ISSN 1725-244X

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 286

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Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

47o año
23 de noviembre de 2004


Número de información

Sumario

Página

 

I   Comunicaciones

 

Tribunal de Cuentas

2004/C 286/1

Informe del revisor independiente sobre las cuentas del Tribunalde Cuentas relativas al ejercicio 2003

1

2004/C 286/2

Informe del Tribunal de Cuentas sobre el control de la eficacia operativa de la gestión del Banco Central Europeo en el ejercicio 2003, acompañado de las respuestas del Banco Central Europeo

13

ES

 


I Comunicaciones

Tribunal de Cuentas

23.11.2004   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 286/1


INFORME DEL REVISOR INDEPENDIENTE SOBRE LAS CUENTAS DEL TRIBUNAL DE CUENTAS RELATIVAS AL EJERCICIO 2003

(2004/C 286/01)

NOTA A LOS LECTORES

Sin perjuicio de las disposiciones del artículo 248 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea que confieren al Tribunal de Cuentas la responsabilidad del control de la totalidad de los ingresos y gastos de la Comunidad, así como de las disposiciones del artículo 276 de dicho Tratado relativas a la aprobación de la gestión, el Tribunal de Cuentas hace, desde el cierre del ejercicio 1987, verificar anualmente las cuentas de su gestión administrativa interna por un revisor independiente.

Los informes que el revisor independiente del Tribunal de Cuentas preparó sobre las cuentas de los ejercicios 1987 a 1991 del Tribunal sólo se enviaron al Presidente de la Comisión de Control Presupuestario del Parlamento Europeo.

De conformidad con la decisión tomada por el Pleno del Tribunal de Cuentas en su sesión de 8 de julio de 1993, los informes del revisor independiente se publican en el Diario Oficial de la Unión Europea, a partir del ejercicio 1992.

Por el Tribunal de Cuentas

Juan Manuel FABRA VALLÉS

Presidente


23.11.2004   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 286/13


Informe del Tribunal de Cuentas sobre el control de la eficacia operativa de la gestión del Banco Central Europeo en el ejercicio 2003, acompañado de las respuestas del Banco Central Europeo

(2004/C 286/02)

1.

La fiscalización del Tribunal se basó en el artículo 27.2 del Protocolo sobre los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo (BCE) que figura como anexo al Tratado constitutivo de la Comunidad Europea. En virtud de dicho artículo, el Tribunal tiene el mandato de examinar «la eficacia operativa de la gestión del BCE».

2.

Cada año el Tribunal selecciona, para su examen, distintos aspectos de la gestión.

3.

La fiscalización del ejercicio 2003 se centró en el proceso de aplicación de decisiones y la fiabilidad de los datos que son objeto de tratamiento por el sistema informático de la contabilidad general y de gestión.

4.

Los retrasos en la ejecución de proyectos siguen siendo significativos. El Tribunal exhorta al BCE a que centre su atención en las causas principales de dichos retrasos, en sus consecuencias y en las medidas necesarias para evitar que estos últimos se repitan en el futuro. Habría que conceder mayor atención a la planificación y al control adecuados de los recursos humanos en este ámbito. No obstante, el Tribunal hace constar que muchos de estos retrasos tuvieron lugar durante un período de rápido crecimiento del BCE.

5.

En lo que se refiere a los datos objeto de tratamiento por los sistemas informáticos de la contabilidad general y de gestión, el BCE debería seguir esforzándose por documentar los procedimientos de gestión de las modificaciones, lo cual aumentaría la integridad del sistema.

6.

En general, la fiscalización puso de manifiesto que los procedimientos establecidos funcionaban correctamente, aunque eran necesarias algunas mejoras. El BCE ha abordado ya algunos de los problemas y ha adoptado medidas para evitar que vuelvan a repetirse. Las mejoras que podrían todavía llevarse a cabo se han notificado en detalle a los responsables del BCE.

El presente Informe ha sido aprobado por el Tribunal de Cuentas en Luxemburgo, en su reunión del día 16 de septiembre de 2004.

Por el Tribunal de Cuentas

Juan Manuel FABRA VALLÉS

Presidente