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Diario Oficial |
ES Serie L |
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2025/132 |
29.1.2025 |
REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2025/132 DE LA COMISIÓN
de 28 de enero de 2025
por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 792/2012 por lo que respecta a la inclusión de una referencia a los certificados de instrumentos musicales y a las explicaciones sobre el uso de los formularios
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Visto el Reglamento (CE) n.o 338/97 del Consejo, de 9 de diciembre de 1996, relativo a la protección de especies de la fauna y flora silvestres mediante el control de su comercio (1), y en particular su artículo 19, apartado 1,
Considerando lo siguiente:
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(1) |
El Reglamento de Ejecución (UE) n.o 792/2012 (2) debe adaptarse a las resoluciones pertinentes aprobadas o modificadas por la Conferencia de las Partes en la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (en lo sucesivo, «Convención»). |
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(2) |
En consonancia con la Resolución Conf. CITES 16.8, el Reglamento de Ejecución (UE) 2015/57 de la Comisión (3) modificó el artículo 1 y el artículo 2, apartado 2, del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 792/2012 y su anexo IV, a fin de permitir expedir certificados específicos para instrumentos musicales, con objeto de simplificar su movimiento transfronterizo no comercial. |
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(3) |
Es necesaria una modificación similar para adaptar el artículo 2, apartado 4, del Reglamento (UE) n.o 792/2012. |
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(4) |
El Reglamento de Ejecución (UE) n.o 792/2012 establece los modelos a los que deben ajustarse los permisos, certificados y otros documentos previstos en el Reglamento (CE) n.o 865/2006. Se modifica el Reglamento (CE) n.o 865/2006 por lo que respecta a la finalidad de las transacciones y los códigos de origen. Procede, por tanto, modificar las explicaciones sobre el uso de los formularios de los anexos I, II, III y V del Reglamento (CE) n.o 792/2012 en consecuencia. Las modificaciones de ambos Reglamentos deben ser aplicables a partir del mismo día. |
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(5) |
Las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité sobre el Comercio de Fauna y Flora Silvestres. |
HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:
Artículo 1
El Reglamento de Ejecución (UE) n.o 792/2012 se modifica como sigue:
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1) |
En el artículo 2, el apartado 4 se sustituye por el texto siguiente: «4. Los formularios para extender las hojas complementarias adjuntas a los certificados de propiedad privada, a los certificados de exhibición itinerante y a los certificados de instrumento musical se ajustarán al modelo que figura en el anexo IV.» |
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2) |
Los anexos I, II, III y V se modifican con arreglo a lo dispuesto en el anexo del presente Reglamento. |
Artículo 2
El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.
Hecho en Bruselas, el 28 de enero de 2025.
Por la Comisión
La Presidenta
Ursula VON DER LEYEN
(1) DO L 61 de 3.3.1997, p. 1, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/1997/338/oj.
(2) Reglamento de Ejecución (UE) n.o 792/2012 de la Comisión, de 23 de agosto de 2012, por el que se establecen disposiciones sobre el diseño de los permisos, certificados y otros documentos previstos en el Reglamento (CE) n.o 338/97 del Consejo, relativo a la protección de especies de la fauna y flora silvestres mediante el control de su comercio, y se modifica el Reglamento (CE) n.o 865/2006 de la Comisión (DO L 242 de 7.9.2012, p. 13, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2012/792/oj).
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Reglamento de Ejecución (UE) 2015/57 de la Comisión, de 15 de enero de 2015, por el que se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 792/2012 de la Comisión en lo que se refiere a las disposiciones sobre el diseño de los permisos, certificados y otros documentos previstas en el Reglamento (CE) n.o 338/97 del Consejo, relativo a la protección de especies de la fauna y flora silvestres mediante el control de su comercio, y en el Reglamento (CE) n.o 865/2006 de la Comisión, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n.o 338/97 del Consejo (DO L 10 de 16.1.2015, p. 19, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2015/57/oj). |
ANEXO
Los anexos del Reglamento de Ejecución (UE) n.o 792/2012 se modifican como sigue:
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1) |
El anexo I se modifica como sigue:
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2) |
El anexo II se modifica como sigue:
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3) |
El anexo III se modifica como sigue:
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4) |
El anexo V del se modifica como sigue:
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ELI: http://data.europa.eu/eli/reg_impl/2025/132/oj
ISSN 1977-0685 (electronic edition)