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Diario Oficial |
ES Serie L |
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2025/572 |
24.4.2025 |
DECISIÓN DEL COMITÉ MIXTO DEL EEE N.o 307/2024
de 6 de diciembre de 2024
por la que se modifica el anexo XXII (Derecho de sociedades) del Acuerdo EEE [2025/572]
EL COMITÉ MIXTO DEL EEE,
Visto el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo («el Acuerdo EEE»), y en particular su artículo 98,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El Reglamento (UE) 2023/1803 de la Comisión, de 13 de agosto de 2023, por el que se adoptan determinadas normas internacionales de contabilidad de conformidad con el Reglamento (CE) n.o 1606/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo (1), corregido en el DO L 239 de 28.9.2023, p. 39, debe incorporarse al Acuerdo EEE. |
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(2) |
El Reglamento (UE) 2023/2468 de la Comisión, de 8 de noviembre de 2023, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2023/1803 en lo referente a la Norma Internacional de Contabilidad 12 (2), debe incorporarse al Acuerdo EEE. |
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(3) |
El Reglamento (UE) 2023/2579 de la Comisión, de 20 de noviembre de 2023, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2023/1803 en lo referente a la Norma Internacional de Información Financiera 16 (3), debe incorporarse al Acuerdo EEE. |
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(4) |
El Reglamento (UE) 2023/2822 de la Comisión, de 19 de diciembre de 2023, por el que se modifica el Reglamento (UE) 2023/1803 en lo referente a la Norma Internacional de Contabilidad 1 (4), debe incorporarse al Acuerdo EEE. |
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(5) |
Procede, por tanto, modificar el anexo XXII del Acuerdo EEE en consecuencia. |
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
Después del punto 10ba [Reglamento (CE) n.o 1126/2008 de la Comisión] del anexo XXII del Acuerdo EEE, se inserta el texto siguiente:
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«10bb. |
32023 R 1803: Reglamento (UE) 2023/1803 de la Comisión, de 13 de agosto de 2023, por el que se adoptan determinadas normas internacionales de contabilidad de conformidad con el Reglamento (CE) n.o 1606/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 237 de 26.9.2023, p. 1), corregido en el DO L 239 de 28.9.2023, p. 39, modificado por:
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Artículo 2
Los textos de los Reglamentos (UE) 2023/1803, corregido en el DO L 239 de 28.9.2023, p. 39, (UE) 2023/2468, (UE) 2023/2579 y (UE) 2023/2822, en lenguas islandesa y noruega, que se publicarán en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea, son auténticos.
Artículo 3
La presente Decisión entrará en vigor el 7 de diciembre de 2024, siempre que se hayan efectuado todas las notificaciones previstas en el artículo 103, apartado 1, del Acuerdo EEE (*1).
Artículo 4
La presente Decisión se publicará en la sección EEE y en el Suplemento EEE del Diario Oficial de la Unión Europea.
Hecho en Bruselas, el 6 de diciembre de 2024.
Por el Comité Mixto del EEE
El Presidente
Anders H. EIDE
(1) DO L 237 de 26.9.2023, p. 1.
(2) DO L, 2023/2468, 9.11.2023, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2023/2468/oj.
(3) DO L, 2023/2579, 21.11.2023, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2023/2579/oj.
(4) DO L, 2023/2822, 20.12.2023, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2023/2822/oj.
(*1) No se han indicado preceptos constitucionales.
ELI: http://data.europa.eu/eli/dec/2025/572/oj
ISSN 1977-0685 (electronic edition)