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Diario Oficial |
ES Serie L |
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2025/1921 |
25.9.2025 |
DECISIÓN DE EJECUCIÓN (EU) 2025/1921 DE LA COMISIÓN
de 19 de septiembre de 2025
por la que se modifica la Decisión de Ejecución (UE) 2024/3238, relativa a determinadas medidas de emergencia en relación con la peste de los pequeños rumiantes en Bulgaria
[notified under document C(2025)6505]
(El texto en lengua búlgara es el único auténtico)
Texto pertinente a efectos del EEE
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2016, relativo a las enfermedades transmisibles de los animales y por el que se modifican o derogan algunos actos en materia de sanidad animal («Legislación sobre sanidad animal») (1), y en particular su artículo 259, apartado 1,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
La peste de los pequeños rumiantes es una enfermedad vírica infecciosa que afecta a los ovinos y caprinos y que puede tener graves repercusiones en la población animal afectada y en la rentabilidad de la ganadería, al perturbar los desplazamientos de las partidas de esos animales y sus productos dentro de la Unión, así como las exportaciones a terceros países. |
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(2) |
En caso de producirse un brote de peste de los pequeños rumiantes en caprinos u ovinos, existe un riesgo grave de propagación de esta enfermedad a otros establecimientos de caprinos u ovinos. |
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(3) |
El Reglamento Delegado (UE) 2020/687 de la Comisión (2) completa las normas para el control de las enfermedades de la lista a las que se hace referencia en el artículo 9, apartado 1, letras a), b) y c), del Reglamento (UE) 2016/429, y que están definidas como enfermedades de categoría A, B y C en el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1882 de la Comisión (3). En particular, los artículos 21 y 22 del Reglamento Delegado (UE) 2020/687 disponen el establecimiento de una zona restringida en caso de que se produzca un brote de una enfermedad de categoría A, como la peste de los pequeños rumiantes, y la aplicación de determinadas medidas en esa zona. El artículo 21, apartado 1, de dicho Reglamento Delegado dispone que la zona restringida debe comprender una zona de protección, una zona de vigilancia y, en caso necesario, zonas restringidas adicionales alrededor de las zonas de protección y de vigilancia o adyacentes a ellas. |
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(4) |
La Decisión de Ejecución 2024/3238 de la Comisión (4) se adoptó sobre la base del Reglamento (UE) 2016/429 y establece determinadas medidas de emergencia en relación con la peste de los pequeños rumiantes en Bulgaria, en respuesta a un brote confirmado, el 25 de noviembre de 2024, en el municipio de Velingrad en la región de Pazardzhik. Concretamente, la Decisión de Ejecución (UE) 2024/3238 dispone que las zonas de protección y de vigilancia y las zonas restringidas adicionales que debe establecer ese Estado miembro, de conformidad con el Reglamento Delegado (UE) 2020/687, deben comprender, como mínimo, las áreas que figuran en el anexo de dicha Decisión de Ejecución. |
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(5) |
Desde la última modificación de la Decisión de Ejecución (UE) 2024/3238, mediante la Decisión de Ejecución (UE) 2025/784 de la Comisión (5), Bulgaria ha notificado a la Comisión, en relación con el brote confirmado en el municipio de Velingrad, en la región de Pazardzhik, continuos retrasos en la aplicación de las medidas de control de enfermedades que deben aplicarse en caso de confirmación oficial de un brote de una enfermedad de categoría A en animales en cautividad en un establecimiento, de conformidad con el artículo 12 del Reglamento Delegado (UE) 2020/687. |
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(6) |
A la luz de la situación epidemiológica actual y la urgente necesidad de mitigar eficazmente el riesgo de propagación del virus de la peste de los pequeños rumiantes, tanto dentro de Bulgaria como a otros Estados miembros, es fundamental ajustar la duración de las medidas de control de la enfermedad en las zonas de protección y de vigilancia y en las zonas restringidas adicionales para Bulgaria que figuran en el anexo de la Decisión de Ejecución (UE) 2024/3238. Estos ajustes abordan el riesgo significativo que plantean la circulación continua y la posible propagación de la enfermedad más allá de las zonas que están afectadas actualmente hasta que se completen las medidas de control de enfermedades. |
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(7) |
La duración de las zonas de protección y de vigilancia y de las zonas restringidas adicionales se basa en los criterios establecidos en el artículo 64, apartado 1, del Reglamento (UE) 2016/429 y en las normas establecidas en el Reglamento Delegado (UE) 2020/687. Además, se tiene en cuenta la situación epidemiológica en relación con la peste de los pequeños rumiantes en las zonas afectadas y la situación epidemiológica general respecto a dicha enfermedad en Bulgaria, así como el nivel de riesgo de que esta se propague en dicho Estado miembro y en la Unión. Además, la duración de las medidas previstas en la presente Decisión se ha determinado en consonancia con las normas internacionales del Código Sanitario para los Animales Terrestres de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA). |
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(8) |
Asimismo, habida cuenta del continuo retraso en la aplicación de las medidas de control de enfermedades que deben aplicarse en caso de brote de este tipo, han transcurrido más de nueve meses desde la confirmación de la peste de los pequeños rumiantes en la región de Pazardzhik, es necesario prorrogar la prohibición de desplazamientos de ovinos y caprinos desde todo el territorio de Bulgaria hacia otros Estados miembros establecida en el artículo 2, letra d), de la Decisión de Ejecución (UE) 2024/3238. Por consiguiente, habida cuenta de este retraso en la aplicación de las medidas de control de enfermedades, procede prorrogar dicha prohibición hasta el 31 de diciembre de 2025. |
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(9) |
Además, teniendo en cuenta la situación epidemiológica actual con respecto a la peste de los pequeños rumiantes en la Unión y el período de aplicación de las medidas dispuestas en la Decisión de Ejecución (UE) 2024/3238, la aplicación de esa Decisión de Ejecución debe prorrogarse hasta el 31 de enero de 2026. |
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(10) |
Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Modificaciones de la Decisión de Ejecución (UE) 2024/3238
La Decisión de Ejecución (UE) 2024/3238 se modifica como sigue:
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1. |
En el artículo 2, letra d), la fecha «30 de septiembre de 2025» se sustituye por «31 de diciembre de 2025». |
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2. |
En el artículo 4, la fecha «31 de diciembre de 2025» se sustituye por «31 de enero de 2026». |
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3. |
El anexo se sustituye por el texto del anexo de la presente Decisión. |
Artículo 2
Destinatario
La destinataria de la presente Decisión es la República de Bulgaria.
Hecho en Bruselas, el 19 de septiembre de 2025.
Por la Comisión
Olivér VÁRHELYI
Miembro de la Comisión
(1) DO L 84 de 31.3.2016, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2016/429/oj.
(2) Reglamento Delegado (UE) 2020/687 de la Comisión, de 17 de diciembre de 2019, por el que se completa el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo referente a las normas relativas a la prevención y el control de determinadas enfermedades de la lista (DO L 174 de 3.6.2020, p. 64, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_del/2020/687/oj).
(3) Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1882 de la Comisión, de 3 de diciembre de 2018, relativo a la aplicación de determinadas normas de prevención y control a categorías de enfermedades enumeradas en la lista y por el que se establece una lista de especies y grupos de especies que suponen un riesgo considerable para la propagación de dichas enfermedades de la lista (DO L 308 de 4.12.2018, p. 21, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2018/1882/oj).
(4) Decisión de Ejecución (UE) 2024/3238 de la Comisión, de 19 de diciembre de 2024, relativa a determinadas medidas de emergencia en relación con la peste de los pequeños rumiantes en Bulgaria y por la que se deroga la Decisión de Ejecución (UE) 2024/3109 (DO L, 2024/3238, 23.12.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec_impl/2024/3238/oj).
(5) Decisión de Ejecución (UE) 2025/784 de la Comisión, de 14 de abril de 2025, por la que se modifica la Decisión de Ejecución (UE) 2024/3238, relativa a determinadas medidas de emergencia en relación con la peste de los pequeños rumiantes en Bulgaria (DO L, 2025/784, 16.4.2025, ELI: http://data.europa.eu/eli/dec_impl/2025/784/oj).
ANEXO
A. Zonas de protección y de vigilancia establecidas en torno al brote confirmado
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Unidad regional y número de referencia ADIS del brote |
Áreas establecidas como zonas de protección y de vigilancia, que forman parte de la zona restringida en Bulgaria a la que se hace referencia en el artículo 1 |
Fecha límite de aplicación |
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Región de Pazardzhik BG-PPR-2024-00001 |
Zona de protección: Las partes de la región de Pazardzhik incluidas en un círculo de 5 kilómetros de radio cuyo centro tiene las coordenadas UTM 30, ETRS89 Lat. 42.0156, Long. 23.9989 (2024/1) |
22.11.2025 |
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Zona de vigilancia: Las partes de la región de Pazardzhik incluidas en un círculo de 20 kilómetros de radio cuyo centro tiene las coordenadas UTM 30, ETRS89 Lat. 42.0156, Long. 23.9989 (2024/1), excluidas las áreas contenidas en la zona de protección |
1.12.2025 |
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Zona de vigilancia: Las partes de la región de Pazardzhik incluidas en un círculo de 20 kilómetros de radio cuyo centro tiene las coordenadas UTM 30, ETRS89 Lat. 42.0156, Long. 23.9989 (2024/1) |
23.11.2025 – 1.12.2025 |
B. Zonas restringidas adicionales
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Unidad regional |
Áreas incluidas en la zona restringida adicional establecida en Bulgaria a la que se hace referencia en el artículo 1 |
Fecha límite de aplicación |
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Región de Pazardzhik |
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31.12.2025 |
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Región de Blagoevgrad |
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31.12.2025 |
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Región de Smolyan |
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31.12.2025 |
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Región de Sofía (oblast) |
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31.12.2025 |
ELI: http://data.europa.eu/eli/dec_impl/2025/1921/oj
ISSN 1977-0685 (electronic edition)