ISSN 1725-244X |
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Diario Oficial de la Unión Europea |
C 331 |
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Edición en lengua española |
Comunicaciones e informaciones |
51o año |
Número de información |
Sumario |
Página |
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II Comunicaciones |
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COMUNICACIONES PROCEDENTES DE INSTITUCIONES Y ÓRGANOS DE LA UNIÓN EUROPEA |
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Comisión |
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2008/C 331/01 |
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2008/C 331/02 |
Autorización de las ayudas estatales en el marco de las disposiciones de los artículos 87 y 88 del Tratado CE — Casos con respecto a los cuales la Comisión no presenta objeciones ( 1 ) |
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IV Informaciones |
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INFORMACIONES PROCEDENTES DE INSTITUCIONES Y ÓRGANOS DE LA UNIÓN EUROPEA |
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Comisión |
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2008/C 331/03 |
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INFORMACIONES PROCEDENTES DE LOS ESTADOS MIEMBROS |
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2008/C 331/04 |
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2008/C 331/05 |
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2008/C 331/06 |
Información comunicada por los Estados miembros referente a la ayuda estatal concedida con arreglo al Reglamento (CE) no 1628/2006 de la Comisión relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas regionales a la inversión ( 1 ) |
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INFORMACIONES PROCEDENTES DE TERCEROS ESTADOS |
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Comisión |
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2008/C 331/07 |
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2008/C 331/08 |
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(1) Texto pertinente a efectos del EEE |
ES |
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II Comunicaciones
COMUNICACIONES PROCEDENTES DE INSTITUCIONES Y ÓRGANOS DE LA UNIÓN EUROPEA
Comisión
31.12.2008 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 331/1 |
Autorización de las ayudas estatales en el marco de las disposiciones de los artículos 87 y 88 del Tratado CE
Casos con respecto a los cuales la Comisión no presenta objeciones
(2008/C 331/01)
Fecha de adopción de la decisión |
19.11.2008 |
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Ayuda no |
NN 14/08 (ex N 502/07) |
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Estado miembro |
España |
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Región |
Castilla y León |
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Denominación (y/o nombre del beneficiario) |
Ayuda a «Castileón 2000, SAU» |
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Base jurídica |
«Informe favorable de la Comisión Delegada para Asuntos Económicos de la Comunidad Autónoma de Castilla y León sobre la formalización de una pignoración de depósito por “Ade Financiación, S. A.” a favor de la sociedad “Castileón 2000, S.A.U.” para elevar a la Junta de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Castilla y León la concesión de la ayuda» |
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Tipo de medida |
Ayuda individual |
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Objetivo |
Ayuda de salvamento a una empresa en crisis |
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Forma de la ayuda |
Garantía |
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Presupuesto |
2 494 150 EUR |
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Intensidad |
— |
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Duración |
Seis meses |
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Sectores económicos |
Agricultura |
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Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas |
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Información adicional |
— |
El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:
http://ec.europa.eu/community_law/state_aids/
31.12.2008 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 331/2 |
Autorización de las ayudas estatales en el marco de las disposiciones de los artículos 87 y 88 del Tratado CE
Casos con respecto a los cuales la Comisión no presenta objeciones
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2008/C 331/02)
Fecha de adopción de la decisión |
14.11.2008 |
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Ayuda no |
N 700/07 |
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Estado miembro |
Reino Unido |
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Región |
Wales |
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Denominación (y/o nombre del beneficiario) |
Finance Wales JEREMIE Fund |
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Base jurídica |
Section 60 of the Government of Wales Act 2006 and section 1 of the Welsh Development Agency Act 1975 |
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Tipo de medida |
Régimen de ayudas |
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Objetivo |
Capital riesgo |
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Forma de la ayuda |
Financiación con capital riesgo |
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Presupuesto |
Importe total de la ayuda prevista: 150 millones GBP |
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Intensidad |
— |
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Duración |
2008-31.12.2013 |
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Sectores económicos |
Todos los sectores |
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Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas |
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Información adicional |
— |
El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:
http://ec.europa.eu/community_law/state_aids/
Fecha de adopción de la decisión |
12.11.2008 |
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Ayuda no |
N 77/08 |
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Estado miembro |
Dinamarca |
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Región |
— |
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Denominación (y/o nombre del beneficiario) |
Programmet for brugerdreven innovation |
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Base jurídica |
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Tipo de medida |
Régimen de ayudas |
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Objetivo |
Investigación y desarrollo |
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Forma de la ayuda |
Subvención directa |
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Presupuesto |
Gasto anual previsto: 94 millones DKK Importe total de la ayuda prevista: 282 millones DKK |
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Intensidad |
— |
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Duración |
Hasta el 31.12.2010 |
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Sectores económicos |
— |
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Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas |
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Información adicional |
— |
El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:
http://ec.europa.eu/community_law/state_aids/
Fecha de adopción de la decisión |
12.11.2008 |
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Ayuda no |
N 258/08 |
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Estado miembro |
Alemania |
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Región |
Saarland |
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Denominación (y/o nombre del beneficiario) |
Richtlinien für die Förderung von Entwicklung, Forschung und Innovation im Saarland — EFI Programm |
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Base jurídica |
§ 44 Landeshaushaltsordnung des Saarlandes in der Fassung der Bekanntmachung vom 5. November 1999 (Amtsblatt Saarland 2000 S. 194), zuletzt geändert durch Gesetz vom 15. Februar 2006 (Amtsblatt Saarland 2006 S. 474, 530) und die dazu erlassenen Verwaltungsvorschriften (VV-LHO) vom 27. September 2001 (GMBL Saar 2001, S. 553) zuletzt geändert durch Verwaltungsvorschrift vom 20. September 2007 (Amtsblatt Saarland 2007, S. 1889) |
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Tipo de medida |
Régimen de ayudas |
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Objetivo |
Investigación y desarrollo, desarrollo regional, empleo |
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Forma de la ayuda |
Subvención directa |
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Presupuesto |
Gasto anual previsto: 3,2 millones EUR Importe total de la ayuda prevista: 18,6 millones EUR |
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Intensidad |
80 % |
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Duración |
Hasta el 31.12.2013 |
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Sectores económicos |
Todos los sectores |
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Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas |
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Información adicional |
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El texto de la decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:
http://ec.europa.eu/community_law/state_aids/
IV Informaciones
INFORMACIONES PROCEDENTES DE INSTITUCIONES Y ÓRGANOS DE LA UNIÓN EUROPEA
Comisión
31.12.2008 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 331/5 |
Tipo de cambio del euro (1)
30 de diciembre de 2008
(2008/C 331/03)
1 euro=
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Moneda |
Tipo de cambio |
USD |
dólar estadounidense |
1,4098 |
JPY |
yen japonés |
127,40 |
DKK |
corona danesa |
7,4506 |
GBP |
libra esterlina |
0,97420 |
SEK |
corona sueca |
10,9500 |
CHF |
franco suizo |
1,4963 |
ISK |
corona islandesa |
|
NOK |
corona noruega |
9,8400 |
BGN |
lev búlgaro |
1,9558 |
CZK |
corona checa |
26,630 |
EEK |
corona estonia |
15,6466 |
HUF |
forint húngaro |
266,33 |
LTL |
litas lituana |
3,4528 |
LVL |
lats letón |
0,7079 |
PLN |
zloty polaco |
4,1465 |
RON |
leu rumano |
4,0202 |
SKK |
corona eslovaca |
30,145 |
TRY |
lira turca |
2,1606 |
AUD |
dólar australiano |
2,0435 |
CAD |
dólar canadiense |
1,7331 |
HKD |
dólar de Hong Kong |
10,9261 |
NZD |
dólar neozelandés |
2,4448 |
SGD |
dólar de Singapur |
2,0325 |
KRW |
won de Corea del Sur |
1 902,43 |
ZAR |
rand sudafricano |
13,3931 |
CNY |
yuan renminbi |
9,6364 |
HRK |
kuna croata |
7,3348 |
IDR |
rupia indonesia |
15 507,80 |
MYR |
ringgit malayo |
4,9040 |
PHP |
peso filipino |
67,040 |
RUB |
rublo ruso |
41,4035 |
THB |
baht tailandés |
48,998 |
BRL |
real brasileño |
3,3127 |
MXN |
peso mexicano |
19,3143 |
Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.
INFORMACIONES PROCEDENTES DE LOS ESTADOS MIEMBROS
31.12.2008 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 331/6 |
Información comunicada por los Estados miembros acerca de las ayudas estatales concedidas de conformidad con el Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 70/2001
(2008/C 331/04)
Ayuda no: XA 343/08
Estado miembro: Dinamarca
Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: Sundhedsstyring i vildtopdræt
Base jurídica: Lov om administration af Det Europæiske Fællesskabs forordninger om markedsordninger for landbrugsvarer m.v. (Bemyndigelsesloven), jf. lovbekendtgørelse nr. 297 af 28. april 2004
Gasto anual previsto en virtud del régimen o cuantía global de la ayuda individual concedida a la empresa beneficiaria: 300 000 DKK
Intensidad máxima de la ayuda: 100 %
Fecha de aplicación:
Duración del régimen o de la ayuda individual: Hasta el 30 de septiembre de 2009
Objetivo de la ayuda: El objetivo del proyecto es garantizar que los especímenes jóvenes de aves silvestres soltados para la caza puedan considerarse una reserva sana y viable de aves aptas para el consumo humano. Dado que los índices de mortalidad de estos especímenes jóvenes suelen ser altos, se trata de proporcionar información sobre las causas de mortalidad correspondientes. En función de los datos recopilados, se elaborarán recomendaciones sobre la gestión de las aves de caza (principalmente los faisanes) en las tres primeras semanas de vida, a fin de reducir las pérdidas de producción.
Los beneficiarios finales son los criadores de aves de caza. El régimen sólo se aplica a las pequeñas y medianas empresas.
El régimen se incluye en el ámbito de aplicación del artículo 15, apartado 2, letra c), del Reglamento (CE) no 1857/2006, ya que se refiere a gastos de asesoría
Sector o sectores beneficiarios: Aves de caza
Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:
Fjerkræafgiftsfonden |
Axeltorv 3 |
DK-1609 Copenhagen V |
Dirección web: http://www.poultry.dk/ddf/fa.nsf/B2009T.pdf?openfileresource
Información adicional: —
Ayuda no: XA 344/08
Estado miembro: Francia
Región: Département du Gers
Denominación del régimen de ayudas: Programme d'aide en faveur du remplacement des éleveurs gersois
Base jurídica:
— |
Reglamento (CE) no 1857/2006, artículo 15, |
— |
articles L 1511-1 et suivants, article L 4211-1 du code général des collectivités territoriales, |
— |
délibération du Conseil général du Gers du 29 juillet 2008 |
Gasto anual previsto en virtud del régimen o importe total de la ayuda individual concedida a la empresa beneficiaria: 60 000 EUR anuales
Intensidad máxima de la ayuda: El porcentaje de ayuda será del 35 % del coste diario de la sustitución en el caso de los jóvenes agricultores y del 25 % del coste diario de la sustitución en el caso de los demás ganaderos, con un límite de 24 días por año y ganadería
Fecha de aplicación: 2008, a partir de la fecha de publicación del número de registro de la solicitud de exención en el sitio de la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural de la Comisión
Duración del régimen de ayuda: 2008
Objetivo y modalidades de la ayuda: La sustitución es una solución que permite a los agricultores y ganaderos cuya actividad exige su presencia en la explotación todos los días del año tener un ritmo de trabajo y vida comparable al de otros sectores económicos. Sin embargo con excepción de los casos en los que se reembolsa la sustitución (maternidad, accidente o enfermedad en los seguros privados), el coste de este servicio es disuasorio.
Por tanto, se ofrece a los ganaderos una ayuda destinada a fomentar la utilización de este servicio. Esta ayuda se concederá para cubrir los costes reales de la sustitución del agricultor por enfermedad, vacaciones o formación profesional (a excepción de las actividades sindicales). La ayuda se concederá en especie mediante servicios subvencionados y no podrá consistir en pagos directos en efectivo a los productores.
De conformidad con el punto 4 del artículo 15 del reglamento de exención agraria, la ayuda no se limitará a los miembros de las agrupaciones de productores o de otras organizaciones determinadas. Cuando la ayuda se conceda a una agrupación o a una organización por un servicio prestado a un ganadero que no sea miembro de ella, se limitará estrictamente a los costes correspondientes a la prestación del servicio de sustitución
Sector o sectores afectados: Todas las explotaciones agrícolas en las que el agricultor (que ejerza su actividad a título principal) esté obligado a estar presente diariamente a lo largo de todo el año
Nombre y dirección de la autoridad competente:
Monsieur le Président du Conseil Général du Gers |
Direction de l'Agriculture, de l'Eau et de l'Environnement |
81, route de Pessan |
F-32000 AUCH |
Dirección web: http://www.gers-gascogne.com/ovidentia/index.php?tg=oml&file=publication/fich.html&art=1211&cat=33
Ayuda no: XA 345/08
Estado miembro: España
Región: Catalonia
Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: Ayudas para la repoblación ganadera de reproductores bovinos sacrificados por motivo de saneamiento oficial
Base jurídica: Orden de 2008, del Departamento de Agricultura, Alimentación y Acción Rural, por la cual se aprueban las bases reguladoras de las ayudas para la reposición de animales reproductores bovinos sacrificados por motivos de saneamiento oficial y se convocan las correspondientes al año 2008
Gasto anual previsto en virtud del régimen: 810 000 EUR anuales
Intensidad máxima de la ayuda: Hasta 500 EUR por animal sacrificado por motivo de saneamiento oficial que se reponga. El límite máximo de la ayuda por cada animal repuesto será la diferencia entre el valor de adquisición del animal nuevo y la suma del importe recibido por el seguro, en su caso, y los costes que no se hayan efectuado debido a la enfermedad y que, en otras circunstancias, sí se habrían realizado y siempre que la intensidad bruta de la ayuda no supere el 100 %
Fecha de aplicación: El régimen de ayudas se aplicará a partir de la fecha de publicación del número de registro de la solicitud de exención prevista en el Reglamento (CE) no 1857/2006 en el sitio web de la DG AGRI. La Orden entrará en vigor después de la publicación en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya que está prevista a partir de septiembre de 2008
Duración del régimen de la ayuda: Des de la publicación del régimen en 2008 hasta 31 de diciembre de 2013
Objetivo de la ayuda: El objeto de la ayuda es compensar a los ganaderos por las pérdidas causadas por el sacrificio de reproductores bovinos de las razas de carne, de leche o de lidia por motivos de saneamiento oficial, y facilitar la reposición de efectivos con el fin de restablecer el censo de reproductores previo a la aparición de la enfermedad, de conformidad con el artículo 10 del Reglamento (CE) no 1857/2006.
Estas ayudas se conceden en el marco de la lucha contra la tuberculosis bovina y/o brucelosis bovina, y por tanto:
se trata de una enfermedad cuyo brote ha sido oficialmente reconocido por las autoridades públicas,
forman parte de un programa obligatorio público comunitario, nacional o regional de prevención o erradicación de la enfermedad,
no se concederá para medidas cuyo coste deba ser sufragado por las explotaciones agrarias,
no son enfermedades para las que la normativa comunitaria imponga exacciones específicas para medidas de lucha,
tienen que haber sido sacrificados por motivo de saneamiento oficial en el supuesto de que en la explotación se haya efectuado el vacío sanitario por motivo de saneamiento oficial de las campañas 2007 y 2008. Las pérdidas de animales a reponer pueden haberse producido en el año 2007, en consecuencia, el régimen cumple con la condición establecida en el artículo 10 apartado 8 del Reglamento (CE) no 1857/2006 al introducirse en un plazo de tres años a partir del momento en que se ha registrado la pérdida y al pagarse en una plazo de cuatro años a partir de ese momento.
Solamente podrán beneficiarse de estas ayudas las explotaciones ganaderas consideradas microempresas, pequeñas o medianas empresas
Sector o sectores beneficiarios: Ganado reproductor bovino de razas de carne, de leche o de lidia, códigos NACE 01.41 (explotación de ganado bovino para la producción de leche) y 01.42 (explotación de otro ganado bovino y búfalos)
Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:
Departamento de Agricultura, Alimentación y acción Rural de la Generalitat de Catalunya |
Gran Vía de les Corts Catalanes nos 612-614 |
E-08007 Barcelona |
Dirección web: http://www20.gencat.cat/docs/DAR/TR_Tramits/TR01_Ajuts%20i%20subvencions/DAR_05%20Ajus%20pendents%20publicacio/Documents/Fitxers%20estatics/2008267.pdf
Información adicional: —
Ayuda no: XA 349/08
Estado miembro: Italia
Región: Liguria
Denominación del régimen de ayuda: Concessione di contributi per le spese relative alla tenuta dei Libri Genealogici e per lo svolgimento dei controlli funzionali del bestiame
Base jurídica: Delibera della Giunta Regionale n. 1117 del 12.9.2008«Criteri e modalità di concessione dei contributi previsti dall'art. 1 della legge regionale n. 36/2000 in adeguamento alle disposizioni di regolamento (CE) n. 1857/2006 della Commissione» e articolo 1 della legge della Regione Liguria 4 agosto 2000 n. 36 «Norme in materia di associazioni allevatori»
Gasto anual previsto por el régimen: El gobierno asigna anualmente a la región una cantidad atendiendo al número de cabezas objeto del control, al número de establos y a la situación medioambiental y productiva de las zonas: para el año 2008 asciende a 748 250 EUR
Intensidad máxima de la ayuda: Respecto a las ayudas previstas en el artículo 1 de la Ley regional no 36, de 4 de agosto de 2000, hasta un 100 % del gasto subvencionable para el mantenimiento de libros genealógicos del ganado y hasta el 70 % del gasto subvencionable para la realización de controles de capacidad productiva [artículo 16, apartado 1, letras a) y b), del Reglamento (CE) no 1857/2006]
Fecha de aplicación: A partir de la fecha de publicación del número de registro de la solicitud de exención en la página web de la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural de la Comisión
Duración del régimen o de la ayuda individual: Hasta el 31 de diciembre de 2013
Objetivo de la ayuda: La ayuda para el mantenimiento de libros genealógicos cubre los costes de control y tratamiento de los datos obtenidos; la ayuda destinada a la actividad de control de la capacidad productiva cubre los costes de control, tratamiento de datos y divulgación de la información a los ganaderos.
Dichos incentivos, establecidos en el artículo 1 de la Ley regional no 36, de 4 de agosto de 2000, se conceden de conformidad con el artículo 16, apartado 1, letras a) y b), del Reglamento (CE) no 1857/2006 que prevé ayudas de hasta un 100 % de los gastos administrativos de creación y mantenimiento de libros genealógicos del ganado y ayudas de hasta un 70 % de los costes de las pruebas realizadas para determinar la calidad genética o el rendimiento del ganado, exceptuando los controles realizados por el propietario del ganado y los controles de rutina de la calidad de la leche
Sector o sectores beneficiarios: Todas las empresas zootécnicas de la totalidad del territorio de Liguria a través de las Asociaciones de ganaderos
Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:
Regione Liguria |
Dipartimento Agricoltura Protezione Civile e Turismo |
Via G. D'Annunzio 113 |
I-16121 Genova |
Sitio web: Para la Decisión no 1117, de 12 de septiembre de 2008:
http://www.agriligurianet.it/Agrinet/DTS_GENERALE/20080916/dgr08_1117.pdf
Para la Ley regional no 36/2000:
http://www.regione.liguria.it/leggi/dos/20000036.htm
31.12.2008 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 331/9 |
Información comunicada por los Estados miembros acerca de las ayudas estatales concedidas de conformidad con el Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 70/2001
(2008/C 331/05)
Ayuda no: XA 352/08
Estado miembro: Francia
Región: Las entidades territoriales (consejos regionales y consejos generales) que lo deseen también podrán financiar estas acciones, a condición de cumplir las condiciones de intervención del FNGCA y los límites máximos fijados en el Código rural
Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa beneficiaria de la ayuda individual: Aides au paiement des primes et cotisations d'assurance afférentes aux dommages causés par plusieurs phénomènes météorologiques, dont au moins à la fois la sécheresse, la grêle, le gel et l'inondation ou l'excès d'eau
Base jurídica:
— |
artículo 12 del Reglamento (CE) no 1857/2006, |
— |
loi 64.706 du 10 juillet 1964, |
— |
article L 361-8 du livre III (nouveau) du code rural, |
— |
article L 122.7 du code des assurances. |
Décret no 2008-270 fixant les modalités d'application de l'article L.361-8 du livre II (nouveau) du code rural en vue de favoriser le développement de l'assurance contre certains risques agricoles
Gasto anual previsto en virtud del régimen o importe total de la ayuda individual concedida a la empresa beneficiaria: 37 millones EUR procedentes del fondo nacional de garantía de las catástrofes agrícolas (FNGCA)
Intensidad máxima de la ayuda: Un 35 %, por parte del FNGCA, de la prima o cotización neta de impuestos y tasas facturados al interesado correspondiente a la garantía subvencionable.
La garantía subvencionable viene determinada por un porcentaje de franquicia mínima del 25 % en el caso de contratos que cubren sólo un cultivo, y del 20 % en el caso de contratos que cubren la totalidad de la producción de la explotación.
Así pues, en el caso de los contratos que presentan un porcentaje de franquicia superior o igual al mínimo, la garantía subvencionable es la garantía prevista en el contrato y el importe de la prima con derecho a la subvención es el importe de la prima neta facturada al interesado.
En el caso de los contratos que presentan un porcentaje de franquicia inferior al mínimo, el importe de la prima con derecho a subvención se limita al importe de la prima neta facturada al interesado en virtud solamente de la garantía subvencionable anteriormente mencionada.
La ayuda del 35 % por parte del FNGCA se aumentará un 5 % en el caso de los jóvenes agricultores instalados desde hace menos de cinco años.
En caso de acumulación entre una ayuda del Fondo y la de una entidad territorial, la ayuda total no superará nunca el 50 % del importe de la prima o cotización
Fecha de aplicación: A partir del acuse de recibo de la Comisión
Duración del régimen o de la ayuda individual: Hasta el fin de 2010
Objetivo de la ayuda: Favorecer el desarrollo del seguro contra varios riesgos agrícolas. Las primas de seguro subvencionadas son las contempladas en el artículo 12 del Reglamento (CE) no 1857/2006
Sector o sectores afectados: Todas las explotaciones agrarias, salvo las grandes empresas, dedicadas a la producción primaria de frutas, hortalizas, viñas, cereales, plantas oleaginosas y proteaginosas, plantas de perfume, aromáticas y medicinales y cultivos industriales
Nombre y dirección de la autoridad que concede la ayuda:
Ministère de l'agriculture et de la pêche, |
Direction générale des politiques agricole, agro-alimentaire et des territoires, |
Bureau du crédit et de l'assurance, |
78, rue de Varenne |
F-75700 Paris |
Dirección web: http://agriculture.gouv.fr/sections/thematiques/exploitations-agricoles/assurance-recolte
Ayuda no: XA 355/08
Estado miembro: Italia
Región: Veneto
Denominación del régimen de ayudas: Progetti formativi rivolti a favore delle piccole medie imprese attive nella produzione di prodotti agricoli
Base jurídica: L. 845/1978 «Legge quadro in materia di formazione professionale»;
L.R. n. 10 del 30 gennaio 1990«Ordinamento del sistema della formazione professionale e organizzazione delle politiche regionali del lavoro»;
Deliberazione della Giunta Regionale n. 2327 del 8 agosto 2008
Gasto anual previsto por el régimen: 1 500 000 EUR
Intensidad máxima de la ayuda: La intensidad es la prevista en el Reglamento (CE) no 1857/2006 para las actividades comprendidas en su artículo 15.
Intensidad máxima: 100 % del gasto subvencionable según el coste por hora de formación, establecido en 130 EUR/hora
Fecha de aplicación: Decisión de la Junta regional no 2327, de 8 de agosto de 2008, publicada en el Boletín Oficial de la Región del Véneto ( no 70 de 22 de agosto de 2008) y en la página web de la Región del Véneto con fecha de 27 de agosto de 2008 y a partir de la fecha de publicación del número de registro de la solicitud de exención en la página web de la Dirección General de Agricultura y Desarrollo Rural de la Comisión
Duración del régimen de ayuda: Del 1 de enero de 2009 al 31 de diciembre de 2011
Objetivo de la ayuda: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 del Reglamento (CE) no 1857/2006, las ayudas están destinadas a la realización de acciones de formación de agricultores y trabajadores agrarios. Las actividades de formación son de los siguientes tipos:
las destinadas a la obtención del permiso de adquisición y empleo de productos fitosanitarios,
las destinadas a la obtención del carnet profesional o del certificado de aptitud con arreglo a la normativa en vigor y para los cuales la formación o la actualización sean fundamentales,
puesta al día o perfeccionamiento profesional,
las destinadas a la consecución de la «aptitud profesional» adecuada con arreglo a la normativa comunitaria o de la certificación prevista en el Decreto Legislativo no 99/2004 (empresario agrícola profesional)
Sectores económicos beneficiarios: Agricultura — Producción primaria de productos agrícolas
Nombre y dirección del organismo que concede la ayuda:
Segreteria Regionale attività produttive, istruzione e formazione |
Rio dei Tre Ponti Dorsoduro, 3 |
I-Venezia |
Tel. (39) 412 791 560 |
Fax (39) 412 791 550 |
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Sitio web: http://www.regione.veneto.it/Bandi+Avvisi+Concorsi/Bandi
Sommario Bandi — Sito Ufficiale della Regione Veneto
Información adicional: Para más información dirigirse a:
Direzione Regionale Formazione
Via Allegri 29
I-30174 Venezia-Mestre
Tel. (39) 412 795 029-5030
Fax (39) 412 795 085
e-mail: dir.formazione@regione.veneto.it
Ayuda no: XA 369/08
Estado miembro: Reino Unido
Región: Northern Ireland
Denominación del régimen de ayuda o nombre de la empresa beneficiaria de la ayuda individual: National Fallen Stock Scheme (Northern Ireland)-Collection of Aborted Material Pilot Scheme
Base jurídica: The Animal By-Products Regulations Northern Ireland 2003 (SR 2003 No 495) and Regulation (EC) No 1774/2002 laying down health rules concerning animal by-products not intended for human consumption requires Member States to ensure adequate arrangements are in place to enable aborted material to be disposed of in accordance with those Regulations
Gasto anual previsto en virtud del régimen: 0,05 millones GBP
Intensidad máxima de la ayuda: La intensidad de la ayuda correspondiente a los costes de transporte vinculados a la recogida del material abortado de las explotaciones, sufragados por un contratista autorizado, puede ascender hasta el 100 % de conformidad con el artículo 16, letra d), del Reglamento (CE) no 1857/2006.
La intensidad de la ayuda correspondiente a los costes de eliminación de los subproductos de la extracción de grasas o a los costes de incineración del material abortado, sufragados por un contratista autorizado, puede ascender hasta el 75 % de conformidad con el artículo 16, letra d), del Reglamento (CE) no 1857/2006
Fecha de aplicación:
Duración del régimen o de la ayuda individual: El régimen finalizará el 29 de marzo de 2009 o una vez agotado el presupuesto, lo que se produzca en primer lugar
Objetivo de la ayuda: Agricultura, silvicultura y pesca. Artículo 16, letra d), del Reglamento (CE) no 1857/2006
Sector o sectores afectados: Pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción primaria de productos agrícolas
Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas:
Department of Agriculture and Rural Development |
TB/BR Policy Branch |
Room 657B Dundonald House |
Upper Newtownards Road |
Belfast |
BT4 3SB |
Ireland |
Dirección web: http://www.dardni.gov.uk/index/animal-health/animal-diseases/br/free-collection-and-removal-of-aborted-material-scheme.htm
Información adicional: —
31.12.2008 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 331/11 |
Información comunicada por los Estados miembros referente a la ayuda estatal concedida con arreglo al Reglamento (CE) no 1628/2006 de la Comisión relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas regionales a la inversión
(Texto pertinente a efectos del EEE)
(2008/C 331/06)
Ayuda no |
XR 63/08 |
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Estado miembro |
Eslovaquia |
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Región |
87(3)(a) |
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Denominación del régimen de ayuda o nombre de la empresa que reciba el complemento de ayuda ad hoc |
Schéma štátnej pomoci pre zvyšovanie energetickej efektívnosti na strane výroby aj spotreby a zavádzaní progresívnych technológií v energetike priamou formou pomoci |
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Base jurídica |
Nariadenie Komisie (ES) č. 1628/2006 Usmernenia pre národnú regionálnu pomoc na roky 2007 – 2013 Zákon č. 231/1999 Z. z Zákon č. 523/2004 Z. z. Zákon č. 575/2001 Z. z. o |
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Tipo de medida |
Régimen de ayudas |
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Gasto anual previsto |
450,71 millones SKK |
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Intensidad máxima de la ayuda |
50 % |
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Conforme con el artículo 4 del Reglamento |
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Fecha de ejecución |
25.3.2008 |
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Duración |
31.12.2013 |
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Sectores económicos |
Todos los sectores subvencionables mediante ayuda regional a la inversión |
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Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas |
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La dirección de Internet de la publicación del régimen de ayuda |
http://www.justice.gov.sk |
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Información adicional |
— |
Ayuda no |
XR 64/08 |
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Estado miembro |
Eslovaquia |
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Región |
87(3)(a) |
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Denominación del régimen de ayuda o nombre de la empresa que reciba el complemento de ayuda ad hoc |
Schéma štátnej pomoci na podporu podnikateľských aktivít v cestovnom ruchu do ucelených produktov cestovného ruchu s celoročným využitím |
|||
Base jurídica |
Nariadenie Komisie (ES) č. 1628/2006 Usmernenia pre národnú regionálnu pomoc na roky 2007 – 2013 Zákon č. 231/1999 Z. z Zákon č. 523/2004 Z. z. Zákon č. 575/2001 Z. z. o |
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Tipo de medida |
Régimen de ayudas |
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Gasto anual previsto |
566,256 millones SKK |
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Intensidad máxima de la ayuda |
50 % |
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Conforme con el artículo 4 del Reglamento |
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Fecha de ejecución |
25.3.2008 |
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Duración |
31.12.2013 |
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Sectores económicos |
Todos los sectores subvencionables mediante ayuda regional a la inversión |
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Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas |
|
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La dirección de Internet de la publicación del régimen de ayuda |
http://www.justice.gov.sk |
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Información adicional |
— |
Ayuda no |
XR 115/08 |
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Estado miembro |
España |
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Región |
Comunidad Valenciana |
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Denominación del régimen de ayuda o nombre de la empresa que reciba el complemento de ayuda ad hoc |
Incentivos autonómicos a la inversión en la Comunitat Valenciana |
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Base jurídica |
Orden de 6 de agosto de 2008, de la Consellería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se regula la concesión de Incentivos Autonómicos a la inversión en la Comunitat Valenciana |
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Tipo de medida |
Régimen de ayudas |
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Gasto anual previsto |
10 millones EUR |
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Intensidad máxima de la ayuda |
30 % |
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Conforme con el artículo 4 del Reglamento |
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Fecha de ejecución |
8.8.2008 |
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Duración |
31.12.2013 |
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Sectores económicos |
Todos los sectores subvencionables mediante ayuda regional a la inversión |
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Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas |
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La dirección de Internet de la publicación del régimen de ayuda |
http://www.docv.gva.es/portal/portal/2008/08/08/pdf/2008_9930.pdf |
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Información adicional |
— |
INFORMACIONES PROCEDENTES DE TERCEROS ESTADOS
Comisión
31.12.2008 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 331/13 |
Notificación de la Confederación Suiza a la Comisión Europea de conformidad con las disposiciones del artículo 34, apartado 1, del Reglamento (CE) no 562/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece un Código comunitario de normas para el cruce de personas por las fronteras (Código de fronteras Schengen)
(2008/C 331/07)
I. Letra a) — Lista de los permisos de residencia
La Confederación Suiza otorga los siguientes permisos de residencia:
— |
visado nacional de la categoría D con la mención «Vale como permiso de residencia», |
— |
documento de identidad L para extranjeros (permiso de estancia de corta duración; permiso de residencia L de color violeta), |
— |
documento de identidad B para extranjeros (permiso de residencia temporal de tipo B; expedido en tres o cuatro lenguas, de color gris), |
— |
documento de identidad C para extranjeros (permiso de residencia permanente de tipo C, de color verde), |
— |
documento de identidad Ci para extranjeros (permiso de residencia de tipo Ci para los cónyuges y los hijos de hasta 25 años de los funcionarios de organizaciones internacionales y representaciones extranjeras en Suiza que ejerzan una actividad lucrativa en el mercado de trabajo suizo, de color rojo), |
— |
Documentos de identidad (permisos de residencia) del Departamento Federal de Asuntos Exteriores:
|
II. Letra b) — Lista de los pasos fronterizos
Pasos fronterizos en los aeropuertos:
— |
Basilea-Mulhouse, |
— |
Ginebra-Cointrin, |
— |
Zúrich, |
— |
Saint-Gall-Altenrhein SG, |
— |
Berna-Belp, |
— |
Granges, |
— |
La-Chaux-de-Fond-Les Eplatures, |
— |
Lausana-La Blécherette, |
— |
Locarno-Magadino, |
— |
Lugano-Agno, |
— |
Samedan, |
— |
Sion. |
Pasos transfronterizos terrestres para el tráfico por carretera:
— |
Sennwald SG-Ruggell FL, |
— |
Haag SG-Bendern FL, |
— |
Buchs SG-Schaan FL, |
— |
Sevelen SG-Vaduz FL, |
— |
Trübbach SG-Balzers FL, |
— |
Sevelen SG-Vaduz FL (pasos transfronterizos terrestres únicamente para peatones y ciclistas), |
— |
Trübbach SG-Balzers FL (pasos transfronterizos terrestres únicamente para peatones y ciclistas). |
III. Letra c) — Importe de referencia fijado para el cruce de fronteras exteriores del país
La Ley suiza sobre los extranjeros de 16 de diciembre de 2005 (RS 142.20) dispone que todo extranjero deberá disponer de recursos financieros necesarios para su estancia sin precisar sin embargo las modalidades. La práctica administrativa es la siguiente:
— |
el extranjero que asuma personalmente los gastos de su estancia en suiza deberá aportar prueba de que dispone de alrededor de 100,00 CHF por día. El estudiante que pueda identificarse mediante una tarjeta de estudiante válida deberá disponer de alrededor de 30,00 CHF por día, |
— |
el extranjero que resida en casa de un particular puede aportar como prueba de medios de subsistencia una declaración de sufragación de gastos firmada por la persona que le acoge en Suiza. La autoridad competente dará un preaviso sobre la solvencia de la persona que acoge. La declaración de sufragación de gastos engloba los gastos no cubiertos a cargo de la comunidad o de proveedores privados de prestaciones médicas durante la estancia del extranjero, los gastos de subsistencia, los gastos de accidente, de enfermedad así como los gastos de retorno, en el sentido de un reconocimiento de deuda irrevocable, fijada en 30 000,00 CHF. Pueden constituirse como garantes las personas adultas nacionales de Suiza o del Principado de Liechtenstein que residan en uno de estos dos Estados, las personas adultas titulares de un permiso de residencia (únicamente permiso B) o de establecimiento suizo válido y las personas jurídicas inscritas en el registro de comercio. |
IV. Letra d) — Servicios nacionales responsables del control fronterizo
— |
policía cantonal de los cantones de Ginebra, de Zúrich, de Berna, de Soleure, de Vaud, de Valais, de Saint-Gall y de Grisons, |
— |
cuerpo de la guardia fronteriza: el cuerpo de la guardia fronteriza lleva a cabo el control de las personas en las fronteras, bien en el marco de sus tareas ordinarias, bien en aplicación de los acuerdos celebrados entre el Departamento Federal de Finanzas y los cantones (artículo 23, apartado 2, de la Orden sobre el procedimiento de entrada y de visados, OPEV; RS 142.204). |
V. Letra e) — Modelos de tarjeta expedidos por el Ministerio de Asuntos Exteriores
Documento de identidad de tipo «B» (con franja rosa) Documento de identidad de tipo «C» (con franja rosa) 11008 |
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Documento de identidad de tipo «D» (con franja azul) 11009 |
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Documento de identidad de tipo «D» (con franja marrón) Nuevo 11010 |
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Documento de identidad de tipo «O» (con franja gris) 11011 |
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Documento de identidad de tipo «E» (con franja violeta) Antiguo 11012 |
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Documento de identidad de tipo «F» (con franja amarilla) Antiguo 11013 |
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Documento de identidad de tipo «K» (con franja rosa) 11014 |
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Documento de identidad de tipo «K» (con franja azul) 11015 |
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Documento de identidad de tipo «K» (con franja violeta) 11016 |
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Documento de identidad de tipo «K» (con franja blanca) 11017 |
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Documento de identidad de tipo «S» (con franja verde) Con la mención de la nacionalidad suiza 11018 |
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Documento de identidad de tipo «G» (con franja turquesa y una barra blanca) 11019 |
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Documento de identidad de tipo «H» (con franja blanca) Nuevo 11020 |
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Documento de identidad de tipo «I» (con franja oliva) 11888 |
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Documento de identidad «L» (con franja color arena) 11889 |
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Los nuevos documentos de identidad son los siguientes:
Documento de identidad de tipo «E» (con franja violeta) Nuevo 32296 |
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Nota: Sustituirá a la antigua tarjeta de tipo 5 (no de artículo: 11012)
No de artículo |
Anverso |
Reverso |
Documento de identidad de tipo «F» (con franja amarilla) Nuevo 32297 |
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Nota: Sustituirá a la antigua tarjeta de tipo 6 (no de artículo: 11013)
Documento de identidad de tipo «P» (con franja azul y una barra blanca) Nuevo 32331 |
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Nota: Se expedirá a partir de 2009
31.12.2008 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 331/s3 |
NOTA AL LECTOR
Las instituciones han decidido no mencionar en sus textos la última modificación de los actos citados.
Salvo indicación en contrario, se entenderá que los actos a los que se hace referencia en los textos aquí publicados son los actos en su versión actualmente en vigor.