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ISSN 1977-0928 |
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Diario Oficial de la Unión Europea |
C 371 |
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Edición en lengua española |
Comunicaciones e informaciones |
60.° año |
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Número de información |
Sumario |
Página |
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2017/C 371/01 |
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IV Información |
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INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA |
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Tribunal de Cuentas |
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2017/C 371/02 |
Cuentas anuales del Tribunal de Cuentas Europeo correspondientes al ejercicio 2016 |
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ES |
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31.10.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 371/1 |
NOTA A LOS LECTORES
(2017/C 371/01)
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 287 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, que confiere al Tribunal de Cuentas la responsabilidad del control de la totalidad de los ingresos y gastos de la Unión, y en el artículo 319 de dicho Tratado sobre la concesión de la aprobación de la gestión, el Tribunal encarga todos los años a un revisor independiente, desde el cierre del ejercicio 1987, que verifique las cuentas de su resultado económico.
Los informes del revisor independiente sobre las cuentas del Tribunal de los ejercicios 1987 a 1991 se remitían únicamente al Presidente de la Comisión de Control Presupuestario del Parlamento Europeo.
Desde el ejercicio 1992 los informes del revisor independiente se publican en el Diario Oficial de la Unión Europea de conformidad con la decisión tomada por los Miembros del Tribunal de Cuentas en su reunión del día 8 de julio de 1993.
Por el Tribunal de Cuentas
Eduardo RUIZ GARCÍA
Secretario General del Tribunal de Cuentas Europeo
IV Información
INFORMACIÓN PROCEDENTE DE LAS INSTITUCIONES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DE LA UNIÓN EUROPEA
Tribunal de Cuentas
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31.10.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 371/2 |
CUENTAS ANUALES DEL TRIBUNAL DE CUENTAS EUROPEO CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 2016
(2017/C 371/02)
ÍNDICE
| Certificación de las cuentas | 3 |
| Informe del revisor independiente | 4 |
| Estados financieros y notas explicativas | 5 |
| Balance | 5 |
| Estado de los resultados de las operaciones | 6 |
| Estado de flujos de tesorería | 7 |
| Estado de variaciones del activo neto | 7 |
| Políticas contables y notas a los estados financieros | 8 |
|
1. |
Principios generales | 8 |
|
2. |
Base jurídica y normas contables | 8 |
|
3. |
Notas al balance | 10 |
|
4. |
Notas al estado de los resultados de las operaciones | 12 |
|
5. |
Otra información significativa | 13 |
| Información presupuestaria del ejercicio 2016 | 15 |
|
A |
Cálculo del resultado presupuestario | 15 |
|
B |
Conciliación del resultado económico con el resultado presupuestario | 16 |
| Informe de fiabilidad independiente | 17 |
CERTIFICACIÓN DE LAS CUENTAS
Certificación de las cuentas anuales de 2016 del Tribunal de Cuentas Europeo
Las cuentas anuales del Tribunal de Cuentas Europeo para el ejercicio 2016 se han elaborado de conformidad con el título IX del Reglamento Financiero aplicable al presupuesto general de la Unión Europea, las normas contables aprobadas por el contable de la Comisión, y los principios y métodos contables que yo mismo he adoptado.
Hago constar mi participación en la elaboración y presentación de las cuentas anuales del Tribunal de Cuentas Europeo de conformidad con el artículo 68 del Reglamento Financiero.
He obtenido del Ordenador, que certificó su fiabilidad, toda la información necesaria para la elaboración de las cuentas en las que figuran los activos y los pasivos del Tribunal de Cuentas Europeo y la ejecución presupuestaria.
Certifico por la presente que, sobre la base de esta información y de los controles que consideré necesarios para firmar las cuentas, tengo la seguridad razonable de que las cuentas presentan una imagen fidedigna de la situación financiera del Tribunal de Cuentas Europeo, así como de los resultados de sus operaciones y flujos de tesorería en todos sus aspectos significativos.
Luxemburgo, 24 de mayo de 2017.
Isidoro RODRÍGUEZ DE LAS PARRAS
Contable del Tribunal de Cuentas Europeo
INFORME DEL REVISOR INDEPENDIENTE
A la Dirección del
Tribunal de Cuentas Europeo
Hemos auditado los estados financieros adjuntos del Tribunal de Cuentas Europeo, que comprenden el balance a 31 de diciembre de 2016, el estado de los resultados de las operaciones, el estado de flujos de tesorería y el estado de variaciones del activo neto del ejercicio finalizado en dicha fecha, así como un resumen de las políticas contables significativas y otra información explicativa, que se exponen de la página xx a la YY.
Responsabilidad de la Dirección con respecto a los estados financieros
La elaboración y la presentación exacta de los estados financieros son competencia de la Dirección, de conformidad con el Reglamento (UE, Euratom) n.o 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, por el que se aprueban las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n.o 1605/2002 del Consejo (DO L 298 de 26.10.2012, p. 1), en lo sucesivo, «Reglamento Financiero», y el Reglamento Delegado (UE, Euratom) n.o 1268/2012 de la Comisión, de 29 de octubre de 2012, sobre normas de desarrollo de dicho Reglamento Financiero. Esta responsabilidad abarca el mantenimiento del control interno considerado necesario por la Dirección para la elaboración y la presentación de estados financieros que no contengan incorrecciones significativas, ya sea por fraude o por error.
Responsabilidad del auditor
Nuestra función es emitir una opinión sobre dichos estados financieros, basada en nuestros trabajos de auditoría, que han sido efectuados de conformidad con las normas internacionales de auditoría aprobadas por la Commission de Surveillance du Secteur Financier de Luxemburgo. Estas normas exigen tanto el respeto por nuestra parte de las normas éticas, como la planificación y ejecución de los trabajos de auditoría para obtener garantías razonables de la ausencia de incorrecciones significativas en los estados financieros.
Una auditoría implica la aplicación de procedimientos destinados a obtener pruebas de auditoría sobre los importes y los datos presentados en los estados financieros. Del criterio profesional del auditor depende la selección de estos procedimientos, así como su valoración de los riesgos de que se produzcan incorrecciones significativas en las cuentas anuales, ya sea por fraude o por error. Al efectuar esta valoración de los riesgos, el auditor tiene en cuenta el control interno que incide en la preparación y presentación fiel de las cuentas anuales por la entidad con el fin de concebir los procedimientos de auditoría que resulten apropiados según las circunstancias y no de emitir una opinión sobre la eficacia de dicho control. Una auditoría implica asimismo la evaluación de la idoneidad de las políticas contables utilizadas y el carácter razonable de las estimaciones contables efectuadas por la Dirección, así como la evaluación de la presentación general de los estados financieros.
Consideramos que las pruebas de auditoría obtenidas son suficientes y adecuadas en apoyo de la opinión que exponemos a continuación.
Opinión
En nuestra opinión, los estados financieros presentan fielmente la situación financiera del Tribunal de Cuentas Europeo a sábado, 31 de diciembre de 2016, así como de su gestión financiera, el resultado de sus flujos de efectivo y los cambios en los activos netos para el ejercicio cerrado en esta fecha, de conformidad con el Reglamento (UE, Euratom) n.o 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre la normativa financiera aplicable al presupuesto general de la Unión, por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n.o 1605/2002 del Consejo (DO L 298 de 26.10.2012, p. 1), en lo sucesivo, («Reglamento Financiero»); y con el Reglamento Delegado (UE) n.o 1268/2012 de la Comisión, de 29 de octubre de 2012, sobre las normas de desarrollo del Reglamento Financiero.
Luxemburgo, 24 de mayo de 2017.
PricewaterhouseCoopers, Société coopérative
Representada por
Rima ADAS
ESTADOS FINANCIEROS Y NOTAS EXPLICATIVAS (1)
Balance
|
(euros) |
|||
|
|
Nota |
31 de diciembre de 2016 |
31 de diciembre de 2015 |
|
Activo a largo plazo |
|
|
|
|
Inmovilizado inmaterial |
3.1. |
3 530 432 |
5 021 023 |
|
Inmovilizado material |
3.2. |
78 146 338 |
83 145 082 |
|
Títulos de crédito |
|
— |
— |
|
|
|
81 676 770 |
88 166 105 |
|
Activo a corto plazo |
|
|
|
|
Títulos de crédito |
3.3. |
691 455 |
604 313 |
|
Efectivo y otros activos equivalentes |
3.4. |
8 356 341 |
7 215 048 |
|
|
|
9 047 796 |
7 819 361 |
|
Total activo |
|
90 724 566 |
95 985 466 |
|
Pasivo a corto plazo |
|
|
|
|
Créditos provisionales |
|
— |
50 000 |
|
Importes por pagar |
3.5. |
5 354 888 |
6 982 008 |
|
|
|
5 354 888 |
7 032 008 |
|
Total pasivo |
|
5 354 888 |
7 032 008 |
|
Activo neto |
|
85 369 678 |
88 953 458 |
|
Excedente/déficit acumulado |
|
88 953 458 |
97 320 516 |
|
Resultado económico del ejercicio |
|
(3 583 780 ) |
(8 367 058 ) |
|
Activo neto |
|
85 369 678 |
88 953 458 |
Estado de los resultados de las operaciones
|
(euros) |
|||
|
|
Nota |
2016 |
2015 |
|
Fondos transferidos por la Comisión a otras instituciones |
4.1. |
116 700 000 |
106 700 000 |
|
Ingresos por operaciones administrativas |
4.2. |
20 234 812 |
19 326 442 |
|
Ingresos de explotación diversos |
4.3. |
49 328 |
90 141 |
|
Total ingresos de explotación |
4.4. |
136 984 140 |
126 116 583 |
|
Gastos de personal |
4.5. |
(112 410 058 ) |
(106 959 858 ) |
|
Gastos relacionados con el activo |
4.6. |
(7 764 105 ) |
(6 957 504 ) |
|
Otros gastos administrativos |
4.7. |
(20 351 775 ) |
(20 519 950 ) |
|
Gastos de explotación |
4.8. |
(25 270 ) |
(31 295 ) |
|
Total gastos de explotación |
|
(140 551 208 ) |
(134 468 607 ) |
|
Excedente/(déficit) de actividades de explotación |
|
(3 567 068 ) |
(8 352 024 ) |
|
Ingresos financieros |
4.9. |
— |
14 |
|
Gastos financieros |
4.10. |
(16 712 ) |
(15 048 ) |
|
Excedente/(déficit) de actividades no relacionadas con la explotación |
|
(16 712 ) |
(15 034 ) |
|
Resultado económico del ejercicio |
|
(3 583 780 ) |
(8 367 058 ) |
Estado de flujos de tesorería
|
(euros) |
||
|
|
2016 |
2015 |
|
Resultado económico del ejercicio |
(3 583 780 ) |
(8 367 058 ) |
|
Actividades operativas — Ajustes |
|
|
|
Amortización |
1 600 449 |
831 765 |
|
Depreciación |
6 146 461 |
6 120 197 |
|
(Incremento)/disminución en provisiones |
(50 000 ) |
22 750 |
|
Incremento/(disminución) en títulos de crédito |
(87 142 ) |
153 611 |
|
(Incremento)/disminución en importes por pagar |
(1 627 120 ) |
(46 134 ) |
|
Flujo de tesorería neto derivado de actividades operativas |
2 398 868 |
(1 284 869 ) |
|
Flujo de tesorería derivado de actividades de inversión |
|
|
|
Adquisición de propiedades, instalaciones y equipos y de inmovilizado inmaterial (-) |
(1 274 770 ) |
(1 688 898 ) |
|
Beneficios de propiedades, instalaciones y equipos, y de inmovilizado inmaterial (+) |
17 195 |
5 542 |
|
Flujo de tesorería neto derivado de actividades de inversión |
(1 257 575 ) |
(1 683 356 ) |
|
Incremento/(disminución) en ventajas del personal |
— |
— |
|
Aumento neto/(disminución) de efectivo y otros activos equivalentes |
1 141 293 |
(2 968 225 ) |
|
Efectivo y activos equivalentes al inicio del ejercicio |
7 215 048 |
10 183 273 |
|
Tesorería y equivalentes de tesorería al final del ejercicio |
8 356 341 |
7 215 048 |
Estado de variaciones del activo neto
|
(euros) |
|||
|
Activo neto |
Excedente/(déficit) acumulado |
Resultado económico del ejercicio |
Total |
|
Saldo a 31.12.2015 |
97 320 516 |
(8 367 058 ) |
88 953 458 |
|
Asignación del resultado económico del ejercicio anterior |
(8 367 058 ) |
8 367 058 |
— |
|
Resultado económico del ejercicio |
— |
(3 583 780 ) |
(3 583 780 ) |
|
Saldo a 31.12.2016 |
88 953 458 |
(3 583 780 ) |
85 369 678 |
Políticas contables y notas a los estados financieros
1. Principios generales
El Tribunal de Cuentas Europeo (en lo sucesivo, «Tribunal») fue establecido por el Tratado de Bruselas de 22 de julio de 1975 y entró en funcionamiento en octubre de 1977, con sede en Luxemburgo.
|
Misión del Tribunal de Cuentas Europeo El Tribunal de Cuentas Europeo contribuye a mejorar la gestión financiera de la UE, fomenta la rendición de cuentas y la transparencia, y ejerce de vigilante independiente de los intereses financieros de los ciudadanos de la Unión. Como auditor externo independiente de la UE, verifica que los fondos europeos se han contabilizado correctamente y se obtienen y se gastan de conformidad con la reglamentación y normas vigentes, y se ha logrado una optimización de recursos. El Tribunal verifica si se ha ejecutado correctamente el presupuesto de la Unión Europea, y si los fondos europeos se obtienen y se gastan legalmente y de conformidad con los principios de buena gestión financiera. El Tribunal es la institución europea que fiscaliza las finanzas de la UE, y además asume el compromiso de ser una organización eficiente a la vanguardia de las innovaciones en el campo de la auditoría y la administración del sector público. |
El ejercicio financiero del Tribunal transcurre entre el 1 de enero y el 31 de diciembre.
2. Base jurídica y normas contables
2.1. Base de la presentación
Los estados financieros se preparan de conformidad con el Reglamento (UE, Euratom) n.o 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n.o 1605/2002 del Consejo (1), en lo sucesivo denominado «Reglamento Financiero», y el Reglamento Delegado (UE) n.o 1268/2012 de la Comisión (2), por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento Financiero.
2.2. Principios contables
Los estados financieros se preparan de conformidad con las normas de contabilidad basadas en el principio del devengo, inspiradas en las Normas Contables Internacionales del Sector Público (IPSAS). Las normas de contabilidad de la UE son aprobadas por el contable de la Comisión, previa consulta a las demás instituciones.
Los principios contables que se deben seguir para la elaboración de los estados financieros están previstos en la norma contable de la UE 1 «Estados financieros» y son los mismos que los indicados en la IPSAS 1; es decir, presentación fiel, principio del devengo, continuación de las actividades, uniformidad en la presentación, agregación, compensación e información comparativa. Las características cualitativas de la información financiera según el artículo 144 del Reglamento Financiero son la relevancia, la fiabilidad, la comprensibilidad y la comparabilidad.
De conformidad con las normas IPSAS y los principios contables generalmente aceptados, los estados financieros deberán incluir los importes basados en las estimaciones y los supuestos de la Dirección fundamentados en la información más fiable disponible.
2.3. Moneda y bases de conversión.
Los estados financieros se presentan en euros, que es la moneda funcional de la UE y la moneda en que se elaboran.
Las operaciones en divisas se convierten en euros utilizando el tipo de cambio vigente en la fecha de la operación.
Las pérdidas y ganancias en divisas resultantes de la liquidación de transacciones en moneda extranjera y de la conversión a tipos de cambio de final de ejercicio de los activos y pasivos monetarios denominados en monedas extranjeras se consignan en el estado de los resultados de las operaciones.
Los balances de final de año de activos y pasivos monetarios denominados en monedas extranjeras se convierten en euros sobre la base de los tipos de cambio a 31 de diciembre.
2.4. Inmovilizado inmaterial
Las licencias adquiridas de programas informáticos se consignan al coste histórico menos las pérdidas acumuladas por amortización y deterioro de valor. Los activos se amortizan por el método de amortización lineal a lo largo de cuatro años. El inmovilizado inmaterial generado internamente se capitaliza cuando se cumplen los criterios pertinentes de las normas contables de la UE. Los costes capitalizables incluyen todos los costes directamente atribuibles necesarios para crear, producir y preparar el activo a fin de que pueda operar de la forma prevista por la Dirección del Tribunal. Los costes asociados a actividades de investigación, los costes de desarrollo no capitalizados y los costes de mantenimiento se reconocen como gastos en el momento en que se contraen.
2.5. Inmovilizado material
Todo el inmovilizado material se consigna al precio de adquisición menos las pérdidas acumuladas por amortización y pérdida de valor. El coste histórico incluye los gastos que son directamente atribuibles a la adquisición o la construcción del activo.
Los costes subsiguientes se incluyen en el valor contable del activo o se consignan como activo independiente, según el caso, solo cuando resulta probable que en el futuro el Tribunal obtenga beneficios económicos o un potencial de servicio en relación con el epígrafe y su coste puede medirse de forma fiable. Los costes de las reparaciones y el mantenimiento se cargan en el estado de los resultados de las operaciones durante el ejercicio financiero en que se contraen. Como el Tribunal no recibe dinero prestado para financiar la adquisición de inmovilizado material, no existen costes de empréstitos relacionados con tales compras.
Los activos que son objeto de depreciación se revisan para comprobar si su valor se ha deteriorado siempre que el valor contable pueda no ser recuperable debido a determinados hechos o cambios de las circunstancias. Una pérdida de valor se consigna por el importe en que el valor contable supera el importe recuperable.
Los terrenos y las obras de arte no se amortizan, pues se considera que tienen una vida útil indefinida. Los activos en construcción no se amortizan dado que no están todavía disponibles para su uso. La amortización sobre otros activos se calcula utilizando el método de amortización lineal para asignar su coste a sus valores residuales a lo largo de sus vidas útiles estimadas, del siguiente modo:
|
Edificios |
4 % |
|
Instalaciones, maquinaria y herramientas |
12,5 % a 25 % |
|
Mobiliario y parque móvil |
10 % a 25 % |
|
Material informático |
25 % |
|
Otras instalaciones y accesorios |
12,5 % a 25 % |
2.6. Créditos provisionales
Las provisiones se consignan cuando el Tribunal tiene una obligación jurídica o tácita con terceros en el presente como consecuencia de eventos pasados, resultando más probable que sea necesaria una salida de recursos para liquidar la obligación y la cantidad pueda calcularse de forma fiable. No se consignan provisiones para pérdidas de explotación futuras. El importe de la provisión es la mejor estimación de los gastos que se espera que sean necesarios para liquidar la obligación presente en la fecha de cierre del balance.
2.7. Consignación de gastos
Según las normas de contabilidad de la UE, las operaciones y hechos se consignan en los estados financieros en el período al que se refieren. Al final del período contable se consignan los gastos devengados sobre la base del importe estimado de las transferencias correspondientes al período. El cálculo de los gastos devengados se realiza de conformidad con las directrices operativas y prácticas detalladas emitidas por el contable, con las que se intenta garantizar que los estados financieros reflejen una imagen fiel y veraz.
2.8. Pasivos contingentes
Un pasivo contingente es una posible obligación que surge como consecuencia de sucesos pasados y cuya existencia solo será confirmada si se producen o no se producen uno o varios sucesos futuros inciertos que no están del todo bajo el control de la Unión Europea; o una obligación presente derivada de eventos pasados pero que no se consigna porque no resulta probable que para su extinción sea necesario desprenderse de recursos que incorporen beneficios económicos o un potencial de servicio o porque, excepcionalmente, el importe de la obligación no puede valorarse con suficiente fiabilidad.
3. Notas al balance
ACTIVO A LARGO PLAZO
3.1. Inmovilizado inmaterial
Los movimientos en el inmovilizado inmaterial durante el ejercicio 2016 fueron los siguientes:
|
(euros) |
|
|
Valores contables brutos a 31.12.2015 |
7 667 601 |
|
Adquisiciones |
109 858 |
|
Cesiones |
— |
|
Transferencia entre categorías de activos |
— |
|
Otros cambios |
— |
|
Valores contables brutos a 31.12.2016 |
7 777 459 |
|
Amortización acumulada a 31.12.2015 |
(2 646 578 ) |
|
Amortización del ejercicio |
(1 600 449 ) |
|
Amortización recuperada |
— |
|
Cesiones |
— |
|
Transferencia entre categorías de activos |
— |
|
Amortización acumulada a 31.12.2016 |
(4 247 027 ) |
|
Valores contables brutos a 31.12.2016 |
3 530 432 |
|
Valores contables brutos a 31.12.2015 |
5 021 023 |
Los importes anteriores corresponden principalmente a programas informáticos.
En 2016, no se consignaron costes asociados a actividades de investigación.
3.2. Inmovilizado material
Los movimientos en el inmovilizado material durante el ejercicio 2016 fueron los siguientes:
|
(euros) |
|||||||
|
|
Terreno y edificios |
Instalaciones y equipos |
Mobiliario y parque móvil |
Material informático |
Otras instalaciones y accesorios |
Inmovilizado material en curso |
Total |
|
Valores contables brutos a 31.12.2015 |
125 117 299 |
885 583 |
4 881 674 |
4 092 395 |
2 261 979 |
— |
137 238 930 |
|
Adquisiciones |
62 007 |
61 727 |
378 085 |
527 504 |
126 589 |
9 000 |
1 164 912 |
|
Cesiones |
— |
(8 050 ) |
(36 904 ) |
(198 485 ) |
(125 611 ) |
— |
(369 050 ) |
|
Transferencia entre categorías de activos |
— |
— |
— |
— |
— |
— |
— |
|
Otros cambios |
— |
— |
— |
— |
— |
— |
— |
|
Valores contables brutos a 31.12.2016 |
125 179 306 |
939 260 |
5 222 855 |
4 421 414 |
2 262 957 |
9 000 |
138 034 792 |
|
Depreciación acumulada a 31.12.2015 |
(46 453 274 ) |
(641 813 ) |
(2 480 283 ) |
(2 847 133 ) |
(1 671 344 ) |
— |
(54 093 847 ) |
|
Depreciación del ejercicio |
(4 608 357 ) |
(120 064 ) |
(456 007 ) |
(746 416 ) |
(215 617 ) |
— |
(6 146 461 ) |
|
Depreciación recuperada |
— |
7 595 |
32 035 |
190 708 |
121 517 |
— |
351 855 |
|
Cesiones |
— |
— |
— |
— |
— |
— |
— |
|
Transferencia entre categorías de activos |
— |
— |
— |
— |
— |
— |
— |
|
Depreciación acumulada a 31.12.2016 |
(51 061 631 ) |
(754 282 ) |
(2 904 255 ) |
(3 402 841 ) |
(1 765 444 ) |
— |
(59 888 453 ) |
|
Valores contables brutos a 31.12.2016 |
74 117 675 |
184 978 |
2 318 600 |
1 018 573 |
497 513 |
9 000 |
78 146 339 |
|
Valores contables brutos a 31.12.2015 |
78 664 025 |
243 770 |
2 401 391 |
1 245 262 |
590 635 |
— |
83 145 083 |
ACTIVO A CORTO PLAZO
3.3. Títulos de crédito
|
(euros) |
||
|
|
31 de diciembre de 2016 |
31 de diciembre de 2015 |
|
Títulos de crédito a corto plazo debidos principalmente a la transferencia de derechos de pensión nacionales por el personal |
(4 123 ) |
3 795 |
|
Títulos de crédito diversos relativos principalmente a anticipos de salarios y de gastos de misión |
134 738 |
66 833 |
|
Gastos diferidos por alquiler de edificios y contratos de informática |
551 166 |
533 685 |
|
Títulos de crédito respecto de entidades de la UE |
9 674 |
— |
|
Total |
691 455 |
604 313 |
3.4. Efectivo y otros activos equivalentes
|
(euros) |
||
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31 de diciembre de 2016 |
31 de diciembre de 2015 |
|
Caja para gastos menores |
1 000 |
1 000 |
|
Cuenta corriente bancaria |
1 447 332 |
180 564 |
|
Cuenta fiduciaria |
6 908 009 |
7 033 484 |
|
Total |
8 356 341 |
7 215 048 |
Una cuenta fiduciaria fue abierta el 27 de enero de 2010 entre el Tribunal de Cuentas Europeo y la Banque et Caisse d’Épargne de l’État de Luxemburgo a fin de permitir al Tribunal gestionar el presupuesto concedido por la autoridad presupuestaria para el proyecto de construcción del edificio K3 (véase la nota 5.3). El 14 de marzo de 2014, el Tribunal solicitó al Parlamento Europeo y al Consejo que permitieran la utilización del presupuesto restante estimado del proyecto del K3 (7 millones EUR) para la necesaria y obligatoria mejora técnica del edificio K2 del Tribunal. El Parlamento Europeo y el Consejo aprobaron esta propuesta el 1 de abril de 2014. El 23 de marzo de 2015, el Tribunal anunció al Parlamento Europeo y al Consejo que el presupuesto final restante del proyecto del K3 ascendía a 9,4 millones EUR y que el coste estimado para la mejora del K2 era de 7 millones EUR. El 12 de mayo de 2015 se devolvieron 2,4 millones EUR al presupuesto de la UE. Los pagos efectuados en 2016 para el edificio K2 ascendieron a 125 475,01 EUR.
PASIVO A CORTO PLAZO
3.5. Importes por pagar
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(euros) |
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31 de diciembre de 2016 |
31 de diciembre de 2015 |
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Importes por pagar corrientes |
88 815 |
61 781 |
|
Importes por pagar diversos relativos a la nómina y al personal |
(14 199 ) |
(30 952 ) |
|
Gastos devengados |
5 148 263 |
6 791 296 |
|
Importes por pagar a entidades de la UE consolidadas, principalmente al Consejo y al Parlamento Europeo |
132 009 |
159 883 |
|
Total |
5 354 888 |
6 982 008 |
4. Notas al estado de los resultados de las operaciones
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4.1. |
«Fondos transferidos por la Comisión a otras instituciones»: el importe corresponde a las solicitudes mensuales de fondos del Tribunal a la Comisión para reponer su cuenta bancaria. |
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4.2. |
«Ingresos por operaciones administrativas»: en su mayor parte, esta rúbrica está constituida por deducciones de los salarios de los Miembros y el personal en concepto de contribuciones sociales e impositivas. |
|
4.3. |
Los «ingresos de explotación diversos» proceden, entre otros, de las ganancias de tipo de cambio. |
|
4.4. |
Las operaciones de cambio y las operaciones distintas a las de cambio produjeron los ingresos siguientes:
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||||||||||||||||
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4.5. |
Los «gastos de personal» incluyen los salarios de los Miembros, del personal estatutario, de los agentes contractuales y de los agentes temporales. |
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4.6. |
Los «gastos relacionados con el inmovilizado» consisten en la depreciación o amortización de los activos materiales e inmateriales. |
|
4.7. |
Las partidas más significativas de la rúbrica «otros gastos administrativos» son: |
|
— |
informática y telecomunicaciones, |
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— |
gastos de misiones, |
|
— |
servicios de limpieza y seguridad. |
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4.8. |
Los «gastos de explotación» proceden, entre otros, de las pérdidas por el tipo de cambio. |
|
4.9. |
Los «ingresos financieros» consisten en intereses bancarios generados en la cuenta corriente y en la cuenta fiduciaria del Tribunal. |
|
4.10. |
Los «gastos financieros» son gastos bancarios deducidos de la cuenta corriente y de la cuenta fiduciaria del Tribunal. |
5. Otra información significativa
5.1. Activos contingentes
Las siguientes garantías bancarias han sido constituidas por proveedores conforme a las obligaciones contractuales:
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(euros) |
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31 de diciembre de 2016 |
31 de diciembre de 2015 |
|
Renovación del edificio |
251 139 |
80 353 |
|
Gestión del proyecto del edificio K3 |
10 339 |
110 339 |
|
Compañía de seguros |
1 361 |
1 361 |
|
Telecomunicaciones |
20 000 |
20 000 |
|
Apoyo metodológico EMAS |
4 680 |
4 680 |
|
Total |
287 519 |
216 733 |
5.2. Compromisos para futura financiación
|
(euros) |
||
|
|
31 de diciembre de 2016 |
31 de diciembre de 2015 |
|
Arrendamiento operativo para edificios |
875 000 |
797 500 |
|
Arrendamiento operativo para material informático, vehículos y otros equipos |
2 156 313 |
1 350 635 |
|
Subtotal |
3 031 313 |
2 148 135 |
|
Compromisos contraídos con créditos aún no utilizados — RAL («Restant à liquider») -, tras deducción de gastos devengados de 2016 |
8 166 271 |
7 253 338 |
|
Total |
11 197 584 |
9 401 473 |
Los RAL constituyen un elemento de la contabilidad presupuestaria que representa el valor de los compromisos pendientes. Es la diferencia entre los compromisos contraídos y los pagos, debida al tiempo transcurrido entre la contracción de un compromiso y el pago consiguiente.
5.3. Proyectos inmobiliarios del Tribunal
El Tribunal ocupó su sede central (el edificio «K1») en 1988 y adquirió dicho edificio, así como el terreno en el que se encuentra, en 1990. En 1999, el Tribunal celebró un contrato marco con el Estado luxemburgués por el que este acordó cederle un derecho de superficie sobre el terreno destinado a la realización de una extensión (el edificio «K2») al precio de un euro y por un período de 49 años (renovable una vez). No obstante, en el caso de la segunda extensión, el edificio «K3», debido a distintas medidas para ejecutar el proyecto, el Estado luxemburgués y el Tribunal celebraron un nuevo contrato marco el 22 de febrero de 2008.
Por lo que respecta a los dos terrenos correspondientes a las dos extensiones mencionadas («K2» y «K3»), el Estado los vendió al Tribunal por el precio simbólico de 1 euro.
Por su parte, si el Tribunal considerase en algún momento ceder alguno de los edificios a un tercero que no fuera un órgano o institución de la Unión, el Tribunal devolvería el terreno a la propiedad del Estado al precio simbólico de 1 euro, disponiendo este de una opción de compra del edificio a un precio que sería determinado por un experto independiente. En caso de que el Estado decidiera no ejercer dicha opción, concedería un derecho de superficie a los compradores del edificio.
5.4. Pasivos contingentes
No existen pasivos contingentes.
(1) Las notas adjuntas forman parte de los presentes estados financieros.
INFORMACIÓN PRESUPUESTARIA DEL EJERCICIO 2016
A. Cálculo del resultado presupuestario
El resultado presupuestario del ejercicio se calcula sobre la base de las cifras correspondientes a la ejecución presupuestaria.
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(euros) |
|
|
Pagos con créditos del ejercicio 2016 |
(126 932 174 ) |
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Pagos efectuados a partir de prórrogas de créditos de pago |
(8 724 144 ) |
|
Pagos con créditos relativos a ingresos afectados |
(24 845 ) |
|
Órdenes de ingreso del ejercicio, cobradas durante el ejercicio 2016 |
20 272 767 |
|
Órdenes de ingreso presupuestarias emitidas antes de 2016 y cobradas en el ejercicio 2016 |
6 250 |
|
Ajuste respecto de órdenes de ingreso de ejercicios anteriores |
— |
|
Pagos con créditos prorrogados a 2016 |
(9 303 863 ) |
|
Créditos prorrogados de ejercicios anteriores |
9 235 061 |
|
Ajuste para prórrogas de créditos del ejercicio anterior disponibles a 31 de diciembre y procedentes de los ingresos afectados |
62 478 |
|
Resultado presupuestario |
(115 408 470 ) |
B. Conciliación del resultado económico con el resultado presupuestario
|
(euros) |
||
|
Resultado económico del ejercicio |
(3 583 780 ) |
|
|
Ajuste para partidas incluidas en el resultado económico, pero no en el resultado presupuestario |
(101 600 197 ) |
|
|
|
Diferencia entre gastos devengados al final del ejercicio anterior y al final del ejercicio en curso |
(1 274 563 ) |
|
|
Importe de la cuenta de enlace con la Comisión consignado en la cuenta de resultados económicos |
(116 700 000 ) |
|
|
Facturas impagadas al final del ejercicio pero contabilizadas en gastos (clase 6) |
(407 496 ) |
|
|
Depreciación de inmovilizado material e inmaterial |
7 989 618 |
|
|
Créditos provisionales |
— |
|
|
Reducciones de valor |
— |
|
|
Órdenes de ingreso de clase 7 emitidas en 2016 y aún no cobradas |
— |
|
|
Pagos con créditos prorrogados |
8 724 144 |
|
|
Otras |
85 193 |
|
|
Diferencias de tipo de cambio |
(17 093 ) |
|
Ajuste para partidas incluidas en el resultado presupuestario, pero no en el resultado económico |
(10 224 493 ) |
|
|
|
Adquisiciones de activos (pagadas durante el ejercicio) |
(1 500 283 ) |
|
|
Órdenes de ingreso presupuestarias emitidas antes de 2016 y cobradas en el ejercicio |
6 250 |
|
|
Pagos con créditos prorrogados a 2016 |
(9 303 863 ) |
|
|
Anulación de créditos de pago no utilizados prorrogados del ejercicio anterior |
510 917 |
|
|
Ajuste para prórrogas de créditos del ejercicio anterior disponibles a 31 de diciembre y procedentes de los ingresos afectados |
62 479 |
|
|
Pagos para pensiones (son pagos presupuestarios, pero contabilizados en provisiones) |
— |
|
|
Otras |
7 |
|
Resultado presupuestario |
(115 408 470 ) |
|
INFORME DE FIABILIDAD INDEPENDIENTE
A la Dirección del
Tribunal de Cuentas Europeo
Hemos examinado si los recursos financieros asignados por la Comisión Europea al Tribunal de Cuentas Europeo (en lo sucesivo, «Tribunal») se han utilizado para sus fines previstos y si los procedimientos de control establecidos por los ordenadores ofrecen las garantías necesarias para asegurar la conformidad de las operaciones financieras con las normas y reglamentos aplicables a los recursos financieros puestos a disposición y utilizados en el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2016.
La teneduría de libros y registros, así como el establecimiento y mantenimiento de controles adecuados competen a la dirección del Tribunal, mientras que nuestro cometido es expresar una opinión basada en nuestro examen.
Hemos llevado a cabo nuestro examen de conformidad con la norma internacional sobre encargos de fiabilidad «Encargos de fiabilidad distintos de la auditoría o revisión de información financiera histórica» (ISAE 3000) aprobada por el Instituto de Revisores de Empresas. Dicha norma exige que planifiquemos y efectuemos nuestro examen de manera que un mal uso de los recursos que afecte materialmente a las cuentas del Tribunal sea detectado con garantías razonables. Nuestro trabajo consistió principalmente en examinar, a partir de verificaciones de una muestra, elementos probatorios de los siguientes hechos:
|
— |
los recursos asignados al Tribunal han sido utilizados para los fines previstos, |
|
— |
los procedimientos de control establecidos ofrecen las garantías necesarias para asegurar la conformidad de las operaciones financieras con las normas y reglamentos aplicables. |
Los criterios en los que se basó nuestro control son las siguientes normas y reglamentos:
|
— |
Reglamento (UE, Euratom) n.o 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, por el que se aprueba el Reglamento Financiero aplicable al presupuesto general (en lo sucesivo, «Presupuesto») de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n.o 1605/2002 del Consejo (en lo sucesivo, «Reglamento Financiero»), |
|
— |
Reglamento Delegado (UE) n.o 1268/2012 de la Comisión, de 29 de octubre de 2012, sobre normas de desarrollo del Reglamento (UE, Euratom) n.o 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento Financiero aplicable al presupuesto general de la Unión (en lo sucesivo, «normas de desarrollo»), |
|
— |
el Reglamento interno del Tribunal de Cuentas, de 11 de marzo de 2010, en particular el artículo 15, y la Decisión n.o 26/2010 del Consejo, de 11 de marzo de 2010, modificada por el Tribunal el 3 de abril de 2014, que establece las normas de aplicación del Reglamento interno, en particular el artículo 38 de la mencionada Decisión, |
|
— |
Decisión n.o 54/2016 del Tribunal de Cuentas Europeo relativa a las normas internas para la ejecución de su presupuesto, de 12 de septiembre de 2016. Dichas normas forman parte de los procedimientos establecidos por los Tratados, o acuerdos celebrados en virtud de los mismos, que se refieren al proceso operativo vinculado a la ejecución del presupuesto. |
En particular, se han utilizado como criterios las siguientes normas internas:
|
— |
artículo 7.1 — Firmas — «Cada una de las partes que interviene en la elaboración, el control y el registro de las operaciones de constatación y de cobro de ingresos o de compromiso y pago de gastos firmará y fechará su participación», |
|
— |
artículo 8 — Proyectos inmobiliarios — «El Presidente presentará al Parlamento Europeo y al Consejo cualquier proyecto inmobiliario que pueda tener repercusiones financieras significativas en el presupuesto del Tribunal. Antes de que el Tribunal dé su aprobación a cualquier compromiso contractual relativo a este tipo de proyectos, el servicio responsable presentará un documento explicativo que justifique la compatibilidad del proyecto con el marco financiero», |
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— |
Artículo 11.2 — «Antes de la firma, las personas habilitadas para firmar órdenes de transferencia comprobarán que estas corresponden a las órdenes de pago», |
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— |
Artículo 17.2 — «La solicitud de transferencia irá acompañada de la información enumerada en el artículo 17.2», |
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— |
Artículo 18.4 — «El contable pondrá a disposición de los ordenadores, a través del sistema informático central, una lista de los importes prorrogados. Los ordenadores tendrán la responsabilidad de garantizar que, al final del ejercicio, únicamente para los importes prorrogados existe una obligación jurídica de hacerlo», |
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— |
Artículo 20.1 — Inventario del inmovilizado — «Un inventario de activos materiales se mantendrá en una base de datos común para todos los ordenadores según los procedimientos establecidos por el Secretario General, tras consultar con el contable», |
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— |
Artículo 22.1 — Procedimientos mínimos de gestión y de control interno — «Los procedimientos de gestión y de control interno serán establecidos por los ordenadores, con arreglo a las normas mínimas de control interno aprobadas por el Tribunal». |
Consideramos que nuestro examen constituye una base razonable sobre la cual sustentar nuestra opinión.
Basándonos en nuestro trabajo expuesto en el presente informe, no hemos observado nada que nos haga creer que, en todos los aspectos materiales y sobre la base de los criterios descritos:
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los recursos asignados al Tribunal no hayan sido empleados para sus fines previstos, |
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los procedimientos de control no ofrezcan las garantías necesarias para asegurar la conformidad de las operaciones financieras con las normas y reglamentos aplicables. |
El presente informe se emite únicamente al efecto expuesto en el primer párrafo y con carácter informativo y no debe utilizarse para ningún otro propósito ni distribuirse a terceros, salvo para su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Luxemburgo, 24 de mayo de 2017.
PricewaterhouseCoopers, Société coopérative
Réviseur d’entreprises
Representada por
Rima ADAS