sus presidentes en todos los sectores de actividad, incluido el asesoramiento político y jurídico, coordinación con otras instituciones, elaboración de acuerdos transaccionales, redacción, así como todas las funciones necesarias para la correcta preparación y el buen desarrollo del Consejo Europeo y del Consejo.

El Servicio Jurídico es el asesor jurídico del Consejo Europeo y del Consejo, y asiste al Consejo Europeo, al Consejo y a sus órganos preparatorios, a la Presidencia y a la Secretaría General para garantizar la legalidad y claridad en la redacción de sus actos. En cooperación con otros servicios del Consejo, contribuye a la búsqueda de soluciones jurídicamente correctas y políticamente aceptables y adopta una orientación creativa cuando procede. Para ello, formula dictámenes completamente imparciales — bien orales, bien escritos, a instancias del Consejo o por propia iniciativa — sobre todo tipo de cuestiones de naturaleza jurídica. El Servicio Jurídico representa asimismo al Consejo Europeo y al Consejo en asuntos presentados ante los tribunales de la Unión.

El objetivo constante del Servicio Jurídico del Consejo consiste en facilitar en el momento oportuno contribuciones que se distingan por el pleno respeto de la legalidad, por su imparcialidad y por su claridad.

El Servicio Jurídico está compuesto por seis direcciones temáticas que abarcan todos los ámbitos de actividad de la Unión y una dirección encargada de la calidad de la legislación. La Dirección 2 se encarga de los expedientes relativos a la agricultura y la pesca, la educación, la juventud, la cultura y el deporte, y el empleo y los asuntos sociales.

Los aspirantes deben ser conscientes de que futuras reorganizaciones de la Secretaría podrían ocasionar modificaciones en las competencias de los puestos a los que se presentan.

QUÉ TIPO DE PERSONA BUSCAMOS

El Servicio Jurídico del Consejo contrata a un director para la Dirección 2. Buscamos un jurista con buenos conocimientos y experiencia práctica en los ámbitos que abarca nuestra Dirección, entre los que se incluye el empleo, los asuntos sociales, la educación, la agricultura y la pesca. La persona contratada deberá asistir al Consejo y a sus órganos preparatorios y encargarse de la defensa del Consejo ante los órganos jurisdiccionales de la Unión.

Dado que la Secretaría General del Consejo (SGC) fomenta una cultura de movilidad de su personal directivo, al que se exige una dilatada experiencia, los aspirantes deben estar dispuestos y capacitados para trabajar en diferentes ámbitos de actividad a lo largo de su carrera profesional en la SGC.

En calidad de gestor de la SGC se espera que asesore a su jerarquía y a las partes interesadas, que se encargue de la gestión del personal y represente a la SGC. Para más detalles sobre el perfil de los gestores horizontales de la SGC véase el anexo I.

FINALIDAD GENERAL DEL PUESTO

Gestionar su Dirección, bajo la autoridad del director general, y prestar asesoramiento en los ámbitos correspondientes al mandato de la Dirección. Facilitar asesoramiento jurídico de alto nivel, en forma escrita o verbal, en los ámbitos incluidos en el mandato de la Dirección.

FUNCIONES

Bajo la autoridad del director general, dirigir su Dirección, organizar sus actividades y respaldar y motivar al personal en su trabajo.

Facilitar asesoramiento y dictámenes verbales o escritos de alto nivel sobre cuestiones jurídicas e institucionales al Consejo, al Coreper u otros órganos preparatorios, así como al Secretario General del Consejo, previa solicitud o por propia iniciativa.

Asesorar a la presidencia y/o a la Secretaría General del Consejo sobre los aspectos jurídicos de los expedientes, con miras a hallar soluciones que resulten jurídicamente correctas y aceptables por el órgano de que se trate, y llevar a cabo estudios especializados de alto nivel en los ámbitos comprendidos en el mandato de la Dirección.

Representar a su servicio a nivel de directores, tanto dentro como fuera de la Secretaría General del Consejo, especialmente en sus relaciones con la presidencia, así como en sus relaciones con las demás instituciones.

Garantizar la calidad de los servicios y productos que facilite la Dirección.

Garantizar la gestión profesional de los recursos de la Dirección.

Garantizar la eficaz comunicación y cooperación tanto en el seno de la Dirección como con otras Direcciones, al igual que con otros servicios de la Secretaría General del Consejo.

Hacer un seguimiento de los trabajos del Consejo, del Coreper y, si fuera necesario, de otros órganos preparatorios, participar en reuniones y, si procede, en sesiones de información y/o en negociaciones con objeto de alcanzar acuerdos transaccionales y hallar soluciones.

Asistir y representar al Consejo Europeo o al Consejo en controversias de orden jurídico y representarlos, si procede, en asuntos pendientes ante los tribunales de la UE.

CARACTERÍSTICAS DEL PUESTO

Misiones ocasionales a Luxemburgo y Estrasburgo.

Horario de trabajo condicionado a las reuniones del Coreper I y del Consejo en los ámbitos de actividad de la Dirección.

COMPETENCIAS ESPECÍFICAS

Competencias profesionales

Como en gran medida el francés y el inglés son las lenguas utilizadas para comunicarse en el seno de la SGC y con otras instituciones, se exige un excelente conocimiento de una de las dos lenguas y un buen conocimiento de la otra lengua. Se valorará el conocimiento de otras lenguas oficiales de la UE.

Amplio conocimiento del Derecho de la UE.

Amplio conocimiento del funcionamiento y de los procedimientos de la UE.

El conocimiento del ámbito de actividad resulta fundamental para el puesto.

Realización de tareas y obtención de resultados

Cualidades personales

Actuar de manera adecuada por propia iniciativa.

Capacidad de dar muestras de creatividad.

Capacidad de trabajar en un entorno internacional y multicultural.

Aptitudes interpersonales

Capacidad de demostrar aptitudes diplomáticas y de comunicación.

La competencia general «comunicación interpersonal» es una competencia esencial para el puesto.

Capacidad de mantener buenas relaciones de trabajo con toda una gama de interlocutores

Ser capaz de dirigir y motivar a equipos multidisciplinarios y multiculturales.

Competencias de gestión

Gestión del trabajo y de los recursos, conciencia organizativa, capacidad de decisión, liderazgo y desarrollo del equipo.

CONDICIONES DE ADMISIÓN

El aspirante deberá cumplir las siguientes condiciones en el momento de presentar su candidatura:

a)

Condiciones generales

ser nacional de uno de los Estados miembros de la Unión Europea;

estar en plena posesión de sus derechos civiles;

encontrarse en situación regular respecto de la legislación aplicable en materia de servicio militar.

b)

Condiciones específicas

Estar en posesión de una licenciatura en Derecho que permita el acceso a estudios de doctorado o que tengan una cualificación profesional equivalente (1).

Tener al menos quince años de experiencia profesional prestando asesoramiento jurídico y al menos tres años desempeñando efectivamente responsabilidades de gestión y organización.

Tres años ocupando un puesto con responsabilidades significativas en términos de coordinación jurídica equivaldrían a la experiencia de gestión requerida.

OBSERVACIONES

La Secretaría General del Consejo aplica una política de igualdad de oportunidades (véase el anexo II) y fomenta activamente la presentación de solicitudes por todos los aspirantes cualificados con experiencias distintas y procedentes del espectro geográfico más amplio posible entre los Estados miembros de la UE. Para fomentar la igualdad entre hombres y mujeres, la SGC alienta candidaturas femeninas, que se encuentran en la actualidad infrarrepresentadas en funciones de gestión.

La Dirección de Recursos Humanos puede prestar asistencia a las personas con discapacidad durante los procedimientos de contratación. Se pueden realizar adaptaciones razonables a las personas con discapacidad en el puesto de trabajo. La SGC también ofrece numerosas medidas de conciliación de la vida profesional con la vida privada. Para más información al respecto, póngase en contacto con la Oficina de Igualdad de Oportunidades (egalite-des-chances@consilium.europa.eu).

Este puesto exige una habilitación de seguridad que dé acceso a documentos clasificados (nivel SECRET EU/EU SECRET). Se entiende que los aspirantes aceptarán someterse a una investigación de seguridad de conformidad con la Decisión 2013/488/UE del Consejo (2) El nombramiento para el puesto solo tendrá efecto a condición de que el candidato seleccionado haya obtenido un certificado de habilitación de seguridad válido. A los candidatos sin habilitación de seguridad se les ofrecerá un contrato temporal hasta que se obtengan los resultados de la investigación de seguridad.

El aspirante debe estar dispuesto a asistir, en su caso, al programa de formación en materia de gestión de la SGC.

Vacante publicada de conformidad con el artículo 29, apartado 2, del Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea (3) (vacante de altos funcionarios).

La vacante también se ha publicado en todas las instituciones de la Unión Europea.

Al elegir al candidato seleccionado, la autoridad facultada para proceder a los nombramientos estará asistida por un comité consultivo de selección. El comité consultivo de selección estará respaldado por un centro de evaluación. Los informes redactados por el centro de evaluación dejarán de ser válidos dos años después de la fecha en que se llevaron a cabo los ejercicios correspondientes, o en el momento de la resolución del contrato marco entre la SGC y el centro de evaluación de que se trate, si esta fecha fuese anterior.

El comité consultivo de selección evaluará y comparará inicialmente las cualificaciones, la experiencia y la motivación de todos los candidatos a tenor de sus candidaturas. Basándose en esa evaluación comparativa, el comité consultivo de selección elaborará la lista de candidatos preseleccionados que a su juicio sean más adecuados, que serán invitados a una primera entrevista. Puesto que esta primera selección se basa en una evaluación comparativa de las solicitudes, el cumplimiento de los requisitos de la presente convocatoria no garantiza que se sea invitado a la primera entrevista. Entre los candidatos entrevistados, el comité consultivo de selección preseleccionará a unos candidatos que acudirán a un centro de evaluación gestionado por consultores externos de selección de personal y mantendrán una segunda entrevista con el comité consultivo de selección.

La planificación provisional de la selección es la siguiente:

está previsto que los candidatos seleccionados para las entrevistas reciban la notificación a principios de junio de 2018;

las primeras entrevistas están previstas en junio de 2018;

se espera que el centro de evaluación tenga lugar en junio de 2018;

la segunda ronda de entrevistas está programada en julio de 2018.

CÓMO PRESENTAR LA CANDIDATURA

La fecha límite para presentar las candidaturas es el 25 de abril de 2018.

Las candidaturas deberán enviarse por correo electrónico, a más tardar en dicha fecha, a la dirección Selection.of.Officials-Applications.Management.Posts@consilium.europa.eu.

Para ser válidas, las candidaturas deberán incluir:

a)

el formulario de candidatura (anexo V) debidamente cumplimentado y fechado; el formulario de candidatura electrónico puede encontrarse en la sede electrónica del Consejo con el siguiente enlace: http://www.consilium.europa.eu/en/general-secretariat/jobs/job-opportunities/

b)

una carta de motivación, en la que se exponga la experiencia, los conocimientos y las cualificaciones del aspirante pertinentes para el puesto, acompañada de un currículum vítae detallado, en inglés o en francés, preferentemente en formato Europass (http://europass.cedefop.europa.eu), que abarque la totalidad de la carrera del aspirante y en el que se enumeren, entre otros, las cualificaciones del solicitante, su conocimiento de idiomas, su experiencia y las funciones que desempeña actualmente; y

c)

fotocopias de los títulos que acrediten la formación y fotocopias de los documentos y de los certificados relativos a la experiencia profesional. Los documentos justificantes de la experiencia profesional deberán haber sido expedidos por terceros, sin que sea suficiente el envío del currículum vítae indicado en la letra b).

Todos los documentos justificantes adjuntados a la candidatura deberán enviarse en formato Word, pdf o jpg, ir nombrados (en inglés o francés) y estar numerados consecutivamente (anexo 1, anexo 2, etc.). Deberá adjuntarse asimismo una lista de todos los anexos. No se tendrán en cuenta las candidaturas enviadas a través de soluciones de almacenamiento de datos basadas en la nube ni en plataformas de puesta en común de ficheros.

Se pedirá a los aspirantes seleccionados para el puesto que presenten los originales de dichos documentos.

REVISIÓN DE LAS CANDIDATURAS

Los procedimientos aplicables a las solicitudes de revisión, las vías de recurso y las reclamaciones al Defensor del Pueblo Europeo figuran en el anexo III de la presente convocatoria.

PROTECCIÓN DE DATOS

Las normas que regulan el tratamiento de datos personales en relación con el presente procedimiento de selección figuran en el anexo IV de la presente convocatoria.


(1)  El artículo 5, apartado 3, letra c), del Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea requiere que los aspirantes posean al menos:

i)

un nivel de educación correspondiente a estudios universitarios completos, acreditados por un título, cuando la duración normal de la enseñanza universitaria sea como mínimo de cuatro años, o

ii)

un nivel de educación correspondiente a estudios universitarios completos, acreditados por un título, y una experiencia profesional adecuada de un año como mínimo, cuando la duración normal de la enseñanza universitaria sea como mínimo de tres años.

(2)  DO L 274 de 15.10.2013, p. 1.

(3)  Estatuto de los funcionarios y régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea, establecidos por el Reglamento (CEE, Euratom, CECA) n.o 259/68 del Consejo y modificados en último lugar por el Reglamento (UE) n.o 1023/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2013 — http://eur-lex.europa.eu


ANEXO I

Perfil de gestor horizontal de la SGC

En calidad de gestor de la SGC, tiene un valor añadido al actuar a la vez como asesor y como gestor, y siendo siempre un representante de la SGC.

Al desempeñar estas funciones se espera que:

Como representante

Actúe con integridad, tanto externa como internamente.

Actúe en interés del Consejo Europeo y del Consejo, así como de la Unión en su conjunto. Vele por que se detecte y se resuelva adecuadamente cualquier divergencia.

Cree una clima de confianza, fiabilidad y apertura y sea un trabajador en red activo.

Sea orientado al resultado e influyente, y a la vez respetuoso y orientado al servicio.

Como asesor

Contribuya al desarrollo de la Unión. Sea proactivo y creativo. Piense con futuro y prevea nuevos acontecimientos. Actúe para encontrar soluciones.

Asesore a nuestras partes interesadas para facilitar el logro de sus objetivos y en interés de nuestras dos instituciones. Sea objetivo y justo.

Sea consciente de la interacción entre toma de decisiones y debate público. Vele por que su asesoramiento tenga en cuenta la situación política de nuestras partes interesadas e integre consideraciones de comunicación.

Facilite una toma de decisión legítima a través de la cooperación, unas buenas relaciones de trabajo y un compromiso entre los Estados miembros y con las instituciones y otras partes interesadas.

Esté bien informado de los acontecimientos dentro de su ámbito de responsabilidad, incluso más allá de los trabajos inmediatos del Consejo Europeo y del Consejo. Tenga presente la situación de conjunto.

Como gestor

Faculte al personal, delegue y confíe, apoye y motive, haga un seguimiento y oriente, aliente la iniciativa y una forma de pensar diferente; reduzca la jerarquía y el control a lo mínimo, a la vez que mantiene la calidad.

Comunique claramente sobre objetivos y expectativas, y garantice que la información fluya hacia, desde y entre su personal, así como con otras DG, direcciones y unidades.

Actúe siempre en interés del conjunto de la SGC, no solo en interés de su DG, dirección o unidad, y vele por que el resultado llegue a nuestras partes interesadas. Rompa el aislamiento.

Tenga el coraje de abordar conflictos, rendimiento bajo y otras dificultades a su debido tiempo; garantice el bienestar y el desarrollo de su personal, y cumpla su función de atención a su personal.

Al impulsar y facilitar cambios, implique a su personal para asegurar que la SGC sigue los acontecimientos y es más dinámica, flexible y colaboradora. Predique con el ejemplo.

Asuma responsabilidad para la utilización óptima de los recursos financieros y humanos de la SGC.


ANEXO II

Igualdad de oportunidades en la Secretaría General del Consejo

En su calidad de empleador, la SGC es responsable de garantizar la igualdad entre hombres y mujeres y la prohibición de discriminación de cualquier tipo.

Los objetivos principales de la política de igualdad de oportunidades son las siguientes:

garantizar que sus políticas de recursos humanos y de gestión de personal respeten los principios de igualdad y no discriminación;

lograr una representación equilibrada de hombres y mujeres, especialmente en los puestos directivos;

mejorar la situación de las personas con discapacidad en términos de accesibilidad de los edificios de la SGC y de creación de un entorno de trabajo inclusivo y adaptado a sus necesidades:

Las adaptaciones para las personas con discapacidad («ajustes razonables») pueden incluir la reorganización de deberes y responsabilidades, la prestación de ayudas técnicas y otros ajustes del entorno de trabajo. Tales medidas se tomarán salvo que supongan una carga indebida para los recursos de la institución.

proteger al personal del acoso en el trabajo;

tener en cuenta las necesidades del personal de lograr un equilibrio entre su vida de trabajo y sus compromisos familiares ofreciendo un buen conjunto de medidas favorables a la familia, entre las que se incluyen el horario de trabajo flexible, el teletrabajo y el trabajo compartido.

Medidas de conciliación del trabajo y la vida privada

En todos los servicios de la SGC está en funcionamiento un sistema de horario flexible basado en unas prestaciones de 40 horas semanales; el personal que no tiene funciones directivas puede recuperar horas extras prestadas. En muchos puestos se puede acordar un horario de trabajo individual dentro del marco horario comprendido entre las 7.00 y las 20.00 horas.

Se puede conceder la posibilidad de trabajo a tiempo parcial, por ejemplo para ocuparse de un hijo dependiente hasta la edad de 12 años, o de 14 cuando el funcionario tenga una familia monoparental.

El permiso de maternidad estatutario tiene una duración de 20 semanas y, a la vuelta al trabajo, se puede conceder hasta dos horas al día para la lactancia materna. Los padres tienen derecho a un permiso de paternidad retribuido de 10 días. Existe un permiso parental de hasta seis meses por hijo, que puede concederse con una prestación a tanto alzado. En caso de enfermedad grave o discapacidad de un hijo, los permisos por maternidad o paternidad o parental son más largos. También es posible acogerse a una licencia familiar con una prestación a tanto alzado cuando hay miembros de la familia con enfermedades graves o discapacidad.

Se concede una licencia especial en casos como el matrimonio, el nacimiento o la adopción de un hijo y el fallecimiento o enfermedad grave de un miembro de la familia. En circunstancias excepcionales se puede conceder una excedencia voluntaria por motivos personales (CCP).

Dependiendo de las funciones y el entorno laboral es posible teletrabajar con arreglo al régimen de teletrabajo habitual (por ejemplo 2 días en el despacho y 3 en casa a la semana) o con arreglo al régimen de teletrabajo ocasional (hasta 50 días en casa al año).

Se dispone de las siguientes instalaciones de guardería para el personal con hijos pequeños, con arreglo a criterios de prioridad:

una guardería de la SGC para niños de 0 a 4 años, guarderías postescolares e instalaciones de acogida para los días de vacaciones organizadas por la Comisión Europea y actividades extraescolares en las Escuelas Europeas.

Para más información, puede enviar un correo electrónico a egalite-des-chances@consilium.europa.eu.


ANEXO III

SOLICITUD DE REVISIÓN-VÍAS DE RECURSO

RECLAMACIONES AL DEFENSOR DEL PUEBLO EUROPEO

En todas las etapas del procedimiento de selección, el aspirante que considere que una decisión le es perjudicial podrá hacer uso de los medios siguientes:

Solicitud de revisión de las decisiones adoptadas por el comité consultivo de selección

Dentro del plazo de diez días a partir de la fecha de la carta de notificación de la decisión adoptada por el comité consultivo de selección, puede presentar una solicitud de revisión de la citada decisión en forma de escrito motivado dirigido a:

Consejo de la Unión Europea

Oficina de Selección de Funcionarios

Rue de la Loi/Wetstraat 175

1048 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË

Correo electrónico: service.recrutement.consad104@consilium.europa.eu

Procedimiento de recurso

Puede presentar una reclamación contra la decisión de la autoridad facultada para proceder a los nombramientos, al amparo del artículo 90, apartado 2, del Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea, dentro de los tres meses siguientes a la notificación de la decisión, dirigida a:

Consejo de la Unión Europea

Asesores jurídicos de la Unidad de Administración, DGA 1

1048 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË

Correo electrónico: unite.conseillers.dga1@consilium.europa.eu

Puede presentar un recurso, al amparo del artículo 91 del Estatuto de los funcionarios, dirigido a:

Tribunal General de la Unión Europea

Rue du Fort Niedergrünewlad

L-2925 Luxembourg

LUXEMBOURG

Reclamaciones al Defensor del Pueblo Europeo

Como cualquier otro ciudadano de la Unión, puede presentar una reclamación dirigida a:

Defensor del Pueblo Europeo

1, avenue du Président Robert Schuman — BP 403

67001 Estrasburgo Cedex

FRANCE

de conformidad con el artículo 228, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y en las condiciones establecidas en la Decisión 94/262/CECA, CE, Euratom del Parlamento Europeo, de 9 de marzo de 1994, sobre el estatuto del Defensor del Pueblo y las condiciones generales del ejercicio de sus funciones, publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea L 113 de 4 de mayo de 1994.

Obsérvese que la presentación de una reclamación ante el Defensor del Pueblo Europeo no interrumpe el plazo establecido en el artículo 90, apartado 2, y el artículo 91 del Estatuto de los funcionarios para presentar una reclamación o interponer recurso ante el Tribunal de la Unión Europea al amparo del artículo 270 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.


ANEXO IV

PROTECCIÓN DE DATOS

En su calidad de institución encargada de organizar el procedimiento de selección, la Secretaría General del Consejo garantiza que los datos personales de los aspirantes se tratarán conforme a lo dispuesto en el Reglamento (CE) n.o 45/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2000, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones y los organismos comunitarios y a la libre circulación de estos datos (1).

La base jurídica para el procedimiento de selección está constituida por el Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea y la Decisión del Consejo, de 23 de septiembre de 2013, sobre las normas de seguridad para la protección de la información clasificada de la UE (2013/488/UE). El procedimiento de selección se desarrolla bajo la responsabilidad de la Dirección de Recursos Humanos (DG A 1), Unidad de Personal y Movilidad, y el responsable del tratamiento de datos es el jefe de dicha unidad. La información facilitada por los aspirantes estará a disposición de los miembros del personal de la Oficina de Contratación y su jerarquía, de los miembros del comité consultivo de selección y, en caso necesario, de la unidad de consejeros jurídicos. La información administrativa que permita la identificación del aspirante y/o la organización práctica del procedimiento podrá transmitirse a un centro de evaluación.

La finalidad del tratamiento es recopilar datos con objeto, por una parte, de identificar a todos los aspirantes a un puesto en la Secretaría General del Consejo y, por otra, de proceder a una selección entre dichos aspirantes.

Los datos en cuestión son:

los datos personales que permiten identificar a los aspirantes (apellidos, nombre, fecha de nacimiento, sexo, nacionalidad);

la información proporcionada por los aspirantes para facilitar la organización práctica del procedimiento (dirección postal, dirección de correo electrónico, número de teléfono);

la información proporcionada por los aspirantes para facilitar la evaluación de si cumplen las condiciones de admisión establecidas en la convocatoria (nacionalidad; lenguas; las cualificaciones de los aspirantes y el año en que las obtuvieron, el tipo de diploma/grado, el nombre de la institución que los concedió, la experiencia profesional);

cuando proceda, la información sobre el tipo y duración de la habilitación de seguridad del aspirante;

los resultados de las pruebas de selección a las que se sometan los aspirantes, incluidas las evaluaciones efectuadas por los asesores del centro de evaluación para el comité de selección.

El tratamiento da comienzo en la fecha de recepción de la candidatura. Las candidaturas recibidas se archivan y almacenan en expedientes durante dos años.

Todos los aspirantes pueden ejercer el derecho de acceso y de rectificación de sus datos de carácter personal. Para ello, enviarán una solicitud motivada por correo electrónico a la Oficina de Selección de Funcionarios a la dirección: selection.of.officials@consilium.europa.eu.

Los aspirantes tienen derecho a recurrir al Supervisor Europeo de Protección de Datos en cualquier momento (edps@edps.europa.eu).


(1)  DO L 8 de 12.1.2001, p. 1.


ANEXO V

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5.4.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

CA 119/76


ANUNCIO DE VACANTE CONS/AD/140/18

(2018/C 119 A/05)

INFORMACIÓN GENERAL

Servicio

Dirección General F-Comunicación e Información Dirección 2-Información y Actividades de Difusión Pública

Lugar de trabajo

Bruselas

Denominación del puesto

Director

Grupo de funciones y grado

AD 14

Habilitación de seguridad exigida

EU SECRET

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE CANDIDATURAS

25 de abril de 2018

QUIÉNES SOMOS

La Secretaría General del Consejo (SGC) presta ayuda al Consejo Europeo y al Consejo de la UE y a los órganos preparatorios de estos en todos sus ámbitos de actuación. Proporciona asesoramiento y apoyo a los miembros del Consejo Europeo y del Consejo de la UE y a sus respectivos presidentes en todos sus ámbitos de actividad, con inclusión del asesoramiento jurídico y estratégico, la coordinación con otras instituciones, la búsqueda de soluciones transaccionales, la redacción de textos y todos los demás aspectos prácticos necesarios para la correcta preparación y el buen funcionamiento del Consejo Europeo y del Consejo.

La función de la Dirección General F - «Comunicación e Información» es organizar la comunicación y facilitar información sobre las actividades de las mencionadas instituciones.

Dentro de la Dirección General F, la nueva Dirección de Información y Actividades de Difusión Pública tiene por cometido despertar el interés activo del público e informarle de la labor de nuestras instituciones, en particular recurriendo a cauces multiplicadores clave como las organizaciones no gubernamentales, los círculos de reflexión, el mundo académico, los grupos de presión, blogueros influyentes, funcionarios de las administraciones públicas o estudiantes. La Dirección gestiona el Centro de Visitantes y los actos públicos del Consejo, los servicios de diseño gráfico, publicaciones y producción, las actividades relacionadas con la transparencia, y los Archivos y la Biblioteca del Consejo. Bajo la autoridad del director general, el director es responsable de todas las actividades de la Dirección.

El director tendrá a su cargo una plantilla de más de 70 personas, y contará con un presupuesto y unos recursos técnicos considerables.

Los candidatos deben tener en cuenta que el contenido de los puestos que soliciten puede sufrir modificaciones como consecuencia de futuros procesos de reorganización de la Secretaría.

QUÉ TIPO DE PERSONA BUSCAMOS

Estamos buscando un gestor, capaz de dirigir y desarrollar las actividades de información y de difusión pública de la SGC. Se espera que, bajo su liderazgo, la Dirección lleve a cabo una labor activa para llegar al público y despertar el interés activo de las personas y organizaciones no gubernamentales clave que se interesan por la labor del Consejo Europeo y del Consejo.

El candidato debe tener muy buen conocimiento de la finalidad, estructura y funcionamiento del Consejo Europeo y el Consejo y de sus procedimientos. Debe tener experiencia en la dirección de personas y saber cómo sacar lo mejor de profesionales procedentes de contextos diversos, como gestores de eventos, guías, gestores de servicios de publicación y producción, diseñadores gráficos, archivistas, bibliotecarios y especialistas en transparencia. Se espera del candidato que tenga excelentes capacidades de comunicación interpersonal, un gran sentido de la iniciativa y una personalidad creativa.

Dado que la SGC promueve la movilidad de su personal directivo, al que se exige una dilatada experiencia, los aspirantes deben tener estar dispuestos y capacitados para trabajar en diferentes ámbitos de actividad a lo largo de su carrera profesional en la SGC.

Como directivo de la SGC, se espera del candidato que asesore a sus superiores e interlocutores, que gestione al personal y que represente a la SGC. Encontrará información más pormenorizada a este respecto en el anexo I (Perfil horizontal del directivo de la SGC).

FINALIDAD GENERAL DEL PUESTO

Bajo la autoridad del director general, dirigir su Dirección y facilitar asesoramiento en los ámbitos incluidos en su mandato.

FUNCIONES

Bajo la autoridad del director general, dirigir su Dirección, organizar las actividades de esta y respaldar y motivar al personal en su trabajo.

Definir los objetivos que deben alcanzarse y contribuir a su consecución mediante la elaboración del programa de trabajo de la Dirección y la adecuada supervisión de su aplicación.

Representar a su servicio en calidad de director, tanto dentro como fuera de la SGC, especialmente en sus relaciones con la Presidencia rotatoria y con las demás instituciones.

Garantizar la calidad de los servicios y productos de su Dirección.

Gestionar con profesionalidad los recursos de la Dirección.

Garantizar una comunicación y una cooperación eficaces, tanto dentro de la Dirección como con otros servicios de la SGC.

Asumir un liderazgo estratégico y definir políticas, conceptos e iniciativas para llegar al público y despertar en él un interés activo, con especial atención a audiencias clave (personas con influencia en la formación de la opinión pública, funcionarios de las administraciones públicas y estudiantes, por ejemplo).

Mantener contactos con interlocutores externos y representar a la SGC en foros exteriores.

CARACTERÍSTICAS DEL PUESTO

El servicio permite el teletrabajo ocasional.

El puesto puede requerir la realización de misiones en el extranjero.

COMPETENCIAS ESPECÍFICAS

Competencias profesionales

Dado el uso extendido del francés y el inglés para la comunicación tanto dentro de la SGC como con otras instituciones, se exige un excelente conocimiento de una de esas dos lenguas y muy buen conocimiento de la otra. Se valorará el conocimiento de otras lenguas oficiales de la UE.

Buena comprensión de las posibilidades que ofrecen los instrumentos de comunicación digitales para llegar al público y despertar en él un interés activo.

Muy buen conocimiento de la estructura y el funcionamiento del Consejo y del Consejo Europeo y de sus relaciones con las demás instituciones de la UE.

Percepción muy fina del entorno político.

Capacidad de manejar información con discreción.

Discernimiento y solución de problemas

Excelentes capacidades de discernimiento y solución de problemas.

Ejercicio de funciones y obtención de resultados

Gran capacidad para planificar y organizar el trabajo y para obtener resultados (competencia clave).

Cualidades personales

Excelente sentido de la responsabilidad y capacidad para elaborar soluciones creativas y eficaces.

Capacidad demostrada para transformar iniciativas en resultados positivos.

Capacidad de adaptarse a cambios del entorno de trabajo, a nuevas tecnologías, funciones, prioridades, métodos de trabajo o procedimientos y disposición para asumir como necesaria la evolución de las responsabilidades.

Aptitudes interpersonales

Capacidad para interactuar de modo eficaz y convincente con interlocutores tanto internos como externos y con el público en general.

Grandes aptitudes de comunicación (competencia clave).

Capacidad para dirigir equipos multiculturales y multidisciplinares y para motivarlos.

Capacidad para representar de un modo positivo a la SGC.

Competencias de gestión

Gestión del trabajo y de los recursos, conocimiento de la organización, capacidad de decisión, liderazgo y desarrollo del personal.

CONDICIONES DE ADMISIÓN

El aspirante deberá cumplir las siguientes condiciones en el momento de presentar su candidatura:

a)

Condiciones generales

Ser nacional de uno de los Estados miembros de la Unión Europea.

Estar en plena posesión de sus derechos civiles.

Encontrarse en situación regular respecto de la legislación aplicable en materia de servicio militar.

b)

Condiciones específicas

Haber realizado un ciclo completo de enseñanza universitaria acreditado por un título (1).

Poseer una experiencia profesional pertinente de quince años como mínimo, de los cuales al menos tres años en un cargo directivo al frente de una entidad administrativa con funciones de gestión y organización o en un puesto con importantes responsabilidades de coordinación.

OBSERVACIONES

La Secretaría General del Consejo (SGC) está resuelta a promover la igualdad de oportunidades (véase el anexo II) y fomenta activamente la presentación de candidaturas por parte de aspirantes de procedentes de contextos diversos y de orígenes geográficos tan variados como sea posible dentro los Estados miembros de la UE, siempre que reúnan las condiciones exigidas. Con el fin de promover la igualdad de género, la SGC anima a las mujeres a que presenten su candidatura para este puesto, ya que están actualmente infrarrepresentadas en los cargos directivos.

La Dirección de Recursos Humanos puede prestar asistencia a las personas con discapacidad durante los procedimientos de contratación. Pueden efectuarse ajustes razonables en el lugar de trabajo para las personas con discapacidad. La SGC también ofrece numerosas medidas de conciliación de la vida profesional y la vida privada. Para más información al respecto, los aspirantes pueden ponerse en contacto con la Oficina de Igualdad de Oportunidades (egalite-des-chances@consilium.europa.eu).

Este puesto requiere una habilitación de seguridad que permita el acceso a documentos clasificados (nivel EU SECRET). Se entiende que el aspirante que presenta su candidatura para este puesto acepta someterse a una investigación de seguridad de conformidad con la Decisión 2013/488/UE del Consejo (2). El nombramiento para el puesto solo surtirá efecto a condición de que el candidato seleccionado haya obtenido un certificado de habilitación de seguridad válido. A los candidatos sin habilitación de seguridad se les ofrecerá un contrato temporal hasta que se obtengan los resultados de la investigación de seguridad.

El aspirante debe estar dispuesto a seguir el programa de formación para la gestión de la SGC si es necesario.

Vacante publicada de conformidad con el artículo 29, apartado 2, del Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea (3) (vacantes de altos funcionarios).

La vacante se publica también para todas las instituciones de la Unión Europea.

Durante el proceso de selección del candidato, la autoridad facultada para proceder a los nombramientos contará con la asistencia de un comité consultivo de selección. El comité consultivo de selección estará respaldado por un centro de evaluación. Los informes elaborados por el centro de evaluación dejarán de ser válidos dos años después de la fecha de realización de las pruebas correspondientes, o en la fecha de resolución del contrato marco entre la SGC y el centro de evaluación de que se trate, si esta fecha fuese anterior.

El comité consultivo de selección empezará por evaluar y comparar las cualificaciones, la experiencia y la motivación de todos los candidatos a tenor de sus candidaturas. Basándose en esa evaluación comparativa, el comité consultivo de selección hará una primera preselección de los candidatos que, a su juicio, sean más idóneos, que serán invitados a una primera entrevista. Puesto que esta primera preselección se basa en una evaluación comparativa de las candidaturas, el cumplimiento de los requisitos de la presente convocatoria no garantiza que se sea invitado a la primera entrevista. Entre los candidatos entrevistados, el comité consultivo de selección hará una segunda preselección para determinar los candidatos que acudirán a un centro de evaluación gestionado por consultores externos en selección de personal y que mantendrán una segunda entrevista con el comité consultivo de selección.

El calendario provisional del proceso de selección es el siguiente:

Se prevé que los candidatos seleccionados para las entrevistas sean informados de ello a principios de junio de 2018.

Las primeras entrevistas están previstas para junio de 2018.

Las pruebas en el centro de evaluación se realizarán, en principio, en junio de 2018.

Se prevé que la segunda ronda de entrevistas tenga lugar en julio de 2018.

CÓMO PRESENTAR LA CANDIDATURA

La fecha límite para presentar las candidaturas es el 25 de abril de 2018.

Las candidaturas deberán enviarse por correo electrónico, a más tardar en dicha fecha, a la dirección Selection.of.Officials-Applications.Management.Posts@consilium.europa.eu.

Para ser válidas, las candidaturas deberán incluir:

a)

el formulario de candidatura (anexo V) debidamente cumplimentado y fechado; el formulario de candidatura electrónico está disponible en la sede electrónica del Consejo, en la siguiente dirección: http://www.consilium.europa.eu/en/general-secretariat/jobs/job-opportunities/

b)

una carta de motivación en la que se destaque la experiencia, conocimientos y aptitudes del candidato pertinentes para el puesto, acompañada de un currículum vítae detallado, en inglés o en francés, preferentemente en formato Europass (http://europass.cedefop.europa.eu), que abarque la totalidad de la carrera del aspirante y en el que se enumeren, entre otras cosas, las cualificaciones del aspirante, sus conocimientos de idiomas, su experiencia y las funciones que desempeña actualmente; y

c)

fotocopias de los títulos que acrediten la formación y fotocopias de los documentos y de los certificados relativos a la experiencia profesional. Los documentos justificantes deberán haber sido expedidos por terceros; no se considerará suficiente el envío del currículum vítae indicado en la letra b).

Todos los documentos justificantes adjuntados a la candidatura deberán enviarse en formato Word, pdf o jpg, con un título (en inglés o francés), y estar numerados consecutivamente (anexo 1, anexo 2, etc.). Deberá adjuntarse asimismo una lista de todos los anexos. No se tendrán en cuenta las candidaturas enviadas a través de soluciones de almacenamiento de datos basadas en la nube o de plataformas de puesta en común de ficheros.

Se pedirá al candidato seleccionado para el puesto que presente los originales de dichos documentos.

REVISIÓN DE LAS CANDIDATURAS

Los procedimientos aplicables a las solicitudes de revisión, las vías de recurso y las reclamaciones al Defensor del Pueblo Europeo figuran en el anexo III de la presente convocatoria.

PROTECCIÓN DE DATOS

Las normas que regulan el tratamiento de datos personales en relación con el presente procedimiento de selección figuran en el anexo IV de la presente convocatoria.


(1)  El artículo 5, apartado 3, letra c), del Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea exige que los aspirantes posean al menos:

i)

un nivel de educación correspondiente a estudios universitarios completos, acreditados por un título, cuando la duración normal de la enseñanza universitaria sea como mínimo de cuatro años, o

ii)

un nivel de educación correspondiente a estudios universitarios completos, acreditados por un título, y una experiencia profesional adecuada de un año como mínimo, cuando la duración normal de la enseñanza universitaria sea como mínimo de tres años.

(2)  DO L 274 de 15.10.2013, p. 1.

(3)  Estatuto de los funcionarios y régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea, establecidos por el Reglamento (CEE, Euratom, CECA) n.o 259/68 del Consejo y modificados en último lugar por el Reglamento (UE) n.o 1023/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2013 — http://eur-lex.europa.eu.


ANEXO I

Perfil horizontal del directivo de la SGC

El directivo de la SGC, en su calidad de tal, aporta valor añadido al actuar a la vez como asesor y como gestor, y es siempre un representante de la SGC.

En el ejercicio de estas funciones, se espera de usted lo siguiente:

Como representante

Que actúe con integridad de cara tanto al exterior como al interior.

Que actúe en interés del Consejo Europeo y del Consejo, y de la Unión en su conjunto, y que se asegure de que se determine y resuelva toda posible divergencia.

Que instaure relaciones de confianza, lealtad y apertura y que trabaje con empeño en la creación de redes relacionales.

Que oriente su labor a la obtención de resultados y al ejercicio de influencia, actuando con respeto y sentido del servicio.

Como asesor

Que contribuya al desarrollo de la Unión; que sea proactivo y creativo; que actúe con previsión y planifique para el futuro; que aporte soluciones.

Que asesore a nuestros interlocutores para ayudarles a alcanzar sus objetivos y en interés de nuestras dos instituciones; que sea objetivo y justo.

Que sea consciente de la interacción entre el proceso decisorio y el debate público. Que se asegure de que su asesoramiento tenga en cuenta la situación política de nuestros interlocutores e integre consideraciones relacionadas con la comunicación.

Que contribuya a la legitimidad del proceso decisorio mediante la cooperación, a través del establecimiento de buenas relaciones de trabajo y mediante transacciones entre los Estados miembros y con las instituciones y los demás interlocutores.

Que se mantenga bien informado de las novedades que se produzcan dentro de su ámbito de responsabilidad, sin limitarse al trabajo inmediato del Consejo Europeo y del Consejo, sino manteniendo una visión de conjunto.

Como gestor

Que responsabilice a su personal, delegue y confíe en él, que apoye y motive, informe y oriente, promueva la iniciativa y la valentía de pensar con independencia; que reduzca al mínimo la jerarquía y el control sin pérdida de calidad.

Que comunique con claridad objetivos y expectativas y garantice la adecuada circulación de la información hacia, desde y entre el personal a su cargo y con otras Direcciones Generales, Direcciones y departamentos.

Que actúe siempre en interés de toda la SGC, y no solo en el de su propia Dirección General, Dirección o departamento, y se asegure de dar satisfacción a nuestros interlocutores. Que acabe con los compartimentos estancos.

Que tenga el valor de afrontar sin dilación los conflictos, las deficiencias profesionales y otras dificultades; que vele por el bienestar y el desarrollo de su personal y cumpla su deber de diligencia con él.

Que dirija y facilite el cambio involucrando a su personal en este proceso, para asegurarse de que la SGC no quede a la zaga de la evolución y se vuelva más dinámica, flexible y colaborativa. Que garantice la concordancia entre las palabras y los hechos.

Que asuma la responsabilidad que le corresponde en la optimización del empleo de los recursos humanos y económicos de la SGC.


ANEXO II

Igualdad de oportunidades en la Secretaría General del Consejo

En su calidad de empleador, la SGC es responsable de garantizar la igualdad entre hombres y mujeres y de prohibir toda discriminación.

Los objetivos principales de la política de igualdad de oportunidades de la SGC son los siguientes:

garantizar que sus políticas de recursos humanos y de gestión de personal respeten los principios de igualdad y no discriminación;

lograr una representación equilibrada de hombres y mujeres, especialmente en los puestos directivos;

mejorar la situación de las personas con discapacidad en términos de accesibilidad de los edificios de la SGC y de creación de un entorno de trabajo inclusivo y adaptado a sus necesidades:

Las adaptaciones para las personas con discapacidad («ajustes razonables») pueden incluir la reorganización de deberes y responsabilidades, la prestación de ayudas técnicas y otros ajustes del entorno de trabajo. Dichas medidas se adoptarán a menos que impongan una carga desproporcionada para los recursos de la institución.

proteger al personal del acoso en el trabajo;

tener en cuenta las necesidades del personal de lograr un equilibrio entre su vida de trabajo y sus compromisos familiares ofreciendo un buen conjunto de medidas favorables a la familia, entre las que se incluyen el horario de trabajo flexible, el teletrabajo y el trabajo compartido.

Medidas de equilibrio entre el trabajo y la vida privada

En todos los servicios de la SGC está en funcionamiento un sistema de horario flexible basado en 40 horas semanales, con posibilidades de recuperación para el personal que no tiene funciones directivas. En muchos puestos se puede acordar un horario de trabajo individual dentro del marco horario comprendido entre las 7.00 y las 20.00 horas.

Se puede conceder la posibilidad de trabajo a tiempo parcial, por ejemplo para ocuparse de un hijo dependiente hasta la edad de 12 años, o de 14 cuando el funcionario tenga una familia monoparental.

El permiso de maternidad estatutario tiene una duración de 20 semanas y, a la vuelta al trabajo, se puede conceder hasta dos horas al día para la lactancia materna. Los padres tienen derecho a un permiso de paternidad retribuido de 10 días. Existe un permiso parental de hasta seis meses por hijo, que puede concederse con una prestación a tanto alzado. En caso de enfermedad grave o discapacidad de un hijo, los permisos por maternidad o paternidad o parental son más largos. También es posible acogerse a una licencia familiar con una prestación a tanto alzado cuando hay miembros de la familia con enfermedades graves o discapacidad. Se concede una licencia especial en casos como el matrimonio, el nacimiento o la adopción de un hijo y el fallecimiento o enfermedad grave de un miembro de la familia. En circunstancias excepcionales se puede conceder una excedencia voluntaria por motivos personales (CCP).

En función de las tareas y de las características del puesto, es posible el teletrabajo ya sea en régimen normal de teletrabajo (por ejemplo, dos días en la oficina y tres días en casa cada semana) o en régimen de teletrabajo ocasional (hasta 60 días al año en casa).

Se dispone de las siguientes instalaciones de guardería para el personal con hijos pequeños, con arreglo a criterios de prioridad: una guardería de la SGC para niños de 0 a 4 años, guarderías postescolares e instalaciones de acogida para los días de vacaciones organizadas por la Comisión Europea y actividades extraescolares en las Escuelas Europeas.

Para más información, puede enviar un correo electrónico a egalite-des-chances@consilium.europa.eu.


ANEXO III

SOLICITUD DE REVISIÓN-VÍAS DE RECURSO

RECLAMACIONES AL DEFENSOR DEL PUEBLO EUROPEO

En todas las etapas del procedimiento de selección, el aspirante que considere que una decisión le es perjudicial podrá hacer uso de los medios siguientes:

Solicitud de revisión de las decisiones adoptadas por el comité consultivo de selección

Dentro del plazo de diez días a partir de la fecha de la carta de notificación de la decisión adoptada por el comité consultivo de selección, puede presentar una solicitud de revisión de la citada decisión en forma de escrito motivado dirigido a:

Consejo de la Unión Europea

Oficina de Selección de Funcionarios

Rue de la Loi/Wetstraat 175

1048 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË

Correo electrónico: Selection.of.officials@consilium.europa.eu

Procedimiento de recurso

Puede presentar una reclamación contra la decisión de la autoridad facultada para proceder a los nombramientos, al amparo del artículo 90, apartado 2, del Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea, dentro de los tres meses siguientes a la notificación de la decisión, dirigida a:

Consejo de la Unión Europea

Asesores jurídicos de la Unidad de Administración, DGA 1

Rue de la Loi/Wetstraat 175

1048 Bruxelles/Brussel

BELGIQUE/BELGIË

Correo electrónico: unite.conseillers.dga1@consilium.europa.eu

Puede presentar un recurso, al amparo del artículo 91 del Estatuto de los funcionarios, dirigido a:

Tribunal General de la Unión Europea

Rue du Fort Niedergrünewlad

L-2925 Luxembourg

LUXEMBOURG

Reclamaciones al Defensor del Pueblo Europeo

Como cualquier otro ciudadano de la Unión, puede presentar una reclamación dirigida a:

Defensor del Pueblo Europeo

1, avenue du Président Robert Schuman — BP 403

67001 Estrasburgo Cedex

FRANCE

de conformidad con el artículo 228, apartado 1, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y en las condiciones establecidas en la Decisión 94/262/CECA, CE, Euratom del Parlamento Europeo, de 9 de marzo de 1994, sobre el estatuto del Defensor del Pueblo y las condiciones generales del ejercicio de sus funciones, publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea L 113 de 4 de mayo de 1994.

Obsérvese que la presentación de una reclamación ante el Defensor del Pueblo Europeo no interrumpe el plazo establecido en el artículo 90, apartado 2, y el artículo 91 del Estatuto de los funcionarios para presentar una reclamación o interponer recurso ante el Tribunal de la Unión Europea al amparo del artículo 270 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.


ANEXO IV

PROTECCIÓN DE DATOS

En su calidad de institución encargada de organizar el procedimiento de selección, la Secretaría General del Consejo garantiza que los datos personales de los aspirantes se tratarán conforme a lo dispuesto en el Reglamento (CE) n.o 45/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2000, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones y los organismos comunitarios y a la libre circulación de estos datos (1).

La base jurídica para el procedimiento de selección está constituida por el Estatuto de los funcionarios de la Unión Europea y la Decisión del Consejo, de 23 de septiembre de 2013, sobre las normas de seguridad para la protección de la información clasificada de la UE (2013/488/UE). El procedimiento de selección se desarrolla bajo la responsabilidad de la Dirección de Recursos Humanos (DG A 1), Unidad de Personal y Movilidad, y el responsable del tratamiento de datos es el jefe de dicha unidad. La información facilitada por los aspirantes estará a disposición de los miembros del personal de la Oficina de Contratación y su jerarquía, de los miembros del comité consultivo de selección y, en caso necesario, de la unidad de consejeros jurídicos. La información administrativa que permita la identificación del aspirante y/o la organización práctica del procedimiento podrá transmitirse a un centro de evaluación.

La finalidad del tratamiento es recopilar datos con objeto, por una parte, de identificar a todos los aspirantes a un puesto en la Secretaría General del Consejo y, por otra, de proceder a una selección entre dichos aspirantes.

Los datos en cuestión son:

los datos personales que permiten identificar a los aspirantes (apellidos, nombre, fecha de nacimiento, sexo, nacionalidad);

la información proporcionada por los aspirantes para facilitar la organización práctica del procedimiento (dirección postal, dirección de correo electrónico, número de teléfono);

la información facilitada por los aspirantes para poder evaluar si reúnen las condiciones de admisión establecidas en el anuncio de vacante (nacionalidad; lenguas; titulación de los candidatos y año de obtención, denominación del título o diploma, nombre de la institución que lo expidió, experiencia profesional);

cuando proceda, la información sobre el tipo y duración de la habilitación de seguridad del aspirante;

los resultados de las pruebas de selección a las que se sometan los aspirantes, incluidas las evaluaciones efectuadas por los asesores del centro de evaluación para el comité de selección.

El tratamiento da comienzo en la fecha de recepción de la candidatura. Las candidaturas recibidas se archivan y almacenan en expedientes durante dos años.

Todos los aspirantes pueden ejercer el derecho de acceso y de rectificación de sus datos de carácter personal. Para ello, enviarán una solicitud motivada por correo electrónico a la Oficina de Selección de Funcionarios a la dirección: selection.of.officials@consilium.europa.eu.

Los aspirantes tienen derecho a recurrir al Supervisor Europeo de Protección de Datos en cualquier momento (edps@edps.europa.eu).


(1)  DO L 8 de 12.1.2001, p. 1.


ANEXO V

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