ISSN 1725-244X

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 25

European flag  

Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

49o año
1 de febrero de 2006


Número de información

Sumario

Página

 

I   Comunicaciones

 

Comisión

2006/C 025/1

Tipo de cambio del euro

1

2006/C 025/2

Información comunicada por los Estados miembros sobre las ayudas estatales concedidas con arreglo al Reglamento (CE) no 68/2001 de la Comisión, de 12 de enero de 2001, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas estatales a la formación, modificado por el Reglamento (CE) no 363/2004 del Consejo de 25 de febrero de 2004 ( 1 )

2

2006/C 025/3

Notificación previa de una operación de concentración (Caso no COMP/M.4094 — INEOS/BP Dormagen) ( 1 )

6

2006/C 025/4

Notificación previa de una operación de concentración (Asunto no COMP/M.4118 — CVC/KKR/AVR) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 )

7

2006/C 025/5

No oposición a una concentración notificada (Asunto no COMP/M.3642 — Carlyle/Advent/HT Troplast JV) ( 1 )

8

2006/C 025/6

No oposición a una concentración notificada (Asunto no COMP/M.4075 — Providence/Carlyle/Com Hem) ( 1 )

8

2006/C 025/7

No oposición a una concentración notificada (Asunto no COMP/M.4002 — OMV/ARAL CR) ( 1 )

9

2006/C 025/8

No oposición a una concentración notificada (Asunto no COMP/M.3349 — Toshiba/Samsung/JV) ( 1 )

9

 


 

(1)   Texto pertinente a efectos del EEE

ES

 


I Comunicaciones

Comisión

1.2.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 25/1


Tipo de cambio del euro (1)

31 de enero de 2006

(2006/C 25/01)

1 euro=

 

Moneda

Tipo de cambio

USD

dólar estadounidense

1,2118

JPY

yen japonés

142,17

DKK

corona danesa

7,4639

GBP

libra esterlina

0,68430

SEK

corona sueca

9,2503

CHF

franco suizo

1,5547

ISK

corona islandesa

75,73

NOK

corona noruega

8,0920

BGN

lev búlgaro

1,9558

CYP

libra chipriota

0,5739

CZK

corona checa

28,408

EEK

corona estonia

15,6466

HUF

forint húngaro

252,71

LTL

litas lituana

3,4528

LVL

lats letón

0,6960

MTL

lira maltesa

0,4293

PLN

zloty polaco

3,8377

RON

leu rumano

3,6160

SIT

tólar esloveno

239,47

SKK

corona eslovaca

37,370

TRY

lira turca

1,6057

AUD

dólar australiano

1,6070

CAD

dólar canadiense

1,3870

HKD

dólar de Hong Kong

9,3995

NZD

dólar neozelandés

1,7698

SGD

dólar de Singapur

1,9672

KRW

won de Corea del Sur

1 168,96

ZAR

rand sudafricano

7,4105

CNY

yuan renminbi

9,7681

HRK

kuna croata

7,3510

IDR

rupia indonesia

11 359,41

MYR

ringgit malayo

4,545

PHP

peso filipino

63,195

RUB

rublo ruso

34,0880

THB

baht tailandés

47,271


(1)  

Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.


1.2.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 25/2


Información comunicada por los Estados miembros sobre las ayudas estatales concedidas con arreglo al Reglamento (CE) no 68/2001 de la Comisión, de 12 de enero de 2001, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas estatales a la formación, modificado por el Reglamento (CE) no 363/2004 del Consejo de 25 de febrero de 2004

(2006/C 25/02)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

Ayuda no

XT 1/05

Estado miembro

Alemania

Región

Sajonia-Anhalt

Denominación del régimen de ayuda o nombre de la empresa receptora de una ayuda individual

Programa especial en favor del establecimiento de la sociedad de la información en el Estado Federado de Sajonia-Anhalt

Fundamento jurídico

Landeshaushaltsordnung (LHO) vom 30.4.1991 (GVBl. LSA S. 45), insbesondere die Verwaltungsvorschriften zu § 44 LHO des Landes Sachsen-Anhalt in der aktuellen Fassung;

Verordnung (EG) Nr. 68/2001 der Kommission vom 12. Januar 2001, geändert durch Verordnung (EG) Nr. 363/2004 der Kommission vom 25. Februar 2004, über die Anwendung der Artikel 87 und 88 EG-Vertrag auf Ausbildungsbeihilfen

Gasto anual previsto en el régimen o importe global de la ayuda individual concedida a la empresa

Régimen de ayudas

Importe global anual

0,5 millones de EUR

Préstamos garantizados

 

Ayuda individual

Importe total de la ayuda

 

Préstamos garantizados

 

Intensidad máxima de la ayuda

Se ajusta a los apartados 2 a 7 del artículo 4 del Reglamento

 

Fecha de ejecución

Desde el 1 de enero de 2005

Duración del régimen o de la concesión de la ayuda individual

Hasta el 30 de junio de 2007

Objetivo de la ayuda

Formación general

Formación específica

Sectores económicos afectados

Todos los sectores subvencionables mediante ayudas a la formación

Limitada a sectores específicos

 

Agricultura

 

Pesca y acuicultura

 

Minería del carbón

 

Todos los sectores industriales

 

o

 

Acero

 

Construcción naval

 

Fibras sintéticas

 

Vehículos de motor

 

Otros sectores industriales

 

Todos los servicios

o

 

Servicios de transporte marítimo

 

Otros servicios de transporte

 

Servicios financieros

 

Otros servicios

 

Observaciones: quedan excluidas

las actividades que tienen por objeto la producción, transformación y comercialización de los productos enumerados en el Anexo I del Tratado CE,

las ayudas a las actividades vinculadas a la exportación,

las ayudas supeditadas a la utilización de productos nacionales en detrimento de productos importados,

las ayudas a la siderurgia, a la industria de las fibras sintéticas, al sector del automóvil y a la construcción naval

Dadas las disposiciones especiales aplicables a la agricultura, al sector pesquero y la acuicultura, así como a los transportes, y dado que las ayudas a estos sectores, por escasas que fueran, correrían el riesgo de caer en el ámbito de aplicación del apartado 1 del artículo 87 del Tratado CE, dichos sectores quedan excluidos.

La siderurgia, las fibras sintéticas, el sector del automóvil y la construcción naval quedan excluidos debido, en particular, a las medidas apropiadas adoptadas en materia de ayudas regionales a la inversión

Nombre y dirección de la autoridad que concede la ayuda

Nombre:

Investitionsbank Sajonia-Anhalt

Gruppe Sonderprogramm

Dirección:

Domplatz 12

D-39104 Magdeburgo

Ayudas individuales de cuantía elevada

Se ajustan al artículo 5 del Reglamento

 


Ayuda no

XT 4/05

Estado miembro

Alemania

Región

Baviera

Denominación del régimen de ayuda o nombre de la empresa receptora de una ayuda individual

IMPULSE

Agentur für Projektentwicklungund — management

Fundamento jurídico

Bay HO, VO (EG) Nr. 1260/1999, VO (EG) Nr. 1784/1999, EPPD zu Ziel 2, Programmergänzung zu Ziel 2

Gasto anual previsto en el régimen o importe global de la ayuda individual concedida a la empresa

Régimen de ayudas

Importe global anual

 

Préstamos garantizados

 

Ayuda individual

Importe total de la ayuda

261 307 EUR

Préstamos garantizados

 

Intensidad máxima de la ayuda

Se ajusta a los apartados 2 a 7 del artículo 4 del Reglamento

 

Fecha de ejecución

Desde el 1.12.2004

Duración del régimen o de la concesión de la ayuda individual

Hasta el 31.8.2006

Objetivo de la ayuda

Formación general

Formación específica

 

Sectores económicos afectados

Todos los sectores subvencionables mediante ayudas a la formación

Nombre y dirección de la autoridad que concede la ayuda

Nombre:

Bayerisches Landesamt für Versorgung und Familienförderung

Dirección:

Hegelstrasse 4

D-95447 Bayreuth

Ayudas individuales de cuantía elevada

Se ajustan al artículo 5 del Reglamento

 


Ayuda número

XT 39/02

Estado miembro

España

Región

Comunidad Autónoma de Galicia

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe una ayuda individual

Subvenciones para la inserción laboral de trabajadores desempleados, y para lograr la mejora de la cualificación profesional de los ocupados

Fundamento jurídico

Orden de 12 de abril de 2002 por la que se establecen las bases reguladoras y se procede a la convocatoria pública para la programación de acciones formativas experimentales y complementarias del Plan FIP confinanciadas por el Fondo Social Europeo en la Comunidad Autónoma de Galicia correspondientes al año 2002.

(Diario Oficial de Galicia número 77, de 22 de abril de 2002)

Gasto anual previsto en el marco del régimen o importe total de la ayuda individual concedida a la empresa

3 925 988 EUR

Intensidad máxima de la ayuda

Las ayudas reguladas en esta orden que tengan la consideración de ayudas de Estado se consideran, en principio, de formación general, por lo que la su intensidad máxima, de acuerdo con lo establecido en el presente Reglamento (CE) no 68/2001 de la Comisión de 12 de enero de 2001, sería la siguiente, al reunir Galicia las condiciones para ser beneficiaria de ayudas regionales en aplicación del artículo 87.3.a) del Tratado:

60 %: grandes empresas.

80 %: pequeñas y medianas empresas.

En el caso de que, a la vista de las solicitudes presentadas, alguna formación se pudiese considerar de carácter específico, su intensidad sería la siguiente:

35 %: grandes empresas.

45 %: pequeñas y medianas empresas.

En el caso de que las formación se dispensase a trabajadores desfavorecidos los porcentajes de intensidad anteriormente reflejados se incrementarían en un 10%

Fecha de ejecución

30 de noviembre de 2002

Duración del régimen o de la concesión de ayuda individual

2002-2006

Objetivo de la ayuda

Proyectos formativos con compromiso de contratación. Formación general.

Cursos de posgrado y cursos organizados por escuelas de especialización profesional de las universidades gallegas, así como de aquellas actividades expresamente vinculadas a la relación universidad/empresa. Formación general.

Acciones de carácter experimental que no tengan cabida en el Plan FIP. Formación general.

Planes de formción planteados por los clúster constituidos en el ámbito de Galicia, organismos sectoriales y paritarios y otras organizaciones empresariales y sindicales representativas en el ámbito sectorial o empresarial. Formación general.

Planes de empresas, individualmente consideradas, que presenten proyectos formativos que puedan considerarse de carácter estratégico. Formación general.

Acciones de carácter experimental que no tengan cabida en los programas de formación regulados en la convocatoria de ayudas estatal para planes de formación continua. Formación general

Sector o sectores económicos afectados

Todos los sectores

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas

Nombre:

Manuela López Besteiro. Consejera de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud.

Dirección:

Edificio Administrativo San Caetano, s/n

E-15071 Santiago de Compostela (A Coruña)

manuela.lopez.besteiro@xunta.es

Otras informaciones

Persona que gestiona las ayudas:

José Jaime López Cossío. Director general de Formación y Colocación.

E-Mail: jose.jaime lopez.cossio@xunta.es


Ayuda no

XT 74/04

Estado miembro

Italia

Región

Venecia

Denominación del régimen de ayuda o nombre de la empresa receptora de una ayuda individual

Reglamento (CE) n. 1260/99 — DOCUP INTERREG III A Italia-Austria. Realización del proyecto de formación bajo dirección regional VEN331013 «Técnico superior de la industria turística hotelera».

DGR n. 4385/2003 y DGR n. 1888 del 18.06.2004

Ayudas a la formación

Destinatarios: «Associazione temporanea di scopo», responsables Istituti paritari «Filippin» di Paderno del Grappa (Treviso)

Fundamento jurídico

L. 845/1978 «Legge quadro in materia di Formazione professionale»

L.R. n. 10 del 30.1.1990«Ordinamento del sistema della Formazione professionale e organizzazione delle politiche regionali del lavoro»

Gasto anual previsto en el régimen o importe global de la ayuda individual concedida a la empresa

Régimen de ayudas

Importe global anual

150 000 EUR

Préstamos garantizados

150 000 EUR u otro importe en euros proporcional a los gastos efectuados por el gestor para la realización del proyecto de formación

Ayuda individual

Importe total de la ayuda

 

Préstamos garantizados

 

Intensidad máxima de la ayuda

Se ajusta a los apartados 2 a 7 del artículo 4 del Reglamento

 

Fecha de ejecución

15.9.2004

Duración del régimen o de la concesión de la ayuda individual

Hasta el 30.5.2006

Objetivo de la ayuda

Formación general

Formación específica

No

Sectores económicos afectados

Todos los sectores subvencionables mediante ayudas de formación

Nombre y dirección de la autoridad que concede la ayuda

Nombre:

Direzione Programmi Comunitari della Regione Veneto — Servizio Interreg

Dirección:

Ria Novo

Dorsoduro 3494

I-30123 Venezia

Ayudas individuales de cuantía elevada

Se ajustan al artículo 5 del Reglamento

 


1.2.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 25/6


Notificación previa de una operación de concentración

(Caso no COMP/M.4094 — INEOS/BP Dormagen)

(2006/C 25/03)

(Texto pertinente a los fines del EEE)

1.

Con fecha 24 de enero de 2006 y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 (2) del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1) la Comisión recibió notificación de un proyecto de concentración por el que la empresa INEOS Group Limited («INEOS», Reino Unido) adquieren el control, a efectos de lo dispuesto en la letra b) del apartado 1 del artículo 3 del citado Reglamento, de la totalidad de la empresa BP Ethylene Oxide/Ethylene Glycol Business («BP Dormagen», Reino Unido) controlada por el grupo British Petroleum a través de adquisición de acciones. La operación es el resultado de una opción de compra ejercida por INEOS por la parte restante de Innovene (BP Dormagen).

2.

Ámbito de actividad de las empresas afectadas:

INEOS: fabricación de productos químicos especializados e intermedios;

BP Dormagen: fabricación de etileno, óxido de etileno y glicoles de etileno.

3.

Tras haber realizado un examen preliminar, la Comisión considera que la transacción notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento (CE) no 139/2004. No obstante, se reserva la posibilidad de tomar una decisión definitiva sobre este punto.

4.

La Comisión insta a terceros interesados a que le presenten sus observaciones eventuales con respecto a la propuesta de concentración.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días naturales a contar desde el día siguiente a la fecha de esta publicación. Las observaciones pueden ser enviadas a la Comisión por fax [(32-2) 296 43 01 o 296 72 44] o por correo, referencia no COMP/M.4094 — INEOS/BP Dormagen, a la siguiente dirección:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro de operaciones de concentración

J-70

B-1049 Bruxelles/Brussel


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.


1.2.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 25/7


Notificación previa de una operación de concentración

(Asunto no COMP/M.4118 — CVC/KKR/AVR)

Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado

(2006/C 25/04)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

1.

El 24 de enero de 2006, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual las empresas CVC Capital Partners Group SARL (CVC, Luxemburgo) y Kohlberg Kravis Roberts & Co. L.P (KKR, EE.UU.) adquieren el control conjunto, a tenor de lo dispuesto en la letra b) del apartado 1 del artículo 3 del citado Reglamento, de Holding AVR-Bedrijven NV (AVR, Países Bajos) y NV Afvalverwerking Rijnmond (NV AVR, Países Bajos) mediante la adquisición de sus acciones.

2.

Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:

CVC y KKR: inversiones privadas de capital,

AVR y NV AVR: recogida, tratamiento y gestión de residuos peligrosos y no peligrosos.

3.

Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento (CE) no 139/2004. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas operaciones de concentración con arreglo al Reglamento (CEE) no 139/2004 del Consejo (2), este asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado establecido en dicha Comunicación.

4.

La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en el plazo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax [(32-2) 296 43 01 o 296 72 44] o por correo, con indicación del número de referencia COMP/M.4118 — CVC/KKR/AVR, a la siguiente dirección:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro de Concentraciones

J-70

B-1049 Bruselas


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.

(2)  DO C 56 de 5.3.2005, p. 32.


1.2.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 25/8


No oposición a una concentración notificada

(Asunto no COMP/M.3642 — Carlyle/Advent/HT Troplast JV)

(2006/C 25/05)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

El 22 de diciembre de 2004, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada citada en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado común. Esta Decisión se basa en la letra b) del apartado 1 del artículo 6 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo. El texto íntegro de la Decisión solamente está disponible en inglés y se hará público una vez suprimidos los secretos comerciales que pueda contener. Estará disponible:

en el sitio web de la DG Competencia del servidor Europa (http://europa.eu.int/comm/competition/mergers/cases/). Este sitio web proporciona diversos métodos de búsqueda de las decisiones sobre concentraciones, en particular por nombre de la empresa, número de asunto, fecha de la decisión e índices sectoriales,

en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex por número de documento 32004M3642. CELEX es el sistema de acceso informático a la legislación comunitaria. (http://europa.eu.int/eur-lex/lex)


1.2.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 25/8


No oposición a una concentración notificada

(Asunto no COMP/M.4075 — Providence/Carlyle/Com Hem)

(2006/C 25/06)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

El 25 de enero de 2006, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada citada en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado común. Esta Decisión se basa en la letra b) del apartado 1 del artículo 6 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo. El texto íntegro de la Decisión solamente está disponible en inglés y se hará público una vez suprimidos los secretos comerciales que pueda contener. Estará disponible:

en el sitio web de la DG Competencia del servidor Europa (http://europa.eu.int/comm/competition/mergers/cases/). Este sitio web proporciona diversos métodos de búsqueda de las decisiones sobre concentraciones, en particular por nombre de la empresa, número de asunto, fecha de la decisión e índices sectoriales,

en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex por número de documento 32006M4075. CELEX es el sistema de acceso informático a la legislación comunitaria. (http://europa.eu.int/eur-lex/lex)


1.2.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 25/9


No oposición a una concentración notificada

(Asunto no COMP/M.4002 — OMV/ARAL CR)

(2006/C 25/07)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

El 21 de diciembre de 2005, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada citada en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado común. Esta Decisión se basa en la letra b) del apartado 1 del artículo 6 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo. El texto íntegro de la Decisión solamente está disponible en inglés y se hará público una vez suprimidos los secretos comerciales que pueda contener. Estará disponible:

en el sitio web de la DG Competencia del servidor Europa (http://europa.eu.int/comm/competition/mergers/cases/). Este sitio web proporciona diversos métodos de búsqueda de las decisiones sobre concentraciones, en particular por nombre de la empresa, número de asunto, fecha de la decisión e índices sectoriales,

en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex por número de documento 32005M4002. CELEX es el sistema de acceso informático a la legislación comunitaria. (http://europa.eu.int/eur-lex/lex)


1.2.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 25/9


No oposición a una concentración notificada

(Asunto no COMP/M.3349 — Toshiba/Samsung/JV)

(2006/C 25/08)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

El 2 de marzo de 2004, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada citada en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado común. Esta Decisión se basa en la letra b) del apartado 1 del artículo 6 del Reglamento (CEE) no 4064/89 del Consejo. El texto íntegro de la Decisión solamente está disponible en inglés y se hará público una vez suprimidos los secretos comerciales que pueda contener. Estará disponible:

en el sitio web de la DG Competencia del servidor Europa (http://europa.eu.int/comm/competition/mergers/cases/). Este sitio web proporciona diversos métodos de búsqueda de las decisiones sobre concentraciones, en particular por nombre de la empresa, número de asunto, fecha de la decisión e índices sectoriales,

en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex por número de documento 32004M3349. CELEX es el sistema de acceso informático a la legislación comunitaria. (http://europa.eu.int/eur-lex/lex)