ISSN 1977-0928

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 98A

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Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

57° año
3 de abril de 2014


Número de información

Sumario

Página

 

V   Anuncios

 

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

 

Oficina Europea de Selección de Personal (EPSO)

2014/C 098A/01

Convocatoria de oposición general EPSO/AST/131/14 — Asistentes (AST 3) — Inspección nuclear

1

 

2014/C 098A/02

Historial de los Diarios Oficiales, Serie C A, Concursos

9

ES

 


V Anuncios

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

Oficina Europea de Selección de Personal (EPSO)

3.4.2014   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

CA 98/1


CONVOCATORIA DE OPOSICIÓN GENERAL

EPSO/AST/131/14 — ASISTENTES (AST 3)

INSPECCIÓN NUCLEAR

2014/C 098 A/01

 

La Oficina Europea de Selección de Personal (EPSO) organiza una oposición general, basada en títulos y pruebas, con vistas a la constitución de una lista de reserva para la contratación de asistentes (1).

El objetivo de la oposición es constituir una lista de reserva para cubrir puestos vacantes de funcionarios en la Comisión Europea y, en particular, en la Dirección General de Energía (DG ENER) en Luxemburgo y en los servicios del Centro Común de Investigación (CCI) que se ocupan del control de la seguridad nuclear y, especialmente, del Instituto de Elementos Transuránicos de Karlsruhe (ITU), el Instituto de Energía (IE) de Petten (Países Bajos) y la Dirección «Gestión de la Sede de Ispra» (IGS) de Ispra (Italia).

Antes de presentar su candidatura, lea atentamente las Disposiciones generales aplicables a las oposiciones generales publicadas en el Diario Oficial de la Unión Europea C 60 A de 1 de marzo de 2014 y en la página web de la EPSO.

Este documento, que forma parte integrante de la convocatoria de oposición, le ayudará a comprender las normas relativas a los procedimientos y las modalidades de inscripción.

ÍNDICE

I.

MARCO GENERAL

II.

NATURALEZA DE LAS FUNCIONES

III.

CONDICIONES DE ADMISIÓN

IV.

PRUEBAS DE ACCESO

V.

ADMISIÓN A LA OPOSICIÓN Y SELECCIÓN POR TÍTULOS ACADÉMICOS

VI.

OPOSICIÓN GENERAL

VII.

LISTA DE RESERVA

VIII.

CÓMO PARTICIPAR EN LA OPOSICIÓN

I.   MARCO GENERAL

Número de candidatos seleccionados: 32

II.   NATURALEZA DE LAS FUNCIONES

La misión de la DG ENER en materia de control de la seguridad nuclear es garantizar el respeto de los derechos y obligaciones relacionados con la no desviación de materiales nucleares, descritos en el capítulo 7 del Tratado Euratom por el que se establece el Sistema de Seguridad de Euratom.

La misión del CCI es prestar apoyo científico y técnico orientado al cliente para la concepción, el desarrollo, la ejecución y el seguimiento de las políticas de la UE. En cuanto servicio de la Comisión Europea, el JRC funciona como centro de referencia de la Unión en ciencia y tecnología.

Los inspectores nucleares deberán cerciorarse de la exactitud de las declaraciones y los informes de los operadores de instalaciones nucleares, realizar la verificación física de los materiales nucleares y redactar informes de sus conclusiones. Bajo supervisión jerárquica, garantizarán igualmente la comunicación necesaria con operadores, instancias nacionales interesadas y organizaciones internacionales. También se podrá requerir su asistencia para el desarrollo, la instalación y el mantenimiento del equipo de control de la seguridad.

La misión de inspección nuclear consiste fundamentalmente en:

Inspecciones en instalaciones nucleares que cubren todas las fases del ciclo del combustible nuclear (a saber, extracción de materiales fisionables, conversión, enriquecimiento, preparación de combustibles, explotación de reactores nucleares, reprocesamiento de combustible nuclear irradiado, gestión de residuos y almacenamiento definitivo) a fin de verificar las características técnicas de dichas instalaciones, la documentación justificativa de las declaraciones de contabilidad que presenten los operadores y la correspondencia de dicha documentación con los datos concretos. La verificación implica la realización de mediciones cuantitativas y cualitativas y la toma de muestras así como la valoración de los datos medidos, la vigilancia por vídeo y los datos de precintado.

La verificación de la conformidad y coherencia de las declaraciones de contabilidad de material nuclear presentadas por los operadores nucleares. Ello incluye descargar datos en un sistema de contabilidad informatizado, analizar las anomalías señaladas por el sistema y hacer el seguimiento de dichas anomalías con los operadores nucleares correspondientes.

Participación en la elaboración de acuerdos de control de la seguridad nuclear específicos para una instalación, representación de la Comisión en reuniones con operadores, autoridades nacionales y organismos internacionales, como el Organismo Internacional de la Energía Atómica (OIEA) y redacción de informes detallados.

Análisis de muestras de material nuclear y barridos, en laboratorios in situ o en los laboratorios de la Comisión Europea. Ello incluye el calibrado y los ensayos de calificación del equipo de análisis y el tratamiento de muestras radioactivas en medio controlado.

Desarrollo, preparación y calibrado de equipo e instrumentos para utilización en los trabajos de inspección in situ e instalación y mantenimiento en buen estado de los equipos de medición y vigilancia, en particular los sistemas de videovigilancia y los sistemas de sellado electrónicos en las instalaciones nucleares.

Las tareas mencionadas pueden corresponder a equipos diferentes. Aunque un candidato pueda ser especialista en uno u otro grupo de tareas, poseer capacidades multidisciplinares de distintas áreas puede resultar una ventaja. A los inspectores nucleares se les anima a cambiar de equipo a lo largo de los años.

Estas actividades están reguladas por las disposiciones del Tratado Euratom y del Derecho derivado adoptado en virtud del mismo, así como por los acuerdos internacionales en que es parte la Comunidad Europea de la Energía Atómica. Implican misiones frecuentes y requieren acceder a áreas controladas de las instalaciones nucleares. Teniendo en cuenta la ubicación de las instalaciones nucleares, frecuentemente aislada, los inspectores deberán tener permiso de conducir.

Los inspectores nucleares estarán sometidos a un procedimiento de habilitación.

III.   CONDICIONES DE ADMISIÓN

En la fecha del cierre de la inscripción electrónica, deberá cumplir todas las condiciones generales y específicas siguientes:

1.

Condiciones generales

a)

Ser ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea.

b)

Estar en plena posesión de sus derechos civiles.

c)

Estar en situación regular respecto de las leyes de reclutamiento militar aplicables.

d)

Ofrecer las garantías morales requeridas para el ejercicio de las funciones previstas.

2.

Condiciones específicas

2.1.

Titulación

Nivel de enseñanza superior acreditado por un título de fin de estudios en un campo técnico u orientado a las ciencias naturales o aplicadas como la física nuclear, la química nuclear, la protección radioactiva, la radiobiología, la física, la química o la ingeniería.

O

Nivel de enseñanza media, general o técnica, acreditado por un título de fin de estudios que dé acceso a estudios superiores seguido de experiencia profesional en un campo relacionado de un mínimo de 3 años.

Nota: Estos 3 años no se tendrán en cuenta en el cómputo del número de años de experiencia profesional exigido en el apartado siguiente.

2.2.

Experiencia profesional

Una experiencia profesional de por lo menos 3 años, de los cuales al menos 2 relacionados con la física nuclear, la química nuclear, la protección radioactiva, la radiobiología, la física, la química, la ingeniería o con cualquier otra disciplina pertinente en un campo técnico u orientado a las ciencias aplicadas, adquirida en la industria nuclear, en un centro de investigación nuclear, en un organismo público nacional o internacional o en otro campo apropiado.

Los períodos de formación complementaria relacionados con la especialización exigida y cursados después de la obtención del título exigido podrán contabilizarse como experiencia de un máximo de un año.

Esta experiencia deberá haberse obtenido con posterioridad a la obtención del título exigido para la presente oposición.

2.3.

Conocimientos lingüísticos  (2)

Lengua 1

Lengua principal

excelente conocimiento de una lengua oficial de la Unión Europea

Lengua 2

Segunda lengua (obligatoriamente distinta de la lengua 1)

conocimiento satisfactorio del alemán, del inglés o del francés

A la vista de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Gran Sala) en el asunto C-566/10 P, República Italiana/Comisión, las instituciones de la UE desean, en el marco de la presente oposición, justificar la limitación de la elección de la segunda lengua a un número restringido de lenguas oficiales de la Unión.

Por tanto, se informa a los candidatos de que las segundas lenguas elegidas para el presente concurso se definieron de acuerdo con el interés del servicio, que requiere que los nuevos contratados sean operativos inmediatamente y capaces de comunicarse eficazmente en su trabajo diario. De no ser así, el funcionamiento efectivo de las instituciones se vería gravemente perjudicado.

Habida cuenta de la larga práctica de las instituciones de la Unión en lo que se refiere a las lenguas de comunicación interna, y teniendo en cuenta las necesidades del servicio en materia de comunicación externa y de tramitación de los asuntos, el inglés, el francés y el alemán siguen siendo las lenguas más utilizadas. Además, el inglés, el francés y el alemán son las segundas lenguas más empleadas en la Unión Europea y las más estudiadas como segundas lenguas. Esto confirma el nivel de estudios y cualificaciones profesionales que pueden actualmente esperarse de los candidatos a puestos de trabajo en las instituciones de la Unión, a saber, el dominio de, por lo menos, una de esas lenguas. Por lo tanto, en la ponderación entre el interés del servicio y las necesidades y aptitudes de los candidatos, teniendo en cuenta el ámbito específico de la presente oposición, está justificado organizar pruebas en estas tres lenguas para garantizar que, sea cual sea su primera lengua oficial, todos los candidatos dominen al menos una de estas tres lenguas oficiales a nivel de lengua de trabajo. La evaluación de las competencias específicas permite a las instituciones de la Unión determinar la capacidad de los candidatos para ejecutar inmediatamente sus funciones en un entorno que se asemeja a aquel en el que deberán trabajar.

Por los mismos motivos, conviene limitar la lengua de comunicación entre los candidatos y la institución, incluida la lengua en la que los formularios de candidatura deberán redactarse. Además, este requisito garantiza la homogeneidad de la comparación y el control de los candidatos sobre sus propios formularios de candidatura.

Por otra parte, a fin de garantizar la igualdad de trato, todos los candidatos, aunque tengan una de estas tres lenguas como primera lengua oficial, deberán someterse a determinadas pruebas en su segunda lengua, a elegir entre las tres en cuestión.

Estas disposiciones no prejuzgan la posterior formación lingüística destinada a adquirir la capacidad de trabajar en una tercera lengua, de conformidad con el artículo 45, apartado 2, del Estatuto de los funcionarios.

IV.   PRUEBAS DE ACCESO

Las pruebas de acceso se realizan con ordenador y están organizadas por la EPSO. El tribunal determinará el nivel de dificultad de las pruebas y aprobará su contenido sobre la base de las propuestas de la EPSO.

Solo se organizarán pruebas de acceso si el número de candidatos inscritos supera un determinado umbral. Este umbral, del que se le informará a través de su cuenta EPSO, será determinado por el director de la EPSO en su condición de autoridad facultada para proceder a los nombramientos (AFPN), una vez finalizado el plazo de inscripción.

De no alcanzarse dicho umbral, se organizarán pruebas de aptitud en el Centro de Evaluación (véase la sección VI, punto 2).

1.

Convocatoria

Será convocado a las pruebas si ha validado su candidatura en el plazo indicado (véase la sección VIII).

Atención:

1)

al validar su candidatura, declara cumplir las condiciones generales y específicas recogidas en la sección III;

2)

para participar en las pruebas, deberá reservar una fecha; esta reserva deberá hacerse obligatoriamente en el plazo que le será comunicado a través de su cuenta EPSO.

2.

Naturaleza y puntuación de las pruebas

Una serie de pruebas basadas en preguntas de tipo test, de respuestas múltiples, en las que se evaluarán su capacidad de razonamiento:

Prueba a)

verbal

puntuación: de 0 a 20 puntos

mínimo exigido: 10 puntos

Prueba b)

numérico

puntuación: de 0 a 10 puntos

Prueba c)

abstracto

puntuación: de 0 a 10 puntos

 

El mínimo exigido es de 10 puntos para el conjunto de las pruebas b) y c)

3.

Lengua de las pruebas

Lengua 1

V.   ADMISIÓN A LA OPOSICIÓN Y SELECCIÓN POR TÍTULOS ACADÉMICOS

1.   Procedimiento

El examen de las condiciones generales y específicas, así como la selección por títulos, se efectuarán en primer lugar sobre la base de lo declarado por usted en el formulario de candidatura.

a)

Sus respuestas a las preguntas relativas a las condiciones generales y específicas se estudiarán con el fin de determinar si se cuenta usted entre los candidatos que cumplen todos los requisitos de admisión a la oposición.

En caso de que se hayan organizado previamente pruebas de acceso, el examen de las condiciones generales y específicas se efectuará en orden decreciente de la puntuación obtenida en dichas pruebas, hasta alcanzar el número, determinado por la AFPN  (3) de candidatos que:

hayan obtenido a la vez los mínimos exigidos y las mejores notas en las pruebas de acceso, y

cumplan las condiciones de admisión a la oposición.

En caso de que, en el último puesto de la lista, haya varios candidatos con la misma puntuación, todos ellos serán admitidos a la fase de selección por títulos. No se examinarán los formularios de candidatura electrónicos de los candidatos que estén por debajo de esta puntuación.

b)

A continuación, el tribunal procederá, para los candidatos que cumplan las condiciones de admisión a la oposición, a una selección por títulos con el fin de identificar a los que posean las cualificaciones más pertinentes (en particular, títulos y experiencia profesional) en relación con la naturaleza de las funciones y con los criterios de selección enumerados en la presente convocatoria de oposición. Esta selección se basará únicamente en las declaraciones de los candidatos recogidas en la pestaña «évaluateur de talent» («evaluador de competencias»), de acuerdo con el método de puntuación siguiente:

cada criterio de selección se ponderará de 1 a 3, en función de la importancia que le atribuya el tribunal,

el tribunal examinará las respuestas de los candidatos y asignará una nota de 0 a 4 a cada respuesta, en función de las cualificaciones del candidato. Las notas, multiplicadas por la ponderación de cada pregunta, se sumarán para obtener una nota global.

El tribunal clasificará a los candidatos de acuerdo con esas notas globales. El número de candidatos convocados (4) al Centro de Evaluación será como máximo igual a 3 veces el número de candidatos seleccionados. Este número se publicará en el sitio web de la EPSO (http://blogs.ec.europa.eu/eu-careers.info/).

2.   Comprobación de las declaraciones de los candidatos

Una vez conocidos los resultados obtenidos en el Centro de Evaluación y a la vista de los mismos, la EPSO comprobará la veracidad de las declaraciones hechas por los candidatos en su impreso de candidatura electrónico en lo tocante a las condiciones generales; por su parte, el tribunal comprobará todo lo relativo a las condiciones específicas sobre la base de los justificantes presentados por los candidatos. En la valoración de la titulación académica, los justificantes solo serán tenidos en cuenta para confirmar las respuestas ya dadas en la pestaña «evaluador de competencias». Si de dicha comprobación resultara que esas declaraciones (5) no están avaladas por los justificantes correspondientes, los candidatos en cuestión quedarán excluidos de la oposición.

La comprobación se efectuará, por orden decreciente de méritos, para los candidatos que hayan obtenido la puntuación mínima requerida y las mejores notas en el conjunto de los elementos del Centro de Evaluación d), e), f) y g) (Véase la sección VI, punto 2). En su caso, dichos candidatos deberán haber obtenido también la puntuación mínima requerida en las pruebas de aptitud a), b) y c). Esta comprobación se llevará a cabo hasta alcanzar el número de candidatos que pueden figurar en la lista de reserva y que reúnen todas las condiciones de admisión. No se examinarán los justificantes de los candidatos que se sitúen por debajo de este número.

3.   Criterios de selección

En la selección por titulación académica, el tribunal tendrá en cuenta los criterios siguientes:

1.

La experiencia profesional en el desarrollo de técnicas experimentales en los campos de la física nuclear, la química nuclear, la protección radiológica, la radiobiología, la física, la química, la ingeniería o cualquier otra disciplina pertinente en un campo técnico o de las ciencias aplicadas, incluidos la realización, el análisis y la evaluación de experimentos.

2.

La experiencia profesional en la aplicación de técnicas experimentales en los campos de la física nuclear, la química nuclear, la protección radiológica, la radiobiología, la física, la química, la ingeniería o cualquier otra disciplina pertinente en un campo técnico o de las ciencias aplicadas, incluidos la realización, el análisis y la evaluación de experimentos.

3.

La experiencia profesional en el desarrollo de técnicas de medición en los campos de la física nuclear, la química nuclear, la protección radiológica, la radiobiología, la física, la química, la ingeniería o cualquier otra disciplina pertinente en un campo técnico o de las ciencias aplicadas.

4.

La experiencia profesional en la aplicación de técnicas de medición en los campos de la física nuclear, la química nuclear, la protección radiológica, la radiobiología, la física, la química, la ingeniería o cualquier otra disciplina pertinente en un campo técnico o de las ciencias aplicadas.

5.

La experiencia profesional en informática relacionada con el desarrollo o la aplicación de técnicas experimentales o de medición en los campos de la física nuclear, la química nuclear, la protección radiológica, la radiobiología, la física, la química, la ingeniería o cualquier otra disciplina pertinente en un campo técnico o de las ciencias aplicadas.

6.

La experiencia profesional en informática relacionada con la gestión de bases de datos y aplicaciones contables.

7.

La experiencia profesional relacionada con aspectos normativos en materia nuclear.

8.

La experiencia profesional en contabilidad de materiales nucleares.

9.

La experiencia internacional en al menos una de las áreas antes mencionadas (1 a 8), incluida la experiencia adquirida en la cooperación con organismos internacionales pertinentes.

10.

La experiencia en negociaciones con terceros como, por ejemplo, autoridades de los Estados miembros, representantes de operadores de instalaciones o empresas.

VI.   OPOSICIÓN GENERAL

1.

Convocatoria

Si se encuentra usted entre los candidatos (6):

que, según sus declaraciones en la inscripción electrónica, cumplen las condiciones de admisión generales y específicas expuestas en la sección III,

y

que han obtenido una de las mejores notas en la selección por titulación académica,

se le convocará a participar en las pruebas del Centro de Evaluación que se celebrarán en principio en Bruselas (7), a lo largo de uno o dos días.

2.

Centro de Evaluación

Se le someterá a tres tipos de evaluaciones cuyo contenido será validado por el tribunal:

capacidad de razonamiento (siempre que no se haya evaluado ya en pruebas de acceso organizadas previamente), evaluada mediante las pruebas siguientes:

a)

prueba de razonamiento verbal

b)

prueba de razonamiento numérico

c)

prueba de razonamiento abstracto

competencias específicas evaluadas mediante el ejercicio siguiente:

d)

entrevista estructurada sobre las competencias en el ámbito correspondiente, sobre la base de las respuestas dadas en la pestaña «evaluador de competencias» del formulario de candidatura

competencias generales  (8) evaluadas mediante los ejercicios siguientes:

e)

estudio de casos

f)

ejercicio en grupo

g)

entrevista estructurada sobre las competencias generales

Cada una de estas competencias generales será evaluada con arreglo al siguiente modelo:

 

Estudios de casos

Ejercicio en grupo

Entrevista estructurada

Análisis y resolución de problemas

x

x

 

Comunicación

x

 

x

Calidad y resultados

x

 

x

Aprendizaje y desarrollo

 

x

x

Determinación de prioridades y organización

x

x

 

Resiliencia

 

x

x

Trabajo en equipo

 

x

x


3.

Lengua del Centro de Evaluación

Lengua 1 para las pruebas a), b) y c)

Lengua 2 para las pruebas d), e), f) y g)

4.

Puntuación y ponderación

Capacidad de razonamiento

a)

verbal: de 0 a 20 puntos

mínimo exigido: 10 puntos

b)

numérico: de 0 a 10 puntos

c)

abstracto: de 0 a 10 puntos

mínimo exigido para el conjunto de las pruebas b) y c): 10 puntos

Las pruebas a), b) y c) son eliminatorias, pero las notas no se sumarán a las demás notas del Centro de Evaluación.

Competencias específicas [ejercicio d)]

de 0 a 100 puntos

mínimo exigido: 50 puntos

ponderación: 55 % de la nota global

Competencias generales [ejercicios e), f) y g)]

de 0 a 10 puntos para cada una de las competencias generales

mínimo exigido:

3 puntos para cada competencia,

y

35 puntos sobre 70 para el conjunto de las 7 competencias generales

ponderación: 45 % de la nota global

VII.   LISTA DE RESERVA

1.

Inscripción

El tribunal incluirá su nombre en la lista de reserva:

si está usted entre los candidatos (9) que han obtenido los mínimos exigidos para el conjunto de los ejercicios a) a g) y una de las mejores puntuaciones para el conjunto de los ejercicios considerados por el Centro de Evaluación d), e), f) y g) (véase el número de candidatos seleccionados que se desea alcanzar, sección I, punto 1)

y si, vistos los justificantes, cumple usted todas las condiciones de admisión.

2.

Clasificación

Lista por orden alfabético.

VIII.   CÓMO PARTICIPAR EN LA OPOSICIÓN

1.

Inscripción electrónica

Deberá usted inscribirse por vía electrónica, siguiendo el procedimiento indicado en el sitio web de la EPSO y, en particular, en las Instrucciones de inscripción.

Plazo (incluida la validación): 6 de mayo de 2014 a las 12.00 horas de la mañana (mediodía), hora de Bruselas

2.

Expediente de candidatura

Si figura usted entre los candidatos admitidos al Centro de Evaluación, se le invitará a presentar (10) en dicho centro su expediente de candidatura completo (impreso de candidatura electrónico firmado y justificantes) en el momento en que acuda al mismo.

Modalidades: Véase el punto 2.1.7 de las Disposiciones generales aplicables a las oposiciones generales.


(1)  Cualquier referencia contenida en la presente convocatoria a personas de sexo masculino se entenderá también como relativa a personas de sexo femenino.

(2)  Véase el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (CECR) — Nivel exigido: lengua 1 = C1, lengua 2 = B2 (http://europass.cedefop.europa.eu/europass/home/hornav/Downloads/CEF/LanguageSelfAssessmentGrid.csp).

(3)  Este número corresponde al umbral al que se hace referencia en el párrafo segundo del título IV.

(4)  Los candidatos que no hayan sido convocados al Centro de Evaluación recibirán sus resultados, así como la ponderación de cada pregunta por el tribunal.

(5)  Dichas informaciones se comprobarán, sobre la base de los justificantes, antes de elaborar la lista de reserva (véase la sección VII, punto 1, y la sección VIII, punto 2).

(6)  En caso de que, en el último puesto de la lista, haya varios candidatos con la misma puntuación, todos ellos serán convocados al Centro de Evaluación.

(7)  Por razones de organización, las pruebas de aptitud podrán celebrarse en centros de exámenes ubicados en los Estados miembros, con independencia de las demás pruebas del Centro de Evaluación.

(8)  La definición de estas competencias figura en el punto 1.2 de las Disposiciones generales aplicables a las oposiciones generales.

(9)  En caso de que, en el último puesto de la lista, haya varios candidatos con la misma puntuación, todos ellos serán incluidos en la lista de reserva.

(10)  La fecha en que deberá presentarse en el Centro de Evaluación le será comunicada a su debido tiempo a través de su cuenta EPSO.


3.4.2014   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

CA 98/9


HISTORIAL DE LOS DIARIOS OFICIALES, SERIE C A, CONCURSOS

2014/C 098 A/02

A continuación figura la lista de los Diarios Oficiales, serie C A, publicados en el año en curso.

Salvo indicación contraria, los Diarios Oficiales se publican en todas las versiones lingüísticas.

5

 

6

 

11

 

19

 

21

 

26

 

27

 

30

(PL)

35

 

41

(DE/EN/FR)

42

 

43

 

46

 

47

 

48

 

55

 

56

 

60

 

62

 

65

 

73

(DE/EN/FR)

74

 

81

 

88

 

92

(DE/EN/FR)

97

 

98