ISSN 1725-244X

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 311

European flag  

Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

48o año
9 de diciembre de 2005


Número de información

Sumario

Página

 

I   Comunicaciones

 

Consejo

2005/C 311/1

Plan de la UE sobre mejores prácticas, normas y procedimientos para luchar contra la trata de seres humanos y prevenirla

1

 

Comisión

2005/C 311/2

Tipo de cambio del euro

13

2005/C 311/3

No oposición a una concentración notificada (Asunto no COMP/M.3959 — Goldman Sachs/Ihr Platz) ( 1 )

14

2005/C 311/4

Comunicación de la Comisión por la que se reconoce la obsolescencia del Reglamento (CEE) no 2677/75 de la Comisión, de 6 de octubre de 1975, relativo a la aplicación del Reglamento (CEE) no 3254/74 del Consejo, de 17 de diciembre de 1974, relativo a la aplicación del Reglamento (CEE) no 1055/72, relativo a la comunicación a la Comisión de las importaciones de hidrocarburos, a los productos petrolíferos de las subpartidas 27.10 A, B, C I y C II del arancel aduanero común

15

2005/C 311/5

Autorización de las ayudas estatales en el marco de las disposiciones de los artículos 87 y 88 del Tratado CE — Casos con respecto a los cuales la Comisión no presenta objeciones

16

 


 

(1)   Texto pertinente a efectos del EEE

ES

 


I Comunicaciones

Consejo

9.12.2005   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 311/1


Plan de la UE sobre mejores prácticas, normas y procedimientos para luchar contra la trata de seres humanos y prevenirla

(2005/C 311/01)

1.

En el punto 1.7.1 del Programa de La Haya se solicita a la Comisión y al Consejo que desarrollen en el 2005 un plan con vistas al desarrollo de normas comunes, mejores prácticas y mecanismos idóneos para prevenir y combatir la trata de seres humanos.

Principios generales para la ejecución del plan de acción

Un plan de estas características debe tener la finalidad de fortalecer el compromiso de la UE y los Estados miembros de prevenir la trata de seres humanos y luchar contra ella, a los efectos de todas las formas de explotación y para la protección, apoyo y rehabilitación de sus víctimas. Debe basarse en el reconocimiento de que, para hacer frente eficazmente a la trata es preciso un planteamiento integrado, cuya base sea el respeto de los derechos humanos y que tenga en cuenta la naturaleza mundial del fenómeno. Este planteamiento demanda una respuesta política coordinada, en particular en el espacio de libertad, seguridad y justicia, las Relaciones Exteriores, la cooperación al desarrollo, los asuntos sociales y el empleo, la igualdad de género y la no discriminación; también debe beneficiarse de un amplio diálogo público-privado. El cuadro de actuaciones adjunto se ha elaborado inspirándose en estas consideraciones.

El Plan de Acción se examinará, revisará y actualizará periódicamente. La ejecución de las actuaciones del cuadro estará orientada por los siguientes principios generales que también se revisarán y actualizarán periódicamente. Los principios generales (…) pueden también ser examinados periódicamente para que siguen reflejando con precisión la postura de los Estados miembros a medida que van aplicando el plan de acción.

2.

La actuación de la UE debe centrarse en la mejora de nuestra comprensión colectiva de los problemas y en la conjugación de nuestros esfuerzos para potenciar al máximo nuestra eficacia.

i)

La actuación a nivel de la UE requiere una mejora continua de la comprensión colectiva por parte de los Estados miembros y de la Comisión de la escala y la naturaleza de la trata de seres humanos, incluidas las causas profundas, en los países de origen así como los factores que facilitan en los países de destino la trata y sus formas relacionadas de explotación, los grupos específicos afectados, las víctimas y los autores y la relación con otros tipos de delitos. Esto es fundamental para definir una estrategia para prevenir y combatir la trata. Los resultados de las investigaciones y de la experiencia práctica deben ponerse en común con amplitud y de manera adecuada en toda la UE. En la medida de lo posible, los Estados miembros y la Comisión deben aplicar un planteamiento basado en los hechos respecto a la trata de seres humanos junto con terceros países y organizaciones internacionales.

3.

La UE reconoce la importancia de adoptar un planteamiento focalizado en los derechos humanos y en las víctimas

i)

Es indispensable que los Estados miembros de la UE garanticen una protección completa de los derechos humanos de las víctimas de la trata en todas las fases del proceso.

ii)

Los Estados miembros deben garantizar la existencia de mecanismos adecuados de derivación de las víctimas hacia los servicios pertinentes, en la medida necesaria y en consonancia con la legislación y las prácticas nacionales, para posibilitar una detección y derivación precoz de las personas víctimas de la trata hacia dichos servicios. Los Estados miembros deben trabajar para desarrollar, en línea con las tradiciones, circunstancias y prácticas nacionales, una adecuada estructura estatal de coordinación para coordinar y evaluar las políticas nacionales y garantizar un tratamiento correcto de las personas.

iii)

Los Estados miembros y la Comisión deben aplicar activamente políticas que refuercen la tipificación penal de la trata, incluida la protección de las víctimas (…) potenciales a nivel nacional, regional, de la UE e internacional. En esto se debe incluir, cuando convenga y sea pertinente, estrategias específicas de prevención para grupos vulnerables como las mujeres y los niños.

iv)

Los Estados miembros y la Comisión deben reforzar el diálogo político con terceros países, tanto a nivel bilateral como multilateral, sobre las dimensiones de derechos humanos de las políticas contra la trata, y continuar suscitando esta cuestión en los correspondientes foros regionales y multilaterales.

v)

Los Estados miembros y la Comisión deben asegurarse de que la política de la UE contra la trata refleje un planteamiento de los derechos del niño basado en principios reconocidos a nivel mundial, que respete en particular los principios establecidos en la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño y tenga en cuenta el programa de acción del Consejo de Europa sobre menores y violencia (2006-2008). Este planteamiento debe aplicarse en consecuencia a todas las personas menores de 18 años.

vi)

Las instituciones de la UE y los Estados miembros deben promover estrategias preventivas específicas en función del género como elemento clave para luchar contra la trata de mujeres y niñas. Esto incluye la aplicación de principios de igualdad de género y la eliminación de la demanda de todas las formas explotación, incluida la explotación sexual y de trabajo doméstico.

vii)

Cuando sea necesario, los Estados miembros deberán acelerar la transposición de la Directiva 2004/81/CE y tener en cuenta los instrumentos jurídicos vinculantes, los compromisos políticos y otros documentos pertinentes, en particular el Convenio del Consejo de Europa recientemente celebrado relativo a la lucha contra la trata de seres humanos a la hora de desarrollar estrategias nacionales.

4.

La UE debe fortalecer su respuesta operativa a la trata de seres humanos

i)

La intensificación de la cooperación operativa debe constituir una prioridad en el refuerzo de las actividades de la UE en materia de lucha contra la trata de seres humanos.

ii)

la trata de seres humanos es un delito grave contra las personas, que debe considerarse como una evidente prioridad policial. La trata debe pasar de ser «una actividad de bajo riesgo y alta productividad de la delincuencia organizada» a una de alto riesgo y baja productividad. Los servicios policiales deben utilizar todos los recursos y capacidades a su alcance para hacer efectiva la prohibición de la trata, privar la de sus ventajas económicas y, cuando se haya realizado un beneficio financiero, embargar y decomisar todos los activos. La investigación en materia de trata debe tener la misma prioridad que otras áreas de la delincuencia especializada en el sentido de que es preciso utilizar técnicas de investigación y estrategias de desarticulación especializadas.

iii)

Los Estados miembros deben facilitar a sus autoridades policiales las estructuras organizativas necesarias, el personal especializado y los recursos financieros adecuados para que luchen con eficacia contra la trata. En la medida de lo posible, el Consejo, en estrecha cooperación con la Comisión en su caso, debe fomentar una vigilancia periódica basada en criterios claros y cuantificables.

iv)

La trata de seres humanos destinada a la explotación laboral demanda nuevos tipos de especialización y cooperación con instancias asociadas, por ejemplo los organismos encargados del control de las condiciones laborales, y de las investigaciones financieras relacionadas con la mano de obra irregular.

v)

Las estrategias represivas de los Estados miembros deben incluir en su caso medidas de decomiso de los productos del delito.

vi)

Es preciso continuar tomando medidas para facilitar una detección más rápida de las víctimas potenciales de la trata en las fronteras de la UE. Conviene que los Estados miembros estudien la posibilidad de revisar sus políticas sobre menores no acompañados para proteger a este grupo particularmente vulnerable.

vii)

Los Estados miembros, según convenga y en consonancia con las condiciones y prácticas nacionales, deben facilitar protección y asistencia a las víctimas (…) como parte de una actuación judicial equilibrada y eficaz. Conviene que los Estados miembros desarrollen en mayor medida las investigaciones preventivas basadas en inteligencia, que no dependan necesariamente del testimonio de las víctimas.

viii)

Los Estados miembros deben garantizar que los servicios policiales hagan participar periódicamente a Europol en el intercambio de información, en las operaciones conjuntas y en los equipos conjuntos de investigación y utilizar las potencialidades de Eurojust para facilitar el enjuiciamiento de los traficantes.

ix)

Los Estados miembros deben dar prioridad a la lucha contra la trata de seres humanos en sus relaciones en materia policial con terceros países. Convendría reforzar la cooperación policial entre unidades especiales destinadas a la lucha contra la trata en los Estados miembros y los países de origen. Sería interesante establecer proyectos comunes para mejorar la capacidad de las unidades especiales de los países de origen para luchar contra la trata en consonancia con las normas de la UE.

x)

Las estrategias anticorrupción y contra la pobreza deben ser parte integrante de las estrategias contra la trata.

5.

Los Estados miembros deben encontrar nuevas formas de cooperación y desarrollarlas de manera más intensiva

i)

Los Estados miembros deben consolidar la cooperación de las autoridades públicas con las organizaciones de la sociedad civil relacionadas con la protección de las víctimas, la prevención y la lucha contra la trata de seres humanos, por ejemplo estableciendo normas que ambas partes acepten y que fomenten la comprensión y la confianza mutua.

En su caso cabría implicar a las organizaciones patronales y sindicales y a representantes de algunos sectores económicos e industriales específicos.

ii)

Los Estados miembros y las instituciones de la UE deben continuar cooperando con las organizaciones internacionales correspondientes (por ejemplo las Naciones Unidas, la OSCE y el Consejo de Europa), y a nivel nacional, según convenga y cuando sea necesario, deben reforzarse e institucionalizarse las relaciones con las ONG pertinentes y la capacidad de éstas.

iii)

Para prevenir la trata, proteger y ayudar a los que lo necesitan y garantizar un retorno y reintegración seguros y efectivos de las víctimas son fundamentales las soluciones regionales. Los Estados miembros y la Comisión deben continuar promoviendo iniciativas regionales que complementen e inspiren una cooperación amplia de la UE (por ejemplo el Grupo Nórdico Báltico contra la trata de seres humanos, la Iniciativa de Cooperación en Europa Sudoriental, el Proceso de cooperación de Europa Sudoriental, el Proceso paneuropeo de Budapest, el diálogo «5+5» sobre migración en el Mediterráneo occidental y el Diálogo Mediterráneo sobre Migración en Tránsito, la «Alianza contra la trata», así como otros foros u organizaciones).


ANEXO

CUADRO DE ACTUACIONES PARA EL PLAN DE LA UE SOBRE MEJORES PRÁCTICAS, NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LUCHAR CONTRA LA TRATA DE SERES HUMANOS Y PREVENIRLA

1.   COORDINACIÓN DE LA ACTUACIÓN DE LA UE

Objetivo

Actuación

Calendario

Responsables

 Instrumento de evaluación/Indicadores

1.

Establecer prioridades comunes que permitan orientar mejor la actuación de la UE. Aumentar la eficacia de la actuación de la UE.

a)

Los Estados miembros deben compartir listas de países de origen y tránsito prioritarios y de rutas más transitadas.

Marzo de 2006

Estados miembros/Presidencia

Los Estados miembros deben compartir información con la Presidencia y la Comisión antes de finales de abril de 2006. Habría que enviar también la información a Europol, en particular para el trabajo permanente realizado en Europol sobre Evaluación de la Amenaza de la Delincuencia Organizada (EADO).

b)

Se dará prioridad a la financiación de la UE (p. ej. AGIS y otros programas de financiación existentes adecuados) en relación con otras ofertas que correspondan a áreas destacadas del Plan de Acción.

Permanente

Comisión

La Comisión evaluará las vías actuales de financiación y, en la medida de lo posible, dará prioridad a las ofertas relativas a la trata en relación con las prioridades incluidas en el Plan de Acción.

c)

La prevención y lucha contra la trata deberán ser prioridades temáticas en los acuerdos y programas de financiación de la UE en materia JAI.

Estos acuerdos y programas deben incluir disposiciones flexibles de financiación que permitan asignar un respaldo financiero para apoyar las operaciones de los Estados miembros y reforzar las formas regionales de cooperación policial.

En este contexto hay que estudiar la posibilidad de financiar proyectos sobre acciones operativas emprendidas sólo por un Estados miembro así como a poner a disposición de servicios no gubernamentales de apoyo y reintegración una financiación sostenible.

Permanente

Comisión y Estados miembros

La Comisión evaluará las propuestas de futuras vías de financiación y a la hora de negociar y revisar las propuestas con los Estados miembros y el Parlamento Europeo dará prioridad a la trata, en la medida de lo posible en consonancia con los términos del Plan de Acción.

2.

Asegurar un debate permanente sobre el asunto, que incluya los aspectos de derechos humanos.

a)

Es preciso sostener un debate político sobre la política de la UE contra la trata y debe evaluarse si esta política cumple las normas en materia de derechos humanos así como la necesidad de nuevas actuaciones.

Una vez al año

Consejo y Comisión

Celebración de un debate.

3.

Garantizar normas comunes en toda la UE.

a)

El Consejo debe adoptar la propuesta de Decisión sobre la celebración, en nombre de la CE, del Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños y el protocolo de las Naciones Unidas sobre trata.

Finales de 2006.

 Consejo

Protocolos celebrados.

b)

Elaborar propuestas de mecanismos de coordinación y cooperación necesarios a nivel de la UE.

Finales de 2006

La Comisión presentará propuestas.

Se presentarán propuestas al Consejo a más tardar a finales de 2006, que pueden incluir un estudio de las posibilidades de un mecanismo de evaluación por homólogos respecto a las prácticas y políticas contra la trata de seres humanos.

c)

Los Estados miembros deben considerar prioritaria la firma y ratificación del Convenio del Consejo de Europa sobre la lucha contra la trata de seres humanos

Finales de 2007

Comisión y Estados miembros

Revisión de la situación respecto a la ratificación y celebración en cada Estado miembro.


2.   DETERMINACIÓN DEL ALCANCE DEL PROBLEMA

Objetivo

Actuación

Calendario

Responsables

 Instrumento de evaluación/Indicadores

1.

Mejorar el conocimiento sobre la escala y el carácter de la trata de seres humanos (incluidos sus vínculos con otras formas de delincuencia) que afecta a la UE, para permitir dirigir mejor los esfuerzos de la UE.

a)

Desarrollar orientaciones comunes de recogida de datos con inclusión de indicadores comparables. Tener en cuenta las diferencias entre los tipos de trata y las categorías de víctimas. En estos trabajos hay que tener en cuenta también a las víctimas que vuelven a caer en la trata.

Otoño 2006

Comisión Europea (Eurostat) y Europol. Cabría plantearse también si la futura Agencia de Derechos Fundamentales de la UE y la Red Europea sobre las Migraciones deben participar posteriormente en estos trabajos.

Orientaciones elaboradas.

b)

Pasar revista a los trabajos actuales en toda la UE sobre estimación de la escala del problema con la finalidad de abordar todas las formas de trata.

Marzo 2006

Estados miembros/Presidencia /Comisión

Iniciar el ejercicio de consultas y quizá distribuir un cuestionario a escala de toda la UE para recopilar los datos y estimaciones existentes.

c)

Elaborar una plantilla de investigación común para uso de los Estados miembros que aumente las investigaciones disponibles sobre aspectos específicos, empezando por la trata de menores.

Mediados de 2006

Red Europea de las Migraciones

Se dispone de la plantilla de investigación común.

d)

Convocar una reunión de los representantes adecuados procedentes de las estructuras nacionales de coordinación (por ejemplo, los ponentes nacionales cuando existen), con inclusión de expertos policiales y de inmigración, en función de las disposiciones nacionales. Estudiar la escala y los aspectos pertinentes para la trata dentro de la UE además de la trata procedente del exterior de la UE

Finales de 2006

Presidencia

Se convoca la reunión, organizada por la Comisión o la Presidencia.


3.   PREVENCIÓN DE LA TRATA

Objetivo

Actuación

Calendario

Responsables

Instrumento de evaluación/Indicadores

1)

Abordar las causas profundas de la trata.

a)

Las instituciones de los Estados miembros y de la UE respaldarán las iniciativas contra la trata y otras medidas más amplias que aborden las causas profundas, en particular la pobreza, la inseguridad, la exclusión y la desigualdad entre los sexos.

Permanente

Estados miembros/Comisión

La Comisión organizará un seminario para recoger información y poner en común las mejores prácticas en esta materia. El seminario podría conducir al desarrollo de indicadores en esta materia.

b)

La cooperación para el desarrollo incluirá también estrategias de prevención específicas en función del sexo y estrategias destinadas a fortalecer la posición económica, jurídica y política de mujeres y niños.

Permanente

Estados miembros/Comisión

La Comisión organizará un seminario para recoger información y poner en común las mejores prácticas en esta materia. El seminario podría conducir al desarrollo de indicadores en esta materia.

2.

Prevenir la trata en los países de origen, tránsito y destino mediante la mejora del conocimiento de los peligros que representa y mediante la publicidad de la prevención del delito y de la justicia penal en la UE, en particular los procesos que dan lugar a condenas, para disuadir a los traficantes.

a)

Elaborar materiales para una campaña de concienciación de la UE junto con las ONG. La campaña:

incluirá toda la información pertinente, por ejemplo sobre los métodos de captación, y hará hincapié en los procesos que han desembocado en condenas en los Estados miembros

se destinará a grupos de riesgo identificados, incluidos los menores

se basará en estudios de casos reales

estudiará los planteamientos necesarios tanto dentro como fuera de la UE.

Se orientará a reducir la demanda

Se evaluará la eficacia de las campañas.

Mediados de 2006

Consejo/Comisión

Los materiales de campaña estarán disponibles antes de finales de 2006 y se evaluarán antes de finales de 2007.

b)

Crear una red de contactos en los medios de comunicación en relación con la trata, para dar publicidad a los logros obtenidos tanto dentro como fuera de la UE.

Finales de 2006

Coordinación de la Presidencia

Se comunicarán al GMD los contactos en materia de delincuencia organizada a más tardar a finales de junio de 2006.

3.

Posibilitar la identificación temprana de las víctimas para evitar la explotación.

a)

Celebrar un seminario en primer lugar con el sector del transporte aéreo.

Implicar a los servicios competentes de prevención y represión y a los funcionarios de enlace de inmigración. Explorar modelos de cooperación regional o nacional y de colaboración que hayan sido eficaces para preparar el terreno a otros eventos nacionales o regionales, que organizarán los Estados miembros.

Mediados de 2006

Presidencia

Se celebra el seminario. Se publican recomendaciones que examinan también los logros del planteamiento y la utilidad de hacerlo extensivo a otros sectores del transporte, por ejemplo las compañías de trasbordadores, etc.

b)

Completar el desarrollo del Sistema de Información de Visados común lo antes posible.

En curso

Presidencia con la Comisión y el Parlamento Europeo

Informe de la Presidencia antes de finales de 2006 sobre el desarrollo de las negociaciones o estado de aplicación si se adopta un instrumento.

c)

Celebrar un seminario con los servicios de inmigración, los órganos responsables de los servicios sociales y otras autoridades competentes para poner en común las mejores prácticas en particular en lo que se refiere a la identificación de los menores en situación de riesgo y en concreto los menores no acompañados.

Finales de 2006

Coordinación de la Presidencia

Difusión de las conclusiones de la conferencia.

d)

El personal consular y los funcionarios de enlace de inmigración de los Estados miembros en los países de origen estudiarán la trata de seres humanos en los grupos locales de debate sobre visados y las reuniones de funcionarios de enlace, para intercambiar información y mejorar el reconocimiento de las solicitudes que pueden estar asociadas con la trata de seres humanos.

Finales de 2006

Estados miembros

Sensibilización de los funcionarios encargados de la expedición de visados. Las Presidencias informarán a más tardar a finales de 2006 sobre los debates y reuniones celebrados en los grupos locales, consulares y de funcionarios de enlace y se identificarán las tendencias determinantes.

e)

Tras el estudio y el acuerdo del Consejo de Administración del FRONTEX, se incorporará la trata a los trabajos de FRONTEX en particular mediante:

i)

la coordinación y organización de operaciones conjuntas y proyectos piloto en las fronteras exteriores de la UE.

ii)

la difusión de análisis de riesgo a los Estados miembros.

iii)

el desarrollo de estrategias comunes para luchar contra la trata en los puertos

iv)

la difusión de material de formación.

v)

la cooperación complementaria con Europol.

Los trabajos de FRONTEX tendrán en cuenta las circunstancias específicas de las víctimas más vulnerables, en particular mujeres y niños.

Finales de 2006

FRONTEX

Los programas de trabajo y los informes anuales de Frontex detallarán los trabajos sobre la trata.

f)

Aplicar el uso de identificadores biométricos para expedir y verificar los visados y permisos de residencia de la UE.

Lo antes posible.

Comisión y Estados miembros.

Aplicación de la biometría.


4.   REDUCCIÓN DE LA DEMANDA

Objetivo

Actuación

Calendario

Responsables

Instrumento de evaluación/Indicadores

1.

Mejorar los conocimientos especializados sobre reducción de la demanda de explotación laboral.

a)

Establecer un grupo de expertos para el estudio de los aspectos pertinentes en relación con la normativa laboral y su impacto en la trata. Este grupo debe estudiar la función de los servicios privados de empleo y la elaboración de materiales adecuados para sensibilizar a los posibles empleadores de víctimas de la trata.

Finales de 2006

Consejo y Comisión

El grupo se habrá reunido antes de finales de 2006 y acordado su mandato.

2.

Reducir la demanda de víctimas de la trata en los países de destino.

a)

Los Estados miembros informarán de las mejores prácticas sobre participación de la Comunidad y estrategias de policía de proximidad adoptadas para disuadir de la trata que pueden darse de manera informal a nivel local, por ejemplo la trata de empleados domésticos. Este proceso debe incluir las estrategias utilizadas para todas las formas de trata para cualquier propósito (explotación sexual o en sentido más amplio), e incluir grupos específicos de víctimas, por ejemplo mujeres y niños.

Finales de 2006

Coordina la Presidencia con apoyo de los Estados miembros.

Los Estados miembros informarán de las mejores prácticas a la Presidencia, con copia a Europol cuando proceda, a finales de 2006.


5.   INVESTIGACIÓN Y ENJUICIAMIENTO

Objetivo

Actuación

Calendario

Responsables

Instrumento de evaluación/Indicador

1.

Mejorar el marco de inteligencia estratégica y táctica en relación con la trata de seres humanos y posibilitar un planteamiento basado en la inteligencia.

a)

Los Estados miembros acordarán poner en común información a través de I/24/7 y el servicio de mensajería sobre trata e introducción clandestina de inmigrantes con Interpol, compartir datos de inteligencia pertinentes con Europol; Europol debe fortalecer sus vínculos con Interpol.

A más tardar en junio de 2006

Los Estados miembros y Europol.

.Europol informará al Consejo de Administración de Europol sobre la puesta en común de información de los Estados miembros, y sobre la intensificación de la cooperación con Interpol.

b)

Utilizar la Evaluación de la amenaza de la Delincuencia Organizada (EADO) para asistir a una evaluación y asignación de prioridades de actuación

Abril de 2006

Estados miembros y (AEDO facilitado por Europol).

Europol elaborara AEDO. Los Estados miembros lo usarán para sus prioridades operativas

c)

La UE fortalecerá sus vínculos oficiales con las organizaciones internacionales para obtener información sobre datos relativos a rutas, fuentes y métodos.

Europol desarrollará acuerdos oficiales de enlace en línea con las orientaciones del Consejo de Administración de Europol.

El Consejo apoyará un evento de interconexión entre organizaciones internacionales y policiales para desarrollar vínculos.

Junio de 2006

Europol y los Estados miembros a través del Consejo

Se celebra el evento de interconexión en red.

Europol informará al Consejo de Administración de Europol sobre las futuras disposiciones exteriores.

d)

Los Estados miembros introducirán datos de inteligencia en los ficheros de trabajo de análisis correspondientes.

Junio de 2006

Estados miembros y Europol.

Europol informa a las estructuras del Consejo sobre la evolución futura.

e)

Europol y FRONTEX desarrollarán una cooperación complementaria respecto a sus actividades de análisis en relación con el fenómeno.

Junio de 2006

Europol y FRONTEX

Europol y FRONTEX informan a las estructuras del Consejo.

2.

Mejorar la capacidad de los Estados miembros para investigar la trata de manera eficaz.

a)

CEPOL tomará la iniciativa en el desarrollo de recursos financiados por AGIS incluidos los recientes manuales de orientación y otros recursos como el Manual de Interpol, incorporándolos en un programa de formación fundamental para altos funcionarios de policía, que se repercutirá de manera descendente como convenga. Posteriormente, CEPOL organizará periódicamente formaciones específicas para personal policial sobre la trata. La formación debe considerar también la trata en el contexto del tráfico ilícito de migrantes.

Finales de 2006

CEPOL

CEPOL informa regularmente al GMD sobre los avances. El informe anual de CEPOL al Consejo incluirá información específica sobre estos trabajos.

3.

Mejorar la cooperación operativa entre Estados miembros en relación con la trata.

a)

Los Estados miembros estudiarán maneras de difundir más ampliamente la información relativa a los funcionarios de policía de los Estados miembros que participan de cerca en los trabajos de trata y que tienen conocimientos lingüísticos especializados (por ejemplo especialistas en lenguas orientales o africanas) (esto significaría que cuando se organicen equipos de investigación conjunta bilaterales o multilaterales por parte de distintos Estados miembros se puede considerar la posibilidad de incluir a estos funcionarios en equipos según convenga y en la medida en que las demandas operativas nacionales lo permitan.

Permanente

PCTF/Centro de Excelencia de Europol

Se aborda el asunto en las reuniones estratégicas de la PCTF.

b)

La PCTF y Europol informarán anualmente del modo en que se ha incluido la trata en sus programas de trabajo.

Primer informe a más tardar en diciembre de 2006

PCTF/Europol

Se tienen en cuenta las recomendaciones a la hora de elaborar el programa de trabajo de Europol y revisar la estrategia COSPOL.

c)

La PCTF hará un seguimiento de la cooperación operativa entre los Estados miembros sobre la trata, y en su caso elaborará recomendaciones para su mejora.

Primer informe a más tardar en diciembre de 2006

PCTF

Debates periódicos en reuniones estratégicas de la Unidad operativa de jefes de policía con recomendaciones al Consejo en su caso.

d)

Elaborar un manual de contactos para los servicios policiales en toda la UE que incluya contactos fuera de horas de oficina e información de base sobre los procedimientos que se aplican en cada Estado miembro.

Mediados de 2006 o antes si es posible

PCTF

La PCTF informará y estudiará la cuestión del manual en su reunión estratégica de 2006.

4.

Posibilitar una cooperación más efectiva en relación con las investigaciones y el enjuiciamiento de casos de trata.

a)

Los Estados miembros aprovecharán al máximo los recursos de Eurojust y su función de coordinación así como la Red Judicial Europea.

Finales de 2006

Estados miembros/Eurojust

Eurojust informará al Consejo como parte de su informe anual sobre las investigaciones de trata para las que hayan prestado asistencia.

b)

Creación de una red de profesionales especializados con conocimientos sobre enjuiciamiento de los traficantes, incluidos los casos de trata de menores. Esta red estudiaría el desarrollo de una formación para fiscales a su debido tiempo.

Finales de 2006

Presidencia/Eurojust/Red Judicial Europea

Difusión de la red de contactos.

c)

Sensibilización acerca de los aspectos específicos que se plantean en los casos de trata, incluidos los que implican trata de menores, dirigida al poder judicial de los Estados miembros.

Mediados de 2007

Red Judicial Europea en asociación con Eurojust y la Academia de Derecho Europeo

Una instrucción eficiente, eficaz y bien informada de los sumarios. La RJE elaborará un informe con recomendaciones para la mejora de la instrucción de sumarios.

d)

Como parte de la evaluación de la Decisión marco del Consejo sobre trata de seres humanos, examinar los marcos jurídicos existentes en todos los Estados miembros para luchar contra la trata y en concreto contra la trata de menores.

Finales de 2006

Comisión y Estados miembros

Se completa la evaluación por la Comisión de la Decisión marco del Consejo.

e)

Realizar un inventario de la legislación que complementa la existente para tipificar la trata, por ejemplo legislación sobre el estatuto de las víctimas, sobre tipificación penal de los intermediarios como los jefes de banda, y sobre el producto del delito.

Finales de 2007

Comisión

Documento difundido.


6.   PROTECCIÓN Y APOYO A LAS VICTIMAS

Objetivo

Actuación

Calendario

Responsables

Instrumento de evaluación/Indicadores

1.

Garantizar que el personal de primera línea tiene los instrumentos y los conocimientos especializados adecuados para identificar a las víctimas de la trata y ofrecerles la protección y el apoyo adecuados teniendo en cuenta las necesidades especiales de los menores.

a)

Organizar un seminario con los Estados miembros y las ONG que atienden a las víctimas, para tomar nota de las mejores prácticas sobre identificación de las víctimas y estudiar la elaboración de una lista general de criterios que respeten las mejores prácticas en esta materia.

Mediados de 2006

Comisión y Presidencia

Se celebra el seminario y se publican las conclusiones.

2.

Elaborar y fortalecer vínculos efectivos entre las organizaciones que presten apoyo y servicios de reintegración y los Estados miembros.

a)

Celebrar una conferencia para fomentar los vínculos existentes y crear una red más sólida de ONG y organizaciones internacionales que prestan apoyo y servicios de reintegración.

Mediados de 2006

Presidencia con apoyo de la Comisión

Se celebra la conferencia.

b)

Elaborar un catálogo de servicios a nivel de la UE para hacer una sinopsis de los regímenes de apoyo disponibles.

Finales de 2006

Presidencia con apoyo de la Comisión

Se publica el catálogo.

c)

La UE considerará si debe desarrollarse aún más el manual de la OSCE (El manual del Mecanismo Nacional de Referencia) y propondrá recomendaciones y modificaciones a la Presidencia y la Comisión con la intención de presentar una serie coherente de modificaciones desde la perspectiva de la UE en una futura revisión del manual o en caso necesario como documento independiente de la UE.

Finales de 2006 (para enviar las propuestas a la Presidencia y la Comisión)

Comisión y Presidencia

La Presidencia informa sobre si se han realizado algunas de las propuestas de cambios. Se publica el manual.

d)

Elaborar un modelo de protocolo entre los Estados miembros y las ONG que incluya niveles mínimos de apoyo, los puntos de contacto de los servicios clave y pautas sobre prácticas de trabajo. El modelo de protocolo debe basarse en las mejores prácticas existentes y contar con la aportación de las ONG en su caso.

Finales de 2006

Comisión y Estados miembros

Se redacta el protocolo.


7.   REPATRIACIÓN Y REINTEGRACIÓN

Objetivo

Actuación

Calendario

Responsables

Instrumento de evaluación/Indicadores

1.

Poner en común los conocimientos y experiencias sobre los programas disponibles de reintegración en los países de origen y la realización de procesos de evaluación del riesgo antes de la repatriación.

a)

Hacer un inventario de los programas y procesos disponibles y evaluar las posibilidades de coordinación y asistencia tras la repatriación en terceros países, en particular la evaluación de riesgo en los países de repatriación. El proceso debe tratar de definir y hacer más accesibles la buenas prácticas de los Estados miembros y puede ir seguido por un seminario sobre estas buenas prácticas si fuera necesario y conveniente.

Otoño de 2006

Estados miembros/Presidencia

Los Estados miembros habrán puesto en común la información con la Presidencia para mediados de 2006 y los documentos de inventario de servicios estarán disponibles a finales de 2006.


8.   RELACIONES EXTERIORES

Objetivo

Actuación

Calendario

Responsables

Instrumento de evaluación/Indicadores

1.

Reforzar la actuación contra la trata en las relaciones con terceros países.

a)

Los documentos de estrategia y los programas indicativos por países y regiones fortalecerán las estrategias para hacer frente a los factores que facilitan la trata, y en particular la trata de menores.

La UE entablará un diálogo con los países de origen, también a través de los procesos consultivos regionales como la ASEM y el Proceso de Bali así como a través de otros procesos multilaterales adecuados en otras regiones (por ejemplo, especto a Latinoamérica y el Caribe)..

Los acuerdos con terceros países (por ejemplo el Plan de acción UE-Rusia) deben promover la cooperación en las operaciones policiales a escala de la UE, regional e internacional, así como fomentar el aumento de la capacidad en relación con la trata.

Permanente.

Comisión

La Comisión debe revisar el estatuto actual de las estrategias e iniciativas contra la trata con terceros países antes de mediados de 2006

b)

La próxima estrategia sobre relaciones exteriores de la UE en el ámbito JAI debe reflejar la trata como prioridad.

Permanente

Comisión y Presidencia

La estrategia da prioridad a la trata.

c)

Hacer hincapié en las actividades multilaterales de lucha contra la trata como el Fondo Mundial contra la Trata de ONUDD.

 

 

 


Comisión

9.12.2005   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 311/13


Tipo de cambio del euro (1)

8 de diciembre de 2005

(2005/C 311/02)

1 euro=

 

Moneda

Tipo de cambio

USD

dólar estadounidense

1,1764

JPY

yen japonés

141,82

DKK

corona danesa

7,4491

GBP

libra esterlina

0,67495

SEK

corona sueca

9,4217

CHF

franco suizo

1,5387

ISK

corona islandesa

76,08

NOK

corona noruega

7,9250

BGN

lev búlgaro

1,9561

CYP

libra chipriota

0,5733

CZK

corona checa

29,098

EEK

corona estonia

15,6466

HUF

forint húngaro

255,65

LTL

litas lituana

3,4528

LVL

lats letón

0,6980

MTL

lira maltesa

0,4293

PLN

zloty polaco

3,8593

RON

leu rumano

3,6480

SIT

tólar esloveno

239,50

SKK

corona eslovaca

38,020

TRY

lira turca

1,5996

AUD

dólar australiano

1,5762

CAD

dólar canadiense

1,3677

HKD

dólar de Hong Kong

9,1220

NZD

dólar neozelandés

1,6833

SGD

dólar de Singapur

1,9833

KRW

won de Corea del Sur

1 217,10

ZAR

rand sudafricano

7,4911

CNY

yuan renminbi

9,5030

HRK

kuna croata

7,3933

IDR

rupia indonesia

11 499,31

MYR

ringgit malayo

4,441

PHP

peso filipino

63,108

RUB

rublo ruso

34,1030

THB

baht tailandés

48,548


(1)  

Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.


9.12.2005   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 311/14


No oposición a una concentración notificada

(Asunto no COMP/M.3959 — Goldman Sachs/Ihr Platz)

(2005/C 311/03)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

El 9 de noviembre de 2005, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada citada en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado común. Esta Decisión se basa en la letra b) del apartado 1 del artículo 6 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo. El texto íntegro de la Decisión solamente está disponible en inglés y se hará público una vez suprimidos los secretos comerciales que pueda contener. Estará disponible:

en el sitio web de la DG Competencia del servidor Europa (http://europa.eu.int/comm/competition/mergers/cases/). Este sitio web proporciona diversos métodos de búsqueda de las decisiones sobre concentraciones, en particular por nombre de la empresa, número de asunto, fecha de la decisión e índices sectoriales,

en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex por número de documento 32005M3959. CELEX es el sistema de acceso informático a la legislación comunitaria. (http://europa.eu.int/eur-lex/lex)


9.12.2005   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 311/15


COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN

por la que se reconoce la obsolescencia del Reglamento (CEE) no 2677/75 de la Comisión, de 6 de octubre de 1975, relativo a la aplicación del Reglamento (CEE) no 3254/74 del Consejo, de 17 de diciembre de 1974, relativo a la aplicación del Reglamento (CEE) no 1055/72, relativo a la comunicación a la Comisión de las importaciones de hidrocarburos, a los productos petrolíferos de las subpartidas 27.10 A, B, C I y C II del arancel aduanero común

(2005/C 311/04)

De conformidad con las directrices sobre la reducción del acervo comunitario activo y en el marco de la simplificación de los actos de la Comisión, el Reglamento (CEE) no 2677/75 queda suprimido del acervo comunitario activo y deja de figurar en el Repertorio de la Legislación Comunitaria Vigente.


9.12.2005   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 311/16


Autorización de las ayudas estatales en el marco de las disposiciones de los artículos 87 y 88 del Tratado CE

Casos con respecto a los cuales la Comisión no presenta objeciones

(2005/C 311/05)

Fecha de adopción de la Decisión:

Estado miembro: Dinamarca

Ayuda no: N 57/04

Denominación: Reducción de las contribuciones rústicas

Objetivo: Aplicación de un límite máximo del 4,6 por mil a las contribuciones rústicas pagadas a los condados (amtskommune) por los propietarios de terrenos productivos, es decir, las tierras destinadas a la agricultura, la horticultura, los centros de selección vegetal y los huertos frutales

Fundamento jurídico: Lov nr. 1211 af 27. december 2003 om ændring af lov om beskatning til kommunerne af faste ejendomme

Presupuesto: 96 millones de DKK (aproximadamente 12,9 millones de EUR) anuales

Intensidad o importe de la ayuda: La imposición del citado límite supone una reducción media cercana a 35 DKK por hectárea

Duración: Permanente

El texto de la Decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:

http://europa.eu.int/comm/secretariat_general/sgb/state_aids/

Fecha de adopción de la Decisión:

Estado miembro: Francia

Ayuda no: N 79/2004

Denominación: Ayudas a los agricultores de las comarcas de Bourges, de Sancerre-Sologne y de Vierzon

Objetivo: Ayudas a las inversiones encaminadas a la mejora de las explotaciones agrícolas

Presupuesto: 51 300 EUR

Intensidad o importe de la ayuda: Índice máximo del 25 % de las obras, con un límite máximo de 32 000 EUR

Duración: 3 años

El texto de la Decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:

http://europa.eu.int/comm/secretariat_general/sgb/state_aids/

Fecha de adopción de la Decisión:

Estado miembro: Italia (Friul — Venecia Julia)

Ayuda no: N 85/2004

Denominación: Convocatoria de ofertas para el Programa de desarrollo local, Acción I.1, «Informatización, comercio electrónico, comercialización directa y certificación de las empresas»

Objetivo: Modernización de las estructuras de comercialización de las empresas agrícolas en municipios incluidos en el Programa de desarrollo local «Alpi Prealpi Giulie» de la Región, merced a la informatización a las empresas y la certificación de la calidad

Fundamento jurídico: Bando pubblico riferito al piano di sviluppo locale: azione I.1 Informatizzazione, e-commerce, direct marketing e certificazione delle imprese «Progetto 2 — Certificazione delle aziende del settore agricolo»

Presupuesto: 360 000 EUR

Intensidad o importe de la ayuda: Las ayudas de inversión pueden ascender hasta un máximo del 40 % de los gastos subvencionables; las ayudas de certificación están limitadas a 100 000 EUR por beneficiario y periodo de tres años

Duración: 5 años

El texto de la Decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:

http://europa.eu.int/comm/secretariat_general/sgb/state_aids/

Fecha de adopción de la Decisión:

Estado miembro: Grecia

Ayuda no: N 132/04

Denominación: Programa de ayudas FROST

Objectivo: Compensación de pérdidas ocasionadas por condiciones climáticas adversas

Fundamento jurídico: Πρόγραμμα ενισχύσεων FROST (δυσμενείς καιρικές συνθήκες κατά την περίοδο από 12 έως 15 Φεβρουαρίου 2004) — σχέδιο κοινής υπουργικής απόφασης

Presupuesto: 20 millones de EUR.

Intensidad o importe de la ayuda: 70 %

Duración: 4 años

El texto de la Decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:

http://europa.eu.int/comm/secretariat_general/sgb/state_aids/

Fecha de adopción de la Decisión:

Estado miembro: Alemania (Baja Sajonia)

Ayuda no: N 149/2003

Denominación: Ayuda para la eliminación de MER

Objetivo: Compensar a los ganaderos los gastos de eliminación del ganado muerto en la explotación

Fundamento jurídico:

Niedersächsisches Ausführungsgesetz zum Tierkörperbeseitigungsgesetz vom 21. April 1998,

Directiva (CE) 90/667 de 27 de noviembre de 1990;

Reglamento (CE) no 1774/2002 de 3 de octubre de 2002;

Reglamento (CE) no 999/2001 de 22 de mayo de 2001;

Decisión de la Comisión de 20 de junio de 2000 n. 418, modificada por la Decisión 2001/2 de la Comisión de 27 de diciembre de 2000, incorporada en la Tierkörperbeseitigunganstalten-Verordnung de 21 de diciembre de 2001

Presupuesto: 26,5 millones de EUR

Intensidad de la ayuda: 100 %

Duración: Hasta el 31.12.2003

El texto de la Decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:

http://europa.eu.int/comm/secretariat_general/sgb/state_aids/

Fecha de adopción de la Decisión:

Estado miembro: España (País Vasco)

Ayuda no: N 162/A/2004

Denominación: Programa IKERKETA de apoyo a la investigación y el desarrollo en el sector agrario

Objetivo: Promover las actividades de investigación y desarrollo en los sectores agrario y alimentario

Fundamento jurídico: Proyecto de Decreto de apoyo a la investigación, desarrollo e innovación tecnológica en los sectores agrario, pesquero y alimentario de la Comunidad Autónoma del País Vasco

Presupuesto: 4 985 000 EUR

Intensidad o importe de la ayuda: Inferior una subvención neta equivalente del 15 %

Duración: Indefinida

El texto de la Decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:

http://europa.eu.int/comm/secretariat_general/sgb/state_aids/

Fecha de adopción de la Decisión:

Estado miembro: España (País Vasco)

Ayuda no: N 178/2004

Denominación: Ayudas para paliar los efectos de la sequía del año 2003 en la agricultura del País Vasco

Objetivo: Paliar las pérdidas sufridas por la sequía del año 2003 en la agricultura del País Vasco

Fundamento jurídico: Proyecto de Decreto del Gobierno Vasco por el que se establecen ayudas para paliar los efectos de la ola de calor y esquía del verano del 2003 en el agro vasco

Presupuesto: 2 250 000 EUR

Intensidad o importe de la ayuda: Inferior a las pérdidas sufridas

Duración: Ayuda ad hoc

El texto de la Decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:

http://europa.eu.int/comm/secretariat_general/sgb/state_aids/

Fecha de adopción de la decisión:

Estado miembro: Italia (Calabria)

Ayuda no: N 225/04

Denominación: Ley 185/92: intervenciones en las zonas agrícolas afectadas

Objetivo: Facilitar los datos meteorológicos sobre las intemperies que causaron los daños para los que se prevé la concesión de una compensación en virtud del régimen aprobado con el número de ayuda C 12/B/95

Fundamento jurídico: Legge 14 febbraio 1992, n 185 «Nuova disciplina del Fondo di solidarietà nazionale»

Presupuesto: Se remite al régimen aprobado (C 12/b/1995)

Intensidad o importe de la ayuda: Se remite al régimen aprobado (C 12/b/1995)

El texto de la Decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:

http://europa.eu.int/comm/secretariat_general/sgb/state_aids/