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Diario Oficial
de la Unión Europea

ES

Serie L


2025/52

10.1.2025

REGLAMENTO (UE) 2025/52 DE LA COMISIÓN

de 7 de enero de 2025

por el que se reabre la pesquería de carbonero en aguas de Noruega de las subzonas 1 y 2 para los buques que enarbolan pabellón de Francia mediante la derogación del Reglamento (UE) 2024/2844

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) n.o 1224/2009 del Consejo, de 20 de noviembre de 2009, por el que se establece un régimen de control de la Unión para garantizar el cumplimiento de las normas de la política pesquera común, se modifican los Reglamentos (CE) n.o 847/96, (CE) n.o 2371/2002, (CE) n.o 811/2004, (CE) n.o 768/2005, (CE) n.o 2115/2005, (CE) n.o 2166/2005, (CE) n.o 388/2006, (CE) n.o 509/2007, (CE) n.o 676/2007, (CE) n.o 1098/2007, (CE) n.o 1300/2008 y (CE) n.o 1342/2008 y se derogan los Reglamentos (CEE) n.o 2847/93, (CE) n.o 1627/94 y (CE) n.o 1966/2006 (1), y en particular su artículo 36, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1)

El Reglamento (UE) 2024/257 del Consejo (2) establece cuotas para 2024.

(2)

El 10 de octubre de 2024, Francia notificó a la Comisión, de conformidad con el artículo 35, apartado 3, del Reglamento (CE) n.o 1224/2009, su decisión de prohibir la pesca de carbonero en aguas de Noruega de las subzonas 1 y 2 a partir del 26 de julio de 2024.

(3)

El Reglamento (UE) 2024/2844 de la Comisión (3), prohibía la pesca de carbonero en aguas de Noruega de las subzonas 1 y 2 para los buques que enarbolan pabellón de Francia.

(4)

Según la información que la Comisión recibió de las autoridades francesas el 7 de noviembre de 2024, Francia sigue disponiendo de una cantidad para la cuota de esa población. Por consiguiente, debe reabrirse hasta nuevo aviso la pesquería de carbonero en aguas de Noruega de las subzonas 1 y 2 para los buques que enarbolan pabellón de Francia o que están matriculados en dicho país.

(5)

La reapertura de esta pesquería debe surtir efecto el 7 de noviembre de 2024, a fin de que pueda pescarse la cantidad de carbonero en cuestión antes de que finalice el año en curso.

(6)

Por tanto, procede derogar el Reglamento (UE) 2024/2844 con efecto a partir del 7 de noviembre de 2024.

(7)

Esta aplicación con carácter retroactivo no afecta al principio de seguridad jurídica ni al de confianza legítima, ya que se dispone todavía de una cuota para dicha población.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Se reabre la pesquería de carbonero en aguas de Noruega de las subzonas 1 y 2 para la campaña de pesca de 2024 para los buques que enarbolan pabellón de Francia o están matriculados en dicho país, tal como se indica en el anexo.

Queda derogado el Reglamento (UE) 2024/2844.

Artículo 2

El presente Reglamento entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Será aplicable a partir del 7 de noviembre de 2024.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 7 de enero de 2025.

Por la Comisión,

en nombre de la Presidenta,

Costas KADIS

Miembro de la Comisión


(1)   DO L 343 de 22.12.2009, p. 1.

(2)  Reglamento (UE) 2024/257 del Consejo, de 10 de enero de 2024, por el que se fijan para 2024, 2025 y 2026 las posibilidades de pesca para determinadas poblaciones de peces aplicables en aguas de la Unión y, en el caso de los buques pesqueros de la Unión, en determinadas aguas no pertenecientes a la Unión, y se modifica el Reglamento (UE) 2023/194 (DO L, 2024/257, 11.1.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/257/oj).

(3)  Reglamento (UE) 2024/2844 de la Comisión, de 31 de octubre de 2024, por el que se establece el cierre de las pesquerías de carbonero en aguas de Noruega de las subzonas 1 y 2 para los buques que enarbolan pabellón de Francia (DO L, 2024/2844, 7.11.2024, ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2024/2844/oj).


ANEXO

N.o

26/TQ257 — Reapertura

Estado miembro

Francia

Población

POK/1N2AB

Especie

Carbonero (Pollachius virens)

Zona

Aguas de Noruega de las subzonas 1 y 2

Fecha de cierre

26 de julio de 2024

Fecha de reapertura

7 de noviembre de 2024


ELI: http://data.europa.eu/eli/reg/2025/52/oj

ISSN 1977-0685 (electronic edition)