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Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie L


2025/2016

9.10.2025

REGLAMENTO (UE) 2025/2016 DE LA COMISIÓN

de 8 de octubre de 2025

que corrige determinadas versiones lingüísticas del Reglamento (UE) n.o 142/2011, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n.o 1069/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales y los productos derivados no destinados al consumo humano, y la Directiva 97/78/CE del Consejo en cuanto a determinadas muestras y unidades exentas de los controles veterinarios en la frontera en virtud de la misma

(Texto pertinente a efectos del EEE)

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n.o 1069/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, por el que se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales y los productos derivados no destinados al consumo humano y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 1774/2002 (Reglamento sobre subproductos animales) (1), y en particular su artículo 15, apartado 1, párrafo primero, letra b), en relación con su artículo 15, apartado 1, párrafo segundo, y su artículo 31, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1)

Las versiones en lengua alemana, eslovena y neerlandesa del anexo X del Reglamento (UE) n.o 142/2011 de la Comisión (2) contienen errores en el capítulo II, sección 4, primera parte, letra B, punto 1.2, parte introductoria, y letra B, punto 1.4, parte introductoria, en lo que respecta a los tratamientos a los que debe someterse la leche. Los errores modifican el sentido de dichas disposiciones y afectan, por tanto, a su esencia.

(2)

Procede, por tanto, corregir las versiones alemana, eslovena y neerlandesa del Reglamento (UE) n.o 142/2011 en consecuencia. Esta corrección no afecta a las demás versiones lingüísticas.

(3)

Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité Permanente de la Cadena Alimentaria y de Sanidad Animal, emitido antes de la adopción del Reglamento (UE) n.o 142/2011.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

(no afecta a la versión española)

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 8 de octubre de 2025.

Por la Comisión

La Presidenta

Ursula VON DER LEYEN


(1)   DO L 300 de 14.11.2009, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2009/1069/oj.

(2)  Reglamento (UE) n.o 142/2011 de la Comisión, de 25 de febrero de 2011, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n.o 1069/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales y los productos derivados no destinados al consumo humano, y la Directiva 97/78/CE del Consejo en cuanto a determinadas muestras y unidades exentas de los controles veterinarios en la frontera en virtud de la misma (DO L 54 de 26.2.2011, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2011/142/oj).


ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2025/2016/oj

ISSN 1977-0685 (electronic edition)