ISSN 1725-244X |
||
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 116 |
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Edición en lengua española |
Comunicaciones e informaciones |
48o año |
Número de información |
Sumario |
Página |
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I Comunicaciones |
|
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Comisión |
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2005/C 116/1 |
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2005/C 116/2 |
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2005/C 116/3 |
No oposición a una concentración notificada (Asunto no COMP/M.3750 — EQT/Sanitec) ( 1 ) |
|
2005/C 116/4 |
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2005/C 116/5 |
||
2005/C 116/6 |
Lista de los centros de certificación de lúpulo y códigos correspondientes |
|
2005/C 116/7 |
Notificación previa de una operación de concentración (Caso no COMP/M.3781 — Crédit Agricole/Caisses d'Epargne/JV) ( 1 ) |
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Banco Central Europeo |
|
2005/C 116/8 |
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III Informaciones |
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|
Comisión |
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2005/C 116/9 |
Resultados de las ventas de alcohol de origen vínico en poder de los organismos públicos |
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2005/C 116/0 |
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2005/C 116/1 |
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2005/C 116/2 |
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Corrección de errores |
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2005/C 116/3 |
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(1) Texto pertinente a efectos del EEE |
ES |
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I Comunicaciones
Comisión
18.5.2005 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 116/1 |
Tipo de cambio del euro (1)
17 de mayo de 2005
(2005/C 116/01)
1 euro=
|
Moneda |
Tipo de cambio |
USD |
dólar estadounidense |
1,2636 |
JPY |
yen japonés |
135,52 |
DKK |
corona danesa |
7,4430 |
GBP |
libra esterlina |
0,68735 |
SEK |
corona sueca |
9,2260 |
CHF |
franco suizo |
1,5430 |
ISK |
corona islandesa |
83,29 |
NOK |
corona noruega |
8,0956 |
BGN |
lev búlgaro |
1,9559 |
CYP |
libra chipriota |
0,5770 |
CZK |
corona checa |
30,270 |
EEK |
corona estonia |
15,6466 |
HUF |
forint húngaro |
252,98 |
LTL |
litas lituana |
3,4528 |
LVL |
lats letón |
0,6960 |
MTL |
lira maltesa |
0,4293 |
PLN |
zloty polaco |
4,2133 |
ROL |
leu rumano |
36 120 |
SIT |
tólar esloveno |
239,50 |
SKK |
corona eslovaca |
39,075 |
TRY |
lira turca |
1,7460 |
AUD |
dólar australiano |
1,6701 |
CAD |
dólar canadiense |
1,6049 |
HKD |
dólar de Hong Kong |
9,8552 |
NZD |
dólar neozelandés |
1,7823 |
SGD |
dólar de Singapur |
2,0934 |
KRW |
won de Corea del Sur |
1 269,41 |
ZAR |
rand sudafricano |
8,1124 |
CNY |
yuan renminbi |
10,4582 |
HRK |
kuna croata |
7,3150 |
IDR |
rupia indonesia |
11 909,43 |
MYR |
ringgit malayo |
4,802 |
PHP |
peso filipino |
68,658 |
RUB |
rublo ruso |
35,3750 |
THB |
baht tailandés |
50,371 |
Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.
18.5.2005 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 116/2 |
Tipo de cambio del euro (1)
16 de mayo de 2005
(2005/C 116/02)
1 euro=
|
Moneda |
Tipo de cambio |
USD |
dólar estadounidense |
1,2616 |
JPY |
yen japonés |
135,63 |
DKK |
corona danesa |
7,4424 |
GBP |
libra esterlina |
0,6869 |
SEK |
corona sueca |
9,224 |
CHF |
franco suizo |
1,5445 |
ISK |
corona islandesa |
84,25 |
NOK |
corona noruega |
8,1136 |
BGN |
lev búlgaro |
1,9559 |
CYP |
libra chipriota |
0,5773 |
CZK |
corona checa |
30,155 |
EEK |
corona estonia |
15,6466 |
HUF |
forint húngaro |
252,7 |
LTL |
litas lituana |
3,4528 |
LVL |
lats letón |
0,6961 |
MTL |
lira maltesa |
0,4293 |
PLN |
zloty polaco |
4,2237 |
ROL |
leu rumano |
36 156 |
SIT |
tólar esloveno |
239,49 |
SKK |
corona eslovaca |
39,15 |
TRY |
lira turca |
1,7469 |
AUD |
dólar australiano |
1,6698 |
CAD |
dólar canadiense |
1,6016 |
HKD |
dólar de Hong Kong |
9,8394 |
NZD |
dólar neozelandés |
1,7857 |
SGD |
dólar de Singapur |
2,0947 |
KRW |
won de Corea del Sur |
1 273,21 |
ZAR |
rand sudafricano |
8,0468 |
CNY |
yuan renminbi |
10,4416 |
HRK |
kuna croata |
7,31 |
IDR |
rupia indonesia |
11 953,66 |
MYR |
ringgit malayo |
4,794 |
PHP |
peso filipino |
68,776 |
RUB |
rublo ruso |
35,337 |
THB |
baht tailandés |
50,312 |
Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.
18.5.2005 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 116/3 |
No oposición a una concentración notificada
(Asunto no COMP/M.3750 — EQT/Sanitec)
(2005/C 116/03)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
El 1 de abril de 2005, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada citada en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado común. Esta Decisión se basa en la letra b) del apartado 1 del artículo 6 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo. El texto íntegro de la Decisión solamente está disponible en inglés y se hará público una vez suprimidos los secretos comerciales que pueda contener. Estará disponible:
— |
en el sitio web de la DG Competencia del servidor Europa (http://europa.eu.int/comm/competition/mergers/cases/). Este sitio web proporciona diversos métodos de búsqueda de las decisiones sobre concentraciones, en particular por nombre de la empresa, número de asunto, fecha de la decisión e índices sectoriales. |
— |
en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex por número de documento 32005M3750. CELEX es el sistema de acceso informático a la legislación comunitaria. (http://europa.eu.int/eur-lex/lex) |
18.5.2005 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 116/4 |
Lista de las zonas de producción en el sector del lúpulo
(2005/C 116/04)
Esta publicación se ajusta a lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 6 del Reglamento (CEE) no 1784/77 del Consejo, relativo a la certificación del lúpulo.
BÉLGICA |
|
||||||||||||||
REPÚBLICA CHECA |
|
||||||||||||||
ALEMANIA |
|
||||||||||||||
ESPAÑA |
|
||||||||||||||
FRANCIA |
|
||||||||||||||
HUNGRÍA |
Közép Magyarország |
||||||||||||||
AUSTRIA |
|
||||||||||||||
POLONIA |
|
||||||||||||||
ESLOVENIA |
Slovénie |
||||||||||||||
ESLOVAQUIA |
Piešt'anská výrobná oblast' |
||||||||||||||
PORTUGAL |
|
||||||||||||||
REINO UNIDO |
|
18.5.2005 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 116/5 |
Lista de las agrupaciones y uniones de agrupaciones de productores reconocidas en el sector del lúpulo
(2005/C 116/05)
Esta publicación se ajusta a lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 6 del Reglamento (CEE) no 1351/72 de la Comisión, relativo al reconocimiento de las agrupaciones de productores en el sector del lúpulo.
BÉLGICA
1. |
Poperingse Afzetcoöperatie voor Hop SV (Pacohop SV), Korte Werf 9, B-8970 Poperinge |
2. |
Nieuwe Hoptelersbelangengroep CV, Poperingseweg 412, B-8908 Vlamertinge |
ALEMANIA
1. |
HVG Hopfenverwertungsgenossenschaft e. G., Kellerstraße 1, D-85283 Wolnzach |
2. |
Hopfenverwertungsgenossenschaft Spalt e. G., Hauptstraße 5, D-91174 Spalt |
ESPAÑA
1. |
Grupo de cultivadores de Lúpulo de Carrizo de la Ribera (APA no 1), Miralrio 2, Villanueva de Carrizo (León) |
2. |
SAT «Orbigo» no 9691 (APA no 3), Independencia 2, 2o, E-24001 León |
FRANCIA
1. |
Groupement de producteurs des planteurs de houblon d'Alsace «Cophoudal», 22, rue des Roses, F-67110 Brumath |
2. |
Groupement de producteurs des planteurs de houblon du Nord-Pas-de-Calais «Coophounord», 505, route de Poperinghe, F-59299 Boeschepe |
AUSTRIA
1. |
Erzeugergemeinschaft für Hopfen in Leutschach, Eichberg 3, A-8463 Leutschach |
2. |
Hopfenbau Genossenschaft & Erzeugergemeinschaft, Linzer Straße 5, A-4120 Neufelden |
POLONIA
1. |
Roztoczańskie Zrzeszenie Producentów Chmielu, Żulice, 22-652 Telatyn |
2. |
«Chmiel Wielkopolski» Sp. z o.o., 64-300 Nowy Tomyśl, ul. Kolejowa 20 |
PORTUGAL
Bralúpulo — Produtores de lúpulo de Braga e Bragança, Rua da Estação, P-5300 Bragança
REINO UNIDO
1. |
English Hops and Herbs Ltd, Hop Pocket Lane, Paddock Wood, Tonbridge, Kent TN12 6DQ |
2. |
Wealden Hops Ltd, Congelow, Benover Road, Yalding, Maidstone, Kent ME18 6ET |
3. |
Western Quality Hops Ltd, 3 Forge Bank, Bosbury, Ledbury, Herefordshire HR8 1JS |
4. |
Hawkbrand Hops Ltd, The Farm, Bosbury, Ledbury, Herefordshire HR8 1QU |
18.5.2005 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 116/6 |
Lista de los centros de certificación de lúpulo y códigos correspondientes
(2005/C 116/06)
Esta publicación se ajusta a lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 6 del Reglamento (CEE) no 890/78 de la Comisión, relativo a las modalidades de certificación del lúpulo.
Centros de certificación |
Código de referencia |
||
BÉLGICA |
|||
|
01B |
||
|
25B |
||
|
29B |
||
|
34B |
||
|
35B |
||
|
37B |
||
|
38B |
||
|
40B |
||
|
41B |
||
|
62B |
||
REPÚBLICA CHECA |
|||
|
01CZ |
||
|
02CZ |
||
|
03CZ |
||
ALEMANIA |
|||
HALLERTAU |
|
||
SIEGELBEZIRK WOLNZACH: |
|
||
|
01D |
||
|
07D |
||
|
09D |
||
|
10D |
||
SIEGELBEZIRK MAINBURG: |
|
||
|
12D |
||
|
14D |
||
|
16D |
||
|
18D |
||
SIEGELBEZIRK AU/HALLERTAU: |
|
||
|
21D |
||
|
23D |
||
|
24D |
||
SIEGELBEZIRK SIEGENBURG: |
|
||
|
28D |
||
|
32D |
||
SIEGELBEZIRK GEISENFELD: |
|
||
Städtische Siegelhalle, Mettenbacher Straße 21, D-85290 Geisenfeld |
34D |
||
SIEGELBEZIRK ABENSBERG: |
|
||
Hopfensiegelhalle, Postfach 12 40, D-93326 Abensberg |
37D |
||
SIEGELBEZIRK HOHENWART: |
|
||
Hopfenpräparieranstalt, Pfaffenhofener Straße 3, D-86558 Hohenwart |
38D |
||
SIEGELBEZIRK LANGQUAID: |
|
||
Marktgemeinde, Marktplatz 24, D-84085 Langquaid |
39D |
||
SIEGELBEZIRK NANDLSTADT: |
|
||
Gemeindl. Hopfenhalle, Bahnhofstraße 6, D-85405 Nandlstadt |
40D |
||
SIEGELBEZIRK NEUSTADT/DONAU: |
|
||
Siegelanstalt, Tannenweg 28, D-93333 Neustadt/D. |
41D |
||
SIEGELBEZIRK PFAFFENHOFEN/ILM: |
|
||
Städtische Hopfensiegelhalle, Türltorstraße 50, D-85276 Pfaffenhofen (Ilm) |
42D |
||
SIEGELBEZIRK PFEFFENHAUSEN: |
|
||
Gemeindl. Hopfenhalle, Bahnhofstraße 55, D-84076 Pfeffenhausen |
43D |
||
SIEGELBEZIRK ROTTENBURG/LAABER: |
|
||
Gemeindl. Siegelstelle, Pattendorf, Hauptstraße 15, D-84056 Rottenburg/L. |
44D |
||
SIEGELBEZIRK ALTMANNSTEIN: |
|
||
Markt Altmannstein, Hopfenhalle, Bahnhofstraße 33, D-93336 Altmannstein |
46D |
||
SIEGELBEZIRK HERSBRUCK: |
|
||
|
52D |
||
SPALT (S) |
|
||
SIEGELBEZIRK KINDING: |
|
||
Hopfenhalle, Industriestraße 11, D-85125 Kinding |
47D |
||
SIEGELBEZIRK SPALT-STADT: |
|
||
|
48D |
||
|
50D |
||
TETTNANG (T) |
|
||
|
62D |
||
|
63D |
||
|
65D |
||
|
67D |
||
|
68D |
||
ROTTENBURG — HERRENBERG — WEIL DER STADT (RHW) |
|
||
Gemeindliche Siegelstelle Nagold-Hochdorf (Siegelstelle Kronenbrauerei), Pforzheimer Strasse 16-18, 72202 Nagold-Hochdorf (Außenstelle der WLZ-Baywa AG, Postfach 1544, D-88064 Tettnang) |
RHW 65 D |
||
RHEINPFALZ (R) |
|
||
Siegelhalle, Bahnhofstraße 7, D-76889 Kapellen |
70D |
||
BITBURG (BIT) |
|
||
Siegelhalle, Auf der Hütte 2, D-54668 Holsthum |
71D |
||
ELBE-SAALE |
|
||
|
82D |
||
|
83D |
||
|
84D |
||
|
85D |
||
|
86D |
||
|
87D |
||
|
88D |
||
|
89D |
||
|
91D |
||
|
92D |
||
|
93D |
||
ESPAÑA |
|||
CASTILLA Y LEÓN |
|
||
|
1ES |
||
|
2ES |
||
FRANCIA |
|||
ALSACE |
|
||
Cophoudal, magasin de Brumath, 22, rue des Roses, F-67110 Brumath |
1.2F |
||
NORD |
|
||
Coophounord, 505, route de Poperinghe, F-59299 Boeschepe |
2.1F |
||
HUNGRÍA |
|||
Zöldség-Gyümölcs Minőségellenőrzési Koordinációs Központ Lehel u.43-47, H-1135 Budapest |
01HU |
||
AUSTRIA |
|||
|
01OE |
||
|
02OE |
||
|
03OE |
||
POLONIA |
|||
|
1PL |
||
|
2PL |
||
|
3PL |
||
|
4PL |
||
|
5PL |
||
|
6PL |
||
PORTUGAL |
|||
Direcção Geral de Fiscalização e Controlo de Qualidade Alimentar, Avenida Conde de Valbom, 98, P-1050-070 Lisboa |
1P |
||
ESLOVENIA |
|||
|
01SI |
||
|
02SI |
||
|
03SI |
||
|
04SI |
||
|
05SI |
||
ESLOVAQUIA |
|||
Slovchmel cooperative, SK-916 24 Horna Streda |
01SK |
||
REINO UNIDO |
|||
|
01UK |
||
|
09UK |
||
|
10UK |
||
|
12UK |
||
|
20UK |
||
|
21UK |
||
|
22UK |
||
|
24UK |
||
|
25UK |
||
|
26UK |
18.5.2005 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 116/10 |
Notificación previa de una operación de concentración
(Caso no COMP/M.3781 — Crédit Agricole/Caisses d'Epargne/JV)
(2005/C 116/07)
(Texto pertinente a los fines del EEE)
1. |
Con fecha 4 de mayo de 2005 y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 y siguiendo un proceso de reenvío conforme al artículo 4(5) del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1) la Comisión recibió notificación de un proyecto de concentración por el que las empresas Groupe Crédit Agricole SA («Crédit Agricole», Francia) y Groupe Caisses d'Epargne («Caisses d'Epargne», Francia) adquieren el control conjunto, a efectos de lo dispuesto en la letra b) del apartado 1 del artículo 3 del citado Reglamento, de una empresa común de nueva creación («la empresa en común», Francia) a través de adquisición de acciones. |
2. |
Ámbito de actividad de las empresas afectadas:
|
3. |
Tras haber realizado un examen preliminar, la Comisión considera que la transacción notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento (CE) no 139/2004. No obstante, se reserva la posibilidad de tomar una decisión definitiva sobre este punto. |
4. |
La Comisión insta a terceros interesados a que le presenten sus observaciones eventuales con respecto a la propuesta de concentración. Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días naturales a contar desde el día siguiente a la fecha de esta publicación. Las observaciones pueden ser enviadas a la Comisión por fax [(32-2) 296 43 01 o 296 72 44] o por correo, referencia no COMP/M.3781 — Crédit Agricole/Caisses d'Epargne/JV, a la siguiente dirección:
|
(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.
Banco Central Europeo
18.5.2005 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 116/11 |
DICTAMEN DEL BANCO CENTRAL EUROPEO
de 4 de mayo de 2005
solicitado por el Consejo de la Unión Europea acerca de una propuesta de reglamento del Consejo por el que se modifica el Reglamento (CE) no 3605/93 en lo tocante a la calidad de los datos estadísticos en el contexto del procedimiento aplicable en caso de déficit excesivo (COM(2005) 71 final)
(CON/2005/11)
(2005/C 116/08)
1. |
El 15 de abril de 2005 el Banco Central Europeo (BCE) recibió del Consejo de la Unión Europea una solicitud de dictamen acerca de una propuesta de reglamento del Consejo por el que se modifica el Reglamento (CE) no 3605/93 en lo tocante a la calidad de los datos estadísticos en el contexto del procedimiento aplicable en caso de déficit excesivo (en adelante, el «reglamento propuesto»). |
2. |
La competencia consultiva del BCE se basa en el primer guión del apartado 4 del artículo 105 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea. De acuerdo con la primera frase del artículo 17.5 del Reglamento interno del Banco Central Europeo, el presente dictamen ha sido adoptado por el Consejo de Gobierno. |
3. |
El reglamento propuesto modifica el Reglamento (CE) no 3605/93 del Consejo, de 22 de noviembre de 1993, relativo a la aplicación del Protocolo sobre el procedimiento aplicable en caso de déficit excesivo, anejo al Tratado constitutivo de la Comunidad Europea (1). El objetivo del reglamento propuesto es mejorar la calidad de las cuentas públicas utilizadas para aplicar el Protocolo sobre el procedimiento aplicable en caso de déficit excesivo, en particular los datos de déficit público y deuda pública (en adelante, los «datos utilizados en relación con el procedimiento aplicable en caso de déficit excesivo»). El reglamento propuesto dispone que los Estados miembros faciliten inventarios detallados de los métodos, procedimientos y fuentes utilizados para elaborar sus cuentas públicas; informen a la Comisión (Eurostat) de cualquier revisión significativa de las cifras reales o previsiones de déficit público y deuda pública que ya hayan comunicado, y documenten cualquier revisión significativa de las cifras reales de déficit y deuda ya comunicadas. El reglamento propuesto dispone además que la evaluación de la calidad de los datos utilizados en relación con el procedimiento aplicable en caso de déficit excesivo, incluidas las cuentas públicas en las que se basen, compete a la Comisión (Eurostat), que efectúa visitas de control a fondo en los Estados miembros, además de visitas de diálogo, a fin de controlar los procesos y cuentas públicas justificativos de los datos notificados. El reglamento propuesto dispone que los Estados miembros cooperen con los funcionarios que efectúen las visitas; publiquen las cuentas públicas notificadas en años anteriores; certifiquen que dichas cuentas se ajustan a los principios establecidos en el artículo 10 del Reglamento (CE) no 322/97 del Consejo, de 17 de febrero de 1997, sobre la estadística comunitaria (2), y pidan aclaraciones a la Comisión (Eurostat) sobre el tratamiento contable correcto de las transacciones en el sector de las administraciones públicas en caso de duda. Además, el reglamento propuesto reconoce el derecho de la Comisión (Eurostat) a manifestar reservas en cuanto a la calidad de las cuentas públicas notificadas y a modificar los datos correspondientes. |
A. Consideraciones generales
4. |
El BCE celebra el objetivo principal del reglamento propuesto, que es reforzar el marco jurídico de la elaboración de las cuentas públicas en las que se basa el procedimiento aplicable en caso de déficit excesivo y proporcionar base jurídica al Código de buenas prácticas para la elaboración y notificación de datos en el contexto del procedimiento aplicable en caso de déficit excesivo, adoptado por el Consejo de Ministros de Asuntos Económicos y Financieros (ECOFIN) el 18 de febrero de 2003. |
B. Consideraciones especiales
5. |
El BCE observa que las modificaciones propuestas no alteran los plazos vigentes de notificación de las cuentas públicas antes de la primavera y del otoño. El BCE es partidario de que los plazos de notificación se prorroguen un mes, al 31 de marzo y al 30 de septiembre respectivamente, pues ello puede favorecer la calidad de las cuentas públicas en general y de los datos sobre el déficit público en particular. La prórroga aumentaría la disponibilidad de los datos sobre las fuentes en primavera, y ajustaría los datos utilizados en relación con el procedimiento aplicable en caso de déficit excesivo al conjunto completo de cuentas públicas del Sistema Europeo de Cuentas 1995 (SEC 95) (3), lo que permitiría a la Comisión (Eurostat) hacer revisiones de calidad detalladas. La prórroga permitiría además que las autoridades estadísticas cumplieran sus obligaciones de elaborar los datos presupuestarios, al darles más tiempo para terminar la transición, de las cuentas públicas facilitadas por diversos organismos públicos, a los datos del SEC 95 que se precisan a efectos del procedimiento aplicable en caso de déficit excesivo. |
6. |
El BCE es partidario además de que se establezca en un reglamento pertinente, por referencia al SEC 95, un conjunto completo de cuentas públicas reales que los Estados miembros deban facilitar a la Comisión (Eurostat), incluidos desgloses suficientes. También sería útil exigir a los Estados miembros que proporcionaran la conciliación que fuera necesaria entre los datos utilizados en relación con el procedimiento aplicable en caso de déficit excesivo y los datos del SEC 95. |
7. |
Por último, el BCE es partidario de que la Comisión (Eurostat) publique los conjuntos completos de cuentas públicas por Estado miembro y los correspondientes informes de calidad obligatorios. |
Hecho en Fráncfort del Meno, el 4 de mayo de 2005.
El presidente del BCE
Jean-Claude TRICHET
(1) DO L 332 de 31.12.1993, p. 7. Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 351/2002 de la Comisión (DO L 55 de 26.2.2002, p. 23).
(2) DO L 52 de 22.2.1997, p. 1.
(3) El SEC 95 figura en el anexo A del Reglamento (CE) no 2223/96 del Consejo, de 25 de junio de 1996, relativo al sistema europeo de cuentas nacionales y regionales de la Comunidad, DO L 310 de 30.11.1996, p. 1. Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 1267/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 180 de 18.7.2003, p. 1).
III Informaciones
Comisión
18.5.2005 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 116/13 |
Resultados de las ventas de alcohol de origen vínico en poder de los organismos públicos
(2005/C 116/09)
Decisión de la Comisión de 10 de abril de 2003
Atribución del lote no 20/2003 CE de las ventas públicas de alcohol para la utilización de bioetanol en la CE abiertas por el Reglamento (CE) no 597/2003
Utilización: sector de los carburantes
Empresa autorizada |
Cantidad de alcohol a 100 % vol. (hl) |
Precio (euros/hl) de alcohol a 100 % vol. |
SEKAB (Svensk Etanolkemi Ab) Hörneborgsvägen 11 S-89126 Örnsköldsvik |
100 000 |
19,00 |
Decisión de la Comisión de 7 de mayo de 2003
Atribución del lote no 18/2003 CE de las ventas públicas de alcohol para la utilización de bioetanol en la CE abiertas por el Reglamento (CE) no 597/2003
Utilización: sector de los carburantes
Empresa autorizada |
Cantidad de alcohol a 100 % vol. (hl) |
Precio (euros/hl) de alcohol a 100 % vol. |
ECOCARBURANTES ESPAÑOLES SA Crtr N-343, Km 7,5 Valle de Escombreras E-30350 Cartagena |
50 000 |
19,00 |
Decisión de la Comisión de 8 de mayo de 2003
Atribución del lote no 19/2003 CE de las ventas públicas de alcohol para la utilización de bioetanol en la CE abiertas por el Reglamento (CE) no 597/2003
Utilización: sector de los carburantes
Empresa autorizada |
Cantidad de alcohol a 100 % vol. (hl) |
Precio (euros/hl) de alcohol a 100 % vol. |
BIOETANOL GALICIA Polígono Industrial Teixeiro Ctra. Nacional, Km 664,3 E-15310 Teixeiro-Curtis |
90 000 |
19,00 |
Decisión de la Comisión de 16 de julio de 2003
Licitación no 45/2003 CE para nuevos usos industriales abierta por el Reglamento (CE) no 988/2003
Utilización: fabricación de levadura de panadería
Adjudicatario |
Cantidad de alcohol a 100 % vol. (hl) |
Precio (euros/hl) de alcohol a 100 % vol. |
S.I. LESAFFRE B.P. 3029 137, rue Gabriel Péri Cédex-FRANCE |
85 340 alcohol bruto |
7,17 |
FOULD-SPRINGER 103, rue Jean Jaurès B.P. 17 F-94701 Maisons-Alfort Cedex |
25 835 alcohol bruto |
7,17 |
S.I.L. FALA 8, rue de Saint-Nazaire B.P. 17 F-67100 Strasbourg |
17 725 alcohol bruto |
7,17 |
Decisión de la Comisión de 16 de julio de 2003
Licitación no 45/2003 CE para nuevos usos industriales abierta por el Reglamento (CE) no 988/2003
Utilización: lucha contra incendios, investigación y formación del personal
GESIP 22, rue du Pont-Neuf B.P. 2722 F-75027 Paris |
1 100 alcohol bruto |
7,60 |
Decisión de la Comisión de 5 de septiembre de 2003
Atribución del lote no 22/2003 CE de las ventas públicas de alcohol para la utilización de bioetanol en la CE abiertas por el Reglamento (CE) no 1306/2003
Utilización: sector de los carburantes
Empresa autorizada |
Cantidad de alcohol a 100 % vol. (hl) |
Precio (euros/hl) de alcohol a 100 % vol. |
ECOCARBURANTES ESPAÑOLES SA Crtr N-343, Km 7,5 Valle de Escombreras E-30350 Cartagena |
260 000 |
19,00 |
Decisión de la Comisión de 5 de septiembre de 2003
Atribución del lote no 23/2003 CE de las ventas públicas de alcohol para la utilización de bioetanol en la CE abiertas por el Reglamento (CE) no 1306/2003
Utilización: sector de los carburantes
Empresa autorizada |
Cantidad de alcohol a 100 % vol. (hl) |
Precio (euros/hl) de alcohol a 100 % vol. |
BIOETANOL GALICIA Polígono Industrial Teixeiro Ctra. Nacional, Km 664,3 E-15310 Teixeiro-Curtis |
350 000 |
19,00 |
Decisión de la Comisión de 5 de septiembre de 2003
Atribución del lote no 25/2003 CE de las ventas públicas de alcohol para la utilización de bioetanol en la CE abiertas por el Reglamento (CE) no 1306/2003
Utilización: sector de los carburantes
Empresa autorizada |
Cantidad de alcohol a 100 % vol. (hl) |
Precio (euros/hl) de alcohol a 100 % vol. |
ALTIA CORPORATION Salmisaarenranta 7 FIN-00180 Helsinki |
29 000 |
19,00 |
Decisión de la Comisión de 17 de septiembre de 2003
Licitaciones para terceros países nos: 333/2003 CE, 334/2003 CE, 335/2003 CE, 336/2003 CE, 337/2003 CE, 338/2003 CE, 339/2003 CE y 340/2003 CE abiertas por el Reglamento (CE) no 1440/2003 de la Comisión
Utilización: sector de los carburantes
Adjudicatario |
Cantidad de alcohol a 100 % vol. (hl) |
Precio (euros/hl) de alcohol a 100 % vol. |
ED & F Man Alcohol Limited Cottons Centre Hay's Lane London SE1 2QE United Kingdom |
50 000 Jamaica |
10,03 |
ED & F Man Alcohol Limited Cottons Centre Hay's Lane London SE1 2QE United Kingdom |
50 000 El Salvador |
10,03 |
ED & F Man Alcohol Limited Cottons Centre Hay's Lane London SE1 2QE United Kingdom |
50 000 Jamaica |
10,03 |
ED & F Man Alcohol Limited Cottons Centre Hay's Lane London SE1 2QE United Kingdom |
50 000 Jamaica |
10,03 |
ED & F Man Alcohol Limited Cottons Centre Hay's Lane London SE1 2QE United Kingdom |
50 000 Jamaica |
10,03 |
ED & F Man Alcohol Limited Cottons Centre Hay's Lane London SE1 2QE United Kingdom |
50 000 Jamaica |
10,03 |
ED & F Man Alcohol Limited Cottons Centre Hay's Lane London SE1 2QE United Kingdom |
50 000 Jamaica |
9,85 |
ED & F Man Alcohol Limited Cottons Centre Hay's Lane London SE1 2QE United Kingdom |
80 000 Jamaica |
9,53 |
Decisión de la Comisión de 20 de enero de 2004
Licitación no 47/2003 CE para nuevos usos industriales abierta por el Reglamento (CE) no 2136/2004
Utilización: fabricación de levadura de panadería
Adjudicatario |
Cantidad de alcohol a 100 % vol. (hl) |
Precio (euros/hl) de alcohol a 100 % vol. |
S.I. LESAFFRE B.P. 3029 137, rue Gabriel Péri Cédex-FRANCE |
104 000 alcohol bruto |
6,60 |
FOULD-SPRINGER 103, rue Jean Jaurès B.P. 17 F-94701 Maisons-Alfort Cedex |
8 000 alcohol bruto |
6,60 |
S.I.L. FALA 8, rue de Saint-Nazaire F-67100 Strasbourg |
18 000 alcohol bruto |
6,60 |
Decisión de la Comisión de 10 de febrero de 2004
Atribución del lote no 28/2003 CE de las ventas públicas de alcohol para la utilización de bioetanol en la CE abiertas por el Reglamento (CE) no 81/2004
Utilización: sector de los carburantes
Empresa autorizada |
Cantidad de alcohol a 100 % vol. (hl) |
Precio (euros/hl) de alcohol a 100 % vol. |
SEKAB (Svensk Etanolkemi Ab) Hörneborgsvägen 11 S-89126 Örnsköldsvik |
30 000 |
19,00 |
Decisión de la Comisión de 2 de abril de 2004
Atribución del lote no 26/2004 CE de las ventas públicas de alcohol para la utilización de bioetanol en la CE abiertas por el Reglamento (CE) no 81/2004
Utilización: sector de los carburantes
Empresa autorizada |
Cantidad de alcohol a 100 % vol. (hl) |
Precio (euros/hl) de alcohol a 100 % vol. |
Bioetanol Galicia SA Polígno Industrial Teixeiro Ctra. Nacional, Km 664,3 E-15310 Teixeiro-Curtis A Coruña |
50 000 |
19,00 |
Decisión de la Comisión de 2 de abril de 2004
Atribución del lote no 27/2004 CE de las ventas públicas de alcohol para la utilización de bioetanol en la CE abiertas por el Reglamento (CE) no 81/2004
Utilización: sector de los carburantes
Empresa autorizada |
Cantidad de alcohol a 100 % vol. (hl) |
Precio (euros/hl) de alcohol a 100 % vol. |
Ecocarburantes Españoles SA Ctra. N-343 Km 7,5 Valle de Escombreras E-30350 Cartagena |
100 000 |
19,00 |
Decisión de la Comisión de 2 de junio de 2004
Atribución del lote no 33/2004 CE de las ventas públicas de alcohol para la utilización de bioetanol en la CE abiertas por el Reglamento (CE) no 819/2004
Utilización: sector de los carburantes
Empresa autorizada |
Cantidad de alcohol a 100 % vol. (hl) |
Precio (euros/hl) de alcohol a 100 % vol. |
SEKAB (Svensk Etanolkemi Ab) Hörneborgsvägen 11 S-89126 Örnsköldsvik |
30 000 |
19,00 |
Decisión de la Comisión de 14 de junio de 2004
Atribución del lote no 30/2004 CE de las ventas públicas de alcohol para la utilización de bioetanol en la CE abiertas por el Reglamento (CE) no 819/2004
Utilización: sector de los carburantes
Empresa autorizada |
Cantidad de alcohol a 100 % vol. (hl) |
Precio (euros/hl) de alcohol a 100 % vol. |
Bioetanol Galicia SA Polígno Industrial Teixeiro Ctra. Nacional, Km 664,3 E-15310 Teixeiro-Curtis A Coruña |
220 000 |
19,00 |
Decisión de la Comisión de 14 de junio de 2004
Atribución del lote no 31/2004 CE de las ventas públicas de alcohol para la utilización de bioetanol en la CE abiertas por el Reglamento (CE) no 819/2004
Utilización: sector de los carburantes
Empresa autorizada |
Cantidad de alcohol a 100 % vol. (hl) |
Precio (euros/hl) de alcohol a 100 % vol. |
Ecocarburantes Españoles SA Ctra. N-343 Km 7,5 Valle de Escombreras E-30350 Cartagena |
80 000 |
19,00 |
Decisión de la Comisión de 14 de junio de 2004
Atribución del lote no 32/2004 CE de las ventas públicas de alcohol para la utilización de bioetanol en la CE abiertas por el Reglamento (CE) no 819/2004
Utilización: sector de los carburantes
Empresa autorizada |
Cantidad de alcohol a 100 % vol. (hl) |
Precio (euros/hl) de alcohol a 100 % vol. |
Ecocarburantes Españoles SA Ctra. N-343 Km 7,5 Valle de Escombreras E-30350 Cartagena |
100 000 |
19,00 |
Decisión de la Comisión de 6 de julio de 2004
Licitación no 48/2004 CE para nuevos usos industriales abierta por el Reglamento (CE) no 837/2004
Utilización: desnitrificación en las estaciones de depuración
Adjudicatario |
Cantidad de alcohol a 100 % vol. (hl) |
Precio (euros/hl) de alcohol a 100 % vol. |
Brüggemann Alcohol GmbH und Co, KG Salzstraße 123 D-74076 Heilbronn |
8 136,286 alcohol bruto |
9,00 |
Decisión de la Comisión de 6 de julio de 2004
Licitación no 49/2004 CE para nuevos usos industriales abierta por el Reglamento (CE) no 837/2004
Rechazo de ofertas
Decisión de la Comisión de 28 de julio de 2004
Licitación no 50/2004 CE para nuevos usos industriales abierta por el Reglamento (CE) no 837/2004
Utilización: desnitrificación en las estaciones de depuración
Adjudicatario |
Cantidad de alcohol a 100 % vol. (hl) |
Precio (euros/hl) de alcohol a 100 % vol. |
Bundesmonopolverwaltung für Branntwein Friedrichsring 35 D-63069 Offenbach |
3 617,118 alcohol bruto |
6,00 |
Decisión de la Comisión de 1 de octubre de 2004
Licitación no 52/2004 CE para nuevos usos industriales abierta por el Reglamento (CE) no 1200/2004
Utilización: fabricación de levadura de panadería
Adjudicatario |
Cantidad de alcohol a 100 % vol. (hl) |
Precio (euros/hl) de alcohol a 100 % vol. |
S.I.L. FALA 8, rue de Saint-Nazaire F-67100 Strasbourg |
17 570 alcohol bruto |
8,60 |
Decisión de la Comisión de 1 de octubre de 2004
Licitación no 52/2004 CE para nuevos usos industriales abierta por el Reglamento (CE) no 1200/2004
Utilización: fabricación de levadura de panadería
Adjudicatario |
Cantidad de alcohol a 100 % vol. (hl) |
Precio (euros/hl) de alcohol a 100 % vol. |
S.I. LESAFFRE B.P. 3029 137, rue Gabriel Péri F-59703 Marcq-en-Baroeul |
60 000 alcohol bruto |
8,60 |
Decisión de la Comisión de 1 de octubre de 2004
Licitación no 52/2004 CE para nuevos usos industriales abierta por el Reglamento (CE) no 1200/2004
Utilización: fabricación de levadura de panadería
Adjudicatario |
Cantidad de alcohol a 100 % vol. (hl) |
Precio (euros/hl) de alcohol a 100 % vol. |
BIO SPRINGER 103, rue Jean Jaurès B.P. Maisons-Alfort Cédex France |
22 410 alcohol bruto |
8,60 |
Decisión de la Comisión de 25 de noviembre de 2004
Atribución del lote no 35/2004 CE de las ventas públicas de alcohol para la utilización de bioetanol en la CE abiertas por el Reglamento (CE) no 1895/2004
Utilización: sector de los carburantes
Empresa autorizada |
Cantidad de alcohol a 100 % vol. (hl) |
Precio (euros/hl) de alcohol a 100 % vol. |
Ecocarburantes Españoles SA Ctra. N-343 Km 7,5 Valle de Escombreras E-30350 Cartagena |
100 000 |
22,00 |
Decisión de la Comisión de 25 de noviembre de 2004
Atribución del lote no 36/2004 CE de las ventas públicas de alcohol para la utilización de bioetanol en la CE abiertas por el Reglamento (CE) no 1895/2004
Utilización: sector de los carburantes
Empresa autorizada |
Cantidad de alcohol a 100 % vol. (hl) |
Precio (euros/hl) de alcohol a 100 % vol. |
Bioetanol Galicia SA Polígno Industrial Teixeiro Ctra. Nacional, Km 664,3 E-15310 Teixeiro-Curtis A Coruña |
50 000 |
22,00 |
Decisión de la Comisión de 25 de noviembre de 2004
Atribución del lote no 37/2004 CE de las ventas públicas de alcohol para la utilización de bioetanol en la CE abiertas por el Reglamento (CE) no 1895/2004
Utilización: sector de los carburantes
Empresa autorizada |
Cantidad de alcohol a 100 % vol. (hl) |
Precio (euros/hl) de alcohol a 100 % vol. |
Ecocarburantes Españoles SA Ctra. N-343 Km 7,5 Valle de Escombreras E-30350 Cartagena |
50 000 |
22,00 |
Decisión de la Comisión de 25 de noviembre de 2004
Atribución del lote no 38/2004 CE de las ventas públicas de alcohol para la utilización de bioetanol en la CE abiertas por el Reglamento (CE) no 1895/2004
Utilización: sector de los carburantes
Empresa autorizada |
Cantidad de alcohol a 100 % vol. (hl) |
Precio (euros/hl) de alcohol a 100 % vol. |
Bioetanol Galicia SA Polígno Industrial Teixeiro Ctra. Nacional, Km 664,3 E-15310 Teixeiro-Curtis A Coruña |
100 000 |
22,00 |
Decisión de la Comisión de 25 de noviembre de 2004
Atribución del lote no 39/2004 CE de las ventas públicas de alcohol para la utilización de bioetanol en la CE abiertas por el Reglamento (CE) no 1895/2004
Utilización: sector de los carburantes
Empresa autorizada |
Cantidad de alcohol a 100 % vol. (hl) |
Precio (euros/hl) de alcohol a 100 % vol. |
SEKAB (Svensk Etanolkemi Ab) Hörneborgsvägen 11 S-89126 Örnsköldsvik |
100 000 |
22,00 |
Decisión de la Comisión de 25 de noviembre de 2004
Atribución del lote no 40/2004 CE de las ventas públicas de alcohol para la utilización de bioetanol en la CE abiertas por el Reglamento (CE) no 1895/2004
Utilización: sector de los carburantes
Empresa autorizada |
Cantidad de alcohol a 100 % vol. (hl) |
Precio (euros/hl) de alcohol a 100 % vol. |
SEKAB (Svensk Etanolkemi Ab) Hörneborgsvägen 11 S-89126 Örnsköldsvik |
50 000 |
22,00 |
Decisión de la Comisión de 16 de diciembre de 2004
Atribución del lote no 41/2004 CE de las ventas públicas de alcohol para la utilización de bioetanol en la CE abiertas por el Reglamento (CE) no 1895/2004
Utilización: sector de los carburantes
Empresa autorizada |
Cantidad de alcohol a 100 % vol. (hl) |
Precio (euros/hl) de alcohol a 100 % vol. |
ALTIA CORPORATION Salmisaarenranta 7 FIN-00180 Helsinki |
30 000 |
22,00 |
Decisión de la Comisión de 1 de febrero de 2005
Licitación no 53/2004 CE para nuevos usos industriales abierta por el Reglamento (CE) no 2119/2004
Utilización: fabricación de levadura de panadería
Adjudicatario |
Cantidad de alcohol a 100 % vol. (hl) |
Precio (euros/hl) de alcohol a 100 % vol. |
S.I. LESAFFRE B.P. 3029 137, rue Gabriel Péri Cédex-FRANCE |
77 380 alcohol bruto |
8,89 |
S.I.L. FALA 8, rue de Saint-Nazaire F-67100 STRASBOURG |
20 000 alcohol bruto |
8,89 |
BIO SPRINGER 103, rue Jean Jaurès B.P. 17 F-94701 Maisons-Alfort |
22 620 alcohol bruto |
8,89 |
18.5.2005 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 116/22 |
Convocatorias de propuestas de acciones indirectas de IDT dentro del programa específico de investigación, desarrollo tecnológico y demostración «Integración y fortalecimiento del Espacio Europeo de la Investigación».
Prioridad temática/Ámbito: Tecnologías de la Sociedad de la Información (TSI).
Referencia de la convocatoria: FP6-2005-IST-5
(2005/C 116/10)
1. |
Con arreglo a la Decisión no 1513/2002/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio de 2002, relativa al sexto programa marco de la Comunidad Europea para acciones de investigación, desarrollo tecnológico y demostración, destinado a contribuir a la creación del Espacio Europeo de la Investigación y a la innovación (2002-2006) (1), el Consejo aprobó el 30 de septiembre de 2002 el programa específico de investigación, desarrollo tecnológico y demostración «Integración y fortalecimiento del Espacio Europeo de la Investigación» (2002-2006) (2) (en lo sucesivo denominado «programa específico»). Con arreglo al apartado 1 del artículo 5 del programa específico, la Comisión de las Comunidades Europeas (en lo sucesivo denominada «la Comisión») aprobó el 9 de diciembre de 2002 un programa de trabajo (3) (en lo sucesivo denominado «el programa de trabajo») en el que se presentaban de manera detallada los objetivos y las prioridades científicas y tecnológicas de dicho programa específico, así como su calendario de ejecución. De conformidad con el apartado 1 del artículo 9 del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2002, relativo a las normas de participación de empresas, centros de investigación y universidades, y a las normas de difusión de los resultados de la investigación para la ejecución del Sexto Programa Marco de la Comunidad Europea (2002-2006) (4) (en lo sucesivo denominadas «normas de participación»), las propuestas de acción indirecta de IDT se presentarán en el marco de convocatorias de propuestas. |
2. |
Las presentes convocatorias de propuestas de acción indirecta de IDT (en lo sucesivo denominadas «las convocatorias») constan de la presente parte general y de las condiciones particulares descritas en los anexos. En estos se indica, en particular, las fechas de cierre del plazo de presentación de propuestas de acciones indirectas de IDT, una fecha indicativa para la terminación de las evaluaciones, el presupuesto indicativo, los instrumentos y los campos afectados, los criterios de evaluación de las propuestas de acciones indirectas de IDT, el número mínimo de participantes y las posibles restricciones. |
3. |
Se invita a las personas físicas o jurídicas a las que no sean aplicables los criterios de exclusión previstos, por una parte, en dichas normas de participación y, por otra, en el apartado 2 del artículo 114 del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (5) (en lo sucesivo denominadas «los proponentes»), a que presenten a la Comisión sus propuestas de acción indirecta de IDT, con supeditación a las condiciones que se establecen en las normas de participación y en la convocatoria correspondiente. Las condiciones de participación aplicables a los proponentes se comprobarán durante la negociación de la propuesta de acción indirecta de IDT. Previamente, los proponentes deberán haber firmado una declaración según la cual no se encuentran incursos en ninguno de los supuestos indicados en el apartado 1 del artículo 93 del Reglamento financiero. Asimismo, deberán haber remitido a la Comisión la información indicada en el apartado 2 del artículo 173 del Reglamento (CE, Euratom) no 2342/2002 de la Comisión, de 23 de diciembre de 2002, sobre normas de desarrollo del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (6) . La Comisión ha adoptado una política de igualdad de oportunidades en virtud de la cual se alienta especialmente a las mujeres a presentar propuestas de acción indirecta de IDT o bien a participar en la presentación de estas propuestas. |
4. |
La Comisión facilita unas guías del proponente acerca de las convocatorias, en las que se da información sobre la preparación y presentación de propuestas de acción indirecta de IDT. También facilita unas «Directrices sobre los procedimientos de evaluación y selección de propuestas» (7). Estas guías y directrices, así como el programa de trabajo y demás información acerca de las convocatorias, pueden obtenerse en la siguiente dirección de la Comisión:
|
5. |
Las propuestas de acción indirecta de IDT sólo pueden presentarse como propuestas electrónicas a través del sistema electrónico de presentación de propuestas (EPSS (8)) en la red. Sin embargo, en casos excepcionales, los coordinadores pueden solicitar a la Comisión que les permita presentar sus propuestas en papel antes del cierre de la convocatoria. Para ello, deberán dirigirse por escrito a una de las siguientes direcciones:
La solicitud habrá de ir acompañada de una explicación que justifique debidamente esta excepción. Los proponentes que deseen presentar sus propuestas en papel serán responsables de que sus solicitudes de exención y los procedimientos consiguientes no impidan el respeto de los plazos establecidos. Toda propuesta de acción indirecta de IDT debe constar de dos partes: los formularios (parte A) y el contenido (parte B). Las propuestas de acción indirecta de IDT pueden prepararse en línea o fuera de línea y presentarse en línea. La parte B de las propuestas de acción indirecta de IDT solo puede presentarse en formato PDF («portable document format», compatible con Adobe Versión 3 o superior con fuentes incrustadas). Se excluirán los archivos comprimidos («zipped»). La herramienta de software del EPSS (para uso en línea o fuera de línea) está disponible en el sitio web de Cordis www.cordis.lu. Las propuestas de acción indirecta de IDT que se presenten en línea y que sean incompletas, ilegibles o contengan virus quedarán excluidas. Se excluirán las versiones de propuestas de acción indirecta de IDT que se presenten en un soporte electrónico extraíble (por ejemplo, CD-ROM, disquete), por correo electrónico o por fax. También quedará excluida cualquier propuesta de acción indirecta de IDT con autorización a ser presentada en papel y que sea incompleta. En el anexo J de las «Directrices sobre los procedimientos de evaluación y selección de propuestas» se da más información sobre los diversos procedimientos de presentación de propuestas |
6. |
Las propuestas de acción indirecta de IDT deberán llegar a la Comisión dentro del plazo establecido en la convocatoria. Las que lleguen fuera de plazo quedarán excluidas. Asimismo, quedarán excluidas las propuestas que no reúnan las condiciones sobre el número mínimo de participantes indicado en la convocatoria. También se excluirán las que no cumplan cualquier otro criterio de admisión complementario mencionado en el programa de trabajo. |
7. |
Si se presentan sucesivas versiones de una propuesta, la Comisión sólo examinará la última versión recibida dentro del plazo establecido en la convocatoria en curso. |
8. |
En caso de que esté previsto en la convocatoria, las propuestas de acción indirecta de IDT podrían incluirse en el marco de una futura evaluación. |
9. |
Se ruega a los proponentes que citen la referencia de la convocatoria en toda la correspondencia relacionada con ésta (por ejemplo: solicitud de información o presentación de una propuesta de acción indirecta de IDT). |
(1) DO L 232 de 29.8.2002, p. 1.
(2) DO L 294 de 29.10.2002, p. 1.
(3) Decisión de la Comisión C(2002)4789, modificada por C(2003)577, C(2003)955, C(2003)1952, C(2003)3543, C(2003)3555, C(2003)4609, C(2003)5183, C(2004)433, y C(2004) 2002, ninguna de ellas publicada.
(4) DO L 355 de 30.12.2002, p. 23.
(5) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.
(6) DO L 357 de 31.12.2002, p. 1.
(7) C (2003)883 de 27.3.2003, cuya última modificación la constituye C(2004)1855 de 18.5.2004.
(8) El EPSS es una herramienta destinada a ayudar a preparar y presentar las propuestas por vía electrónica.
ANEXO
5a CONVOCATORIA TSI
1) Programa específico: «Integración y fortalecimiento del Espacio Europeo de la Investigación».
2) Prioridad temática/Ámbito: Tecnologías de la Sociedad de la Información (TSI).
3) Título de la convocatoria: 5a convocatoria TSI.
4) Referencia de la convocatoria: FP6-2005-IST-5.
5) Fecha de publicación: 18 de mayo de 2005.
6) Fecha de cierre: 21 de septiembre de 2005 a las 17.00 horas (hora local de Bruselas).
7) Presupuesto indicativo total: 638 millones de euros.
8) Campos objeto de la convocatoria e instrumentos: Se invita a presentar propuestas que aborden los objetivos siguientes:
9) Número mínimo de participantes (5):
Instrumento |
Número mínimo |
PI, RE, PEIF y AC |
3 entidades jurídicas independientes de 3 EM o EA diferentes, con al menos 2 EM o PAC |
Acciones de apoyo específicas |
1 entidad jurídica |
10) Restricciones a la participación: Ninguna.
11) Acuerdos de consorcio: Los participantes en acciones de IDT resultantes de esta convocatoria están obligados a celebrar un acuerdo de consorcio.
12) Procedimiento de evaluación: La evaluación seguirá un procedimiento de una sola etapa. Las propuestas no se evaluarán de manera anónima.
13) Criterios de evaluación: Véanse los criterios estándar que figuran en el anexo B y la parte referida a los criterios de evaluación de la sección 4 del programa de trabajo sobre TSI 2005-06 (6).
14) Calendario indicativo de la evaluación y la selección: Se prevé que los resultados de la evaluación estén disponibles en un plazo de dos meses a partir de la fecha de cierre.
(1) PI = Proyecto Integrado; RE = Red de Excelencia; PEIF= Proyecto Específico de Investigación Focalizado; AC = Acción de Coordinación; AAE = Acción de Apoyo Específica
(2) Nuevos instrumentos: PI y RE.
(3) Instrumentos tradicionales: PEIF, AAE y AC.
(4) La cantidad indicada representa el 90% del presupuesto preasignado a los objetivos estratégicos.
(5) EM = Estados miembros de la UE; EA (incluidos los PCA) = Estados asociados; PCA = países candidatos asociados. Toda entidad jurídica establecida en un Estado miembro o un Estado asociado y que cuente con el número de participantes exigido puede ser participante único en una acción indirecta.
(6) Véase IST en
http://www.cordis.lu/ist/workprogramme/fp6_workprogramme.htm.
18.5.2005 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 116/26 |
Convocatoria de propuestas SUB 01-2005
(2005/C 116/11)
La Comisión prevé conceder subvenciones por un importe global indicativo de 250 000 EUR para la realización de varias conferencias dirigidas a promover la política de energía y transportes y, en especial, las prioridades políticas fijadas en el programa de trabajo de 2005.
Los temas específicos del año 2005 son los siguientes:
— |
Derechos y protección de los pasajeros de los distintos medios de transporte y de los consumidores de energía. |
— |
Control de la demanda energética en los transportes y la energía y, en especial, eficacia energética. |
— |
Redes transeuropeas de transporte y tarificación de las infraestructuras. |
— |
Redes paneuropeas de transporte y energía entre la Unión Europea y sus nuevos vecinos. |
— |
Seguridad en la energía y los transportes. |
— |
Evolución de los mercados energéticos y de los transportes (tendencias, competencia, condicionamientos, aspectos económicos). |
— |
Fomento de las energías renovables. |
— |
Innovaciones tecnológicas en los transportes y la energía |
— |
Retos de la energía nuclear en los próximos años (seguridad operacional y seguridad física, gestión de residuos, desmantelamiento, investigación, etc.) |
Puede encontrarse información sobre la presente convocatoria de propuestas en la dirección siguiente del sitio de la DG TREN:
http://europa.eu.int/comm/dgs/energy_transport/home/calls/proposal_en.htm
18.5.2005 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 116/27 |
Convocatoria de propuestas SUB 02-2005
(2005/C 116/12)
La Comisión prevé conceder subvenciones por un importe global indicativo de 10 355 000 EUR para la promoción de los objetivos de la política de transportes. Las prioridades políticas fueron fijadas en el programa de trabajo de 2005 adoptado por la Comisión.
Los principales temas seleccionados se refieren a la seguridad vial, la seguridad aérea, los servicios prestados a los pasajeros del transporte público (aéreo, ferroviario y marítimo) así como los aspectos de la logística de los transportes y la optimización de la utilización de las infraestructuras al servicio de los operadores (aéreos, ferroviarios y marítimos).
Puede encontrarse información sobre la presente convocatoria de propuestas en la dirección siguiente del sitio de la DG TREN:
http://europa.eu.int/comm/dgs/energy_transport/home/calls/proposal_fr.htm
Corrección de errores
18.5.2005 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 116/28 |
Corrección de errores de las Convocatorias de propuestas de acciones indirectas de IDT dentro del programa específico de investigación, desarrollo tecnológico y demostración «Estructuración del Espacio Europeo de la Investigación»
( Diario Oficial de la Unión Europea C 309 de 15 de diciembre de 2004 )
(2005/C 116/13)
En la página 11, en el punto 7:
en lugar de:
«7)
1,25 millones de EUR.
Instrumento (1) |
EUR (millones) |
AAE |
1,25» |
léase:
«7)
1,425 millones de EUR.
Instrumento (1) |
EUR (millones) |
AAE |
1,425» |
En la página 11, en el punto 8, en la tercera columna del cuadro:
en lugar de:
«Presupuesto indicativo (millones de EUR) |
1,0 (cantidad mínima por premio: 200 000 EUR) |
0,25 (cantidad mínima por premio: 50 000 EUR)» |
léase:
«Presupuesto indicativo (millones de EUR) |
1,150 de este importe se destinarán 1 millón de EUR para el vencedor o vencedores (cantidad mínima por premio: 200 000 EUR) y 150 000 EUR para los finalistas (30 000 EUR por finalista) |
0,275 de este importe se destinarán 250 000 EUR para el vencedor o vencedores (cantidad mínima por premio: 50 000 EUR) y 25 000 EUR para los finalistas (5 000 EUR por finalista)» |